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Ética y corrupción en la administración de justicia (página 28)




Enviado por yivanz64



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8.1
CONCLUSIONES

1.- Aplicar el Programa de
Mejoramiento de la
Administración de Justicia, el
informe de
la

CVR y del CERIAJUS.

2.- Crear una institución autónoma
encargada de la tarea especializada de promover y supervisar la
lucha contra la corrupción
(el Organismo). Cuyo titular sea elegido por la votación
calificada de dos terceras partes de los miembros del Congreso de
la República, que goce de autonomía política y
administrativa.

3.- Enseñanza del Curso de Ética y
Deontología Forense, en el primer año de
enseñanza de todas las Facultades de Derecho y Ciencia
Política Públicas y Privadas. La formación
ética
debe implementarse en la esfera institucional para todos y cada
uno de los magistrados y jueces de la República, para
todos y cada uno de los empleados judiciales. Debe ser parte de
la formación académica en las universidades y
específicamente en las Facultades de Derecho. Esto, como
todo proyecto de
ley de la
República, debe ser de amplia difusión
ciudadana.

4.- Elección de
Magistrados, Jueces, Fiscales, por intermedio de la voluntad
popular, donde la selección
de los Candidatos es evaluada por el Consejo Nacional de la
Magistratura y el Ceriajus. Los Magistrados serán elegidos
por los Colegios Profesionales e instituciones
civiles, sindicales, (CGTP) Universidades. En presencia de los
representantes de la ONPE, JNE y la Asociación Civil
Transparencia.

5.- Escuela de
Formación para Padres de Familia, en sus
centros laborales de Instituciones Estatales y Privadas en
(principios)
valores
morales, liderazgo,
ética y Deontología.

6.- Capacitación para Profesores de Primaria y
Secundaria, en (principios) valores
morales, liderazgo, incluir dentro del curso de Educación
Cívica la Defensa de la Patria, Peruanicemos al
Perú, la enseñanza de ética y
Deontología separándolo del curso de Lógica,
señalando las penalizaciones por actos de corrupción.

7.- Crear la Ley de
Ética y Cultura para
los medios de
comunicación, prohibiendo titulares
pornográficos, fotografías obscenas, talk show
reñidos con la moral, las
buenas costumbres, así como la prohibición de la
difusión de la estupidización, aplicando multas
económicas ante el incumplimiento de su prohibición
por parte del Instituto Nacional de Cultura y el Ministerio de
Transporte y
Comunicación y la Sociedad
Civil.

8. El
Perú debe ingresar en un proceso de
reforma constitucional, que en este marco se consagre como
sustento de compromiso mínimo en materia de
lucha contra la corrupción:

La reducción del presidencialismo frente a un
mayor control y
fiscalización parlamentaria, real autonomía del
Poder Judicial
y del Ministerio Público, efectivo sometimiento de las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional al poder
democráticamente establecido, y el fortalecimiento de la
Contraloría General de la República;

La fiscalización ciudadana en un marco de
efectivo control democrático como consagración de
la participación de la sociedad
civil en materia de lucha contra la corrupción y
exigencia de prácticas de buen gobierno.

9. La
institucionalización de la lucha contra la
corrupción exige la Ratificación,
implementación y puesta en práctica de Convenciones
en materia de normatividad y acción
internacional.

10. En la política
financiera se condensa la política
económica. Allí se define la actuación
de los gobiernos en dirección a favorecer a un capital
especulativo o la voluntad política de respaldar la
producción y la reactivación
económica. Allí se puede evaluar la responsabilidad o la corrupción de la empresa
privada. Allí se evidencia la fuerza o la
debilidad de los organismos de control y de la
justicia.

El saldo no es favorable. Los casos analizados
atraviesan los últimos cuatro gobiernos: la tendencia ha
sido amparar las actuaciones obscuras de banqueros ineficientes.
En la crisis
financiera hay corresponsabilidad entre los manejos ilegales y
semilegales de sectores privados, la falta de voluntad
política del Ejecutivo y el Parlamento para enfrentar el
problema y la debilidad de los organismos de control y de la
justicia para sancionar a los culpables.

Se resalta la total debilidad y falta de
autonomía de los organismos de control del sector
financiero. "Un análisis del origen económico y/o
profesional de los miembros del Banco Central y
de la Junta Monetaria (…) demuestran que el sector financiero
siempre ha controlado esas entidades". "En el caso del Consejo
Nacional de Valores (CNV), la historia es aún
más contradictoria: la actual Ley de Mercado de
Valores creó este supraorganismo con la
intención de controlar el movimiento
bursátil (…) pero entregó el control central a la
Superintendencia de Compañías.

Una aberración jurídica y técnica
cuyas consecuencias se están pagando en estos momentos.
"Hay que recordar que los padrinos de esta ley fueron hechas, por
quienes entonces tenían tremendo poder y claros
intereses de moldear la ley a su antojo". "El sistema de
control bancario es muy débil y está sujeto a
fuertes presiones políticas"
Al final, los costos de las
quiebras de los bancos,
provocadas por créditos vinculados, créditos y
sobregiros a empresas fantasmas y
testaferros, piramidación y ocultamiento de cuentas, fuga de
capitales, han sido trasladados a la sociedad. Se calcula que el
costo global del
saneamiento bancario puede llegar a los 3.800 millones de
dólares. Hasta ahora no hay un signo claro para que los
banqueros asuman su responsabilidad. El Estado y
los clientes son los
castigados.

Los gobiernos se jugaron su futuro en el salvataje de
algunos bancos. Se muestra la falta
de autonomía y de voluntad política para rebasar
compromisos particulares. Aún más, las medidas
adoptadas en este caso desembocaron en una agudización de
la crisis: lo que molesta es que se tome una medida en base a una
institución que estaba mal, y que se sabía
cuál era Enfrentar este problema, no significa sólo
realizar algunas auditorías y proceder a un saneamiento y
fusión
de algunos bancos; sino reorientar la política
económica, fortalecer los organismos de control y promover
nuevas formas de manejo de la moneda y el crédito, basadas en principios
éticos de solidaridad y
equidad.

"La verdadera justicia no es fría ni imparcial,
la Justa Justicia es aquella que media entre la norma y el bien
común". (A. M. de F.), Luchemos por Causas Justas (Orabunt
Causas Melius)

 CONCLUSIONES DE LA TESIS

PODER JUDICIAL

1.- Es una de las garantías del Estado de
Derecho, y no hay democracia,
sin la autonomía e Independencia
del Poder Judicial (PJ). Se debe mejorar, restablecer y
garantizar los mecanismos que permitan respetar la independencia
y autonomía de los jueces. Se debe restablecer las
funciones y la
autonomía de la Academia de la Magistratura y del Consejo
Nacional de la Magistratura. Conferir a la Corte Suprema la
iniciativa y manejo propio de su presupuesto y
continuar con la modernización del sector.

2.- Corresponde al PJ como cuerpo unitario, ejercer la
potestad de administrar justicia que emana del pueblo en las
elecciones populares. Estas funciones se cumplen de acuerdo con
la Constitución y las Leyes. Garantizar
el acceso de los ciudadanos a un Poder Judicial autónomo e
independiente es una obligación del Estado que
responde al derecho fundamental de las personas

3.- La unidad y exclusividad de la función
jurisdiccional es un concepto
básico de las garantías constitucionales, por tanto
no puede ser ejercida por nadie que no haya recibido la debida
calificación

 para juzgar. Se debe rescatar el autogobierno de
la Corte Suprema y del Consejo de Fiscales Supremos en la reforma
del PJ y del MP.

