La concepción actual de la seguridad ciudadana y el Sistema Penal en el mundo
- La criminología
administrativa y la seguridad ciudadana - Seguridad ciudadana y
atribuciones del ciudadano en la represión del delito.
Abuso de esa atribución, el problema
policial - La seguridad ciudadana en
Bolivia - La seguridad ciudadana y el
nuevo Sistema Penal, la aberración de los Tribunales de
Sentencia Penal conformados con jueces ciudadanos en
Bolivia - Conclusión
I.- INTRODUCCIÓN.-
Para un mejor entender la concepción de seguridad
ciudadana, debemos analizar primero lo que significa el termino
seguridad.
Manuel Osorio en su Diccionario
Jurídico dice del concepto de
seguridad: "como una exención de peligro o daño",
este concepto demasiado restrictivo y limitado, no da mayor
amplitud del término, otros doctrinarios dicen de la
seguridad, que consiste en contrarrestar el peligro mediante un
equilibrio
entre fiabilidad y riesgo
aceptable.
La seguridad es la base principal para el desarrollo de
los pueblos, sociedades y
naciones, la nueva concepción del neoliberalismo
con su teoría
estrella, la
globalización, ha sido acompañado con un
crecimiento de una cultura del
delito. Anota
Pozzo, …en la actual situación en la que vive el mundo y
en cualquier otra a presentarse, no puede haber
civilización sin seguridad, así como no puede
existir un Estado–nación
sin seguridad y eso vale para todos los pueblos de la tierra y
sobre todo en aquellos que tienen ecuaciones
mínima de poder, en un
mundo cada vez más globalizado, complejo, mercantilizado y
técnico – por tanto – …no puede existir desarrollo sin
seguridad y seguridad sin desarrollo, lo importante es definir
cual es primero, la seguridad o el desarrollo.
La seguridad, es un término que estuvo unido
siempre a la concepción de Estado-nación,
emergiendo sobre todos los conceptos, la seguridad de Estado por
encima de la seguridad individual de las personas. Desde que
surgen los Estados en el contexto político universal, a la
seguridad se le asigna la concepción integral de la
disposición de todos los medios con los
que cuenta una sociedad o
Estado-nación, para brindar protección y fiabilidad
de desarrollo a la comunidad.
Durante la guerra
fría, se desarrolló en el mundo la seguridad
nacional integral del Estado, que consistía en la
seguridad externa y la seguridad interna o publica. La seguridad
externa estaba relacionada con la defensa de la integridad
territorial, la soberanía y la independencia
nacional, la subsistencia y continuidad del Estado-nación,
esta seguridad se la atribuía exclusivamente a las Fuerzas
Armadas, institución que tenían y tienen
actualmente la misión
exclusiva y monopólica de garantizar la seguridad externa
y soberanía nacional. La seguridad interna o publica del
Estado-Nación, consistía en garantizar el orden
publico, el imperio de la constitución y leyes del
Estado-nación y su cumplimiento estaba generalmente
encomendado a las fuerzas policiales en la mayoría de los
estados democráticos.
En esta concepción política de la
seguridad integral nacional de la década de los
años sesenta a los ochenta, estaba dirigida a
contrarrestar el avance de la ideología marxista, la que avanzaba por dos
frentes, el externo a través de la exportación de la ideología
propiciado por la Ex – URSS mediante el financiamiento
subversivo bélico en los Estados tercermundista o que
tenían un alto grado de pobreza y la
interna a través de las agrupaciones sindicales,
universitarias, obreras y campesinas, que asumieron como propia
la ideología marxista como una forma de lucha de
clases.
Al final de la guerra
fría y la caída del muro de
Berlín, arrastró consigo esta vieja
concepción de la seguridad estatal, llevándose la
temida ideología socialista que había mantenido una
larga lucha entre dos naciones egemonizantes y polarizantes de la
época, Estados Unidos de
Norte América
y la Ex- – URSS.
El neoliberalismo surge como una nueva teoría de
la economía
de mercado, en el
que no se oponían resistencias
alguna a la voluntad de la propiedad
privada como aspiración individualista y el
espíritu emprendedor del hombre, avanza
por la faz de la tierra como
una aplanadora que absorbía todo a su paso y
convencía al mas encarnizado comunista, de que la mejor
forma de desarrollar los pueblos y universalizando a la sociedad
en todos los campos, desde la cultura, hasta la educación, pasando
principalmente por la economía, era la
universalización de las necesidades y las negociaciones,
esta nueva teoría viene a llamarse la teoría de la
globalización, fundada en un neoliberalismo
de libertad de
mercado y la liberación de las fronteras aduaneras. Con
esta nueva doctrina mercantilista de la nueva era de la
teoría globalizante de la economía
mundial en el contexto neoliberal, resurge y se expande con
fuerza un
nueva industrialización exportadora y el consumismo de
bienes de uso,
de servicios y de
capital, la
tecnologización de los medios de producción, la libre competencia, la
cibernética en las comunicaciones
satelitales con acceso fácil a todos los habitantes del
planeta tierra, se expande la inversión en recursos
hidrocarburíficos en países tercermundistas
mediante un proceso de
capitalización llevada adelante con un procedimiento
totalmente corrompido, trayendo con ello la delincuencia
de cuello blanco, que crea un descontento total del
pueblo.
