- Delimitación del
Tema - Importancia del
Tema - Importancia
Económica - Eficiencia de las
garantías - Función
Económica - Área del
conocimiento - Obligaciones que
garantizan las garantías - Una Ley General de
Garantías reduce los costos de
transacción - Concurrencia de
Garantías - Garantías
Tradicionales - Garantías
Especiales - Otras
Garantías - Clasificación de las
Garantías - Garantías
Bancarias - Privilegios
- Conclusiones
- Sugerencias
1.
DELIMITACIÓN DEL TEMA
Cuando nos referimos a garantías nos podemos
referir a: 1) Garantías constitucionales, que se
encuentran establecidas en el artículo 200 de la Constitución Política del Estado de 1993
y que son las siguientes: Acción
de Habeas Corpus,
Acción de Amparo,
Acción de Hábeas Data, Acción de
Inconstitucionalidad, Acción Popular y Acción de
Cumplimiento; 2) Garantías Procesales que principalmente
se encuentran agrupadas en el artículo 139 de la
Constitución Política del Estado de 1993; 3)
Garantías de la ley penal, que se
encuentran consagradas en el Título Preliminar del
Código
Penal Peruano de 1991; y 4) Garantías que se encuentran
establecidas y reguladas para garantizar el cumplimiento de un
contrato de
mutuo, de un crédito
celebrado con una Empresa del
Sistema
Financiero, de un contrato de ventas a
plazos, la devolución de un bien por ejemplo cuando
celebramos un contrato de arrendamiento de un vehículo u
otra obligación por ejemplo para cumplir con lo pactado en
un contrato de suministro.
En el cuarto grupo de las
garantías se encuentran los derechos
reales de garantía entre los cuales podemos citar la
hipoteca y la prenda (en la actualidad se encuentran derogadas
las normas peruanas
que regulaban las prendas conforme a la Sexta Disposición
Final de la Ley de Garantía Mobiliaria contenida en la Ley
28677 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01-03-2006), y
otras garantías como el contrato de fianza, la carta fianza y
el contrato de fideicomiso en
garantía. Por lo cual es necesario precisar que en el
presente trabajo nos
referiremos sólo al cuarto grupo de
garantías.
2. IMPORTANCIA DEL TEMA
Las garantías es un tema de vital importancia por
que permite conocer que las garantías abarcan áreas
no sólo del derecho civil
(específicamente derechos reales y contratos), sino
que también abarcan áreas del derecho industrial,
del derecho cambiario o derecho cartular, del derecho bancario y
del derecho registral, entre otras áreas del
derecho.
No sólo es necesario redactar bien los contratos
sino que también es necesario conocer cuales son los
contratos existentes para que según el caso sepamos elegir
cual es el contrato que corresponde redactar frente a un caso o
supuesto determinado. Lo mismo ocurre cuando queremos constituir
una garantía ya que no sólo es necesario conocer
los contratos sino que también es importante saber cuales
son las garantías existentes en cada Estado para
posteriormente recién elegir dentro de dichas
garantías cual se ajusta mas al caso concreto o
supuesto determinado.
Frente a tal supuesto es necesario precisar que la
hipoteca es sólo una garantía real que se
caracteriza por que es derecho real de garantía o derecho
real accesorio regulado por el Libro V
titulado Derechos Reales del Código
Civil Peruano de 1984. Es decir, para muchos abogados esta
garantía es muy conocida, pero no es la única
garantía existente en el derecho positivo
peruano.
3.
IMPORTANCIA ECONÓMICA
Las garantías tienen la ventaja de agilizar el
otorgamiento de un crédito o el cumplimiento del pago del
precio en los
contratos de compra venta. De todas
las ventas realizadas gran parte de ellas son efectuadas al
crédito, es decir, no todas las compra ventas se celebran
al contado, por lo cual es importante brindar a los empresarios
mecanismos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones
consistentes en el pago, sin embargo, es necesario precisar que
el contrato de compra venta no es el único contrato que
cuando es celebrado al crédito, amerita la
constitución de una garantía. Sino que para el
cumplimiento de otros contratos también es posible
constituir garantías por ejemplo para asegurar el pago de
la merced conductiva en los contratos de arrendamiento de
inmuebles o de vehículos, en otros contratos la
garantía lo que garantiza no es el pago de la merced
conductiva sino la devolución del bien por ejemplo en los
contratos de arrendamiento de vehículos es importante no
sólo el pago de la merced conductiva sino también
la devolución del vehículo. Las garantías
también pueden ser necesarias para garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de los contratos de
arrendamiento de computadoras.
