Análisis y propuestas para la formalización de las micro y pequeñas empresas (página 2)
En la Provincia de Lima, en el distrito de San Juan de
Miraflores (cono sur) de la capital,
existen 12,860 establecimientos al 2003. Tienen la
característica de ser prestadoras de bienes y
servicios. El
porcentaje de participación del comercio en la
economía
del distrito es 67% siendo el de servicios 22%, y la producción 11%. De estos establecimientos
económicos, la gran mayoría, es decir, el 95% son
micro y pequeñas empresas, con una
población económicamente activa que
alcanza el 67% de la población total del distrito, y
sólo el 54% se encuentra ocupado.
Según la base de datos
del Doing Bussines realizado por el Banco Mundial
que realiza el estudio de las trabas burocráticas y
legales a las que un nuevo empresario se
debe enfrentar para formalizar su empresa, menciona
que en el Perú, formar una empresa debe
pasar por 10 procedimientos
administrativos, con una duración de 72 días, y
un costo de $ 847
dólares, ubicando al país en el puesto numero 92 en
el año 2006 del ranking de países a nivel mundial
que ponen impedimentos burocráticos para crear una
empresa.
Aunque programas
impulsadas por el estado como
Mi Empresa reducen el tiempo y los
costos de
formalización aun no llegan a todas las mypes.
Aproximadamente 50% del tiempo relacionado con la
formalización de una empresa se consume a nivel municipal
(obtener una Licencia Municipal de Funcionamiento). Existen
evidencias
estadísticas de que 65% de las denuncias
relacionadas a barreras burocráticas que son recibidas por
INDECOPI se relacionan a procedimientos
municipales.
Las mypes al no estar formalizadas se ven limitadas en
poder
desarrollarse ocasionando las siguientes desventajas:
- No podrán participar en concursos
públicos y adjudicaciones como proveedores
de bienes o servicios. - Están limitados a realizar negocios con
otras empresas y competir en el mercado
nacional e internacional. - No podrán asociarse o formar consorcios
empresariales. - Se dificultara su acceso al sistema
financiero formal. - No participaran en programas de apoyo a la mypes
promovidas por el estado. - No conocerán el rendimiento de sus inversiones
a través de la evaluación de sus resultados contables y
serán evasores tributarios al no cumplir con sus
obligaciones.
MARCO
LEGAL DE LAS MYPES
El articulo 59 de la constitución política del
Perú manifiesta que "El estado estimula la
creación de riqueza y garantiza la libertad de
trabajo y la
libertad de empresa, comercio e industria. El
ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a
la salud, ni a la
seguridad
publicas. El estado brinda oportunidades de superación a
los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido,
promueve las pequeñas empresas en todas sus
modalidades".
La Ley Nº 28015
Ley de promoción y formalización de la
Micro y Pequeña Empresa, define a la micro y
pequeña empresa en su articulo 2 como "La Micro y
Pequeña Empresa es la unidad económica constituida
por una persona natural o
jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión
empresarial contemplada en la legislación vigente, que
tiene como objeto desarrollar actividades de extracción,
transformación, producción, comercialización de bienes o prestaciones
de servicios"
En el artículo 3 de la presente ley menciona las
características que presenta las Mypes:
- El numero total de trabajadores:
- La microempresa
abarca de uno (1) hasta 10 trabajadores
inclusive. - La pequeña empresa abarca de uno (1) hasta
50 trabajadores inclusive.
- Niveles de venta
anuales:
- La microempresa hasta el monto máximo de 150
Unidades Impositivas Tributarias – UIT. - La pequeña empresa a partir del monto
máximo señalado para las microempresas y hasta 850 Unidades Impositivas
Tributarias – UIT.
Según esta ley en su articulo 36 manifiesta:
"El estado fomenta la formalización de las Mype a
través de la simplificación de los diversos
procedimientos de registros,
supervisión, inspección y
verificación posterior".
Esta articulo esta reglamentado en el DS N°
009-2003-TR en su articulo 33 donde refiere: "La presidencia
del Concejo de Ministros, garantiza el cumplimiento de los
dispuesto en el articulo 36 de la Ley y la presente
disposición, ejerciendo las facultades que dicha norma
establece, en el marco de lo dispuesto por el articulo 48 de la
Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General y
de las directivas a que se refiere el numeral 6 de dicho
articulo.
Tratándose de denuncias por presuntas barreras
burocráticas, la competencia le
corresponde a la Comisión de Acceso al Mercado INDECOPI
conforme a la normatividad vigente, quien dará preferencia
a las denuncias presentadas por las MYPE. Asimismo, informara
periódicamente al CODEMYPE, sobre el resultado de la
atención de las denuncias que hubiera sido
formuladas o que afecten a las mype".
