1.- Cuál es el concepto de la
unión de hecho?
r.- es el hecho por el cual un hombre y una
mujer solteros
hacen vida marital en forma mas o menos duradera y estable y con
todas las apariencia de un matrimonio, para
alcanzar los fines atribuidos a este.
2.-Cómo se llama la unión de
hecho?
r.- concubinato o
unión cuncubinaria.
3.-Cuáles son los efectos que produce la
unión de hecho?
- Hijos nacidos después de 180 días de la
unión se refutan hijos del varón - Si no hubiere escritura de
separación de bienes, los
adquiridos durante la unión se reputan bienes de
ambos - Derecho de una de las partes a solicitar la declaratoria de
ausencia de otra y una vez declarada pedir la cesación
de la unión de hecho. - En caso de fallecimiento de alguno de ellos, el
sobreviviente puede pedir la liquidación del haber
común. - Sujeción del hombre y la mujer a
los derechos y
obligaciones
de los cónyuges durante el matrimonio. - El hombre y la mujer se heredan recíprocamente ab-
istestato en los mismos casos que para los
cónyuges.
5.- Cuáles son los efectos de la unión de
hecho no singular?
- Cuando la unión de hecho establecida no fuere
singular porque uno de los dos estaba unido en matrimonio
anterior. La unión surtirá pleno efecto legal a
favor de la persona que
hubiere actuado de buena fe y de los hijos habidos en la
unión sin perjuicio de los derechos legales de la esposa
e hijos del matrimonio.
6.-. Qué efectos produce la
separación?
r.- una vez debidamente registrada. Deja en libertad de
estado del
hombre y a la mujer sin perjudicar la obligación de ambos
con los hijos.
7.- Cuál es el concepto de la paternidad?
r.- es la calidad de padre
que una persona tiene con respecto a la otra, que es su hijo.
8.-.- Qué es la filiación
jurídicamente?
r.-es el vinculo jurídico existente entre los
progenitores y su hijo; pero ese vinculo puede constituirse no
solo por la procreación sino también por la
adopción .
9.- Dónde se realiza la inscripción de la
filiación?
r.- en el libro de
nacimientos del respectivo registro
civil.
10.-.-Qué es el reconocimiento de la
paternidad?
r.- el acto por el cual el padre o la madre de un hijo o ambos
conjunta o separadamente y de manera voluntaria o forzosa,
manifiestan en forma prescrita por la ley que una
persona es hijo o hija suya.
11.- Qué es el reconocimiento voluntario?
r.- es el acto por el cual el padre o la madre, o ambos a la
vez admiten como propios los hijos nacidos fuera del
matrimonio.
12.-.-Qué es el reconocimiento judicial?
r.-es el acto ,por el cual los progenitores admiten o son
obligados a admitir, ante un juez competente, que una persona
determinada es hijo o hija suya gracias a la acción
promovida con ese fin por el propio descendiente o por su
representante legal.
13.-Contra quién debe ejercerse la acción de
reconocimiento?
r.- debe dirigirse contra el presunto padre o madre, y si
estos ya hubieren fallecido se ejercitara contra sus
herederos.
14.- Quienes pueden ejercer la acción de
reconocimiento forzoso?
- El hijo que no ha sido reconocido voluntariamente con las
formalidades legales - Si el hijo es mayor de edad lo puede hacer
personalmente - Los menores de edad representados por sus tutores
- Los descendientes del hijo que se trata
- El padre o la madre que lo hayan reconocido.
15.-Cómo es derecho de reconocimiento
forzoso?
r.-este derecho es imprescriptible
16.- En qué consiste el reconocimiento por
confesión judicial?
r.- el hijo o en su caso la persona que lo represente solicita
al juez que el supuesto padre o madre sean citados para declarar
bajo juramento si creen serlo debiendo expresar en la
citación el objeto de ella.- la confesión es
personal.
17.-En qué consiste el reconocimiento
forzoso?
r.-el hijo por si o por representante legal puede demandar en
juicio ordinario al supuesto padre para obtener el reconocimiento
donde se presume la paternidad.
