Biografía
Julián Viso nació en Valencia, Edo.
Carabobo (Venezuela) en
el año de 1822, realizó los estudios primarios y
secundarios en su ciudad natal; con posterioridad se
trasladó a Caracas, donde se graduó de doctor en
derecho civil,
el 15 de julio de 1851, en la Universidad
Central de Venezuela. Ya
graduado, procedió a elaborar unos comentarios al Código
de Enjuiciamiento Judicial, conocido como Código
Arándino, en colaboración con Pedro Pablo del
Castillo; concluyó su Código de procedimiento y
lo publicó en Valencia en 1851.
A partir de 1853, se abocó a la redacción de los proyectos de los
Códigos Civil y Penal y sus respectivos procedimientos,
con tal fin el Congreso Nacional dispuso asignarle 200 pesos
mensuales. El 20 de enero de 1854, Viso presentó su
proyecto de
Código
Civil, lo cual constituyó un notable esfuerzo por
organizar las leyes del
país en un conjunto sistemático. Tomó de
modelo
fundamental para su trabajo el Código francés, tal
como lo menciona en la Exposición
al presidente de la República, del mismo modo, dice haber
tomado como base la legislación de Justiniano, la
legislación española, los códigos civiles de
Dos Sicilias, de Cerdeña, De Holanda y de Luisiana, las
leyes
hipotecarias de Grecia y
Génova, la jurisprudencia
establecida por varios decretos de la Corte de Casación de
Francia y del
Tribunal Supremo de Venezuela y la doctrina de algunos de los
grandes tratadistas como Pothier, Merlin, Favard de
Lenglade.
Este primer Código Civil quedó como simple
proyecto, pues
no fue discutido por el Congreso. Tal circunstancia no lo
desanimó; continuo trabajando en cuestiones legislativas y
en 1861 el gobierno del
general José Antonio Páez lo comisionó junto
a Elías Acosta, para preparar unos nuevos proyectos de
códigos Civil y Penal. El texto del
Código Civil, revisado por una comisión integrada
por Francisco Conde, Pedro Nuñez de Cáceres y Juan
Martínez, fue promulgado en octubre de 1862.
Hay que destacar que siendo Viso Oficial Mayor de
Interior y de Justicia, fue
nombrado Canciller el día 20 de enero de 1855, debido a la
renuncia de Simón Planas, en este cargo duró
sólo seis días.
Viso presentó también un proyecto de
código Penal, basado en el correspondiente español y
uno de Procedimiento
Criminal; ambos fueron sancionados en abril de 1863. En 1867,
formó parte de la comisión designada por el
Congreso para elaborar un nuevo Código Civil, el cual fue
aprobado el mismo año. Participó en las
polémicas de la época sobre la
organización constitucional de la República;
con tal propósito elaboró un proyecto de Constitución que publicó en mayo de
1858 en el Foro
(publicación especializada en Derecho, dirigida por el
Licenciado Luis Sanojo) este proyecto de Constitución proponía el sufragio
universal, la supresión de la fuerza militar
permanente, la limitación de la pena de muerte
sólo para determinados delitos, la
abolición del apremio corporal en materia civil
y mercantil y ña libertad
religiosa, además de "… una República Nacional
compuesta de varios Departamentos, a la vez independientes y
subordinados al Gobierno General
creado por ellos…", en oposición a la
confederación de provincias "… de poderes iguales e
independientes absolutamente…", que tanto se debatió en
aquellos años.
Viso fue nombrado en 1872, ministro plenipotenciario de
Venezuela para negociar la controversia limítrofe con
Colombia
(Estados Unidos
de Colombia,
según la Constitución de Río Negro de 1863);
las negociaciones no tuvieron resultado, pero esta gestión
le permitió estudiar, compilar y organizar numerosos
documentos
históricos que respaldaban la posición venezolana;
dicha documentación la completó en un
viaje que realizó a España con
tal fin.