La globalización trae consigo nuevas formas de
criminalidad. La globalización se constituye en un sistema
promotor de muchas otras formas de oportunidades para la
criminalidad en los diferentes planos sociales, creando
oportunidades de economía informales, enriquecimiento
ilícitos a través todas formas de delincuencia,
desde crímenes económicos y financieros a partir de
la economía legal que lleva a los actores a la
economía ilegal, delitos contra
el medio
ambiente, la generalización del narcotráfico ilegal, tráfico de
armas,
terrorismo, el
fraude, la
corrupción
de altos dignatarios del poder
ejecutivo, legislativo y judicial promovida por la empresa
privada y transnacionales, el contrabando,
el autotrófico internacional.
Todos estas formas delictivas, ha determinado el
surgimiento de una clase social
descontenta, que ha expresado su desacuerdo con el sistema y las
autoridades mediante pronunciamientos en masas, que
también ha dado origen a los delitos de masas, en la que
las victimas es el mismo pueblo, es decir el pueblo comete
delitos de masas contra si mismo, mediante la
manifestación violenta, bloqueando carreteras,
aeropuertos, calles y avenidas, causando graves daños
económicos a pasajeros, turistas, empresarios,
transportistas, al comercio
internacional, daños materiales a
la propiedad privada mediante el robo agravado en masa (saqueo),
destrucción material de los medios de transportes
(incendio de medios de transportes tanto de dominio
públicos -policiales- como privados masivos), asesinato en
masa de presuntos infractores de la ley (linchamiento
o ajusticiamiento por manos propias), todo esto trae una nueva
forma de inseguridad
globalizada de la población en general.
La nueva economía globalizada tiene como
consecuencias un mayor uso y abuso del alcohol,
las drogas, la
prostitución
infantil, refuerza la extrema derecho (neo nazismo), el
terrorismo, el fraude, y con todo ello nace la nueva sociedad de
la cultura del crimen.
Estas nuevas formas de criminalidad, obliga a que los
Estados readecuen sus políticas
de seguridad, dando origen a la concepción de la nueva
seguridad nacional, dividida en seguridad general asumida por el
gobierno central
a través de su fuerza policial, la seguridad regional
asumida por los gobiernos regionales y la seguridad local
asignada a las administraciones municipales.
De esta nueva concepción de la seguridad, nace la
diversificación de la misma. Se habla de la seguridad
militar, la seguridad policial, la seguridad jurídica, la
seguridad laboral, la
seguridad
industrial, la seguridad medioambiental, la seguridad
ciudadana, etc.
II.- LA
CRIMINOLOGÍA ADMINISTRATIVA Y LA SEGURIDAD
CIUDADANA.-
Surgen nuevas escuelas criminalísticas que se
dedican a estudiar las nuevas formas de delincuencias surgidas en
el mundo, entre ellas la escuela "de la
criminología administrativa", teoría
originada en Inglaterra y
Holanda que tiene como sus máximos exponentes a Taylor y
O’Malley, basan sus estudios en la teoría neoliberal
del crimen en Europa, quienes
introducen la teoría de la sociedad de riesgos,
consistente en que la delincuencia ha crecido, gracias al
crecimiento de la economía, según estos
teóricos, el comportamiento
delictivo es producto de
oportunidades y restricciones, renaciendo el viejo refrán
"la oportunidad hace al ladrón", dando preferencia al
estudio del crimen desde el punto de vista del entorno o de la
situación en las que se cometen los delitos, es decir se
orienta el estudio al acto criminal y a las situaciones en que
este se comete, llegando a la conclusión, que las
víctimas son los responsables de la comisión de los
delitos, determinando que la clase social, la etnia y el
sexo son solo
factores que causan riesgos. Según la escuela de la "nueva
criminología administrativa" la lucha contra el crimen o
delincuencia debe basarse en la reducción del riesgo y la
redistribución del mismo, es decir a la reducción
de las oportunidades que expone el mismo ciudadano para la
comisión de los delitos por parte de los
delincuentes.
