Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Despenalización del aborto: una mirada a la latente y dolorosa realidad




Enviado por JORGE TORRES MANRIQUE



    1. Introducción
    2. Definición
      de aborto
    3. Clases de
      aborto
    4. Clamoroso
      desacierto legislativo
    5. Este problema
      cobra ribetes internacionales
    6. Desregular el
      aborto es urgente, necesario y
      legítimo
    7. Conclusiones
    8. Sugerencias
    9. Fuentes de
      información

    1.-
    INTRODUCCIÓN.

    En primer término debemos mencionar si bien es
    cierto que el Código
    Penal peruano de 1991 punibiliza el aborto, no
    siempre fue homogéneamente así, dado que los
    pueblos primitivos y, posteriormente la India y
    Egipto
    acordaban derecho patriarcal absoluto, entonces los padres
    podían vender o matar a sus hijos, aun antes de
    nacer.

    Por otro lado en Grecia,
    Sócrates
    abogaba porque el aborto fuera un derecho materno. Aristóteles en su Política lo
    dejaba librado a la libertad de la
    madre, salvo cuestiones de Estado. Mientras que Hipócrates
    negaba el derecho al aborto.

    El presente trabajo, que
    se ocupa de un tema tan espinoso como polémico y que no
    cuenta con la uniformidad tanto a favor como en contra de la
    doctrina, básicamente se encuentra conformado en primer
    lugar, en poner en evidencia el desacierto de la
    penalización del ABORTO PROVOCADO O DOLOSO (dado que no
    nos referiremos al tema del Aborto Espontáneo, así
    como tampoco al Terapéutico), así como tampoco al
    ABORTO IMPOSIBLE (es decir, cuando a consecuencia del aborto o de
    practicas abortivas realizadas en las mujer no en
    cinta, creyéndola embarazada, o por emplear medios
    inadecuados para producir el aborto, resultare la muerte de
    la mujer o
    quedare imbécil, estéril o ciega- a que hace
    referencia el español
    Luis Ribó Durand en su obra Diccionario de
    Derecho) en nuestro país, en segundo lugar, dar una mirada
    a la realidad de dicho problema a nivel nacional e internacional,
    en tercer lugar, plantear la necesidad de desrregular el mismo, y
    en cuarto lugar, ofrecer alternativas a través de las
    cuales se procure (paulatinamente) su
    despenalización.

    2.- DEFINICION DE
    ABORTO.

    Tenemos que para Amado EZAINE CHAVEZ "Es la
    interrupción del proceso
    fisiológico del desarrollo del
    feto.
    Expulsión prematura del fruto de la concepción y su
    destrucción dentro del claustro materno". Cabe resaltar
    que independientemente de las circunstancias de edad, viabilidad
    y formación regular del feto, el ordenamiento
    jurídico no solo peruano no tolera el aborto.

    Además, de la cada vez mas creciente corriente
    doctrinaria que incluye dicho aniquilamiento del producto de la
    concepción antes del nacimiento, también fuera del
    vientre materno.

    3.- CLASES DE
    ABORTO.

    El Código Penal peruano de 1991, sanciona el
    delito de aborto
    en sus variantes de: Auto aborto (Art. 114), Aborto consentido
    (Art. 115), Aborto con consecuencia grave o no consentido
    (Art.116), Aborto grave por la calidad del
    agente o abusivo o causado por profesional (Art. 117), Aborto
    preterintencional (Art. 118), Aborto sentimental o ético
    (Art. 120, Inc. 1) y el Aborto Eugenésico (Art. 120, Inc.
    2). Sin embargo, el mismo Código no condena el Aborto
    terapéutico o necesario (Art. 119) por razones de política criminal,
    las mismas que por obvias razones son consideradas de general
    aceptación.

    4.- CLAMOROSO
    DESACIERTO LEGISLATIVO.