18.-Qué otras pruebas admite
el código
de familia?
- De los grupos
sanguíneos - Marcadores genéticos
- Cualquier otro método
de exclusión o confirmación de la paternidad que
pueda desarrollarse en el futuro.
19.-Quién puede hacer la impugnación de la
paternidad?
r.- solamente el padre dentro del primer año del
nacimiento el supuesto hijo o desde que tuvo conocimiento
del hecho.
20.- Cómo probarse la impugnación de la
maternidad?
r.- comprobándose falso parto o
suplantación del pretendido hijo al verdadero;
- Que nunca ocurrió ese parto del cual nació
tal hijo - Que el parto ocurrió pero el hijo nacido fue
sustituido por otro.
21.- Cómo se puede manifestar la paternidad
incierta?
r.- en los hijos nacidos después de los trescientos
días de haberse disuelto el matrimonio o la unión
de hecho. Ante la ley no tiene padre cierto hasta que haya sido
reconocido por su padre por cualquiera de los medios
legales.
22.- Cómo se puede manifestar la paternidad
dudosa?
R.- cuando la mujer contrae matrimonio antes de los
trescientos días de haberse disuelto el matrimonio
anterior a la unión de hecho y da a luz dentro de
dicho termino entonces no sabrá quien es su padre.
23.- Qué es el hijo póstumo?
r.- es el que nace después de muerto el padre, pero que
haya nacido antes de expirar los 300 días siguientes a
dicha muerte.
24.- Cuándo cesan los derechos de los padres
respecto a sus hijos?
- Cuando por mala conducta del
padre o madre hayan sido sacados sus hijos del poder y
confiados a otra persona. - Cuando el hijo haya sido llevado por sus padres a una casa
de expósitos o abandonado de otra manera.
25.- Qué son la relaciones patrimoniales de la
patria potestad?
r.-son los derechos de los bienes o sea el derecho de
representación, usufructo y administración de bienes.
26.- Quién ejercerá este derecho?
r.- lo harán el padre y la madre conjuntamente y uno
solo de ellos cuando ejerza la patria
potestad autorizada por el juez correspondiente.
27.- Quiénes están sujetos a la patria
potestad?
r.- todos los hijos menores de edad.
28.- Cómo puede ser la incapacidad?
- Absoluta ( si son impúberes, dementes o
sordomudos) - Relativa ( si son púberes mayores de 12 años
las mujeres y mayores de 14 los varones.
29.- Cuáles son los derechos de las relaciones
patrimoniales de la patria potestad?
- De representación ( en juicio o fuera de el)
- De usufructo sobre los bienes del hijo
- De administrar los bienes del hijo.
30.- Cuáles son los derechos de
representación?
r.- En juicio o fuera de el ;
- Actos judiciales:
- si se trata del peculio profesional o industrial, no
necesita representación. - En todos los demás casos debe comparecer en juicio
representado por sus padres que este ejerciendo la patria
potestad
- Actos extrajudiciales :
- No puede ejecutar acto jurídico alguno sin
autorización de sus padres.
31.- Qué son los derechos de usufructo sobre los
bienes del hijo?
R.- es el derecho de los padres sobre el usufructo de todos
los bienes del hijo.
32.- Cuándo los padres quedan privados de la
facultad de administrar los bienes de los hijos?
- Cuando sean culpables de dolo o de grave negligencia
habitual - Cuando se le suspenda por vía judicial la patria
potestad
32.- Cuáles son los modos para terminar la patria
potestad?
- Por extinción
- Y la perdida de la misma
33.- Qué es la emancipación?
r.- hecho que pone fin a la patria potestad. La salida del
hijo de la patria potestad.
34.- Qué es la emancipación
voluntaria?
r.- es la que se produce mediante la voluntad de los padres y
del hijo manifestada en escritura publica.
35.- Cuáles son los requisitos para que se produzcan
la emancipación voluntaria?
- Voluntad de ambos padres
- Consentimiento del hija a emancipar
- Que el hijo sea mayor de 18 años
- Que el acto coste en escritura publica
- Que la escritura se inscriba en el registro civil.
