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El tráfico y la introducción ilícita de personas en Asia del sur (página 3)



Partes: 1, 2, 3

Partes: 1,
2,

    1. La presentación.-
  1. ETAPA DE PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN
    DE LA SOLICITUD Y LOS DOCUMENTOS
    ANEXOS.-

La presentación de la solicitud y los
documentos a ésta debe ser hecha personalmente por el
interesado, o a través de un representante debidamente
acreditado ante la Misión
Diplomática u Oficina
Consular peruana en cuya jurisdicción resida el
interesado. Excepcionalmente, y mediando causa que lo
justifique, podrá presentarse personalmente esta
solicitud ante cualquier Misión Diplomática u
Oficina Consular distinta de la de su lugar de
residencia.

Si, excepcionalmente, el interesado no reside en la
ciudad en la cual se encuentra la sede consular, la
presentación de documentos puede ser hecha vía
postal, por un representante o por una agencia de viajes
subsidiaria, sucursal o filial de la que organiza el viaje
debidamente acreditada. En estos casos, a fin de evitar viajes,
gastos y
presión
innecesarios, siempre se pedirá al interesado
(vía telefónica, facsimilar o correo
electrónico) que no programe viaje alguno y que
sólo lo haga siempre y cuando se le indique.

Cuando la visa haya sido autorizada por la Dirección General de Migraciones
(DIGEMIN) sin que dicha autorización haya sido
solicitada por la Embajada del Perú en la India, se
debe solicitar a la Dirección General de Asuntos
Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, lo
siguiente:

  1. Nombres y apellidos completos (no siglas) del
    beneficiario de la autorización.
  2. Copia simple del oficio de la DIGEMIN mediante el
    cual se comunica la autorización.
  3. Número de pasaporte y fotocopia legible de
    las páginas de éste y en las que aparecen la
    fotografía, las generales de ley, los
    datos
    personales y la firma del titular del
    pasaporte.
  4. Copia simple del formulario de la solicitud de
    visa presentado a la DIGEMIN.
  5. Nombres y apellidos, generales de ley y datos
    personales del ciudadano peruano o extranjero que invita o
    garantiza.
  6. Copia fotostática y del Documento Nacional
    de Identidad (DNI) o carné de extranjería y número del
    Registro
    Único de Contribuyentes.
  1. En esta etapa, el funcionario debe verificar
    exhaustivamente que la solicitud de visa esté
    debidamente llenada y que los documentos anexos a ella
    cumplan con lo detallado en las hojas de
    requisitos.

    Si el funcionario estima que la solicitud no ha
    sido debidamente llenada o que los documentos anexos no
    cumplen con lo detallado en las hojas de requisitos,
    devolverá estos al interesado y le indicará
    verbalmente o por escrito las razones de la
    devolución.

    Si el funcionario estima que la solicitud ha
    sido debidamente llenada o que los documentos anexos
    cumplen con lo detallado en las hojas de requisitos,
    numerará, pondrá fecha ingreso y
    aceptará la solicitud y los documentos
    anexos.

    La aceptación de la solicitud y los
    documentos anexos no significarán, en
    ningún caso, la aprobación de la visa, sino
    solamente la aceptación de estos para su evaluación y
    verificación.

  2. La recepción.-
  3. El principio o ley de
    Residencia.-

Este es un principio elemental. Sólo
será posible verificar aquellos hechos y documentos que
son emitidos por las autoridades del país sede de la
oficina o sección consular, especialmente si se trata
los interesados son ciudadanos de los países que
requieren una autorización previa de la DIGEMIN
(Irán, Irak,
Cuba, Sri
Lanka, Nepal, Paquistán y China).

Esta sana costumbre, sin embargo, no es practicada por
todos las oficinas y secciones consulares peruanas en el
exterior y se han dado casos en los cuales éstas han
tramitado ante la DIGEMIN las solicitudes de visa de, por
ejemplo, ciudadanos que residen en países que se
encuentran localizados en el otro lado del mundo.

Esta debería ser una norma obligatoria.
Evitaría muchos problemas.

    1. El pasaporte.-
  1. ETAPA DE VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Y
    DE LOS HECHOS QUE ESTOS ACREDITAN O
    CONTIENEN.-

En primer lugar, el funcionario consular debe conocer
con precisión cuáles son las técnicas
relativas a los materiales y
elementos de seguridad
del pasaporte: el papel utilizado, la técnica de
impresión de seguridad, la técnica de
protección contra el copiado y la técnica de
expedición.

En tal sentido, el funcionario consular deberá
verificar:

  1. Que sus páginas se encuentren
    correlativamente numeradas, que no hayan sido alteradas, que
    la costura de estas se encuentre en buen estado y
    no haya sido alterada;
  2. Que la fotografía y los datos del titular
    del pasaporte no hayan sido alterados;
  3. Que los elementos y características normales
    y verificables a simple vista del pasaporte no hayan sido
    alterados; y
  4. Que los elementos y características de
    seguridad del pasaporte se encuentren presentes y no hayan
    sido alterados, para lo cual utilizará es muy
    útil una lupa y una linterna de luz
    ultravioleta:
  1. Verificar la autenticidad de las visas
    previamente otorgadas por los consulados de otros
    países. Es decir, que los elementos y
    características normales y de seguridad de dichas
    visas no hayan sido alterados, para lo cual se
    utilizará una lupa y la luz
    ultravioleta.

    En caso sea necesario, consultar por vía
    telefónica y correo electrónico a los
    consulados que hayan emitido dichas visas.

  2. Las visas previamente existentes en el
    pasaporte.-

    Son los documentos otorgados por
    compañías y entidades privadas y
    públicas como las cartas
    o certificados que certifican la membresía de
    una
    empresa o institución en determinado Registro
    Público, consejo de promoción de exportaciones, Ministerios, Organismos Públicos,
    cámaras de comercio e industria regional o asociaciones de
    éstas (CII, FICCI, ASSOCAM, FEIO, PHD)

    La situación jurídica es el hecho
    del registro y la membresía. La
    carta o certificado da cuenta de ello a quien
    corresponda pero no puede crear una stuación
    jurídica. Esta antecede a aquellos.

