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Tendencias Actuales de la Criminalidad



Partes: 1, 2

    1. Desarrollo
    2. Conclusión
    3. Recomendaciones
    4. Fuentes

    Criminalidad contra el Medio
    Ambiente,
    Datos
    referidos a Costa Rica
    (Figuras Delictivas)

    1. Nunca antes en la historia de
      la humanidad, el ser humano había tomado genuina
      conciencia
      de la relación profunda que existe entre él y
      la naturaleza. Esta conciencia planetaria implica
      la conclusión de que toda la vida en la tierra
      forma parte de un gran sistema
      interdependiente. Se interrelaciona con los componentes no
      vivientes del planeta y depende de ellos: la atmósfera, los océanos, el agua
      dulce, las rocas y el
      suelo.

      La humanidad depende totalmente de esta comunidad de
      vida- de esta biosfera
      de la que formamos parte. Costa Rica es uno de los
      países con una posición de privilegio y ejemplo
      de conservación en el mundo, con una amplia
      extensión de su territorio protegido como zonas de
      biodiversidad importantes y con una riqueza en
      diversidad de especies animales,
      vegetales y de ecosistemas envidiables. Por su clima,
      precipitación pluvial, sus características de
      relieve y
      la disposición y características
      biofísicas de sus cuencas hidrográficas y
      sistemas
      fluviales conexos, posee un potencial hídrico
      aprovechable extraordinario. La
      contaminación de los ríos de Costa Rica a
      través de desechos sólidos, productos
      químicos, vertidos de aguas negras y claras, son un
      factor de riesgo en el
      mantenimiento de una adecuada biodiversidad
      del agua
      dulce.

      Los ríos, lagos, arroyos y tierras
      húmedas proporcionan la mayor parte del agua que se
      bebe y se utiliza para la agricultura, el saneamiento y la industria,
      así como para la vida de enormes cantidades de
      peces y
      crustáceos. Muchos son los factores que inciden en las
      prácticas de contaminación de los ríos:
      densidad
      demográfica, pobreza,
      sistemas económicos que no adjudican un valor
      adecuado al medio
      ambiente, falla de los sistemas jurídicos
      institucionales, ausencia de planificación en el uso de suelos,
      invasión de terrenos en las márgenes de los
      ríos por parte de personas sin viviendas, deforestación, contaminación con
      fertilizantes y plaguicidas. La Sala Constitucional en la
      resolución 4480-94 dijo:

      " La protección del medio ambiente
      es una tarea que corresponde a todos por igual, a las
      instituciones públicas, haciendo
      respetar la legislación vigente y promoviendo
      esfuerzos que prevengan o eliminen peligros para el medio
      ambiente; a los particulares acatando aquellas disposiciones
      y colaborando en la defensa del suelo, el aire y el
      agua, pues todo cambio
      nocivo resultante de un acto humano en la composición,
      contenido o calidad de
      estos resultará también perjudicial para la
      calidad de
      vida del humano."

      La acción delincuencial en este tema
      encuadra dentro de las tendencias actuales de la
      criminalidad, así como los delitos
      informáticos, los cuales son nuevos, pues
      así lo exigen los cambios sociales y avances sociales.
      Específicamente en el tema de nuestro interés, "delitos
      ecológicos" , probablemente no sean nuevos, pero en
      las ultimas décadas y ante un panorama de cambios
      mundiales en esta materia,
      el planeta entero se ve inmerso en la imperiosa necesidad de
      normar el uso o abuso de los recursos
      naturales en función de mantener un equilibrio
      que permita la supervivencia de las especies y por ende de
      nosotros los seres humanos, de tal manera que muchas
      conductas que han sido históricamente catalogadas como
      "normales", la sociedad
      ha ido normando con el objetivo
      primordial de protección, de esta manera algunas
      conductas se convierten en delito,
      otras que por tradición se han considerado delitos se
      ven reforzadas en cuando a la sanción que se le
      asigna. Por lo anterior, en este trabajo no
      esbozaré mucho sobre delitos cometidos sino más
      bien el enfoque es más desde una óptica de prevención y
      formación.

    2. Introducción.
    3. Desarrollo.

    Uno de los delitos de más preocupación
    en el ámbito de los delitos contra el ambiente, es el de
    la contaminación del agua, pues acarrea gran
    cantidad de consecuencias por lo anterior, me referiré
    en primera instancia a algunos principios
    importantes en los que se apoya la estructura
    de los delitos ambientales:

    Primero: Principio de no
    contaminación,
    que expresamente prohíbe
    en cualquier forma la contaminación de ríos que
    implique una alteración química, física o
    biológica de las aguas haciéndolas inapropiadas
    para las diferentes necesidades de uso a que estén
    destinadas o que impliquen graves riesgos a la
    salud de las
    personas, la vegetación, las especies
    piscícolas y acuícolas, atenten el esparcimiento
    o perturben otros usos legítimos de las
    aguas.