En esta reducción de los riesgos, la
población local juega un papel importante, como por
ejemplo tomar medidas preventivas como responsabilidad individual de cada ciudadano, la
policía solo puede combatir el crimen con mayor eficiencia, si
existe una cooperación estrecha y abierta con la
población, esta repartición de las
responsabilidades entre los individuos, la población y la
policía, permite una estrechez del riesgo y la fiabilidad,
lo que lleva a determinar que el riesgo pueda reducirse en la
medida que se alcanza una fiabilidad de la población en su
institución policial.
La policía, constituye el pilar fundamental para
la represión de la delincuencia, en la medida que mantenga
una relación estrecha como primer punto de contacto del
Estado por medios de sus instituciones
públicas con los individuos que conforman la
población. Si la policía como "sistema experto
estatal" falla como punto de acceso hacia el individuo-población, por que falla
algún elemento de la propia institución, o por que
hay alguna disfunción en su relación con el Estado, con
los ciudadanos o con ambos, se quiebra la
transmisión de la fiabilidad, esta falla puede estar
imputada a los elementos de corrupción de los miembros de la
institución, a la insubordinación de los elementos
policiales hacia el Estado o al poder legalmente constituido, a
la falta de profesionalismo de sus miembros, a la
improvisación de sus planes, programas,
insuficiente dotación de personal,
levantamiento de sus miembros contra el poder legalmente
constituido, tal como ocurre permanentemente con la fuerza
policial boliviana, entre los episodios mas recordados tenemos,
las huelgas policiales, el levantamiento de la Policía
Nacional ocurrido en la ciudad de La Paz en el recordado suceso
del febrero negro del año 2.003, esta disfunción
policial-individuo-población, rompe la generación /
transmisión de la fiabilidad.
El contacto con esa policía que no genera
confianza, resulta en ese caso decepcionante y constituye una
total quiebra de confianza en el "sistema experto de la
seguridad" y en los sujetos "agentes policiales", lo que conlleva
a que la población recurra a la justicia por
manos propias, llevando a la sociedad que se encuentra harta de
una policía que no ha logrado satisfacer las necesidades
de la población, a cometer el delito en masa, el asesinato
por medio de linchamientos, retrocediendo a la época de la
barbarie humana.
En respuesta a estos hechos, surge el concepto de la
seguridad ciudadana, que ha dado lugar a mucha confusión
en su real concepción, por las organizaciones
tanto publicas como privadas, el individuo y la población
en general, inclusive la misma policía nacional ha
conceptualizado erróneamente la seguridad ciudadana,
entendiéndola como si se tratara de una función y
obligación estatal de proporcionar con sus fuerzas
policiales, seguridad permanente a la ciudadanía, sin embargo esta no es la
concepción actual de la seguridad ciudadana. Por esa
errada concepción, en las dos últimas elecciones
tanto nacionales como municipales, se ha usado a la seguridad
ciudadana como bandera de campaña política, con
ofertas orientadas en esa obligación estatal de brindar
seguridad permanente y estrecha a los ciudadanos, por ejemplo,
ofertas de incremento de agentes policiales, municipales,
dotación de medios motorizados y equipos a la
institución policial, incremento de patrullajes policiales
por los barrios como manera de garantizar la seguridad ciudadana,
no solo los candidatos presidenciales en sus planes de gobiernos
hacían estas ofertas eleccionarias, también los
candidatos municipales en sus planes de gobiernos han llegado
incluso ha involucrar al ejército en la seguridad
ciudadana, este error ha sido incrementado por la mala información sobre el concepto de seguridad
ciudadana proporcionada por los mismos medios de
comunicación.
El mismo legislador boliviano entiende
erróneamente el concepto de seguridad ciudadana, al
aprobar la Ley de Seguridad Ciudadana No. 2494, asigna el
siguiente concepto: "La Seguridad Ciudadana, es el Sistema
armónico de condiciones jurídicas, sociales,
culturales, de género,
políticas e institucionales que de manera igualitaria y
equitativa, garantizan mejor calidad de vida
para la comunidad, las instituciones públicas y organismos
del Estado a través de la convivencia pacífica".
Este vendría a ser el resultado o finalidad de la
seguridad ciudadana, pero no podemos entenderlo como el
concepto.
Sin embargo, la seguridad ciudadana se origina en la
medida que las nuevas políticas son presentadas como
"democráticas" que implican cambios en la relación
Estado-Sociedad Civil,
impulsando el primero la participación activa de la
comunidad, propiciando la creación de los Consejos de
Prevención del Delito y la Violencia.