    Sin embargo, se dan casos en los cuales las
    compañías india han obtenido una firma y
    sello de alguna cámara de comercio sin estar
    registradas ni ser miembras de ella, razón por la
    cual siempre es necesario confirmar por vía
    telefónica, epistolar, facsimilar o correo
    electrónico, la autenticidad de la carta
    o certificado.

    La existencia de las compañías y
    entidades privadas y públicas puede también
    ser verificada utilizando las herramientas de la red
    Internet,
    particularmente, a través de la guía
    telefónica, y los Sitios en la Red (Web
    Sites) de los consejos de promoción de
    exportaciones, Ministerios, Organismos Públicos,
    cámaras de comercio e industria regional o
    asociaciones de éstas (CII, FICCI, ASSOCAM, FEIO,
    PHD).

  3. Los documentos que informan situaciones
    jurídicas pre-existentes.-

    Los Affidavits o Declaraciones Juradas,
    documentos de práctica cotidiana y
    aceptación general en el sistema jurídico de los
    países de Asia
    del Sur, requieren una explicación
    especial.

    En principio, un Affidávit, al igual que
    los documentos a que se refiere el punto anterior,
    sólo debe ser válido para dar cuenta de una
    situación juridica realmente preexistente, hacer
    una promesa legal o formalizar un consentimiento
    contractual, práctica que, en una sociedad con un alto nivel de seguridad
    jurídica en donde la palabra vale tanto como un
    papel, es saludable y claramente evita trámites
    burocráticos innecesarios.

    Sin embargo, en esta región del mundo, un
    Affidavit tiene aplicaciones mucho más amplias y
    ambiciosas: es útil para dar cuenta de una
    situación juridica realmente preexistente, hacer
    una promesa legal, para formalizar un consentimiento
    contractual e, inclusive, para obtener documentos de
    identidad y hasta para acreditar que se es propietario de
    algún bien inmueble. Se hace ante un Notario y,
    por ser una declaración jurada, no hace falta
    documento alguno que sustente el dicho. El uso del
    Affidávit, pues, en sociedades de tradición oral,
    enorme informalidad y alta inseguridad jurídica como la de los
    países de Asia del Sur, es una práctica muy
    peligrosa.

    Un Affidávit, al igual que los documentos
    mencionados en el punto anterior, no puede servir para
    crear una situación jurídica que realmente
    no existe. Será útil para, por ejemplo,
    hacer inventario de bienes
    pero no para acreditar la propiedad de tales bienes, o para hacer
    una promesa legal o para formalizar un compromiso o la
    voluntad de contraer un compromiso contractual pero de
    ninguna manera para acreditar que una relación
    contractual existe.

    Por ello, en Asia del Sur, la etapa de
    verificación puede ser muy difícil y
    frustrante, más aún cuando se trabaja en
    una cuyo presupuesto es deficitario. El Jefe de
    Misión debe dotar a la sección consular de
    las herramientas informáticas necesarias y
    facilitar los recursos necesarios para el desarrollo y mantenimiento de contactos y labor de
    campo. Esta labor no se puede hacer sólo
    detrás de un escritorio.

    En conclusión, se recomienda no aceptar
    de modo alguno Affidavits que contegan declaraciones que
    pretedan acreditar situaciones jurídicas que no se
    hallen sustentadas en documentos emitidos por autoridades
    públicas competentes.

  4. Los Affidavits (declaraciones
    juradas).-
  5. Verificación de la existencia de
    la
    empresa o persona
    natural que invita o garantiza al
    interesado.-

Si el garante es persona jurídica, se debe
solicitar:

  • Copia de la Libreta Electoral o Carné de
    Extranjería del representante de la Empresa
    legalizada notarialmente;
  • Copia legalizada notarialmente del pago efectuado
    a la SUNAT por el último trimestre del IGV y del
    pago del FONAVI;
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por
    el fedatario de la DIGEMIN de la Licencia de apertura de
    funcionamiento de su Empresa o Negocio;
  • Registro Único de Contribuyente (RUC) o
    Registro Único Simplificado (RUS) y Registro
    Unificado, según sea el caso.

Si el garante es persona natural, se debe
solicitar:

  • Copia de la Libreta Electoral o Carné de
    Extranjería legalizada notarialmente o autenticada
    por el fedatario de la DIGEMIN;
  • Que acredite solvencia económica
    equivalente a ocho (8) unidades impositivas tributarias de
    renta neta, a través de sus estados de cuentas
    bancarias, declaraciones juradas de pago de impuestos,
    títulos de propiedad, etc.
  1. La Sección Consular cuenta con una Lista
    Negra de agencias de viaje, instituciones de diversa índole y
    personas de varias nacionalidades que han estado alguna
    vez involucradas en el tráfico de visas y personas
    y falsificación de visas y documentos o son
    sospechosas de haberlo estado.

    Dicha lista incluye los nombres de los
    representantes, direcciones domiciliarias y de correo
    electrónico y números de teléfono y de
    facsímil.

    También se cuenta con una carpeta que
    reúne todos los casos de tentativa de
    tráfico de visas y personas y falsificación
    de visas y documentos que desde 1997 fueron descubiertos
    por la Sección Consular.

    El funcionario debe consultar obligatoriamente
    dichas lista y carpeta y mantenerlas
    actualizadas.

  2. Verificación de la reputación de
    las compañías y agencias de viaje
    locales.-
  3. Mecanismo de coordinación entre los
    Cónsules y Jefes de Secciones Consulares de las
    diferentes misiones acreditadas en Nueva Delhi.

