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Como construir un Consejo Comunal en Venezuela (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. INFORMACIÓN

    • Conocer el número exacto de niños, niñas y adolescentes en situación de calle,
      mujeres embarazadas, indigentes, adultos mayores, personas
      con discapacidad, personas con enfermedades terminales, personas
      fármaco-dependientes o en situación de
      pobreza
      extrema de su comunidad
      usando los datos
      que ya la comunidad tenga y buscando los datos que falten a
      fin de levantar el mapa de necesidades de dicha población.
    • Levantar el mapa de las instituciones públicas y privadas que
      atienden a la población más vulnerable en la
      comunidad (casas de alimentación,
      comedores populares, casas de paso, casas de abrigo,
      centros de abordaje, centros de desintoxicación, y
      otras) para conocer la capacidad institucional de atención con que se
      cuenta.
    • Conocer las iniciativas comunitarias e
      individuales a favor de los más desposeídos
      (familias sustitutas, pequeños hogares de abrigo, y
      otros).
    • Manejar información integral tanto del nivel
      local regional, nacional e internacional relacionada con
      esta área específica de
      atención.
    • Manejar indicadores generales vinculados al
      ámbito de la
      pobreza y su multidimensionalidad.

    PLANES Y
    PROYECTOS

    • Elaborar planes de acción y proyectos comunitarios de pequeño,
      mediano y largo alcance para implementar la misión Negra Hipólita, tales
      como: proyectos para casas de paso, casas de abrigo,
      escuelas formativas de niños niñas y
      adolescentes y escuelas de oficio productivo para
      reinsertar a la
      familia de origen y sustituta al desarrollo
      económico.
    • Control y seguimiento a dichos planes y
      proyectos.
    • Fomentar la constitución de cooperativas priorizando la inserción
      socio productiva de las familias más
      vulnerables.

    MISIONES

    • Enlace permanente con las demás
      misiones.

    FORMACIÓN

    • Organizar talleres, foros y charlas sobre la
      misión Negra Hipólita y temas
      colaterales.

    SENSIBILIZACIÓN, DIFUSIÓN Y
    PROPAGANDA

    • Desarrollar jornadas de autoestima y
      sensibilización.
    • Difundir información a través de
      los diversos canales de comunicación utilizando especialmente
      los medios
      comunitarios.
    • Organizar concurso de murales con motivo de la
      Misión Negra Hipólita
    • Organizar actividades de promoción tales como: poesía, cuentos,
      narraciones inspirados en la misión Negra
      Hipólita

    ACCIONES DE APOYO
    COMUNITARIO

    • Facilitar medios para la movilización de
      personas enfermas (turno voluntario de vecinos propietarios
      de vehículos).
    • Aportar trabajo
      voluntario para la realización de obras
      sociales
    • Facilitar albergue temporal a personas en
      situación de emergencia por catástrofes
      naturales y otros.
    • Detectar e incorporar técnicos y
      profesionales residentes en la comunidad o fuera de ella al
      trabajo de atención a la población más
      desprotegida.
    • Implementar centros de acopios para la
      recepción de ropa, alimentos,
      medicinas, juguetes, libros,
      juegos
      didácticos, equipos electrodomésticos,
      instrumentos
      musicales o de trabajo, entre otros, para apoyar a la
      población más vulnerable.
    • Promover donaciones y convenios de apoyo
      financiero o material a través de instituciones
      públicas y privadas.
    • Recaudación de recursos
      mediante la
      organización de bingos, verbenas, rifas,
      otras.
    • Organización de cayapas, convites, y otros
      mecanismos de acción voluntaria para abordar
      situaciones de necesidades diversas.
    • Vigilar que las obras que se ejecutan en la
      comunidad tomen en cuenta las necesidades de las personas
      con discapacidad y los adultos mayores.
    • Asegurar que los adultos mayores estén
      insertos en el sistema
      de seguridad
      social.

    PASOS PARA LA CONFORMACIÓN DEL
    COMITÉ DE PROTECCIÓN E
    IGUALDAD
    SOCIAL

    EN CASO QUE YA EXISTA EL CONSEJO
    COMUNAL

    Elegir un equipo promotor que tendrá como
    tareas fundamentales:

    • .Informar a la comunidad sobre el objetivo
      de organizar el Comité de Protección Social e
      Igualdad Social.
    • Convocar a una Asamblea de Ciudadanos y
      Ciudadanas para elegirlo.
    • Fijar la hora, fecha y lugar de la Asamblea de
      Ciudadanos y Ciudadanas.
    • Convocar a la comunidad para que participe, a
      través de un recorrido con volantes, pancartas,
      megáfonos, otros.
    • Determinar el método que se empleará para
      elegirlo
    • Realizar la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas
      con el objetivo electoral fijado
    • Una vez constituido el Consejo de
      Protección e Igualdad Social, su primera tarea
      será revisar los datos con que cuenta el Consejo
      Comunal en relación con la pobreza extrema en la
      comunidad y planificar cómo obtener los que
      faltan.
    • Ayudar a constituir la cooperativa de administración de servicios en caso de que no esté
      constituida.