Desde ellos se incentiva la coparticipación activa
vecinal, empresariado privado, policial y gubernamental en la
gestión
de estrategias de
prevención del delito, asignando funciones
obligatorias ineludibles a los gobiernos municipales y
departamentales o en su caso, estaduales, de organizar a los
vecinos, empresariado privado, instituciones cívicas,
vecinales, con capacidades de responsabilidades sobre seguridad
ciudadana mediante la creación de los Consejos de
Prevención del Delito y la Violencia, constituyendo
éstos, espacios de "participación ciudadana" obligatoria en su
propia seguridad.
Se ha formado el Consejo Nacional de Seguridad
Ciudadana, los Consejos departamentales o estaduales y los
consejos Provinciales e incluso los comités municipales
sobre seguridad ciudadana, para que con el apoyo técnico
de la policía como "experto en seguridad" y el Ministerio
Público como defensor de la sociedad y el Estado, se
organicen a los vecinos y sus instituciones vivas, cívicas
y vecinales, con la finalidad de la participación activa
en proporcionarse su propia auto seguridad.
III.- SEGURIDAD
CIUDADANA Y ATRIBUCIONES DEL CIUDADANO EN LA REPRESION DEL
DELITO. ABUSO DE ESA ATRIBUCIÓN, EL PROBLEMA
POLICIAL.-
La seguridad ciudadana no es un tema reciente,
sino data de mucho tiempo
atrás, se ha tocado el tema en foros en el marco de
organismos internacionales y en citas bilaterales y
multilaterales presidenciales de diferentes países,
buscando la unificación de mecanismos y métodos de
la lucha contra la delincuencia que ha venido en aumento
progresiva y sostenidamente.
Por ello y con el fin de facilitar que la
ciudadanía se involucre con mayor responsabilidad y
compromiso serio en la seguridad vecinal y propia, se han
readecuado normas penales y
procedimentales con ese objetivo, que
permitan al ciudadano facultades represivas del delito. En
nuestra legislación procedimental, se autoriza al
ciudadano que proceda a la detención del delincuente
siempre y cuando sea la condición de "in fraganti" y
entregarlo a las autoridades llamadas por ley, pero este facultad
he derivado en abuso de sus atribuciones ciudadanas represivas,
que producto de la disfunción de la policía con el
Estado y la población, habiéndose quebrado la
generación / transmisión de la fiabilidad del
"sistema experto" hacia la población y la falta de
credibilidad del sistema penal, la ciudadanía en su lucha
desesperada contra la delincuencia ha desencadenado su
desconfianza en el sistema, con los asesinatos en masa por medio
del linchamientos a personas que fueron aprehendidos por los
mismos ciudadanos delinquiendo en forma in fraganti y en otros
casos por confusión, quienes fueron inocentemente
asesinados, previamente torturados, quemados, mutilados, en una
actitud de
venganza despiadada contra la disfunción del sistema
penal.
El asesinato de masa es un delito muy difícil de
controlar, es una expresión de violencia desmesurada e
incontrolable, producto de la euforia psicópata de la
muchedumbre, que solo basta que alguien pronuncia una sola
palabra que lleve al linchamiento, para que toda la masa solo
piense en ello y se llegue hasta el asesinato, este
comportamiento en masa es producto -como dijimos anteriormente-
de la falta de fiabilidad en el sistema punitivo, empezando por
la policía, por lo que se requiere de un cambio
profundo en el sistema policial, para que el ciudadano vuelva a
retomar la fiabilidad en el "sistema experto". El principal
problema es que este sistema está exageradamente
corrompido y la población ha perdido totalmente la
credibilidad en la policía. El ciudadano se siente mas
seguro cuando
hay ausencia policial que cuando existe presencia policial, por
el miedo generalizado a ser detenidos, interceptados o hasta
acusados con fines extorsivos, el ciudadano le tiene miedo al
policía no por lo que representa su autoridad,
sino, por lo que representa la capacidad extorisiva, sin embargo
nada se hace al interior, no existe la mínima voluntad de
cambiar esta cultura de la extorsión policial, sus
miembros en forma general utilizan la detención contra
cualquier ciudadano con fines extorsivos, principalmente en los
barrios pobres y alejados de las ciudades capitales, en las
provincias, cantones, municipios pequeños y pueblos
fronterizos, agentes plenamente identificados por las autoridades
superiores como extorsionadores no son procesados, mucho menos
dados de baja, existe al interior una forma de proteccionismo
interno. El problema para que exista esta especie de
proteccionismo al interior de la policía, es por que,
ninguno de sus miembros tiene la capacidad y dignidad
moral para
procesar a un policía corrupto, se demuestra objetivamente
esta afirmación, por las permanentes detenciones de
policías en servicio
activo formando parte de bandas de asaltantes e incluso en
momento de cometer asaltos, así mismo por las permanentes
denuncias entre los mismos policías contra sus altos jefe
de formar parte de bandas nacionales e internacionales de
delincuentes, incluso se han hecho denuncias contra los
comandantes nacionales, departamentales y de reparticiones
policiales de estos hechos delictivos, sin embargo hasta ahora no
existen sentenciados por estas denuncias, por lo tanto, en las
actuales condiciones es imposible la depuración policial,
se tendría que retirar a todos sus miembros actuales y
empezar de cero con nuevos agentes policiales y con una nueva
formación –este es el sentir y pensamiento de
todos los ciudadanos bolivianos, lo saben, lo comentan, lo
murmullan, pero nadie lo dice en vos alta a los cuatro vientos y
de frente al mundo entero en voz alta o por escrito para que
llegue a todos, el temor? No se a qué, a decir la verdad?,
a querer tapar el sol con un
dedo?, a ocultar desde el cielo el inmenso océano?. Todos
estos elementos de disfunción del sistema policial
explicados, han hecho que se rompa por completo la
generación / transmisión de la fiabilidad hacia el
ciudadano y a la población en general.