El cumplimiento de esta labor de evaluación y
verificación requiere que el funcionario se encuentre
bien informado y ello se hace no sólo a través de
los medios de
comunicación de toda índole sino
también a través de una participación
activa en las reuniones mensuales de los Cónsules y
Jefes de Secciones Consulares de las diferentes misiones
acreditadas en Nueva Delhi.

En tales reuniones se intercambia experiencias, se
toma conocimiento
de nombres de personas naturales y compañías
fraudulentas y se obtiene documentación, contactos e información para la verificación
de visas, especialmente de los consulados de países
desarrollados que cuentan con servicios de
inteligencia
indiscutibles con quienes se ha establecido mecanismos de
cooperación y coordinación y, algo muy
importante, se accede a las personas que proveerán la
información acerca las técnicas relativas a los
materiales y elementos de seguridad de los pasaportes expedidos
por sus respectivos países.

En otras palabras, se transciende las pautas de
actuación protocolares que son esencialmente lentas y
poco eficaces para estos fines, se participa activamente y se
cimientan relaciones
interpersonales entre los cónsules y jefes de
secciones consulares y se dan, por ende, valiosos y continuos
intercambios de opinión.

    1. La identificación y la
      identidad.-
  1. ETAPA DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN
    DE LA IDENTIDAD E IDONEIDAD DEL INTERESADO (LA
    ENTREVISTA PERSONAL).-

No hay que confundir identificación con
identidad. El solicitante se identifica con su carnet de
identidad, ,licencia de conducir o pasaporte, pero ello no
acredita necesariamente que esa sea su identidad y
ésta, en algunos casos, requiere ser
verificada.

Tampoco hay que confundir identificación con
verificación de la identidad. La identificación
es el acto mediante el cual el solicitante, de manera
personal y mediante la presentación de parte de los
documentos de identidad pertinentes, sostiene ser quien es.
Él aporta el dicho y pretende probar el hecho. La
verificación de la identidad, no siempre necesaria, es
el acto (o actos) que se ejecuta cuando es necesario conocer
quien es realmente el solicitante, tiene dudas acerca de los
documentos presentados y conviene determinar a autenticidad y
legitimidad de éstos y su contenido.

En Asia del Sur, dado el alto nivel de informalidad
e inseguridad jurídica y documental, la
verificación de la identidad es parte crucial del
proceso de
evaluación de la idoneidad del interesado.

Pero, ¿cómo se hace verifica una
identidad?

En primer lugar, el funcionario debe ocuparse de
tomar nota y conocer:

  • La estructura, registros y
    facultades de los gobiernos de administración local o regional que,
    en el caso de la India, son las Corporaciones Municipales
    en las ciudades y los Panchayats en las áreas
    rurales.
  • Los criterios de ubicación
    geográfica y de funcionamiento de los Registros de
    Estado Civil y los Registros Públicos nacionales,
    regionales y locales, según el caso.
  • El sistema de identificación local, su
    estructura funcional, sus procedimientos, metodologías y
    técnicas de comprobación así como las
    autoridades que en ello participan.
  • Los sistemas
    de verificación de identidad y de
    comprobación de existencia de bienes ofrecidos en
    garantía que utilizan los bancos e
    instituciones financieras urbanas y rurales en el
    trámite de solicitudes de
    préstamo.
  • Los niveles de informalidad
    empresarial.

Sobre esa base y según las
características de cada país, se debe
determinar una cadena de identidad que tiene como fundamento
el hecho de que todo documento de identidad (carné,
licencia de conducir o pasaporte), hacia atrás, ha
sido hecha sobre la base de un documento fuente y, hacia
delante, puede servir para legitimar una prueba falsa de
identidad como, por ejemplo, un pasaporte, una licencia de
conducir, un carnet de extranjería o de
mebrecía, una libreta de ahorros o una tarjeta de
crédito que, a su vez, puede ser
utilizada para alguna transacción
contractual.

Jan Grijpink, en su artículo el estudio
"Identity fraud in an information society: The case for a
chain approach" publicado en la página en la red de la
INTERPOL, proporciona una guía importante para
determinación de una cadena de identidad:

Eslabones de la cadena de
identidad

Documento fuente

Documento legal u oficial de identidad para
uso general

Documento contractual de identidad o
número de identidad personal
(PIN)

Transacción

Ejemplos

Partida o certificado de nacimiento

Pasaporte, licencia de conducir, carné
de extranjería

Tarjetas o carnes de pago o de
membresía, PIN, etc.

Autorizaciones, accesos, etc.

  1. La entrevista personal.-

La entrevista, en tanto es uno de los métodos
más importantes de evaluación del comportamiento
humano, es un instrumento muy eficaz de selección. Se caracteriza por ser
fundamentalmente una comunicación oral entre dos o más
personas donde existen dos roles definidos, entrevistador y
entrevistado, unos objetivos
conocidos y en el contexto de una relación no
simétrica cuyo control
está a cargo del entrevistador.

Es obligatoria en principio y se efectúa a fin
de comprobar:

  • La identidad del solicitante.
  • La validez de la documentación personal o
    de la documentación aportada.
  • La regularidad de la residencia en el país
    de la solicitud.
  • Las condiciones económicas,
    académicas o profesionales del
    solicitante.
  • La regularidad de la estancia o residencia en el
    país de solicitud, el motivo, itinerario,
    duración del viaje y las garantías de retorno
    al país de residencia.

