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Situación penitenciaria venezolana (página 5)



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11.1.- LA PROGRAMACIÓN EN MATERIA DE
TRATAMIENTO Y SUS PROCEDIMIENTOS

La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela,
consagra en el artículo 272 la obligación del
Estado
Venezolano de asegurar un Sistema
Penitenciario que garantice la rehabilitación y los
Derechos
Humanos de los reclusos, para ello, los centros de
reclusión deben disponer de espacios y servicios para
el trabajo, el
estudio, el deporte y la
recreación.

El Reglamento de Internados Judiciales y la Ley de
Régimen Penitenciario, se adecuan a los principios de
Naciones Unidas
en cuanto al tratamiento a los reclusos. Con relación a
este aspecto, contienen un marco regulatorio que define los
métodos de
tratamiento y la misma estructura con
que deben contar los centros penitenciarios para facilitar
actividades dirigidas a la reeducación. En este sentido,
disponen que los Internados Judiciales y las cárceles
contaran con servicios de salud, educación, cultura,
deportes,
asistencia religiosa y trabajo.

La documentación legal revisada para el
presente trabajo da muestras que desde antes de 1.931, la
legislación venezolana ha tenido en consideración
las actividades de tratamiento en las prisiones del País
con fines de rehabilitación.

La misma creación de los centros de
reclusión ha previsto la estructura y asignación de
personal para
cumplir con el propósito de reeducación; pero en el
pasar del tiempo las
condiciones de los centros han cambiado, ha aumentado la población reclusa, se mantiene la misma
plantilla de personal y se invierten muy pocos recursos
financieros para facilitar el trabajo del personal, en cuanto a
la dotación de equipos, insumos y materiales.

La obligación de ofrecer estos servicios en los
establecimientos penitenciarios supone la elaboración,
planificación, programación y supervisión del ente rector de este asunto
que hoy día está a cargo de la Dirección General de Rehabilitación
y Custodia, puesto que constituyen acciones de su
competencia y
ámbito de gobernabilidad.

La situación de limitación que se observa,
no sólo se remite a la ausencia de medios, sino
también y en gran medida a la falta de programación
desde los órganos rectores de la política
penitenciaria.

Es usual, que en los reclusorios del País prive
la improvisación en la materia de tratamiento, desde el
mismo ingreso del recluso a la institución, al existir
graves fallas referidas a la observación técnica y la
clasificación.

Los equipos de
trabajo de ésta área tan importante funcionan a
su libre albedrío; además de ser deficitarios son
sub utilizados, puesto que se dedican a efectuar mayoritariamente
actividades asistencialistas que poco responden a metodología científica
alguna.

Dada la desproporcionalidad en cuanto al gran
número de reclusos, la asistencia de casos que se aplica,
aborda un porcentaje reducido de la población, pero no se
opta por la instrumentación de metodología de
atención grupal, organización, etc.; pero lo más
lamentable es que su acción
no se circunscribe a un plan de
acción preestablecido que defina los programas.

Los programas deben entenderse como las guías de
acción de los equipos de trabajo, que aunque
necesariamente no sean elaborados por los altos niveles de la
estructura penitenciaria, por lo menos deben contener y
significar las directrices de los niveles de supervisión;
pero ciertamente deben existir para evitar que el desempeño sólo dependa de la
eventualidad diaria, de la cotidianidad.

Los órganos de supervisión se mantienen al
margen y pierden la gobernabilidad, tal como acontece en la
actualidad, limitándose a recibir estadísticas de actividades sobre las
cuales se tienen pocas posibilidades de verificación sobre
la realización.

En las instituciones
penitenciarias venezolanas se requiere la previsión, que
permita mediar entre el futuro y el presente. La grave crisis que las
caracteriza limita la posibilidad de hacer predicciones debido a
la dinámica que se presenta cambiante y
agresiva; pero sí puede establecerse dentro del marco de
posibilidades el grado de desviación de variables.

Es necesario hacer un cálculo de
lo que precede y preside la acción, para así evitar
la improvisación y encausar las mejores decisiones,
relacionando el presente con el futuro y el
conocimiento con la acción, entendiendo que la
planificación consiste en la búsqueda por sacar el
mejor provecho al tiempo y a los recursos.

Tomar previsiones implica la definición de varios
planes estratégicos para el control de una
situación o varias situaciones; no es posible lograr una
gobernabilidad real cuando los dirigentes sólo se dedican
a la planificación reactiva o defensiva ante situaciones
particulares o eventuales, es necesario el diseño
de planes y programas preventivos que eviten riesgos, que
en definitiva den respuestas eficaces a los problemas y
necesidades, de lo cual adolece el sector de prisiones en todas
sus áreas de competencia.

Para Matus, "La Gobernabilidad del Sistema es una
relación entre las variables que controla y no controla un
actor en el proceso de
gobierno,
ponderadas por su valor o peso
en relación a la acción de dicho actor. Mientras
más variables decisivas controla, mayor es su libertad de
acción y mayor es para él la gobernabilidad del
sistema??? La capacidad de gobierno es una capacidad de
conducción o dirección y se refiere al acervo de
técnicas, métodos, destrezas,
habilidades y experiencias de un actor y su equipo de gobierno
para conducir el proceso social hacia objetivos
declarados, dadas la gobernabilidad del sistema y el contenido
propósitivo del Proyecto de
Gobierno.

El dominio de
técnicas potentes de planificación es una de las
variables más importantes en la determinación de la
capacidad de un equipo de gobierno. Cuando hablamos de teorías, técnicas y métodos
de planificación nos referimos, por consiguiente, a
alterar o mejorar la capacidad de gobierno. La capacidad de
gobierno se expresa en capacidad de dirección, de gerencia y de
administración y
control."37

Indudablemente si la capacidad de gobernabilidad depende
del mismo proceso de planificación; que define hacia donde
queremos ir, qué programas deben ejecutarse, de qué
medios se dispone y cómo deben distribuirse los recursos,
luego de haber hecho una previsión, considerando el pasado
el presente y las posibilidades futuras; e allí una de las
grandes debilidades de prisiones en materia de tratamiento, por
cuanto no existe una programación que indique hacia donde
debe ir esa institución.

Al carecer de una programación, la mayoría
del tiempo y los recursos se agotan en la atención de
eventualidades, donde la improvisación juega papel
protagónico. De esto se infiere que no existen
lineamientos y criterios claros, son muy débiles los
programas direccionales y por ende no se ha obtenido el
compromiso de los diferentes actores, no sólo en el
área de tratamiento sino también de seguridad.

Sobre los Programas, Matus expresa: "El programa es
también una declaración de convocatoria a la
acción. A nivel político general puede tomar la
forma de un programa electoral, a nivel de un gerente puede
ser una propuesta de desarrollo de
la empresa, y
en manos de un dirigente sindical es una plataforma de lucha por
nuevas conquistas para los trabajadores? Llamamos
"programa", a aquel tipo de oferta social
con que los actores sociales compiten por la adhesión de
una base humana que quieren servir; pero que también
necesitan para sumar fuerza y
legitimidad en torno a su
contenido. El programa establece un compromiso del
dirigente con la base que intenta representar o con la
organización que se propone dirigir.

El "programa" expresa la direccionalidad que un
actor quiere imprimirle al cambio de la
situación presente."38

La experiencia viene mostrando, desde hace varios
años que la materia de tratamiento es dirigida desde la
Dirección General de Rehabilitación y Custodia,
anterior Dirección de Prisiones, por órgano de la
División de Atención Integral, y la División
de Medicina
Integra, mientras que lo referido a trabajo de los reclusos se
hace a través del Instituto Autónomo Caja de
Trabajo Penitenciario.

En lo operativo la División de Atención
Integral, dispone de Departamentos encargados de
Educación, Psicología,
Consultorías Jurídicas, Cultura, Deportes,
Capellanía y Trabajo Social, a
los cuales está asignado un pequeño grupo de
profesionales con algunas secretarias de apoyo, con muy pocos
recursos materiales para la ejecución de actividades,
mucho menos para realizar la supervisión.

A la materia de planificación y diseño de
programas se dedica poco tiempo, pues no se da importancia
suficiente al tema; usualmente se repiten las directrices e
instrucciones del pasado, que ya se sabe no han dado buenos
resultados.

Los equipos de trabajo de las cárceles
generalmente se guían por la cotidianidad, ya que su
actuación no se rige por un plan previamente concebido.
Aunque existen experiencias de variados programas que se han
instrumentado desde la División de Atención
Integral al Recluso, frecuentemente no disponen de la
correspondiente asignación presupuestaria.

