Creación del fondo de empleados colombiana de turismo ? FECOLTUR (página 3)
PARÁGRAFO. Las funciones
señaladas a este órgano deberán
desarrollarse con fundamento en criterios de investigación y valoración y sus
observaciones o requerimientos serán documentados
debidamente.
El Comité de control social
ejercerá sus funciones en coordinación y complementación con
el Revisor Fiscal.
Los miembros de éste órgano
responderán personal y
solidariamente por el incumplimiento de las obligaciones
que les impone la ley y los
estatutos.
Articulo 52 CONTADOR.
FECOLTUR tendrá un contador con matrícula
profesional vigente, de libre nombramiento y remoción por
parte de la Junta Directiva, encargado de ejecutar todas las
operaciones de
contabilidad
conforme a las normas contables
vigentes.
PARÁGRAFO: Anualmente el Contador
deberá presentar al Presidente certificado sobre la
vigencia de su matrícula profesional y de antecedentes
disciplinarios, expedidos por la autoridad
competente.
Articulo 53. El fondo de empleados se
disolverá y liquidara: por imposibilidad de desarrollar
sus objetivos; por
la extinción de su patrimonio;
por decisión de autoridad competente; por decisión
de los asociados, tomada en una reunión de asamblea
general con el quórum requerido según los presentes
estatutos, por reducción del numero de asociados
mínimo (norma ley 79) o por las demás causales
señaladas en la ley.
Articulo 54. Decretada la disolución, la
asamblea general procederá a nombrar liquidador o
liquidadores. Mientras no se hagan dichos nombramientos actuara
como liquidador el representante legal y dará aviso a la
superintendencia de economía solidaria y
expondrá los motivos de la disolución.
Articulo 55. Terminado el trabajo de
liquidación y cubierto el pasivo, el remanente, si lo
hubiere pasara en calidad de
donación a una entidad de beneficencia, o cualquier otra
sin ánimo de lucro que determine la asamblea
general.
Articulo 56. Serán aplicables a la
presente entidad sin animo de lucro, todas las disposiciones
legales vigentes, que le sean complementarias y compatibles y que
suplan los vacíos que pudiesen tener.
Artículo 57. DE LA
LIQUIDACIÓN:
Una vez decretada la disolución del FECOLTUR, se
procederá a su liquidación; en consecuencia no
podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de
su objeto social y se conservará su capacidad
jurídica con el fin de realizar los actos necesarios para
su liquidación. Su denominación estará
seguida de la expresión "EN LIQUIDACION" y los
liquidadores responderán de los daños y perjuicios
que se causen por la omisión de esta.
Artículo 58. DE LA ASIGNACIÓN DE
LIQUIDACIÓN:
En el mismo acto en que quede firme la decisión
de disolución del FECOLTUR se designará uno
ó dos liquidadores, se señalará el plazo
para cumplir este mandato, se determinará la fianza
correspondiente y se fijarán o regularán los
honorarios respectivos. La aceptación del cargo, la
posesión, la prestación de la fianza, deben hacerse
ante la entidad competente o, a falta de este, ante la primera
autoridad administrativa del domicilio del FECOLTUR, dentro de
los quince (15) días siguientes a la
comunicación de su nombramiento.
Artículo 59. PRIORIDADES EN LA
LIQUIDACIÓN:
En la liquidación del patrimonio social
deberá procederse de acuerdo con el siguiente orden de
prioridad de pago:
- Gastos de liquidación.
- Salarios y prestaciones
sociales. - Créditos hipotecarios y
prendarios. - Depósitos de ahorros.
- Obligaciones con terceros.
- Aportes de los asociados.
Artículo 60. DEBERES DE LOS
LIQUIDADORES:
Serán deberes de los liquidadores los
siguientes:
- Concluir las operaciones pendientes al tiempo de la
disolución. - Formar inventario de
los activos, de
los pasivos de cualquier naturaleza,
de los libros y de
los documentos y
papeles. - Exigir cuenta de su administración a las personas que hayan
manejado intereses del FECOLTUR y no hayan obtenido el
finiquito correspondiente. - Liquidar y cancelar las cuentas del
FECOLTUR con terceros y con cada uno de los
asociados. - Cobrar los créditos, recibir su importe y otorgar
los correspondientes finiquitos. - Vender bienes del
FECOLTUR. - Presentar estados de liquidación cuando los
asociados lo soliciten. - Rendir al final de la liquidación cuenta
general de su administración ante la entidad que ejerza
la inspección y vigilancia en los Fondos de Empleados y
obtener su finiquito. En todo caso, la entidad que ejerza la
inspección y vigilancia del Fondo de Empleados
podrá en cualquier tiempo exigir los informes que
considere pertinentes. - Los demás que se deriven del proceso de
liquidación y de la propia naturaleza del mandato, o que
disponga la Asamblea General.
Artículo 61. DESTINACIÓN DEL
REMANENTE DE LIQUIDACIÓN DEL FECOLTUR:
Si después de la liquidación hubiese
algún remanente éste pasará a favor de
la empresa
COOPERATIVA
COLOMBIANA DE TRANSPORTE
para que sea destinado a programas de
bienestar de los empleados.
Articulo 62. FECOLTUR estará afiliado a la
Asociación Nacional de Fondos de Empleados (ANALFE), con
el fin de ser mejor representados en el sector de la
economía solidaria. A su vez es un apoyo permanente y
especializado, que nos permitirá eficiencia en la
dirección y en el logro de nuestros
objetivos los objetivos propuestos.
Articulo 63. ASOCIACIÒN
FECULTUR hará una inversión que se realizará una sola
vez. Es Reembolsable en su totalidad en el momento de la
desvinculación.
Genera rendimientos después de dos salarios
mínimos ya que el 50% son aportes (ganan
revalorización) y el otro 50% (ganan rendimientos). Sirve
como apalancamiento para acceder a FINANCIAFONDOS (crédito
e inversión).
