Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Pasantías (página 2)



Partes: 1, 2, 3

2.2. ORGANIGRAMA
ESTRUCTURAL DEL MINISTERIO DE SALUD Y DE LA OFICINA DE
PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

2.2.1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL MINISTERIO DE
SALUD

Fuente: Dirección de Planificación y Presupuesto /
Dirección de Organización y
Métodos.

2.2.2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA OFICINA DE
PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

Fuente: Dirección de
Planificación y Presupuesto / Dirección de Organización y Métodos.

2.3. DESCRIPCIÓN DE LAS OFICINAS DONDE SE
DESARROLLÓ EL CRONOGRAMA DE PASANTÍA

El Reglamento Interno del Ministerio de Salud y Desarrollo
Social, publicado mediante Resolución Nº 161 del
11/04/2000, Gaceta Oficial Nº 36.935, de fecha 18/04/2000,
describe las competencias de
cada una de las unidades que conforman el ente Ministerial, del
mismo modo en este se reflejan las unidades donde se llevo a cabo
Cronograma de las Actividades.

Es importante mencionar las competencias de la Oficina
de Gestión
Administrativa, en virtud que las unidades de mayor relevancia
dentro del contexto administrativo se encuentran adscritas a esta
Oficina, por lo que se considera elemental describir las
atribuciones de la citada unidad lo cual permitirá
vincular los procesos con
el resto de lo componentes que conforman el aparato
administrativo del Ministerio de Salud.

2.3.1. Corresponde a la Oficina de Gestión
Administrativa:

  1. Apoyar técnicamente la formulación,
    ejecución y evaluación de la planificación
    presupuestaria, estructural y funcional del Despacho en
    correspondencia con lo establecido por el Consejo de
    Planificación.
  2. Participar como parte del Consejo de
    Planificación en la evaluación del cumplimiento
    de las políticas de salud y desarrollo
    social.
  3. Coordinar la formulación, ejecución y
    supervisión de las políticas,
    normas y
    procedimientos
    que en materia de
    reclutamiento y selección, clasificación y
    remuneración, jubilaciones y pensiones, registro y
    control,
    bienestar social y prestaciones
    sociales se desarrollen en el Ministerio.
  4. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de
    seguridad,
    vigilancia y protección de los bienes,
    estructura,
    instalaciones y equipos de las Dependencias administrativas del
    Ministerio.
  5. Las demás que le atribuyan las leyes y
    reglamentos.

La Oficina de Gestión Administrativa para el
cumplimiento de sus funciones
contará con la
organización estructural siguiente con rango de
Direcciones de Línea: la Oficina de Planificación y
Presupuesto, la Oficina de Presupuesto, la Oficina de Recursos
Humanos y la Oficina de Administración y Servicios.