    Segundo: Principio de prevención,
    que tiende a combatir la contaminación en su origen y no
    en sus efectos ulteriores, lo que significa recabar la información necesaria, puntual e
    idónea de nuestras cuencas hidrográficas, para
    así orientar la lucha contra la
    contaminación.

    Tercero: Principio de que quien contamina
    paga
    , en el sentido de que el coste de las medidas de
    prevención y de lucha contra la contaminación
    impuesta por los entes competentes debe ser asumido por el
    autor del delito ambiental al contaminar los
    ríos.

    Cuarto: Principio de responsabilidad, por el cual el sujeto
    de derecho
    público o privado que incurra en el delito ambiental
    de contaminación de ríos asumiría por
    acción u omisión una responsabilidad por
    determinarse en las instancias judiciales
    competentes.

    • Algunos datos estadísticos referidos a
      delitos ambientales.

    En Costa Rica se registran datos significativos
    relativos a delitos ambientales, así destaca lo
    señalado por el
    periódico La Nación el 25/09/2006, cuando se refiere a
    un proceso
    judicial en el cual los infractores se unen a estudiantes en
    Upala para reforestar la zona. La Fiscalía estimó que un 80% de los
    implicados procuran la conciliación. Un total de 200
    acusados por destruir los bosques sembraron un poco más
    de 20.000 árboles en las cuencas de los ríos
    Zapote y Guacalillo, en Upala, Alajuela.

    Los implicados ejecutaron el trabajo
    en los últimos seis años al incorporarse a un
    plan de
    reparación del daño.
    Así, evitaron ir a juicio, donde podrían recibir
    una condena penal. José Pablo González, fiscal
    adjunto ambiental, dijo que los infractores no se limitaron a
    plantar los árboles, sino que deben cuidarlos hasta que
    estén pegados.

    Ese proceso, relató González, tarda de
    tres a cinco años, al final de los cuales el juzgado
    penal emite una sentencia de sobreseimiento a favor del implicado. La
    reparación de los daños en denuncias por delitos
    ambientales se está logrando en un 80% de los casos que
    ingresan al Poder Judicial.
    Igual sucede con los asuntos que entran al Tribunal Ambiental
    Administrativo del Ministerio de Ambiente y Energía
    (Minae), donde la mayoría de implicados llega a una
    conciliación. Allan Flores, presidente del Tribunal,
    dijo que no tenía la cifra exacta, pero manifestó
    que es el mejor mecanismo para recuperar los recursos
    naturales luego de un daño ambiental.
    Alta incidencia. El año anterior se
    denunciaron 2.132 delitos ambientales, de los cuales 1.680
    fueron por corta o tala de árboles. Las áreas
    donde más se presentaron es la Zona Norte (San Carlos,
    Guatuso, Los Chiles y Upala), con 438 casos de corta de
    árboles. Le siguieron la Zona Sur (Corredores, Osa,
    Golfito, Pérez Zeledón, Buenos Aires y
    Coto Brus), con 400, y Guanacaste, con 311 denuncias.
    Conociendo que la Zona Norte es donde más casos ocurren,
    desde hace seis años se ideó un programa de
    reforestación en Upala, que abarca 600
    hectáreas.

    El proyecto lo
    impulsaron en conjunto la Fiscalía y el Colegio
    Técnico Profesional de Upala. Los buenos resultados del
    programa sirvieron para que la Fiscalía abriera otro
    proyecto para construir senderos en el Parque Nacional
    Volcán Tenorio, en el cantón de Guatuso,
    Alajuela. Ahora se analiza la posibilidad de poner en marcha
    otro plan reparador, entre Fiscalía y la Universidad
    de Costa Rica (UCR), donde los infractores tendrán la
    obligación de recuperar la Quebrada de Los Negritos, en
    San José. José Pablo González
    advirtió que la fiscalía no promueve las
    conciliaciones, sino que deben nacer de los imputados.
    Agregó que el deber del Ministerio Público es
    buscar que el plan reparador sea de ejecución
    rápida y que beneficie a la comunidad donde se
    cometió el delito. González advirtió que
    cuando el hecho es muy grave se buscará la
    sanción penal del infractor. Muchas de las conductas
    contra el medioambiente que no son delito pueden ser
    infracciones administrativas y, por tanto, ser susceptibles de
    denuncia y sanción. Con denuncias administrativas
    también se comunican hechos que atentan presumiblemente
    contra leyes o
    normas con
    consideración expresa de infracción
    administrativa.

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