36.- Cómo se produce la emancipación
legal?
- Por la muerte de
ambos padres o el que ejerce la patria potestad - Matrimonio del hijo
- Cumplir los 21 años
37.- Quiénes son las personas que pueden promover la
acción sobre la perdida o suspensión de la patria
potestad?
- Los ascendentes del menor
- Sus parientes colaterales dentro del cuarto grado de
consanguinidad - El ministerio publico
38.- Qué es la adopción?
R. acto jurídico destinado a crear entre adoptante y
adoptado los derechos y obligaciones que establece la ley.
39 . Cuál es la finalidad de la
adopción?
r.- es proteger al menor de edad que carece de padres o
cuyos progenitores no cuentan con los medios necesarios para
criarlos y educarlos en forma adecuada.
40.- Cuáles son las prohibiciones del registrador
civil?
r. solamente podrá revelar o certificar la
relación de adopción. Por orden judicial.
41.- Quiénes no pueden adoptar?
- Ninguno de los cónyuges sin el consentimiento del
otro - Los tutores a las personas que están sujetas a su
tutela - Las personas que hayan ejercido tutelas. Mientras no
hayan dado cuentas de
sus administración - Quienes hayan sido privado o suspendidos del ejercicio de
la patria potestad.
42.- Quiénes no pueden ser adoptados?
r.- los concebidos y no nacidos.
43.Quiénes pueden declarar la nulidad de la
adopción?
r. el juez competente.
TERCER EXAMEN
1.- QUE SE ENTIENDE POR ALIMENTOS?
R.- es todo lo indispensable para el sustento,
habitación, vestido y asistencia medica de una persona.
así como su educación e
instrucción si es menor de edad.
2.- SEGÚN LA CAUSA POR LO QUE SE DAN LOS ALIMENTOS COMO
SE CLASIFICAN?
R.- en legales: son los que se deben por mandato de
ley
Voluntarios; se dan por acuerdos de las partes.
3.- COMO CLASIFICA LOS ALIMENTOS EL CÓDIGO
CIVIL?,
- Congruos:
- Necesarios: lo que basta para sustentar la vida
- Provisionales: se dan mientras se dicta la sentencia
definitiva. - Definitivos: son lo que se dicta cuando la sentencia queda
firme.
4.- CUALES SON LAS CONDICIONES PARA LA OBLIGACIÓN DE
DAR ALIMENTOS?
- Que el demandante se halle en estado de necesidad.
- Que el demandado este en una situación
económica que le permita dar alimentos. - Que el demandante sea una de las personas a quienes la
ley otorga el derecho de exigir alimentos.
5.- PERSONAS A QUIENES SE DEBE ALIMENTOS?
- Al cónyuge y descendientes consanguíneos
- Al hijo invalido aun cuando fuere mayor de edad
- Al padre y madre consanguíneos
- A los abuelos y demás ascendientes
consanguíneos - A los hermanos consanguíneos inválidos o
menores - A quien hizo una donación cuantiosa si no hubiese
sido rescindida. - A la persona con quien el testador vivió como si
fuera su cónyuge durante los cinco años que
precedieron de su muerte o quien haya tenido hijos. - El adoptante al adoptado y este aquel.
6.- REGLAS QUE RIGEN LA OBLIGACIÓN
ALIMENTICIA?
- La concurrencia de varios alimentarios con diverso
titulo - concurrencia de varios alimentarios con el mismo
titulo - concurrencia de una sola persona de varios títulos
para pedir alimentos - concurrencia de varias personas en la obligación
de dar alimentos - capacidad legal para demandar alimentos
- forma en que deben pagarse los alimentos
- prescripción de la acción del
alimentario. - tiempo durante el cual se deben los alimentos.
7.- CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE
DAR ALIMENTOS?
- Es reciproco
- Es personalísimo
- Es instrasferible, innegociable e irrenunciable.
- Es incompensable
- Es inembargable.
8.-CUALES SON LOS CARACTERES DEL JUICIO DE
ALIMENTOS?