    En primer lugar, debemos mencionar que si bien es cierto
    que la imperiosa necesidad de despunibilizar el aborto no es
    ninguna novedad, es cierto también que la "urgente
    sensibilización y escucha" acerca del mismo seguirá
    siempre latente las mentes y corazones no solo de las mujeres,
    sino de la ciudadanía en general en espera su pronta
    desregulación, ya que seguirá siendo un punto
    neurálgico en el tema de los derechos reproductivos de
    las mujeres, y un aspecto medular pendiente de política de
    Estado, que lamentablemente parecen proclives a ceder frente a
    las posiciones conservadoras que presionan por mantenerlo
    penalizado, entrampadas en sus propios miedos: mantener la
    penalización el aborto y disminuir, hasta eliminar, su
    incidencia como causa de muerte entre
    las mujeres, no es posible, pues encierra una
    contradicción. de otro lado, la protección de la
    vida del concebido puede convertirse, además, en una
    verdadera traba para la despenalización del aborto e,
    inclusive, empujar la corriente hacia la consolidación de
    las posiciones de quienes pretenden retroceder lo avanzado hasta
    ahora.

    El aborto es una cuestión de derechos humanos,
    así como de salud
    pública, prohibirlo atenta los derechos fundamentales
    de las mujeres y va contra principios de
    justicia
    social. El aborto es una cuestión de democracia; es
    decir, está ligado al ejercicio libre de una maternidad
    voluntaria, la autodeterminación de la propia vida, el
    derecho a la interrupción de un embarazo no
    deseado. La ley no debe tener
    injerencia para limitar el libre ejercicio de la maternidad de la
    mujer.

    El derecho al aborto es el derecho humano de las mujeres
    a decidir sobre la interrupción de su embarazo. un
    derecho, que como tal, no obliga a ninguna mujer, solo otorga la
    facultad de ejercerlo o no, según las propias creencias.
    en defensa de este derecho básico y de la libertad de
    decidir, además, es necesario mencionar, que para
    cualquier mujer es el ultimo recurso a tomar y no una
    fácil elección y con esta posición la ley
    está impidiendo y violando el derecho a decidir, en
    consecuencia se enfrentan a una maternidad forzada o a un aborto
    inseguro donde pueden perder la vida.

    El aborto no es un problema legal sino de salud pública y
    costos14 no solo de atención en los centros de salud, por el
    alto índice de muertes de las mujeres sino que
    además, por las consecuencias, muchas veces irreparables,
    de sus vidas.

    Con la penalización del aborto (medida totalmente
    insensible, así como legal pero evidentemente ilegitima)
    como lo único que se ha conseguido es exponer la salud de
    las mujeres, arriesgándolas a realizarse esta
    práctica en condiciones clandestinas e
    inseguras.

    Quien más se opone a la despenalización
    del aborto es la iglesia (no
    solamente en este Estado católico lamentablemente), si, a
    propósito del infausto papel de la iglesia, citamos a un
    lúcido Bertrand Russell quien lo resume ejemplarmente
    acuñando para la posteridad: "Uno encuentra que si mira en
    torno por el
    mundo, cada pequeño progreso de los sentimientos humanos,
    cada mejora en las leyes penales,
    cada paso hacia la disminución de las guerras, cada
    paso hacia un mejor tratamiento de las razas de color, o cada
    reducción de la esclavitud, cada
    progreso moral que ha
    habido en el mundo se ha tenido que enfrentar a las iglesias
    organizadas del planeta"15, al no permitir que se
    discuta esa problemática que alcanza el nivel nacional, y
    es que como se trata de un tema difícil por las posiciones
    conservadoras de algunos sectores, se toca con mucho cuidado o
    simplemente, no se toca. Lo cual no significa de ninguna manera
    que tenga que continuar de la misma forma descrita.

    5.- ESTE PROBLEMA COBRA
    RIBETES INTERNACIONALES.

    Lamentablemente no existen cifras para todos los
    países y tampoco las hay desagregadas por edad,
    área geográfica o sector socio-económico.
    las que se manejan provienen de estimaciones no oficiales, porque
    las que producen los ministerios de
    salud están referidas a los ingresos y
    egresos hospitalarios, estimaciones que nos pueden dar una idea
    de la monstruosa magnitud del problema, en consecuencia, es de
    suponer que la cifra negra u oculta es realmente gravísima
    y alarmante.