2.3.2. Corresponde a la Oficina de
Planificación y Presupuesto:

  1. Coordinar la formulación, ejecución y
    evaluación de la planificación presupuestaria,
    estructural y funcional del Despacho.
  2. Asesorar, coordinar y promover las acciones
    dirigidas a desarrollar y perfeccionar métodos de
    planificación y criterios técnicos para el
    diseño de políticas,
    lineamientos y elaboración de programas y
    proyectos en
    las áreas de salud y desarrollo social.
  3. Diseñar los instrumentos y métodos
    apropiados que permitan asignar y organizar los recursos
    destinados a la ejecución de las metas, contempladas
    en los Programas de los servicios de salud y desarrollo
    social a nivel regional y local.
  4. Recolectar, tabular, analizar e interpretar
    sistemáticamente la información referente a la
    ejecución física de metas,
    a fin de cumplir con las disposiciones legales
    establecidas.
  5. Analizar el grado de cumplimiento de metas
    físicas de los distintos programas, así como
    mantener actualizado los inventarios
    físicos en el área de salud y desarrollo
    social.
  6. Coordinar, formular, ejecutar y evaluar el programa de
    subsidios institucionales que otorgue el
    Ministerio.
  7. Elaborar anualmente los objetivos
    de la organización en salud y desarrollo social de
    conformidad con el Plan Nacional
    de Salud y Desarrollo Social.
  8. Supervisar y evaluar conjuntamente con las
    entidades territoriales y la Oficina de Coordinación Intergubernamental e
    Intersectorial en Salud y Desarrollo Social, la programación y coordinación
    operativa de los objetivos anuales del Presupuesto Nacional y
    del Plan Coordinado de Inversiones de la Organización
    Pública en Salud y Desarrollo Social.
  9. Elaborar, controlar y evaluar el Anteproyecto
    del Presupuesto, adaptado a la normativa legal vigente, en
    coordinación con los distintos responsables de los
    programas, entidades regionales y organismos adscritos, de
    conformidad con lo establecido en Ley Organica
    de Regimen Presupuestario y las Normas establecidas por la
    Oficina Nacional de Presupuesto de la Presidencia de la
    Republica.
  10. Determinar en coordinación con las
    dependencias correspondiente y Servicios Autonomos sin
    personalidad juridica, los aportes que deberan
    incluirse anualmente en la Ley de Presupuesto.
  11. Analizar la ejecución fisica y financiera
    del presupuesto trimestralmente o en cualquier fecha que sea
    requerida por los Organismos competentes, de acuerdo a lo
    establecido a la Ley Organica de Regimen
    Presupuestario.
  12. Realizar estudios analiticos que determinen
    desviaciones presupuestarias entre lo programado y lo
    ejecutado.
  13. Diseñar, coordinar, analizar y controlar La
    Ejecución Presupuestaria del Despacho.
  14. Realizar estudios de costos de
    proyectos e incidencias de creditos presupuestarios,
    derivados de las firmas de convenios con los diferentes
    gremio adscritos al sector salud y desarrollo
    social.
  15. Asesorar en materia presupuestaria a las
    direcciones regionales, sobre la ejecución y control
    de creditos presupuestarios asignados.
  16. Velar por el uso de las asignaciones
    presupuestarias de gastos
    corrientes o de capital,
    acorde con los procedimientos y criterios
    establecidos.
  17. Las demás que le atribuyan las leyes y
    reglamentos.

2.3.3. Corresponde a la Oficina de Administración y Servicios:

  1. Planificar y desarrollar el proceso de
    adquisiciones y mantenimiento de bienes, materiales y
    servicios que requieran las diferentes dependencias del
    Ministerio.
  2. Coordinar el mantenimiento, seguridad, vigilancia y
    protección de los bienes, estructura, instalaciones y
    equipos de las dependencias administrativas del
    Ministerio.
  3. Dirigir, coordinar y supervisar las actividades
    relacionadas con los procesos de pago que por diferentes
    compromisos ha adquirido el Ministerio.
  4. Desarrollar mecanismos para mejorar los sistemas
    administrativos del Ministerio.
  5. Coordinar y supervisar los procesos previstos en la
    Ley de Licitaciones para la ejecución de obras,
    adquisición de bienes y prestación de
    servicios.
  6. Establecer sistemas y
    procedimientos que permitan la prestación eficiente de
    servicios administrativos.
  7. Velar porque se cumplan las leyes de la Hacienda
    Pública Nacional y demás disposiciones sobre
    adscripción, registro y control de los bienes
    nacionales.
  8. Coordinar, asesorar y elaborar todo lo relacionado
    con la ordenación de pagos.