- La demanda de
alimentos se tramita por el juicio ordinario, pero las
sentencias pronunciadas contra el demandado solo son apelables
en el efecto devolutivo. - Contra la sentencia definitiva de segunda instancia solo
procede el recurso de casación por quebran tamiento de
forma. - Las sentencias firmes que recaen en juicios no producen el
efecto de cosa juzgada, o sea que no impiden que se vuelva a
iniciar otro juicio sobre el mismo asunto, si han cambiado las
cosa entre el alimentante y alimentario.
9.- EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE DAR
ALIMENTOS?
- Cuando el deudor se pone en estado de poder darlos sin
desatender sus necesidades alimenticias. - Cuando quien los recibe deja de necesitarlos
- En caso de injuria falta o daño
grave del alimentario contra el alimentante. - Cuando el cónyuge que lo recibe hubiere incurrido en
abandono voluntario y malicioso del hogar. - Cuando el alimentario observare mala conducta, fuere un
vago declarado o hiciere vida disoluta. - Cuando los alimentarios menores de edad alcanzaran su
mayoría de edad.
10.-CAUSAS DE LA TERMINACIÓN DEL MATRIMONIO?
- Por fallecimiento de uno de los cónyuges
- Por la presunción de la muerte de uno de los
cónyuges declarada de conformidad a la ley. - Por la declaratoria de nulidad del matrimonio
- Por sentencia firme que declare el divorcio.
11.- CONCEPTO DE NULIDAD DE MATRIMONIO?
R.- Es la destrucción legal del vinculo imperfectamente
establecido.
12.- QUE ES EL MATRIMONIO INEXISTENTE?
R.- Es aquel el cual falta una condición de existencia,
sin la cual no puede concebirse jurídica ni
materialmente.
13.- QUE ES EL MATRIMONIO NULO?
R.- Que ha tenido existencia jurídica pero la falta una
de las condiciones validez.
14.- POR QUIEN NECESITA SER DECLARADA LA NULIDAD?
R.- Por los Tribunales y mientras no se declare, el matrimonio
produce todos los efectos que esta destinado a producir.
15.- CUALES SON LOS CARACTERES DE NULIDAD DEL
MATRIMONIO?
- Están taxativamente determinados por la ley
- La acción para pedirla no prescribe, salvo algunas
excepciones. - No admite la clasificación de absoluta y relativa
como la nulidad de los demás actos.
16.- CAUSAS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO?
- Los impedimentos dirimentes, sean absolutos o
relativos. - Los vicios del consentimiento de los contrayentes.
17.- CUANDO ES ANULABLE EL MATRIMONIO?
- Cuando se contrajere por quienes carecen de la
circunstancia necesaria de aptitud señalada en el
párrafo del C.V. ART.16 - Cuando se contrajere mediante error en la persona,
coacción, intimidación que vicie el
consentimiento. - Por impotencia absoluta que impida la relación
marital.
18.- QUE PERSONAS PUEDEN PEDIR LA NULIDAD Y PLAZO QUE
PUEDEN HACERLO?
- El cónyuge afectado ( dentro del plazo de seis
meses, si es la falta de edad o impotencia dentro de 30
días de haber cesado la causa ) - El fiscal del
juzgado de letras de familia del domicilio de los
cónyuges. - Cualquier persona que tuviere interés
en ella
19.- EFECTOS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO?
R.- La nulidad una vez declarada por sentencia firme, da
derecho a que las partes sean restituidas al estado que
tenían al momento del acto o contrato.
20.- QUE ES EL MATRIMONIO PUTATIVO?
R.- Es el que ha sido declarado nulo pero produce los mismos
efectos del valido hasta el momento en que la correspondiente
sentencia queda firme.
21.- QUE SIGNIFICA PUTARE?
R.-Palabra latina, que significa reputar, suponer, creer.
22.- QUE ES EL ERROR DE HECHO Y DE DERECHO EN EL MATRIMONIO
PUTATIVO?
R.- si el cónyuge no sabia que con quien se caso es su
tío es un error de hecho y por lo mismo es de buena
fe.
R.- Pero si lo sabia e ignoraba que ese parentesco es un
impedimento para su matrimonio. Es error de derecho y por lo
tanto es cónyuge es de mala fe.
