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Pasado, presente y futuro de la descentralización en Venezuela



     

     

     

    Resumen

    Con la descentralización en marcha, la vida del
    país comenzó a cambiar; las regiones encontraron nuevos
    horizontes; la participación ciudadana
    encontró nuevos caminos; la concertación entre el
    sector público y el
    sector privado se fortaleció; y en general, emergió a
    lo largo y ancho del país un nuevo liderazgo en el sector
    público y en el privado, que produjo cambios sustanciales en
    un Estado fundamentado en un
    presidencialismo sin límites, en un estatismo
    exagerado, en un partidismo agudo y en un centralismo asfixiante. Pero
    ¿qué ocurrió con este proceso durante el proceso
    constituyente? ¿Cuál es el estado actual de esta
    política? ¿Qué
    medidas se hacen urgente y necesarias para que Venezuela sea realmente un
    estado federal descentralizado como lo expresa la Constitución?

    Palabras clave: Descentralización (evolución de), Venezuela,
    centralismo

     

    Abstract

    With the decentralization in process, the life of the
    country began to change; the regions found new horizons; the
    civic participation found new roads; the agreement between the
    public and private sector strengthened; and in general, a new
    leadership emerged in the country’s public sector and in
    the private one that produced substantial changes in a State
    based in a presidentialism without limits, in an exaggerated
    statism, and in a suffocating centralism. But what happened with
    this process during the constituent process? Which is this
    politics's current state? What measures become urgent and
    necessary so that Venezuela become really a federal state
    decentralized as expressed in the Constitution?

    Key words: Descentralization (evolution of),
    Venezuela, Centralism.

     

    Introducción

    El inicio del proceso de descentralización del
    Estado venezolano, durante la década de los años
    noventa del siglo XX, es el punto de partida de los grandes
    cambios que está experimentando el orden institucional en
    nuestro país. Después de más de un siglo de
    centralización progresiva
    en todos los órdenes de la vida del estado, se abrieron las
    puertas a un proceso para acercar el poder al ciudadano,
    después de la decisión de elegir en forma directa a los
    gobernadores de estado, de crear la figura del alcalde y elegirlo
    en forma directa, y además de comenzar la
    redistribución de las competencias entre los diferentes
    niveles de gobierno mediante la Ley de Descentralización,
    Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder
    Público.

    La descentralización se convirtió entonces, en
    un proceso de renovación y refrescamiento del sistema político
    después de los acontecimientos de febrero de 1989, que
    permitió además al sistema democrático,
    resistir los zarpazos de quienes intentaron aniquilarlo en
    1992.

    Con la descentralización en marcha, la vida del
    país comenzó a cambiar; las regiones encontraron nuevos
    horizontes; la participación ciudadana encontró nuevos
    caminos; la concertación entre el sector público y el
    sector privado se fortaleció; y en general, emergió a
    lo largo y ancho del país un nuevo liderazgo en el sector
    público y en el privado, que produjo cambios sustanciales en
    un Estado fundamentado en un presidencialismo sin límites,
    en un estatismo exagerado, en un partidismo agudo y en un
    centralismo asfixiante.

    Por todo ello, la década de los noventa en
    Venezuela, a pesar de las dificultades económicas, fue
    esperanzadora para las regiones, que vieron como surgían
    nuevas oportunidades de inversión, gracias a la
    utilización de los recursos provenientes del FIDES y
    las Asignaciones Económicas Especiales, además de otros
    recursos provenientes de la cooperación internacional para
    programas sociales
    diversos.

    Después de una década, en diciembre de 1998,
    ya en Venezuela se observaban los signos evidentes del inicio de
    un proceso de redistribución territorial del poder, base
    fundamental para poner al día a las instituciones mediante un
    proceso constituyente. Pero ¿qué ocurrió con este
    proceso durante el proceso constituyente? ¿cuál es el
    estado actual de esta política? ¿qué medidas se
    hacen urgente y necesarias para que Venezuela sea realmente un
    estado federal descentralizado como lo expresa la
    Constitución? En las presentes notas en forma
    esquemática, se intentan contestar estas interrogantes,
    analizando el pasado, el presente y el futuro de la
    descentralización en Venezuela.

