Antes de nacer los padres del niño que esta en
proceso de
gestación en muchos casos ya han escogido el nombre
ó nombres que pondrán a sus hijos dependiendo el
sexo de
este, es de destacar que hoy en día gracias a los
avances
tecnológicos en materia de
salud se puede
determinar el sexo del niño.
En este proceso de selección del nombre ó nombres
intervienen un sin número de aspectos que a
continuación se
detallan:
- Aspectos afectivos que conlleva a darle el nombre
ó nombres de familiares generalmente el nombre del
padre madre ó amigos según el caso. - Influencia cultural de otros países por
los medios de
comunicación que llevan a los padres a darle
nombre ó nombres en ingles generalmente. - Durante mucho tiempo se
escogía como nombre de acuerdo al Santoral del
día. - En forma menos frecuente los padres escogen nombres
de personajes famosos de los diferentes períodos de la
historia. - Y en otros casos en forma muy aislada los nombres
alejada de toda moral, en
nuestro Registro Civil es común encontrar nombres en
Ingles como los siguientes:
Yoni que se deriva de Jhony y que le escriben el
nombre tal y como se escucha.
En otro caso nombres que corresponden a expresiones
tales como:
- Blanca Espuma.
- Bello Idilio.
Inspirados en personajes famosos
encontramos:
- Napoleón.
- Lenin.
- Rubén Darío.
- Errol Flynn.
- Sadan Husein.
De personajes mitológicos.
- Aeropajita.
De personajes políticos.
- Villeda Morales.
- Kennedy.
Tampoco es extraño encontrar en los municipios
nombres como los siguientes:
- Circuncisión.
- Transfiguración.
- Encarnación.
- Expectación.
Otros nombres inspirados en aspectos de orden
religioso:
- Arcángela Perfecta de los Santos de
Jesús. - Jesús.
- San Antonio "Antonio" etc.
Y otro fuera de toda buena moral y costumbre como es
la Inscripción de Nacimiento realizada en Talgua,
Departamento de Lempira quien lleva por nombre "Hijo de
Verga".
En la legislación hondureña no se
establece ninguna restricción en el sentido de escoger
nombres castizos (español), si no que queda a
discreción de los padres el determina el nombre que le
podrán y declaran al presentarse a la Oficina del
Registro Civil Municipal, a realizar la Inscripción de
Nacimiento correspondiente influenciados en gran medida por los
factores señalados anteriormente.
El resaltar lo relativo al nombre(s) no constituye un
grave problema en materia de Registro Civil, si no que es
interesante resaltar los aspectos que motivan a los padres de
familia a
escoger el nombre(s) que llevara su hijo, por lo que en estos
casos es importante señalar a los Registradores Civiles
Municipales y Personal
Auxiliar que en ninguna circunstancia normal al momento de la
realización de Inscripción de Nacimiento,
ejerceremos restricciones y presiones en lo relativo al nombre
que el declarante nos proporciona debemos respetarla información tal y como se manifiesta en
lo relativo a los nombres extranjeros especialmente en Ingles
al momento de proporcionarse esta información debemos
tener el cuidado de escuchar cuidadosamente este dato para
anotarlos en forma correcta de lo contrario lo anotaremos en
forma errónea si el ciudadano sabe leer y escribir y no
presenta documento que sirva de base a la Inscripción
deberá anotarle por escrito el dato en la medida
posible.
En los casos que el Declarante ó Compareciente
se presente en estado de
ebriedad ó fuera de sano juicio, el Registrador Civil
Municipal no debe proceder a realizar la Inscripción de
Nacimiento ó en aquellos casos que aún cuando
este aparentemente en sano juicio pretender consignar como
nombre una expresión vulgar fuera de toda moral que
afecta la seriedad y formalidad que deberá observarse al
realizar una Inscripción en el Registro Civil y lesiona
la dignidad y
moral del niño que será inscrito.
En el caso que un niño se ha declarado
legalmente en estado de abandono por el Juzgado de Letras de
menores, El Instituto Hondureño de la Niñez y
la Familia
solicitará ante el Registrador Civil Municipal la
realización de su Inscripción consignando como
nombres y apellidos los que determine el Juzgado competente por
lo que conclusión el niño tiene derecho a un
nombre aun cuando no se determine quienes son sus padres
biológicos.
Elaborado por La Unidad de Capacitación del R.N.P.
Recopilado por
Jorge Fernando Martinez Gabourel
Oficial de capacitación Registro Civil Honduras