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El Habeas Corpus




Enviado por alarconflores7



Partes: 1, 2

    1. Antecedentes históricos
      del Habeas Corpus
    2. Legislación
      comparada
    3. Clases de
      Habeas Corpus
    4. Qué
      protege el Habeas Corpus
    5. Caso
      práctico
    6. Conclusiones
      generales

    INTRODUCCIÓN

    El constitucionalismo Moderno se ha caracterizado por
    tener un objetivo
    fundamental: El reconocimiento y la protección de la vida
    y la libertad de
    los ciudadanos.

    La libertad es un derecho esencial del ser
    humano.

    El derecho a la libertad como garantía
    fundamental no tiene carácter absoluto ni
    irrestricto.

    Cuando la privación de la libertad se convierte
    en arbitraria el Hábeas
    Corpus cumple una importante función.

    ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL HABEAS
    CORPUS

    Época imperial de la antigua roma: El
    interdicto de "homine lebero exhibendo" tenía por objeto
    exhibir al hombre libre
    que se retiene con dolo y se otorgaba contra todo particular que
    restringiera en su libertad a una persona que
    tenía derecho al goce de ella, y para que inmediatamente
    lo presentara al Pretor quien decidiría de la buena o mala
    fe con que había procedido el demandado.

    Este interdicto estaba basado en el principio de que
    nadie debe retener al hombre libre con dolo, así se
    expresa en su Ley Primera. La
    Ley Tercera aclara que exhibir es sacar al público y
    permitir que se vea o se toque al hombre, o propiamente dicho:
    manifestar lo que esta oculto. Este interdicto disponía
    además que su aplicación le compete a todos los
    hombres libres, por que a ninguno se le ha de impedir que
    favorezca su libertad.

    En Roma la necesidad solo estribaba en reprimir y evitar
    las detenciones privadas de los señores cuando
    éstas eran realizadas por actos arbitrarios y contra
    personas que no eran de su familia o de su
    servidumbre esclava.

    LEGISLACIÓN COMPARADA

    Creación de la institución del
    Hábeas Corpus en el pueblo inglés

    El pueblo inglés
    fue el primero que despertó contra el absolutismo
    monárquico, con actos de completa y noble rebelión
    y contra la disgregación social que trajo el feudalismo; su
    nobleza no fue como la de otros reinos, que se
    complacía (a la par que oprimía al débil) en
    dejarse convertir en un esclavo del Rey.

    En el año 1100 vemos arrancar a Enrique I, la
    famosa Carta de
    Libertades, cuerpo jurídico imperfecto, pero de gran
    valor en la
    historia del
    derecho
    constitucional británico .

    En el año de 1136, Esteban, Rey de Inglaterra,
    otorga su Carta sobre las Libertades del Reino y de la Iglesia,
    siguiéndole la promulgada por su hijo Enrique II
    Plantagenet el día de su coronación. Luego vino la
    primera Carta Magna, origen de las libertades inglesas, que
    refunde y amplia los principios ya
    obtenidos. Fue otorgada por Juan Sin Tierra, en
    1215. Con esta Ley, sufre Inglaterra un cambió radical en
    su Constitución Política, pasa la
    Soberanía del Rey a manos de la nobleza,
    que se organiza en asamblea formando el Parlamento
    Inglés.

    En 1215 la Carta Magna
    estableció limitaciones al poder real y
    consagró el principio de la libertad individual. En esta
    carta se disponía que ningún hombre libre
    podría ser detenido, preso, ni desposeído de lo que
    legalmente se halle en su poder, ni tampoco privado de sus
    libertades, sin previa ley que lo justifique: "Nadie puede ser
    castigado de ninguna manera sino por sentencia legalmente
    pronunciada contra él, por sus iguales o pares,
    según la ley del país. A nadie debe rehusar el Rey
    pronta justicia, la
    que no podrá ser vendida a persona alguna".

    Para consolidar el cumplimiento de esta Carta y arraigar
    dicho Parlamento, muchas fueron las luchas y revoluciones que
    tuvieron que sostener los ingleses, hasta que la Revolución
    de Cronwell en 1640 parece imprimirle caracteres definitivos a
    sus libertades.

    Cuando subía al trono el Rey Carlos II, se le
    hace al pueblo inglés más necesario garantizar sus
    conquistas de libertad, y hacer efectivo los preceptos de sus
    leyes
    liberales que no podían cumplirse. El malestar reinante,
    la formación ya de los dos partidos imperantes (Thorys y
    Wighs), la historia desastrosa de sus reyes y los abusos que el
    absolutismo y la nobleza habían cometido siempre, hicieron
    comprender al pueblo inglés que era necesario que los
    principios de la Revolución de 1640 se consolidaran y
    fuera efectivo el pase de la soberanía al Parlamento, y a
    ese fin, con oportunidad sublime, se dictan una serie de actas,
    que restringían el poder monárquico, y entre ellas,
    y de las primeras, se promulga el Habeas Corpus
    Act en el año 1679.

    La ley de Habeas Corpus de 1679 decía: "Si una
    persona es arrestada y detenida en tiempo de
    receso por cualquier delito
    tendrá derecho por sí, o por otro en
    representación suya para dirigirse al lord canciller o
    cualquier otro juez o magistrado, los cuales, vistas las copias
    de los autos de
    prisión o previo el juramento de haber sido denegadas
    dichas copias, precediendo una petición por escrito de la
    persona detenida o de cualquiera otra en su lugar, confirmada por
    dos testigos presentes en el acto de entregarla, tiene la
    obligación de expedir un habeas corpus que será
    remitido al lord canciller, juez o barón de los
    respectivos tribunales; y una vez presentado el writ; el
    funcionario o la persona a quien éste comisione
    presentará nuevamente el preso ante el lord canciller, los
    demás jueces o el designado por el susodicho writ; dando a
    conocer las causas de la prisión o detención.
    Cumplidas estas disposiciones, en dos días el lord
    canciller o cualquier otro juez pondrá en libertad al
    preso, recibiendo en garantía la suma que los jueces
    consideren conveniente, en atención a la calidad del preso
    o a la naturaleza del
    delito. La ley establece las penas al funcionario que no cumpla
    con el writ, como también la prohibición de volver
    a detener a la persona por el mismo delito, una vez puesto en
    libertad por habeas corpus".

    La ley de 1679 reglaba el habeas corpus sólo para
    casos criminales, luego, por ley de 1816, cosas civiles. En 1862,
    una ley amplió la jurisdicción, su
    aplicación se extendió a cualquier colonia inglesa
    en que hubiera magistrados en condiciones de emitir un writ de
    hábeas corpus.

    El primer país que introdujo la figura del
    Hábeas Corpus en nuestra región fue Brasil en su
    Código
    Penal de 1830 y más concretamente en su Código de
    Procedimientos
    Penales de 1832.

    En el Perú se adopta esta institución por
    ley del 21 de Octubre de 1897, es decir que su nacimiento es
    eminentemente legal. Posteriormente, el tratamiento al habeas
    corpus es enriquecido por las leyes 2223 y 2253 de 1916, para
    tener consagración constitucional recién en la
    Constitución de 1920. En la actual Constitución
    Política de 1993, se regula al Hábeas Corpus en el
    Artículo 200º inciso 1.

    Asimismo, también es regulado el Hábeas
    Corpus por el nuevo Código Procesal Constitucional,
    promulgado por Ley 28237 y publicado el 31 de Mayo del
    2004.

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