2.3.4. Corresponde a la Oficina de Recursos
Humanos:

  1. Asesorar al Ministerio en la fijación de
    objetivos, políticas, normas y procedimientos en
    administración de personal y a sus
    diferentes dependencias en esta materia.
  2. Diseñar políticas de personal que
    modernicen el manejo de los recursos humanos en el Ministerio y
    asesorar a los niveles estadales en la aplicación y
    cumplimiento de las disposiciones legales.
  3. Diseñar y desarrollar programas de
    administración de personal relacionados con el
    reclutamiento y selección, clasificación,
    remuneración, ascenso, transferencia, suspensiones,
    renuncias, permisos, vacaciones, jubilaciones, pensiones,
    evaluación de actuación en el cargo,
    reconocimiento de méritos, prestaciones sociales y
    disciplinarias, así como, dirigir y aplicar dichos
    programas.
  4. Llevar el registro de expedientes de funcionarios
    adscritos al Ministerio, y aplicar el régimen de
    concursos de conformidad con las leyes, reglamentos,
    resoluciones y convenios vigentes.
  5. Coordinar con la Consultora Jurídica, todas
    las reclamaciones laborales y el proceso de las mismas, e
    instruir cuando sea procedente, los expedientes a los
    funcionarios del Ministerio, que hayan incurrido en faltas que
    dieran lugar a la aplicación de las sanciones previstas
    en las leyes y reglamentos.
  6. Actuar como órgano regulador entre el
    Ministerio y las organizaciones
    sindicales y gremiales, así como administrar y velar por
    el cumplimiento de los contratos
    colectivos suscritos por el Ministerio.
  7. Procesar y remitir al Ministerio de Hacienda la
    documentación relacionada con las
    indemnizaciones laborales establecidas en la Ley del Trabajo y su
    Reglamento, así como, los contratos colectivos, previa
    autorización escrita del Despacho.
  8. Desarrollar los perfiles ocupaciones del Ministerio y
    establecer los lineamientos de políticas generales en
    cuanto a la normalización de técnicas
    y procedimientos de capacitación, adiestramiento y desarrollo para el
    personal.
  9. Las demás que le atribuyan las leyes y
    reglamentos.

2.3.5. Corresponde a la Oficina de Cooperación
Técnica y Relaciones
Internacionales:

  1. Asesorar y coordinar la formulación y
    elaboración de políticas, acuerdos y convenios en
    materia de salud y desarrollo social con la comunidad de
    países y organismos internacionales.
  2. Definir y evaluar las políticas, lineamientos
    y acciones en materia de gestión de operaciones de
    financiamiento y cooperación
    técnica dentro de los sectores de salud y desarrollo
    social con países y organismos internacionales en
    coordinación con las instancias
    correspondientes.
  3. Promover y difundir la producción de información y
    conocimientos y el intercambio de experiencias en salud y el
    desarrollo social dentro del contexto internacional y sobre las
    actividades en materia de financiamiento, cooperación y
    políticas de carácter internacional donde interviene
    el Ministerio.
  4. Las demás que le atribuyan las leyes y
    reglamentos.

La Oficina de Cooperación Técnica y
Relaciones Internacionales para el cumplimiento de sus funciones
contará con la organización estructural siguiente:
Coordinación de Políticas, Acuerdos y Convenios
Internacionales y la Coordinación de Cooperación
Internacional.

2.3.5.1. Corresponde a la Coordinación de
Políticas, Acuerdos y Convenios
Internacionales:

  1. Asesorar al Ministro y a las unidades responsables de
    los sectores de salud y desarrollo social, en la
    delimitación de prioridades, formulación de
    políticas, planes y acciones o medidas en los
    ámbitos de desarrollo internacional, así como en
    procesos de negociación, suscripción y
    modificación de acuerdos, convenios y compromisos
    internacionales.
  2. Coordinar las políticas, planes y actividades
    de los sectores de salud y desarrollo social en el marco de
    acuerdos, convenios y relaciones con organismos
    internacionales, conjuntamente con el Ministerio de Relaciones
    Exteriores.
  3. Fomentar la generación de redes de
    cooperación entre la comunidad de países
    dirigidas a fortalecer y consolidar capacidades en áreas
    prioritarias de desarrollo nacional, así como difundir
    las políticas y acciones de los sectores de salud y
    desarrollo social a nivel internacional.
  4. Ejercer funciones de relaciones diplomáticas y
    representación del Ministerio y del país, en el
    campo de la salud y el desarrollo social a nivel internacional,
    por instrucciones del Ministro.
  5. Gestionar reuniones y eventos de
    carácter político o técnico, con
    autoridades, funcionarios y equipos extranjeros, dentro y fuera
    del país.
  6. Velar por el cumplimiento de acuerdos y compromisos
    suscritos entre países y con organismos
    internacionales.
  7. Las demás que le atribuyan las leyes y
    reglamentos.