Muchos empresarios y/o sus asesores legales no solo
deben preocuparse de vender sus bienes y
servicios sino
también de elegir la garantía mas adecuada para los
fines que ellos deseen ya que las garantías no pueden ser
utilizadas en todos los casos, por ejemplo si se vende un
inmueble no tiene mucho sentido constituir un derecho real de
prenda, sin embargo, en dicho supuesto el derecho real de
hipoteca no es el único tipo de garantía a ser
utilizada, ya que pueden constituirse otros tipos de
garantías como el contrato de fideicomiso en
garantía.
En tal sentido resulta indispensable comprender que el
tratamiento de las garantías en el derecho positivo
peruano rebasa las garantías reguladas por el
Código Civil Peruano de 1984, ya que para muchos autores
hablar de garantías es hablar de las garantías
reguladas por el Código Civil Peruano de 1984 en el Libro
V titulado Derechos Reales que son la hipoteca, el anticresis y
el derecho de retención.
La elección por parte del empresario y/o
asesores de la garantía es determinante para el desarrollo de
las empresas ya que
cuando se elige la garantía es importante porque al elegir
la garantía no sólo es necesario tener en cuenta
que la misma garantizará el cumplimiento de la
obligación, que sea de fácil realización y
de un costo reducido,
sino que además se debe tener en cuenta que dicha
garantía sea una garantía fácil de
constituir
4. EFICIENCIA DE
LAS GARANTÍAS
La eficiencia de las garantías es determinada en
distinto nivel para cada bien o para cada caso concreto. Por lo
cual algunas garantías resultan ser mas eficientes que
otras en algunos supuestos. Es decir que para todos los supuestos
la garantía a elegir no es igual de eficiente. Por ejemplo
cuando se vende una plancha a crédito es necesario tener
presente que para garantizar el pago del precio no resulta
eficiente constituir un derecho real de hipoteca, pero si puede
resultar eficiente celebrar un contrato de fianza. Por ejemplo
para garantizar el pago de una casa puede resultar eficiente
constituir un derecho real de hipoteca o celebrar un contrato de
fideicomiso en garantía.
También es necesario precisar que la eficiencia
de las garantías puede ser determinada por diversos
factores como el costo de su constitución, el tiempo que
demora constituir la garantía, la forma de
ejecución de la garantía, los beneficios de la
garantía frente a otras formas de garantía. Es
decir, que algunas garantías tienen ventajas frente a
otras garantías.
Por ejemplo el contrato de fianza resulta ser muy
eficiente por el costo en su constitución. También
es necesario precisar que el contrato de fideicomiso en
garantía resulta ser muy eficiente por que su
ejecución es extrajudicial, a diferencia del derecho real
de hipoteca que su forma de ejecución es
judicial.
Es necesario aclarar que las garantías desde
cierto enfoque pueden resultar eficientes, pero desde otro
enfoque pueden resultar no eficientes, en tal sentido podemos
afirmar que el contrato de fianza resulta eficiente desde el
punto de vista que su constitución es rápida, pero
teniendo en cuenta que es una garantía de tipo personal, no
resulta ser tan eficiente como el derecho real de hipoteca por
que éste persigue al bien, conforme al segundo párrafo
del artículo 1097 del Código Civil Peruano de 1984
que establece que la garantía no determina la
desposesión y otorga al acreedor los derechos de
persecución, preferencia y venta judicial del bien, es
decir, el derecho real de hipoteca resulta eficiente por que
tiene como característica el ser persecutorio.
5. FUNCIÓN ECONÓMICA
Las garantías cumplen una importante función
económica por que gracias a la existencia de las
garantías la celebración de algunos contratos es
mayor, ya que por ejemplo no todos los contratos de compra venta
se celebran al contado, sino que muchas compra ventas son a
plazos.
Las garantías no sólo son importantes para
la celebración de contratos de compra ventas a plazos,
sino también para la celebración de otros contratos
como son el contrato de cuenta corriente, el contrato de mutuo,
el contrato de arrendamiento de vehículos y el contrato de
crédito bancario, entre otros contratos. Es decir, las
garantías facilitan el otorgamiento de créditos por parte de las Empresas del
Sistema
Financiero, empresas que además se valen de la información contenida en las Centrales de
Riesgo a que
se hace referencia en el artículo 158 de la Ley General
del Sistema Financiero de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
contenida en la Ley 26702.
En caso de no existir garantías sería
más difícil para las Empresas del Sistema
Financiero calificar como pasible de otorgar un crédito a
un cliente, es
decir, de no existir garantías existiría mucha
inseguridad al
momento de otorgar un crédito bancario.
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