4.- Solo se pueden admitir fueros privativos por
excepción, de acuerdo con nuestra Constitución por
vía de excepción lo es el Fuero Militar para juzgar
a los miembros de las Fuerzas Militares y Policías por los
delitos de
función y sobre los civiles en los delitos de
traición a la Patria en caso de guerra y
terrorismo.
Según el Art. 173 de la Constitución y la
jurisdicción arbitral. Se debe respetar la
jurisdicción de cada fuero, de tal forma que los delitos
comunes no sean vistos por la justicia militar por el hecho que
estén involucrados los miembros de las FF: AA.,
especialmente aquellos en situación de retiro. Trasladar
al fuero civil el juzgamiento de las figuras delictivas creadas
al delegar facultades al Ejecutivo y que actualmente se ven en el
fuero militar como el caso de terrorismo agravado. Se deben
respetar los Límites
entre la justicia común y la justicia militar.

5.- Toda Reforma Judicial debe sujetarse a la
Constitución y las leyes, de lo contrario todo aquello que
se haga fuera del marco legal, resulta pernicioso y desnaturaliza
los fines que se persiguen.

6.- Los pueblos jamás pueden dejar en manos de
sus soberanos la toma de
decisiones en forma arbitraria e inconsulta, para eso existe
el contrapeso de poderes.

7.- La forma democrática es la que mejor conviene
a las naciones para poder hacer uso de los mecanismos del control
del poder como: la acción popular, el referéndum,
la inconstitucionalidad, las acciones de
cumplimiento como garantías ciudadanas a las que debemos
acostumbrarnos a hacerlas valer para evitar el abuso del
poder.

8.- La reelección presidencial continua convierte
al gobernante en tirano, jamás debe volver a permitirse en
el Perú. La reforma Constitucional debe señalar un
solo período de gobierno.

9.- Por más problemas que
tenga un país, jamás debe aplaudir los actos
contrarios a la legalidad, ni
dejar su solución en manos de un hombre, porque
el poder ensoberbece y quita racionalidad.

10.- Se debe defender las instituciones
democráticas de una nación,
mediante actos de masa no violentas, es la mejor lección
que ha tenido el Perú es estos últimos y ha podido
dar al mundo, que solo la fuerza moral de un
pueblo es capaz de doblegar al villano.

11.- Se debe simplificar los procedimientos
procesales para evitar retardos injustificados en la administración de justicia.

12. Se debe Fortalecer los mecanismos de
fiscalización interna (OCMA) y externa (Consejo Nacional
de la Magistratura). Una de las mayores agresiones
constitucionales del anterior gobierno fue intervenir la administración de justicia con comisiones
ejecutivas en el Poder Judicial y en el Ministerio Publico, las
que tomaron para sí las atribuciones de la Sala Plena de
la Corte Suprema de Justicia y del Fiscalía de la Nación.
Estos organismos perdieron independencia. Aunque esta
situación se ha revertido en parte, no está
completamente consolidada. La sociedad civil debe estar presente
en la OCMA y en el CNM.

 

REFORMA DEL ESTADO

La necesidad de retomar, reformar y modernizar el
aparato estatal es tarea ardua al ceder poderes requiere de
voluntad política. El proceso del plan de
acción ha de estar encabezado por un funcionario de alta
jerarquía, como uno de los vicepresidentes de la
República o por el Presidente del Consejo de Ministros. La
modernización pasa por una remensura del aparato estatal,
reducción de organismo públicos o bien su
fusión. Para originar un ahorro que
permita remuneraciones
adecuadas para los profesionales de la nueva carrera
administrativa pública. La excesiva burocratización
aún entorpece la dinámica de la vida civil. Con plazos y
metas de público conocimiento
el Estado se obliga a cumplir un programa y el ciudadano puede
rastrear sus avances.

 

PODER LEGISLATIVO

La necesidad de volver a la bicameralidad para acentuar
la división de poderes es evidente, (Establecer dos
cámaras mediante la modificación del Art. 90 de la
Constitución. En los 90 un Ejecutivo reforzado a un punto
extremo, un hiperpresidencialismo que redujo el sistema
parlamentario a la unicameralidad y devaluó su imagen. Se
demostró que faltaba cultura democrática para la
unicameralidad, Así, tuvimos un Legislativo que
permitió ser controlado y apoyo aberraciones.

El Congreso tendrá que cumplir su labor de
fiscalización de la gestión
del Ejecutivo y no ser su brazo normativo. Se requiere mayor
madurez para el acto legislativo en sí. Se trata de
recuperar sus prerrogativas y que se equilibren los poderes en
aras de promulgar mejores leyes (congresistas mediocres, leyes
mediocres, congresistas que plagian vía Internet de otras leyes, y
la comisión de ética parlamentaria no ven delito mayor) que
el congreso se institucionalice. Que su representación se
vea plasmada en profesionales, en representantes de gremios
sindicales, campesinos y otras organizaciones
similares.

Se deberá promover un amplio debate sobre
los temas de la revocatoria de
los congresistas y el número de ellos.

El sistema unicameral promovido para agilizar la toma de
decisiones y abaratar costos eliminó por otro lado una
instancia de control y reflexión de los actos del Gobierno
que sí era posible con dos cámaras para una
adecuada representación de la ciudadanía en provincias. La
aprobación del distrito electoral múltiple fue
sólo un mal parche.

 

LUCHA CONTRA LA
CORRUPCION

Afirmar la primacía de la honradez, la lucha
contra la corrupción tiene que ser una política de
Estado. Convendría que la personificase el presidente de
la República, a fin de que pueda crearse una conciencia
cívica sobre la gravedad de la inmoralidad en el Estado.
En este empeño, corresponde al Congreso de la Republica
intensificar su iniciativa legislativa para perfeccionar las
normas,
así como su empeño fiscalizador para perseguir sin
desmayo a los funcionarios corruptos.

La importancia en el balance de poderes, que el Poder
Judicial y el MP actúen con eficiente severidad en la
sanción de los corruptos.

Se hace impostergable reconstruir la conciencia moral
del Perú. Nunca más deben quedar impunes quienes se
enriquecen desde el estado haciendo negociados con el dinero de
todos los peruanos. Es imprescindible combatir la
corrupción para devolver la fe en el sistema
democrático, evitar las distorsiones en la economía, corregir
los vicios en la gestión estatal y privada y recuperar la
moral pública.

1.- Adecuar la legislación peruana a la
Convención Interamericana contra la
corrupción.

2.- Debatir y aprobar un código
de ética de la función pública. Tomar como
modelo el
código de ética (Deontología forense)
europeo, para la creación de un código
latinoamericano con la adecuación a la realidad
latinoamericana. Difundirlo en las aulas de Derecho.

3.- Instituir la Comisión Nacional contra la
Corrupción en que se vean representadas las instituciones,
universidades, gremios y entidades afines.

4.- Exigir la declaración de bienes y
rentas a todos los funcionarios públicos al inicio y fin
de su gestión. Creación de la Ley de la
Transparencia, para la obligatoriedad de la declaración de
bienes y rentas.