En oportunidades los programas son definidos en las
Divisiones, pero no responden a la política de la
Dirección General, en otras, son diseñados en la
Dirección General con iguales limitaciones de recursos
para la ejecución, pero no se involucra en la
elaboración a los funcionarios de las Divisiones, lo que
deja ver, falta de coordinación e integralidad de los equipos
en la determinación de estrategias,
directrices y dogmas institucionales.

En la División de Medicina Integral se encuentran
adscritos los Departamentos de Odontología, Medicina y
Nutrición.
En está materia existe una situación similar; pero
se hacen menos esfuerzos por reunir a los equipos de trabajo para
la planificación de actividades.

Las actividades destinadas a la incorporación
laboral a
cargo del Instituto Autónomo Caja de Trabajo
Penitenciario, observan mayores limitaciones que las
anteriores.

La grave crisis de prisiones permite identificar
problemas puntuales que pueden ser superados si se definen
acciones claras para atenderlos. Dada la dinámica del
asunto, resulta pertinente la elaboración de planes
operativos que aborden problemas prioritarios, donde se definan
estrategias a corto, mediano y largo plazo, contando previamente
con la incorporación de los equipos de trabajo que deben
ejecutarlos; para ello, es imprescindible adelantar toda una
tarea para lograr identificar los funcionarios con la
visión y misión de
la institución, sólo de esta manera será
posible lograr los objetivos, cuando el personal conozca
claramente hacia donde debe ir la organización.

En materia de procedimientos
relativos a la atención de la población reclusa, se
observa que los diferentes servicios funcionan de forma aislada.
Se supone que los internos deben ser atendidos desde el ingreso,
siguiendo procedimientos específicos que respondan a la
sistematización del tratamiento, es decir, cada
técnico debe saber en que momento le corresponde actuar
para aplicar los métodos previstos en la disciplina
científica que desempeña.

Lo usual es que de manera asistemática los
reclusos son referidos de un servicio a
otro sin que se siga un orden previamente establecido. Lo
correcto es que cada interno sea evaluado desde su ingreso por
los diferentes servicios de forma programática, para
definir y cumplir los objetivos y acciones que se prevean en la
rehabilitación, lo que implica seguimiento continuo de la
efectividad del tratamiento.

Dado que se actúa de forma asistemática,
no se garantiza la atención integral a toda la
población. Frecuentemente los reclusos desconocen el
alcance de cada servicio, son reseñados y ubicados en los
locales de reclusión que decida el personal de seguridad
bajo ningún criterio apropiado de clasificación
ó agrupación y, pueden pasar meses sin que sean
llamados por algún servicio para ser entrevistados por los
técnicos.

 

11.2.- LOS MEDIOS PARA OFRECER ACTIVIDADES DE
TRATAMIENTO

Los equipos técnicos de tratamiento
penitenciario no disponen de recursos elementales para
cumplir con sus obligaciones;
desde las mismas condiciones ambientales de las oficinas
presentan deficiencias, es usual que no se cuente con computadoras,
material de oficina,
acondicionadores de aire, iluminación, ventilación y en muchos
casos los profesionales deben suministrar con sus propios
salarios, los
materiales de limpieza para mantener acondicionados sus espacios
de trabajo.

La problemática se agudiza en la actualidad en
materia de funcionamiento debido a que las partidas
presupuestarias se encuentran centralizadas y los suministros no
son recibidos en las cárceles oportunamente, desconociendo
los directores si les asignarán recursos durante el
año ó no.

En cuanto a los insumos, equipos y materiales para
desarrollar actividades de tratamiento, la situación se
observa muy deficitaria; al extremo de no disponer de
medicamentos, y materiales médico quirúrgicos para
prestar servicios de salud, la cual está estrechamente
relacionada con el derecho a la vida; por tal razón,
los medios de
comunicación constantemente reseñan protestas
de los reclusos en procura de la satisfacción de estas
necesidades fundamentales.

La realidad expresa que por múltiples razones,
donde también pudiera estar presente el fenómeno de
la corrupción, en algunas cárceles las
oficinas no disponen de papelería, equipos mínimos
para funcionar, condiciones ambientales deplorables, en las
enfermerías no hay medicamentos, problemas de higiene, agua potable,
drenajes, mala calidad en los
alimentos y su
preparación, etc.

La deficiencia de vehículos de transporte
para el traslado de los reclusos a tribunales, a otros centros
penitenciarios o a los hospitales, ha constituido una variable
que ha estado presente por años; tal limitación
genera retraso procesal, dificulta la posibilidad de resolver
conflictos por
no poder
trasladar internos a otras cárceles y, constantemente se
producen protestas y hechos violentos de parte de los reclusos
reclamando la solución.

La falta de transporte, en oportunidades obliga a los
imputados y condenados a pagar los gastos de
traslado para poder asistir a las audiencias de los tribunales o
para que les trasladen a otro penal, lo que evidentemente es una
situación irregular, de la cual debería tener
conocimiento
el Ministerio del Interior y Justicia; sin
embargo, desde hace varios años no se presupuestan los
recursos para satisfacer la necesidad.

Sobre un aspecto tan importante como la
prestación de servicios de salud, el diario "Ultima
Noticias de
fecha domingo 27 de abril de 2.003 informaba que los enfermos de
la Cárcel de "Barcelona", al igual que en la
mayoría de los centros penitenciarios no se contaba con
medicamentos para atender a los enfermos, escasean desde los
alimentos hasta los materiales educativos y
deportivos.

La deficiencia de medicamentos en los establecimientos
penitenciarios del País resulta insoportable, las
posibilidades de detección de enfermedades infecto
contagiosas como la tuberculosis, la
hepatitis, el
HIV, la sífilis, y
otras es mínima, las enfermerías son insalubres y
peligrosas, el personal médico es insuficiente, y donde
existe mayoritariamente está contratado por dos horas de
servicio con cargos de vigilantes, los equipos
tecnológicos son mínimos, tal situación se
remonta años atrás y no ha sido
resuelta.

Sobre el tema Human Rights Watch, publicó en su
informe de 1.998.
"Los funcionarios de prisiones y el gobierno aceptan abiertamente
que la atención médica de las prisiones venezolanas
está en crisis. La Subcomisión de Derechos Humanos y
Garantías Constitucionales declaró en un informe de
1.995 que la entrega de asistencia médica "brilla por su
ausencia" en las prisiones venezolanas.

Una funcionaria médica de Catia, que
sacudió la cabeza a cada una de nuestras preguntas y que
finalmente rompió a reír cuando le preguntamos si
la prisión tenía un dentista, sintetizó la
situación de manera sencilla diciendo a un representante
de Human Rights Watch que "Aquí necesitamos
todo."

Aunque en algunas prisiones, como el I.N.O.F., la
proporción entre médicos e interno está por
debajo de uno por cada cincuenta, lo habitual es que sea mucho
más alta: por ejemplo, según el informe del
Ministerio de Justicia de 1.995, los dos centros de San Juan de
los Morros tienen un médico por cada 570 internos; en
Cumaná hay un médico por cada 492 internos y en La
Pica hay un médico por cada 443 internos. Es más,
muchos de estos médicos sólo trabajan en la
prisión un día por semana durante unas cuantas
horas?

La mayoría de las farmacias de las prisiones
sólo disponen de un mínimo de productos
médicos: aspirinas, yodo, vendas y productos similares. La
funcionaria médica de Catia nos mostró armarios de
medicinas casi vacíos que contenían una cuantas
cajas de medicamentos, la mayoría de los cuales, como nos
señaló, estaban caducados.

Asimismo, las medicinas estaban prácticamente
agotadas en la farmacia de Sabaneta. En la enfermería
de Tocuyito había un esterilizador, media docena de
guantes de goma y un gotero de suero y yodo; la farmacia de la
prisión contenía poco más que calmantes,
yodo, alcohol y
otros productos desinfectantes?."39

En cuanto a la alimentación, se
observa en gran parte de los centros de reclusión la
ausencia de equipos de cocina adecuados, deficiencia de productos
para elaborar la dieta diaria e inclusive desproporción
entre en número de reclusos y la cantidad de insumos que
le entregan a los cocineros para preparar los mismos.

Las fallas en la alimentación genera no
sólo la desnutrición que se aprecia de manera
explícita, sino también conflictos en la
población reclusa en rechazo a las deficiencias, de igual
forma resultan contraproducentes para la salud las condiciones de
insalubridad en que se encuentran la mayoría de los
locales donde funcionan las cocinas y comedores de las
cárceles, donde no se cuenta con materiales de limpieza e
higiene indispensables.