    Convencidos estamos de que sólo haciendo realidad
    el desideratum constitucional de que Venezuela es un
    estado federal descentralizado, podremos fortalecer la maltrecha
    democracia venezolana,
    acercando el poder a los ciudadanos, fortaleciendo la
    participación, y desmontando el exagerado aparato
    administrativo de un estado central que pretende monopolizar
    desde la capital de la República,
    todas las decisiones que atañen a la vida venezolana, en los
    más recónditos rincones de nuestra geografía. Solo acercando el poder al
    ciudadano tendremos una mayor y mejor democracia, y una justicia social que atienda a
    los problemas colectivos,
    respetando por encima de cualquier otra consideración, al
    pluralismo ideológico y político, que es condición
    esencial del estado de derecho y de justicia
    al que todos aspiramos.

     

    Pasado

    1. La Descentralización del Estado venezolano,
    gestada en la década de los ochenta del siglo XX y puesta en
    práctica en la década de los noventa, es uno de los
    cambios fundamentales del Estado en ese siglo, precisamente el
    siglo de la Centralización del Estado. Era la respuesta
    venezolana a un proceso de alcance mundial. Factor fundamental en
    la gobernabilidad que apuntaló al sistema
    democrático.

    2. La descentralización debe entenderse entonces,
    como un proceso político de reacomodo del poder
    (redistribución territorial) y como tal es una herramienta,
    no un fin en sí mismo, para perfeccionar la democracia.
    Persigue un modelo de Estado
    democrático, descentralizado y participativo. En Venezuela,
    o vamos hacia un Estado descentralizado y participativo, o
    simplemente tendremos un gobierno autocrático. He allí
    entonces la trascendencia de esta política. Hoy nos jugamos
    entonces la disyuntiva entre democracia o autoritarismo, en buena
    medida, dependiendo de la actitud y la aptitud de los
    liderazgos regionales, públicos y privados.

    3. Para analizar la experiencia venezolana en esta
    materia, debemos revisar lo
    acontecido en tres períodos: a) 1989 – 1998 (10
    años) b) 1999 – 2000 (1 año) c) 2001 – 2003
    (3 años) El primero representa el pasado, los dos
    últimos el presente. El futuro dependerá de lo que
    hagamos de ahora en adelante.

    4. En el período 1989–1998 el balance de la
    descentralización fue positivo. Estudios de opinión
    (1998) revelaron que 89,1% de los encuestados consideraban
    conveniente para el país la elección de gobernadores y
    alcaldes; 86% opinaban que los servicios descentralizados
    habían mejorado; 86,2% estaban en desacuerdo con que los
    servicios descentralizados y los programas sociales fueran
    devueltos al gobierno central.

    5. Desde el punto de vista
    político–administrativo se fortaleció la
    autonomía y las competencias de los estados y municipios.
    Surgió una nueva legitimidad, un liderazgo emergente, un
    cambio organizacional, un
    cambio en el esquema
    psicosocial en gobernaciones y alcaldías. Se buscaba
    afanosamente el éxito.

    Estados y municipios pudieron ejercer a plenitud sus
    competencias propias: exclusivas y concurrentes. Los Estados
    tuvieron gran éxito en la asunción de competencias
    exclusivas. Menos en los servicios correspondientes a
    competencias concurrentes. Los municipios comenzaron a ejercer
    competencias olvidadas durante mucho tiempo. El proceso tuvo
    dificultades por haber sido: gradual, desigual, flexible,
    negociado y federalista (solo hacia los estados).

    Para los municipios y el municipalismo venezolano,
    basta mencionar la creación de nuevas instancias municipales
    para poner de manifiesto sus efectos sobre la forma en que el
    poder se acercó a los ciudadanos: en 1985, antes de
    iniciarse la descentralización, existían en el
    país 202 municipios; en 1995, 6 años después,
    habían 282 y actualmente hay 335 municipios. Ese auge del
    municipio, con más aciertos que desaciertos, fue producto de la
    descentralización.

    6. Desde el punto de vista
    económico–financiero, aun en medio de una crisis fiscal grave, se comenzaron a
    producir cambios en las finanzas
    públicas.

    a) Se aumentó el Situado Constitucional del 15%
    al 20% de los ingresos ordinarios.

    b) El Situado Municipal: El 20% de los ingresos
    ordinarios de los Estados, es una cifra sustancialmente mayor
    que la que existía en el esquema existente antes de
    aprobarse la ley de descentralización.

    c) Se abrió la puerta a nuevos impuestos y tasas en la Ley de
    Descentralización (1989).

    d) En 1993 se creó el FIDES.

    e) En 1996 se aprobó la Ley de Asignaciones
    Económicas Especiales.