    Según la
    Organización Mundial de Salud (OMS) alrededor de 5
    millones de mujeres por año se someten a abortos en
    América
    Latina y el caribe, la mayoría lo hace en condiciones
    de riesgo, que trae
    consigo la clandestinidad16.

    En la mayoría de los países de América
    Latina y el Caribe, diversas organizaciones de
    mujeres han presentado propuestas claras para prevenir estas
    muertes silenciadas. propuestas de despenalización del
    aborto que permitan a las mujeres con embarazos no deseados
    interrumpirlos sin riesgo para sus vidas. Sin embargo, hasta el
    momento no han obtenido respuesta afirmativa por parte de sus
    correspondientes Legislativos.

    Es imperativo que dichos países revisen su
    legislación sobre esta materia, pues
    gran parte de ellos viene incumpliendo con los compromisos
    asumidos internacionalmente ante el sistema de
    naciones unidas,
    pero, sobre todo, continúan exponiendo la vida de miles de
    mujeres17.

    Aceptar la punibilidad del aborto es aceptar que la vida
    de las mujeres no merece ser defendida, ni protegida; es aceptar
    que la vida del embrión o del feto (acerca de los cuales
    los mismos médicos no tienen certeza ni menos unanimidad
    acerca del momento exacto del inicio de la vida, además,
    en ese sentido los abogados- que no somos médicos- con
    mayor razón no lo sabemos y peor aún los
    congresistas o al menos la mayoría de legos o iletrados
    congresistas) es más importante que la vida de una mujer
    que muchas veces opta por el aborto por estar inmersa en medio de
    múltiples problemáticas sociales; es aceptar que la
    mujer no es persona y que por
    lo tanto no goza ni le corresponde disfrutar plenamente del
    status de tal, status que solo debe y es celosamente reservado
    para el, "magnánimo, todopoderoso y dueño y
    señor de los derechos de los demás", varón,
    el cual sí es persona con todos los derechos que le son
    inherentes a su condición de tal, claro que si; y es
    aceptar que es natural y normal que pueda constituirse una
    familia y una
    sociedad con
    niños
    que vienen al mundo sin ser deseados sin ser amados y sin que los
    gobiernos y las iglesias se olviden ellos en lo mas mínimo
    después de haber nacido (paradójicamente cuando
    fungieron de defensores de su nacimiento… como si tal defensa.
    y/o protección fuesen suficientes).

    La incriminalidad del aborto provocado no se puede
    aceptar porque las mujeres siempre tienen razones para realizarse
    un aborto y no necesariamente es por irresponsabilidad (la
    responsabilidad va mas allá del solo
    decidir tener un hijo, ella implica tener que considerar-
    asegurar los aspectos económicos, culturales y sociales
    mínimos para el hijo por nacer) que recurren a él.
    La responsabilidad en este caso es mucho mas amplia como
    reflexiva18.

    Como muestra de la
    magnitud de la punibilidad del aborto provocado, tenemos que
    el Estado
    peruano es uno de los países de la región con mayor
    número de abortos provocados. Se calcula que cinco de cada
    cien peruanas, se provoca un aborto cada año19.
    No esperemos a que estas cifras se incrementen en desmedro de los
    derechos de la mujer (mas aún, en desmedro de su propia
    vida) o lo que es peor, que pasemos a convertirnos en parte- caso
    (particular) de las alarmantes estadísticas, ya que nadie quisiera que un
    aborto provocado o doloso- con las terribles consecuencias que
    ello implica – se presente en su propia familia para
    recién comprender la gravedad del mismo.

    En ese sentido, el aborto inseguro genera un alto
    porcentaje de muertes maternas (además, de considerar que
    si no mueren, deberán afrontar los respectivos riesgos y en
    su caso, las consecuencias nefastas, físicas y
    psíquicas que dicha práctica abortiva implica),
    afectando principalmente a las mujeres mas pobres y
    jóvenes de nuestro país, que dicho sea de paso, son
    la mayoría.