Es recomendable que la entrevista personal se lleve a
cabo en los siguientes casos:

  • Cuando el interesado no tiene un historial de
    visas.
  • Cuando el historial de visas no es convincente o
    han sido otorgadas por países "fáciles" o no
    pueden ser fácilmente verificadas por no haber sido
    otorgadas en Delhi sino en otras ciudades.
  • Cuando los documentos anexos a la solicitud
    presentan contradicciones entre sí, con la realidad
    de los hechos o con los hechos comprobados en el proceso de
    verificación.
  • Cuando se trate de artistas o grupos
    artísticos o de cadenas de producción de películas,
    documentales y videos.
  • Cuando la visa ha sido autorizada por la
    Dirección General de Migraciones (DIGEMIN) sin que
    dicha autorización haya sido solicitada por la
    Misión, no se haya solicitado previamente
    verificación alguna y no existan antecedentes
    favorables sobre el beneficiario en los archivos de
    la Misión. Lamentablemente, se han dado muchos casos
    en los cuales DIGEMIN ha autorizado el otorgamiento de
    visas temporales de turismo y
    negocios
    sin haber tenido la posibilidad física de entrevistar personalmente
    al interesado, ni verificar la autenticidad de los
    documentos supuestamente emanados de entidades
    públicas o privadas locales (no peruanas), ni mucho
    menos verificar los hechos que tales documentos pretenden
    acreditar.

Sin embargo, la entrevista no se justifica cuando la
solicitud del interesado ha pasado satisfactoriamente el
proceso de verificación de documentos o cuando tiene
un historial de visas otorgadas por la misma u otras oficinas
o secciones consulares peruanas y, en general, la solvencia
económica, social y moral ha
quedado demostrada.

  1. ¿Qué se debe tener en cuenta en
    una entrevista?

En principio, la entrevista debe hallarse
semi-estructurada. Es decir que debe existir un texto o
secuencia prefijada pero no excluyente de preguntas, abiertas
o cerradas, obtenidas de un estudio minucioso del expediente.
Dicha estructura, sin embargo, no debe ser rígida sino
que debe tener la flexibilidad necesaria para que el
funcionario consular haga otras preguntas sobre la base del
esquema o plan previo o
fuera de él.

Se debe apreciar positivamente en el
entrevistado:

  • La actitud
    activa y comunicativa.
  • El conocimiento del objeto de su viaje y del
    lugar a donde va.
  • El conocimiento del idioma castellano o del inglés. De no entender el castellano,
    deberá explicar la forma como se desenvolverá
    idiomáticamente en el Perú.
  • Las respuestas precisas a preguntas
    precisas.
  • Las Ideas claras.
  • La disposición a colaborar en la
    verificación de cualquier información o
    documento

Por el contrario, será negativo:

  • La apatía o indiferencia o, por el
    contrario, el nerviosismo.
  • Las respuestas evasivas o parciales, es decir,
    ignorar o pretender no haber entendido las preguntas o
    pedidos específicos del funcionario
    consular.
  • El ánimo impositivo para
    convencer.
  • La premura y excesiva urgencia del
    viaje
  • El uso injustificado de
    representantes.
  • La imposibilidad o dificultad en conseguir que
    los representantes hagan que los interesados acudan a una
    entrevista personal, generalmente bajo pretextos como "es
    muy difícil", "vive muy lejos", "es muy caro",
    "vendrá sólo si usted me dice que le
    dará la visa" o cualquier otro por el
    estilo. 
  1. La diversidad y los
    valores sociales, políticos, morales y
    estéticos.-

La diversidad.-

En la India se hablan más de 1,600 dialectos,
comprendidos en 14 grandes grupos. La Constitución estipula que el hindi
(hablado por el 30% de la población) es el idioma oficial del
país, mientras el inglés es un idioma asociado a
los asuntos administrativos. No obstante, el dominio oficial
del hindi es inaceptable para estados como Tamil Nadu en el sur
de la India. La Constitución también reconoce 17
idiomas regionales oficiales, de los cuales los más
extendidos son telugu, bengalí, marathi, tamil, urdu y
gujerati.

La mayoría de los pueblos orientales y
septentrionales hablan idiomas indoarios como assamés,
punjabí, urdu, hindi y bengalí. La influencia de
contactos con Persia y el periodo mogol se pueden apreciar en
el idioma al igual que en la arquitectura,
indumentaria y otros aspectos de la vida en el norte del
país. Estos idiomas derivan del sánscrito, ahora
una lengua casi
muerta, pero que todavía se utiliza en la lectura
de textos sagrados y otras ceremonias religiosas.

Como contraste, los idiomas drávidas del sur,
como el kannada, el telugu y el malayalam, derivan ante todo
del tamil, aunque el malayalam contiene un número
considerable de palabras sánscritas. Todos estos idiomas
han dado lugar a una rica y abundante literatura. De
los 17 idiomas reconocidos en la constitución, el
manipuri, el idioma del Estado norteño más lejano
de Manipur, tiene origen chino-tibetano.

La cosmovisión predominante.-

Según la cosmovisión predominante (la
hinduista), la vida, el universo y
todo lo que hay en él tienen una trayectoria de vida
cíclica que va de la creación perfecta, un
proceso inevitable de degeneración y llega siempre a la
destrucción y luego a una nueva creación,
degeneración, destrucción y así
sucesivamente.

Por razones de índole filosófica se
acepta que la vida es llevadera tal como está dada, con
todas sus limitaciones y, por ello, la actitud hacia el
disfrute y el espíritu emprendedor y aventurero es algo
sin sentido.

Los valores
sociales.-

La organización social india se basa en la
idea de jerarquía, no en la de igualdad. La
ideología de las castas estratifica la
sociedad humana en diferentes tipos de funciones
(espiritual, militar, política y
administrativa, productiva y servil) y éstas responden a
un sistema de valores en el que se gradúan según
su importancia para el funcionamiento y salud de la sociedad y
según un sistema de recompensas y privilegios que tienen
relación directa con las funciones.

Al no creer que todos los seres humanos son iguales
sino sólo "igualmente humanos", no se cree que todos
deban tener las mismas oportunidades o un nivel de vida
uniforme, concepto que
muy ligado a las ideas de la trascendencia de la individualidad
como el valor
más elevado y en donde los conceptos de la vida como
algo lineal con un principio y un fin, la evolución y el progreso no
existen.

El objetivo
principal de cada individuo es
siempre la perpetuación del estatus en la sociedad.
Aunque, la valoración del hombre se
basa en la pertenencia de éste a un grupo y no
como individuo en sí.