Los servicios de Educación se presentan
igualmente muy deficitarios, la población incorporada en
los programas de formación es de pequeño
porcentaje, puesto que la violencia
carcelaria impide que los reclusos asistan a las actividades, e
inclusive en ocasiones los lideres negativos impiden que los
internos que estudian asistan a clases. La actividad de capacitación laboral, salvo la iniciativa
que a cargo el I.N.C.E. a través del programa "Juventud
Desocupada", también es muy reducida y consigue muchos
obstáculos.

En materia de capacitación el I.N.C.E. viene
ejecutando desde hace aproximadamente 10 años un programa
de importancia. Las actividades se dirigen a la formación
de internos en áreas artesanales, industriales, de
servicios, agropecuarias, técnicas de formación de
micro empresarios, educación formal,
alfabetización, etc., constituyendo una alternativa que ha
rendido muy buenos resultados; esto ha sido posible gracias a la
participación abnegada de la Dra. Marianela Flores, quien
junto a su equipo de trabajo a dado sus mayores
esfuerzos.

En la actualidad esa Unidad ejecuta el programa de
capacitación e incorporación al trabajo contenido
en el Plan Vuelvan Caras y Robinson, donde se atienden más
de mil reclusos, aunque la iniciativa es importante no ha logrado
abordar un porcentaje mayor del total de la población, por
todas las incidencias que ocurren en las cárceles, pero
sobre todo, las limitaciones para la realización a
plenitud de este programa son adjudicables a la falta de apoyo de
la
administración penitenciaria.

Para la instrumentación de actividades
educativas, desde hace años la División de
Atención Integral se limita a entregar a las
cárceles escasas cuatro resmas de cuadernos y algunos
lápices que son insuficientes. Se afirma que la poca
dotación se debe a que no existe disponibilidad
presupuestaria.

Sobre el servicio de educación, el mismo informe
señala: "Según la Subcomisión de Asuntos
Penitenciarios, sólo se escolariza al 6 por ciento de la
población reclusa. La mayoría de las prisiones
tienen aulas de estudio que están infrautilizadas por una
serie de motivos, como la falta de personal educativo.

Unas cuantas prisiones, como El Dorado y Ciudad Bolívar,
no ofrecen ningún tipo de educación. Aunque vimos
muchas aulas vacías y algunos directores nos dijeron que
se imparten clases, no vimos ninguna muestra de ello:
ni un sólo maestro dando clase y ni un
sólo interno estudiando. Evidentemente, el ambiente de
hacinamiento, ruido y
peligrosidad de las prisiones es poco propicio para la
educación."40

Con la vigencia de la Ley de Redención de la Pena
por el Trabajo y el Estudio la matrícula estudiantil en
las cárceles ha venido aumentando, dado el efecto
motivador de esta Ley, además se han venido incorporando
docentes del
I.N.C.E., el Ministerio de Educación y las Gobernaciones;
sin embargo, no se alcanza todavía la matrícula
deseada, y en materia de dotaciones la situación se
mantiene igual de deficitaria sino agravada.

Lo referido a deportes y cultura se limita a la
realización de eventos
interpenales programados anualmente. Las disciplinas deportivas
no se fomentan bajo la visión formativa, sino de
entretenimiento, reciben dotaciones del Ministerio del Interior,
de Fundaciones y de dependencias gubernamentales en mayor medida
que la actividad de educación; pero nunca de acuerdo a la
necesidad.

Las actividades culturales, son sufragadas por los
mismos reclusos en la mayoría de los casos; reciben poco
aporte y los medios son muy limitados, terminan siendo un
espectáculo donde pretenden protagonizar anualmente las
autoridades de prisiones a través de festivales de
teatro,
música,
artesanía, etc. La ejecución de estas actividades
no son apoyadas eficientemente por las autoridades, se realizan
gracias al sacrificio de reclusos y de los funcionarios de baja
jerarquía que están encargados de los Departamentos
en las cárceles y en la División de Atención
Integral; sin embargo, son utilizados como bandera de
rehabilitación por las autoridades cuando ya los peones
han preparado el escenario.

Un aspecto donde fallan los equipos de tratamiento se
observa en los programas motivacionales para la
incorporación de internos en las actividades, por esta
razón, usualmente se encuentran los mismos reclusos
participando en lo cultural, lo deportivo y lo educativo. Al
momento de remitir las estadísticas a la División
de Atención Integral, se reflejan matriculas donde
pareciera que la participación es significativa; pero al
analizar listados, se evidencia que no es así, debido a
que participan los mismos presos y no se logra el incremento a
través de la incorporación de otros grupos de
internos.

La actividad de incorporación de la
población reclusa en la producción laboral, presenta condiciones
similares de deficiencia. La participación de los internos
es reducida a un pequeño porcentaje. El trabajo pocas
veces sirve de medio de formación y creación de
habilidades para la incorporación posterior al mercado de
trabajo en las comunidades, debido a que los métodos son
empíricos en la mayoría de los casos; prevalece la
economía
informal a través del buhonerismo.

El trabajo artesanal en ocasiones no es especializado;
la supervisión es muy débil. Las cárceles se
han convertido en verdaderos mercados persas,
donde abundan la choza y la ranchería, en las cuales se
expende desde café y
cigarrillos hasta armas y drogas,
existiendo poco o ningún control de parte de las
autoridades.

Para fines de mantenimiento
y preparación de alimentos las administraciones de los
centros, incorporan algunos reclusos en las cocinas, comedores y
cuadrillas de mantenimiento, en labores de cocineros,
electricistas, mecánicos, plomeros, albañiles, latoneros, pintores y aseadores,
entre otros. Los internos trabajan sobre todo motivados por la
posibilidad de optar a una medida alternativa a la
prisión; pero no cuentan con medios adecuados para cumplir
la actividad.

Los reclusos perciben por la actividad que realizan
pagos irrisorios que de ninguna manera alcanzan para satisfacer
necesidades elementales. Son sometidos a jornadas extensas de
trabajo, los cocineros que preparan los alimentos a los otros
internos inician el trabajo aproximadamente a las tres de la
madrugada y terminan las jornadas pasadas las ocho de la noche,
en todos los casos los reclusos cuentan con muy pocos medios para
desarrollar la labor.

Un aparte especial merece lo referido a la
ejecución de programas de incorporación y
capacitación laboral del Instituto Autónomo Caja de
Trabajo Penitenciario, el cual debe organizar toda una serie de
actividades de producción a través de la Unidades
que tiene en algunas cárceles. La referida dependencia se
ha convertido en un "Elefante Blanco", donde predomina la
burocracia y
se presume la corrupción desde hace años. La
Dependencia ha venido involucionando al punto que terminó
siendo improductiva e ineficaz en el cumplimiento de su
misión.

Excepcionalmente se encuentra en algunos reclusorios
casos particulares, donde los internos por iniciativa propia han
logrado constituir pequeñas unidades de producción,
donde se benefician en oportunidades varios reclusos, en
condiciones organizativas que merecen el apoyo institucional.
Estas experiencias aunque son positivas no se repiten con
frecuencia dada la falta de cooperación de las
autoridades.

En cuanto a la
comunicación de los reclusos, éstos reciben las
visitas en los lugares de alojamiento en condiciones igualmente
insalubres, sin ninguna comodidad ni privacidad. Se somete a los
familiares a penalidades que van desde la requisa corporal hasta
el uso de salas sanitarias infrahumanas, no se distinguen
niños
de adultos en un ambiente deprimente que contamina el alma.

Las comunicaciones
con fines conyugales se realizan en las mismas celdas o
pabellones, donde cada pareja sólo es separada de otra por
un tendido de cama("bugalú"). Esto los expone a
situaciones de promiscuidad e invasión de la intimidad,
debido a que no existen espacios apropiados, por tal razón
tienen que obligadamente sostener relaciones
sexuales en esas condiciones.

Debido al poco control, los niños son dejados en
los pabellones o cualquier área de la cárcel en los
locales de reclusión, mientras sus padres satisfacen la
necesidad sexual, exponiéndolos sin ningún tipo de
protección a la
contaminación cultural de la cárcel y a
situaciones de extremo peligro.

Las limitaciones para desarrollar actividades de
tratamiento aunque son mayores en las cárceles para
hombres, no dejan de ser un gran problema para los centros de
reclusión de damas. En las cárceles o anexos para
mujeres tampoco se dispone de medios. Igualmente el tratamiento
en las diferentes áreas de servicios adolece de serias
necesidades.

Dada esta situación la desasistencia y el ocio
son preponderantes, siendo agravadas en algunos establecimientos
por no contar con espacios mínimos, ya que generalmente
las damas se encuentran albergadas en locales reducidos
habilitados como anexos de las cárceles
masculinas.

Una deficiencia importante también la representa
la falta de locales acondicionados para el tratamiento
psiquiátrico, no existiendo en el País un
sólo centro que permita dispensar servicios de salud para
pacientes con enfermedades de esta naturaleza.

