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Constitución de Empresas en el Perú




Enviado por annesca



    1. La Sociedad
      Anónima
    2. La
      Sucursal
    3. Formalidades
      Administrativas
    4. Pasos para Constituir una
      empresa
    5. Conclusión
    6. Anexo
    7. Bibliografía

    INTRODUCCION

    Ley General de Sociedades
    regula la formación y/o modificación de una empresa; y al
    ser la Sociedad
    Anónima una forma societaria está contenida
    dentro de este cuerpo Jurídico, donde se le reconoce como
    una asociación voluntaria de personas, que acuerdan
    aportar bienes con la
    finalidad de realizar una actividad económica, esta
    sociedad se
    caracteriza además por la responsabilidad limitada de los socios por los
    aportes que cada uno haya efectuado, además por la
    existencia de las acciones como
    títulos valores que
    representan alícuotas del capital
    social, y finalmente se caracteriza también por el hecho
    que la dirección de la sociedad se basa en el
    capital y no en las personas.

    Una vez constituido la empresa se
    debe de cumplir con requisitos adicionales que son de carácter administrativo, con los cuales se
    va permitir el funcionamiento de la empresa.

    1.- La Sociedad
    Anónima

    La sociedad
    anónima es una de las formas societarias que confieren
    a sus socios la limitación de su responsabilidad hasta el
    límite de su aporte. El capital social está
    representado por acciones, teniendo los socios la calidad de
    accionistas.

    Las características principales de la sociedad
    anónima se describen a continuación:

    1.1.-
    Denominación

    La sociedad anónima podrá adoptar
    cualquier denominación, pero deberá figurar
    necesariamente la indicación Sociedad Anónima, o
    las siglas "S.A.".

    Tratándose de las modalidades especiales de
    sociedades
    anónimas en atención a su estructura
    societaria, capital social y número de accionistas,
    necesariamente deberá consignarse las siglas "S.A.C." para
    la Sociedad Anónima Cerrada ó "S.A.A." para la
    Sociedad Anónima Abierta.

    1.2.-
    Capital

    El capital social está representado por acciones
    nominativas y se integra por aportes de los socios, quienes no
    responden personalmente por las deudas sociales.

    Para que se constituya la sociedad es necesario que
    tenga su capital suscrito totalmente, y cada acción
    suscrita esté pagada, por lo menos, en un 25%. No se exige
    un monto mínimo de capital social, a efectos de constituir
    la sociedad.

    1.3.-
    Accionistas

    El número de accionistas no puede ser menor a 2
    personas naturales o jurídicas, residentes o no
    residentes, mientras que el número máximo es
    ilimitado. Salvo el caso de la S.A.C. en donde el número
    máximo de accionistas es veinte.

    1.4.-
    Constitución

    Existen dos formas de constituir una sociedad
    anónima; en un sólo acto (Constitución Simultánea), o en forma
    sucesiva (Constitución por Oferta a
    Terceros).

    En ambos casos es imprescindible la intervención
    del Notario Público, al cual los fundadores de la sociedad
    deberán hacer entrega de la información y documentos
    necesarios para poder iniciar
    la constitución.

    1.4.1.- Constitución
    Simultánea

    El aporte de capital social debe ser depositado en una
    cuenta abierta en una entidad bancaria que opere en el
    Perú. Los fundadores suscribirán una Minuta de
    Constitución, la cual deberá estar debidamente
    refrendada por un abogado colegiado, y deberá ser elevada
    a Escritura
    Pública ante Notario, con la finalidad de que se inscriba
    en el Registro de
    Personas Jurídicas de la Zona Registral de la
    Superintendencia Nacional de los Registros
    Públicos -SUNARP-, correspondiente al lugar donde se
    constituya.

    1.4.2.- Constitución
    por Oferta a Terceros

    Los fundadores deberán redactar un programa de
    constitución que llevarán al Notario para efectos
    de legalizar sus firmas. Una vez legalizadas las mismas, se
    depositará en el Registro de Personas Jurídicas de
    la Zona Registral de la SUNARP, correspondiente al lugar donde se
    constituya a efectos de proceder a su publicación
    posterior, con la finalidad de encontrar potenciales
    suscriptores.

    La asamblea de suscriptores deberá realizarse en
    el lugar y hora establecida en el programa, o en su defecto, en
    los que señale la convocatoria que hagan los fundadores.
    Dentro de los 30 días siguientes a la celebración
    de la asamblea, la persona o
    personas designadas, otorgarán la Escritura Pública
    de Constitución de la Sociedad, la cual deberá
    inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la
    SUNARP del domicilio de la sociedad.