Los indios tienen un concepto bastante fuerte sobre la
hospitalidad y la amistad. Los
huéspedes e invitados son tratados
siempre como personas honorables e importantes.

En India, estar solo es estar solitario y el concepto
de privacidad y espacio mínimo es casi inexistente. De
hecho, en hindi, todas las palabras relacionadas con privacidad
y soledad tienen connotaciones negativas de pérdida o de
rechazo. Cuando un indio siente que existe una amistad, se
sienten de inmediato con el derecho de disfrutar de los
privilegios de los amigos como efectuar y recibir visitas a
cualquier hora del día y sin previo aviso y permanecer
en casa para cenar o simplemente pasar un rato de ocio o leer
libros,
pedir favores y consejo sobre como lograr una visa y un viaje
de turismo, estudios o trabajo a
algún país de Europa,
Norteamérica o Sudamérica, ofrecer y esperar
ayuda.

Dicha conducta,
que suele ser experimentada como una imposición, puede
llevar a grandes malentendidos y su manejo requiere de mucho
tacto. Los indios suelen sentir que los extranjeros no son
sinceros en sus afectos iniciales y los extranjeros que
éstos sólo están interesados en su amistad
por lo que pueden obtener de ellos.

Los valores
morales.-

Los valores morales, por su parte, se rigen por la
política de "vive y deja vivir", la actitud es
tímida y poco agresiva, carece de severidad y de
convicción respecto a las cuestiones de "lo correcto y
lo incorrecto", "lo verdadero y lo falso" y "el bien y el mal"
y por la ausencia de un propósito de búsqueda de
la perfección.

La trascendencia de la individualidad y la
perpetuación del estatus en la sociedad como valor y
objetivo principales, el Karma (el destino preestablecido) y el
Dharma (el deber asociado a lo que se espera de un individuo
por pertenecer a una casta, como acción e independientemente de su
resultado) hacen que los conceptos en sentido estricto de
verdad, pecado, compasión y remordimiento
prácticamente no existan.

La India tiene fundamentalmente una cultura de
tradición oral, la sociedad india es bastante relajada,
informal y amante de las murmuraciones y el "chismorreo" sin
finalidad alguna y por el puro placer que ello y las relaciones
humanas significan. La gente no suele inclinarse a actuar a
favor de quienes no conocen personalmente, pero son capaces de
hacer ciertos sacrificios por aquellos que conocen. Les cuesta
mucho relacionarse con una persona si lo único que
conocen de ella es una firma y un nombre en un papel. Necesitan
el contacto personal.

Los valores estéticos.-

Las creaciones tienen casi siempre un valor meramente
estético y no utilitario, tal como si ocurre en
occidente, razón por la cual, las expresiones
artísticas indias son muy espontáneas y casi
nunca siguen un patrón voluntariamente pre-establecido
sino aquello que "está dado" en la naturaleza
de cada obra.

La percepción del tiempo.-

El concepto del tiempo, por su parte, incluso en las
ciudades, es más el de una sociedad agrícola que
industrial y se puede incluso decir que no existe. De hecho, en
hindi, los conceptos "ayer" y "mañana" son definidos con
la misma palabra, con lo cual ésta quiere decir algo
así como "no hoy" y que toma sentido dentro del contexto
de una conversación. La puntualidad –producto de
la sociedad industrial- no es una virtud en este país en
donde la hora convenida es siempre "muy temprano" y el lema es
"no haga hoy lo que puedes hacer después".

La entrevista personal es, por ello y en muchos
casos, una sesión de interrogación y
confrontación de hechos, versiones y comprobaciones para
lo cual se requiere haber estudiado minuciosamente cada caso y
ser capaz de utilizar instrumentos psicológicos verbales
y conductuales. Así, por ejemplo, cuando se trate de
grupos artísticos o de cadenas de producción de
películas, documentales y videos, es conveniente incluso
solicitar la representación de un fragmento del drama o
de la danza, la
ejecución de los instrumentos, el manejo de los equipos
en la embajada para averiguar si artistas o delegados son
genuinos o no.

En algunos casos, se deberá ser cortés
pero riguroso y en otros muy amigable, dependiendo ello de
la
personalidad del interesado.

En el caso de los ciudadanos de los países de
Asia del Sur, se requiere de hecho mucha paciencia y tener
claro que para la mayoría de ellos todo, absolutamente
todo, es susceptible de ser negociado, regateado y sobornado,
aún en el caso de los migrantes legales quienes
estarán dispuestos a negociar, regatear y sobornar si
con ello se obtiene un atajo en el trámite. Por ello,
las indicaciones deben ser extremadamente claras y, de
preferencia, ser por escrito pues el interesado, aún los
migrantes legales, negará sin rubores cualquier cosa que
hayan dicho o hecho y que no les favorezca.

  1. Es indispensable el uso de la tecnología informática, tanto de los medios
    físicos como de los medios lógicos
    (aplicaciones) de tratamiento electrónico de la
    información y de la tecnología de
    telecomunicación de datos.

    Los instrumentos informáticos con los debe
    necesariamente contar la oficina o sección consular
    son tanto las herramientas de productividad administrativa que dan apoyo
    al trabajo administrativo que suponen la automatización parcial del trabajo
    del personal administrativo, como las bases de
    datos accesibles a distancia y las redes de
    comunicaciones digitales en sí,
    fundamentalmente las redes de transmisión de
    información a escala
    global y el mecanismo tecnológico global de
    articulación y soporte de flujos de
    información a escala planetaria
    (INTERNET).