El tratamiento a reclusos indígenas no
está previsto en el Sistema Penitenciario venezolano,
aunque lo establece la Ley, no se cuenta con profesionales
preparados para esta actividad específica, motivado a que
no se considera la situación intercultural como una
variable importante, por ello no se dispone de profesionales
bilingües.

Las condiciones del tratamiento penitenciario en la
actualidad presentan fallas hasta en lo referido a la
orientación espiritual. Se dan casos donde sacerdotes que
fungen como capellanes de las prisiones, cobran un salario mensual y
no asisten a impartir servicios religiosos, cediendo con ello el
espacio a los religiosos evangélicos que llevan la
vanguardia en
cuanto a la orientación espiritual de los
reclusos.

11.3.- EL PERSONAL PARA EJECUTAR PROGRAMAS DE
TRATAMIENTO

En el aparte referido al personal técnico se
describió las deficiencias de personal técnico para
la ejecución de actividades de tratamiento, los centros de
reclusión en ningún caso tienen la plantilla de
personal completa para la prestación de estos servicios,
puesto que donde hay cuatro psicólogos faltan abogados,
médicos, etc.

Los registros de
asignación de cargos para los centros de reclusión
no se actualizan desde hace años, las pocas
incorporaciones que se hacen no responden a las necesidades
reales. Mayoritariamente se hacen nombramientos de profesionales
en cargos que corresponden a una cárcel; pero
físicamente se les coloca a cumplir funciones en
otra.

Algunos profesionales luego de contratados se niegan, o
no muestran disposición para prestar servicios en las
cárceles alejadas de las grandes ciudades, en el interior
del País existen deficiencias en oportunidades por esta
razón o porque no se consiguen profesionales disponibles
en la zona.

La violencia carcelaria constituye una limitante para
que los técnicos quieran trabajar en los centros,
generando solicitudes de transferencias, reposos médicos o
renuncias en pocas ocasiones. Dada tal situación se
producen constantes protestas en los establecimientos, que son
abordadas a través de operativos de atención
extraordinaria con profesionales de otras regiones y de la sede
de la Dirección General de Rehabilitación y
Custodia.

En estos operativos se toman acciones como: revisiones
de expedientes carcelarios, realización de estudios
psicosociales para otorgar medidas de libertad anticipada,
operativos médicos, etc. Estas medidas sólo
resuelven la coyuntura; pero no el problema de falta de personal.
En definitiva los equipos técnicos de las cárceles
del País generalmente no pueden atender una
población tan elevada con relación al número
de funcionarios.

11.4.- LA ALIMENTACIÓN DE LA POBLACIÓN
RECLUSA

Cuando se abordó la temática
presupuestaria se hizo referencia al pago de los proveedores de
alimentos. Desde hace muchos años lo referido a la
adquisición de alimentos ha tenido poco control desde la
Dirección General de Rehabilitación y
Custodia.

En materia de nutrición la División de
Medicina Integral se limita a recibir reportes mensuales sobre la
dieta suministrada a la población reclusa, a remitir
instructivos sobre el contenido nutricional que debe
suministrarse a los presos, y en ocasiones sobre la
preparación de alimentos; pero muy poco se realizan
actividades de supervisión en los centros de
reclusión.

Con relación a las compras
sólo se efectúa la revisión de la
facturación, lo que ciertamente no genera mayor control.
Nunca se ha exigido licitación para efectuar compras de
alimentos, aunque en oportunidades implican altas sumas de
dinero; se
deja al libre albedrío de los directores y administradores
la selección
de proveedores, la definición del menú, de los
productos que deben comprarse, etc.

Desde hace años el suministro de alimentos se
viene asociando a hechos de corrupción, relacionados con
cobros de comisiones por las compras; sin embargo, los
proveedores se mantuvieron por años suministrando todo
tipo de mercancías, inclusive diferentes a la razón
social de las empresas que
representaban.

Siempre existió el pretexto que los proveedores
se mantenían porque tenían capacidad de venta, por poseer
grandes capitales y podían esperar los pagos del
Ministerio, que generalmente se retardaban más de cuatro
meses en principios de año, lo cual no es posible soportar
por empresas con poco capital,
dándose casos donde un mismo proveedor vendía
mercancías a varias cárceles inclusive bien
distantes, Caracas ? Trujillo ? Valencia, etc.

Aun cuando se han producido cuestionamientos con
relación a algunas empresas, éstas se mantuvieron
por años, y cuando se lograban sacar del sistema cambiaban
los nombres y registros de comercio
lográndose mantener. Los hechos, hacen presumir que
existen compromisos irregulares desde directores de
cárcel, administradores y altos funcionarios.

Las compras fueron centralizadas en el Ministerio del
Interior y Justicia, sin embargo la situación se viene
agravando motivado a que en los últimos años, desde
el abril de 2.002 hasta mediados 2.003 se retardaba seriamente el
pago a proveedores. En la actualidad se están realizando
compras a un pequeño grupo de proveedores que deben
suministrar alimentos a la mayoría de las cárceles
del País.

Un aspecto bastante irregular lo constituye la falta de
rubros básicos para la dieta diaria, por efectos de la
centralización de compras a un
pequeño grupo de proveedores; inclusive, se ha llegado al
extremo de prohibir a los directores de cárcel hacer
compras de alimentos indispensables para la comida
diaria.

La Organización No Gubernamental, Observatorio
Venezolano de Prisiones, el día viernes 11 de Julio de
2.003 en el Diario "El Mundo", hizo público un documento
oficial emitido por la Dirección General de
Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y
Justicia, a través del cual se prohibe a todos los
Directores de Establecimientos Penitenciarios y Centros de
Tratamiento Comunitarios del País la compra de pan de
trigo.

El documento, a tenor instruye: "En virtud al alto
costo y en
consideración a los alimentos que puedan sustituirlo, de
conformidad al menú elaborado por la oficina de
nutrición de este Despacho, se les informa que queda
totalmente prohibido la compra de pan de trigo."

El contenido de la referida comunicación es sumamente preocupante, si
tenemos en cuenta que el pan de trigo forma parte esencial de la
dieta del venezolano; de otra parte, llama la atención que
tales prohibiciones no se extienden a algunos rubros alimenticios
que no son tan indispensables y saludables como los enlatados
embutidos, conservas para la elaboración de jugos etc.,
que pudieran ser hasta nocivos para la salud.

La falta de alimentos y las medidas como las anteriores
han generando en ocasiones reacciones de parte de la
población reclusa, sus familiares y de la comunidad, tal
como lo han reseñado en algunas oportunidades los medios de
comunicación.

Según informó el Director del Observatorio
Venezolano de Prisiones en el mismo diario. La falta de alimentos
es responsabilidad del Director de
Rehabilitación y Custodia, "al centralizar los recursos de
las cárceles y dirigir desde Caracas lo que antes era
coordinado por los directores de los penales.

Explicó que el Director General es el encargado
de comprar los alimentos y todo lo requerido para el
funcionamiento de las 32 cárceles del País. Dijo
que él negocia directamente con los proveedores y cuando
envía los alimentos a los internados la comida llega en
mal estado, debido al tiempo transcurrido entre la
adquisición y la Distribución."

Otro aspecto que llama la atención es que los
directores de cárcel son los cuentadantes legales de las
instituciones y están siendo sustituidos por alguien en el
Ministerio, por ello la legalidad
merecería una revisión.

Lo más lastimoso es que los reclusos terminan
aguantando hambre porque los alimentos no llegan a tiempo; en
ocasiones en mal estado y sumamente deficitarios, debido a que en
los establecimientos no se recibe lo que los administradores
solicitan, sino lo que tenga el proveedor u ordene el
Ministerio.

Se conocen casos donde se suministra carnes sin
legumbres y verduras. No se dota de alimentos esenciales como la
leche,
aceite, y
azúcar
entre otros, optando algunos directores por cambiar productos en
los mercados locales para completar mínimamente la dieta
diaria; e inclusive en "El Dorado", cambiar láminas de
zinc por alimentos, o salir a cazar de noche en la selva
funcionarios e internos para obtener alimentos, de manera que la
solución pudiera resultar tan dañina como el
problema inicial.

La centralización de la administración de las partidas pudiera ser
una solución al problema de la corrupción, con lo
cual nadie puede estar en desacuerdo, siempre que la misma se
haga con transparencia, bajo medidas de control apropiado y que
se definan estrategias para que, progresivamente se superen los
contratiempos referidos a los retardos en el suministro, aspectos
de refrigeración, transporte, y antes que
todo, que se le entregue a las instituciones carcelarias todos
los rubros que la dieta alimentaria requiere.