    1.5.- Costos de
    Organización

    Los Gastos derivados
    de la constitución de la empresa son los
    siguientes:

    Gastos Notariales, están referenciados por el
    monto de capital y por la extensión de la Escritura
    Pública.

    Gastos Regístrales, la tasa a pagar es el 3/1000
    del capital social.

    Otros gastos, comprende la inscripción del
    nombramiento de Directores, pago de honorarios de abogado,
    notario, etc.

    1.6.- Duración de
    la Sociedad Anónima

    El tiempo de
    duración de la sociedad anónima puede ser
    determinado o indeterminado.

    1.7.- Aportes de los
    Accionistas

    Los aportes pueden ser efectuados en moneda nacional y/o
    extranjera, así como en bienes físicos o tangibles
    o en contribuciones tecnológicas intangibles, que se
    puedan presentar bajo la forma de bienes físicos,
    documentos técnicos e instrucciones; que sean susceptibles
    de ser valorizados. Los aportes no dinerarios serán
    revisados por el Directorio.

    1.8.- Órganos de la
    Sociedad

    1.8.1.- Junta General de
    Accionistas

    Es la reunión de los accionistas debidamente
    convocada, para decidir asuntos propios de su competencia. Este
    órgano decide por mayoría, teniendo en cuenta el
    número de acciones en que se encuentra dividido el
    capital. Es el órgano máximo de la
    sociedad.

    1.8.2.-
    Directorio

    Es elegido por la Junta General de Accionistas, debiendo
    ser inscrita dicha designación en el Registro de Personas
    Jurídicas de la Zona Registral correspondiente al lugar
    donde se constituya.

    Para ser director no se requiere ser accionista; salvo
    que el Estatuto disponga lo contrario. Asimismo, puede ser
    Director un extranjero no domiciliado.

    El número de directores será fijado en el
    estatuto, y en su defecto, lo determinará la Junta
    General. El número de directores no podrá ser
    inferior a tres.

    El directorio tiene las facultades de
    representación legal y de gestión
    necesarias para la
    administración de la sociedad dentro de su objeto
    social.

    El Directorio está obligado a formular la memoria,
    los estados
    financieros y la propuesta de aplicación de las
    utilidades en caso de haberlas. Los documentos anteriormente
    señalados deberán reflejar en forma clara y
    precisa, la situación económica y financiera de la
    sociedad, las utilidades obtenidas o las pérdidas sufridas
    y el estado de
    sus negocios.

    1.8.3.-
    Gerencia

    El gerente es
    nombrado por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa
    facultad a la Junta General.

    Pueden existir varios gerentes si así lo
    determina el estatuto o lo acuerda la Junta General. La
    duración del cargo es por tiempo indefinido, salvo
    disposición contraria del estatuto o que el nombramiento
    se haga por un plazo determinado.

    Las atribuciones del gerente se establecerán en
    el estatuto o al ser nombrado, de lo contrario, se presume que el
    gerente está facultado para la ejecución de los
    actos y contratos
    ordinarios correspondientes al objeto social.

    1.9.- Requisitos
    Contables

    Las empresas se encuentran obligadas a llevar libros de
    contabilidad
    considerados como principales, los cuales deberán estar en
    castellano y
    expresados en moneda nacional, salvo que se trate de sociedades
    que hayan suscrito contratos especiales con el Estado y por
    tal motivo puedan llevar su contabilidad en moneda
    extranjera.

    Los principales libros contables son los
    siguientes:

    • Libro de Inventario y
      Balances
    • Libro Diario
    • Libro Mayor
    • Libro de Planillas de Remuneraciones
    • Libro de Actas
    • Libro Caja
    • Registro de compras
    • Registro de ventas

    Previo a su utilización, los libros contables
    deberán legalizarse ante Notario
    Público,

    Excepto el de Planillas, el cual se legalizará
    ante el Ministerio de Trabajo y
    Promoción Social, pagando la tasa
    correspondiente en el Banco de la
    Nación.

    1.10.-
    Dividendos

    Sólo podrán pagarse dividendos sobre las
    acciones en razón de utilidades obtenidas o de reservas de
    libre disposición, siempre que el patrimonio no
    sea inferior al capital social.

    La distribución de dividendos a los
    accionistas se realizará en proporción a las sumas
    que hayan desembolsado y al tiempo de integración al capital social.