    El 28 de septiembre es el día por la
    despenalización del aborto en América Latina y el
    Caribe, el cual surgió en 1990 por iniciativa del V
    Encuentro Feminista Latinoamericano, con el objetivo de
    debatir un problema que afecta a miles de mujeres: el aborto
    inseguro y sus consecuencias; reconociendo que es un problema de
    salud publica
    y justicia social.

    6. DESREGULAR EL
    ABORTO ES URGENTE, NECESARIO Y LEGITIMO.

    Considerando que la penalización de la
    práctica abortiva esta abiertamente en contra de la vida
    de las mujeres20, llama la atención que
    recién en 1994 y que solo por iniciativa de las mismas: el
    aborto inseguro es reconocido como un grave problema de
    salud.

    En consecuencia, tenemos que, el derecho de las mujeres
    a  decidir por sí mismas la pertenencia de su cuerpo,
    se encuentra limitado por leyes.

    La interrupción del embarazo, tema
    polémico por la mezcla de intereses, políticos y
    religiosos  lleva a la muerte a 200 mil mujeres cada
    año por abortos mal practicados en el mundo cifra que en
    América Latina, asciende a  seis mil.

    La jerarquía católica permanece
    inconmovible (la iglesia siempre tuvo y tiene una marcada
    tendencia a pretender normar y hasta demonizar la relación
    de la mujer con su cuerpo· ),
    pese que lo que se defiende es el derecho irrestricto a la vida,
    ante las muertes de mujeres por abortos realizados en la
    clandestinidad, sin percatarse de las y los niños no
    deseados pero nacidos que engrosan las filas de menores en
    situación de la calle quienes están vivos pero sin
    derecho a la ternura, a una casa, a alimentarse, a ser protegidos
    y educados, sin derecho al futuro, a la
    esperanza21.

    Eso porque el tabú del aborto empuja esta
    práctica a los trastornos de la ilegalidad y la
    clandestinidad. Por ese motivo las mujeres ya no deberían
    ser perseguidas y amenazadas con enviarlas a la cárcel
    después de practicar un aborto, porque no soluciona el
    problema, por eso abogamos por que se despenalice su
    práctica.

    El castigo antes que solucionar empeora aun más
    la situación, debido a que promueve su práctica en
    forma clandestina, aumentando el temor de las mujeres en acudir a
    servicios
    médicos en caso de peligros por aborto, así como
    aumenta también los riesgos a los que las mujeres asumen
    al optar por la clandestinidad del aborto.

    En base a los motivos expuestos defendemos el acceso a
    métodos
    anticonceptivos seguros y
    eficaces y al aborto como expresiones de la libertad de conciencia y como
    derechos humanos fundamentales de las personas.

    En ese sentido, enfatizamos el valor de la
    libertad de conciencia en las decisiones porque si se
    actúa bajo coerción no existe libertad y no puede
    hablarse de responsabilidad moral. si la libertad moral no
    existe, no existe la posibilidad de la ética y
    sólo, cuando esta existe, las personas tienen diferentes
    opciones y pueden elegir.

    La iglesia intenta imponer al mundo su propia
    visión de la moral en
    sexualidad y
    reproducción, ejerciendo poder, con una
    visión alejada de los derechos humanos. Apoyamos la
    despenalización del aborto porque el aborto inseguro es un
    grave problema de salud pública por su magnitud, debido a
    que en la mayor parte de nuestros países la
    legislación es restrictiva y aún en los casos
    permitidos por la ley los servicios no son accesibles.

    Fomentamos e impulsamos la despenalización del
    aborto ante embarazos no deseados o no planificados, iniciativa
    que la moralina oscurantista pretende tergiversar como
    "legalización del aborto", lo que proponemos es la
    "legitimización del aborto". En ese sentido, hacemos un
    llamado a todos los sectores de la sociedad a despojarse de
    prejuicios y a no permanecer indolente ante esta
    problemática que aqueja día a día no solo a
    la sociedad peruana y abrir el debate
    público sobre el tema, que hoy ocupa el cuarto lugar como
    causa de muerte de mujeres en nuestro país.

    7.-
    CONCLUSIONES.