PARRAGRAFO: Al ingresar FECOLTUR deberá
cancelar la cuota de aportación, según su
patrimonio, valor que le
sirve como apalancamiento de crédito y que será
reintegrado en el momento de su Retiro la cuota será
regida por ANALFE.
Articulo 64. CUOTA DE REPRESENTACION
FECOLTUR cancela a ANALFE para cubrir la
representación efectiva de este, ante los diferentes
organismos estatales, privados en el ámbito nacional e
internacional.
Este valor no es reembolsable, pero se podrá recuperar y
convertir en inversión en la medida en que se utilicen
todos los beneficios.
Se liquida de manera anual y se cancelará semestralmente.
Este pago se hará proporcional al momento de la
asociación.
Igualmente y si este pago se efectúa en forma
oportuna, semestralmente se le capitalizará el 15% del
valor pagado por cuota de representación, en la cuota
individual de aportes de cada Fondo de Empleados
Aprobación.
Los presentes estatutos del fondo de empleados fueron
aprobados por unanimidad en reunión de fecha 22 de
Noviembre 2006.
________________________
_________________________
Presidente secretario
C.C C.C
Nota El acta de constitución debe estar reconocida ante
notario o juez o puede estar presentada personalmente ante el
secretario de la cámara de
comercio por el presidente y el secretario de la
reunión.
POLÍTICAS
Con el propósito de lograr los objetivos del
FONDO DE EMPLEADOS COLOMBIANA DE TURISMO FECOLTUR y
desarrollar en forma adecuada un programa social y
económico que corresponda a las necesidades de los
asociados, nuestras políticas
de crédito serán:
- Se tomara una póliza de seguro de vida
para deudores, como mecanismo complementario de cobertura de
riesgo, con
el fin de que este ampare la totalidad de las deudas
contraídas por los asociados en caso de (fallecimiento,
incapacidad física o mental
permanente). Con ello se busca la liberación
automática para los familiares o deudores solidarios de
todo compromiso de pago con las deudas contraídas por el
asociado fallecido o incapacitado de acuerdo a las condiciones
establecidas con el FONDO DE EMPLEADOS COLOMBIANA DE TURISMO,
FECOLTUR. - A partir de la vigencia del presente reglamento, para
acceder al servicio de
crédito, los asociados requerirán una
antigüedad mínima de afiliación exigida en
cada una de las modalidades de crédito. - Previa aprobación del consejo de
administración, las cuotas extraordinarias a los aportes
sociales solo generaran cupo de crédito noventa (90)
días después de colocadas. - El endeudamiento total de un asociado en
líneas de crédito ordinario, consumo y
salud no
podrá exceder de cuatro (4) veces el total de sus
aportes. - Las solicitudes de crédito sin
excepción beberán ser diligenciadas por el
asociado, anexando para tal fin los documentos estipulados para
cada modalidad de crédito, las cuales deberán ser
radicadas en la oficina del
fondo de empleados FECOLTUR. La
administración tramitara las solicitudes de
crédito conservando el estricto orden en que fueron
radicadas. - Toda solicitud de crédito requerirá de
un estudio previo, el cual será realizado por el
comité de crédito, según sea la competencia. - Para el efecto de las cuantías fijadas por el
reglamento, la gerencia
anualmente, informara a todos los asociados el salario
mínimo legal establecido por la ley. - El estudio, aprobación y giro de los
préstamos cuyo valor sea hasta dos (2) salarios
mínimos legales vigentes (mensuales), generaran por
concepto de
gastos de
administración el equivalente a ½ salario
mínimo legales vigentes (día), el cual se cobrara
al momento del desembolso. - Los abonos o anticipos que los asociados deseen
realizar sobre sus créditos vigentes serán
amortizados a capital. - La amortización de los créditos se
hará con la misma periodicidad con que el deudor reciba
sus ingresos
salariales a través de descuentos por nomina, sin
perjuicio de los que se estipule legalmente - En el momento de refinanciar un crédito se
tomara como tasa de
interés la inicialmente estipulada. - La junta de vigilancia velara porque se de estricto
cumplimiento a las disposiciones de la presente
reglamentación. - La junta de vigilancia podrá exigir al
asociado la devolución inmediata del valor del
crédito desembolsado, cuando llegare a comprobar
cambio en el
destino, dolo o falsedad en los documentos aportados para el
estudio y/o aprobación del mismo, sin perjuicio de las
demás sanciones estatutarias.
La Junta Directiva de FECOLTUR, en uso de sus facultades
legales y estatutarias, le asigna como función
nombrar el Comité de Solidaridad, y
que los recursos
económicos de este Fondo son agotables y que deben ser
utilizados en beneficio de los asociados y su núcleo
familiar básico, establece el siguiente
reglamento:
ARTÍCULO 1
OBJETO
El presente reglamento tiene por objeto regular los
aspectos relacionados con el Comité de Solidaridad
establecido por los estatutos de FECOLTUR, con los cuales se
busca reglamentar su funcionamiento y la utilización o
destinación de los recursos que se le asignen.
ARTÍCULO 2
DEFINICIÓN
a) El Comité de Solidaridad, es un grupo asesor
de la Junta Directiva, basado en la equidad y la
distribución sin discriminación alguna, definirá
estrategias para
brindar apoyo a los asociados en calamidades que surjan el
transcurrir del tiempo que dure vinculado el asociado, en casos
como: calamidades domésticas o situaciones de particular
dificultad en las cuales se pueda hacer realidad la ayuda mutua
entre aquellos. Es además el encargado de administrar los
recursos económicos del Fondo de Solidaridad.
b) El Fondo de Solidaridad, es un recurso
económico que se destina a servicios de
protección, a la atención de auxilios por calamidad
doméstica, y a la extensión de otros servicios para
los asociados y su núcleo familiar básico, en la
modalidad y conforme se establece en el presente Reglamento de
FECOLTUR.