    En "La diplomacia en un mundo globalizado" escrito
    por Oscar Hernández se resume claramente este
    aspecto:

    "La tradicional manera de hacer Diplomacia y
    representar los intereses de los Estados, pareciera quedar
    fuera de contexto, si no se complementa con modernos
    estilos gerenciales y una nueva actitud ante la oportunidad
    de aprovechar racionalmente los recursos
    humanos disponibles y el acceso a los instrumentos
    logísticos que tenemos hoy en nuestras manos, tales
    como los de la
    comunicación. Por ejemplo, con la apertura de la
    Internet comercial, miles de empresas
    aparecen en las páginas del llamado World Wide
    Web (WWW), la sección de multimedia que intercomunica cerca de 80
    millones de usuarios de computadoras"

    "El acceso a la información mas que en
    ninguna época esta a la vuelta de la esquina. En
    nuestras casas están las más sofisticadas
    bases de datos, las noticias
    de todos los medios del mundo, las bibliotecas a nuestro alcance, estadísticas, análisis y pare usted de contar
    porque hasta las reservaciones de viaje las podemos hoy
    hacer cómodamente desde nuestros hogares. Un miembro
    de la comunidad
    internacional sin aprovechar estas herramientas pierde gran
    parte de su efectividad"

    "La información es hoy más
    atractiva, abre nuevos caminos, sugiere alternativas y si
    estamos ante una era de diplomacia creativa, ello es
    fundamental."

    "A través de la informática podemos
    hoy saber efectivamente dónde se encuentran las
    oportunidades de negocios para el
    Estado y para nuestros empresarios, nos adelantamos a
    prevenir acontecimientos, nos enteramos sobre nuevas
    tecnologías en todos los campos y podemos hasta
    evitar conflictos. Vivimos definitivamente en un
    mundo en donde manejar los de la tecnología de la información
    es vital."

    De mucha utilidad
    son las páginas en la Red de los ministerios e
    instituciones públicas, de las
    compañías telefónicas, de las
    cámaras de comercio e industria y asociaciones de
    éstas, de los diarios y revistas, de las
    instituciones privadas y públicas y los miles
    publicadas por entidades comerciales o de apoyo al
    comercio.

    Las oficinas y secciones consulares cuentan con
    acceso al servicio
    de las consultas en línea que brindan la
    Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) y
    del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC),
    las que son muchísima utilidad, pero no cuenta con
    acceso al de la Oficina de los Registros Públicos de
    Lima y Callao y de otras ciudades en el Perú. Este
    servicio permitiría ver las fichas y
    partidas electrónicas de las Oficinas Registrales de
    Lima, Callao, Cañete, Barranca, Huacho y Huaral,
    particularmente, los Registros de la Propiedad Inmueble, de
    Personas Jurídicas, de Personas Naturales y
    Vehicular y llevar a cabo con rapidez los procesos
    de verificación y decisión no solamente en lo
    que a visas se refiere sino también en lo
    concerniente a la función notarial de toda oficina y
    sección consular.

  2. LA TECNOLOGÍA
    INFORMÁTICA.-
  3. ETAPA FINAL: APROBACIÓN O
    DENEGACIÓN DE LA SOLICITUD DE VISA.-

Al final de este proceso, la solicitud de visa es
aprobada o denegada. En ambos casos, se mantiene la
numeración, se resume los resultados en la hoja de
información, verificación y opinión
adjunta al formulario de solicitud de visa y se archiva junto
con las demás solicitudes. Si la solicitud es denegada,
se hará una copia adicional para la carpeta de Casos de
Tráfico, Defraudación y Falsificación
detectados por la Embajada del Perú y, de ameritarlo, se
informará a la Dirección General de Asuntos
Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima y se
compartirá la información con los colegas de las
embajadas latinoamericanas y de las embajadas que participan en
el mecanismo de coordinación entre los Cónsules y
Jefes de Secciones Consulares de las diferentes misiones
acreditadas en Nueva Delhi.

BASE LEGAL DE LA
ESTRATEGIA
Y LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE LOS DELITOS
CONTRA EL ORDEN MIGRATORIO EN AGRAVIO DEL ESTADO
PERUANO.-

  • Artículo 12 de la Ley de
    Extranjería (D. Leg. 703): "Para los efectos de la
    presente Ley, se entenderá por Visa, la
    autorización de la calidad
    migratoria que otorga la Dirección de Migraciones y
    Naturalización de la Dirección de Gobierno
    Interno a un extranjero para su admisión,
    permanencia o residencia en el territorio
    nacional".
  • Artículo 16 de la Ley de
    Extranjería: "Las Visas se otorgarán en las
    oficinas y secciones consulares peruanas, en los lugares de
    control migratorio que establece el artículo 21 de
    la presente Ley, así como en las dependencias de la
    Dirección de Migraciones, de conformidad con las
    normas
    del Reglamento de Extranjería".
  • Artículo 21 de la Ley de
    Extranjería: "Las Oficinas consulares y Secciones
    Consulares podrán extender a los extranjeros
    salvoconductos consulares validos para ingresar al
    territorio nacional en las circunstancias que establece el
    Reglamento Consular del Perú".
  • Artículo 16, segundo párrafo, de la Ley de
    Extranjería: "Las autoridades de control migratorio
    podrán modificar o anular las visas otorgadas en
    pasaportes comunes que no se ajusten a las normas
    establecidas en la presente Ley y su reglamento o por
    razones de seguridad nacional"
  • Artículo 303 – A, del Código Penal vigente (modificado por
    Ley No. 27202): Delitos contra el Orden Migratorio –
    Tráfico Ilícito de Personas:
    Agradeceré ver Anexo 1, Folio No. 39.
  • Artículo 67 del Reglamento Consular
    vigente: "Para otorgar visación consular a
    extranjeros, el funcionario deberá ceñirse a
    lo dispuesto en (…) la Ley de Extranjería y en el
    Reglamento Consular.
  • Art. 129º del D.S. 005-90-PCM, Reglamento
    del D.LEG. 276 dice "los funcionarios y servidores
    deberán actuar con corrección y justeza al
    realizar los actos administrativos que les corresponda,
    cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo
    su directa responsabilidad."
  • Circular MC-32, puntos tercero y cuarto, de
    nuestra Cancillería del 30 de enero de 1996 sobre
    "Ingreso de extranjeros al Perú y expedición
    de visas". Entre otros tópicos, con esta circular se
    alerta sobre la existencia de mafias que se dedican al
    tráfico de personas, armas,
    drogas y
    falsificación de documentos y se instruye a las
    oficinas y secciones consulares al estricto cumplimiento de
    las instrucciones que se les imparte. También se
    recuerda y enfatiza el hecho de que al Perú no le
    interesa propiciar el falso turismo y, expresamente, se
    autoriza a los cónsules a "… exigir otros
    requisitos que avalen la idoneidad, trabajo o
    profesión, bolsa de viaje, reservaciones de hoteles, lugares a visitar,
    etc. del interesado (…) si a su criterio el interesado
    fuere un falso turista…".
  • Circular MC-243 de nuestra Cancillería del
    6 de setiembre de 1996 sobre "Visas NIT a ciudadanos
    hindúes". En este cable se informa sobre el ingreso
    al Perú de cuarenta y tres (43) falsos turistas de
    nacionalidad india y quienes contaban con
    visas NIT Turista otorgadas por nuestras oficinas
    consulares. En vista de ello, se instruye, expresamente, a
    las oficinas consulares que, al momento de otorgar visas
    NIT Turista a ciudadanos indios, se les exija todos los
    requisitos mencionados en el acápite B) 7.2.2. del
    MC-2 y se tenga presente los puntos segundo y tercero de
    dicho MC-32 en el sentido de desalentar el ingreso a
    nuestro país del falso turista.
  • Directiva sobre "Visas y autorizaciones de
    entrada" publicada en la página oficial WEB del
    Ministerio de Relaciones Exteriores del
    Perú.
  • Circular MC-264 de nuestra Cancillería del
    13 de julio de 2000 sobre "Tráfico de personas."

LEYES PERUANAS
SOBRE LAS MIGRACIONES.-

  1. Leyes.-
  • Ley 26.174 Regula la Aplicación del
    Programa
    MigraciónInversión Destinado a Facilitar la
    Nacionalización de Ciudadanos Extranjeros que Desean
    Aportar Capital
    e Invertir en el Perú (22 de marzo de
    1993).
  • Ley N° 4145 Exclusión y
    Expulsión (22 de septiembre de 1920)
  • Decreto Legislativo N° 703 Promulgan la Ley
    de Extranjería (5 de noviembre de 1991)
  • Decreto Legislativo N° 689 Dictan la Ley para
    la Contratación de Trabajadores Extranjeros (4 de
    noviembre de 1991)
  • Decreto Legislativo N° 662 Programa
    Migración Inversión (29 de agosto de
    1991)
  • Decreto Legislativo N° 663 Ley de
    Promoción de la Migración con Inversión Extranjera (29 de agosto de
    1991) (Derogado por la Ley 26.174 del 22 de marzo de
    1993).
  • Decreto Legislativo N° 370 Ley
    Orgánica del Ministerio del Interior (4 de febrero
    de 1986)
  • Decreto Ley N° 22534 Apruébase la
    Decisión N° 116: "Instrumento Andino de
    Migración Laboral"
    de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (15 de mayo
    de 1979)
  • Decreto Ley N° 21702 Incorporan al Ministerio
    del Interior Dirección de Migraciones (23 de
    noviembre de 1976)
  1. Decretos.-
  • Decreto Supremo N° 23-95-RE Establece un
    Régimen Parcial de Exención de Visas para el
    Ingreso al Territorio Nacional de Turistas Extranjeros (18
    de octubre de 1995)
  • Decreto Supremo 3-95-IN Modifica el Texto Unico
    de Procedimientos Administrativos del
    Ministerio del Interior en la Parte Relativa a la
    Dirección General de Migraciones y
    Naturalización (25 de agosto de 1995)
  • Decreto Supremo 04-IN-94 Modifica el Texto Unico
    de Procedimientos Administrativos del Ministerio del
    Interior (29 de abril de 1994)
  • Decreto Supremo 014-92-TR Reglamento de la Ley
    para la Contratación de Trabajadores Extranjeros:
    Reglamento del Decreto Legislativo N° 689 (21 de
    diciembre de 1992)
  • Decreto Supremo N° 0014-92-RE Aprueba el
    Reglamento del Programa de Migración
    Inversión, Establecido por el Decreto Legislativo
    N° 663 (22 de mayo de 1992)
  • Decreto Supremo 003-90-IN Dispone que los
    Extranjeros Inmigrantes y No Inmigrantes Residentes que
    Salgan o Reingresen al País están Exonerados
    de Presentar Varios Documentos (Ficha de Salida y Reingreso
    y Permiso Especial de Salida) (5 de marzo de
    1990)
  • Decreto Supremo 002-90-IN Adecuan Procedimientos
    Seguidos para Obtención de Títulos de
    Nacionalización Adecuándolos a Exigencias de
    la Ley de Simplificación Administrativa (1 de marzo
    de 1990)
  • Decreto Supremo N° 12-80-TR
    Contratación de Técnicos Extranjeros
    Altamente Calificados (17 de julio de 1980)
  • Decreto Supremo N° 296-68-HC de los Cambios
    de Calidad Migratoria con Excepción de los Artistas
    o No Inmigrantes Residentes en la República (14 de
    agosto de 1968)
  • Decreto Supremo N° 5-RE Control Tributario de
    las Personas que se Ausenten del País (2 de febrero
    de 1957)
  • Decreto Supremo N° 568-RE Procedimiento para Modificar la Calidad
    Migratoria (11 de octubre de 1956)
  • Decreto Supremo N° 118-RE No Inmigrante
    Temporal-Artista (11 de marzo de 1953)
  • Decreto Supremo N° 417-RE y Modificaciones –
    hasta 1987 – al Reglamento de Inmigración del 15 de mayo de
    1937
  • Decreto Supremo Relativo a Limitaciones a la
    Inmigración y a las Actividades de los Extranjeros
    en el Perú (26 de junio de 1936)
  1. Resoluciones.-
  • Resolución Ministerial N° 989-95-IN
    Autoriza a la Dirección General de Migraciones y
    Naturalización, la Emisión y Distribución de la Tarjeta Andina de
    Migración de Acuerdo al Diseño y Contenido del Formato
    Aprobado por el Comité Andino de Autoridades de
    Migración (CAAM) (9 de agosto de 1995)
  • Resolución Ministerial 829-95-IN Modifica
    la
    Organización Interna del Ministerio del Interior
    para Cumplir la Ley 26.473 Que Dispuso la
    Reestructuración de la Dirección de
    Migraciones y Naturalización (4 de julio de
    1995)
  • Resolución Ministerial N°
    548-95-in-030100000000 Normas y Procedimientos para la
    Aplicación de Sanciones a Extranjeros que Infrinjan
    la Ley de Extranjería (9 de mayo de
    1995)
  • Resolución Ministerial 350-95-IN-03010
    Aprueban Directiva sobre Normas y Procedimientos para
    Adquirir la Nacionalidad Peruana y el Título de
    Naturalización (30 de marzo de 1995)
  • Resolución Ministerial N° 021-93-TR
    Aprueban Formularios para la Adecuada
    Aplicación de la Ley de Contratación de
    Trabajadores Extranjeros (3 de febrero de 1993)
  • Resolución Ministerial N°
    0059-92-IN/DGGI Establecen Responsabilidades y Funciones de
    los Organos Competentes en los Puntos de Cruce Autorizados
    para el Tránsito Internacional (23 de enero de
    1992)
  • Resolución Ministerial N°
    08733-91-IN/GI Aprueba la Directiva N° 001-91-IN/DGGI
    que Norma los Procedimientos para la Obtención de la
    Nacionalidad Peruana (3 de octubre de 1991)
  • Resolución Suprema N° 019-90-ICTI/TUR
    Reglamento de Régimen de Exención de Visas y
    Pasaportes (12 de junio de 1990)
  1. Reglamentos.-
  • Reglamento de Organización y Funciones del
    Ministerio del Interior (julio de 1995) .

BIBLIOGRAFÍA.-

Breve  Historia  de  las  Migraciones.
Luis Sanguinet Cabral. Documento redactado por el autor con
vistas a su presentación en el Congreso Iberoamericano
organizado por Aculco, Asociación de Inmigrantes
Colombianos, que se realizó el 21 y 22 de febrero del
2000. Alcalá de Henares, 21 de febrero
2001. 

Boletín trimestral No.21: Tráfico de
Migrantes: Existen formas de detener el tráfico
mundial de migrantes. Organización Internacional para
las Migraciones. Ginebra, Verano de 2000.

Informe de la Organización Internacional para
las Migraciones: Lucha internacional contra el tráfico
de personas, 2000.

Las migraciones y los cambios socioeconómicos
en Africa.
Adepoju, A. 1979. Revista
Internacional de Ciencias
Sociales, vol. 31, nº 2.

Informe / Crítica a las políticas restrictivas. Sección
Sociedad. Especial para diario EL MUNDO de España.María Teresa
Benítez de Lugo. 2 de Noviembre de 2000.

Informe: Una industria infame: pobreza,
inmigración ilegal y esclavitud:
Tráfico humano, el delito
mundial que más crece. Alejandra Pataro de la Redacción de Clarín de Buenos
Aires. Desde Ginebra, Juan Gasparini.

Boletín trimestral No.23: Tráfico de
Migrantes: Nuevas cifras de la OIM sobre la escala mundial
del tráfico de personas. Organización
Internacional para las Migraciones. Ginebra, Abril del 2001.
Número Especial.

India: el elefante anémico. Jagadananda
Sundar N. Mishra, R. Gopa Kumar. Instituto del Tercer
Mundo-Control
Ciudadano
. Una red de ONG de
monitoreo y vigilancia de los compromisos realizados por los
gobiernos en la Cumbre Mundial de Desarrollo
Social  y la IV Conferencia
Mundial sobre la Mujer.

Análisis económico del turismo
receptivo en el Perú. Juan León Mendoza.
Economista. Magister en Economía. Profesor
de la Facultad de Ciencias
Económicas de la UNMSM, Investigador del Instituto de
Investigaciones Económicas.

ESTADÍSTICAS DE TURISMO DE LA COMUNIDAD
ANDINA. 1990 – 1998. Secretaría General de
la Comunidad Andina, enero de 2000

COMUNIDAD ANDINA, Sistema Subregional de
Información Estadística – Decisión 115.
ELABORACION:COMUNIDAD ANDINA – Secretarïa General,
Proyecto
5.2.5 Estadística.

Identity fraud in an information society: the case
for a chain approach. Jan Grijpink. Interpol. Informe de
la Organización Mundial para las
Migraciones.

La administración pública en la era
de la información. Informe. Francisco José
López Carmona. Subdirector General Adjunto de Medios
Informáticos y Servicios del Ministerio de Medio
Ambiente. Agosto de 1999.

Oscar Hernández, Diplomacia Creativa,
Caracas: Miro Popic Editor, marzo de 1995.

Informe y análisis: "Ventajas
turísticas no explotadas". Alberto Mosquera
Moquillaza. Revista de la Facultad de Ciencias
Económicas de la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos.

Informe: India: evaluación como mercado
potencial de turismo receptivo. Embajada del Perú en
la India. Mayo de 2001.

Encuentro de culturas: la visión
orgánica y la visión arquitectónica.
Pratima Bowes. Traducción de Oscar Pujol.
1997.

Nueva Delhi, Setiembre de 2001.

 

Julio Álvarez Sabogal

Partes: 1,
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Partes: 1, 2, 3
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