    EN CASO DE QUE NO EXISTA
    CONSEJO COMUNAL

    En el caso de que no exista un Consejo Comunal en
    dicha comunidad, el esfuerzo por constituir un Comité
    de Protección e Igualdad Social en ella debe servir
    también para constituir el consejo comunal.

    ¿Por qué hacerlo así cuando en
    el pasado muchas organizaciones como los CTU, los
    comités de salud y otras se
    organizaron cada una por su cuenta?

    Porque el Comité de Protección e
    Igualdad Social es una organización de la comunidad que nace
    en un momento histórico diferente. A partir de
    septiembre 2005 el MINPADES, en cumplimiento de las
    indicaciones del ciudadano Presidente de la República
    oriento la conformación de Consejos Comunales en todo
    el país. La idea es realizar un esfuerzo por articular
    todas las expresiones organizativas y los esfuerzos
    participativos que se encuentran dispersos en las
    comunidades. De lo que se trata entonces, es de mancomunar
    esfuerzos y orientar a todos los promotores sociales
    institucionales y al voluntariado social a construir
    simultáneamente el Consejo Comunal y el Comité
    de Protección e Integración Social en las comunidades
    que no tenga todavía Consejos Comunales. No tiene
    sentido duplicar los esfuerzos. Una misma Asamblea de
    Ciudadanos y Ciudadanas debe elegir al equipo promotor
    provisional del Consejo Comunal y al equipo promotor
    provisional del Comité de Protección e Igualdad
    Social. Todos los activistas de la comunidad deben realizar
    el censo socio-económico, poniendo énfasis
    especial en la ubicación de las personas más
    desprotegidas. Toda la comunidad debe participar en el
    diagnóstico participativo.

    EL COMITÉ DE
    PROTECCIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL Y EL DESARROLLO
    SOCIAL INTEGRAL

    El Comité de Protección e Igualdad
    Social, debe formar parte del colectivo de desarrollo
    social integral del Consejo Comunal que existe o se
    constituirá en su comunidad. Este colectivo tiene como
    objetivo garantizar la salud y calidad de
    vida a todos y todas; asegurar la atención
    especial a la población en pobreza extrema
    (niños, niñas, adolescentes, mujeres, adultos y
    adultas mayor, personas con discapacidad y nómadas) y
    organizar el abastecimiento de alimentos a nivel local. Esto
    implica, entre otras cosas; mantener el censo permanente
    comunal reportando enfermedades más frecuentes,
    familias en pobreza extrema, violación de derechos a
    niños, niñas y adolescentes, maltrato a la
    mujer, feminización de la pobreza, adultas y
    adultos mayor, personas con discapacidad y nómadas;
    precisando cantidad y sitio de residencia. Todo esto con la
    finalidad de calibrar el peso real de la "deuda social" y la
    naturaleza
    y dimensión de los proyectos necesarios para reducirla
    gradualmente. Promoverá los Comités de Salud,
    apoyará la Misión Barrio Adentro (Consultorios
    y Clínicas Populares); los programas de
    Medicina
    Alternativa, Lactancia
    Materna, Misión MERCAL, Casas de la
    Alimentación, Alimentación Escolar,
    Alimentación Sana, Programa
    Dotación de Uniformes y Útiles Escolares,
    Defensorías de Niños, Niñas y
    Adolescentes, Casas de los Abuelos y Abuelas. Este colectivo
    deberá elegir una vocera o vocero para el Consejo
    Comunal.

    NIVELES DE ACCIÓN

    PRIMER NIVEL: La comunidad

    El Comité de Protección e Igualdad
    Social tendrá su primer radio de
    acción en su comunidad de origen, propiciando una
    articulación con comunidades adyacentes. Esto
    permitirá el trabajo
    en red tanto
    con las comunidades como con las instituciones presentes en
    ellas.

    SEGUNDO NIVEL: Público institucional-
    local

    El Comité de Protección e Igualdad
    Social, tendrá su segundo radio de acción con
    las instancias gubernamentales locales a los fines de recibir
    apoyo en el desarrollo de planes dirigidos a resolver la
    situación de la población excluida, vulnerable,
    de extrema pobreza de la comunidad.