5.- Difusión y educación en torno a la
ratificación en el Congreso de la Corte Penal
Internacional.

6.- Apoyar acuerdos internacionales para la lucha contra
el narcotráfico y la
corrupción.

7.- Aumentar la severidad de las penas contra la
corrupción en la administración
pública, tipificar como delitos muchos actos de
corrupción que no son señalados como
tales.

8.- La fiscalización es permanente para la
creación de un clima favorable
para restaurar la decencia y el orden moral, la crisis moral
vivida durante el régimen fujimontesinista mostró
un circulo vicioso de impunidad con
un PJ y un MP controlados por el Poder Político. Para
corregir este despropósito, se apoyo en la mesa de
Diálogo
de la OEA un
Programa de lucha contra la Corrupción, con la
participación de la sociedad civil y sus organizaciones
representativas.

9.- Aplicar los informes de la
Comisión de la Verdad (CVR) y del CERIAJUS, Difundir,
Promover, generar debate a nivel nacional, para hacer realidad
los cambios necesarios en el Perú y no queden como
informes al archivo. Hay
cambios inmediatos que no necesitan del PGR, como reformular las
tasas judiciales, para la mejora del servicio y no
de sueldos.

 

EDUCACION Y CULTURA
(DEMOCRÁTICA)

Convertir la educación en el
sector prioritario en la asignación de los recursos del
Estado. La Educación es necesaria para garantizar el
desarrollo y
la estabilidad del sistema democrático. Es impostergable
emprender el gran impulso educativo peruano, apelando al uso de
nuevas
tecnologías en la enseñanza y elevando el nivel
de los maestros, fomentando la igualdad de
desarrollo para todos los ciudadanos.

En el campo de la cultura (democrática) se
requiere establecer las mejores condiciones para el desarrollo de
actividades que la incentiven y que propugnen un reforzamiento de
la autenticidad nacional, de conciencia patriótica, de
identidad
nacional con los valores y
virtudes de los maestros y guías como José Carlos
Mariátegui, Manuel Gonzáles Prada, Jorge Basadre,
Tupac Amarú II, entre otros. En donde la
televisión y la Radio
deberán difundir sus enseñanzas.

 

9.1
Recomendaciones

1. La creación de
una institución autónoma encargada de la tarea
especializada de promover y supervisar la lucha contra la
corrupción (el Organismo). Cuyo titular sea elegido por la
votación calificada de dos terceras partes de los miembros
del Congreso de la República, que goce de autonomía
política y administrativa, y esté facultado
para:

  1. Formular anualmente las políticas
    preventivas anticorrupción, señalando los
    aspectos prioritarios de las mismas que orienten el sistema
    educativo y la colaboración debida de los medios de
    comunicación social en la formación
    cultural, moral y democrática de la
    ciudadanía;

1.2 Elaborar el plan de acción anual de lucha
contra la corrupción a ser desarrollado por la
administración del Estado con la colaboración y
vigilancia de la sociedad civil, destinado a fortalecer los
mecanismos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la
corrupción;

1.3 Coordinar con las instituciones del Estado las
acciones preventivas y hacer un seguimiento de las áreas
más vulnerables a la corrupción, de acuerdo con
las políticas preventivas y el plan de acción
elaborado de conformidad con los acápites
anteriores;

1.4 Brindar opinión técnica y
asesoramiento a las instituciones públicas y privadas en
materia de ética pública, y medidas preventivas y
punitivas de lucha contra la corrupción;

1.5 Proponer a los poderes del Estado y a las
dependencias de la administración del Estado medidas a
adoptar en materia de ética pública;

1.6 Recibir quejas sobre las contravenciones a los
principios de ética pública y tomar conocimiento
de denuncias ciudadanas sobre hechos que contengan indicios
consistentes de corrupción;

1.7 Llevar a cabo las indagaciones previas e investigaciones
preliminares de las quejas y denuncias recibidas conforme al
acápite anterior, así como iniciar
investigaciones de oficio en casos relacionados con las
contravenciones a la ética pública o a los actos
de corrupción, sirviéndose de los informes que
obligatoriamente le proporcionen al Organismo las autoridades,
funcionarios y servidores del
sistema de control y las dependencias de la
administración del Estado en general;

1.8 Derivar los resultados de sus investigaciones a
las autoridades, funcionarios o servidores del Estado
responsables de tomar acciones correctivas o aplicar sanciones
correspondientes, así como formular las advertencias y/o
exhortaciones que considere necesario para colaborar con ellas
en la lucha contra la corrupción y supervisar el
cumplimiento de las responsabilidades públicas de las
autoridades. Funcionarios y servidores en esta
materia;

1.9 Poner en conocimiento del Ministerio
Público los hallazgos que encuentre en los que existan
indicios de delitos vinculados a la corrupción.
Colaborar con los fiscales en las investigaciones en curso y
supervisar el cumplimiento de las responsabilidades de estos
últimos en esta materia;

1.10 Hacer el seguimiento y promoción de las normas de conducta
fijadas para el cumplimiento diligente y probo de la
función pública, con especial referencia
a:

Detectar y prevenir los conflictos
de intereses, así como los casos de nepotismo y
tráfico de influencias;

Asegurar la preservación y el uso adecuado de
los recursos asignados para el desempeño de la función
pública;

Hacer el seguimiento de la publicación de las
declaraciones juradas patrimoniales de funcionarios y
autoridades del Estado;

Exigir la publicidad,
equidad y eficiencia de
los sistemas de
contratación de los funcionarios y asesores de la
administración del Estado, así como para la
adquisición de bienes y servicios
por parte de éste;

Fomentar medidas que impidan el soborno de
autoridades, funcionarios y servidores públicos,
así como de sus asesores;

Propiciar sistemas de protección a las personas
que denuncien de buena fe actos de corrupción; y
Estimular la participación de la sociedad civil y de las
organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a
prevenir y combatir la corrupción;

1.11 Presentar ante el Congreso de la República
un informe anual sobre los resultados y perspectivas de la
lucha contra la corrupción, el procesamiento de las
quejas y denuncias tramitadas, la respuesta de las autoridades
a las advertencias y exhortaciones formuladas y el seguimiento
de medidas a que se contrae el acápite
anterior;

1.12 Informar a la Comisión de
Fiscalización del Congreso sobre situaciones concretas
en el ámbito de su competencia
cada vez que ésta se lo solicite; y,
finalmente;

1.13 Coordinar con los organismos de la sociedad civil
las acciones de lucha contra la corrupción con miras a
fomentar la vigilancia ciudadana y consolidar la alianza del
Estado con la sociedad civil en esta materia.

2. En apoyo de las
actividades del Organismo deberá establecerse
que:

  1. Toda autoridad,
    funcionario o servidor de
    la administración del Estado deberá cooperar
    diligente y oportunamente, bajo responsabilidad, en las
    investigaciones y acciones que éste lleve a cabo y
    atender con prioridad las advertencias v exhortaciones que el
    Organismo formule; y que;

1.2 El Organismo regirá su acción v
llevará a cabo sus investigaciones en aplicación
del principio de subsidiariedad.

3. Para el mejor
cumplimiento de sus funciones, el Organismo deberá incluir
una dependencia de prevención, que planifique las
políticas orientadas a la promoción de la
ética pública y el cumplimiento de la ley: y.
Asimismo, otra de investigaciones, que lleve a cabo el
seguimiento de casos concretos y de situaciones de carácter general, en el ámbito de su
competencia.