ARTÍCULO 3.
RECURSOS
El Fondo de Solidaridad se constituirá y
mantendrá mediante los siguientes recursos:
a) La asignación proveniente de la
aplicación de los excedentes que se produzcan en el
ejercicio económico, y que deberá ser aprobada por
la Asamblea General para la formación del Fondo de
Solidaridad.
b) Recursos provenientes de la contribución
solidaria de los asociados, de acuerdo con lo establecido en el
artículo.
c) Partidas especiales aprobadas por la Junta Directiva
del FECOLTUR, con la debida asignación presupuestal,
cuando las considere necesarias para evitar la
descapitalización o la interrupción de un
determinado servicio.
d) Los aprovechamientos, producto de
programas especiales que se realizan para obtener ingresos para
este fondo.
e) Donaciones o ayudas que se puedan recibir de
cualquier persona natural o
jurídica, con destinación específica al
fondo de Solidaridad.
f) Los saldos existentes por cualquier concepto a favor
de FECOLTUR de acuerdo con el Estatuto.
g) Otras asignaciones ordinarias o extraordinarias
aprobadas por la Asamblea General de Asociados.
PARÁGRAFO: El Fondo de Solidaridad a su
vez destinará el 20% de los recursos anuales para el Fondo
de Financiación de la Educación Formal.
(Ley 863 de diciembre 29 de 2003)
ARTÍCULO 4.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ
DE SOLIDARIDAD
El Comité estará integrado por tres
asociados principales nombrados por la Junta Directiva, uno de
los cuales, al menos, deberá ser integrante de
ésta.
El Comité de Solidaridad tendrá un
Coordinador que deberá ser el integrante de la Junta
Directiva, y un Secretario.
El quórum lo constituye la participación
de 3 miembros, participando siempre como mínimo uno de los
principales.
Las decisiones del Comité de Solidaridad se
adoptarán por el voto favorable de la mitad más uno
de los asistentes.
ARTÍCULO 5.
REUNIONES COMITÉ DE
SOLIDARIDAD
Para el normal cumplimiento de sus funciones, el
Comité de Solidaridad fijará fechas para sus
reuniones ordinarias de manera extraordinaria se reunirá
cada vez que se requiera, o a juicio del Coordinador del
Comité, el Comité de Control Social y la Junta
Directiva.
De cada reunión se levantará un acta que
deberá ser elaborada por el secretario del Comité,
o por quien éste designe y firmada por él o su
designado, y por el coordinador o su designado, en ella
deberá consignarse los principales temas tratados y las
decisiones adoptadas.
ARTÍCULO 6
FUNCIONES COMITÉ DE
SOLIDARIDAD
El Comité de Solidaridad tendrá las
siguientes funciones:
- Diseñar y llevar a cabo proyectos
tendientes a lograr el objetivo de
este reglamento, coherente con los principios de
economía solidaria y con valores
básicos en el área específica de la
Solidaridad así: equidad, mutualidad e integración. - Estudiar y definir las solicitudes presentadas por
los asociados. - Coordinar y promover las actividades que estime
conveniente para desarrollar los servicios de solidaridad,
dentro de las condiciones del presente reglamento, las
decisiones adoptadas por la Asamblea, el estatuto y la Junta
Directiva. - Elaborar el presupuesto de
ingresos y egresos del Fondo del Solidaridad, de acuerdo con la
disponibilidad de recursos y los programas definidos por la
Junta Directiva del FECOLTUR. - Presentar un informe
periódico a la Junta Directiva sobre las
actividades desarrolladas. - Verificar la correcta destinación de los
auxilios otorgados e informar a la Junta Directiva las
irregularidades que se detecten. - Desarrollar programas conjuntos
con los Comités de Educación y Crédito, tendientes a
lograr el desarrollo integral de los asociados, los empleados y
su núcleo familiar básico. - Las demás funciones que le asigne la Junta
Directiva.
ARTÍCULO 7
FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL
COMITÉ DE SOLIDARIDAD
El Coordinador del Comité de Solidaridad
tendrá, las siguientes funciones:
- Promover y coordinar las reuniones ordinarias o
extraordinarias del Comité y las actividades inherentes
al cargo. - Velar porque se elaboren las actas de las reuniones
del Comité. - Elaborar y presentar los informes o recomendaciones
necesarios para la Junta Directiva. - Las demás funciones que le asigne la Junta
Directiva.
ARTÍCULO 8
SERVICIOS DEL FONDO DE
SOLIDARIDAD
Sin perjuicio de otros servicios que pueden ser
considerados de manera especial o posteriormente reglamentados
por la Junta Directiva del FECOLTUR, el Fondo de Solidaridad y su
respectivo Comité se ocupará básicamente de
los siguientes aspectos:
- Auxilios por calamidad doméstica.
- Seguro de vida asociados
- Auxilio por fallecimiento de un miembro del
grupo familiar del asociado
- Seguro de protección a los asociados y auxilio
por fallecimiento: - Otros auxilios especiales: alimentación y
escolar.