    TERCER NIVEL: Otras
    instancias

    El Comité de Protección e Igualdad
    Social tendrá su tercer radio de acción
    relacionado con las fundaciones, empresas
    privada, y otras instancias que estén dispuestas a
    colaborar en la soluciones
    de problemas
    puntuales referidos a su misión, conforme al principio
    de corresponsabilidad social

    ¿CÓMO LOGRAR QUE EL
    COMITÉ DE PROTECCIÓN E IGUALDAD SOCIAL SE
    MANTENGA EN EL TIEMPO?

    Con el objetivo de fortalecer y elevar la capacidad
    operativa del Comité de Protección e Igualdad
    Social se deberá:

    • Establecer mecanismos para compartir ideas,
      experiencias y expectativas acerca de las causas y
      consecuencias que incide en la generación de la
      población en situación de máxima
      exclusión.
    • Establecer actividades de formación y
      capacitación
      permanente.
    • Asistir a foros, talleres y cualquier otro
      evento que contribuya a
      la formación de sus miembros.
    • Elaboración de material
      divulgativo
    • Captar nuevos miembros para el Comité de
      Protección e Igualdad Social.
    • Velar permanentemente por que la
      implementación de los programas que se ponen en
      práctica en la comunidad se realicen con una
      concepción de inclusión y justicia social
    • Fortalecer el voluntariado mediante
      reconocimiento público.
    • Conformar y consolidar una escuela libertaria en la
      comunidad.
    • Ejercer como Escuela Comunitaria.

    ¿DÓNDE DEBEN ENCAMINARSE LOS
    FONDOS DESTINADOS A LOS PROYECTOS DE PROTECCIÓN
    SOCIAL?

    Esos fondos deben ser dirigidos a la cooperativa de
    administración de servicios que cada
    consejo comunal debe crear para recibir fondos externos y
    ahorros de la propia comunidad. La contraloría social
    de la comunidad debe asegurar que el dinero
    destinado a un determinado proyecto sea
    canalizado a ese objetivo

    RECOMENDACIONES

    Para conformar los Comité de
    Protección e Igualdad Social se recomienda partir de
    la información que se pueda obtener a partir de las
    casas de alimentación, vertederos de residuos y
    mercados,
    dado que entorno a estos sistemas
    se han generado la presencia significativa de compatriotas
    que pertenecen a los sectores más
    desprotegidos.

    AUTOEVALUACIÓN

    1. Los Comité de Protección e Igualdad
      Social buscan enfrentar y resolver, en corresponsabilidad
      con el
      Estado, la situación de pobreza extrema que se
      presentan en la comunidad, a la población excluida,
      en extrema pobreza y condición
      vulnerable. (V)____; (F)____.
    2. Los Comité de Protección e Igualdad
      Social tienen que estar integrado al Consejo Comunal.
      (V)___; (F)____.
    3. Los adultos mayores y las personas con
      discapacidad no pueden ser atendidas por los Comité
      de Protección e Igualdad Social. (V)____;
      (F)____.
    4. Los Comité de Protección e Igualdad
      Social pueden integrarlo todas las personas de la comunidad
      que tengan especial sensibilidad e interés por trabajar voluntariamente
      en el mejoramiento de las condiciones de vida de los
      sectores sociales más desprotegidos de la
      comunidad. (V)____; (F)____.
    5. Los Comité de Protección e Igualdad
      Social tienen que desarrollar actividades vinculadas a la
      Misión Negra Hipólita, tener la
      información acerca de los habitantes de la comunidad
      en situación de pobreza extrema, y además
      elaborar planes de acción y proyectos comunitarios
      de pequeño, mediano y largo alcance para implementar
      la misión negra Hipólita. (V)____;
      (F)___
    6. Los Comité de Protección e Igualdad
      Social tienen que organizar talleres, foros y charlas sobre
      la Misión Negra Hipólita. (V)____;
      (F)____.
    7. Si no hay Consejo Comunal no se pueden crear los
      Comité de Protección e Igualdad
      Social. (V)____; (F)____.
    8. El Comité de Protección e Igualdad
      Social no debe pertenecer al Consejo Comunal, tienen que
      trabajar por separado. (V)___;
      (F)_____.
    9. El primer nivel de acción de los
      Comité de Protección e Igualdad Social, es
      propiciar una articulación con comunidades
      adyacentes. Para crear el trabajo en red tanto con las
      comunidades y con las instituciones presentes en
      ellas. (V)___; (F)_____.
    10. El segundo nivel en lo público
      institucional, local tendrá como radio de
      acción: trabajar desarticuladamente con las
      instituciones que prestan ayudas a las personas en
      situación de pobreza extrema. (V)____;
      (F)____.
    11. El tercer nivel se refiere a otras instancias,
      está relacionado con las fundaciones, empresas
      privadas, y otras instancias que estén dispuestas a
      colaborar en la solución de problemas puntuales
      referidos a su misión. (V)____;
      (F)____.
    12. Los fondos destinados a los proyectos de
      protección social deben ser dirigidos a la
      cooperativa de ahorro y
      crédito que cada Consejo Comunal debe
      crear para recibir fondos externos y ahorros de la propia
      comunidad. (V)___; (F)____.
    13. Para conformar los Comité de
      Protección e Igualdad Social se recomienda partir de
      la información que se pueda obtener de la dirección de desarrollo social de la
      alcaldía

    CLAVE DE RESPUESTAS

    Preguntas
    Nro.