IV.- LA
SEGURIDAD CIUDADANA EN BOLIVIA.-
Hasta la década de los años ‘90,
Bolivia era el país que mas se jactaba de ser el Estado
con menor índice de criminalidad de América Latina,
desgraciadamente ahora no podemos decir lo mismo, hoy por hoy, es
uno de los Países que tiene uno de los mayores
índices de criminalidad y uno de los motivos principales
para que la curva de nivel de la criminalidad ascienda
vertiginosamente, es el alto índice de corrupción
tanto en la administración
pública como privada, además de ser un
país antiguamente con criminalidad poco violenta, ahora se
ha convertido en uno de los países con la criminalidad
más violenta de Sud América, principalmente por los
asaltos a mano armada a conductores de vehículos,
instituciones bancarias, comerciales, librecambistas,
transeúntes o personas y domicilios particulares, en su
mayoría con saldos fatales, en la que los asaltantes
asesinan a sus víctimas alevosamente y a sangre
fría, con total desprecio de la vida.
Este vertiginoso incremento, ha llevado al Estado a
promulgar la Ley No. 2494 de Seguridad Ciudadana, en la que se
crea el Consejo Nacional, los Consejos Departamentales y
Provinciales de Seguridad Ciudadana, pero la errónea
concepción de esta nueva forma de la seguridad, ha llevado
al legislador a crear mediante esta ley,, los consejos de
seguridad solamente con autoridades públicas, tal como lo
dispone el Art. 4 de la mencionada norma, conformado por El
Presidente de la República, El Presidente del Congreso,
los Ministerios de
la Presidencia, de Gobierno, de Defensa Nacional, de Hacienda, de
Educación,
y de Salud y Deportes, El Presidente de la
Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General
de la República y Comandante Nacional de la
Policía, el Art. 9 crea los Consejos Departamentales
conformado por los Prefectos, Presidentes de la Brigadas
Parlamentarias Departamentales, Presidentes de las Cortes
Superiores de Justicia de los Distritos, Fiscales de Distritos,
Alcaldes de Capitales departamentales y Comandantes
Departamentales de la Policía, en la Provincias, la ley
crea los Consejos Provinciales conformado por Subprefectos,
Alcaldes, corregidores, hilacatas y Mallcus. Como se puede
comprobar, que en los mencionados consejos de seguridad ciudadana
no existe o no se ha permitido la participación activa de
organizaciones ciudadanas, privadas, instituciones vivas y
representativas del pueblo o ciudadanía, quienes son los
mas llamados a integrar los Consejos de Seguridad Ciudadana,
motivo por el cual en Bolivia, el Gobierno y la policía no
han logrado la implementación de la seguridad ciudadana,
mientras que la delincuencia violenta sigue su incremento
vertiginoso.
A.- Causas que impidieron para la
implementación de la seguridad ciudadana en
Bolivia.-
1.- La errónea concepción por el Estado
y sus organizaciones públicas encargadas de organizar y
poner en marcha la seguridad ciudadana. No se la ha entendido
en su real concepción, la amplitud de este nuevo
concepto de la seguridad. Debemos estar conscientes que hoy por
hoy, el Estado no está en la capacidad de satisfacer
eficientemente las necesidades de seguridad de la
población, por lo que es necesario integrar a la
ciudadanía a que sea partícipe activa del su
nuevo rol que le corresponde cumplir en su auto seguridad y con
conciencia
de responsabilidad.
2.- La falta de generación / transmisión
de la fiabilidad de la policía hacia la población
y sus instituciones vivas, como consecuencia de la
disfunción del sistema policial -por la pérdida
total de confianza del ciudadano en la fuerza
policial.