ARTÍCULO 9
AUXILIO POR CALAMIDAD
DOMÉSTICA
- Finalidad: el auxilio por calamidad doméstica
tiene como finalidad solucionar, o ayudar a la solución
de los problemas
presentados por la calamidad enunciada. - Descripción: Se entiende por calamidad
doméstica las pérdidas económicas o
materiales
inesperadas debidas a asonada, terrorismo,
terremoto, explosión, incendio, inundación o
destrucción violenta ocurrida a la vivienda de
habitación de propiedad
del asociado y que afecte su patrimonio".Cuando se trate de
vivienda alquilada, el auxilio se destinará para la
recuperación de muebles y enseres. También se
considera calamidad doméstica la desvinculación
laboral del
asociado ocurrida por decisión del empleador. Para la
definición del otorgamiento de un auxilio por calamidad
doméstica, el Comité de Solidaridad deberá
considerar, entre otros, factores tales como el saldo
disponible en el Fondo de Solidaridad y la naturaleza de la
calamidad. En igualdad de
condiciones, la situación económica y los niveles
de ingreso del beneficiario, podrán ser elementos para
priorizar el otorgamiento del auxilio a juicio del
Comité. El auxilio otorgado por calamidad
doméstica ocurrida a la vivienda será hasta el
100% del salario mínimo legal mensual vigente. El
auxilio por desvinculación laboral será hasta del
50% del salario mínimo legal mensual
vigente.
ARTÍCULO 10.
SEGUROS DE PROTECCIÓN A LOS
ASOCIADOS
a) Seguro de Vida. El Comité
verificará que cada asociado al ingresar al Fondo quede
amparado en la póliza colectiva de Seguro de Vida que
tiene para todos.
b) Auxilio por fallecimiento: FECOLTUR,
otorgará un auxilio hasta del 50% del salario
mínimo legal mensual vigente, al asociado, en caso de
fallecimiento de uno de los integrantes de su núcleo
familiar, así: Para asociados casados: el cónyuge o
compañero(a) permanente, hijos solteros y padres. Para
asociados solteros: sus padres, hijos solteros y hermanos
solteros.
ARTÍCULO 11
OTROS AUXILIOS
ESPECIALES
- Auxilio de Alimentación: Consiste en la
entrega de productos de
la canasta familiar a los asociados que por alguna
situación económica difícil lo requieran.
La cuantía de este auxilio se define de acuerdo con el
presupuesto del Fondo de Solidaridad. - Acceden a este auxilio los asociados del FECOLTUR que
devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales
vigentes, y que tengan vinculación de tiempo
completo. - Auxilio Escolar: Consiste en la entrega de
útiles escolares a todos los asociados, a comienzos del
año, la especificidad de útiles a entregar
depende de la disponibilidad de los recursos económicos
del Fondo de Solidaridad. - Auxilio por nacimiento de hijos de asociados, la
cuantía se define de acuerdo con el presupuesto del
Fondo de Solidaridad. - Auxilio por matrimonio del
asociado, la cuantía se define de acuerdo con el
presupuesto del Fondo del Fondo de Solidaridad.
PARÁGRAFO: Para acceder a los auxilios,
los interesados deberán enviar su solicitud al
Comité de Solidaridad, excepto para el auxilio escolar,
dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a
la ocurrencia del hecho, adjuntando los documentos y pruebas que
considere pertinentes.
ARTÍCULO 12.
PROCEDIMIENTO
- Diligenciar la solicitud correspondiente y
presentarla al Comité. - Presentar la documentación necesaria y demás
requisitos que tiendan a certificar los hechos que dieron
origen a la petición del auxilio, así como la
correcta utilización de los recursos
entregados. - Estar disponible a otros requerimientos del
Comité de Solidaridad, tales como visita domiciliaria y
demás que sustenten la solicitud. - No estar sancionado de acuerdo con lo establecido en
el del Estatuto. - Tener un comportamiento cívico al
momento de solicitar un servicio de solidaridad. Esto es
demostrar las normas mínimas de educación en el
trato a los demás. - El Comité deberá resolver el caso
dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de
presentación de la solicitud y enviará respuesta
al interesado en caso de negación de la solicitud o le
notificará su aprobación en caso contrario,
solicitando paralelamente al Gerente del
FECOLTUR, por intermedio del Coordinador del Comité y
por escrito, la elaboración del cheque
respectivo o la entrega en especie, según lo
autorizado. - El auxilio de alimentación no se
otorgará reiterativamente a un mismo asociado por el
período de un año. - Para acceder a un auxilio de solidaridad, el asociado
debe tener como mínimo un (1) mes de afiliación
al FECOLTUR.
ARTÍCULO 13
SANCIONES
En caso de comprobarse el uso indebido de un auxilio
otorgado a los asociados con cargo al Fondo de Solidaridad, se
exigirá el reintegro inmediato de la totalidad del auxilio
y se solicitará a la Junta Directiva la aplicación
de las sanciones correspondientes, de conformidad con los
Estatutos establecidos por FECOLTUR.
POLÍTICAS SOCIALES Y DE
INTEGRACIÓN
Promueve la integración, desarrollo y bienestar
social de cada uno de los asociados por medio de programas y
convenios con entidades del sector solidario.
Integrado por seis asociados hábiles del fondo de
empleados, liderado por uno de ellos elegido
democráticamente por el mismo comité.
Considerando el objetivo del comité, se acordaron
las siguientes políticas:
1. Políticas de Salud.
- Prestara servicios de salud cada seis meses, en las
instalaciones del fondo, tratando de prevenir futuros
perjuicios de salud. - Desarrollar campañas de información y concientizaciòn,
fomentando el cuidado de la salud por medio de conferencias,
visitas empresariales entre otras. - Por medio de los convenios se otorgarán
beneficios que ayuden económicamente a nuestros
asociados y beneficiarios.
2. Políticas de Recreación.
Realizar eventos de
integración, Institucionalizando fechas especiales como
Día o mes del Asociado, aniversario del fondo de
empleados, celebración de fin de año, entre
otras
- Promocionar planes turísticos para los
asociados y sus familias, obteniendo tarifas con descuentos y
convenios con otras entidades para facilitar el ingreso a
sitios de recreación. - Realizar actividades de integración,
deportivas como intelectuales (torneos), entre fondos del mismo
gremio, para fortalecer los lasos sociales. - Institucionalizar campañas especiales a
través de actividades que exploren las habilidades de
los Asociados y sus familias, cuyo tema sean los valores
y principios de la
organización. (Por ejemplo Concurso de Fotografía, pintura,
artículos etc.)