Los locales destinados a la preparación y reparto
de alimentos en algunos recintos penitenciarios se encuentran en
condiciones deplorables, de higiene, dotación de equipos,
deterioro de los utensilios, y falta de mantenimiento de las
instalaciones. Existen locales donde las aguas negras, por
obstrucción o destrucción de los drenajes, se
vierten a los pisos de las cocinas. Las unidades de
refrigeración se encuentran inoperativas o funcionando con
alto grado de deterioro. Los depósitos y armarios para el
almacenamiento,
en oportunidades en muy malas condiciones, todo refleja descuido
oficial sobre un aspecto tan importante para la salud.

 

11.5.- EL INSTITUTO AUTÓNOMO CAJA DE TRABAJO
PENITENCIARIO

El Instituto Autónomo Caja de Trabajo
Penitenciario (IACTP), fue creado por Decreto Presidencial
Nº 34 de fecha 26/09/1.953, publicado en Gaceta Oficial
Nº 24.254 de facha 30/09/1.953. Concebido como un ente
autónomo, descentralizado, con personalidad
jurídica propia, patrimonio
propio e independiente del Fisco Nacional. Adscrito al Ministerio
de Justicia, actualmente al Ministerio del Interior y Justicia,
reporta funcionalmente al Vice Ministerio de Seguridad
Ciudadana y tiene competencias
relativas a las establecidas para la Dirección General de
Rehabilitación y Custodia.

Según Decreto de la Junta de Gobierno Nº 546
de fecha 16/01/1.959, publicado en Gaceta Oficial Nº 25.867
de fecha 20/01/1.959, fue reorganizado, dotándole de sus
primeros estatutos concentrados en 20
artículos.

Este Instituto tiene a su cargo la organización y
fomento del trabajo agropecuario, industrial y artesanal en los
establecimientos penitenciarios del país, con fines de
educación y labor ? terapia.

Para cumplir con la misión cuenta con una
estructura conformada por la Dirección y
Coordinación Superior, donde está integrado el
Director General de Custodia y Rehabilitación, el Director
Gerente que funge como Vicepresidente y cinco vocales, quienes
tienen la responsabilidad de dirigir y administrar el
Instituto.

Para fines operativos dispone de la Dirección
Gerencia, la Consultoría Jurídica,
Contraloría Interna, Oficina de Planificación y
Presupuesto,
Oficina de Personal, la Gerencia de Administración y la
Gerencia de Coordinación de Programas.

La Caja de Trabajo Penitenciario, durante su tiempo de
funcionamiento logró cumplir con la misión que le
fue asignada en el pasado. Entre la década de los
años setenta y ochenta se obtuvieron buenos resultados.
Las actividades agropecuarias alcanzaron altos niveles de
producción en la Penitenciaria General de Venezuela, El
Dorado, Trujillo, y Barinas entre otras.

Con la producción que se obtenía, se
lograba abastecer con algunos rubros al sistema penitenciario.
Las actividades artesanales y de corte industrial se
materializaron en los talleres de la P.G.V., Yare, Maracaibo, los
Llanos, etc.; se llegó a fabricar la papelería
oficial del mismo Ministerio y para la comunidad. Los talleres de
la cárcel de Maracaibo y Tocuyito producían
pupitres para las Escuelas del Ministerio de Educación,
además de otros productos como puertas de madera
prensadas y mobiliario.

Con el pasar del tiempo, por la falta de
supervisión; por la poca previsión en materia de
mantenimiento de las instalaciones y equipos; por el deterioro de
la autoridad; la
falta de compromiso de las autoridades y se presume que por
efectos de la corrupción, los programas comenzaron a
debilitarse.

El control sobre los ingresos que
producía la institución se descuidó, al
extremo que ese Instituto se ha venido sumiendo en una crisis
tal, que hoy día se ha convertido en un organismo
burocrático totalmente ineficiente, con toda una serie de
activos en pleno
deterioro, instalaciones destruidas como en los casos de la
P.G.V., Yare, el Rodeo, el Dorado y Maracaibo, etc. Actualmente,
la presencia del organismo se limita a arrendar locales para
expendedurías a particulares y reclusos, y pequeñas
actividades en un número muy reducido de
centros.

La incorporación de la población reclusa
en actividades laborales o de capacitación para el trabajo
cada día es más débil, inclusive los
internos se niegan a participar en las mismas porque en la
actividad laboral se les somete a procesos
claros de explotación, con jornadas de trabajo excesivas y
salarios irrisorios.

Desde hace varios años se viene evidenciando la
incapacidad de la Caja de Trabajo para cumplir con los objetivos
que justifican su existencia. Por la gerencia de ésta
institución han transitado múltiples personas; pero
para nada han reorientado el funcionamiento de
ésta.

Para la fecha esa Institución representa una gran
estructura burocrática que invierte la mayor parte del
presupuesto que el Estado le
asigna en gastos de personal; genera muy pocos ingresos propios,
aun cuando es una institución estrechamente relacionada a
la producción de bienes, con
posibilidades de autogestionarse, en el tiempo se ha convertido
en una carga para el Estado.

La mala administración que la ha caracterizado
por largos años, no ha permitido que organice y ejecute
programas de incorporación de la población reclusa
en actividades de capacitación y de
producción.

Según lo informado en la Caja de Trabajo
Penitenciario, para el 2.002, se estimó una
distribución presupuestaria para ejecutar la
programación, según como se aprecia en el
gráfico 6.

Gráfico 6. Distribución
presupuestaria año 2.002

Gastos de personal

589.165.521

Materiales y suministros

65.300.000

Servicios no personales

113.184.482

Activos Reales

0

Activos Financieros

21.524.879

Serv. Deuda
Pública y

Dism. De otros Pasivos

18.293.827

Transferencias

66.480.000

Otros gastos de Instituto.

Descentralizadas

3.131.040

Total Presupuesto

877.079.749

 

Conforme a la estimación, el Ejecutivo Nacional
debía aportar 641.300.000 bolívares. Provenientes
de los ingresos propios de la Caja de Trabajo se calculó
aproximadamente 148.830.000 bolívares; como se aprecia en
la distribución presupuestaria, para el año 2.002,
la institución obtuvo un nivel de ingresos propios muy
deficitario. La asignación de los recursos financieros
estuvo dirigida a gastos corrientes y de personal con muy poca
inversión en materiales, suministros y
activos reales, siendo que de éstas partidas se extraen
las finanzas para
la compra de la materia prima,
herramientas y
equipos para la ejecución de los programas laborales, de
manera que puede afirmarse que el presupuesto de ese año
fue destinado antes que todo a gastos
burocráticos.

Para el año 2.003, la estimación
presupuestaria para la ejecución de estos programas fue de
2.036.158.092, cuyas fuentes de
financiamiento provienen del Ejecutivo con un aporte de Bs.
943.000.000, que representa el 46,31 %, de ingresos propios
919.945.797 bolívares, que correspondería al 45,18
%. Se desprende de tal estimación, que se previo aumento
en los ingresos propios, por lo que se supone que estaría
estimado también incrementar las posibilidades de
producción, y con ello mayor incorporación de
reclusos en los programas.

La revisión de la distribución de estos
recursos financieros arroja resultados desalentadores, ya que al
materializarse esta asignación, la mayor parte del
presupuesto nuevamente se destinó a gastos corrientes y de
personal, muy poco porcentaje a la adquisición de activos
reales, materiales y suministros, por lo que no queda claro de
que manera aumentarían los ingresos propios.

Según los datos obtenidos
del Instituto, para el año 2.003, se previó la
distribución presupuestaria que aparece en el
gráfico 7.

Gráfico 7. Distribución
presupuestaria año 2.002

Gastos de personal

1.203.513.363

Materiales y suministros

306.629.472

Servicios no personales

214.192.000

Activos Reales

82.132.400

Serv. Deuda Pública y

Dism. De otros Pasivos

0

Transferencias

148.280.643

Otros gastos de Institutos.

Descentralizados

3.239.040

Total Presupuesto

2.036.158.092

La distribución presupuestaria planteada,
demuestra una vez más que el Organismo consume la mayor
parte de su presupuesto en mantener una estructura
burocrática, y cumple muy poco con la misión
institucional, de allí que hace varios años ha
venido siendo calificado como uno de los "Elefantes Blancos" del
sector
público nacional.

Desafortunadamente, aun cuando el Sistema Penitenciario
cuenta con grandes potenciales, para la generación de
actividades productivas como lo son: La mano de obra,
instalaciones físicas, lotes de tierra
fértiles ociosas, y algunos equipos todavía en
existencia, la actividad que se realiza en algunos centros es muy
escasa.