También en su articulo 37 refiere: "Las mypes
que se constituyan como persona jurídica lo realizan
mediante escritura
publica sin exigir la presentación de la minuta conforme a
lo establecido en el inciso i) del articulo 1° de la ley
Nº 26965".esta ley Publicada el 17 de junio de 1998, se
modifica el artículo 58 de la Ley del Notariado Ley
Nº 26002. dicho articulo esta reglamentado en el articulo 34
del DS Nº 009-2003-TR donde especifica la voluntad de
constitución de micro y pequeña empresa
sustituirá a la copia de la minuta que exige la SUNAT para
la inscripción del Registro
Único del Contribuyente – RUC.
Este mismo articulo también menciona que: "El
CODEMYPE (Concejo Nacional para el desarrollo de
la Micro y Pequeña Empresa) para la
formalización de las mype promueve la reducción de
los costos regístrales y notariales ante la SUNARP y el
Colegio de Notarios".
Los artículos del 38 al 41de la ley Nº 28015
indican los procedimientos que deberán realizar las
municipalidades para el otorgamiento de las licencias y permisos
municipales:
- La licencia municipal provisional se otorga en un
plazo mayor de 7 días hábiles, y tiene validez
durante 12 meses, con pago único para su otorgamiento
(articulo 38). - La licencia definitiva es otorgada vencido el plazo,
si no ha habido irregularidades o han sido subsanadas, una vez
otorgada la licencia la municipalidad no podrá cobrar
tasas por concepto de
renovación, fiscalización o control y
actualización de datos de la
misma, con excepción de los casos de uso o
zonificación de acuerdo al Decreto Legislativo Nº
776, Ley de Tributación Municipal, modificada por la Ley
Nº 27180. el organismo encargado de velar por el
cumplimiento de estas normas es
INDECOPI. (articulo 39 y 40 de la Ley y articulo 37 del
Reglamento). - La revocatoria
de la Licencia de Funcionamiento Definitiva solo será
por causa expresa en el artículo IV del Titulo
Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General. La Municipalidad deberá convocar
a una audiencia de conciliación como requisito para la
revocación de una Licencia de Funcionamiento Definitiva.
El incumplimiento acarrea la nulidad del proceso
revocatorio. (articulo 41 de la Ley y articulo 38 del
Reglamento).
Con Resolución Ministerial Nº 356-2006-TR
del 12 de Octubre del 2006, se crea el Programa Mi
Empresa, que es la articulación del Programa de Auto
Empleo y Micro
Empresa PRODAME, y del Fondo de Desarrollo de la Micro y
Pequeña Empresa FONDEMI y el Bono de Capacitación Laboral y
Empresarial BONOPYME.
Mi Empresa tiene como finalidad promover y facilitar la
formalización e impulsar el desarrollo y competitividad
de las Micro y Pequeñas Empresas, a través de un
servicio de
atención integral. Y entre sus diversas funciones
mencionaremos:
- Ofrecer un servicio de ventanilla única para
la formalización empresarial, en coordinación con las entidades e instituciones competentes. - Brindar orientación sobre los requisitos
exigidos para los trámites de formalización
empresarial, regimenes legales vigentes, servicios financieros,
oferta y
demanda productiva, asociatividad y cualquier otro asunto
vinculado con la constitución, desarrollo y gestión de micro y pequeñas
empresas. - Promover la facilitación de trámites de
licencia Municipales en coordinación con los gobiernos
locales, entre otros.
OBSERVACIONES
A pesar del aporte de las micro y pequeñas
empresas a la economía del país, solo el estado
presupuesta para impulsarlas solo S/. 20 millones anuales, el
más bajo de la región por debajo de Bolivia,
mientras que nuestro vecino país Chile destina US $ 420
millones.
A principios del
gobierno anterior
en el año 2001, existían 500 mil empresas formales.
Al finalizar solo se formalizaron 150 mil empresas, lo que no se
puede reconocer como un avance fuerte, con el programa Mi empresa
se reduce el tiempo y el costo pero aun se tiene que pasar por
los 10 procedimientos administrativos entonces debería
reducirse aun más el proceso de trámites para
formalizar una empresa.
La Sunarp es la entidad encargada de inscribir la
titularidad de una propiedad o
empresa, para la provisión de sus servicios
regístrales, se solicitan firmas legalizadas, escrituras
publicas, partes notariales y otros certificados. Todos estos
requieren la participación de los notarios
públicos. Cálculos del Instituto Peruano de
Economía (IPE) muestra que por
cada sol que las empresas tiene que pagar en registros
públicos, también se ven obligadas a gastar S/
1.04, en promedio, por servicios notariales.
CONCLUSIONES
- Existen grandes casos de éxitos empresariales
como Topy Top, Miguelitos, Nova, Kola Real, entre otras
empresas que se iniciaron siendo mypes y que sus inicios fueron
siendo informales, su formalización se realizo
posteriormente cuando ya habían cimentado su desarrollo
empresarial, así lo manifiesta Cesar Ferradas,
catedrático de Centrum Católica. Lo que propone
gestar una "Informalidad Temprana Formal", lo que
otorgaría al microempresario un tiempo determinado para
poder crecer en sus primeras etapas de inicio empresarial y
luego formalizarse y no ser liquidado por trámites
gubernamentales.