3. Políticas de
Información.
- Realizar campañas para la promoción de la cultura
organizacional (Misión,
Visión, Principios Institucionales, Valores
Institucionales y Políticas de Servicios), con el
propósito de animar hacia el sentido de pertenencia del
Asociado con su empresa
solidaria, a través de programas de formación,
actividades de reconocimiento al asociado, comunicación efectiva, y atención
especial. - Se expedirá un boletín mensual
informando sobre las novedades que se presenten en el fondo de
empleados, publicado en la cartelera del fondo. - Se manejara un buzón de sugerencias cuyas
respuestas se darán a conocer en el boletín
mensual del fondo. - Dar a conocer a todos los asociados por medio de
diversas actividades, la orientación del fondo de
empleados, creando sentido de pertenencia. - Utilizar los medios del
programa de comunicación organizacional para promover
la cultura
organizacional del fondo. - Hacer alianza con las empresas que
establecen el vínculo asociativo para participar en los
procesos que
inducción de nuevos empleados para
ofrecer información del Fondo de Empleados.
4. Políticas de Incentivos
- Realizar una campaña promocional
acompañada del programa de comunicación
organizacional, para la asociación de empleados de las
empresas que establecen el vínculo asociativo, a
través de la participación de los mismos
asociados como promotores. - Otorgar a los tres asociados mas comprometidos con la
empresa incentivos,
trimestralmente. (Dándolos a conocer en el
Boletín) - Reconocimiento a la antigüedad de los
Asociados - Reconocer las ideas nuevas que permitan, el avance
del fondo de empleados. - Identificar y capacitar un grupo de asociados que
tengan perfil de líder
para que ofrezcan información a sus compañeros
sobre el Fondo de Empleados. El Fondo podrá establecer
incentivos económicos por cada asociado nuevo que traiga
un Asociado.
POLÍTICAS DE EMPRENDIMIENTO
EMPRESARIAL
Crear enfoques alternativos al sistema
tradicional de crear empresas, para construir nuevas miradas para
empresas del futuro; esta empresa del futuro estaría
conformada por una comunidad de
sujetos pensantes que se auto realizan a partir del trabajo, donde
cada uno participaría de forma democrática en la
toma de
decisiones y en las utilidades, cuyo tamaño siempre
estaría limitado a su capacidad de funcionar como
comunidad y la productividad se
daría a nivel humano mejorando la calidad de vida de los
afiliados y empleados.
Esta nueva visión de las organizaciones
empresariales necesita con urgencia la formación de
personas comprometidas con su autorrealización en el marco
del bienestar social, con autoaprendizaje continuo, creativo, de
iniciativa y con capacidad para el trabajo en
equipo.
Los nuevos esquemas de gerencia empresarial requieren de
una nueva forma de organización empresarial que fomente la
innovación, la creatividad,
el trabajo en equipo y la flexibilidad funcional para hacer
frente a los cambios en el mercado. Para
lograr esto se requieren nuevas formas de construir sociedad; una
gran sensibilidad con el entorno, el establecimiento de lazos de
solidaridad, el respeto por los
derechos
humanos, la comprensión mutua y la justicia
social.
Y para esto necesitamos:
- Desarrollar planes de la mano de los afiliados para
la constitución de pequeña y mediana
empresa. - Fomentar la capacitación de los afiliados frente a la
creación de empresa. - Apoyar los proyectos de creación de empresa
presentados por los asociados. - Publicar cartillas donde se encuentren cada un de los
pasos en la creación de empresa.
POLITICAS DE RELACIONES
PÚBLICAS
REGLAMENTO COMITÉ DE RELACIONES
PUBLICAS
La Junta Directiva de FECOLTUR, en uso de sus
facultades legales y estatutarias, le asigna como función
nombrar el Comité de Relaciones
públicas.
ARTÍCULO 1
OBJETO
El presente reglamento tiene por objeto regular los
aspectos relacionados con el Comité de Relaciones Publicas
establecido por los estatutos ya establecidos de FECOLTUR,
con los cuales se busca reglamentar su funcionamiento y la
utilización o destinación de los recursos que se le
asignen.
ARTÍCULO 2
DEFINICIÓN
Las relaciones públicas constituyen el
vehículo para mostrar a las comunidades del país
que el fondo de empleados FECOLTUR es una
organización de confianza que aborda necesidades
verdaderas. Cuando un fondo de empleados goza de una imagen
pública positiva, sus socios están motivados para
la acción
y los socios en perspectiva más entusiasmados por
afiliarse.
ARTÍCULO 3.
RECURSOS
El comité de relaciones públicas se
constituirá y mantendrá mediante los siguientes
recursos:
- La asignación proveniente de la
aplicación de los excedentes que se produzcan en el
ejercicio económico, y que deberá ser aprobada
por la junta directiva. - Recursos provenientes de la contribución
solidaria de los asociados, de acuerdo con lo establecido en
el artículo. - Partidas especiales aprobadas por la Junta
Directiva de FECOLTUR, con la debida relación
presupuestal. - Los recursos, producto de programas especiales que
se realizan para obtener ingresos para este
comité. - Donaciones o ayudas que se puedan recibir de
cualquier persona natural o jurídica, con
destinación específica al fondo de
Solidaridad. - Los saldos existentes por cualquier concepto a
favor de FECOLTUR de acuerdo
ARTÍCULO 4.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ
DE RELACIONES PUBLICAS
Miembros del comité
Colaborar con el presidente electo para seleccionar a
los miembros que llenarán plazas vacantes del
comité y organizar reuniones de planificación antes del comienzo del
año. Cuando sea factible, se designará a los
miembros de los comités por un período de tres
años, a fin de garantizar la continuidad de los programas.