    Sin embargo, aumentó la participación de los
    estados y municipios en la asignación de gastos a nivel nacional. Llegaron
    en 1998 a representar una altísima proporción de la
    inversión del sector público en su conjunto.

    Por todo ello, el balance (1989–1998) es positivo,
    a pesar de sus fallas. Ello se reflejó en la
    Constitución de 1999.

     

    El
    presente

    7. Venezuela inicia el nuevo siglo con una renovada
    tensión entre federalismo y centralismo
    (1999–2000), pero ahora con una base poblacional que
    pareciera estar dispuesta a defender los espacios que ha logrado
    con la descentralización.

    En el fondo la disyuntiva es democracia o autoritarismo
    (concentración del poder), como concepción del Estado.
    Durante la campaña electoral de 1998 ello se puso de
    manifiesto.Antes de la Constituyente (1999) la
    descentralización fue vista como forma de "corruptelas y
    desorden". El MVR dijo que era un "proceso desordenado de
    bochinche y despilfarro".

    En la Constituyente se plantearon entre otras cosas,
    reducción del número de Estados y eliminación de
    municipios ineficientes. En la Constituyente finalmente, se
    impuso una aceptación intermedia de la
    descentralización: Estado Central con mixturas de
    federalismo, con autonomía reducida para los Estados y con
    mayor poder al municipio. (Estado Federal descentralizado en un
    marco centralista. Pero, el Presidente ha llegado afirmar en "Alo
    Presidente" (noviembre 2002) que Venezuela es una República
    unitaria.

    8. Después del proceso de legitimación de
    gobernadores y alcaldes (2000–2003) la política de
    descentralización se ha apartado cada vez mas del texto constitucional. La
    tensión federalismo y centralismo, tiene ahora otros
    ingredientes políticos adicionales que impiden el
    cumplimiento del artículo 136 de la Constitución:
    colaboración entre ramas del Poder Público.

    En el presente, se observa:

    8.1. Desconocimiento de la disposición
    constitucional contenida en el artículo 4, de que el Estado
    venezolano es un Estado Federal descentralizado. Ello se ha
    puesto de manifiesto en lo siguiente:

    a) Incumplimiento del artículo 158 de la
    Constitución que establece que la descentralización es
    una política nacional para profundizar la democracia. Tal
    política no ha sido diseñada después de más
    de tres años de vigencia de la Constitución, sino que
    el contrario, en la práctica se ha centralizado el poder en
    abierta contradicción al espíritu de la
    Constitución. La Ley Orgánica de
    Descentralización, Delimitación y Transferencia de
    Competencias del Poder Público ha pasado a ser letra
    muerta.

    b) Como consecuencia de lo anterior, no se ha puesto en
    funcionamiento al Consejo Federal de Gobierno, órgano
    establecido en la Constitución para la planificación del proceso
    de descentralización y transferencia de competencias del
    poder nacional al estadal y municipal. En tres años, no se
    ha dado una relación formal entre los tres niveles de
    gobierno establecidos en la Constitución. La falta de una
    ley para la regulación de este órgano, no puede
    considerarse razón válida para no ponerlo en
    funcionamiento. La elaboración de una ley, aprobada en
    diciembre del 2002 en primera discusión, perfectamente
    hubiera podido ser la primera tarea a cumplir por ese
    Consejo.

    c) Retraso de más de dos años en la
    aprobación de la Ley Orgánica de Hacienda Pública
    Estadal, que es un mandato de la disposición transitoria
    cuarta ordinal 6 de la Constitución de 1999. La ley fue
    aprobada en primera discusión en mayo de 2001 y después
    ha sido engavetada por la Asamblea Nacional hasta el
    presente.

    d) Tampoco se ha conformado al Fondo de
    Compensación Interterritorial establecido en la
    Constitución como mecanismo de compensación
    interterritorial, dentro de un nuevo marco de
    descentralización fiscal. e) Como consecuencia de la
    ausencia de una política de descentralización que haga
    realidad el espíritu de la Constitución, no se ha
    materializado ni el artículo 157 ni el artículo 165 de
    la Constitución. Por ello la transferencia de competencias y
    servicios del poder nacional al estadal y de este al municipal
    está paralizada. En suma, hasta el presente, más que
    caminar hacia la conformación de un estado federal
    descentralizado como lo establece la Constitución, hemos
    conformado un estado unitario con mixturas de federalismo, o en
    el mejor de los casos, un estado federal pero dentro de un marco
    exageradamente centralista. En la práctica hemos caminado
    hacia un estado unitario centralizado.

