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Cronología del Registro Civil hondureño




Enviado por ahrbom



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    Honduras durante mas de 103 años los Registros Civiles
    fueron administrados por los Alcaldes Municipales siendo
    responsables de sus actividades, El Secretario Municipal como
    encargado del Registro Civil,
    este fue un período de contrastes, situaciones positivas y
    negativas son la característica de este Período
    Secretarios Municipales con baja escolaridad y mala ortografía y otros por el contrario con un
    nivel de escolaridad aceptable y una ortografía y
    caligrafía excepcional y exquisita digna de ser exhibidos
    públicamente los folios que contienen los asientos de las
    Inscripciones de los Hechos y Actos del estado civil,
    dentro de los procedimientos de
    Inscripción que establezca El Código
    Civil, además de realizar las inscripciones en el Tomo
    Original debía realizarlo posteriormente en el Tomo
    Duplicado o Copiador implicando situaciones en las cuales la
    información inserta en el Tomo Copiador no
    es exactamente la que corresponde al Tomo Original, además
    se destaca que la remisión de los Tomos Copiadores se
    realizaba en forma intermitente a tal grado que al verificar los
    inventarios
    del orden cronológico de los Tomos Copiadores transferidos
    del Archivo Nacional
    al Departamento de Archivo Central del Registro Nacional e las
    Personas (Registro Civil de Honduras), existen vacíos de
    información que nunca fueron remitidos por el Secretario
    Municipal al Archivo Nacional, El Registro Civil durante el
    Período Municipal también era responsable del
    Proceso e
    Identificación ciudadana amparada en un Decreto
    Legislativo de 1954 en el que se emitía el documento de
    Identificación en forma de Libreta que contenía
    datos
    básicos de su titular, características
    físicas impresión de Huella Dactilar del dedo
    índice de la mano derecha y se le extendía un
    número de Identificación ciudadana que no
    tenía ningún vínculo o referencia a su
    Inscripción de Nacimiento como ser Tomo, Número,
    Folio que correspondía a un tomo donde se anotaban en
    orden cronológico a los ciudadanos que solicitaban su
    Tarjeta de Identidad, no
    requería en forma obligatoria, la presentación de
    la Certificación de Nacimiento, teniendo total y absoluta
    libertad. El
    Secretario Municipal para extenderla, situación en la que
    existió abuso extremo por corrupción, compadrazgo y sectarismo
    político.

    En muchos Registro Civiles la información se
    adulteraba al gusto y a la conveniencia de quien la solicitaba
    obviando todos los procedimientos que la legislación
    especial en aquel entonces establecía (Código
    Civil de 1906
    ), dentro de la información que se
    adulteraba se descubren las siguientes:

    1. Adulteración de nombres.
    2. Adulteración de apellidos.
    3. Adulteración de fechas de
      nacimiento.
    4. Adulteración de fecha de
      inscripción.
    5. Adulteración ó sustitución de la
      información del padre o madre.
    6. Entrelineados que no son salvados con las
      formalidades establecidas en la ley.
    7. Anotaciones marginales sin sustento legal, ni soporte
      documental.
    8. Legitimaciones que asentados mediante Nota Marginal
      sustituyen a la Madre biológica o Padre
      biológico, por otra persona
      totalmente distinta con la cual uno de los padres contrajo
      matrimonio.
    9. Sustitución o destrucción parcial de
      los folios de los tomos del Registro Civil.

    El nombramiento de los Secretarios Municipales
    dependía de los Alcaldes Municipales lo que hacia
    frágil su estabilidad laboral, pero con
    una relativa estabilidad por grandes períodos
    especialmente en los gobiernos defactos, pero bajo la voluntad de
    permanencia en el cargo del Alcalde Municipal y el Partido
    político de turno. Todo esta situación no
    permitió consolidar después de 103 un Registro
    Civil organizado por el hecho de estar descentralizado carente de
    un órgano central que emita disposiciones Técnicas
    uniformes a pesar de contar con la legislación en
    común y los modelos
    básicos para la elaboración de los asientos de las
    Inscripciones de los hechos y actos del estado civil de las
    personas naturales, contrario a la República Hermana de
    Costa Rica
    cuyo registro civil nació a la vida Institucional sin
    arrastrar, el abuso político que debilita la
    Institución del Registro Civil.

    En 1970 el PNUD a través de esfuerzos
    interinstitucionales del Ministerio de Gobernación,
    Dirección General de Estadísticas y Censos, Consejo
    Metropolitano del Distrito Central en otras Instituciones
    y con el apoyo de un consultor chileno de apellido
    Bustos.

    Se hace un análisis y propuesta de
    reorganización y modernización del Registro Civil
    cuya propuesta esta publicada en monografías. Com bajo el
    titulo reorganización del Registro Civil en Honduras, esa
    propuesta de modernización de los años setenta se
    mantuvo pendiente sin impulsar los cambios legales y
    estructurales que se requerían en 1980, se inicia bajo los
    auspicios de la Dirección General de Población de Política Migratoria.
    El proyecto de
    Identificación ciudadana que se encargara de emitir una
    Tarjeta de Identidad con estándar modernos, la
    Dirección General de Población y Política
    Migratoria inicio en los departamento fronterizos la
    enumeración de las Actas de Inscripción de
    nacimientos base para la generación del número de
    Tarjeta de Identidad, este proceso quedo inconcluso y en 1982
    mediante Decreto 150-82 se crea El Registro Nacional de las
    Personas, con lo que se logra un paso importante para la descentralización de la Institución
    del Registro Civil Honduras y la separación e independencia
    de las Alcaldías Municipales durante mas de 103
    años, en el año 1982 todavía la
    Administración del Registro Civil se mantuvo bajo las
    Alcaldías Municipales fue hasta en enero de 1983 cuando
    oficialmente los Registros Civiles Municipales, durante el primer
    período de acuerdo a la Ley, El Director y Sub-Director
    General tenían vigencia indefinidas pero un año
    más tarde la Ley del Registro Nacional de las Personas
    rotando los cargos cada año y haciendo una distribución por partido político
    proporcionalmente de acuerdo a los resultados electorales del
    período anterior.

     

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