4. Considerando que el
Perú debe ingresar en un proceso de reforma
constitucional, se recomienda que en este marco se consagre como
sustento de compromiso mínimo en materia de lucha contra
la corrupción:

4.1 La reducción del presidencialismo frente a
un mayor control y fiscalización parlamentaria, real
autonomía del Poder Judicial y del Ministerio
Público, efectivo sometimiento de las Fuerzas Armadas y
la Policía Nacional al poder democráticamente
establecido, y el fortalecimiento de la Contraloría
General de la República;
4.2 La fiscalización ciudadana en un marco de efectivo
control democrático como consagración de la
participación de la sociedad civil en materia de lucha
contra la corrupción y exigencia de prácticas de
buen gobierno.

5. De manera especifica,
la Constitución debiera consagrar:

5.1 El deber ciudadano de denunciar los actos de
corrupción y la obligación del Estado de proteger
debidamente a quienes de buena fe colaboren con las
investigaciones que se lleven a cabo en esta
materia;

5.2 La fiscalización de los actos de la
administración del Estado y de la conducta de
autoridades, funcionarios y servidores por parte de la sociedad
civil;

5.3 La causal de cese e inhabilitación en la
función pública por participación en actos
de corrupción u omisión en la adopción
de las medidas preventivas pertinentes;

5.4 El fortalecimiento de la función
pública sobre la base de exigencias de ética
pública y probidad a las autoridades, funcionarios y
servidores del Estado;

5.5 Los principios de transparencia y rendición
de cuentas en el accionar de la Administración del
Estado como expresión propia del cumplimiento probo y
eficiente de la función pública;

6. Asimismo, la
institucionalización de la lucha contra la
corrupción exige los siguientes pasos en materia de
normatividad y acción
internacional
:

6.1 Ratificación de la Convención
Internacional contra el Soborno Transnacional de la
Organización de Cooperación para el
Desarrollo Internacional (OCDE);

6.2 Poner en práctica la Convención
Interamericana de Lucha contra la Corrupción, adecuar su
contenido a la legislación interna del Perú y
participar activamente en el mecanismo de seguimiento
establecido mediante el Protocolo de
San José, suscrito el 5 de junio de 2001;

6.3 Ratificación, implementación y
puesta en práctica de la Convención contra el
Crimen
Organizado Transnacional;

6.4 Proponer el establecimiento de medidas de
cooperación en las investigaciones y de
aplicación de medidas coercitivas orientadas al embargo,
decomiso e incautaciones de dinero y
bienes de procedencia ilícita, repatriación de
capitales y bienes de la misma procedencia, así como la
extradición expeditiva y el levantamiento de la reserva
tributaria y del secreto bancario en todos los Estados partes
de los instrumentos internacionales
anticorrupción;

6.5 Participación activa en el movimiento de
los Estados orientado a la elaboración de la
Convención Internacional de Lucha contra la
Corrupción, en el marco de la reunión organizada
por las Naciones Unidas
en Viena en agosto próximo; y

6.6 Adhesión del Perú y promoción
de los principios de imprescriptibilidad y jurisdicción
internacional en materia de delitos contra la
corrupción, a efecto de que el transcurso del tiempo y la
doble nacionalidad
no se constituyan en supuestos justificativos de
impunidad.

7. En materia de
actualización del catálogo de delitos y penas que
deben aplicarse a los actos de
corrupción
, así como de metidas
que fortalezcan la investigación y persecución en la
materia, se debe:

7.1 Superar el sistema de penas de carácter
simbólico que hace que los ilícitos cometidos no
tengan sanción efectiva y permitan la impunidad de las
altas autoridades y funcionarios públicos.

7.2 Fortalecer los mecanismos legales que permitan la
recuperación de dinero y bienes procedentes de actos
corruptos que lesionan los Intereses del Estado;

7.3 Adecuar la legislación penal a la
Convención Interamericana contra la Corrupción,
especialmente en relación con los actos de
corrupción descritos en el artículo VII de dicho
instrumento y a la obligación asumida por el Estado
peruano de conformidad con el artículo VII del
mismo;

7.4 Legislar sobre el soborno internacional en
aplicación de la Convención Internacional de la
materia, y del artículo VIII de la Convención
Interamericana contra la Corrupción;

7.5 Incorporar el delito de lavado de dinero al
catálogo
de ilícitos contenidos en el
Código Penal, superando la limitación actual que
solamente lo vincula con el narcotráfico y el
terrorismo;

7.6 Reforzar los mecanismos contenidos en la Ley
27380, que institucionaliza las Fiscalías
Anticorrupción; la Ley 27399, que regula la
aplicación de medidas limitativas de derechos a los
funcionarios de alto nivel; y la Ley 23378. Que establece los
beneficios por colaboración eficaz en el ámbito
de la, criminalidad organizada.

8. PODER
EJECUTIVO

8.1 Ratificar y apoyar la labor desempeñada por
la Procuraduría Ad Hoc Anticorrupción.
8.2 Informar regularmente al país de las agendas sobre
asuntos normativos del Consejo de Ministros y los acuerdos de
sus reuniones.

8.3 Regular la prepublicación de las normas con
carácter general propuestas por los organismos del
Estado.

8.4 Garantizar la transparencia económica y
fiscal brindando Información actualizada sobre los
proyectos de
presupuestos
de los organismos públicos y su ejecución.
Optimizar el Portal de Transparencia Económica del
Ministerio de Economía y Finanzas,
manteniendo al día y presentando la información
de manera accesible a la ciudadanía.

8.5 Reformular la Ley 27245 de Prudencia y
Transparencia Fiscal, para designar la autoridad responsable
del cumplimiento del Marco Macroeconómico Multianual, y
las sanciones por el incumplimiento de las metas de política
fiscal y nivel de endeudamiento que allí se
establecen.

8.6 Regular el carácter de reserva para
determinados actos o Información a partir de
parámetros objetivos y
razonables, tales como el plazo de clasificación de
secreto, el procedimiento y
la autoridad competente para disponer la
desclasificación de la información,
etc.

8.7 Impulsar la descentralización, en aras de aumentar el
control ciudadano, convocando la elección de las
autoridades regionales y departamentales, así como
restituyendo y reasignando funciones y recursos a los gobiernos
locales.

9. PODER
LEGISLATIVO

9.1 Hacer un seguimiento cotidiano, en tiempo real, de
la ejecución presupuestaria a través de la
Comisión de Presupuesto.

9.2 Fortalecer el trabajo
de la Comisión Especial de la Cuenta General para
mejorar la capacidad de control del Congreso, en la misma
perspectiva que la Comisión de Presupuesto,

9.3 Modificarlas leyes de gestión
presupuestaria en el sentido de establecer con claridad el rol
de control y fiscalización que compete al Congreso en el
gasto
público a través de la Comisión de
Presupuesto.

9.4 Promover audiencias parlamentarias en las
comisiones ordinarias como arte de la
publicidad y transparencia en la elaboración de las
leyes. Los proyectos de ley preparados en una comisión
ordinaria deben difundirse, convocando a los actores
Interesados a inscribirse y a presentar por escrito sus
propuestas y opiniones.