La Caja de Trabajo se ha venido limitando a la
administración de los pocos recursos que se obtienen de
los locales arrendados, de la venta de algunos productos para la
fabricación de piezas artesanales a los reclusos, de la
venta de víveres, o de la fabricación de pan para
las mismas cárceles, mientras que las pocas actividades de
producción agropecuaria que medianamente subsisten son
casi improductivas y han venido abandonándose.

Con respecto a la materia de fabricación y
reparación de mobiliario la producción resulta
insignificante, aun cuando se afirme que la misma es importante y
que forma parte de convenios, en los últimos años,
la manufacturación y fabricación de mobiliario ha
sido muy escasa, para no afirmar que se encuentra
paralizada.

Para año 2.003, la Caja de Trabajo Penitenciario
ejecutaba algunos convenios con instituciones como el I.N.C.E., y
tenía presencia en algunos centros de reclusión. El
gráfico 8 refleja información sobre las actividades y centros
de reclusión abordados por el Instituto.

Gráfico 8.

CENTRO PENITENCIARIO

CENTRO DE PRODUCCIÓN

La Planta

Taller de confección y
Expendeduría

INOF

Taller de serigrafía, Taller de carpetas,
Confección de material quirúrgico, Pa-
nadería, Repostería y
Expendeduría

Internado de los Teques

Expendeduría

Internado de Carabobo (Tocuyito)

Zona Agrícola y Pecuaria,
Centro

Floricultor, Taller de
Carpintería,

Expendeduría.

Penitenciaría General de
Venezuela

Tenería, Panadería, Zona
Agrícola,

Taller de Carpintería.

Internado de Barquisimeto(Duaca)

Taller de Artículos
Deportivos,

Taller de Carpintería y tapicería,
Panadería y Expendeduría

Centro Penitenciario de Occidente

(Táchira)

Taller de Carpintería, Panadería,
Expendeduría, Taller de
Confección,

Taller de Herrería y
Carpintería

Centro Penitenciario Región

Andina ( Mérida)

Panadería y
Expendeduría.

Cárcel de Maracaibo

Taller de Carpintería y Tapicería,
Expendeduría.

Internado de Monagas (La Pica)

Taller de Carpintería y
Herrería,

Zona Agrícola y Pecuaria

Internado de Yaracuy

Zona Agrícola, Centro
Lombricultor,

Centro Cúnicola, Fabrica de
Bloques.

C.T.C. Dr. Juan Tovar G.

(Táchira)

Zona Agrícola.

Del cuadro anterior se desprende que el Organismo
sólo realizaba actividades en 11 cárceles del
País y en un Centro de Tratamiento Comunitario, lo que
refleja que la presencia del mismo no alcanzaba al 50 % de las
instituciones carcelarias.

Si nos detenemos a revisar el porcentaje de
población reclusa incorporada en los programas que
medianamente se instrumentan en los once centros penitenciarios,
lamentablemente nos encontramos con niveles muy bajos de
participación, que nos obligan a afirmar que la Caja de
Trabajo no cumple con su misión; en oportunidades se
convierte además en un obstáculo para que las
autoridades regionales o particulares materialicen iniciativas de
participación laboral en las cárceles.

La poca capacidad de incorporación al trabajo que
puede ofrecer la dependencia es suplida por la misma
población reclusa a través de la
habilitación de actividades artesanales y la
buhonería, que pueden servir antes que todo para ocupar el
tiempo y hacerse de algunos recursos económicos; pero
escasamente contribuyen a la capacitación y a la
creación de hábitos de trabajo.

La situación para el año 2.004 se mantuvo
de forma similar. Se adelantaban algunas actividades de
producción con muy buenas pretensiones; pero con bajos
niveles de inversión y participación.

 

11.6.- EL CONTROL Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL
ÁREA DE TRATAMIENTO AL RECLUSO

Las posibilidades de control sobre el desempeño
laboral de cada uno de los funcionarios ejecutores de las
actividades de tratamiento a la población reclusa,
comienza por la definición de los correspondientes
programas, los cuales deben contener las acciones de seguimiento;
como ya se dijo, estos programas cuando no existen son muy
débiles o poco claros, de manera que no es posible
verificar si una actividad determinada fue ejecutada cuando no
está prevista en ningún instrumento.

Es obvio, que cada dependencia de la Dirección de
Rehabilitación debería elaborar antes del inicio de
cada año una programación que determine los
objetivos, metas y actividades. La programación debe
contener de igual forma, la metodología de seguimiento,
las prioridades de atención, los recursos disponibles, los
actores intervinientes y responsables de tareas. Esto
permitiría, la definición de las estrategias a
seguir al momento de presentarse la necesidad de redimencionar
metas, así como, la estimación de las variaciones
conforme a la dinámica penitenciaria que se presenta tan
cambiante.

El plan debería pautar los periodos de tiempo en
la ejecución, y la población que debe abordarse en
cada centro de reclusión, de igual forma se tendría
que prever la metodología de rendición de cuentas y
las estrategias de incorporación de cada equipo de
trabajo, facilitando su participación desde el momento de
elaboración, ejecución y supervisión,
sólo así es posible adelantar sobre el aspecto de
planificación, el control y la rendición de
cuentas.

El uso de la planificación permite la
estimación de los fenómenos del presente y las
previsiones a futuro. Aun cuando las eventualidades diarias
ciertamente distraen la atención y resultan muy
difíciles de superar, es posible la definición de
un plan donde además debe considerarse la ocurrencia de
eventualidades, así queda demostrado cuando revisamos un
poco la forma como los organismos que atienden emergencias se
preparan para atender situaciones de crisis.

La acción de los equipos de trabajo
tradicionalmente se orienta a la atención diaria de
internos que presentan ante cada servicio solicitudes de todo
tipo, a las que debe darse respuesta según las
competencias de los diferentes Departamentos; que por cierto, en
muchos casos se invaden de un servicio a otro; pero no se dispone
de una programación sistematizada que permita el
seguimiento permanente en cuanto al cumplimiento y efectividad de
las acciones que emprenden los equipos profesionales.

Por otra parte muchos directores de cárcel tienen
limitaciones de conocimientos sobre las competencias, funciones y
programas que deben facilitar los técnicos; por tal
razón, no son suficientemente eficientes en la tarea de
supervisores inmediatos, aun cuando se cuenta con algunos
manuales y se
dirigen instrucciones desde la Divisiones de Medicina y
Atención Integral al recluso, los directores no dan la
importancia necesaria a estos lineamientos.

La supervisión desde la División de
Atención Integral o Medicina Integral es sumamente
difícil, considerando la distancia existente desde Caracas
hasta las cárceles del interior, y sobre todo porque los
equipos de supervisión de las Divisiones no son
suficientes, aun haciendo sacrificios las posibilidades
están muy limitadas, ya que no se cuenta con
vehículos suficientes y presupuesto para los gastos de
viáticos necesarios, de tal manera que el control de la
gestión
de los equipos de trabajo es casi nulo.

Para lograr de alguna forma contacto con los
técnicos, los supervisores de los Departamentos de las
Divisiones referidas efectúan algunas visitas cuando se
les posibilitan recursos, inclusive asumiendo personalmente con
sus salarios gastos institucionales. El control de
gestión dadas estas limitaciones se efectúa
sobre todo a través de solicitudes de estadísticas
mensuales que deben reflejar la actuación de los
equipos.

El tipo de control que parte de estadísticas
enviadas por telefax no permite constatar oportunamente la
realidad de los datos suministrados. Como otra alternativa se
reúne en mesas de trabajo periódicamente a los
diferentes profesionales, donde se plantean estrategias de
atención, procedimientos; se emiten directrices y
lineamientos para mejorar el trabajo y lograr mejores
resultados.

La mayoría de las reuniones que se llevan a cabo
con este propósito terminan siendo dramáticas,
motivado a que los técnicos presentan sus graves
limitaciones para cumplir la misión y los supervisores de
las Divisiones de Atención Integral y Medicina cuentan con
pocas respuestas que ofrecer puesto que adolecen necesidades muy
parecidas en la sede.

Los mecanismos de control de gestión, en toda la
estructura del sector de prisiones ofrecen pocas posibilidades de
conocer sobre desviaciones y resultados para medianamente
redimencionar acciones, corregir las discrepancias con las
instrucciones o directrices; menos, determinar responsabilidades.
La situación se encuentra igual en los reclusorios y en
los establecimientos Abiertos, tanto en el área de
seguridad como de tratamiento, teniendo su origen en las
deficiencias tanto de recursos como de organización del
trabajo.

11.7.- EL PROGRAMA DE TRATAMIENTO ALTERNATIVO A LA
PRISIÓN

El surgimiento de la cárcel como medio de
rehabilitación, resocialización y
readaptación, viene dando muestras de fracaso desde sus
propios inicios, evidenciándose más su función
represiva y de aislamiento social.