23.- EFECTOS DEL MATRIMONIO PUTATIVO?
- Si ambos cónyuges son de buena fe.( produce todos
los efectos civiles mientras subsista.) - Si solo uno de los cónyuges es de buena fe.(
únicamente respecto a el y los hijos produce efectos el
matrimonio) - Si ambos cónyuges son de mala fe.( el matrimonio
solo produce efectos respecto a los hijos)
24.- EFECTOS RESPETO A LOS
HIJOS?
R.- Al declarar la nulidad del matrimonio, el juez competente
dispondrá quien cuidara y ejercerá la patria
potestad de los hijos teniendo en cuenta el grado de culpabilidad
de los cónyuges y velando por el bienestar y seguridad de
aquellos.(cuando ambos cónyuges son de buena
fe)
*Si solo uno de los cónyuges es de buena fe. El
solo ejercería la patria potestad el otro la pierde.
*Si ambos son de mala fe. Los dos pierden la patria
potestad, y habría que darles un tutor a los hijos.
25.- EFECTOS RESPETO A LOS BIENES?
R.- Si hubiere bienes comunes la comunidad quedara
disuelta, pero el cónyuge de mala fe no tendrá la
participación en ellos, sin perjuicio de la acción
para reclamar daños y perjuicios por parte del
cónyuge de buena fe.
26.- MEDIDAS PROVISIONALES DURANTE EL JUICIO DE
NULIDAD?
- La separación provisional de los
cónyuges. - El deposito de la mujer, cuando ella misma o el marido le
pidieren. - El deposito de los hijos en poder de uno de los
cónyuges, de ambos o de un tercero. - Señalamiento de alimentos que deberá
suministrar el cónyuge que tuviere posibilidad para
ello, al que no tenga bienes suficientes para cubrir las
necesidades. - Dictar las medidas necesarias para que el marido contra
quien se dedujere la demanda de nulidad del matrimonio, no
perjudique a la mujer en la admón. De los bienes.
27.- CUAL ES EL CONCEPTO DE LA UNIÓN DE
HECHO?
R.- Se define como una medida provisional que autoriza la ley
en interés de los hijos de un matrimonio mal avenido, para
regular las relaciones entre estos y sus padres mientras los
cónyuges se reconcilian o se disuelve el matrimonio.
28.- CUANDO SE PUEDE PEDIR LA SEPARACIÓN DE
HECHO?
R.- La separación no podrá pedirse si no
después de un año, contado desde la fecha en que se
celebro el matrimonio.
29.-CUAL ES EL CONCEPTO DE DEL DIVORCIO?
R.- En sentido propio: C.C. y C. De familia es la
disolución del matrimonio por una sentencia judicial, ya
sea mediante una demanda de uno de los cónyuges fundada en
causa legal o a solicitud de ambos, de mutuo acuerdo y sin alegar
causa alguna.
En sentido mas amplio: es la separación legal de
los cónyuges, ya sea que haya disolución del
vinculo matrimonial o no.
30.- DIFERENCIAS ENTRE NULIDAD DE MATRIMONIO Y
DIVORCIO?
R.- NULIDAD:
- carece de requisito de validez
- sus causas son anteriores al matrimonio
- su causa es distinta a la del divorcio
DIVORCIO:
- supone matrimonio valido
- sus causas son posteriores a la celebración del
matrimonio.
31.-CONCEPTO DE LA ACCIÓN DEL DIVORCIO?
R.- Es la facultad que tiene el cónyuge inocente de
comparecer ante la autoridad
judicial competente pidiendo la disolución del matrimonio
por existir algunas de las causas previstas por la ley.
32.- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA ACCIÓN
DEL DIVORCIO?
- Es personalísimo: ( solo puede ejercerla el
cónyuge ) - Es irrenunciable: ( en forma anticipada)
- Es prescriptible: ( no podrá entablarse
después de una año desde que se tuvo conocimiento
de la causa que lo motiva)
33.- SON CAUSAS DE DIVORCIO?