 9.5 Formalizar el cabildeo sobre temas de
interés de la sociedad con el objeto de
que quienes hacen cabildeo y quienes deciden en los poderes
públicos procedan con transparencia y disminuya la
desconfianza en la labor de los políticos.

9.6 Designar como presidente de las comisiones de
fiscalización a un representante del sector
político no comprometido con el caso
investigado.

9.7 Efectuar regularmente la fiscalización del
Congreso por parte de la Contraloría General de la
República.

9.8 Garantizar el control parlamentario del Sistema de
Inteligencia
Nacional a través de la fiscalización permanente,
en la elaboración y cumplimiento de sus planes
estratégicos y operativos, y en la ejecución de
su presupuesto.

10. PODER JUDICIAL

10.1 Reforzar los mecanismos de control del Poder
Judicial (OCMA). Mejorando los procedimientos de
investigación, y sugiriendo atención sobre el uso de los mecanismos
de prescripción y caducidad en coordinación con el Consejo Nacional de
la Magistratura.

10.2 Publicar todas las resoluciones judiciales de la
Corte Suprema que generen precedente de observancia
obligatoria.

10.3 Promover a través de la OCMA y en
coordinación con el Consejo Nacional de la Magistratura,
una cultura ética, partiendo de la elaboración de
un Código de Ética para la Función
Judicial y aplicando una metodología participativa para su debate
y aprobación.

10.4 Encargar a la Academia de la Magistratura la
realización de cursos o programas de
capacitación sobre ética en la función
judicial, con énfasis en la utilización, de casos
para su discusión y análisis entre
jueces.

10.5 Incorporar mecanismos de vigilancia ciudadana en
el control del las infracciones de los magistrados, incluyendo
la creación de organismos cívicos en cada
dependencia judicial, que canalicen las denuncias hacia la OCMA
y que supervigilen el retardo en las investigaciones. Otorgar
iniciativa procesal en las investigaciones ante la OCMA a estos
organismos cívicos. De no cumplir el OCMA con lo ya
señalado recomendamos su desaparición. Recargando
esa labor en el Consejo Nacional de la Magistratura.

 11.
MINISTERIO PÚBLICO

11.1 Fortalecer los equipos de fiscales
anticorrupción, capacitarlos sistemáticamente y
dotarlos de los recursos necesarios para su labor.

11.2 Otorgar al órgano de control que detecte
una conducta flagrante de corrupción, la facultad de
suspensión de funciones de un Fiscal.

11.3 Promover, como parte del Código de
Ética, el perfil del Fiscal que deberá proteger a
la persona humana
y el respeto de
su dignidad y
contribuir eficazmente á la lucha contra la
corrupción.

12. SISTEMA
ELECTORAL

12.1 Establecer mecanismos de financiamiento público a las
campañas electorales, sobre bases equitativas y
transparentes, y exigir, modificando el régimen legal,
la publicidad de las contribuciones complementarlas a las
campañas electorales, prohibiendo aquellas de
carácter anónimo,

12.2 Pedir a las organizaciones políticas que
cumplan con presentar su declaración jurada con la
relación de gastos
documentada y las fuentes
precisas de su financiamiento.

12.3 Promover el debate de una ley de partidos para
asegurar la elección democrática interna de los
dirigentes y candidatos de las agrupaciones políticas,
así como el control de la procedencia y el uso de los
recursos partidarios.

13. GOBIERNOS
LOCALES

13.1 Culminar el proceso de restitución de
funciones y atribuciones a las municipalidades, especialmente a
las de nivel provincial.

13.2 Elaborar presupuestos participativos y generar
sistemas locales de vigilancia y gestión ciudadana de
los recursos públicos.

13.3 Reformar la legislación municipal para
evitar contradicciones entre atribuciones de los municipios
distritales, provinciales y otros organismos públicos,
en temas relacionados con la obtención de licencias de
construcción y habilitaciones
urbanas.

13.4 Ordenar jurídicamente la titularidad y
administración de los inmuebles propiedad de
las municipalidades, limitando además las facultades
discrecionales con que cuentan actualmente los alcaldes para la
cesión de terrenos o inmuebles a terceros.

13.5 Crear oficinas de recepción de denuncias
ciudadanas contra la corrupción a cargo de una
comisión mixta formada por representantes de la sociedad
y de los municipios. Que constituya fuente de
información para el organismo
anticorrupción.

13.6 Simplificar los procedimientos administrativos, o
fin de que sean ágiles y reduzcan los sobrecostos y las
posibilidades de corrupción que afectan a los
ciudadanos.

13.7 Establecer mecanismos que permitan la
rendición de cuentas a la comunidad
respecto a funciones vinculadas con la capacidad coactiva de
los municipios, como las cobranzas coactivas y la
conservación del orden público por los
serenazgos.

13.8 Reforzar los medios de
defensa vecinales a través de dos
dimensiones:

Consolidar los mecanismos de reclamación ante
autoridades administrativas o judiciales existentes, incluyendo
las acciones de amparo
judicial.

Promover la creación de espacios de
concertación para el desarrollo local, a través
de mecanismos como los cabildos abiertos.

14. FUERZAS
ARMADAS

14.1 Consolidar el proceso de adecuación del
sector Defensa a los mecanismos de control ordinario de la
Contraloría General de la República y al Portal
de Transparencia del Ministerio de Economía y
Finanzas.

14.2 Reformular los criterios de clasificación,
reduciendo al mínimo la información considerada
como secreta o reservada, sin incluir en dicha categoría
las compras y
adquisiciones militares, precisando el tiempo en que
estará incluida en este rubro para su posterior acceso
público.

14.3 Garantizar, a través de los mecanismos
legales correspondientes,
que la carrera militar en las
Fuerzas Armadas se desarrolle en base a criterios de
profesionalidad y respeto a la ley.

14.4 Elaborar el Código de Ética Militar
para incorporar valores y estándares éticos de
honestidad y
probidad, incluyendo la obligación de denunciar actos de
corrupción.

14.5 Encargar expresamente al Presidente de la
República y/o al ministro de Defensa la
designación de inspectores generales de las
Instituciones castrenses.

 14.6 Recomendar la privatización de los fondos provisionales
a fin de que exista mayor criterio técnico en su manejo
y transparencia.

15. POLICÍA
NACIONAL

15.1 Fortalecer la Inspectoría General,
brindándole los recursos
humanos, técnicos .y económicos necesarios
para su labor en la supervisión de adquisiciones, compras y
otros aspectos financieros.

15.2 Sugerir la creación en el Congreso de la
República de una comisión especial dirigida a
ejercer un monitoreo y evaluación constante de las situaciones y
hechos de corrupción que puedan presentarse en la
Policía Nacional.

15.3 Sugerir que las comisarías rindan cuentas
de su labor ante las municipalidades.
15.4 Recomendar el estudio en profundidad del sistema
disciplinario policial para determinar la gravedad de las
faltas,
estableciendo procedimientos rápidos, objetivos y que
permitan una efectiva defensa del subordinado.

15.5 Establecer mecanismos que permitan premiar y
recompensar a aquellos funcionarios policiales que muestren una
conducta honesta e íntegra frente a los
ciudadanos.