2.3.5.2. Corresponde a la Coordinación de
Cooperación Internacional:

  1. Coordinar las acciones de los sectores salud y
    desarrollo social en materia de gestión de
    cooperación internacional, conjuntamente con los
    órganos competentes del gobierno
    central.
  2. Asesorar y prestar asistencia técnica al
    Ministerio y a las diferentes instancias intergubernamentales
    de los sectores de salud y desarrollo social en
    políticas, demandas y gestión de la
    cooperación internacional, así como en
    políticas, demandas y gestión técnica de
    programas y proyectos de crédito público y financiamiento
    multilateral o bilateral.
  3. Establecer lineamientos, normas y procedimientos en
    materia de políticas y gestión de la
    cooperación internacional, así como
    métodos para la formulación, ejecución,
    evaluación y seguimiento de programas, proyectos en este
    campo.
  4. Coordinar la movilización de recursos
    técnicos y financieros a través de organismos
    internacionales para apoyar las políticas y acciones de
    los sectores de salud y desarrollo social a nivel central,
    estadal y municipal.
  5. Evaluar y dar seguimiento a los planes, programas y
    proyectos de cooperación internacional en los sectores
    de salud y desarrollo social.
  6. Prestar servicios de información, promover la
    producción de conocimientos y el intercambio de
    experiencias y apoyar la formación de recursos humanos y
    la investigación en salud y desarrollo
    social, mediante fuentes de
    cooperación y financiamiento internacional, a
    través del Centro de Información Internacional en
    Salud y Desarrollo Social (CISAI).
  7. Las demás que le atribuyan las leyes y
    reglamentos.

CAPÍTULO III

ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN EL PERÍODO DE
PASANTÌAS

3.1. ACTIVIDADES DESARROLLADAS DURANTE EL
PERÍODO DE PASANTÍAS

  • Inicio de las pasantías: Inducción general para conocer todas las
    normas generales del Ministerio de Salud.
  • Entrevista con el Director de
    Organización y Método:
    para conocer los
    requerimientos necesarios para realizar las actividades
    programadas en el Cronograma de actividades y las evaluaciones
    semanales.
  • Inducción a las Actividades de las
    Direcciones por donde se hizo el recorrido de las
    pasantías:
    Conocimientos en el área de
    trabajo, inducción sobre lineamiento y directrices
    establecidas por el Ministerio de Planificación y
    Desarrollo (MPD), Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE),
    Ministerio de Finanzas y
    Vicepresidencia Ejecutiva de la República, para la
    metodología, formulación,
    ejecución, seguimiento y evaluación del
    presupuesto, según la programación y los
    resultados de las metas físicas y metas
    financiera.
  • Elaboración de Informe de
    Pasantías.
    Las actividades fueron desarrolladas
    de acuerdo al cronograma de trabajo establecido por la
    institución, en los diferentes departamentos como se
    refleja a continuación:

3.2. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

CAPÍTULO IV

CRONOGRAMA DE TRABAJO

  1. Como parte del diseño del cronograma de
    actividades, la Dirección de Organización y
    Método fue un pilar fundamental en la
    definición de las unidades por donde dio inicio al
    desarrollo de las pasantías.

    En dicha Dirección se revisó el
    material bibliográfico, antecedentes
    históricos, la estructura organizativa y
    Filosofía Institucional así como la base
    jurídica, que sustentan al ente ministerial como son
    el Reglamento Orgánico y el Reglamento
    Interno.

    Este punto de partida es importante para un
    gerente
    de finanzas en una organización, en virtud que el
    mismo debe conocer ante todo la estructura de una
    empresa, su organización, políticas y
    funciones elementos indispensables para gerenciar con
    eficiencia y eficacia
    y en consecuencia tomar las decisiones mas viables ante un
    hecho fortuito; de tal manera que la
    empresa continúe el desarrollo de sus objetivo
    y el alcance de las metas.