    Respuestas

    Comentarios

    1

    V

     

    2

    V

     

    3

    F

    Los Comité de Protección e
    Igualdad Social (COPIS)buscan atender a la
    población excluida, en condición
    vulnerable, de extrema pobreza tales como:
    niños y niñas y adolescentes en
    situación de calle, adolescentes embarazadas,
    entre otros.

    4

    V

     

    5

    V

     

    6

    V

     

    7

    F

    En el caso de que no exista un Consejo
    Comunal en dicha comunidad, el esfuerzo por
    constituir un Comité de Protección e
    Igualdad Social debe servir también para
    constituir el consejo comunal.

    8

    F

    Comité de Protección e
    Igualdad Social, debe formar parte del colectivo de
    desarrollo social integral del consejo comunal que
    existe o se constituirá en su
    comunidad.

    9

    V

     

    10

    F

    Tienen que articularse para recibir todo el
    apoyo en el desarrollo de planes dirigidos a resolver
    las situaciones de la población excluidas,
    vulnerables, de extrema pobreza de
    comunidad.

    11

    V

     

    12

    V

     

    13

    F

    Se debe partir de la información
    suministrada por las casas de alimentación,
    vertederos de residuos y mercados, dado que entorno a
    estos sistemas se han generado la presencia
    significativa de compatriotas que pertenezcan a los
    sectores más desprotegidos.

    UNIDAD VII

    CONTRALORÍA SOCIAL

    Objetivo Terminal:

    Capacitar las ciudadanas y ciudadanos como
    facilitadores de los contenidos
    teórico-prácticos sobre Contraloría
    Social basados en el ordenamiento jurídico venezolano
    para impulsar la conformación de las Unidades de
    Contraloría Social de las distintas comunidades
    organizadas en Consejos Comunales

    Objetivos Específicos:

    • Descubrir el camino de la autogestión del
      aprendizaje.
    • Capacitar a los ciudadanos (as) en materia
      de Contraloría Social.
    • Servir de medio para difundir los contenidos de
      la Contraloría Social.
    • Disponer de un material informativo sobre la
      Contraloría Social.
    • Proporcionar herramientas necesarias para el ejercicio de
      la Contraloría Social.

    Contenido:

    • ¿Qué es la Contraloría
      Social?.
    • Objetivos de la Contraloría
      Social.
    • Principios de la Contraloría
      social.
    • ¿Quién es un Contralor
      Social?.
    • Requisitos para ser Contralor Social.
    • Unidad de Contraloría Social.
    • Funciones del Contralor Social.
    • Organismos que reciben las quejas, denuncias,
      otros de la Unidad de Contraloría Social de los
      Consejos Comunales.
    • Autoevaluación.
    • Glosario.

    PRESENTACIÓN DE LA
    UNIDAD

    La séptima (7ma.) unidad es para que los
    ciudadanos y ciudadanas tengan la oportunidad de identificar
    los conceptos claves, basamento legal, objetivos,
    funciones,
    mecanismos de la contraloría social, lo cual
    permitirá adquirir los conocimientos teóricos y
    prácticos que les facilitará realizar jornadas
    y talleres sobre este tema.

    Para lograr una buena comprensión de esta
    unidad, se sugiere realizar inicialmente una lectura
    general de la misma con el fin de obtener una visión
    global de los aspectos generales del proyecto comunitario.
    Extrayendo las ideas principales de la información que
    aquí se proporciona y la que ya fue adquirida en las
    unidades anteriores.

    Se recomienda que los ciudadanos y ciudadanas
    verifiquen el logro de los objetivos específicos y del
    objetivo Terminal de esta unidad, realizando la
    autoevaluación que se presenta al final de la
    unidad.

    Es importante recordar que el dominio del
    contenido de esta unidad, así como de las anteriores
    será de vital importancia para poder
    realizar un estudio fácil y ameno de las siguientes
    unidades de este manual.

    ¿QUE ES LA
    CONTRALORÍA SOCIAL?

    Es un conjunto de acciones
    de control,
    vigilancia y evaluación que realizan los ciudadanos
    y ciudadanas, con el propósito de contribuir a que la
    gestión gubernamental y el manejo de
    los recursos públicos se realicen en términos
    de transparencia, eficacia,
    eficiencia y
    honradez. Así mismo es un instrumento contra la
    corrupción y el
    burocratismo.