- La creación de la ventanilla única para
efectos de formalización de empresas donde este
localizado instituciones como Sunarp y Sunat en un mismo
local. - Reducir el costo de la Escritura Publica y eliminar
la presentación de la minuta de
constitución. - Consolidar en un solo formulario todos los requisitos
tanto regístrales como municipales. - Otorgar validez a los registros por medios
electrónicos o vía pagina Web, con el
compromiso de regularizar los documentos en
un periodo determinado y verificado por las municipalidades si
cumple la zonificación y compatibilidad de uso
correspondiente. - Evitar la duplicidad y la competencia entre
instituciones que brindan ayuda a las mypes de acuerdo a sus
propios criterios. - Formalizar a las mypes hará que sean
reconocidas por el sistema y dejen
de ser ilegitimas dándole la oportunidad de surgir y
llegar a ser competitivas.
BIBLIOGRAFÍA
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Pequeña Empresa. - Doing Bussines Banco Mundial
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2003) - Luis Enrique Malpartida (2006) Municipal Scorecard
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Banco Mundial, Lima Peru. - Miguel Ángel Laura (2006) Cadenas Productivas,
Conglomerados y Redes: El Caso de la Mype
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Municipalidad Metropolitana de Lima y el desarrollo
económico Club Munimype Centro de Desarrollo
Empresarial Municipal. Lima. Perú - Municipalidad de San Juan de Miraflores (2006)
Proyecto de
Inversión a Nivel de Perfil "Instalación de
Talleres de Corte y Confección en sector de Maria
Auxiliadora. Lima. MDSJM - Real Academia Española (2006) Diccionario
de la Real Academia Española. Extraído el 9
Agosto, 2006, de http://www.rae.es/ - Resolución Ministerial N° 356-1006-TR
Creación del Programa Mi Empresa, del 12 de Octubre del
2006. Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo.
Mendívil Jiménez, Jhonny
Gilberto
- Fecha de Nacimiento
30 de Agosto de 1976
- Estado Civil
Soltero
- Formación
UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA
Facultad de Ciencias
Contables
Bachiller en Contabilidad
1999 – 2005.
Contador Público. 2005.
Colegiatura C.P.C 34052
ESCUELA TÉCNICA DEL
EJÉRCITO
Sub Oficial del Ejercito 1995 – 1997.
- Experiencia Profesional
EJERCITO PERUANO
Desempeño como Sub Oficial del Ejercito en
diversas reparticiones en las provincias de Cajamarca, Amazonas
y Lima últimamente desempeñándose como
auxiliar de logística administrando la Sección
Sanidad del Batallón de Operaciones de
Protección del Ejercito, Comando Administrativo del
Cuartel General del Ejercito.
De Octubre de 1997 a Diciembre del 2005.
ASOCIACION CIVIL RUNAPAC
Asesor de Mypes.
De Marzo del 2006 hasta la actualidad
COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES
COGECO
Trabajando el área Contable.
De Octubre del 2005 hasta la actualidad
- Investigación y Ponencias
Desarrollo del Trabajo Técnico Individual y
Ponencia
"PLANEAMIENTO
ESTRATEGICO COMO HERRAMIENTA DE GESTION
EMPRESARIAL PARA LAS MYPES"
Presentado en el XX Congreso de Contadores
Públicos en la ciudad de Puno, Octubre del
2006.
Ponencia:
- PLAN DE NEGOCIOS.
- ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACION DE
NEGOCIOS.
Municipalidad de San Juan de Miraflores.
Proyecto "Desarrollo de Competitividad Empresarial de las Mypes
en el Distrito de San Juan de Miraflores"
Agosto y Septiembre del 2006
- Cursos, Talleres y SeminariosAsistencia en
temas de:
CURSO DE ORATORIA Y
LIDERAZGO.
CONCEJO DE JUVENTUDES NACIONALES
De Octubre a Diciembre del 2004.
II TALLER "PROYECTO DE
INVERSIÓN PARA CREAR Y DESARROLLAR MICRO Y
PEQUEÑA EMPRESA"
Colegio de Contadores Públicos de
Lima
Noviembre del 2005.
"PROGRAMA DE CAPACITACION Y ASISTENCIA
TÉCNICA A LIDERES DE ORGANIZACIONES
SOCIALES EN FORMULACION DE PROYECTOS SOCIALES EN EL MARCO DE
LOS PLANES DE DESARROLLO CONCERTADO"
Unión
Europea, MIMDES, Propoli y Provida
Agosto y Septiembre del 2006.
Jhonny Mendivil Jiménez
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LIMA
NOVIEMBRE 27 AL 29 DEL 2006
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