    La Dirección de Organización y
    Métodos constituye el pilar fundamental para la
    organización, diseño y formulación de
    las competencias de los Despachos, Direcciones Generales,
    Organismos Adscritos y sus dependencias con el
    propósito de desarrollar la estructura funcional
    adecuada al Reglamento Orgánico del Ministerio,
    diseño de instrumentos metodológicos, de
    Manuales de
    Norma y Procedimientos, de medir el Nivel de la Cultura
    organizacional así como de los
    valores institucionales, todos estos vinculados con las
    unidades que conforman el Sistema
    Público Nacional de Salud.

    Como parte de la revisión
    bibliográfica podemos conocer algunos antecedentes
    históricos del Ministerio de Salud:

    Año 1999: Creación del
    Ministerio de Salud y Desarrollo Social, producto
    de la fusión de los extintos Ministerios de Sanidad y Asistencia Social y
    el Ministerio de la
    Familia.

    Año 2000: Publicación de
    Resolución mediante la cual se dicta el Reglamento
    Interno del Ministerio de Salud y Desarrollo Social,
    según Gaceta Oficial de la República
    Bolivariana de Venezuela Nº 36.935, de fecha
    18/04/2000.

    Año 2005: Decreto Nº 3.753,
    mediante el cual se dicta la reforma parcial del Decreto
    sobre organización y funcionamiento de la Administración Pública
    Central, momento en que el Despacho del Viceministro de
    Desarrollo Social pasa a ser el Ministerio de
    Participación Popular y Desarrollo Social quedando
    sólo entonces el Ministerio de Salud.

    Desde entonces el nuevo Ministerio de Salud
    contaba con un organigrama funcional.

    Año 2006: Decreto Nº 4.595
    mediante el cual se dicta el Decreto sobre la
    organización y funcionamiento de la
    Administración Pública
    Nacional.

    En la actualidad la Estructura Organizativa, el
    Reglamento Orgánico y la Filosofía
    Institucional que regirá al nuevo órgano
    ministerial se encuentra aprobado por el Ministerio de
    Planificación y Desarrollo y la Procuraduría
    General de la República, quedando solo a la espera
    de su publicación en Gaceta Oficial.

    A modo de conclusión esta Dirección
    obedece a los cambios administrativos y a las reformas
    parciales que dicte el Ejecutivo Nacional, a través
    de los Decretos publicados en Gaceta Oficial.

    En al ámbito financiero representa para el
    gerente de la organización diseñar una
    planificación para la reorganización y
    construcción de los nuevos
    departamentos y la definición de las
    políticas que garanticen el buen desempeño para el logro de satisfacer
    las necesidades mediante el ofrecimiento de los bienes y
    servicios.

    En el Ministerio de Salud es importante que los
    actores responsables en la definición de las
    competencias de las unidades fijen su atención en una visión
    horizontal, de proyección a largo plazo, de manera
    integral, donde las funciones están a la mano con
    otras unidades, permitiendo realizar un trabajo en conjunto
    y en equipo.

  2. DIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN Y
    MÉTODO / DIRECCIÓN GENERAL DE
    PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO:
  3. DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN /
    DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y
    PRESUPUESTO:

La actividad asignada en esta Dirección, es la de
conocer los procesos de elaboración del Plan Operativo
Anual (POAN) y El Plan Operativo Institucional (POIN); de los
Proyectos Nacionales, Estadales y Organismos Adscritos, sobre el
Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control de los POAN y
POIN a nivel nacional.

La Dirección de Planificación es una
Dirección de Línea adscrita a la Dirección
General de Planificación y Presupuesto, con un área
de trabajo distribuida por proyectos de la siguiente
manara:

  • Nivel Central.
  • Direcciones Estadales de Salud.
  • Organismos Adscritos.

El trabajo principal está orientado sobre el Plan
Nacional de Desarrollo
Económico y Social de Venezuela 2001 – 20074, El
Mapa Estratégico de la Nueva Etapa establecido por el
Ejecutivo Nacional, las Políticas Institucionales del
Ministerio, la directrices establecidas por el Ministerio de
Planificación y Desarrollo (MPD) en materia de
planificación, de la oficina de Nacional de Presupuesto
(ONAPRE), en materia de presupuesto y de la Vicepresidencia
Ejecutiva de la República, para efectos del Seguimiento,
Evaluación y Control de los Proyectos en la
ejecución física y financiera de los POAN y
POIN.