    La consolidación de un Estado
    Social de Derecho y Justicia depende de todos los ciudadanos
    y ciudadanas de la comunidad, por ello todos tenemos la
    facultad y el mandato constitucional y legal de ejercer el
    control social en nuestras respectivas comunidades,
    así como promoverla y facilitarla.

    OBJETIVOS DE LA CONTRALORIA SOCIAL

    • Contribuir con el cumplimiento de las Leyes
      y Procedimientos en la ejecución de
      las obras, servicios, programas y proyectos financiados
      con fondos públicos.
    • Programar la participación social,
      independiente y patriótica de la ciudadanía.
    • Promover la participación ciudadana en función de una justicia
      social.
    • Incentivar la confianza ciudadana en la
      incorporación social a la vigilancia sobre los
      recursos destinados a satisfacer las necesidades de la
      colectividad.
    • Promover líderes
      comunitarios.
    • Detectar a tiempo irregularidades, desviaciones
      de los recursos destinados a obras, servicios, programas
      y proyecto; y poder dar sugerencias de
      soluciones.

    PRINCIPIOS DE LA
    CONTRQALORÍA SOCIAL

    Fig 15

    ¿QUIÉN PUEDE SER UN
    CONTRALOR SOCIAL?

    Quien ejerce la contraloría social en su
    comunidad, al cumplir con las funciones que le son
    inherentes, en virtud de un nombramiento por parte de la
    Asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

    Además puede ser un representante de la
    comunidad que colabora en la fiscalización, control y
    vigilancia de los recursos para los programas, proyectos,
    servicios y obras de infraestructura, ejecutados por los
    gobiernos nacional, regional, estadal y municipal, así
    como por la comunidad dentro de la Parroquia o el
    Municipio.

    ¿CÓMO ESTÁ
    CONFORMADA LA UNIDAD DE CONTRALORIA SOCIAL?

    Artículo 11. LCC: "La unidad de
    Contraloría Social es un órgano conformado por
    cinco (5) habitantes de la comunidad, electos o electas por
    la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas para realizar la
    contraloría social y la fiscalización, control
    y supervisión del manejo de los recursos
    asignados, recibidos o generados por el consejo comunal,
    así como sobre los programas y proyectos de inversión pública presupuestados
    y ejecutados por el gobierno
    nacional, regional o municipal."

    ¿CUÁLES SON LAS
    FUNCIONES DEL CONTRALOR SOCIAL?

    Tomando como referencia el Artículo 23 de
    la Ley son
    funciones del órgano de control:

    1. Dar seguimiento a las actividades administrativas
      y de funcionamiento ordinario del Consejo Comunal en su
      conjunto.
    2. Ejercer la coordinación en materia de
      contraloría social comunitaria.
    3. Ejercer el control, fiscalización y
      vigilancia de la ejecución del plan de
      desarrollo
      comunitario.
    4. Ejercer el control, fiscalización y
      vigilancia del proceso
      de consulta, planificación, desarrollo,
      ejecución y seguimiento de los proyectos
      comunitarios.
    5. Rendir cuenta pública de manera
      periódica, según lo disponga el Reglamento de
      la presente Ley.

    REQUISITOS PARA SER CONTRALOR
    SOCIAL:

    Artículo 13 de la LCC. Para ser electo o
    electa se requiere:

    1. Ser habitante de la comunidad, con al menos, seis
      (6) meses de residencia en la misma, salvo en los casos de
      comunidades recién constituidas o circunstancias de
      fuerza
      mayor.
    2. Mayor de quince (15) años.
    3. Disposición y tiempo para el trabajo
      comunitario.
    4. Estar inscrito en el REP, en el caso de ser mayor
      de edad.
    5. No ocupar cargos de elección
      popular

    ¿DONDE SE PUEDE EJERCER EL CONTROL
    SOCIAL?

    Artículos 11 y 23 de la LCC:

    En todas las actividades que se desarrollan dentro
    del ámbito territorial de la comunidad, sean estas
    ejecutadas por el Gobierno Nacional, Regional, Estadal o
    Local, (alimentación, educación, salud, cultura,
    deporte,
    infraestructura, cooperativas, misiones, entre
    otras

    ¿QUÉ PASA SI LOS
    RECURSOS DEL CONSEJO COMUNAL SE USA PARA FINES DISTINTOS A
    LOS DEL PROYECTO QUE APROBÓ LA ASAMBLEA DE CIUDADANAS
    Y CIUDADANOS?