- La infidelidad manifiesta y publica de cualesquiera de los
cónyuges - Los malos tratos de obra, injurias graves y trato cruel de
uno de los cónyuges contra el otro o contra los
hijos. - El atentado de uno de los cónyuges contra la vida
del otro o de los hijos - El abandono manifiesto e injustificado de uno de los
cónyuges por mas de dos años sin comunicación con el otro. - Toda conducta de uno de los cónyuges tendente a
corromper o pervertir al otro o los descendientes - El uso habitual de drogas
heroicas y estupefacientes por parte de uno de los
cónyuges. - La negativa injustificada de uno de los cónyuges a
cumplir para con el otro o para con los hijos comunes - La separación de hecho de uno de los cónyuges
durante dos años consecutivos.
34.- MEDIDAS PROVISIONALES DURANTE EL JUICIO DE
DIVORCIO?
R.- son las mismas que en la nulidad del matrimonio.
35.-CONCEPTO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO?
R.- Es la disolución del vinculo matrimonial por
sentencia judicial a solicitud de ambos cónyuges de
común acuerdo.
36.- REQUISITOS DEL DIVORCIO POR MUTUO
CONSENTIMIENTO?
- Que hayan transcurrido dos años desde que se celebro
el matrimonio - Que los cónyuges sean mayores de edad
- Que la solicitud se presente personalmente por los
cónyuges. - La solicitud debe ser por escrito
- La solicitud debe ser presentada al juez de familia del
domicilio de los cónyuges. - La solicitud debe ir acompañada de los siguientes
documentos:
- certificación del registro civil que conste la
edad de los cónyuges y su calidad de casados37.- CUALES SON LOS EFECTOS DEL DIVORCIO?
- testimonio de la escritura publica en que hagan
declaración de los bienes en comunes. - Efecto respecto a la persona de los
cónyuges
- la disolución del vinculo matrimonial que deja en
liberta a los cónyuges para contraer nuevo
matrimonio. - la mujer inocente gozara de una pensión
alimenticia que pagara el marido culpable, - se extingue el derecho que cada uno de los esposos tiene
de suceder ab- intestato, como también se extinguen
los derechos y obligaciones entre los cónyuges.
2.Efecto respecto a los hijos.
- el divorcio no modifica los derechos de los hijos del
matrimonio - la privación de la patria potestad y de sus
derechos no exime al cónyuge culpable del cumplimiento
de las obligaciones que la ley impone respecto a sus
hijos.
3.Efectos respeto de los bienes.
- Cuando los cónyuges han pactado la comunidad de
bienes, esta queda disuelta y tendrá lugar la
partición. - Otro efecto es que el régimen de comunidad de
bienes adoptado por los cónyuges queda disuelto.
38.- EL OBJETO DE LAS MEDIDAS EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO Y
NULIDAD DE MATRIMONIO DE LA MUJER EMBARAZADA?
R.- Con el objeto de evitar cualquier duda sobre el hecho y
las circunstancias del parto o sobre la identidad del
recién nacido, estas reglas están destinadas a
evitar que la mujer de mala fe, valiéndose de un falso
embarazo o de
un falso parto, trate de obtener ventajas patrimoniales o de otro
orden en perjuicio de su marido.
39.- OBLIGACIÓN DE LA MUJER?
R.- L a mujer que se encuentre en las condiciones arribas
mencionadas tiene la obligación de denunciar el hecho de
su embarazo al marido, por escrito y por medio e la autoridad
judicial del lugar donde ella reside.
40.-DERECHOS DEL MARIDO?
R.- A consecuencia de esta denuncia o aun si ella, el marido
tiene el derecho de enviar a la mujer una compañera de
buena razón que le sirva de guarda y además una
matrona que inspeccione el parto.
41.- QUE ES LA TUTELA?
R.- Es un cargo impuesto a
ciertas personas para protección de aquellas que siendo
emancipadas, no pueden dirigirse a si mismas ni administrar sus
bienes, ya sea a causa de su minoría de edad o de haber
sido declarados en estado de interdicción.
42.-CARACTERÍSTICAS DE LA TUTELA?