    El tema de la penalización del aborto tiene como
    principales responsables a: la sociedad aún machista,
    conservadora, religiosa y desinformada, no sólo del Estado
    peruano. El mismo que es un tema social (principalmente de salud
    pública), económico, jurídico,
    político, médico y religioso.

    Advertimos una evidente indolencia por parte del
    legislador no solo peruano al no despenalizar el aborto, a la vez
    que consideramos que la liberalización de las leyes
    penales del aborto permitiría evitar la muerte de las
    mujeres y las consecuencias que sufren a causa de abortos mal
    practicados, al contar con servicios seguros y
    accesibles.

    Además, debemos dejar en claro de ninguna manera
    promovemos la legalización del aborto y por ende la muerte
    indiscriminada del niño por nacer, sino todo lo contrario,
    mas bien, la intención de procurar y promover la
    prevalencia y defensa de su vida, así como de la calidad
    de la misma 22. Además, de la protección
    de la vida de la madre gestante.

    8.-
    SUGERENCIAS.

    Procurar y defender permanente e incansablemente una
    sociedad realmente democrática libre, y justa-
    legítima y humanitaria mas que legal para todas las
    personas y en especial en este caso, para las mujeres; la misma
    que oriente sus reclamos y exigencias, no sólo a nivel de
    la sociedad civil,
    medios de
    comunicación y aparato jurisdiccional, sino que
    además, a instancias supranacionales.

    Priorizar la vida de las mujeres (combatiendo la
    mortalidad materna) a las tendencias o postulados de iglesia,
    lamentablemente enraizada como política de Estado en
    nuestro país en desmedro de la defensa y vigencia de los
    derechos de la
    mujer; impulsando, urgentes como impostergables, Políticas
    de Estado de despunibilización del aborto, para procurar-
    viabilizar tal propósito23.

    Capacitar y educar (ya que, sólo
    preocupándonos, sin actuar positivamente en consecuencia,
    no conseguiremos avanzar en lo que corresponde viabilizar
    alternativas de solución a la problemática de la
    punibilización del aborto consentido) al personal de salud
    y a las mujeres adolescentes,
    respectivamente, acerca de la planificación
    familiar y salud sexual; ofreciendo a la vez atención
    integral a las mujeres para evitar y erradicar la práctica
    abortiva clandestina.

    9.- FUENTES DE
    INFORMACIÓN.

    CHANAMÉ ORBE. Raúl. Diccionario
    Jurídico Moderno. Editorial Gráfica Horizonte.
    Tercera Edición. Lima- Perú.
    2002.

    BENAVIDES C.,Cesar, A. Diccionario Enciclopédico
    Criminalístico. Ediciones Periciales. Lima- Perú.
    1993.

    BUCCALLO RIVERA, Patricia. Diccionario Jurídico
    de Derecho Penal.
    Editorial San Marcos. Primera Edición. Lima- Perú.
    2002.

    CABANELLAS, Guillermo. Diccionario Enciclopédico
    de Derecho Usual. Tomo I. Editorial Heliasta. Vigésima
    Tercera Edición. Buenos Aires
    Argentina. 1994.

    CALDERON, Grover. Código Penal. Editores
    Importadores. Tercera Edición. 1995. Lima-
    Perú.

    CHIRINOS SOTO, Francisco. Código Penal. Editorial
    Rodhas. Segunda Edición. Lima- Perú. Marzo
    2005.

    EZAINE CHAVEZ, Amado. Diccionario de Derecho Penal. Tomo
    I. AFA Editores. Primera Edición. Lima-Perú.
    1999.

    FERNÁNDEZ DE LEON, Gonzalo. Diccionario
    Jurídico. Tomo I. Ediciones Contabilidad
    Moderna- Buenos Aires. Buenos Aires- Argentina. 1972.

    Gran Diccionario Jurídico. Tomo I. A.F.A.
    Editores Importadores. Lima- Peru.
    2004.

    INFANTES MANDUJANO, Pedro Adrián. Diccionario
    Jurídico. Ediciones legales. Primera Edición. Lima-
    Perú. Agosto del 2000.