    Artículo 27 de la LCC: A las personas
    encargadas del manejo de los recursos asignados para el
    funcionamiento del Consejo Comunal se les podría
    aplicar acciones judiciales de carácter Civil, Penal y/o
    Administrativas, y ser objeto de condena, como lo dice el
    Artículo 27 de la Ley : "Los y las integrantes del
    órgano económico financiero, incurriran en
    responsabilidad civil, penal y administrativa
    por los actos, hechos u omisiones contrarios a las
    disposiciones legales que regulen la materia".

    DERECHOS/DEBERES DE LOS
    CONTRALORES SOCIALES

    Fig. 16

    ETAPAS

    Fig. 17

    ÓRGANOS O INSTANCIAS CON
    LAS CUALES COORDINAR

    Figura Nro. 18

    ORGANISMOS ANTE LOS QUE SE DEBEN
    PRESENTAR QUEJAS, DENUNCIAS, ETC

    Fig. 19

    PROCEDIMIENTO DE DENUNCIAS ANTE
    LOS ÓRGANOS RESPECTIVOS

    Fig. 20

    FORMATO DE QUEJAS O DENUNCIAS
    (CONTRALORÍA SOCIAL)

    AUTOEVALUACIÓN

    Lea cuidadosamente las siguientes preguntas y marque
    con una X la versión que considere
    pertinente.

    1. a) Un conjunto de acciones para ganar dinero
      con los recursos públicos.

      b) Es un conjunto de acciones de control,
      vigilancia y evaluación que realizan los
      ciudadanos y ciudadanas, con el propósito de
      contribuir a que la gestión gubernamental y el
      manejo de los recursos públicos se realice en
      términos de transparencia, eficacia y
      honradez.

      c) Un instrumento para la corrupción.

      d) Una herramienta de las comunidades para
      ejercer el control del hampa y combatir la delincuencia.

    2. La Contraloría Social es:

      (V)____ ; (F)_____

    3. Los ciudadanos y ciudadanas ejercen el control
      social como deber y derecho consagrado en la
      Constitución de la República Bolivariana de
      Venezuela.

      1. Quien tiene recursos dentro de la
        comunidad.
      2. Quien tiene más tiempo dentro de la
        comunidad.
      3. Quien ejerce el liderazgo en la comunidad porque tiene
        el control de la delincuencia.
      4. Quien es electo por la Asamblea de Ciudadanos
        y Ciudadanas para ejercer la contraloría social
        dentro de su comunidad.
    4. ¿Quién es un Contralor Social:

      (V)_____; (F)_____

    5. El contralor social es un representante de la
      comunidad que colabora en la fiscalización, control
      y vigilancia de los recursos para los programas, proyectos,
      servicios y obras de infraestructura, ejecutado por los
      gobiernos nacional, estadal y municipal.
    6. La Unidad de Contraloría Social esta
      conformada por quince (15) personas de la
      comunidad. (V)____; (F)_____.
    7. Los miembros de la Unidad de Contraloría
      Social son electos por el Partido que realiza la
      Contraloría Social. (V)_____; (F)
      _____.

      1. Por 15 habitantes electos en Asamblea de
        Ciudadanos y Ciudadanas.
      2. Por los miembros del Partido para la
        fiscalización, supervisión y control de
        los recursos del Consejo Comunal.
      3. Por 5 habitantes de la comunidad electos en
        Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas para realizar la
        contraloría social, la fiscalización,
        control y supervisión de los recursos del
        Consejo Comunal.
      4. Por funcionarios públicos que
        controlan los recursos asignados por los gobiernos
        nacional, estadal y municipal.
    8. ¿Cómo esta conformada la Unidad de
      Contraloría Social:
    9. Las funciones de la Contraloría Social se
      desprenden del artículo 23 de la Ley de los Consejos
      Comunales. (V)____; (F) ____.
    10. Todo habitante de la comunidad mayor de quince
      (15) años con al menos seis (6) meses de residencia
      que no ocupen cargos de elección popular y con
      disposición para el trabajo comunitario puede ser
      contralor social. (V)____; (F)
      ____.
    11. ¿Qué artículo de la Ley de los
      Consejos Comunales expresa los requisitos para ser
      Contralor Social:
      a) Artículo 11
      b) Artículo 13.
      c) Artículo 24.
      d) Artículo 25.

      a) En todas las actividades que se desarrollan
      dentro del ámbito territorial de la comunidad,
      sean estas ejecutadas por el Gobierno Nacional, Regional,
      Municipal o Local, (alimentación,
      educación, salud, cultura, deporte,
      infraestructura, cooperativas, misiones, entre otras.
      b) En todas las actividades políticas en el ámbito
      nacional, estadal o municipal.
      c) En todas las dependencias gubernamentales.

      d) En los centros de votación del CNE
      para supervisar el proceso electoral.

    12. Dónde podemos ejercer el Control
      Social?:

      (V)____ (F) ____.

