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Julián Viso




Enviado por osram




    Biografía

    Julián Viso nació en Valencia, Edo.
    Carabobo (Venezuela) en
    el año de 1822, realizó los estudios primarios y
    secundarios en su ciudad natal; con posterioridad se
    trasladó a Caracas, donde se graduó de doctor en
    derecho civil,
    el 15 de julio de 1851, en la Universidad
    Central de Venezuela. Ya
    graduado, procedió a elaborar unos comentarios al Código
    de Enjuiciamiento Judicial, conocido como Código
    Arándino, en colaboración con Pedro Pablo del
    Castillo; concluyó su Código de procedimiento y
    lo publicó en Valencia en 1851.

    A partir de 1853, se abocó a la redacción de los proyectos de los
    Códigos Civil y Penal y sus respectivos procedimientos,
    con tal fin el Congreso Nacional dispuso asignarle 200 pesos
    mensuales. El 20 de enero de 1854, Viso presentó su
    proyecto de
    Código
    Civil, lo cual constituyó un notable esfuerzo por
    organizar las leyes del
    país en un conjunto sistemático. Tomó de
    modelo
    fundamental para su trabajo el Código francés, tal
    como lo menciona en la Exposición
    al presidente de la República, del mismo modo, dice haber
    tomado como base la legislación de Justiniano, la
    legislación española, los códigos civiles de
    Dos Sicilias, de Cerdeña, De Holanda y de Luisiana, las
    leyes
    hipotecarias de Grecia y
    Génova, la jurisprudencia
    establecida por varios decretos de la Corte de Casación de
    Francia y del
    Tribunal Supremo de Venezuela y la doctrina de algunos de los
    grandes tratadistas como Pothier, Merlin, Favard de
    Lenglade.

    Este primer Código Civil quedó como simple
    proyecto, pues
    no fue discutido por el Congreso. Tal circunstancia no lo
    desanimó; continuo trabajando en cuestiones legislativas y
    en 1861 el gobierno del
    general José Antonio Páez lo comisionó junto
    a Elías Acosta, para preparar unos nuevos proyectos de
    códigos Civil y Penal. El texto del
    Código Civil, revisado por una comisión integrada
    por Francisco Conde, Pedro Nuñez de Cáceres y Juan
    Martínez, fue promulgado en octubre de 1862.

    Hay que destacar que siendo Viso Oficial Mayor de
    Interior y de Justicia, fue
    nombrado Canciller el día 20 de enero de 1855, debido a la
    renuncia de Simón Planas, en este cargo duró
    sólo seis días.

    Viso presentó también un proyecto de
    código Penal, basado en el correspondiente español y
    uno de Procedimiento
    Criminal; ambos fueron sancionados en abril de 1863. En 1867,
    formó parte de la comisión designada por el
    Congreso para elaborar un nuevo Código Civil, el cual fue
    aprobado el mismo año. Participó en las
    polémicas de la época sobre la
    organización constitucional de la República;
    con tal propósito elaboró un proyecto de Constitución que publicó en mayo de
    1858 en el Foro
    (publicación especializada en Derecho, dirigida por el
    Licenciado Luis Sanojo) este proyecto de Constitución proponía el sufragio
    universal, la supresión de la fuerza militar
    permanente, la limitación de la pena de muerte
    sólo para determinados delitos, la
    abolición del apremio corporal en materia civil
    y mercantil y ña libertad
    religiosa, además de "… una República Nacional
    compuesta de varios Departamentos, a la vez independientes y
    subordinados al Gobierno General
    creado por ellos…", en oposición a la
    confederación de provincias "… de poderes iguales e
    independientes absolutamente…", que tanto se debatió en
    aquellos años.

    Viso fue nombrado en 1872, ministro plenipotenciario de
    Venezuela para negociar la controversia limítrofe con
    Colombia
    (Estados Unidos
    de Colombia,
    según la Constitución de Río Negro de 1863);
    las negociaciones no tuvieron resultado, pero esta gestión
    le permitió estudiar, compilar y organizar numerosos
    documentos
    históricos que respaldaban la posición venezolana;
    dicha documentación la completó en un
    viaje que realizó a España con
    tal fin.