3.- Falta de capacitación técnico-profesional
del organismo experto en seguridad ciudadana -la
policía- que permita una verdadera integración de la ciudadanía a la
seguridad ciudadana.
B.- La seguridad ciudadana es participación
activa de la ciudadanía.-Para que se pueda concretar
una verdadera integración del ciudadano a su auto
seguridad, se debe integrar a los Consejos de Seguridad Ciudadana
a los tres poderes del Estado y todas las instituciones
públicas que hemos mencionado anteriormente, mas la
Iglesia
Católica como religión oficial del
Estado, también otras iglesias, las instituciones
cívicas, vecinales, empresariado privado, asociaciones de
profesionales, organizaciones laborales, sistema universitario
público y privado, sistema de educación escolar
públicos y privados, medios de comunicación de masas televisivos, impresos
y radiodifusión, organizaciones deportivas, asociaciones y
fraternidades culturales, científicas, productivas,
campesinas y de pueblos originarios.
Ante la globalización de la delincuencia y su
integración de esta a la delincuencia y
problemática de seguridad local (glocal), solamente con
una integración total de la sociedad civil y su
responsabilidad consciente en su auto seguridad puede cumplirse
con la seguridad ciudadana. Lo mas importante de esta nueva
concepción de seguridad, es que no se requiere de
recursos, ni públicos menos privados, es simplemente
comprometer a la población con su participación
activa en forma personal, copartisipativa y organizada, a
integrarse al sistema de seguridad, que bajo la dirección técnica de la fuerza
policial estatal, se organice a los vecinos a través de
policías comunitarias, vecinales, rondas de vecinos
integrada con la seguridad privada, empresarial, industrial, de
los servicios de transportes público, con sistemas de
comunicación que integre a los vecinos con la fuerza
policial. Todo este sistema de seguridad ciudadana bajo la
coordinación, el apoyo, asesoramiento,
integración y auxilio permanente de la fuerza policial
estatal como organismo experto público, se logrará
un verdadera seguridad ciudadana.
V.- LA
SEGURIDAD CIUDADANA Y EL NUEVO SISTEMA PENAL, LA
ABERRACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE SENTENCIA PENAL
CONFORMADOS CON JUECES CIUDADANOS EN BOLIVIA.-
Como ya se ha dicho anteriormente, el mundo ha
experimentado desde mediados del Siglo XIX una
industrialización de todo orden de bienes de uso, consumo y
servicios inimaginables, que también ha incidido en el
incremento desmesurado de una gama y formas innumerables de
delincuencia. Bajo la óptica
de que, la producción de riquezas apareja el incremento de
la delincuencia, se han asumido una serie de concepciones de
seguridad desde el punto de vista científico, incluso en
Argentina, en la Universidad
Nacional de Lanus-Buenos Aires, se ha creado una carrera a nivel
Licenciatura con el grado académico de "Seguridad
Ciudadana", habiéndose asumido la necesidad de
desarrollarse con seguridad, de allí extraen algunos
doctrinario la posición dicotómica del concepto de
seguridad-desarrollo, "sin seguridad no puede existir desarrollo
y sin desarrollo no puede existir seguridad".
El desarrollo de la producción industrial de
bienes de uso y servicios de la modernidad, ha
favorecido el surgimiento de una gama de nuevas formas de
delitos, entre ellos tenemos por ejemplo el tráfico
ilícitos de narcóticos, de armas, de emigrantes, el
autotráfico nacional e internacional, los delitos del
circulación de tráfico vehicular, prostitución infantil, delitos
medioambientales, contrabando (evasión tributaria),
delitos económicos y financieros (cometidos por
delincuentes de cuello blanco), la corrupción
pública y privada (cohecho activo y
pasivo), tráfico de influencias, etc. Son hechos punibles
que nos implican a todos los ciudadanos, por que todos somos en
alguna medida víctimas de estos delitos, toda vez que en
la discusión entre el bien y el mal es el pueblo siempre
el que pone las víctimas, sin embargo entre el incremento
de la delincuencia y los medios y formas de combatirlo, ha
sufrido una especie de vectores
contrapuestos, mientras que la delincuencia crecía, el
surgimiento de los Derechos Humanos
se ocupado de disminuir y contrarrestar la lucha abierta para
combatirla.