    13. Los recursos de los Consejos Comunales se pueden
      utilizar para cualquier fin.
    14. ¿Qué acciones judiciales se pueden
      aplicar a las personas encargadas del manejo de los
      recursos que utilicen indebidamente los mismos o
      desvíen para fines distintos a los del proyecto
      aprobado en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas?:
      a) De carácter civil.
      b) De carácter Administrativo.
      c) De carácter Penal.
      d) Todas las anteriores.
    15. Se pueden denunciar las irregularidades que se
      presumen estén ocurriendo en los Consejos
      Comunales. (V)____; (F) _____.
    16. Los organismos ante los cuales se pueden
      presentar las quejas y denuncias son:

    a) Contraloría General de la
    República, Contralorías estadales,
    Contralorías municipales, unidades de auditorias
    internas, Superintendencia Nacional de Auditorias,
    Defensoría del Pueblo, Ministerio Público y
    tribunales.
    b) Ministerios de la Defensa y de
    Planificación y Desarrollo.
    c) SENIAT, FIDES y Banco del
    Pueblo.
    d) Prensa Local,
    Regional o Nacional.

    CLAVE DE RESPUESTA

    Preguntas
    Nro.

    Respuestas

    Comentarios

    1

    B

     

    2

    Verdadero

     

    3

    D

     

    4

    Verdadero

     

    5

    Falso

    Es un órgano conformado por cinco (5)
    habitantes de la comunidad conforme al
    Artículo 11 de la Ley de Consejos
    Comunales.

    6

    Falso

    Son electos por la Asamblea de Ciudadanos
    (as), para ejercer la Contraloría
    Social

    7

    C

     

    8

    Verdadero

     

    9

    Verdadero

     

    10

    B

     

    11

    A

     

    12

    Falso

    Solo para los fines el Proyecto que apruebe
    la Asamblea de Ciudadanos (as).

    13

    D

     

    14

    Verdadero

     

    15

    A

     

    UNIDAD VIII

    GABINETE COMUNAL

    Objetivo Terminal:

    Presentar la información relativa a la
    realización de los Gabinetes Móviles Comunales
    a fin de facilitar la unificación de criterios en los
    diferentes Consejos Comunales que asisten al Gabinete
    Móvil Comunal.

    Objetivos Específicos:

    • Difundir los procedimientos para la
      realización de los Gabinetes Móviles
      Comunales.
    • Facilitar la participación de los
      diferentes Consejos Comunales que integran los Gabinetes
      Móviles Comunales.
    • Brindar herramientas necesarias a las comunidades
      organizadas para comprender el mecanismo de los Gabinetes
      Móviles Comunales.

    PRESENTACIÓN DE LA
    UNIDAD

    Esta unidad esta dirigida a los ciudadanos y
    ciudadanas con especial énfasis en los voceros (as) y
    demás miembros del Consejo Comunal para facilitar la
    realización de los Gabinetes Móviles Comunales
    y conocen los procedimientos del mecanismo para la entrega de
    recursos directamente a las comunidades organizadas para la
    ejecución del proyectos en pro de mejorar sus
    condiciones de vida.

    Para lograr una buena comprensión de esta
    unidad, se sugiere realizar inicialmente una lectura general
    de la misma con el fin de obtener una visión global de
    los aspectos generales del proyecto comunitario. Extrayendo
    las ideas principales de la información que
    aquí se proporciona y la que ya fue adquirida en las
    unidades anteriores.

    Se recomienda que los ciudadanos y ciudadanas
    verifiquen el logro de los objetivos específicos y del
    objetivo Terminal de esta unidad, realizando la
    autoevaluación que se presenta al final de la
    unidad.

    Es importante recordar que el dominio del contenido
    de esta unidad, así como de las anteriores será
    de vital importancia para poder realizar un estudio
    fácil y ameno de las siguientes unidades de este
    manual.

    ¿QUÉ ES UN GABINETE
    MOVIL COMUNAL?

    Es un acto público administrativo mediante el
    cual el Presidente de la República formalmente hace
    entrega directa de recursos a las comunidades organizadas en
    función de los proyectos previamente formulados y
    aprobados, lo cuales van en procura de mejorar sus
    condiciones de vida. Este procedimiento
    sirve para estimular a las comunidades, para que asuman su
    verdadero rol protagónico.

    OBJETIVOS DEL GABINETE MÓVIL
    COMUNAL

    • Fortalecer y promover la organización de
      las comunidades.
    • Disminuir la dependencia del estado a
      través de la autogestión.
    • Gestionar recursos de fuentes Gubernamentales
    • Permitir la intervención directa y
      verdadera de las comunidades en la solución de los
      problemas que la aquejan.
    • Promover la Contraloría Social como un
      medio para supervisar el uso de los recursos por las
      propias comunidades.
    • Articular a presidentes/as de juntas
      parroquiales, alcaldes/as, gobernadores/as y a las
      comunidades organizadas en Consejos Comunales en
      ejercicios de corresponsabilidad para la transferencia de
      recursos.