Los miembros del comité deben poseer conocimientos sobre
el fondo de empleados y saber expresarse con claridad. Otras
importantes características personales que se deben
considerar:
- Profesionales con experiencia en los medios de
comunicación o contactos con los mismos. - Personas con habilidades para la oratoria,
redacción o fotografía - Experiencia en la elaboración de sitios
Web - Residentes prominentes de la comunidad
ARTÍCULO 5.
REUNIONES COMITÉ DE RELACIONES
PÚBLICAS
El Comité estará integrado por el numero
de personas que nombre la Junta Directiva, en la
constitución inicial estará conformado por dos
integrantes, que pertenezcan al fondo de empleados.
El comité de relaciones públicas
tendrá un Coordinador, que velara por la funcionalidad del
dicho comité.
El quórum lo constituye la participación
(cuando este supere los miembros híncales) de 4 miembros,
participando siempre como mínimo dos de los
principales.
Las decisiones del Comité de relaciones
públicas se adoptarán por el voto favorable de la
mitad más uno de los asistentes.
REUNIONES DEL
COMITÉ
Para el normal cumplimiento de sus funciones, el
Comité fijará fechas para sus reuniones ordinarias
cada inicio de año respectivo, en caso de eventos
extraordinarios el coordinador comité o la junta directiva
reunirá a los miembros del por medio de
comunicación escrita con dos días de
anticipación.
De cada reunión se levantará un acta que
deberá ser elaborada por el secretario del Comité,
o por quien éste designe y firmada por él o su
designado, y por el coordinador o su designado, en ella
deberá consignarse los principales temas tratados y las
decisiones adoptadas.
ARTÍCULO 6
FUNCIONES COMITÉ DE RELACIONE
PÚBLICAS
El comité de relaciones públicas tiene
como finalidad principal la gestión
de la imagen del fondo de empleados, mediante el desempeño de las siguientes
funciones:
Gestión de las comunicaciones
internas: Dar a conocer a los asociados del fondo y que
éstos a su vez conozcan las políticas
institucionales, ya que no se puede comunicar aquello que se
desconoce.
Gestión de las comunicaciones externas:
Todo fondo de empleados debe darse a conocer a sí mismo y
al medio externo. Esto se logra a través de la
vinculación con otros fondos.
Funciones humanísticas: Resulta
fundamental que la información que se transmita sea
siempre veraz, ya que la confianza del público es la que
permite el crecimiento del fondo de empleados.
Análisis y comprensión de la
opinión pública
Trabajo conjunto con otros comités y
áreas: El trabajo del comité de relaciones
públicas debe tener una sólida base humanista con
formación en relaciones
humanas. Se trabaja con personas y por ende es necesario
comprenderlas
Para lograrlo, las relaciones públicas trabajan
con diversos intangibles:
Identidad: Es el ser del fondo de empleados
FECOLTUR, aquello que lo caracteriza y diferencia del
resto. Sobre esa identidad
trabajan las relaciones públicas, básicamente
gestionando otros dos intangibles: la cultura organizacional y la
filosofía.
Cultura: Se da por el proceder o modo de actuar
del fondo de empleados en su conjunto. Tiene que ver con los
valores que se fomenten y el modo de orientar la actuación
de la organización.
Imagen: Es aquella representación del
fondo de empleados FECOLTUR desea construir en el
ámbito social.
Reputación: Es aquella
representación mental que se hace el público sobre
un fondo de empleados a través de las experiencias
(directas o indirectas) que hayan tenido con el misma y de la
forma como el fono de empleados se comunica
Las herramientas
de las que se valen las relaciones públicas para cumplir
con sus objetivos y funciones son muchas y diversas:
- La organización de eventos
- Estar comprometidos con los demás
comités. - Relaciones con los medios de
comunicación
Internet: Se puede trabajar sobre el sitio Web institucional
o con la versión en línea de diversos
medios.
Folletos de interés
general.
ARTÍCULO 7
FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL
COMITÉ DE RELACIONES PÚBLICAS
Su responsabilidad como coordinador es lograr que el
comité cumpla sus propias metas y las del fondo de
empleados
Responsabilidades
Antes de asumir el cargo, le competen las siguientes
responsabilidades:
- Leer el manual de su
comité - Asistir a la Asamblea de
constitución - Repasar los estatutos del fondo de empleados, el cual
debe contener información sobre los objetivos de su
comité
- Colaborar con el presidente electo en la selección de los miembros del
comité basándose en su capacidad profesional e
intereses personales, y prepararlos para su año en
funciones - Junto con el presidente electo, analizar y establecer
las metas de corto plazo y anuales del fondo de
empleados - Elaborar un plan de
acción para que el comité logre las metas
anuales
El Coordinador del Comité de relacione
públicas tendrá, las siguientes
funciones:
- Planificar y dirigir las reuniones y actividades
regulares del comité - Vigilar que los miembros cumplan las
responsabilidades que asumieron - Informar de las actividades y progresos del
comité al presidente y la directiva del fondo de
empleados y a todos sus asociados. - Cooperar con los diferentes comités
correspondientes en las actividades o iniciativas conjuntas del
fondo de empleados - Brindar reconocimiento al esfuerzo y la labor de los
miembros del comité
JUSTIFICACIÓN
El Fondo de Empleados y Trabajadores de FECOLTUR
es una organización de la economía solidaria, que
orienta los recursos con cargo a los excedentes y al presupuesto
para cumplir con servicios sociales para los asociados y sus
familias entre ellos la educación solidaria a
través de cursos de inducción, seminarios, foros,
talleres, formación y preparación de directivos
entre otros; no formal a través de cursos de
capacitación y la educación que se requiera para
fortalecer la filosofía interna mediante convenios con
instituciones
que brinden estos servicios a precios
razonables dentro del mercado.