    8.2. Interpretando la Constitución de 1999
    totalmente al margen de la disposición de que el estado
    venezolano es federal y descentralizado, la legislación
    nacional que se ha elaborado después de 1999, ha invadido la
    autonomía estadal y municipal, lesionando seriamente viejas
    conquistas del proceso de descentralización en la
    década de los noventa.

    Entre otras leyes, la mayoría de ellas
    producto de la Ley Habilitante del año 2000, pueden
    mencionarse entre otras las siguientes:

    a) Ley de Puertos

    b) Ley de Aviación Civil

    c) Ley de Transporte y Tránsito
    Terrestre

    d) Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable

    e) Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana f) Ley de
    Tierras y Desarrollo Agrario g) Ley
    Orgánica de Hidrocarburos

    h) Ley para la Designación y Destitución del
    Contralor o Contralora del Estado.

    i) Ley que regula el Funcionamiento de los Consejos
    Legislativos Estadales.

    En relación con estas y otras leyes aprobadas, los
    estados y municipios y los organismos económicos regionales
    han hecho fundamentadas observaciones que han servido para el
    proceso de revisión de estas leyes ante la Asamblea
    Nacional, proceso que marcha con una lentitud que sólo
    revela que no existe voluntad política para
    modificarlas.

    En conclusión, la legislación aprobada
    después de entrar en vigencia la Constitución de 1999
    ha sido totalmente divorciada de la concepción del estado
    federal descentralizado establecida en el artículo 4 de la
    Constitución, y mucho más propia de un estado unitario
    centralizado.

    No está la clara la distinción entre
    relación de jerarquía y coordinación horizontal
    entre la República y los Estados y Municipios.

    8.3. En la práctica, durante estos últimos
    tres años, al margen de la Constitución de 1999 y
    actuando con una orientación muy centralizadora, el gobierno
    no sólo se ha eximido de darle forma a las nuevas
    instituciones establecidas en la Constitución en
    relación con el estado federal, sino que ha menoscabado el
    funcionamiento de los mecanismos del proceso descentralizador
    aprobado en la década de los noventa. Entre ellos pueden
    mencionarse los hechos siguientes:

    a) Reformas de la Ley del Fondo Intergubernamental para
    la Descentralización (FIDES) con el fin de disminuir la
    proporción de los ingresos provenientes del IVA que se reparten entre los
    estados y municipios y la inclusión de cuotas para el
    financiamiento de proyectos provenientes de las
    comunidades, que restan recursos para atender los problemas de
    mayor envergadura, y en general, disminuyen los efectos
    multiplicadores de estas inversiones al anarquizar la
    inversión en pequeños proyectos. Adicionalmente, desde
    el punto de vista administrativo, el FIDES antes que simplificar
    y facilitar la entrega de los recursos, ha establecido nuevos
    requisitos que entraban la transferencia de unos recursos que
    corresponden a los estados y municipios. Los Estados han sugerido
    cambios a estos procedimientos que no han sido
    atendidos. Por todo ello, el FIDES está en mora con estados
    y municipios desde el año 2001.

    b) Reforma a la Ley de Asignaciones Económicas
    Especiales, para disminuir la proporción de los ingresos de
    hidrocarburos que corresponden a los estados y municipios e
    incluir igualmente cuotas de financiamiento a proyectos
    provenientes de las comunidades organizadas, en franca
    contradicción con el espíritu de esta ley.
    Adicionalmente, como en el caso del FIDES, se ha obstaculizado
    sin razón, la transferencia de estos recursos que
    corresponden a los estados y municipios. Tampoco en este caso,
    los cambios sugeridos para agilizar la entrega de recursos, han
    sido tomados en cuenta. Por ello, el gobierno nacional
    también está en mora desde hace varios años con
    los estados y municipios en la entrega de estos
    recursos.