    Durante años ejerció labor docente y fue
    Rector del Colegio Federal de Primera Categoría (el cual
    se ría convertido posteriormente en la Universidad de
    Carabobo) desde 1877 hasta 1879. El 1 de diciembre de 1879, el
    general Antonio Guzmán Blanco lo nombró ministro de
    Relaciones Exteriores, cargo que desempeñó durante
    7 meses. Renunció al mismo luego de un incidente con
    Guzmán Blanco. Tengo que informar que para revisar la
    gestión
    de este periodo, fue imposible conseguir mayor información, debido a que para este periodo
    no se publicó (según información de la empleados de la Biblioteca de la
    Cancillería) la memoria y
    cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    Nuevamente estuvo al frente de Relaciones Exteriores
    desde el 15 de junio hasta el 14 de septiembre de 1886 y
    posteriormente a cargo del Ministerio de Instrucción
    Pública en 1890.

    Durante esta gestión, tuvo también poca
    actividad, sólo se encontraron unas pocas comunicaciones
    escritas por él, la primera referente a la
    aplicación del Derecho
    Internacional Público (06/07/1886) en donde explicita
    los derechos de los
    Agentes Diplomáticos (art. 175 de la Ley XVI del
    Código de Hacienda). En cuanto al Derecho Internacional
    Privado, hubo varias comunicaciones.

    Otra comunicación (13/07/1886) fue referente a
    la sanidad de los barcos que se dirigen a Venezuela. El resto de
    las comunicaciones (31/07/1886, 3/08/1886,12/08/1886) estaban
    dirigidas a los Agentes Diplomáticos para que
    acatarán el régimen de aduanas, Viso
    buscaba sobre todo preservar las normas de
    Derecho
    Internacional, tanto público como privado. Sumado a
    esto, hubo una comunicación

    Julián Viso Figura entre los miembros fundadores
    de la Academia Nacional de la Historia en 1888.
    Además de trabajos de carácter
    jurídico, se dedicó a asuntos
    económicos-fiscales, como la sustitución del
    sistema
    rentístico de aranceles por
    el establecimiento de depósitos en puertos libres y el
    régimen hipotecario. Muere en Caracas el 20 de julio del
    año 1900.

    Durante sus periodos como Canciller, se firman los
    siguientes acuerdos o tratados
    internacionales:

    • Acta de la Tercera Conferencia de
      la Comisión Mixta de Límites
      Venezuela-Brasil. Firmado
      en Maroa el 21 de abril de 1880 por Miguel Tejera, Francisco
      Xavier López de Araujo y otros.
    • Acta de la Cuarta Conferencia de
      la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado
      en Maroa el 21 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco
      Xavier López de Araujo y otros.
    • Acta de la Quinta Conferencia de la Comisión
      Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el
      24 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier
      López de Araujo y otros.
    • Acta de la Sexta Conferencia de la Comisión
      Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el
      29 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier
      López de Araujo y otros.
    • Acta de la Séptima Conferencia de la
      Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil.
      Firmado en Maroa el 01 de junio de 1880 por Miguel Tejera,
      Francisco Xavier López de Araujo y otros.
    • Acta de Erección de un Monumento en Maroa por
      la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil.
      Firmado en Maroa el 10 de junio de 1880 por Miguel Tejera,
      Francisco Xavier López de Araujo y otros.

    Bibliografía

    CHUMACEIRO, F. Bello y Viso codificadores:
    estudio comparado del Código Civil de Bello y el propio
    Julián Viso. Caracas: s.n., 1981.

    GUZMAN, P. Proyecto de Código Civil,
    Julián Viso. San Juan de los Morros: Imprenta de la
    Caja de Trabajadores Penitenciarios, 1955.

    MIJARES, A. Don Julián Viso,
    1822-1900. Caracas: Ministerio de Educación,
    1974.

    VISO, J. Alegato de Venezuela en su
    controversia sobre límites con Colombia. Madrid: Sucesores de
    Rivadeneyra, 1883.

    —-. —- Código de procedimiento, con
    notas sobre el derecho español y doctrina de los
    pragmáticos. Valencia: Imprenta de N. Carrasquero,
    1851.

    —-. —- Mapas para servir al estudio de la
    frontera entre Venezuela y Colombia. Madrid: Sucesores de
    Rivadeneyra, 1884.

    —-. —- Proyecto de Código
    Civil. San Juan de los Morros: Imprenta de la Caja de
    Trabajadores Penitenciarios, 1955.

    —-. —- Refutación del folleto del
    señor doctor Arosemena sobre límites entre Colombia
    y Venezuela. Madrid: Sucesores de Rivadeneyra,
    1883.

    —-. —- y SANOJO, L. Estudios escogidos de
    Luis Sanojo y Julián Viso. Caracas: Ministerio de
    Justicia,
    1959.

     

     

    Autor:

    Oswaldo Ramírez
    Colina

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