15.6 Recomendar la privatización de los fondos
policiales provisionales y de vivienda, a fin de que exista
mayor criterio técnico en su manejo y una mayor
transparencia.

16. El Programa
de
Mejoramiento de la Administración
de Justicia

Se pueden logran los objetivos del programa, a
través de seis componentes visualizados desde un punto de
vista normativo y de consenso en la
organización

El objetivo
general planteado en el Programa de Mejoramiento de la
Administración de Justicia en la Procuraduría de la
Administración sería el de: "Apoyar al país
en el Mejoramiento de la calidad,
eficiencia y transparencia de los actos y procedimientos legales
de la Administración Pública a fin de mejorar las
relaciones entre el Estado y la Sociedad Civil".

Para poder lograr este objetivo se proponen seis
componentes los cuales fueron visualizados desde un punto de
vista normativo y de consenso en la organización proponiéndose objetivos
para cada uno de ellos, los cuales nos permitirán realizar
evaluaciones que determinan el éxito
de la ejecución de este Programa.

Entre los objetivos a conseguir más importantes
de cada uno de los Componentes tenemos:

Componente B1: Redefinición Institucional. Se debe
llevar adelante un Plan Estratégico para fortalecer la
labor institucional, incluyendo la ejecución de una
Redefinición Institucional, logrando un Estatuto
Orgánico y la adecuación de sus competencias a
las nuevas modalidades y demandas de nuestra sociedad.

Componente B2: Ampliación de Cobertura. Se debe
realizar un Plan de Ampliación de Cobertura de los
servicios de la Procuraduría de la Administración,
conforme a los lineamientos establecidos en el Componente de
redefinición Institucional y se inició su
implantación en una primera fase con la
inauguración de la Oficina Regional
de Santiago.

Componente B3: Capacitación a Funcionarios de la
PA. Se debe desarrollar un intenso Programa de
Capacitación de Recursos Humano que respondiera a su nuevo
rol, motivado, profesionales con cultura
institucional, capaces y comprometidos, a través de
más de 50 jornadas de capacitación interna en temas
claves como: Derecho
administrativo, Experiencias Municipales, Mediación y
resolución
de Conflictos, Contabilidad
Gubernamental, etc.

Componente B4: Automatización de los Procesos de
Gestión. Se adquiere tecnología de punta y
se diseñan subsistemas de comunicación a
través de los cuales se consolidando a la
Procuraduría de la Administración como medio de
información con sistemas y procesos de información
y documentación automáticas,
así como un excelente servicio a nuestros usuarios a
través del sitio Web de la
Procuraduría de la Administración.

Componente B5: Reforma a la Normativa Administrativa. Se
debe lograr la aprobación en debate en la Asamblea
Legislativa y luego se sanciona como Ley de la República
la Ley, con la que se dota de un instrumento jurídico que
instituye los principios que rigen las actuaciones
administrativas del estado, el establecimiento de los deberes y
derecho para los ciudadanos frente a la administración
pública y se provee a los servidores públicos de
una herramienta para que realicen su labor apegados a las normas
y las reglamentaciones legales.

 Componente B6: Capacitación Legal a Funcionarios.
Se deberá ejercer la capacitación jurídica
administrativa de los funcionarios públicos, tanto de
Asesores Legales como autoridades Municipales contando hoy con
una gran parte de funcionarios agentes activos de un
Estado de Derecho, comprometidos con las necesidades de sus
instituciones y de los ciudadanos de nuestro país. Y que
se debe establecer el Centro Iberoamericano de
Modernización de la Administración
Pública-CIMAP para la formación continua,
asesoría técnica e investigación al
desarrollo de las administraciones.

17. La
formación ética debe implementarse en la esfera
institucional
para todos y cada uno de los
magistrados y jueces de la República, para todos y cada
uno de los empleados judiciales. Debe ser parte de la
formación académica en las universidades y
específicamente en las Facultades de Derecho. Esto, como
todo proyecto de ley de la República, debe ser de amplia
difusión ciudadana. La enseñanza de la ética
y deontología forense se deberá realizar en el
primer año de enseñanza como curso obligatorio en
las Facultades de Derecho.

18. Difusión,
Debate y Aplicación de los Informes de la Comisión
de la Verdad (CVR) y del Informe del CERIAJUS.

Comprometer a la sociedad civil en hacer realidad y
práctica dichos informes. Representa un esfuerzo por el
Desarrollo y Progreso del Perú, que no puede quedar al
archivo.

10.1 SUSTENTACIÓN, FUNDAMENTACIÓN DE
TESIS

ÉTICA Y CORRUPCIÓN EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y LA
REFORMA

LA FUNCIÓN (POTESTAD) DE ADMINISTRAR JUSTICIA
EMANA (PROCEDE, DERIVA, VIENE) DEL PUEBLO, COMPETE, SE EJERCE,
(CORRESPONDE) AL PODER JUDICIAL Y ES EJERCIDA POR LOS TRIBUNALES
Y JUZGADOS QUE LO COMPONEN DE ACUERDO CON LA CONSTITUCIÓN
Y LAS LEYES. (Se ejercerá por La Corte Suprema; las Cortes
Superiores y los Juzgados, que establece la ley. Art. 15 LOPJ,
Art. 138 carta 93) (Art.
1°.- LOPJ) y El Ministerio Público es el organismo
autónomo del Estado que tiene como funciones principales
la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los
intereses públicos…velar por la moral
pública; la persecución del delito, velar por la
independencia de los órganos judiciales Y LA RECTA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. (Art. 1° LOMP, Art. 159
carta 93)

SON DEBERES DE LOS JUECES APLICAR LA LEY, NO PUEDEN
DEJAR DE ADMINISTRAR JUSTICIA POR DEFICIENCIA DE LAS LEYES. EN
TAL CASO, DEBERÁN RECURRIR A LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO,
EN TODO PROCESO, DE EXISTIR INCOMPATIBILIDAD ENTRE UNA NORMA
CONSTITUCIONAL Y UNA NORMA LEGAL, LOS JUECES PREFIEREN LA 1RA.
IGUALMENTE PREFIEREN LA NORMA LEGAL SOBRE TODA OTRA NORMA DE
RANGO INFERIOR

(Art. 23° LOPJ, Carta 93 Art. 139 inc.8, Const.79
Art. 233° Inc. 6, LOMP CP 354.) LAS SANCIONES A LOS JUECES,
SON APERCIBIMIENTO, MULTA, SUSPENSIÓN, SEPARACIÓN Y
DESTITUCIÓN (Art. 92° LOPJ) .La multa es por los casos
de negligencia inexcusable (Art. 94° LOPJ). La
suspensión cuando el funcionario haya cometido un hecho
que sin ser delito, comprometa su dignidad o le haga (hacen)
desmerecer en el concepto público. (Art. 95°.-
LOPJ)(Art. 97°.-LOPJ) El Ministerio Publico es el organismo
que velara por la administración de Justicia, Fiscal de la
Nación, Fiscales: Supremos, Superiores, Provinciales,
Adjuntos y las Juntas de Fiscales. Art. 1 y Art.36 LOMP. Es lo
que nos dice la Ley, la realidad es otra (autogolpe
92).