Motivado al fracaso ancestral de la cárcel como
medio de resocialización, el derecho penal y
como parte de éste la ciencia
penitenciaria, ha venido estudiando otras alternativas que
sustituyan la prisión con una visión más
humanitaria, a través de las cuales, se permita al
individuo
sometido a sanciones penales mayores posibilidades de desarrollo
y cambio personal, con perspectivas más acordes al
contexto, considerando un poco las causas reales del delito, superando
al individuo, al atender las condiciones
socioeconómicas.

El tratamiento a través del régimen
abierto ubica al ser humano como parte del quehacer social, como
un ser social. Asume la sociedad como
formadora de la conducta; de
allí, la necesidad de colocar a las personas que han
transgredido la norma en un contexto en el cual mantengan
relación con la comunidad, con las normas y las
instituciones, como medios de referencia y actores primordiales
de la resocialización.

Carranza y otros, al referirse a la situación de
los Sistemas
Penitenciarios en América
Latina advierten que "la violencia en las prisiones de la
región, con una cuota elevada de muertos, es una
señal de alarma que nos indica la necesidad de cambio.
(Baste recordar los sangrientos motines de Argentina, Colombia,
Guatemala,
México,
Perú, etc., o la siniestra "lotería"
brasileña).

Entendemos que todo el sistema penal está en
crisis, con una inflación legislativa sin precedentes, con
códigos más represivos que preventivos, con
personal mal seleccionado e improvisado, y por desgracia, con
serias manchas de corrupción.

La justicia (y muy probablemente esto no es privativo
tan sólo del tercer Mundo) es lenta, cara, desigual e
inconsistente. Todo esto se refleja con mayor crueldad en la
prisión.

Capítulo aparte merecería la
prisión preventiva, que se ha convertido en uno de los
rompecabezas de más difícil
solución.

Nos enfrentamos a un doble dilema: la necesidad de
abolir la pena de prisión, tal como se ha ido aboliendo la
pena de
muerte, y el imperativo de encontrar cómo y por
qué sustituirla."41

Carranza ratifica la incapacidad de la cárcel
como medio de resocialización, al referirse a los centros
de reclusión de América
Latina, menciona condiciones similares a las que día a
día se observan en las prisiones venezolana.

La alternativa a la prisión a través de
modalidades de régimen abierto ha representado una
solución a la problemática de los reclusorios, y
para disminuir el proceso de prisionización y
aculturación; pero el problema de la cárcel como
medio de contaminación y aniquilamiento progresivo
de los reclusos en estos países permanece, aún
cuando se opte por el régimen abierto, en razón a
que la crisis se agudiza es en los recintos
penitenciarios.

En éste orden de ideas la ciencia penal
moderna se ha venido planteando la conveniencia de crear sistemas
alternativos que sustituyan la prisión, Jorge Kent,
considera que "teniendo en cuenta, entonces, la ineficacia
histórica de la cárcel como medio para lograr la
recuperación social de los delincuentes se impone,
inflexiblemente, la búsqueda de otras alternativas y la
revitalización de programas ya vigentes para ser
acometidos en todos los niveles del sistema de justicia penal: En
la etapa anterior al juicio, durante la tramitación del
proceso; previo al dictado de una sentencia y después de
la imposición de una pena de prisión.

Pero, no obstante lo sugerido, debe tenerse bien
presente que lo esencial de todo pensamiento
reformador reside en que la eventual restauración no debe
entenderse como un acto único mediante el cual, con el
auxilio de una nueva herramienta legal, se inserten enmiendas
que, por sí solas, generarán la corrección.
Esta, muy por el contrario, consiste en un proceso de
desenvolvimiento constante, máxime cuando tratamos de
instituciones de contenido social, peculiares de la ejecución
penal".42

Este tipo de medidas de carácter probatorio, como se dijo, responde
a la experimentación de alternativas distintas a la
cárcel. Su instrumentación, por su contenido social
requieren de una constante revisión y
actualización, al ritmo que cambia el contexto, en cuanto
a su aspecto normativo como institucional, pasando por los
métodos, los recursos
humanos para su aplicación y la infraestructura
disponible, de lo contrario a corto tiempo se generarían
procesos involutivos y el posible fracaso del sistema.

No basta con la promulgación de nuevos
instrumentos legales que de forma espasmódica surgen como
respuesta a la crisis. Resulta necesario además, que la
vigencia de las leyes sea
acompañada de adelantos en múltiples materias que
constituyen la infraestructura; es decir, recursos humanos y
financieros, equipamiento, locales, programas, métodos,
etc.

Las medidas alternativas referidas, entre otros
objetivos persiguen que el individuo permanezca en el seno de la
sociedad, utilizando a la comunidad como medio de control, donde
además, puede ser supervisado por el Juez natural,
orientado y asesorado por un profesional que contribuya a
facilitar herramientas útiles para el desarrollo
personal del individuo, y éste a su vez pueda ponerlas
en práctica con inmediatez.

El uso de la modalidad, indudablemente evita los rigores
de la cárcel, la prisionización, el proceso de
aculturación y por ende posibilita la superación al
individuo de conflictos internos y sociales que pudieron influir
en la transgresión, e inclusive contribuye al despliegue,
de alguna manera, de lo preventivo, considerando el efecto
contaminante de la cultura carcelaria.

En el caso venezolano desde hace varios años se
viene experimentando con el sistema abierto, tanto en las etapas
del proceso como en la de ejecución de sentencias, al
optar los Tribunales por la instrumentación de sistemas
probatorios como el Sometimiento a Juicio, la Libertad Bajo
Fianza, reformados en el tiempo como Suspensión de la
Ejecución del Proceso, Corte de la Causa en Providencia,
Acuerdos Reparatorios; además de estos, la
Suspensión Condicional de la Pena, Suspensión de la
Ejecución de la Pena, Destacamento de Trabajo,
Régimen Abierto, Libertad Condicional y Confinamiento
entre otros.

En Venezuela la aplicación de las alternativas de
régimen abierto se presenta muy particular; la
mayoría de éstas modalidades ha respondido en la
historia en
muchos casos a momentos coyunturales de crisis, donde los
principales impulsores de las reformas han sido los reclusos a
través de los conflictos carcelarios.

Posterior a graves conflictos carcelarios fue posible
lograr la promulgación de la Ley de Sometimiento a Juicio
y Suspensión Condicional de la Pena, La Ley de Libertad
Bajo Fianza, La Ley de Beneficios en el Proceso Penal, La Ley de
Redención Judicial de las Penas por el Trabajo y el
Estudio, y el Código
Orgánico Procesal Penal entre otros.

Se presume que de igual manera, la crisis penitenciaria
incidió en la formulación de parte del
Criminólogo Dr. Elio Goméz Grillo del
artículo 272 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela de 1.999, donde se
establece como principio la aplicación de medidas de
régimen abierto con preferencia a las de carácter
reclusorio.

En el País, la sustentación organizativa
legal de la aplicación del programa alternativo a la
prisión desde el Ministerio del Interior y Justicia, se
encuentra en principio en la Ley de Sometimiento a Juicio y
Suspensión Condicional de la Pena, hoy día
derogada, la cual establecía los procedimientos referidos
a ambas medidas, y contenía una reglamentación que
organiza desde el punto de vista operativo estos
servicios.

Posteriormente el Código Orgánico Procesal
Penal define una serie de normas referidas a las medidas
alternativas. La implementación de la modalidad de
tratamiento en libertad, está a cargo de la
Dirección de Prisiones del Ministerio de Justicia a
través de la División de Medidas de Prelibertad y
de los Tribunales de Control, Juicio y
Ejecución.

Los inicios del tratamiento en el País rindieron
muy buenos resultados, aunque no se cuenta con abundantes
documentos
estadísticos de análisis, se conoce la efectividad e
influencia, al detectarse bajos niveles de reincidencia de los
individuos abordados por éste servicio,
señalándose inclusive que la misma se mantuvo hasta
hace poco en el orden del 3 %.

Según las estadísticas de la
División de Medidas de Prelibertad, de 13.217 casos
atendidos en el año 2.002, fueron revocados por los
Tribunales 1.084 y reincidieron en el delito 79
individuos.

A través de éste tipo de tratamiento, se
ha atendido un alto porcentaje de la población imputada y
condenada en el sistema penal los últimos años,
aliviando la carga al sistema institucional o cerrado, evitando
con ello mayores consecuencias negativas en la comunidad y en el
sistema carcelario.