    2.- La Sucursal

    Las empresas, domiciliadas o no en el país,
    pueden libremente establecer sucursales en el Perú,
    debiendo inscribirlas en el Registro de Personas Jurídicas
    de la Zona Registral de la SUNARP (Registros Públicos) del
    lugar de su funcionamiento.

    La sucursal carece de personería jurídica
    independiente de su principal. Está dotada de
    representación legal permanente y goza de autonomía
    de gestión en el ámbito de las actividades que la
    sociedad principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a
    sus representantes.

    La Escritura Pública de Establecimiento de
    Sucursal deberá contener cuando menos:

    • El certificado de vigencia de la sociedad principal.
      Y si se trata de sociedades constituidas en el extranjero,
      deberán presentar, además del certificado de
      vigencia, con la constancia de que su pacto social ni su
      estatuto le impide establecer sucursales en el
      extranjero.
    • Copia del documento en el que conste el pacto social
      y el estatuto.
    • El documento en el que conste el acuerdo de
      establecer la sucursal, adoptado por el órgano social
      competente de la sociedad principal, el cual deberá
      indicar: el capital que se le asigna a la sucursal; para el
      giro de sus actividades en el país; la
      declaración de que tales actividades están
      comprendidas dentro de su objeto social;
    • El lugar del domicilio de la sucursal y la
      designación de por lo menos un representante legal
      permanente en la sucursal y los poderes que le confiere; y su
      sometimiento a las leyes del
      Perú para responder por las obligaciones
      que contraiga la sucursal en el país.

    El representante legal de la sucursal, deberá
    tener poderes suficientes para resolver cualquier cuestión
    relacionada con las actividades de la empresa, para obligar a la
    sociedad por las operaciones que
    realicen la sucursal y las generales de representación
    procesal que exige la ley.

    3.- Formalidades
    Administrativas

    En adición a los requisitos legales mencionados
    anteriormente, existen ciertas formalidades que deben ser
    cumplidas por las empresas que deseen establecer empresas nuevas
    o sucursales.

    1. Registro Único de
    Contribuyentes (RUC)

    La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es el
    órgano administrador de
    tributo y tiene, entre otras funciones, la de
    registrar a los contribuyentes, otorgándoles el
    certificado que acredite su inscripción en el Registro
    Único de Contribuyentes.

    Para su obtención se deberá presentar lo
    siguiente:

    • Testimonio de Constitución Social, debidamente
      inscrito ante el Registro correspondiente.
    • Recibo de agua o
      luz del
      domicilio fiscal.
    • Formato de inscripción de RUC de la
      SUNAT
    • Documento de identidad en
      original del representante legal

    Si el trámite lo realiza una tercera persona
    deberá presentar una carta poder
    simple otorgada por el representante legal con firma legalizada
    notarialmente y el documento de identidad en original de la
    tercera persona.

    2.- Licencia Municipal de
    Funcionamiento.

    La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para
    que la sociedad pueda funcionar en un determinado local y puede
    ser provisional o indefinida.

    2.1.-Licencia
    Provisional
    :

    Requisitos:

    • Constitución Social
    • R.U.C.
    • Certificado de Zonificación y Compatibilidad
      de Usos.

    Duración o vigencia de la Licencia
    Provisional
    .

    Un año calendario; es decir, 12
    meses.

    2.2.-Licencia
    Indefinida
    .

    También llamada definitiva por que no tiene
    plazo de vigencia.

    Requisitos:

    • Constitución Social
    • R.U.C.
    • Certificado Zonificación y Compatibilidad de
      Usos
    • Plano de Distribución.

    4.- Pasos para Constituir una empresa

    Para ver el
    gráfico seleccione la opción "Descargar" del
    menú superior

    5.-Conclusión.

    Como pudimos observar para constituir una sociedad es
    requisito indispensable primero tener en cuenta la existencia del
    capital, posteriormente se debe de formalizar esta
    asociación a través de la minuta de
    constitución donde está contenida los cargos,
    funciones, vigencias de cargos, etc. de los socios.
    Posteriormente se debe de elevar esta minuta al notario quien da
    fe y legalidad de
    que la constitución cumple con los requisitos establecidos
    por la ley, en caso de ser observado por el Notario se
    deberá de corregir y modificar la minuta constitutiva. En
    todo caso si no hay observación de por medio el Notario lo
    envía a la SUNARP para su inscripción;
    posteriormente para que la sociedad pueda funcionar debe de
    cumplir con requisitos de tipo administrativo como la
    obtención de su Registro Único de Contribuyentes
    (R.U.C.), el cual deberá de solicitarlo a través de
    la SUNAT, para que pueda hacer sus contribuciones
    tributarias.