Para el año 2006, el presupuesto asignado
corresponde a los Programas elaborados, ahora la nueva directriz
es la formulación de Proyectos y Acciones Centralizadas
para la asignación de los gastos.

En consecuencia se pueden establecer las siguientes
diferencias:

Cuadro 1

DIRERENCIAS RELATIVAS ENTRE PROGRAMASS
Y PROYECTOS

Programas

Proyectos

  • Imputación presupuestaria total de los
    egresos de la acción por el concepto del gasto (en Bs.)
  • Programación financiera del proyecto (en Bs.)
  • El desarrollo de las acciones especificas en
    detalles, están distribuidas por acciones
    específicas.
  • Consolidado presupuestario.

En cuanto al Sistema de Seguimiento y Evaluación
de Proyectos, estos están relacionado con:

  • Recopilar información cuantitativa de los
    proyectos del Plan Operativo.
  • Realizar el seguimiento y evaluación de la
    ejecución de los planes estratégicos e
    institucionales, por nivel Central, Estados y Organismos
    Adscritos al ente ministerial.

Es importante mencionar la responsabilidad que tiene esta Dirección en
cuanto a la formulación de los Proyectos, por cuanto al
número que representa la estimación de los recursos
financieros para la ejecución de los programas parten de
la Formulación de los proyectos y de los recursos
estimados para el logro de los objetivos trazados por el
ejecutivo nacional.

  1. DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO /
    DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y
    PRESUPUESTO:

La actividad asignada en está Dirección se
basó en conocer la asignación de los recursos
presupuestarios a los proyectos y a las acciones centralizadas;
del presupuesto de los Organismos Adscritos, Estados
Centralizados y Descentralizados, y de los compromisos
presupuestarios y disponibilidad presupuestaria por proyectos y
acciones centralizadas.

Esta es una Dirección de línea, adscrita a
la Dirección General de Planificación y
Presupuesto, cuya área de trabajo están
distribuidas de la siguiente manera:

  • Nivel Central.
  • Organismos Adscritos.
  • Estados Centralizados.
  • Estados Descentralizados.

El trabajo central está orientado en la
preparación del Anteproyecto del Presupuesto, las
Modificaciones Presupuestarias (Rectificaciones, Créditos Adicionales, Traspasos
Internos-Externos, Insub-sistencias) y el presupuesto del
ejercicio fiscal
correspondiente (asignación definitiva y recursos
financieros), basado en los principios
contemplados en la Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal
vigente y el Reglamento de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector
Público, sobre el Sistema Presupuestario.

La asignación de los recursos presupuestarios a
los Proyectos y Acciones Centralizadas obedece al siguiente
patrón:

  1. Realización del Anteproyecto.
  2. Análisis del Anteproyecto y definición
    de la cuota. Entendiéndose por Cuota los recursos
    presupuestarios asignados a las unidades que conforman la
    estructura presupuestaria del Ministerio (Direcciones
    Generales, de Línea, Direcciones Estatales, Organismos
    Adscritos)
  3. Fuente de los recursos presupuestarios provenientes
    de la Ley de Presupuesto vigente.
  4. Reglamento Nº 1, describe como se va a trabajar
    el presupuesto para el ejercicio fiscal
    correspondiente.

Una vez presentado en Anteproyecto se define el monto y
los proyectos a ser ejecutados en el ejercicio fiscal
correspondiente, se establece el reglamento que refleja las
condiciones de las posibles modificaciones presupuestarias que
han de tener lugar tanto en los Proyectos como las Acciones
Centralizadas.

ESQUEMA:

FEDOR ESQUEMATIZA ESTO EN GRÁFICOS DE
PRESENTACION YA QUE NO ESTA BIEN VINCULADO Y PRESTA A
CONFUSION.