Aun cuando los resultados han sido muy alentadores, y
corroboran que se trata de una alternativa viable para superar la
crisis, éste sector del área penitenciaria, hoy
denominado dentro del programa de rehabilitación, Medidas
de Prelibertad, no ha sido atendido con propiedad de
acuerdo a la importancia que tiene, escasamente en los procesos
de reestructuración, ha cambiado de nombre; pero no ha
sido fortalecido en cuanto a asignación de recursos
materiales, humanos y financieros.

Actualmente se aprecia que en el programa de
Prelibertad, la población que se atiende a crecido en
grandes proporciones; sin embargo, el presupuesto de
funcionamiento y los equipos de trabajo se mantienen iguales, e
inclusive sus operadores cada día son utilizados
más en el sistema cerrado o en otras funciones
operativas.

Hoy día, ésta área importante del
tratamiento penitenciario también dependiente de la
Dirección General de Rehabilitación y Custodia,
tiene la responsabilidad de atender imputados y condenados,
sometidos por los Tribunales a medidas alternativas a la
privación de la libertad previstas en la
legislación vigente.

En el caso de imputados el programa atiende las medidas
de La Suspensión del Proceso, Las Medidas
Cautelares Sustitutivas de Libertad y Adolescentes
en Libertad Vigilada.

Con relación a condenados se involucra en el
tratamiento para sujetos sometidos a medidas como:
Suspensión de la Ejecución de la Pena, El
Destacamento de Trabajo, El Establecimiento Abierto y La Libertad
Condicional, cuyos resultados arrojan muy bajos niveles de
reincidencia, lo que indica la efectividad del tipo de
tratamiento, aun cuando adolece de serias
limitaciones.

El tratamiento alternativo a la prisión a cargo
del Ministerio del Interior y Justicia, atendía para el
año 2.003 aproximadamente 13.000 personas, y se implementa
a través de la División de Medidas de Prelibertad,
la cual posee una estructura conformada por Coordinaciones
Regionales, Unidades Técnicas de Apoyo al Sistema
Penitenciario y de Observación y Diagnóstico en algunos Estados.

Este programa se hace posible a través de equipos
profesionales y de supervisión que deben orientar y hacer
seguimiento a la conducta de personas sometidas a algún
tipo de medidas de las señaladas, contando para ello con
instalaciones administrativas y Centros de Tratamiento
Comunitario en algunas regiones del País, aunque
seriamente deficientes tanto en infraestructura como en
personal.

Según datos obtenidos en el Ministerio del
Interior y Justicia, para el año 2.003, se atendía
en la medida de Establecimiento Abierto aproximadamente 1.684
residentes distribuidos en 19 Centros, en Libertad Condicional
2.251 Liberados, en Destacamento de Trabajo 1.892 Destacados, en
Suspensión del Proceso 2.416 imputados, en
Suspensión de la Ejecución de la Pena 4.582,
además de los confinamientos y los Adolescentes en
Libertad Vigilada.

Al sumar la población atendida, ella alcanzaba
aproximadamente a 13.000 personas, lo que indicaba que la
modalidad tenía la responsabilidad de abordar una
población significativa de la que se somete al proceso
judicial, por lo que su existencia alivia profundamente la
problemática del sector de prisiones. La experiencia nos
dice que es más eficaz y eficiente para el control del
delincuente; sin embargo, resulta ser la cenicienta de prisiones,
pues no se le da la importancia que requiere, lo que se evidencia
en la seria deficiencia que experimenta en materia
presupuestaria, de instalaciones y de personal.

Cabe destacar que para el tratamiento en régimen
abierto existen pocos centros donde se pueda albergar mujeres;
por esta condición, la posibilidad que las damas disfruten
de la medida se encuentra sumamente limitada.

Para el año 1.998, según los datos
suministrados en el Ministerio del Interior y Justicia, al
programa de medidas de prelibertad le fue asignado un presupuesto
de funcionamiento en el orden de los 28 millones, para atender
aproximadamente 5.000 casos. Con la vigencia del nuevo
Código Orgánico Procesal Penal (C.O.P.P.), la
población se incrementó para el año 2.000 a
13.000 casos aproximadamente, sufriendo el presupuesto un leve
incremento situándolo en aproximados 30 millones de
bolívares para gastos de funcionamiento.

La población atendida para el mes de marzo de
2.003 era de 13.096 casos aproximadamente, y contradictoriamente
le fue asignado un presupuesto de 27 millones en ese año.
Para el año 2.004 la población continuaba
incrementándose y la situación presupuestaria
cambió poco o nada.

Las graves condiciones presupuestarias y la poca
incorporación de nuevos profesionales al servicio, genera
que el número de Delegados de Prueba encargados de la
supervisión, evaluación
y orientación sea insuficiente. Aproximadamente 170
profesionales en todo el País para funciones de
evaluación y supervisión, de los cuales unos 30
ejercen actividades administrativas; por esto, un alto porcentaje
de imputados y condenados sujetos a medidas alternativas a la
prisión se encuentren a su libre albedrío, sin
seguimiento y orientación.

Las evaluaciones psico-sociales en oportunidades son
deficientes, por cuanto en muchos casos los equipos de
evaluación no están completos; por ello, en
oportunidades se envía a la comunidad por una medida
alternativa personas no aptas, a quienes luego no se puede
controlar por falta de recursos, preocupando la particularidad
que, los mayores índices delictivos están
representados en los delitos contra
la propiedad en primer lugar y en segundo los delitos contra las
personas.

Para el año 2.003, se acumularon sin respuesta
por falta de profesionales en los equipos técnicos, un
gran número de solicitudes de evaluaciones para informes
psico-sociales ordenadas por los Jueces, destacándose
entre ellas: Valencia y P.G.V. con 393 solicitudes de
evaluación, Ciudad Bolívar con 135, Maturín
con 89, y Porlamar con 74. Para el año 2.004 la
situación de deficiencia y hacinamiento de casos por
Delegado de Prueba prevalecía, debido a que no se crearon
nuevos cargos conforme a los requerimientos reales.

Una situación especial, y muy delicada la
representan las deficiencias de personal para el seguimiento y
orientación de la población sometida a la medida de
Establecimiento Abierto, cuya modalidad de tratamiento se realiza
en los Centros de Tratamiento Comunitario (C.T.C.).

En los centros de régimen abierto, en
proporción considerable existe un alto grado de
hacinamiento, en razón a que fueron concebidos para
atender grupos pequeños de condenados.

Los centros de tratamiento comunitario, en ningún
caso poseen capacidad para más de treinta residentes; de
igual forma la nómina
de Delegados de Prueba responde a grupos por debajo de esta
cifra, así mismo, se presentan deficiencias en cuanto a la
disponibilidad de funcionarios de vigilancia, equipos, camas, y
demás servicios, actualmente todos están rebasados
de su capacidad de albergue y atención.

Con la puesta en vigencia del Código
Orgánico Procesal Penal, (C.O.P.P.) los Jueces conceden
éstas medidas con más facilidad que la
Dirección de Prisiones cuando tenía la competencia;
pero el Ministerio del Interior y Justicia no actualizó
sus dependencias para recibir grandes grupos de condenados, de
tal manera que actualmente los condenados sometidos a la
modalidad de tratamiento no están recibiendo el
seguimiento y la orientación debida; es decir, no se les
realiza seguimiento en el campo de trabajo ni en el ambiente
familiar, tampoco se les orienta ordinariamente porque los
Delegados de Prueba son insuficientes para está
tarea.

Hoy día los Establecimientos Abiertos tienen
poblaciones en ocasiones superiores a los doscientos condenados,
cuando fueron habilitados para escasos veinte o treinta
individuos.

Por las razones antes indicadas, el tratamiento en los
referidos establecimientos, resulta sumamente deficitario y no
cumple con el objetivo de
reinserción; debido a lo cual, los índices de
incumplimiento de las obligaciones por parte de los condenados
sometidos a medidas alternativas cada día se
incrementa.

Estas condiciones, inclusive, están produciendo
reincidencias y es elevado el número de solicitudes de
revocatorias tramitadas ante los Tribunales por parte de las
autoridades de los centros, ello evidencia que por falta de
planificación y previsión del Ministerio del
Interior y Justicia, se pudiera deteriorar uno de los pocos
programas que había generado desde su creación
buenos resultados.

Como se expuso, el Ministerio del Interior y Justicia,
tuvo tiempo para adaptar su infraestructura a la vigencia del
C.O.P.P; pero no cumplió cabalmente con la responsabilidad
de preparar las distintas dependencias y las plantillas de
personal durante la vacatio legen del C.O.P.P., por tal
razón, en la actualidad se presenta una
problemática adicional en el Sistema Penitenciario que de
alguna forma pudiera incidir en la elevación de los
índices de criminalidad en la comunidad.

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