    Finalmente debe de solicitar a la Municipalidad la
    autorización de funcionamiento o apertura de
    establecimiento, el cual le entregarán bajo la
    denominación de Licencia de Funcionamiento ya sea
    permanente o provisional.

    Cumplidos estos requisitos las empresas quedan
    establecidas formalmente y lista a iniciar sus actividades
    empresariales

    Anexo

    Modelo de Constitución de una sociedad
    anónima para ser elevado ante el notario Público y
    su posterior inscripción e los Registros
    Públicos.

    Modelo I

    SEÑOR NOTARIO:

    SIRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS
    PÚBLICAS, UNA CONSTITUCION SIMULTANEA DE SOCIEDAD
    ANONIMA
    , QUE OTORGAN:

    ………………………., NACIONALIDAD
    …………….,
    OCUPACION…………………….., CON DNI.
    N°……………….., ESTADO CIVIL SOLTERO.

    …………………………………., NACIONALIDAD
    ……………………., OCUPACION …………………….,
    CON DNI. Nº…………………………….., ESTADO CIVIL
    CASADO, CON
    …………………….
    DNI. Nº ……………

    TODOS SEÑALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE
    ESTE INSTRUMENTO EN……………………………………..,
    URBANIZACION…………………

    …….DISTRITO…………………………..,
    PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA.

    EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:

    PRIMERO.- POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL,
    LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA
    SOCIEDAD ANONIMA, BAJO LA DENOMINACION
    DE………………………………………………………………………………………………………….

    SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO USAR LA
    ABREVIATURA…………………………..S.A.; SE OBLIGAN A
    EFECTUAR LOS APORTES PARA LA FORMACION DEL CAPITAL SOCIAL Y A
    FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO.

    SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES
    DE S/……….. (……………………….Y 00/100 NUEVOS
    SOLES) REPRESENTADO POR……………. ACCIONES NOMINATIVAS DE
    UN VALOR NOMINAL
    DE S/. ……… (……………. Y 00/100 NUEVOS SOLES)
    CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE MANERA:

    …………………………….SUSCRIBE…………..ACCIONES
    NOMINATIVAS Y PAGA S/. ………………
    (……………………… Y 00/100 NUEVOS SOLES)
    MEDIANTE APORTE EN EFECTIVO Y S/. …………….
    (……….………Y 00/100 NUEVOS SOLES) EN BIENES
    MUEBLES.

    …………………………….SUSCRIBE…………………
    ACCIONES Y PAGA S/. ………………..
    (……………………….Y 00/100 NUEVOS
    SOLES) MEDIANTE APORTES EN EFECTIVO Y S/. …………….
    (………..………….Y 00/100 NUEVOS
    SOLES) EN BIENES MUEBLES.

    EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y
    PAGADO.

    TERCERO.- LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS
    BIENES MUEBLES APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION
    SE DETALLA Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN
    CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA:

    DESCRIPCION DE CRITERIO EMPLEADO VALOR

    LOS BIENES PARA SU VALORIZACION ASIGNADO

    CESAR AUGUSTO CANALES VASQUEZ APORTA
    :

    1.- UNA COMPUTADORA
    VALOR DE MERCADO S/.
    4,500.00

    PENTIUN ACER SERIE

    74764379 MODELO……

    2.-……………………………
    VALOR DE MERCADO S/. …………

    SUB TOTAL S/.
    …………

    VILMA DELGADO GUTIERREZ APORTA
    :

    1.-……………………………. VALOR
    DE MERCADO S/. …………

    2.-……………………………
    VALOR DE MERCADO S/. ………..

    SUB TOTAL S/. ………..

    TOTAL S/. …………

    CUARTO.- LA SOCIEDAD SE REGIRA POR
    ESTATUTO SIGUIENTE Y EN TODO LO NO PREVISITO POR ESTE, SE ESTARA
    A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES – LEY 26887 – QUE
    EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA LEY".

    ESTATUTO

    ARTÍCULO 1°.- DENOMINACION –
    DURACION – DOMICILIO:

    LA SOCIEDAD SE DENOMINA
    "…………………………………………….." SOCIEDAD
    ANONIMA, PUDIENDO UTILIZAR LA ABREVIATURA……………………
    S.A.C.