    c) En cuanto al Fondo de Inversión para la
    Estabilización Macroeconómica (FIEM), se requiere una
    radical transformación en su concepción. Este mecanismo
    no puede afectar exageradamente los ingresos de los estados y
    municipios en los momentos de bonanza fiscal petrolera, como ha
    sucedido en el pasado, y convertirse luego en una trampa de la
    que los estados y municipios no pueden recibir los recursos que
    le corresponden en las épocas de disminución de
    ingresos como en el presente.

    d) Asimismo, en materia de Situado Constitucional, es
    inexplicable el exagerado retraso en la entrega a los estados. Es
    una obligación constitucional y legal repartir el 20% de los
    ingresos ordinarios entre estados y municipios. El gobierno
    nacional no puede darle prioridad a sus gastos,
    financiándolos con los recursos que corresponden a los
    Estados.

    e) Es conveniente señalar asimismo que el gobierno
    nacional ha incumplido los acuerdos hechos con los estados y
    municipios para la entrega de recursos atrasados, especialmente
    los derivados de la Cumbre de Anzoategui el 8 de junio del
    2002.

    f) Finalmente, en materia de descentralización,
    solo pudiera mencionarse como realización en los
    últimos tres años, la aprobación de las leyes de
    los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación
    de Políticas Públicas y de
    los Consejos Locales de Planificación. Sin embargo, dado que
    apenas estos cuerpos se están instalando, no es posible
    Pasado, presente y futuro de la descentralización en
    Venezuela, todavía evaluar sus resultados. Asimismo, hay que
    mencionar la reforma parcial de la Ley de Descentralización
    para que los municipios reciban directamente los recursos que le
    corresponden por concepto de Situado
    Constitucional.

     

    El futuro

    9. En suma, la descentralización en Venezuela ha
    introducido nuevas opciones de relación de la sociedad con el Estado, ha
    hecho a este más visible, más palpable, más
    cotidiano, y ya eso es una ganancia social. La
    descentralización es el mecanismo provisor de la
    "renovación y la multiplicidad de liderazgos". Disminuye el
    Presidencialismo tradicional en Latinoamérica. Asimismo,
    la población avala la administración
    descentralizada de servicios.

    10. Pero, a pesar de sus bondades, la
    descentralización es un proceso político con
    adversarios, opositores y resistencias
    burocráticas. De allí, que ante la situación
    actual de este proceso surja esta pregunta: ¿es irreversible
    la descentralización?

    A fines de los noventa la respuesta era obvia: "la
    descentralización llegó para quedarse". A la luz de lo acontecido en los
    últimos cuatro años, muchos opinan que la repuesta es
    que "nada es irreversible". Por ello hoy la respuesta es
    difícil: "La descentralización pareciera contar con un
    aval histórico; además , la complejidad para el manejo
    de los servicios públicos de la
    Venezuela actual asoma el camino de no retorno de la
    descentralización. Sin embargo, ella puede ser revertida de
    hecho cuando se minimizan las capacidades de acción de estados y
    municipios o cuando el Gobierno Central sienta que no puede
    controlar la actuación de los gobernantes territoriales y
    actúe en su contra. Es decir, de persistir el rasgo
    centralista en la presente gestión de gobierno,
    probablemente la autonomía de alcaldes y gobernadores le
    sería incomoda" (Balance de la Descentralización en
    Venezuela
    . PNUD-ILDIS, Nueva Sociedad. pag. 215).

    11. El camino que queda entonces, es aferrarse a la
    actual Constitución con todos sus defectos, para "afianzar
    las capacidades de acción de estados y municipios", y con
    ello salvar la Democracia. En consecuencia, a las Universidades y
    centros de reflexión, en unión con los alcaldes y
    gobernadores y a la población en general les
    corresponde:

    Hacer realidad la disposición constitucional de que
    el estado venezolano es un estado federal descentralizado
    (artículo 4) y de que el gobierno es democrático,
    participativo, descentralizado y pluralista, entre otras
    cosas.

