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Proteger los bienes del patrimonio cultural: tarea de todos



Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. La Constitución de la
      República
    3. Ley No. 2
      Ley de los monumentos nacionales y locales

    Resumen:

    El trabajo
    constituye una breve reseña en la que se manifiesta la
    importancia de la necesidad de proteger los bienes del
    patrimonio
    cultural específicamente en Cuba.

    El patrimonio cultural tangible tiene gran significado
    sociocultural porque constituye una parte importante de la
    herencia de
    toda comunidad, o
    nación,
    y de la humanidad entera; también tiene un importante
    valor
    económico. Actualmente se refleja un elevado deterioro del
    mismo y, por ende, de recursos
    socialmente insuficientes para su protección,
    restauración, conservación y puesta a
    disposición. A diferencia de gran parte de los bienes
    naturales, todos los bienes de patrimonio cultural son recursos
    no renovables. Allí radica la responsabilidad actual de asegurar la
    preservación de nuestra herencia cultural para el deleite
    y la investigación de las generaciones presentes
    y futuras.

    El patrimonio cultural es inicialmente pasivo, existe
    como objeto, independientemente del reconocimiento o no de su
    valor cultural, y es la comunidad la que en un momento
    determinado de su desarrollo .lo
    selecciona, lo escoge como elemento que debe ser conservado por
    valores que
    trascienden su uso o función
    primitiva. Es solo en este acto que queda definido como bien
    cultural.

    El patrimonio cultural constituye una forma visible de
    la cultura
    representa lo que tenemos derecho a heredar de nuestros
    predecesores y nuestra obligación de conservarlo a su vez
    para las generaciones futuras. Los bienes culturales pueden ser
    también físicos e intangibles, los intangibles son
    las costumbres ,las fiestas ,la música ,la
    tradición culinaria ,las artes representativas y tantas
    otras manifestaciones, que constituyen parte de la cultura y son
    extremadamente significativos en cuanto a la preservación
    de la identidad de
    un país. Los bienes culturales materiales, se
    distinguen en patrimonio mueble (que puede ser trasladado) del
    patrimonio cultural inmueble ,los museos, las bibliotecas y los
    archivos que
    son quienes conservan el patrimonio mueble, además de
    algunos sujetos individuales y distintas instituciones
    que por lo general comparten la responsabilidad de preservar el
    patrimonio inmueble . Esta idea fue reforzada por el enorme
    peligro de que desaparecieran grandes manifestaciones culturales
    debido a la enorme destrucción causada durante la Segunda Guerra
    Mundial. Posteriormente, a medida que un mayor número
    de naciones lograron su independencia,
    el patrimonio cultural reflejó la continuidad e identidad
    de pueblos particulares.

    Según las formulaciones de la UNESCO puede
    definirse patrimonio cultural como los monumentos, grupos de
    edificios y sitios que tienen valor histórico,
    estético, arqueológico, científico,
    etnológico o antropológico. Patrimonio natural
    comprende formaciones físicas, biológicas y
    geológicas excepcionales, hábitat
    de especies animales y
    vegetales amenazadas, y zonas que tengan valor científico,
    de conservación o estético. Por tanto son bienes
    que por su especial relevancia en relación con la
    arqueología, la prehistoria, la
    historia, la
    literatura,
    la
    educación, el arte, la ciencia y
    la cultura en general, integran el patrimonio cultural de la
    nación
    y por tanto están requeridos de medios
    idóneos de preservación y
    conservación.

    Frecuentemente se distingue le valor económico
    que tiene los bienes culturales de su valor social y cultural. Si
    bien, en muchos casos, el valor económico de un objeto
    patrimonial es un antecedente relevante para determinar la
    importancia de su preservación, el principal motivo para
    conservar bienes culturales radica en el valor social o cultural
    que estos bienes tienen para un individuo,
    comunidad, nación y en algunos casos, para la humanidad.
    De hecho son muchos los bienes que no tiene un valor
    económico explícito, pues no se tasan en el
    mercado como
    en el caso de catedrales, esculturas e la vía
    pública, las obras pertenecientes a museos o las estructuras
    arqueológicas.

    En el mundo actual los bienes del patrimonio cultural se
    han convertido en una inversión segura, resistente a cualquier
    desajuste financiero, y que , con el transcurso del tiempo
    proporcionan un incremento de su cuantía, por ello
    constituyen un útil mercado para traficantes tanto en el
    ámbito nacional como internacional, que pretenden por esta
    vía establecer comercio
    ilegal encaminado a un único fin: enriquecerse.

    Cuba al igual que muchos países subdesarrollados
    ha sido victima de este saqueo de bienes culturales. Muchas de
    nuestras obras de arte y bienes patrimoniales han aparecido en
    galerías o lugares de subasta de otras naciones. Nuestro
    país defiende la necesidad de preservar los bienes
    culturales de la humanidad, de enfrentar el tráfico
    ilícito de los mismos así como también de
    los servicios
    culturales y por supuesto aboga por la devolución de esa
    parte del patrimonio cultural de esas naciones a sus
    países de origen.

    Cuba no esta ajena a los requerimientos en materia de
    protección de patrimonio cultural y ha emitido diversos
    regulaciones legales sobre esta materia que han permitido arribar
    a diferentes definiciones conceptuales del mismo, así
    tenemos:

    La
    Constitución de la
    República
    .

    Proclamada el 24 de febrero de 1976, en su
    Artículo 39, inciso (h) establece " El Estado
    defiende la identidad de la cultura cubana y vela por la
    conservación del patrimonio cultural y la riqueza
    artística e histórica de la nación. Protege
    los monumentos nacionales y los lugares notables por su belleza
    natural o por su reconocido valor artístico o
    histórico"

    Inciso (i) "El Estado
    promueve la participación de los ciudadanos a
    través de las organizaciones de
    masas y sociales del país en la realización de su
    política
    educacional y cultural"

    Por otra parte contiene enunciaciones conceptuales
    generales la Ley No 1 de 4 de
    agosto de 1977. Ley de Protección al Patrimonio Cultural y
    su Reglamento el Decreto No. 118 de 23 de Septiembre de 1983.,
    esta tiene por objeto la determinación de los bienes que,
    por su especial relevancia en relación con la
    arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura,
    la educación,
    el arte, la ciencia y la
    cultura en general forman parte integrante del Patrimonio
    Cultural de la Nación y establecer medios idóneos
    de protección de los mismos.

    Precisándose en su reglamento el Decreto No. 118,
    que el Patrimonio Cultural de la Nación está
    integrado por aquellos bienes muebles e inmuebles que son la
    expresión o el testimonio de la creación humana o
    de la evolución de la naturaleza,
    fundamentalmente;

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