DEBEMOS ESTAR RESUELTOS A CREAR CONDICIONES BAJO LAS
CUALES PUEDAN MANTENERSE LA JUSTICIA Y EL RESPETO A LAS
OBLIGACIONES
EMANADAS DE LOS TRATADOS Y OTRAS
FUENTES DEL
DERECHO INTERNACIONAL
(Carta de las Naciones
Unidas).

La potestad de administrar justicia emana del
pueblo
. Se ejerce por (el Poder Judicial) los juzgados y
tribunales jerárquicamente integrados en un cuerpo de
unidad en la función jurisdiccional (Art. 232°,
233° de la Constitución del 79, Carta 93, Art.
138°)."Toda persona tiene derecho a que se establezca un
orden social e internacional en el que los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración se hagan plenamente
efectivos" (Art. 28.-DUDH)"…El respeto de los derechos y
libertades de los demás, y de satisfacer las justas
exigencias de la moral, del orden público y del bienestar
general en una sociedad democrática."Inc. 2 Art. 29°
Declaración Universal de Derechos
Humanos)

Para realizar los cambios necesarios dentro de la
Administración de Justicia en la Estructura
Jurídica del Estado dentro del Marco Constitucional.
(Gobierno Central: Poderes Ejecutivo y Legislativo, Poder
Judicial, Consejo de Ministros; los Organismos Constitucionales,
a) Consejo Nacional de la Magistratura, b) Ministerio
Público, c) Defensoría del Pueblo, d) Sistema
Electoral: JNE, ONPE y RENIEC, e) Tribunal Constitucional, f)
Banco Central de Reserva del Perú, g) Superintendencia de
Banca y Seguros, h)
Controlaría General de la República, i)
Universidades-ANR, j) IPSS, Gobiernos Regionales y
Municipalidades
, a) Municipalidades, b) Regiones .) El
control de todas estas instituciones se vio notoria a partir del
autogolpe del 92 en el 1er Gobierno de AFF. No es solo es
la Reforma Judicial, sino son razones estructurales: la Reforma
del Estado que incluye la Reforma Tributaria, Educativa, Penal,
Civil, Militar y Constitucional
. La estructura del Estado
se ve involucrada en la Administración de Justicia, desde
el Poder Legislativo, para dar leyes y
resoluciones legislativas, así como interpretar o derogar
las existentes.(atribuciones del Congreso) Desde el
Poder Ejecutivo: se Debe Cumplir y hacer
cumplir la Constitución y los tratados, leyes y
demás disposiciones legales. Promulgar y ejecutar las
leyes y ordenar su cumplimiento así como de las
resoluciones legislativas. Dictar decretos legislativos con
fuerza de ley, previa delegación de facultades del
Congreso, y con cargo de dar cuenta a este. Cumplir y hacer
cumplir las sentencias y resoluciones de los tribunales y
juzgados y requerirlos para la pronta administración de
justicia.

LA RELACIÓN (LIGAZÓN) ENTRE EL DERECHO
CONSTITUCIONAL, CIENCIA POLÍTICA Y TEORÍA DEL
ESTADO (nos explica la naturaleza de
las instituciones que se estudia.)

Es que tienen como objeto de estudio al PODER pero desde
distintas ópticas, para el DC es un conjunto de normas
jurídicas que regulan el poder de un Estado, realizando
así un estudio jurídico. (Estudia lo relacionado a
las instituciones políticas dentro de un Estado) La Ciencia
Política estudia el ejercicio del poder sobre los hombres,
(estudia la relación mando obediencia dentro de la
sociedad o del Estado) dentro de un Estado, teniendo un
fundamento sociológico. En su dimensión
histórica la Teoría
del Estado es entendida como la disciplina
filosófica que investiga la esencia y finalidad del
Estado, esto es que lo valorativo tiene una presencia importante
en la relación entre Estado, Derecho y la Sociedad. LA
ÉTICA, MORAL, FILOSOFÍA, VALORES Y LA
RELACIÓN CON LA DEONTOLOGÍA FORENSE (deberes y
derechos)

LA
CORRUPCIÓN Y ANTICORRUPCIÓN EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La corrupción en la administración de
justicia y su impacto muy concreto en
los procesos penales, constituye uno de los principales
mecanismos de impunidad. Junto a otros elementos de
obstrucción, o "cuellos de botella", como la
intimidación a funcionarios judiciales y el uso arbitrario
del Secreto de Estado para ocultar información, la
corrupción ataca de manera sistemática a los
procesos judiciales, independientemente de si se trata de casos
de violación de derechos humanos, del crimen organizado o
de la delincuencia
común.

Los obstáculos que sistemáticamente han
retardado el avance del caso judicial y que han sido detectados
en otros procesos judiciales. Agrupados en tres grandes
campos:

1) Secreto de Estado, (para ocultar la
información)

2) Corrupción e Intimidación, y

3) Problemas en la aplicación de la ley adjetiva
y sustantiva.

Estos "cuellos de botella" en la administración
de justicia son, en concreto, los mecanismos de impunidad que
atacan de manera sistemática a los diferentes procesos
penales, independientemente si se trata de casos de
violación de derechos humanos, del crimen organizado o
procesos por delitos comunes.

Estos elementos de obstrucción suelen tener su
origen en un enmarañado, tenebroso y furtivo "mundo
oculto", en el cual se tejen articulaciones
para generar procesos de corrupción y enriquecimiento
ilícito, actividades del crimen organizado, tráfico
de influencias y presiones para incidir en la conducción
del Estado y en el diseño
de políticas públicas, etc.

En esa suerte de inframundo cohabitan agentes del Estado
(militares, policías, funcionarios, quienes usualmente
actúan por cuenta propia y no necesariamente siguen una
política estatal) y personas de diversos sectores
(empresarios, políticos, profesionales, etc.). En la
actualidad, se les suele identificar como "poderes ocultos" o
"fuerzas extra gubernamentales", que se configuraron a la sombra
de los regímenes militares y de los organismos de
inteligencia.

A la vez que desarrollaban crueles estrategias de
contrainsurgencia (que incluyeron masacres, desapariciones
forzadas, torturas, ejecuciones extrajudiciales,
persecución, etc.), con las cuales afectaron a amplios
sectores poblacionales y no solamente a la guerrilla, los
grupos
militares hegemónicos alentaron alianzas con otros grupos
nacionales (político-partidarios y económicos,
principalmente) para imponer sobre la sociedad sus intereses y
criterios.

El control del poder absoluto, del cual tan sólo
compartían migajas con los políticos aliados, cuyos
partidos servían de vehículo para que los militares
fuesen electos con vicio y fraude,
consolidó la senda hacia la corrupción, el crimen
organizado y el enriquecimiento ilícito a costa del Estado
y sus instituciones.

El contrabando y
la defraudación aduanera, la venta de
pasaportes y la trata de ilegales, entre otros delitos,
convirtieron a las instituciones del ramo en una suerte de
"territorio libre" en el que prevalecían los intereses de
la articulación criminal. Esta "red" diversificó sus
actividades y ha fomentado la amplia tipología delictiva
que hoy afecta a la sociedad con organizaciones dedicadas al
secuestro de
personas, asesinatos por encargo, narcoactividad, asaltos a
entidades bancarias, robo de automotores, depredación de
la flora y la fauna,
etc.