Para la distribución del Presupuesto se utiliza el
Clasificador de Partidas Presupuestario, el cual es un
instrumento establecido por el Ministerio de Finanzas a
través de la Oficina Nacional de Presupuestarios
(ONAPRE) y el cual contiene codificados todos los
conceptos que se utilizan para la distribución de los
recursos a nivel de la Administración Pública
Nacional. A continuación se describe las Partidas
Genéricas contentivas del instrumento antes
mencionado:

Cuadro 2

DESCRIPCIÓN DEL CODIFICADOR DE
PARTIDAS DEL MINISTERIO DE FINANZAS / ONAPRE

PARTIDA

DESCRIPCION

4.01.00.00.00

Gasto de Personal.

4.02.00.00.00

Materiales, Suministros y
Mercancías.

4.03.00.00.00

Servicios no Personales.

4.04.00.00.00

Activos Reales.

4.07.00.00.00

Transferencias y Donaciones.

4.11.00.00.00.

Disminución de Pasivo.

Fuente: Dirección de
Presupuesto / ONAPRE

Para el caso del los Organismos adscritos al Ministerio
de Salud el Instructivo Nº 4 y Nº 12 da la ONAPRE,
establecen la Rendiciones de Cuentas que deben
efectuar por el gasto del presupuesto, basado en la Ley de
Administración Pública y la Ley de la
Administración Financiera.

A continuación y a manera de ilustración se representan a
continuación:

INSTITUTOS:

  1. Instituto Autónomo Hospital Universitario de
    Caracas.
  2. Instituto Nacional de Nutrición
    (INN)
  3. Instituto Nacional de Higiene
    "Rafael Rangel".

SERVICIOS AUTÓNOMOS:

  1. Servicio Autónomo de Elaboraciones
    farmacéuticas (SEFAR).
  2. Sociedad Civil para el Control de Enfermedades
    Endémicas y Asistencia al Indígena –
    Bolívar.
  3. Servicio Autónomo Hospital Universitario de
    Maracaibo (SAHUM).
  4. Servicio Autónomo Instituto de
    Biomedicina.
  5. Servicio Autónomo Instituto de Altos
    Estudios Salud
    Pública.

FUNDACIONES:

  1. Fundación "José Félix
    Ribas".
  2. Fundación Misión
    Barrio Adentro.
  3. Fundación del Estado,
    Fundación Hospital Cardiológico Infantil
    Latinoamericano "Dr. Gilberto Rodríguez
    Ochoa".

    En cuanto a los compromisos presupuestarios y la
    disponibilidad presupuestaria son trámites
    gestionados ante la ONAPRE y el Ministerio de
    Finanzas:

    • Compromiso: cuota presupuestaria
      (ONAPRE)
    • Desembolso: financiero (Ministerio de
      Finanzas).
  4. Fundación del Estado, Fundación de
    Edificaciones y Equipamiento Hospitalario
    (FUNDEEH).

El desembolso no debe ser mayor que el
compromiso.

Las programaciones presupuestarias son trimestrales,
no son efectivas si no cuenta con disponibilidad
presupuestaria.

La cuota de desembolso y de compromiso fenece al
terminar cada trimestre correspondiente.

El instructivo Nº 4 de la ONAPRE, relacionado a
la solicitud de información de ejecución mensual
de presupuesto de los Entes Descentralizados sin fines de
lucro, se aplica la siguiente fórmula para la
variación de los resultados:

FÓRMULA:

  1. Ejecutado – Programado = Valor
    Absoluto.
  2. Valor Absoluto / Programado = Variación
    Relativa ó %
  3. Por Trimestre o Acumulado.

4.4. OFICINA DE ADMINITRACIÓN Y
SERVICIOS

4.4.1. DIRECCIÓN DE
FINANZAS:

La actividad asignada en esta Dirección,
implica conocer el proceso de elaboración de
órdenes de pago y su relación con el Sistema
Integrado de Gestión de las Finanzas
Públicas (SIGECOF).

Es una Dirección de línea adscrita a la
Dirección General de Administración y Servicios,
la cual está conformada por las siguientes
Divisiones:

  • División de Ejecución
    Presupuestaria
  • División de Habilitaduría
  • División de Contabilidad Fiscal

Partes: 1, 2, 3
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter