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La efectividad real que tiene el programa de inclusión educativa en el área metropolitana de la ciudad de Panamá (página 2)




Enviado por hervis_m



Partes: 1, 2

Objetivos
específicos

  1. Informarse obre el proceso de
    inclusión educativa en Panamá
  2. Revisar la ley 42 para
    conocer los aspectos que se refiere a nueva metodología e educación inclusiva en Panamá
  3. Entrevistarse con las personas que conocen de primera
    mano el proceso e educación inclusiva en
    Panamá

Preguntas de
investigación

  1. ¿Desde cuándo se ha puesto en marcha el
    programa de
    educación inclusiva en Panamá?
  2. ¿Cómo se ha desarrollado a
    través de la historia la
    inclusión educativa en Panamá?
  3. ¿Es efectivo el nuevo programa de
    educación inclusiva en Panamá?

Justificación de la
investigación

La educación es un derecho al que todos tenemos
derecho sin restricciones es deber de las autoridades
competentes el vigilar que la
educación llegue a todos los panameños en
donde quiera que estén y sin discriminar su estatus
social, económico, religioso ni cultural.

Como parte del programa de actualización
educativa en Panamá, el gobierno
nacional, ha aprobado a llamada ley 42 de equiparación
de oportunidades, para as personas con discapacidad,
la cual establece que el estado, a
través del Ministerio de Educación, debe integrar
en su plan de
educación regular a los niños
y niñas con necesidades especiales, función
que ejecutaba a través de modelos de
integración al Instituto de
Habilitación Especial.

Por esta razón, esta investigación busca conocer el avance que
ha tenido el programa de educación inclusiva en
Panamá y se justifica bajo el marco de la necesidad de
conocer la situación actual el programa, dada la
sensibilidad con que debe ser ejecutado el programa puesto que
la transición IPHE-ME del programa de inclusión
educativa y por la naturaleza
de sus actividades son de una gran sensibilidad
social.

Relevancia
social

La importancia del presente estudio, tiene su base en
el reto que adquiere desde que se pone en ejecución la
ley 42 de equiparación de oportunidades para las
personas con discapacidad en Panamá, donde se establece
la nueva responsabilidad que debe asumir el Ministerio de
Educación de integrar en el sistema regular
de educación a Niños con Necesidades Especiales,
lo cual no es una labor fácil, sobre todo en medio del
proceso e actualización educativa en nuestro
país. De ahí que surge la necesidad de conocer el
alcance que se lleva hasta la fecha con este programa y conocer
las consecuencias mediatas e inmediatas de la puesta en marcha
de este programa.

Capítulo I: La realidad actual sobre el Programa
de Educación inclusiva en el área metropolitana de
la ciudad de Panamá.

Historia del programa
de inclusión educativa en Panamá

La historia obre a educación inclusiva en
Panamá, se remonta a mediados el sigo XIX, en medio de un
clima de
agitación lleno de cambios drásticos a nivel
mundial, en la constitución panameña de 1946 en
donde se consagran los derecho sociales de los panameños,
además de expresar la obligación que tiene el
estado
panameño de proteger a las personas con discapacidades.
Para esa misma década, como resultado de las peticiones de
parte de los padres de familia de
aquellos niños con discapacidades, dentro del campo de la
educación regular, en Panamá, se empezaban a crear
instituciones
especializadas, que en lo contrario a la posición de los
padres de familia de los niños con discapacidades,
cumplieran con esta finalidad, y así en 1946, se
creó la Escuela de Ciegos
Hellen Keller, dos años mas tarde, en 1948, se creó
la Escuela de Retardo Mental. Y dos años después,
la ley del 30 de noviembre de 1951, que crea al Instituto
Panameño de Habilitación Especial (I. P. H. E.),
hasta 1961 que se construyó ls instalaciones en donde se
encuentra planta actual. posteriormente se crea en 1967 el Centro
de Aprendizaje
Industrial, hasta 1969 que amplió su cobertura de atención a todo el país.

Ha sido sin duda un sinnúmero de cambios que han
dado pie para que en 1971 iniciaran el proceso e
integración bajo la resolución Nº 38 de 1970
que creó 10 aulas especiales e integración en
escuelas primarias del país.

Sin embargo, no fue sino hasta en el año de 1989,
cuando el Ministerio de Educación, reconoce la permanencia
de las aulas especiales de integración en las escuelas,
esto le dio un carácter legal a la inclusión
educativa y sin duda alguna un gran logro para integración
de las personas discapacitadas.

La década de 1990, fue de grandes movimientos en
aras del mejoramiento de la calidad de la
integración de las personas con discapacidad, así
que desde 1992, varias organizaciones de
y para personas con discapacidad empezaron a formarse con el fin
de trabajar por el mejoramiento de la calidad de la
integración social y educativa de los discapacitados,
así por ejemplo, se creó el Consejo Nacional para
la atención Integral al Menor con Discapacidad (CONAMEDI)
que tenia como fin impulsar las acciones a
favor de los discapacitados y niños en situaciones de
riesgo,:Federación Nacional de Asociaciones
de Padres y Amigos de Personas con Discapacidad FENAPAPEDI-REPA y
FENAPAPEDIREPA

De ahí que en medio del proceso de
actualización educativa nacional y el nuevo código
de la familia
contaron con la participación de estas organizaciones y
así fueron creando un marco legal sobre el cual presentar
en 1997, un proyecto de Ley
de Equiparación de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad denominándose la ley N°.42 por la
cuál se establece la equiparación de Oportunidades
para las personas con discapacidad. Su reglamentación fue
aprobada el 12 de noviembre 2002.

Funcionamiento del
programa de educación inclusiva en
Panamá

El funcionamiento del programa de inclusión
educativa, ha cambiado su perspectiva con la puesta en marcha de
los planes de reestructuración educativa panameña,
bajo la ley 42 de equiparación de oportunidades para las
personas n discapacidad.

Desde los inicios del programa de inclusión
educativa, en la década de 1970, se utilizaban dos modos
de integración: el primer modelo:
consistía en un grupo especial
con su maestra especial, un grupo con su maestra especial en una
escuela regular, un grupo especial con su maestra especial pero
asiste individualmente a ciertas asignaturas académicas o
un grupo especial con su maestra especial que asiste a grupo
regular en materias no académicas.

Mientras tanto, el segundo modelo, es caracterizado en
función del niño integrado a todas las asignaturas
con apoyo especial en horarios especiales.

Si bien es cierto decir, a la final los resultados han
brindado frutos satisfactorios, también es válido
decir que hasta nuestros días, el sistema de
educación inclusiva ha sido paralelo al sistema educativo
regular, de forma segregada, no se percibía completamente
como un solo modelo educativo, sino que el I. P. H. E. se
encargaba de los estudiantes con discapacidades y el ME de los
estudiantes regulares. Esta perspectiva en el fondo despectiva,
cambia con la nueva ley 42, la cual propone cambiar a un solo
modelo educativo, a cargo del Ministerio de educación, el
cual estará encargado de atender a los estudiantes con
Necesidades Educativas Especiales (NEE), brindarle el apoyo
técnico y humano necesario en las escuelas para garantizar
así que los estudiantes con NEE puedan integrarse
adecuadamente junto con los demás estudiantes regulares,
lo cual no representa una labor fácil, sobretodo cuando la
institución encargada de atender a la población con discapacidad era
otra.

Por su parte, el IPHE, debe fungir como una
institución e apoyo al sistema regular de
educación, un ente e asesoramiento.

Así, el Ministerio de Educación, debe
asumir la responsabilidad de atender a los niños y
niñas con NEE dentro de las aulas de clases
regulares.

Con esta nueva propuesta, se pretende aumentar la
cantidad de niños con NEE que asistan a un sistema de
educación que le permita adquirir los conocimientos
básicos que necesitarán para lograr un desarrollo
cognoscitivo efectivo.

Con el nuevo programa de educación inclusiva, los
niños y niñas con NEE, ya no tienen que
trasladarse, en ocasiones largas distancias, a los centros
educativos que cuentan con una maestra de integración del
IPHE, sino que ahora pueden asistir a la escuela de su comunidad, esto
soluciona la problemática del ausentismo de muchos
niños y niñas que en la mayoría de ellos son
de escasos recursos,
además representa un alivio para los padres que
tenían que llevar a su hijo o hija hasta el centro escolar
que contase con la maestra de integración, y que por falta
de recursos económicos no los inscribían en una
escuela y que ahora pueden asistir a una escuela regular cerca de
casa y de esa forma tener una mejor relación social con su
comunidad.

Conclusión

  1. Con la puesta en marcha del programa de
    educación inclusiva en Panamá, se garantiza que
    la educación pueda llegar a los niños y
    niñas con necesidades especiales.
  2. Con la puesta en marcha de este programa, se abren
    las barreras existentes y se amplían las fronteras del
    saber a quienes tienen alguna discapacidad que antes
    impedía obtener el
    conocimiento académico de primera
    fuente.

Sugerencias

  1. Es necesario establecer un programa de publicidad para
    dar a conocer el programa de inclusión educativa en
    Panamá, puesto que no todos lo conocen
  2. Hay que incentivar a la comunidad, para que trabaje
    mas de cerca con las escuelas y aunar esfuerzos para mejorar
    las condiciones en las cuales estudian sus hijos
  3. El gobierno debe destinar fondos para que en las
    escuelas hayan equipos tecnológicos que puedan mejorar
    la calidad de la enseñanza
  4. El Ministerio de Educación debe promover en
    sus programas de
    capacitación al docente, el tema del
    trato y manejo de los educadores con estudiantes con
    necesidades especiales.

Bibliografía

  1. Canadian Association for Community Living:
    Estudio de la Situación de la Educación
    Inclusiva en Panamá
    . Junio 2004

 

Hervis Armando Mancilla Fong

Partes: 1, 2
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