El Comité de Educación es dentro de la
organización quien debe cumplir con esta labor teniendo
como norte para ello la misión y la visión buscando
que haya la mayor participación de los asociados en todos
y cada uno de los eventos.
OBJETIVOS
La educación es el eje central de nuestro Fondo,
es fundamental para su buen funcionamiento. Sin subestimar los
cursos o programas de capacitación que tiene el
comité de educación; esperamos que la gran
mayoría de éstos traspasen las fronteras, llenando
las expectativas de los asociados en lo que tienen que ver con su
propia empresa.
Para evitar los errores administrativos originados en
dirigentes no suficientemente preparados, y para no caer en la
dependencia de una sola persona, es necesario que el
comité de educación promueva y mantenga
permanentemente programas de formación de
líderes.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ
DE EDUCACIÓN
Corresponde por normatividad y por las atribuciones
legales que le confieren los Estatutos vigentes a la Junta
Directiva del Fondo Empleados y Trabajadores de FECOLTUR
realizar y aprobar el Reglamento Interno del Comité de
Educación, el cual regirá a partir de la fecha de
su expedición.
De acuerdo con lo anterior:
RESUELVE
Artículo 1. Conformar y dar funciones
específicas al Comité de Educación de
acuerdo con su estudio y aprobación hecho el día
22, según acta No.001 de Junta Directiva.
Artículo 2. El Comité de
Educación estará conformado por cuatro (4)
asociados, los cuales serán nombradas por la Junta
Directiva. Entre ellos nombrarán un coordinador y un
secretario.
Artículo 3. El Comité de
Educación tendrá como objetivo organizar fomentar y
estructurar toda la educación que se considere conveniente
para formar directivos con los conocimientos necesarios para la
dirección de FECOLTUR a los asociados y sus
familias para brindarles conocimientos que les complementen su
bienestar social.
Artículo 4, El comité tendrá
entre sus funciones:
- Organizar todo lo concerniente a la educación
de los asociados a FECOLTUR, teniendo en cuenta que se
mantenga la filosofía de la
organización. - Organizar, preparar, y coordinar todos los eventos
como seminarios, charlas, cursos y técnicas
administrativas, tendientes a fortalecer la educación
solidaria de la organización. - Organizar, preparar, y coordinar todos los cursos de
educación no formal dirigida a los asociados y sus
familias. - El comité se reunirá ordinariamente
cada mes y extraordinariamente todas las veces que sea
necesario. - El secretario levantará el acta
correspondiente a cada reunión realizada donde se deje
constancia de los asistentes, los temas tratados, las tareas a
realizar y las personas autorizadas para cumplir con aspectos
específicos relacionados con el rumbo propio del
comité. - Gestionar con otras organizaciones oficiales o
privadas o con personas naturales para realizar la
educación siempre que cumplan con los requisitos de tipo
legal. - Utilizar los recursos económicos con que
cuenta de manera racional siempre buscando que con ellos se
cumplan los objetivos para lo cual han sido
destinados. - Recomendar a la Junta Directiva imponer sanciones a
los asociados que incumplan sin justa causa la asistencia a los
eventos de tipo educativo que impliquen costos para la
organización. - Las demás funciones que le asigne la norma
general y la Junta Directiva.
Artículo 5. La Junta Directiva nombra el
comité y orientará los recursos de los excedentes
asignados y el presupuesto para cumplir con el plan de
trabajo.
Artículo 6. El comité de
educación contará con unos recursos
económicos que resultan de aplicar lo dispuesto en el
Artículo No. 54 de la Ley 79 de 1988.
Artículo 7. El Comité de
Educación deberá elaborar un presupuesto el cual
presentará a la Junta Directiva para su discusión y
aprobación.
Artículo 8. Todo pago que por eventos de
capacitación se hagan con cargo al rubro económico
del comité, debe ser autorizado y aprobado por la Junta
Directiva
Artículo 9. El comité de
educación presentará con corte a 31 de diciembre de
cada año un cuadro' de 1o, presupuestado y lo ejecutado
para conocimiento
de la Junta Directiva en primera instancia y a la Asamblea
General de Delegados.
Artículo 10. El comité de
educación podrá recomendar a la
administración de FECOLTUR y al Comité de
Crédito tener en cuenta el otorgamiento de créditos
a los asociados cuando se programen cursos que impliquen el
desembolso de dineros. Igualmente recomendará a la Junta
Directiva los valores con que se subsidiarán a los
asociados que sufraguen costos por los cursos
programados.
FONDO PARA LA
EDUCACIÓN
Cada día son más los asociados que
reconocen la importancia de asegurar el futuro de la
educación de sus hijos. Para ello existe CRECER que es un
recurso económico destinado a cubrir los gastos educativos
de los hijos de los asociados inscritos, a partir del momento en
que el asociado fallezca o sufra incapacidad igual o superior al
50% que le impida continuar el desempeño de su labor. El
aporte es de sólo $1.055 semanal y garantiza la
continuidad en los estudios hasta el último año de
educación
superior.
La entrega del auxilio tiene un tope en pesos
establecido de 1 S.M.M.L.V. para los niveles de primaria y
bachillerato y 5 S.M.M.L.V. para estudios superiores.
Para otorgar este auxilio es necesario que los
beneficiarios o su representante legal, envíen a
FECOLTUR la solicitud respectiva, junto con los documentos
tales como certificados de defunción, certificados de
escolaridad, libretas de pago, y los demás documentos que
se requieran.
Para el caso de incapacidad parcial, el afiliado o su
representante deberá presentar una certificación
emitida por una entidad competente, en la cual conste que su
incapacidad es igual o mayor al 50%.
