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El Derecho Notarial se relaciona con el Derecho Civil Patrimonial (Perú) (página 2)



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Es decir, el derecho civil
patrimonial es mas amplio de lo que parece, y debe ser estudiado
también el derecho notarial por quien aspire a dominar el
derecho civil patrimonial.

En tal sentido para dominar el derecho civil patrimonial
debemos dominar el derecho notarial, por que para dominar el
mismo en la práctica debemos dominar temas como la
escritura
pública, los traslados (el testimonio, la boleta, y el
parte), los instrumentos públicos protocolares, los
instrumentos públicos extraprotocolares, entre otros temas
propios del derecho notarial.

Por lo cual si un jurista no conoce el derecho notarial
puede ser sorprendido y se le puede hacer creer que un documento
privado es un traslado, como ha ocurrido en la práctica, o
confundir un testimonio, o un parte notarial, con una escritura
pública. O una boleta con un testimonio o con una
escritura pública. O se puede ignorar que una boleta
contiene información parcial.

Es decir, resulta muy complejo de estudiar y de dominar
el derecho civil patrimonial, por lo cual en los cursos que se
haga pedagogía universitaria del mismo debe
estudiarse muchas ramas del derecho.

Debemos dejar claramente establecido que el derecho
notarial es muy poco conocido por parte de los juristas, siendo
los que mejor conocen esta rama del derecho los notarios
públicos, registradores públicos y vocales
registrales.

También debemos dejar constancia que no existen
trabajos que abarquen a todo el derecho civil patrimonial, ya que
resulta complejo de dominar el mismo en toda su extensión,
siendo el mejor trabajo el de
Luis Diez Picazo.

Temas relativos al derecho notarial que también
corresponde dominar para poder dominar
el derecho civil patrimonial son la responsabilidad del notario, competencia
notarial, nulidad de instrumentos notariales, competencia del
Colegio de Notarios, tipos de poderes notariales, entre
otros.

Es decir, el derecho notarial es muy complejo y al igual
que existen registros
registrales, existen también registros notariales, los
cuales se rigen por la ley del notariado
contenida en el Decreto Ley 26002.

Se sabe que el derecho notarial es poco conocido y desde
el año dos mil cuatro se impuso la obligación a las
facultades de derecho del estado peruano
que dicten el curso de derecho notarial.

En el Estado
Peruano existen pocos libros de
derecho notarial y en general es estudiado casi siempre junto con
registral, es decir, han existido varios libros y cátedras
de derecho notarial y registral (es decir, en un solo libro se
desarrolla registral y notarial y en un solo curso se desarrollan
estas dos ramas del derecho
público).

En el derecho positivo
notarial peruano no existe derecho codificado, por lo cual la
mayor parte del derecho positivo peruano se encuentra reunida en
la ley del notariado que se encuentra contenida en el Decreto Ley
26002.

Sin embargo, en el derecho positivo de algunos otros
estados si existe derecho codificado dentro del derecho
notarial.

El conocer notarial facilita la aplicación del
derecho civil patrimonial, porque permite determinar el tipo de
documento que debemos conseguir para cada acto (como el
testamento o el poder, entre otros), contrato (como la
compraventa vehicular, de predios, de acciones, de
participaciones, de buques, embarcaciones, pesqueras, naves,
aeronaves, marcas, patentes,
derechos de
autor, de empresas,
contratos
informáticos. , permuta, mutuo, depósito,
fianza, arrendamiento, arrendamiento de empresas, joint venture,
fideicomiso,
franquicia,
entre otros) o garantía (como la hipoteca, prenda, fianza,
derecho de retención, anticresis, prenda sin
desplazamiento, prenda con entrega jurídica, prenda
vehicular, prenda de acciones, de participaciones, hipoteca
popular, prenda pesquera, prenda industrial, prenda
agrícola, prenda global y flotante, prenda sobre marcas y
patentes y derechos de
autor, hipoteca naval, hipoteca de aeronaves, hipoteca
minera, prenda minera, fianza mercantil, prenda mercantil,
fideicomiso en garantía, leasing,
carta fianza,
arras, cláusula penal, seguro de
caución y seguro de tentre otras).

Es decir, los conceptos teóricos de notarial son
escasos pero es muy amplio en su aplicación.

Por ejemplo dentro de notarial es necesario el estudio
de las firmas legalizadas, cartas
notariales, entre otros.

A los abogados que dominan una rama del derecho se les
denomina especialistas, por lo cual conocemos civilistas,
penalistas, tributaristas, procesalistas, laboralistas,
constitucionalistas, registralistas, municipalistas,
comercialistas, entre otras especialidades. Por lo cual
corresponde en esta sede determinar como se denomina a los
especialistas en derecho notarial, que son
notarialistas.

Es decir, existen abogados que dominan el derecho
notarial.

En tal sentido corresponde en esta sede determinar cual
es el área de estudio de estos especialistas, que es el
derecho notarial.

Notarial es muy reducido, por ello, muchos abogados
desconocen esta especialidad en el derecho.

En el derecho positivo peruano notarial muy
reducido.

El derecho notarial peruano no ha desarrollado mucho
como para contar en el Estado Peruano con Código
Notarial.

Es decir, corresponde elaborar un código en las
ramas del derecho con una suficiente elaboración, y el
derecho notarial peruano no está muy elaborado, por ello
en el Estado Peruano por el momento no corresponde aprobar
Código Notarial.

Los notarialistas por lo general dominan contratos, saben
parte de civil, personas jurídicas, cartular, sociedades,
cooperativo, agrario, parte de tributario porque aplican la ley
de tributación municipal, urbanístico, procesal,
penal, entre otras ramas del derecho. En tal sentido los
notaristas, no tienen el mismo campo de estudio que los
registralistas ni que los civilistas.