Desde la declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, a
través de una serie de convenciones, foros y
organizaciones internacionales y nacionales que se ocupan de los
Derechos Humanos, se han preocupado de desarrollar una tendencia
permanente en los diferentes estados y sus legislaciones, a
disminuir y contrarrestar los métodos fuertes que se
usaban en la lucha contra la delincuencia y de disminuir las
condenas en los sistemas punitivos de los Estados, y es mas,
ciertas organizaciones principalmente religiosas, han abogado
incluso por el perdón estatal de condenados por ciertos
delitos cometidos, principalmente con el jubileo 2000 propiciado
por la Iglesia Católica. Este acontecimiento mas de tinte
de derechos humanos que religioso, ha incrementado la
delincuencia en las calles al haberse liberado condenados por
delitos de tráfico de estupefacientes, robos agravados,
violaciones agravadas, tentativas de homicidios,
etc. Delincuentes que en su mayoría han vuelto a reincidir
en los mismos u otros delitos mas graves aun, sembrando el
pánico
en entre la población, sintiéndose ésta
totalmente insegura, desamparada y desprotegida hasta en sus
propios domicilios, situaciones en las que los vecino no
podía dormir siquiera tranquilo en su cama, este hecho ha
demostrado que el ser humano es muy difícil hacerle
entender que debe reencausar su conducta y su
vida, en su libre decisión personal como forma de
disposición voluntaria de su vida, ha escogido el camino
del mal.
Este incremento de el delincuencia que se ha
experimentado en el plano principalmente local a partir del
año 2.000, ha obligado a las autoridades, a readecuar la
política estatal de lucha contra la delincuencia, ha
atacarla con mayor agresividad, incrementando sobre todo los
efectivos policiales, adquirir nuevos medios de
persecución como motocicletas principalmente, equipos
policiales de control de
personas, dotación de armas al personal policial y a
implementar la seguridad ciudadana, el que por su errónea
concepción no puede hasta el momento ponerse en marcha en
la forma que está concebida.
Los Derechos Humanos impulsado por diferentes
organizaciones mundiales y regionales de cada parte del planeta
como la ONU, la OEA, CE,
Amnistía Internacional, la Asamblea Permanente de los
Derechos Humanos, Organizaciones No Gubernamentales etc., han
levantado la bandera de la democratización del derecho
punitivo en los Estados Sociales de Derecho como lo es el
nuestro, sin embargo, en el marco de esta democratización,
nuestros legisladores por sus erróneo comprender y
entender del alcance y significado de la democratización
del derecho penal,
han ido mas allá de la valoración jurídica
democrática, quizás por la ignorancia del
legislador o talvez impulsados por el descontento generalizado de
la población con su sistema penal –integrado por la
policía, el ministerio publico y el poder judicial
con las respectiva leyes penales- en ese afán de
satisfacer ese descontento generalizado del ciudadano
común ante la total desconfianza y falta de credibilidad
en el sistema, degradado por la corrupción generalizada de
ese sistema punitivo o sancionador, el legislador ha creado un
tribunal sui generis y único en el mundo, el Tribunal de
Sentencia Penal conformado por dos Jueces Técnicos y tres
Jueces Ciudadanos, que en su equivocada concepción de la
democratización de la justicia penal, ha dado lugar a la
legalización de la ilegalidad al permitir legalmente el
ejercicio Ilegal de la profesión del Abogado.
El Abogado como jurista científico, estudia no a
memorizar la ley, sino a interpretar la norma mediante los
diferentes métodos de interpretación jurídica, para ello
se ha preparado pasando cinco años en las aulas
universitarias estudiando el origen de la ley, los métodos
de creación de la norma, las influencias
históricas, sociales, culturales, geográficas,
estudia a identificar al delincuente, bueno podríamos
hablar de muchas elementos de la formación
científica del Abogado, para luego ejercer la
profesión como Juez, Fiscal, Defensor, Asesor
Jurídico, consultor jurídico, Jurisconsulto,
Doctrinario o Docente universitario, por lo que, el único
profesional que se encuentra capacitado para desempeñar
estas funciones es el Abogado y no un ciudadano que no estudio
para este trabajo. Me
imagino Yo como abogado o Militar, que el estado me haya asignado
la tarea de dirigir la construcción de un edificio publico, mas
propiamente del Palacio de Justicia de Santa Cruz, me pregunto y
al lector también, estoy apto para cumplir esta
función que es propia de la profesión de un
Ingeniero Civil?. Talvez algunos dirán que no es Igual
comparar las funciones de un Abogado o militar con las de un
Ingeniero, o que no existe relación entre estas
comparaciones, que la Profesión de Abogado es mas
fácil, que la ingeniería es mas compleja, etc.
Existirán una serie de justificaciones de parte de
personas y juristas que apoyan su implementacion, pero les digo,
que no existe ninguna diferencia entre las comparaciones que
expongo; como militar fui formado para planificar y conducir a
mis soldados en la conquista de un objetivo que se me ha asignado
en una operación concreta y como Abogado para Interpretar
la Ley y aplicarla también en un caso concreto. Me
pregunto también, que si un ciudadano como Juez, esta
capacitado par interpretar científicamente la Ley,
estudiar el delito y al delincuente, las circunstancias que se
cometió el delito, que se tenga hacer un análisis criminológico, analizar y
determinar la conexitud de delitos, para aplicarla en el caso
concreto que le tocó conocer?, dejo al lector la
respuesta.