- Es un cargo obligatorio
- Es un cargo personal e indelegable
- Es un cargo establecido a favor de los menores o
incapaces - Solo se sujeta a tutela al que no esta bajo patria
potestad - Las disposiciones legales que sujetan este cargo son de
orden publico. - Las funciones de
sus titulares se extienden tanto al cuidado de las personas de
los menores como al de sus bienes. - No se puede dar tutor al que ya lo tiene.
43.- CUALES SON LAS CLASES DE TUTELA?
- Testamentaria ( la que se constituye por testamento)
- Legitima ( la que se confiere por ley)
- Judicial u oficiosa ( la que confiere el juez a falta de la
testamentaria y la legitima)
44.- EN LA TUTELA TESTAMENTARIA PERSONAS QUE PUEDEN NOMBRAR
TUTOR?
- El padre o la madre sobreviviente, para los hijos que
estén bajo su patria potestad. - El abuelo o la abuela, para los nietos que estan bajo su
tutela legitima. - Cualquier testador, para la persona que instituya
heredero.
45.- EN LA TUTELA LEGITIMA DEL MENOR PERSONAS QUE
CORRESPONDEN Y CUANDO TIENE LUGAR?
Tiene Lugar.
- Cuando falta o expira la testamentaria
- Cuando viviendo el padre o la madre, es emancipado el
menor.
CORRESPONDE.
- Al abuelo paterno
- Al abuelo materno
- A la abuela paterna
- A la abuela materna
- A los hermanos del pupilo y a los tíos sin
distinción de sexo.
CASO ESPECIAL DE LA TUTELA.
CONFORME AL ART.278 del C.F. los directores o superiores de
los establecimientos de asistencia social, que acojan menores o
incapacitados son tutores y representantes legales de los mismos
desde el momento de su ingreso.
46.- LA TUTELA JUDICIAL CUANDO TIENE LUGAR?
R.- como ya se dijo, la tutela judicial o dativa tiene lugar
cuando faltan la testamentaria y la legitima es decir, cuando
nadie le han nombrado tutor al menor ni este tiene parientes
llamados por la ley para el cargo.
47.- COMO PUEDEN SER LOS TUTORES JUDICIALES?
- Definitivo. (
- Interino ( * cuando se retarda por cualquier motivo el
discernimiento de una tutela.
*Cuando durante el ejercicio de la tutela sobreviene un
obstáculo que por algún tiempo
impida al tutor seguir ejerciendo el cargo)
48.- FORMALIDADES PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN TUTOR
JUDICIAL?
R.- El juez debe oír al fiscal y a los parientes del
pupilo. Si hay curador adjunto puede preferirlo para esos
cargos.
Observación: cuando se trata de tutor interino, puede
el juez nombrarlo de oficio y sin necesidad de oír al
fiscal ni a los parientes del pupilo.
49.- CAUSAS DE INHABILIDAD PARA SER TUTOR O
PROTUTOR?
- El menor de edad y el incapacitado, es decir el demente o
loco, aunque no haya sido declarado en
interdicción. - Quien hubiere sido condenado por robo, hurto, estafa,
falsedad y delitos
contra la honestidad y
otros delitos del orden común que merezca pena mayor de
dos años. - Quien hubiere sido removido de otro tutela, o no hubiere
sido rendido cuentas de su administración, o
habiéndolas rendidos no estuviere aprobada. - El ebrio consuetudinario, el vago, y el notoria mala
conducta. - El fallido o concursado, mientras no halla tenido su
rehabilitación, - Quien tenga litigio propio o de sus ascendientes,
descendientes o cónyuge, con el menor incapacitado. - Quien haya perdido el ejercicio de la patria potestad.
- El acreedor o deudor del menor por una cantidad
apreciable. - Quien no tenga domicilio en la republica.
- El ciego y el que padezca de enfermedad grave incurable o
contagiosa. - El padrastro o madrastra.
- Quienes no sepan leer o escribir.
RECOPILADO UNIDAD DE CAPACITACION REGISTRO CIVIL HONDURAS
Jorge Fernando Martínez Gabourel
Oficial Capacitación Registro Civil Honduras