Durante años ejerció labor docente y fue
Rector del Colegio Federal de Primera Categoría (el cual
se ría convertido posteriormente en la Universidad de
Carabobo) desde 1877 hasta 1879. El 1 de diciembre de 1879, el
general Antonio Guzmán Blanco lo nombró ministro de
Relaciones Exteriores, cargo que desempeñó durante
7 meses. Renunció al mismo luego de un incidente con
Guzmán Blanco. Tengo que informar que para revisar la
gestión
de este periodo, fue imposible conseguir mayor información, debido a que para este periodo
no se publicó (según información de la empleados de la Biblioteca de la
Cancillería) la memoria y
cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Nuevamente estuvo al frente de Relaciones Exteriores
desde el 15 de junio hasta el 14 de septiembre de 1886 y
posteriormente a cargo del Ministerio de Instrucción
Pública en 1890.
Durante esta gestión, tuvo también poca
actividad, sólo se encontraron unas pocas comunicaciones
escritas por él, la primera referente a la
aplicación del Derecho
Internacional Público (06/07/1886) en donde explicita
los derechos de los
Agentes Diplomáticos (art. 175 de la Ley XVI del
Código de Hacienda). En cuanto al Derecho Internacional
Privado, hubo varias comunicaciones.
Otra comunicación (13/07/1886) fue referente a
la sanidad de los barcos que se dirigen a Venezuela. El resto de
las comunicaciones (31/07/1886, 3/08/1886,12/08/1886) estaban
dirigidas a los Agentes Diplomáticos para que
acatarán el régimen de aduanas, Viso
buscaba sobre todo preservar las normas de
Derecho
Internacional, tanto público como privado. Sumado a
esto, hubo una comunicación
Julián Viso Figura entre los miembros fundadores
de la Academia Nacional de la Historia en 1888.
Además de trabajos de carácter
jurídico, se dedicó a asuntos
económicos-fiscales, como la sustitución del
sistema
rentístico de aranceles por
el establecimiento de depósitos en puertos libres y el
régimen hipotecario. Muere en Caracas el 20 de julio del
año 1900.
Durante sus periodos como Canciller, se firman los
siguientes acuerdos o tratados
internacionales:
- Acta de la Tercera Conferencia de
la Comisión Mixta de Límites
Venezuela-Brasil. Firmado
en Maroa el 21 de abril de 1880 por Miguel Tejera, Francisco
Xavier López de Araujo y otros. - Acta de la Cuarta Conferencia de
la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado
en Maroa el 21 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco
Xavier López de Araujo y otros. - Acta de la Quinta Conferencia de la Comisión
Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el
24 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier
López de Araujo y otros. - Acta de la Sexta Conferencia de la Comisión
Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el
29 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier
López de Araujo y otros. - Acta de la Séptima Conferencia de la
Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil.
Firmado en Maroa el 01 de junio de 1880 por Miguel Tejera,
Francisco Xavier López de Araujo y otros. - Acta de Erección de un Monumento en Maroa por
la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil.
Firmado en Maroa el 10 de junio de 1880 por Miguel Tejera,
Francisco Xavier López de Araujo y otros.
Bibliografía
CHUMACEIRO, F. Bello y Viso codificadores:
estudio comparado del Código Civil de Bello y el propio
Julián Viso. Caracas: s.n., 1981.
GUZMAN, P. Proyecto de Código Civil,
Julián Viso. San Juan de los Morros: Imprenta de la
Caja de Trabajadores Penitenciarios, 1955.
MIJARES, A. Don Julián Viso,
1822-1900. Caracas: Ministerio de Educación,
1974.
VISO, J. Alegato de Venezuela en su
controversia sobre límites con Colombia. Madrid: Sucesores de
Rivadeneyra, 1883.
—-. —- Código de procedimiento, con
notas sobre el derecho español y doctrina de los
pragmáticos. Valencia: Imprenta de N. Carrasquero,
1851.
—-. —- Mapas para servir al estudio de la
frontera entre Venezuela y Colombia. Madrid: Sucesores de
Rivadeneyra, 1884.
—-. —- Proyecto de Código
Civil. San Juan de los Morros: Imprenta de la Caja de
Trabajadores Penitenciarios, 1955.
—-. —- Refutación del folleto del
señor doctor Arosemena sobre límites entre Colombia
y Venezuela. Madrid: Sucesores de Rivadeneyra,
1883.
—-. —- y SANOJO, L. Estudios escogidos de
Luis Sanojo y Julián Viso. Caracas: Ministerio de
Justicia,
1959.
Autor:
Oswaldo Ramírez
Colina