Pero no quiero terminar este tema de la
democratización del derecho penal en Bolivia sin antes
hacer un análisis crítico de las aberraciones que
ha cometido nuestro legislador boliviano y que solo en nuestro
país ocurren legislaciones inversas, que producto de la
improvisación, la todología y la corrupción
de nuestros políticos y profesionales que tienen la
especialidad de la "todología".
Se han cometido aberraciones en nuestras legislaciones
que no guardan ninguna relación con el alcance de los
conceptos que ha trazado y determinado la comunidad internacional
en su lucha contra la delincuencia y la democratización de
la justicia, me refiero concretamente al tema de la seguridad
ciudadana, que no ha marchado por el error interpretativo de la
concepción en su verdadera dimensión de esta nueva
forma de la seguridad y, de la democratización del derecho
penal, que también ha sido mal entendido o se ha
pretendido satisfacer descontentos o frustraciones del
pueblo.
La democratización no significa concederle al
ciudadano la legitimación para administrar justicia, no
se encuentra capacitado o formado científicamente para
ello, sino, significa que bajo los principios
universales de que, la ley no reconoce fueros ni privilegios, es
general y de cumplimiento obligatorio para todos, la
accesibilidad a la tutela judicial y
a la justicia de todos los ciudadanos y en igualdad de
condiciones, sin restricciones, con aplicación plena de
los principios de publicidad,
oralidad, contradicción, debido proceso, presunción
de inocencia, gratuidad, imparcialidad, derecho a la defensa,
guardando el respeto a los
derechos fundamentales del las víctimas como del imputado
y que la
administración de justicia no se encuentre en manos de
una sola persona como
juez, sino, en varios jueces, es decir, en tribunales colegiados
de jueces formados científicamente para administrar
justicia y que las resoluciones adoptadas que resuelvan sobre las
libertades de las personas y sus derechos reconocidos
judicialmente, sean en votación democrática por mas
de un juez.
Podemos concluir el presente trabajo, diciendo
que ante el incremento desmesurado de la delincuencia, creando
una suerte de desamparo total del Estado a la seguridad de la
ciudadanía en general, es necesario incorporarla esta a su
auto seguridad en forma integrada a la fuerza policial, pero que,
para ello deba existir una generación / transmisión
de la fiabilidad de la policía hacia la población y
sus instituciones vivas, en la forma que el ciudadano se siente
totalmente apoyado y protegido y por que no decirlo, tutelado en
su función de auto seguridad como parte de la seguridad
ciudadana y no tenga el permanente temor que en cualquier momento
un policía pueda detenerlo con fines extorsivos, o que el
policía de tránsito le extienda un boleta de
infracción para que presionado por la detención de
su vehículo, se vea obligado a recurrir a la coima o
cohecho para evitar esa boleta de infracción, o evitar ser
conducido a las oficinas de tránsito, o cuando un elemento
policial tenga que realizar una investigación, no tenga que pedirle
dinero bajo
cualquier pretexto o que para que se haga un informe policial
o técnico, cuando es su obligación del
policía cumplir con su trabajo sin esperar a cambio
retribuciones.
Esta necesidad de seguridad ciudadana, es decir de la
participación activa de la ciudadanía en su propia
seguridad, ha influenciado en el sistema penal, al permitir la
norma procesal que el ciudadano tenga facultades para detener a
un delincuente in fraganti y que pueda constituirse
posteriormente en un testigo de cargo de mucha importancia y peso
en el juicio.
Este trabajo fue realizado en el marco del
Módulo: "La Tutela Penal y Globalización Económica" , esperando
que le sirva de mucho al gentil lector.
Por: Germán Rómulo Cardona Álvarez,
Doctorante del primer Programa de
Doctorado en "Derecho, Empresa y
Justicia" impartido en Bolivia-Santa Cruz-UAGRM, por la
Universidad de Valencia- España en
la modalidad de Beca Internacional, bajo la gestión de dos
grandes promotores dignos de reconocimiento y ejemplarizadora
tarea, la ilustrísima Dra. Silvia Barona Vilar como
Directora del Programa y el ilustrísimo Dr. Jesús
Olavaria Iglesias como Secretario, ambos distinguidos profesores
de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, bajo los
auspicios económicos de la Generalitat Valenciana y
distinguidísimos docentes del
programa y de la misma casa superior de estudios, U.V., mi eterno
agradecimiento, gratitud y reconocimiento a todos
ellos.
Germán Rómulo Cardona
Álvarez