REQUISITO
- Se exige un mínimo de permanencia del afiliado
de un (1) año en el Fondo CRECER, salvo casos de
muerte
accidental, para que los beneficiarios inscritos tengan derecho
al auxilio, en caso de fallecimiento.
Causas de suspensión del
auxilio
El auxilio educativo se suspenderá por:
- Bajo rendimiento académico que implique la
pérdida del año escolar en dos (2) ocasiones
consecutivas o tres (3) acumuladas, contadas a partir del
momento del otorgamiento del auxilio educativo. El auxilio se
reanudará cuando el beneficiario haya aprobado el
período académico correspondiente. - Por suspensión de más de dos semestres
de estudios, sin motivos de causa mayor como: accidente,
necesidad de trabajar por ser cabeza de familia,
incapacidad comprobada o servicio militar. - Durante la transición entre bachillerato y
Universidad,
sólo se admite suspender por un período no mayor
a 2 años.
Perdida del auxilio educativo
Un beneficiario perderá el derecho a recibir el auxilio
educativo, por cualquiera de las siguientes causales:
- Finalización de los estudios superiores de
pregrado. - Renuncia voluntaria y por escrito, de parte del
beneficiario. - Agotamiento total de los recursos
disponibles.
CONCLUSIONES
- El nuevo siglo se caracteriza por una profunda
transformación social, empresarial y tecnológica
que está marcando cambios sustanciales en el campo
laboral, en las organizaciones y en los modos de
vida. - Desde enfoques alternativos al sistema tradicional de
crear empresas, se vienen construyendo nuevas miradas para
empresas del futuro; esta empresa del futuro estaría
conformada por una comunidad de sujetos pensantes que se auto
realizan a partir del trabajo, donde cada uno
participaría de forma democrática en la toma de
decisiones y en las utilidades, cuyo tamaño siempre
estaría limitado a su capacidad de funcionar como
comunidad y la productividad se daría a nivel humano
mejorando la calidad de
vida de los afiliados y empleados. - La "Nueva Economía Social", tiene una enorme
fuerza que
puede ser generadora de unión social (reemplazando el
poder
integrador del Estado de
bienestar), implementando las bases para una reflexión
sobre las condiciones requeridas para establecer un nuevo
contrato
social. - Nuevas formas de Economía Social
(Emprendimientos Solidarios), promovidas esencialmente por los
ciudadanos y sociedad civil,
constituyen en este contexto una nueva posibilidad de
integración. - Esta nueva visión de las organizaciones
empresariales necesita con urgencia la formación de
personas comprometidas con su autorrealización en el
marco del bienestar social, con autoaprendizaje continuo,
creativo, de iniciativa y con capacidad para el trabajo en
equipo. - Los nuevos esquemas de gerencia empresarial requieren
de una nueva forma de organización empresarial que
fomente la innovación, la creatividad, el trabajo en
equipo y la flexibilidad funcional para hacer frente a los
cambios en el mercado. Para lograr esto se requieren nuevas
formas de construir sociedad; una gran sensibilidad con el
entorno, el establecimiento de lazos de solidaridad, el respeto
por los derechos humanos, la
comprensión mutua y la justicia social. - La Economía Social es generadora de empleos de
calidad en un sistema en el que el empleo
típico es un privilegio de pocos. En los países
del norte como en los del sur se han preocupado por el empleo
informal y el desempleo
estructural; en los últimos años se han puesto en
la búsqueda de soluciones
para mejorar la calidad de vida de los empleados y así
poder garantizar la disminución de los altos niveles de
desempleo. - La Economía Social puede ser considerada como
una estrategia de
desarrollo basada en formas particulares de empresas o de
instituciones regidas por un funcionamiento democrático
y caracterizado por sus actividades, la naturaleza de sus
miembros y la repartición de excedentes, como vimos en
los módulos iniciales. - La acción empresarial persigue fines de lucro,
sin embargo para las organizaciones de carácter solidario busca un lucro social
con miras de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de
la comunidad a través del ejercicio económico
eficiente que genere un emprendimiento económico eficaz,
para que se pueda constituir en una de las variadas formas del
emprendimiento. - Las personas que aprenden a emprender experimentan
circunstancias que les crean la necesidad de tomar la
iniciativa de realizar nuevos proyectos a pesar de los ya
existentes. - En la economía de la comunidad o
economía de los asuntos colectivos, los objetivos y
realizaciones prácticas, son sociales. Su interés
general se centra en la creación de nuevas formas
empresariales, que sin limitarse a una sola forma
jurídica, abre caminos diferentes y libres de
obstáculos para ejercer la gestión
económica en igualdad de condiciones legales, pero en
inmejorables competencias en
cuanto a resultados y respuestas a las expectativas de los
asociados.
INTEGRANTES DEL GRUPO DE
ECONOMÍA SOLIDARIA I Y ASOCIADOS DEL FONDO DE EMPLEADOS
FECOLTUR
- Catalina Cepeda Fernández
- Deiby Santana
- Derlys Johanna Vargas
- Diana Carolina Chica López
- Diana Gómez Polo
- Diana Soledad
- Diana Tacuma Silva
- Dolly E Fierro Camacho
- Erika Tatiana Bueno
- Fernando A Barreiro Lozano
- Johana Andrea Rodríguez
- Johanna Milena Castro
- Lida Mayerly Velásquez
López - Magdalena Cuervo Rodríguez
- Mauricio Becerra
- Miller Jairo Rivera Rivera
- Oscar Eduardo Aguilar
- Paola Andrea Ardila
- Paula Alejandra Ramírez
- Sandra Patricia Rodríguez Herrera
- Yenny Patricia Bautista
- Yudy Alexandra Tovar Gómez
Oliverio Salazar
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE
COLOMBIA
FACULTAD DE CIENCIAS
ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
ECONOMÍA SOLIDARIA I
BOGOTA
NOVIEMBRE 2002
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