     

    Recomendaciones
    finales

    Ello debe llevarnos a impulsar las siguientes
    medidas:

    a) Darle forma y contenido a la Descentralización
    como política nacional para profundizar la democracia
    (Artículo 158), acelerando la aprobación de dos nuevas
    leyes:

    1. Ley del Consejo Federal de Gobierno;

    2. Nueva Ley de Descentralización o del Estado
    Federal Descentralizado.

    b) Invitar al Gobierno Nacional a poner en
    funcionamiento al Consejo Federal de Gobierno, aun sin contar con
    la ley que lo regule.

    c) Poner en funcionamiento a los Consejos Locales de
    Planificación de los respectivos municipios, e insistir ante
    los gobernadores para que pongan en marcha a los Consejos
    Estadales de Planificación y Coordinación de
    Políticas Públicas.

    d) Invitar a la Asamblea Nacional para que en el menor
    tiempo posible apruebe la nueva Ley del Poder
    Municipal.

    e) Solicitar a la Asamblea Nacional la pronta
    aprobación de la Ley de Hacienda Pública Estadal, y de
    la Ley del Fondo de Compensación Interterritorial, sin que
    se menoscabe la situación financiera actual de los estados y
    municipios.

    f) Reiniciar la transferencia de competencias y
    servicios de la República a los estados y municipios e
    iniciar la transferencia de servicios de los Estados a los
    Municipios.

    g) Iniciar la descentralización de recursos de los
    estados y municipios a las comunidades organizadas de acuerdo al
    artículo 184 de la Constitución Nacional.

    h) Reformar varias de las leyes producto de la
    habilitante para eliminar lo que menoscabe a la política de
    descentralización.

    i) Profundizar los procesos de modernización
    organizacional de los estados y municipios para elevar su
    eficiencia y eficacia.

    Sólo dando a la descentralización el lugar que
    le corresponde como política nacional para profundizar la
    democracia y acercar el poder a la población, podremos hacer
    irreversible este proceso político, disminuyendo la
    tensión entre federalismo y centralismo, que nos ha
    acompañado desde los días iniciales de la
    República de Venezuela.

    Finalmente, es por demás oportuno poner de
    manifiesto la íntima relación entre la política de
    descentralización y el combate a la pobreza. En la reunión de
    Alto Nivel sobre Pobreza, Equidad y Exclusión Social
    celebrada en Margarita (octubre 2003) se insistió en la
    necesidad de que se favorezca a los gobiernos locales en el
    combate de la pobreza. En el documento suscrito en Porlamar se
    ratificó el Programa Interamericano para el
    Combate de la Pobreza, firmado hace cinco años, que entre
    sus principales recomendaciones está que debe impulsarse el
    proceso de descentralización. En el plan se señala que es
    fundamental fortalecer los gobiernos intermedios y locales,
    porque son estas entidades las que tienen una mejor capacidad de
    respuesta a las demandas sociales de las personas que no pueden
    cubrir sus necesidades básicas, y al mismo tiempo, porque
    son los entes regionales los que tienen un mayor contacto con las
    organizaciones comunitarias.
    El criterio aplicado para la elaboración de este programa se
    basa en que la participación de los gobiernos estadales o
    municipales permite que se focalicen las inversiones hacia los
    sectores de salud y educación, al tiempo que se facilitan
    los procedimientos para la planificación, evaluación y control de los programas
    sociales, así como tambien de los planes de capacitación que requieren
    ejecutar los entes regionales. También es conveniente llevar
    a cabo una acción coordinada entre los gobiernos y el sector
    privado.

    En consecuencia, en la medida en que el país se
    centralice, y se debiliten las gobernaciones y las alcaldias, el
    combate a la pobreza se hará más dificil de lo que
    resulta hoy. De allí entonces, que dentro de la
    institucionalidad territorial para la superación de la
    pobreza, la política de descentralización debe estar en
    lugar preferente. No hay otra forma mejor para acercarse al
    ciudadano y hacerle partícipe de la solución de sus
    problemas más anunciantes. Por todo ello, la
    descentralización y el combate a la pobreza son caras de una
    misma moneda.

     

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    , Nº 4. CIEPROL. Mérida,
    Venezuela.

    PNUD-ILDIS. 2000. Balance de la Descentralización
    en Venezuela. Ponencia presentada en las VI Jornadas sobre
    Federalismo, Descentralización y Municipio. Universidad de Los Andes-
    CIEPROL. Mérida, Venezuela.

     

    Fuentes
    Hemerográficas

    El Nacional (en línea). Archivo diciembre 1998 a enero
    2000.

    El Universal (en línea). Archivo diciembre 1998 a
    enero 2000.

     

    Jorge Sánchez Meléan (*)

    En Revista virtual Provincia
    Nº 9, julio-diciembre 2002.

    Universidad de Los Andes:

    (*) Profesor de la Universidad del
    Zulia

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