Notarial ha desarrollado poco en el Perú, y en el
mismo recién contamos con derecho positivo desde 1911,
año en el cual se aprobó la primera ley del
notariado peruana.

En la actualidad en el derecho positivo se ha consagrado
legislación otorgando competencia notarial en procesos no
contenciosos, tales como sucesión intestada y
también para tramitar otros procesos cuando no existe
oposición como puede ocurrir en la prescripción
adquisitiva de dominio y en la
formación de títulos supletorios, entre otros
procedimientos.

Del derecho notarial se hace pedagogía
universitaria al igual que otras ramas del derecho como civil y
registral principalmente (en muchas universidades), y en especial
en la Universidad
Notarial Argentina de Argentina. Es decir, esta universidad
organiza cursos de derecho notarial y registral entre otros
cursos. Los cuales son de mucha importancia dentro del derecho
sudamericano.

Dentro del estudio del derecho notarial es necesario el
estudio de los principios
notariales (los cuales no han sido desarrollado por la doctrina
peruana y han sido poco desarrollado este tema en la doctrina
extranjera, respecto del estado peruano) y de los sistemas
notariales que son latino (como el sistema notarial
peruano), anglosajón y administrativo. De estos sistemas
notariales los dos primeros son los mas conocidos, es decir, los
mas conocidos son el sistema notarial latino y el sistema
notarial anglosajón.

En el sistema notarial latino el notario tiene mas
competencias e
importancia que en otros sistemas notariales y se caracteriza el
notariado por la existencia de protocolo
notarial, por lo cual debemos precisar que en el sistema notarial
anglosajón el notario no tiene mucha importancia ni mucha
competencia y no existe protocolo notarial.

Por ejemplo el sistema jurídico estadounidense
pertenece al sistema notarial anglosajón y en dicho
sistema jurídico el notario no tiene mucha competencia ni
tiene mucha importancia.

Es decir, el desarrollo de
un estado no determina la existencia de determinado sistema
notarial.

El desarrollo de los distintos sistemas jurídicos
es muy distinto, por lo cual aplicando el derecho
comparado que para algunos juristas es un método y
para otros es una ciencia,
podemos determinar que existen diferencias no sólo en el
derecho notarial sino también en otras ramas del derecho,
por ejemplo el derecho civil se encuentra mas desarrollado en
Argentina que en Perú.

Otro ejemplo lo encontramos en el derecho registral en
el cual apreciamos que el derecho español se
encuentra mas desarrollado que en el derecho peruano, e incluso
en España
existe la Revista
Crítica
de Derecho Inmobiliario en la cual publicamos un artículo
titulado La Calificación Registral de Documentos
Judiciales (2005, número 689, mayo junio. Año
LXXXI. Pags. 927 a la 1001). Otro ejemplo lo encontramos dentro
del derecho comparado del cual advertimos un mayor desarrollo en
el derecho español que en el derecho peruano, e incluso en
España existen maestrias y doctorados en dicha materia.

Otro ejemplo lo encontramos si estudiamos el derecho
registral peruano y de Estados Unidos de
Norteamérica, por lo cual advertimos que en el primer
sistema citado esta rama del derecho público ha
desarrollado mas que en el segundo sistema.

 

Fernando Jesús Torres Manrique

Abogado por la Universidad Católica Santa
María de Arequipa. Juez Titular del Juzgado Mixto de
Moyobamba. Ex Registrador Público de la Oficina Registral
Regional Los Libertadores Wari, en las Sedes Registrales de: Ica,
Nasca, Pisco, Huanta y Huancavelica. Ex Jefe de la Oficina
Registral de Huancavelica. Ex Apoderado de la Oficina Registral
Regional Los Libertadores Wari. Ex Representante de la
Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos
Judiciales del Ministerio de Justicia, en
los procesos judiciales en los que era parte la Oficina Registral
Regional Los Libertadores Wari, tramitados en el distrito
judicial de Huancavelica, en mérito a las delegaciones
otorgadas por la Procuraduría Pública a cargo de
los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia. Ex Presidente
de la Comisión Especial de Transferencia de los Registros
de Propiedad
Vehicular y de Prenda de Transportes de la Dirección Sub Regional de
Circulación Terrestre de Huancavelica al Sistema Nacional
de los Registros Públicos. Ex Miembro de la
Comisión de Transferencia del Registro de
Vehículos Menores de la Dirección Regional de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Huancavelica a la Oficina
Registral Regional Los Libertadores Wari. Expositor en
importantes eventos
académicos en el Perú y en el extranjero.
Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos. Estudios de Post grado en Derecho
de Trabajo, Derecho
Administrativo, Contratos Modernos, Negociación, Diplomado en Función
Jurisdiccional, Despacho Judicial, Conciliador Extrajudicial,
estudios de Arbitraje en el
Colegio de Abogados de Lima, estudios en la Academia de la
Magistratura y de Pedagogía Universitaria. Autor de
abundantes artículos en materia jurídica y de los
siguientes libros: Derecho Empresarial, Garantías, Derecho
Comparado y Sistemas Jurídicos, La Enseñanza del Derecho, Introducción
al Derecho y Latín Jurídico, Manual del
Abogado Corporativo, Tratado de Derecho Registral, Personas
Jurídicas y Calificación Registral de Documentos
Judiciales. Segundo puesto como expositor del Taller de Investigación Jurídica 2004 en la
categoría maestristas organizado por la Unidad de
Investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos.

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