    TIENE UNA DURACION INDETERMINADA; INICIA SUS OPERACIONES
    EN LA FECHA DE ESTE PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD
    JURIDICA DESDE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS
    JURIDICAS DE LIMA. SU DOMICILIO ES LA PROVINCIA LIMA DEPARTAMENTO
    DE LIMA ..; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U OFICINAS EN
    CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO.

    ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA
    SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A:

     ——————————————————————————————————–

    SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS
    RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS
    FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS
    ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION
    ALGUNA.

    ARTICULO 3º.- CAPITAL SOCIAL: EL
    MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. …………………..
    (…………………………….………………..
    Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR…………….. ACCIONES
    NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. ……………
    (…………………….0/100 NUEVOS SOLES) CADA
    UNA.

    EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y
    PAGADO.

    ARTICULO 4°.- ACCIONES: LA CREACION,
    EMISION, REPRESENTACION, PROPIEDAD,
    MATRICULA, CLASES DE ACCIONES, TRANSMISION, ADQUISICION, DERECHOS Y GRAVAMENES SOBRE
    ACCIONES, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 82° A
    110° DE LA "LEY".

    ARTICULO 5°.- REGIMEN DE LOS ORGANOS DE LA
    SOCIEDAD:

    JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS: LA JUNTA GENERAL DE
    ACCIONISTAS ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. LOS ACCIONISTAS
    CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE CONVOCADA, Y CON EL
    QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA
    "LEY" LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA. TODOS LOS
    ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y LOS QUE NO HUBIERAN
    PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN SOMETIDOS A LOS ACUERDOS
    ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL.

    ARTICULO 6º.- JUNTA OBLIGATORIA
    ANUAL: LA JUNTA GENERAL SE REUNE OBLIGATORIAMENTE CUANDO
    MENOS UNA VEZ AL AÑO DENTRO DE LOS TRES MESES SIGUIENTES A
    LA TERMINACION DEL EJERCICIO ECONOMICO, TIENE COMO OBJETO TRATAR
    LOS ASUNTOS CONTEMPLADOS EN EL ARTICULO 114° DE LA "LEY"
    .

    OTRAS JUNTAS GENERALES: COMPETE, ASIMISMO A LA
    JUNTA GENERAL LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 115° DE
    LA "LEY".

    LOS REQUISITOS Y FORMA DE LA CONVOCATORIA A JUNTA
    GENERAL SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 116° A
    119° DE LA LEY.

    EL QUORUM Y LA ADOPCION DE ACUERDOS SE SUJETA A LO
    DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 125°, 126° Y 127° DE LA
    LEY.

    ARTICULO 7°.- EL DIRECTORIO: EL
    DIRECTORIO ES EL ORGANO COLEGIADO ELEGIDO POR LA JUNTA GENERAL.
    LA SOCIEDAD TIENEN UN DIRECTORIO COMPUESTO
    POR…………….MIEMBROS; CON UNA DURACION
    DE…..AÑOS.

    PARA SER DIRECTOR NO SE REQUIERE SER
    ACCIONISTA.

    EL FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO SE RIGE POR LO
    DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 153° A 184° DE LA
    "LEY".

    ARTICULO 8°.- LA GERENCIA: LA SOCIEDAD
    CUENTA CON UNO O MAS GERENTES. EL GERENTE PUEDE SER REMOVIDO EN
    CUALQUIER MOMENTO POR EL DIRECTORIO O POR LA JUNTA GENERAL,
    CUALQUIERA QUE SEA EL ORGANO DEL QUE HAYA EMANADO SU
    NOMBRAMIENTO.

    EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE
    TODO ACTO Y/O CONTRATO
    CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO
    REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS:

    1. DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y
      ADMINISTRATIVAS
    2. ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DEL
      DIRECTORIO, SALVO QUE ESTE ACUERDE SESIONAR DE MANERA
      RESERVADA;
    3. ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DE JUNTA
      GENERAL, SALVO QUE ESTA DECIDA LO CONTRARIO;

    D) REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE
    AUTORIDADES. EN LO JUDICIAL GOZARA DE LAS FACULTADES GENERALES
    Y ESPEPCIALES, SEÑALAS EN LOS ARTICULOS 74, 75, 77 Y 436
    DEL CODIGO
    PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE REPRESENTACION PREVISTA
    EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY Nº 26636 Y DEMAS NORMAS CONEXAS
    Y COMPLEMENTARIAS; TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE
    DELEGACION O SUSTITUCION.

