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Sistema de Inteligencia argentino? ¿Ficción o realidad?



Partes: 1, 2

    1. Marco legal de la actividad de
      Inteligencia en la Argentina
    2. La
      Inteligencia argentina en los últimos
      años

    Marco legal de la actividad de Inteligencia
    en la Argentina

     La ley 25.520 (Ley
    de Inteligencia Nacional) es la que establece la estructura
    del Sistema de
    Inteligencia argentino, que estaría constituido por la
    sumatoria de todos los organismos del Estado que
    están coordinados por la Secretaria de Inteligencia (ex
    SIDE) para la seguridad
    tanto exterior como interior de la Argentina. A su vez la ley
    describe las diferentes dependencias de Inteligencia y
    Contrainteligencia y sus funciones
    específicas.

     Integran este Sistema la Secretaría
    de Inteligencia; la Dirección Nacional de Inteligencia
    Criminal y la Dirección Nacional de Inteligencia
    Estratégica Militar.

     La Secretaría de Inteligencia depende de
    la Presidencia de la Nación, y es el principal organismo de
    Inteligencia que dirige a todo el Sistema de Inteligencia
    argentino, a la vez que es la encargada de la producción de la Inteligencia Nacional y
    Contrainteligencia.

     La Dirección Nacional de Inteligencia
    Criminal, con dependencia de la Secretaría de Seguridad
    Interior, tiene como función
    la producción de Inteligencia Criminal.

    Por su parte, y de acuerdo al art. 15 de la ley
    23.554, la Dirección Nacional de Inteligencia
    Estratégica Militar, bajo la orbita del Ministro de
    Defensa, tiene como principal actividad la obtención de
    Inteligencia Estratégica Militar que recaban las fuerzas
    Armadas (Ejercito, Marina y Fuerza
    Aérea).

    Según la letra de la ley 25.520, por
    Inteligencia se entiende "La actividad consistente en la
    obtención, reunión, sistematización y
    análisis de la información específica referida a
    las amenazas, riesgos y
    conflictos
    que afecten la seguridad exterior e interior de la Nación".

    Mientras que la Contrainteligencia es "La parte de
    la Inteligencia referida a la actividad que se realiza con el
    propósito de conjurar operaciones de
    espionaje, sabotaje y/o actividades psicológicas
    secretas llevadas a cabo por actores que representen amenazas o
    riesgos para la seguridad de la Nación".

    Por Inteligencia Criminal entiende "La parte de la
    Inteligencia referida a las actividades criminales
    específicas que, por su naturaleza,
    magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o
    modalidades, afecten la libertad, la
    vida, el patrimonio
    de los habitantes, sus derechos y
    garantías, las instituciones del sistema representativo,
    republicano y federal que establece la Constitución Nacional".

     La Inteligencia Militar es "La parte de la
    Inteligencia referida al conocimiento
    de las capacidades y debilidades del potencial militar de los
    países que interesen desde el punto de vista de la
    defensa nacional. Así como el ambiente
    geográfico de las áreas estratégicas
    operacionales determinadas por el planeamiento
    estratégico militar".

     Según la normativa, ninguno de los
    organismos de inteligencia argentinos pueden realzar tareas
    represivas ni acciones de
    tipo policial, aunque la ley plantea la ambigüedad de que
    pueden ser convocados judicialmente para tales actividades en
    cuestiones que ingresen en el marco de su ‘competencia’.

    Tampoco pueden discriminar en sus informes o
    información almacenada según grupos
    étnicos, raciales o religiosos, o datos sobre la
    vida privada de las personas, los partidos
    políticos, ONGs o actividades licitas que
    efectúan los ciudadanos. 

    También no pueden influir a través de
    ningún medio en los ámbitos militares, fuerzas de
    seguridad, o en las áreas sociales, económicas,
    relaciones
    internacionales, opinión
    pública o en los medios de
    comunicación. A su vez no pueden los miembros de
    estas dependencias revelar información de inteligencia
    sobre los ciudadanos y las diferentes organizaciones
    que desarrollan actividades en el país.

    De la misma forma se les prohíbe la
    intervención telefónica, postal o de cualquier
    medio de transmisión de datos, salvo que estén
    autorizados por la autoridad
    judicial correspondiente.

    Partes: 1, 2

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