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Servicios solidarios del Estado en un mundo globalizado



Partes: 1, 2, 3

    1. Estado social de Derecho en
      Costa Rica
    2. Globalización
      y apertura económica
    3. La
      disyuntiva de escoger un modelo
    4. Resultados del
      modelo solidario
    5. Conclusiones
    6. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    La globalización es un proceso
    progresivo, acelerado hoy por a) la convergencia
    tecnológica de las redes, la informática y las telecomunicaciones, b) la acción
    de las empresas
    transnacionales y c) los tratados de
    libre
    comercio. Las fuerzas del libre comercio, en
    asocio con gobernantes complacientes en nuestros países
    del tercer mundo, han venido infiltrando las políticas
    de Estado,
    desarticulado el desarrollo
    social que caracterizó una mayoría de ellos y
    propiciado la apertura y desregulación de los mercados y la
    privatización de las empresas
    públicas, causando en la mayoría de los casos,
    pobreza y
    exclusión de las clases más vulnerables.

    Costa Rica, sin embargo, es todavía ejemplo de
    desarrollo social, para una América
    Latina cada vez más pobre. Su Estado Social de
    Derecho, con instituciones
    públicas prestando servicios al
    costo y bajo el
    principio de solidaridad, le
    ha permitido niveles de desarrollo socio-económico, muy
    superiores al promedio latinoamericano.

    Sus instituciones estatales han sido por tanto, un
    instrumento de desarrollo, generador de economías para las
    empresas, pero sobretodo de bienestar para toda la población, pues no solo constituyen un
    medio de distribución de riqueza, sino que le
    generan un extraordinario excedente al consumidor.

    ESTADO SOCIAL DE
    DERECHO EN COSTA RICA

    Costa Rica es hoy, posiblemente, el país
    más solidario de América
    Latina. Su Modelo de
    Estado, creado en 1949, garantiza servicios
    públicos que hoy son estratégicos, a casi la
    totalidad de su población. Tal cosa solo ha sido posible,
    a través de la acción y la regulación del
    Estado.

    Las políticas neoliberales en las últimas
    dos décadas, han venido sin embargo, debilitando el Estado y
    limitando ese modelo. Sus repercusiones, sobre todo en la
    población de menores recursos, han
    provocado que haya aumentado -en vez de disminuir- la brecha
    social y la exclusión. El auge de los servicios privados
    de salud y educación y el
    deterioro de sus contrapartes públicas, son consecuencia
    directa de la estrategia de
    liberalización de mercados, desgravación tributaria
    para algunos grupos y
    reducción del Estado.

    A pesar de todo eso, el modelo de empresas del Estado
    que prestan servicios, sobre todo cuando estos se dan en monopolio
    (pero regulado, para prevenir abusos); que opera por ley al costo y
    con subsidios para quienes no pueden pagar su costo, ha sido el
    medio por el que nuestro país ha garantizado acceso
    universal a los más importantes servicios públicos:
    salud, educación, agua potable,
    energía
    eléctrica, telecomunicaciones y seguros.

    Nuestro Estado está cimentado, desde 1949, sobre
    pilares constitucionales que podríamos resumir de la
    siguiente forma:

    1. Un Estado Social de Derecho, sustentado en el
      Artículo No. 50 de la Constitución Política: "El
      Estado procurará el mayor bienestar a todos los
      habitantes del país, organizando y estimulando la
      producción y el más adecuado
      reparto de la riqueza".
    2. Educación gratuita y obligatoria,
      garantizada por el Artículo No. 78 de la
      Constitución Política: "La
      educación general básica es obligatoria.
      Esta, la preescolar y
      la educación diversificada son gratuitas y costeadas por
      la Nación".
    3. La proscripción del ejército
      como institución permanente, según el
      Artículo No. 12 de la Constitución
      Política: "Se proscribe el ejército como
      institución permanente".
    4. El Principio de Solidaridad Social,
      garantizado por el Artículo No. 74 de la
      Constitución Política: "Los derechos y beneficios a
      que este capítulo se refiere son irrenunciables. Su
      enumeración no excluye otros que se deriven del
      principio cristiano de justicia
      social y que indique la ley; serán aplicables por igual
      a todos los factores concurrentes al proceso de
      producción y reglamentados en una legislación
      social y de trabajo, a
      fin de procurar una política permanente de solidaridad
      nacional".
    5. La prestación de servicios
      públicos por instituciones del Estado, que operan al
      costo, sin fines de lucro, en procura del desarrollo y el
      bienestar del país y sus habitantes, así
      garantizado por la Ley No. 7593 del 9 de agosto de 1996, de la
      Autoridad
      Reguladora de las Servicios Públicos (ARESEP) y la Ley
      No. 3226 del 28 de octubre de 1963, en el caso
      específico de telecomunicaciones.

    Esas normas de nuestra
    Constitución y legislación, han producido el
    más universal acceso a los servicios básicos, que
    país alguno haya podido lograr en América Latina, a
    través de instituciones públicas como la Caja
    Costarricense de Seguro Social
    (CCSS), el Ministerio de Educación, las Universidades
    Públicas y el Instituto Nacional de Aprendizaje
    (INA), el Servicio
    Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SNAA), el Instituto
    Costarricense de Electricidad
    (ICE), y el Instituto Nacional de Seguros (INS).

    A través del Servicio Nacional de Electricidad
    (SNE), creado por Ley No. 77 del 31 de julio de 1924 y convertido
    más recientemente en la Autoridad de Servicios
    Públicos (ARESEP), creada por Ley No. 7593 del 9 de agosto
    de 1996, se asegura el país de que esos monopolios
    públicos, permitidos para el Estado, no para los privados,
    no abusen de su condición; y por el contrario, garanticen
    siempre una operación al costo y en algunos casos con
    subsidios cruzados, para hacer posible que todos los habitantes
    del país tengan acceso a los mismos.

    El ICE es quizá, la más emblemática
    de las instituciones, que ha llevado servicios de electricidad y
    telecomunicaciones a todo el país, con rasgos de
    singularidad mundial, por las siguientes razones:

    1. Presta, como una sola empresa, dos
      servicios estratégicas para el desarrollo del
      país.
    2. Optimiza su gestión, al obtener economías de
      escala y
      compartir recursos: personal,
      maquinaria, vehículos, edificios, etc.
    3. Comparte la misma infraestructura, tanto
      para los servicios de telecomunicaciones, como para los de
      energía eléctrica: por ejemplo, la
      postería.
    4. Aprovecha una convergencia tecnológica cada
      vez mayor. Por ejemplo, la de cables eléctricos para
      distribuir las comunicaciones, a través de la tecnología del Power Line Carrier
      (PLC), y las
      fibras ópticas instaladas en el interior de los cables
      de muy alta tensión.
    5. Obtiene beneficios del apalancamiento
      financiero entre los dos sectores. Por ejemplo, el sector de
      electricidad es intensivo en capital,
      tiene periodos de construcción y recuperación mucho
      más largos y una menor rentabilidad; mientras que le de
      telecomunicaciones requieren de menores inversiones,
      periodos de construcción y de recuperación
      más cortos y una mayor rentabilidad.
    6. No paga el uso del espectro radioeléctrico,
      por ser una institución del Estado.
    7. No paga derechos de paso en vías
      públicas o propiedades del Estado, por ser, de nuevo,
      patrimonio
      nacional.
    8. No reparte dividendos, sino que genera
      riqueza para el país, beneficiando directamente a los
      ciudadanos y las empresas.
    9. No gasta en mercadeo y
      publicidad.

    Partes: 1, 2, 3

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