    E) ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO
    DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIO, GIRAR, COBRAR, RENOVAR,
    ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR CHEQUES,
    LETRAS DE CAMBIO,
    VALES, PAGARES, GIROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, POLIZAS Y
    CUALQUIER CLASE DE TITULOS
    VALORES, DOCUMENTOS
    MERCANTILES Y CIVILES; OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES,
    SOBREGIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTIA O SIN ELLA,
    SOLICITAR TODA CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA,
    PRENDARIA O DE CUALQUIER FORMA.

    F) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO;
    COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRAVAR LOS BIENES
    DE LAS SOCIEDAD SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS
    RESPECTIVOS DOCUMENTOS, YA SEAN PRIVADOS O PUBLICOS. EN GENERAL
    PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS
    VINCULADOS CON EL OBJETO SOCIAL.

    EL GERENTE GENERAL PODRA REALIZAR TODOS LOS ACTOS
    NECESARIOS PARA LA
    ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS FACULTADES
    RESERVADAS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS O AL DIRECTORIO.

    ARTICULO 9º .- MODIFICACION DEL ESTATUTO,
    AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL: LA MODIFICACION DEL PACTO
    SOCIAL, EL AUMENTO Y REDUCCION DE CAPITAL SE SUJETAN A LO
    DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 198º AL 220º DE LA
    "LEY".

    ARTICULO 10º .- ESTADOS FINANCIEROS Y
    APLICACION DE UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS
    ARTICULOS 40°, 221° A 233° "LEY".

    ARTICULO 11º .- DISOLUCION, LIQUIDACION Y
    EXTINCION: EN CUANTO A LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION
    DE LA SOCIEDAD, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS
    407º, 409º, 410º, 411º, 412º, 413º
    AL 422º DE LA "LEY".

    QUINTO.- EL PRIMER DIRECTORIO QUEDA
    INTEGRADO POR:

    PRESIDENTE:
    NOMBRES,APELLIDOS,……………………..…DNI.
    N°……..……..

    DIRECTOR:
    NOMBRES,APELLIDOS…………………………..DNI.
    N°……………..

    DIRECTOR NOMBRES
    APELLIDOS………………………….. DNI. Nª
    ……………

    SEXTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER
    GERENTE GENERAL,
    ……………………………………..
    CON DNI. …………………

    CLAUSULA ADICIONAL I.-SE DESIGNA A :
    ……………………………………………..CON DNI.
    ……………………………, SUB-GERENTE DE LA
    SOCIEDAD; QUIEN REEMPLAZARA AL GERENTE GENERAL EN CASO DE
    AUSENCIA O IMPEDIMENTO CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA
    ESTE.

    CLAUSULA ADICIONAL II .- DE CONFORMIDAD
    CON EL ART. 315 DEL CODIGO CIVIL
    INTERVIENEN ………………………….., CONYUGE DE
    ……………………., AUTORIZANDO EXPRESAMENTE EL APORTE DE
    BIENES MUEBLES.

    AGREGUE UD. SEÑOR NOTARIO, LO QUE FUERE DE LEY Y
    SIRVASE CURSAR LOS PARTES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO DE
    PERSONAS JURIDICAS DE LIMA , PARA LA RESPECTIVA
    INSCRIPCION.

    ………………,
    ……DE……………………..DEL 2005

    ………………………… …………………………….

    DECLARACION JURADA DE RECEPCION DE
    BIENES

    PO EL PRESENTE DOCUMENTO,YO
    …………………………………………….EN
    MI CALIDAD DE GERENTE GENERAL DESIGNADO DE LA SOCIEDAD DENOMINADA
    …………………………………………………S.
    A. QUE SE CONSTITUYE, DECLARO BAJO JURAMENTO HABER RECIBIDO LOS
    BIENES MUEBLES QUE APARECEN DETALLADOS Y VALORIZADOS EN LA
    CLAUSULA TERCERA DEL PACTO SOCIAL QUE ANTECEDE.

    ……… DE
    ………………… DEL 2005

    ———————————————

    GERENTE GENERAL

    Bibliografia.

    Manual Práctico de la Ley General de Sociedades;
    Gunther Gonzales Barrón. Editorial Jurista E.I.R.L.
    Edición
    2002.

    http://www.prompyme.gob.pe/formalizacion_pymes.php#12


    http://www.produce.gob.pe/industria/competitividad/constitucion.php

    Angi Navarro

    Perú

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