    LEON, Rafo. Dios no existe. Los candidatos se hacen los
    locos con el tema religioso. En: Revista Somos.
    Editorial de El Comercio.
    Lima- Perú. 25 de marzo 2006.

    LORENZZI GOICOCHEA, Raúl. Diccionario
    Jurídico Tesauro. Librería y Ediciones
    Jurídicas. Lima- Perú. Septiembre del
    2005.

    LLANOS, JENNIFER. Misión
    Imposible. Silencio en la sala de partos que Tom Cruise va a
    hablar. En Revista Somos. Editorial de El Comercio. Lima-
    Perú. 15 de abril del 2006.

    MALATESTA REYES, Rosa y HERNÁNDEZ NIETO, Daniel.
    Diccionario de Términos Jurídicos. Editorial
    Mantaro. Primera Edición. Lima- Perú. Enero de
    1997.

    MARCONE MORELLO, Juan. Diccionario Jurídico Penal
    y Ciencias
    Auxiliares. Tomo I. A.F.A. Editores. Primera Edición.
    Lima- Perú. 1995.

    NAYMARK, M. S. y CAÑADAS, F. Adán.
    Diccionario Jurídico Forum. Tomo I. Editorial
    Bibliográfica Argentina. Buenos Aires- Argentina.
    1946.

    OSORIO, Manuel. Diccionario de Ciencias
    Jurídicas, Políticas y Sociales. Tomo I.
    Vigésima octava Edición Actualizada, corregida y
    aumentada por Guillermo Cabanellas de las Cuevas. Editorial
    Heliasta. Buenos Aires- Argentina. 2001.

    RAMÍREZ GRONDA, Juan. Diccionario
    Jurídico. Séptima Edición. Editorial
    Claridad. Buenos Aires- Argentina. Mayo de 1976.

    RIBÓ DURAND, Luis. Diccionario de Derecho. Bosch,
    Casa Editorial. S.A. Barcelona. España.
    1987.

    ROCA RODRÍGUEZ, Pedro E. y VENTURO MANCISIDOR, B.
    Iván. Conceptos Básicos de la Ciencia del
    Derecho. A.F.A. Editores Importadores S.A. Lima- Perú.
    2004.

    RUIZ GARCIA, Abado y ALMEIDA, Orlando. Diccionario
    Jurídico & Latino. Edigraber Editora Grafica Bernilla.
    Primera Edición. Lima- Perú. 2004.

    SALINAS SICCHA, Ramiro. Derecho Penal Parte Especial.
    Editorial Idemsa. Primera Reimpresión Actualizada. Lima-
    Perú. Marzo 2005.

    TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac. Manipulación
    Genética… En: Ius Est Vita. Revista de
    Derecho. Publicación editada por estudiantes de la
    Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la
    Universidad
    Católica de Santa Maria de Arequipa. Arequipa-
    Perú. 1999.

    TUCTO RODIL, Carlos. Código Penal. Editorial
    Huallaga. Primera Edición. Abril 1998. Lima-
    Perú.

    VALDIVIA CANO, Juan Carlos. La Caja de Herramientas.
    Edición financiada por la Universidad Católica de
    Santa María de Arequipa. Arequipa- Perú.
    1998.

     

    JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE

    Abogado por la Universidad Católica de Santa
    Maria de Arequipa (Perú), Maestría en Derecho
    Empresarial, Maestrista del III ciclo de la Maestría en
    Derecho Penal y Doctorando del Doctorado en Derecho de la
    Universidad Nacional Federico Villarreal.

    Discente de la Academia de la Magistratura. Ex
    Conciliador del Centro de Conciliación Extrajudicial Paz y Vida,
    Arbitro de Derecho y Conciliador Extrajudicial. Post grado en
    Derecho Registral y Notarial. Especialista en Comercio Exterior
    y Aduanas, y en
    Derecho Publico.

    Diplomado en Derecho Empresarial, Procesal
    Constitucional, Procesal Penal, y Civil y Procesal Civil.
    Estudios de Filosofía, Psicología y Marketing.

    Traductor intérprete del Idioma Portugués
    avanzado.

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter