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El Estado: conceptos y origen



Partes: 1, 2

Monografía destacada

    1. Naturaleza del
      Estado
    2. Formación
      histórica del Estado
    3. Elementos
      constitutivos del Estado
    4. La
      transición de la sociedad sin Estado a la sociedad con
      Estado
    5. Importancia de
      la génesis del Estado
    6. Finalidad del
      Estado
    7. Funciones
      jurídicas del Estado
    8. El Estado
      de Derecho
    9. Bibliografía

    PRÓLOGO

    La elaboración del presente trabajo
    monográfico cumple un propósito y finalidad
    común, su presentación es requisito indispensable
    para aprobar el "Diplomado en Derecho
    Constitucional", el mismo que fuera propuesto y dictado por
    el Centro de Estudios Master et Magíster.

    El estudio del "Estado" como
    institución suprajurídica, implica el
    conocimiento abstracto y a la vez objetiva; pues, el Estado, su
    aparición, sus conceptos, fines y requisitos para su
    existencia. En consecuencia, podemos sostener válidamente
    que su existencia será objetiva, cuando sus integrantes se
    ciñan al orden establecido, que los entes jurídicos
    de éste sean imparciales para su coexistencia
    jurídica, donde una Administración de Justicia
    correcta permita el destierro del "abuso del poder",
    imperantes en este tipo de sociedades,
    como la nuestra.

    De allí que, resulta fácil de asociar el
    Estado de Derecho al Derecho Constitucional de Derecho, que
    permita la correspondencia de una auténtica sociedad
    democrática; donde la imposición de leyes y
    reglamentación que limitan los derechos y libertades
    básicos, no se constituyan en elementos de un seudo
    "Estado de
    Derecho". Donde tampoco pueda justificarse que el imperio de
    un "Derecho Constitucional" pueda avalar arbitrariedades, como la
    falta e inexistencia de garantías del respeto a los
    derechos fundamentales de la persona
    humana.

    También trataremos sesgadamente sobre el "Estado
    de Derecho", como aquella forma de organización social en la que los hombres
    sin excepción nos encontramos gobernados por normas
    jurídicas como expresión de la voluntad popular,
    donde se respete plenamente el principio de la correspondencia
    entre el ejercicio del Poder estatal y su fiscalización,
    que es la máxima garantía del equilibrio
    jurídico de una sociedad democrática.

    Cajamarca, julio del 2006.

    EL AUTOR

    " No basta saber, sino
    también aplicar el saber; no basta querer, es preciso
    obrar "

    Goethe

    I. EL ESTADO.

    1. Contemporáneamente, es imposible hablar del
      Derecho sin asociarlo al Estado y sus diversos
      órganos. El Congreso emite leyes; el Poder
      Ejecutivo aplica políticas, entre otros; el Poder
      Judicial administra justicia; Organismos Públicos
      que producen normas; en cada uno de los casos, apreciar que,
      de diversas maneras, los órganos del Estado
      están vinculadas estrechamente al Derecho y varios de
      ellos, la producen para el territorio y toda la población.

      Es más: vivimos en medio del Estado y nos
      parece natural que así suceda (estemos o no de acuerdo
      con todo lo que se hace y, sobre todo, cómo lo hace).
      El Estado Cobra Impuestos,
      regula el comercio,
      hace obras públicas, mantiene el orden. En fin,
      tenemos que ver cotidianamente con él en muchas
      circunstancias. Pero no siempre fue así: El Estado tal
      como lo conocemos ahora es producto
      de los últimos siglos de existencia de la humanidad.
      La evolución del Estado es de vital
      importancia para comprender cómo y por qué es
      así el Derecho hoy en día.

      El Estado ha sufrido y mantiene, un proceso de
      evolución y desarrollo
      continuo. Se inicia éste en épocas distintas en
      los diferente lugares, pasando de la atomización del
      poder feudal hacia una centralización de poder en el monarca.
      Su fase más evolucionada en esta etapa es la monarquía absoluta de los siglos XVI al
      XVIII.

      Todo lo anteriormente expuesto vale para analizar su
      evolución histórica; sin embargo, intentaremos
      esbozar la naturaleza, concepto y
      orígenes del Estado.

      Con el término Estado nos referimos a un tipo
      de fenómeno social caracterizado por rasgos
      esenciales, como: a) una relación de autoridad
      y subordinación entre sus integrantes; b) el ejercicio
      monopólico de la violencia
      por quienes son titulares de la autoridad; c) la existencia
      de un orden jurídico; d) relativa permanencia; y, e)
      dimensión institucional. El Estado no es, pues, como
      lo han sugerido ciertas concepciones mistificadoras, un ente
      que se halla por encima de la sociedad e independiente de
      ella. Es cierto que la expresión Estado constituye a
      sustanciarlo, en cierto modo, su naturaleza a considerarlo
      como una "cosa" autónoma frente a los hombres. Pero en
      realidad, el "Estado" no es sino un tipo determinado de
      conducta
      social regulada jurídicamente, que se da en una
      situación espacio ? temporal definida.

      El Estado no es un fenómeno físico
      susceptible de percibirse por los sentidos,
      sino un hecho social que conlleva la interacción jerárquica de sus
      miembros, normado por un orden jurídico.

      Cuando hablamos del Estado, pues, nos estamos
      refiriendo a una conducta
      humana intersubjetiva jurídicamente regulada por
      quienes se hallan facultados para ello. Este aspecto es
      subrayado por Han Kelsen, en su obra "Teoría General del Estado", cuando nos
      dice que, el Estado no son los hombres que vemos y tocamos y
      que ocupan un espacio, sino únicamente un sistema de
      normas que tienen por contenido una cierta conducta
      humana.

      La conducta colectiva de los hombres que "vemos y
      tocamos" es parte integrante del Estado en la medida en que
      se halle subordinada a un orden jurídico vigente y
      eficaz, que la encausa en un sentido determinado.

      Hemos expresado que el Estado es un fenómeno
      colectivo que se da en un horizonte espacio?temporal. Esta
      afirmación parecería sugerir que los estamos
      definiendo como un fenómeno físico
      contradiciendo lo que hemos manifestado líneas
      precedentes. El carácter espacio?temporal del Estado se
      halla definido por la vigencia del orden jurídico en
      un territorio y en un periodo determinados. El orden
      jurídico de un Estado no es válido eternamente,
      ni tampoco para todos los estados. Su validez es restringida
      a un cierto ámbito territorial y durante un cierto
      periodo.

      En suma, el Estado es un fenómeno social
      complejo, cuyo rasgo distintivo es la regularización
      coactiva de la conducta humana a través de un orden
      normativo. La naturaleza del Estado es compleja por tener
      varias dimensiones estrechamente ligados entre sí.
      Dichas dimensiones son: el horizonte espacio?temporal en el
      que existe, la conducta colectiva jerárquicamente
      articulada y el orden normativo. Es decir, que el Estado
      integra en su naturaleza (físico y sociales) y
      normas.

      Ahora si podemos afirmar que, el Estado es sociedad
      más poder (tomémosle a este en el sentido de
      autoridad), o sea una sociedad políticamente
      organizada.

      La entidad o ser del Estado deriva de la
      sociabilidad humana. Estado y Sociedad son indesligables en
      la práctica, si bien se les separa conceptualmente. En
      cuanto realidad socio?político, el Estado es una obra
      del Hombre
      pero de acuerdo con la naturaleza social de éste,
      pues, el Hombre
      es producto y a la vez productor de la Historia. En
      la historia que se produce actúa la ya
      producida.

      Analizar la naturaleza y orígenes del Estado,
      es un medio conexo al de los elementos de su trama, que con
      la sociedad, el poder y el derecho, de un lado; y por otro,
      como elementos constitutivos, se tiene la territorio, la
      población y la autoridad.

      Al Estado no lo advertimos en su forma
      corpórea sino a través de sus acciones,
      o sea a través de la legislación, de la
      administración pública, de la
      fuerza
      armada y de los símbolos. De ahí que su
      naturaleza aparezca inaprensible, y es que el Estado es un
      ente concreto,
      ante todo. Su realidad se concreta en la sociedad.

      El concepto sociedad es más extenso que el de
      Estado; el primero representa el género, y el segundo la especie. No es
      un orden normativo, por más que las normas reflejen la
      estructura
      que decide darse. No está formado por hombres sino por
      actividades humanas.

      Carnelutti, viejo pensador del derecho, nos
      enseña que una sociedad se llama Estado en tanto y en
      cuanto produce derecho.

      La Filosofía del Derecho nos explica el
      sentido radical de lo jurídico en la vida humana y en
      el universo.
      Nos presenta la sociedad como convivencia humana bajo unos
      mismos principios;
      según definición de Ortega y Gasset,
      filósofo español, el cual aclara que el Estado
      es también sociedad, pero no toda ella, sino un modo
      de ella.

      Con un fin didáctico, puede definirse el
      Estado como "la colectividad humana, organizada
      políticamente sobre un territorio".

      Definirlo por sus elementos, es didáctico,
      pero equivale a una presentación heterogénea,
      que pugna con la esencia unitaria homogénea del
      Estado, sumar sus elementos es una manera aritmética
      de definirlo, pero no brinda la concepción unitaria
      que le corresponde. Con todo, en calidad de
      aproximación al personaje Estado, es válido
      definirlo por sus tres elementos: pueblo, territorio y poder
      o autoridad, agregando la finalidad que la anima, o sea el
      bien común. El poder y el fin son los datos que
      fundamente el orden jurídico, el cual es la textura
      institucional del Estado.

    2. Naturaleza del Estado.

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