Pero, hay que entender que la corrupción no se ha
presentado únicamente como un conjunto de casos aislados y
separados, cometidos por funcionarios carentes de moral,
ávidos de tener un mayor ingreso y gozar de diversas
granjerías. La corrupción es todo un sistema, es a
la vez medio y fin.

Como medio, la corrupción ha sido utilizada como
arma y mecanismo para establecer los cimientos de las
articulaciones criminales, así como para comprar lealtades
y asegurar el control del poder, la complicidad y el
encubrimiento. Como fin, la corrupción ha moldeado la
conducta de personas que se prestan a los juegos de
poder, y a mantener incólume el poder oculto, a cambio de
ciertos espacios de poder, ingresos
anómalos, favores, prebendas, etc.

TIPOLOGÍA DE LAS PRÁCTICAS CORRUPTAS
*

  1. Utilización, por parte de jueces y
    magistrados, de sus decisiones respecto de diligencias y
    trámites, como mecanismo de presión
    sobre las partes.
  2. Exacciones ilegales.
  3. Aceptación de dádivas e incentivos
    dinerarios para acelerar las resoluciones y adoptar otras
    medidas procesales, inclusive para emitir resoluciones en un
    determinado sentido.
  4. Tarifación de medidas
    sustitutivas.
  5. Amiguismo y tráfico de
    influencias.
  6. Pagos para evitar procesamientos.
  7. Pagos para lograr la adopción de medidas
    cautelares y la incautación de bienes.
  8. Recepción de pagos para notificar, o para
    manejar las notificaciones de manera que se beneficie o
    perjudique a alguna de las partes.
  9. Extravío doloso de expedientes y
    memoriales.
  10. Elección de juez interviniente.
  11. Desaparición o adulteración dolosa de
    pruebas y
    efectos incautados y que se hallan bajo custodia
    judicial.

* Prácticas y conductas de
corrupción atribuidas al sistema de justicia -Las
prácticas mencionadas en los numerales 9 y 11 han afectado
principalmente a los casos de violación de derechos
humanos. Los procesos por el asesinato y masacre, ejemplifican
con claridad esta situación.

 

PRINCIPALES FACTORES QUE GENERAN CORRUPCIÓN EN LA
JUSTICIA *

  1. Falta de comunicación, coordinación e
    información entre los distintos organismos del
    Estado.
  2. Delegación indebida y/o ilegal de funciones en
    el ámbito interno, tanto en el Organismo Judicial como
    en el Ministerio Público.
  3. Concentración de funciones en la Corte Suprema
    de Justicia.
  4. Inexistencia de mecanismos transparentes para la
    selección y nombramiento de jueces, magistrados,
    fiscales y policías.
  5. Política salarial deficiente.
  6. Falta de criterios objetivos y claros en la
    adjudicación de casos.
  7. Excesiva burocracia.
  8. Falta de desarrollo de las carreras Judicial,
    Policial y Fiscal.
  9. Deficiente funcionamiento y falta de autonomía
    de las instancias de control
    interno.
  10. Educación legal deficiente, con mal
    formación para el trabajo en
    el PJ.

Como exigir que los jueces, abogados, Administradores de
Justicia (AJ) sean probos, honestos, eficientes, éticos,
con liderazgo en la AJ, si los gobernantes no dan el ejemplo. El
PJ es el fiel reflejo en el PE (Poder
Ejecutivo) y el PL (Poder
Legislativo)

La corrupción en el Perú y países
latinoamericanos aparece con la invasión y conquista
española, (1532) en donde la clase
política dominante y gobernante es corrupta,
dejándonos caudillistas, jefes, cúpulas militares,
cúpulas religiosas y no Líderes honestos,
patriotas, capaces. La sociedad peruana tiene raíces
pasadistas y es cultivadora del pasado, lo cual es muy honroso,
pero existe muy poca valoración del futuro.
Convirtiéndose en depredadores del futuro (Harina de
Pescado, el Guano, etc.)

El poder reside y emana del pueblo, ante la falta de una
adecuada educación cívica patriótica,
filosófica, ideológica, ética moral, etc.
renovación de la sociedad apoyada en valores
éticos, en principios como el de la democracia del pueblo,
como la defensa de los derechos humanos, como el valor del
medio ambiente
Genera la ausencia de ciudadanos capaces de sentirse sujeto de
derechos y de obligaciones, de actuar, exigir y de cumplir como
tal, actuando con indiferencia ante el autoritarismo, ante esto
se aprovechan la Clase política que ve al Estado como
fuente de riqueza, clase política que ante la oportunidad
de realizar la Reforma Constitucional, clama por la Asamblea
Constituyente, como si los nuevos congresistas serian los sabios
idóneos para tal finalidad. Donde es notorio que se apegan
a su Ley, y no a la Justicia. Su ley de hierro de la
oligarquía partidaria: quienes están en el poder
van a tratarse de mantenerse en el, arbitrando todo tipo trabas
para impedir la renovación. Que no forman dirigentes o
lideres, no forman cuadros, ni organizan al pueblo .No tienen
vinculación con el pueblo. Recordemos el desborde popular
en la marcha de los 4 suyos. Con participación del sector
sindical, empresarial y político

Encontramos un nexo entre la Corrupción,
Narcotráfico, violación de Derechos Humanos,
terrorismo de Estado y Actos Terroristas con el claro objetivo
del enriquecimiento ilícito, en donde la corrupción
llego a su cúspide durante el gobierno de Alberto Fujimori
y Vladimiro Montesinos, para mantenerse en el poder durante 10
años, desde 1990 al 2000 necesitaron el control del Poder
Económico (Sunat, Cajas fiscales, Bancos, BCR, etc.), JNE,
Contraloría General de la República, Poder Judicial
(Ministerio Público, etc.,), el Poder Legislativo (con la
compra de los congresistas tránsfugas para tener
mayoría),al extremo de disolver el Parlamento, necesitaron
controlar el Poder de la Información (Televisión, Prensa, Radio,
periódicos, revistas, etc. Comprando titulares de
periódicos, y todo tipo de información, etc.), para
ello encontraron una justificación de la amenaza
terrorista y la corrupción judicial, un argumento como el
presentado por Bush y Tony Blair de la amenaza terrorista del
armamento bacteriológico o biológico, cuando en
realidad lo que quieren es administrar el
petróleo Iraquí, engañaron a la
opinión publica internacional con algo que justifique la
invasión y dominación, para ello utilizaron 4
grandes cadenas mundiales de información que controlan en
total Democracia representativa .

Las causas de la profunda crisis política,
económica, violencia y
crisis del Estado que creó las circunstancias internas
propicias para el autogolpe presidencial del 5 de abril de 1992
van sobre un análisis sobre los problemas de fondo de la
economía, la sociedad y la institucionalidad
política.

Hay que identificar las causas profundas de la crisis,
desde esa comprensión, avanzar en la formulación de
alternativas de democratización, pacificación y
desarrollo sustentadas en la participación política plural de
todos los sectores del país, el rompimiento de la
constitucionalidad en el Perú es un proceso que se inicio
el 9 de febrero de 1992, al publicarse la inconstitucional ley
25397. Las fuerzas policiales y militares ya no estaban en
condiciones de afrontar una lucha con apoyo político
intermitente en el momento más grave de la historia del
Perú. Y la presidencia de la República se declaraba
en vacancia.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29
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