    ¿QUÉ DEBE HACER UNA COMUNIDAD PARA
    INCORPORARSE AL GABINETE MÓVIL COMUNAL?

  2. Las comunidades que tengan conformados sus Consejos
    Comunales: Realizaran convocatorias para la asamblea de
    ciudadanos y ciudadanas donde se jerarquiza la idea de
    proyecto comunitario que se llevara al Gabinete
    Móvil.

    TIPOS DE PROYECTOS A SER
    FINANCIADOS POR LOS GABINETES MÓVILES

    • Productivos: Que generen empleo, bienes
      y servicios.
    • Sociales: Destinados a atender a
      sectores más deprimidos, niños,
      niñas, adolescentes y adultos mayores en
      situación de calle, o e desprotegidos
      socialmente.
    • Infraestructura: Obras menores como
      escaleras, muros, acueductos, pasos peatonales, canchas
      deportivas, estructuras educativas, estructura de encuentro comunitario, entre
      otros.

    MONTO DE LOS PROYECTOS A SER
    FINANCIADOS EN EL GABINETE MÓVIL
    COMUNAL

    • Deben ser proyectos de montos pequeños,
      hasta treinta millones de bolívares (30.000.000,oo
      Bs.)
    • Varias comunidades pueden unirse (mancomunarse)
      para presentar un proyecto común a todas
      ellas.
    • Los proyectos que excedan los treinta millones
      de bolívares (30.000.000,oo), podrán ser
      apoyados financieramente por la gobernaciones,
      alcaldías, Corporaciones y/o cualquier otro ente
      cooperante.

    PASOS DEL GABINETE MÓVIL
    COMUNAL

    • Selección de los proyecto por los
      voceros comunitarios, los mismos son seleccionados por
      los voceros (as) organizados en mesas de trabajo en cada
      comunidad o redes de
      ellas.
    • Difusión de los resultados de las mesas
      de trabajo en sitios públicos de la
      localidad.
    • En la organización de los Gabinetes
      Móviles Comunales deben participar los
      Gobernadores (as), Alcaldes (as) y el Coordinador del
      MINPADES en el Estado.

    PASOS DEL LOS CONSEJOS COMUNALES
    PARA LOS GABINETES MÓVILES

    Figura Nro. 21

    CUÁL ES EL PERFIL DE LOS VOCEROS Y VOCERAS
    QUE DEBEN ASISTIR AL GABINETE MÓVIL
    COMUNAL?

    • Conocer de forma detallada el procedimiento de
      conformación, funcionamiento y acción de los
      Consejos Comunales dentro de su comunidad, según lo
      estipulado en la Ley de Consejos Comunales y su
      reglamento.
    • Tener conocimiento detallado sobre el
      diagnóstico comunitario, como por ejemplo: Nº
      de familias que no poseen vivienda, Nº de mujeres
      embarazadas, Nº de niños (as) y adolescentes en
      situación de calle y abandono, Nº de Adultos
      Mayores con problemas de abandono y de salud, Nº de
      indigentes que deambulan en la comunidad, y todos aquellos
      pormenores que describan a la comunidad.
    • Deberán conocer de forma detallada todo lo
      relacionado al proyecto comunitario social y/o
      productivo
    • Y deberán indicar cuales son las posibles
      soluciones para atender los diferentes problemas
      sociales presentes en la comunidad.

    AUTOEVALUACIÓN

    Completa o responde los siguientes enunciados con
    las palabras apropiadas según el sentido de la
    oración o interrogante.

    1. Que deben presentar los Consejos Comunales a
      través de los voceros y voceras y/o demás
      integrantes, en el gabinete móvil
      comunal.___________________________________________________________________
    2. Que tipo de proyectos aprueban las asambleas de
      ciudadanos y ciudadanas en sus comunidades:
      __________________,__________________ y
      _______________________.
    3. Los voceros y voceras y demás integrantes
      de los Consejos Comunales tendrán dominio de la Ley
      de los Consejos Comunales y de las particularidades de
      cómo______________________________________________________________________.
    4. Cuál comité cree usted que
      deberá conformarse en el Consejo Comunal, de mayor
      importancia en una
      comunidad?______________________________________________.
    5. El proyecto comunitario deberá estar
      enfocado en la
      ____________________________________________________________________________
      de los habitantes de la comunidad y que a la vez logre
      integrar a todos los ciudadanos (as) en el marco
      del____________________________.

    CLAVE DE
    RESPUESTAS

    Preguntas
    Nro.

    Respuestas

    1

    Los proyectos.

    2

    Proyectos sociales, productivos y de
    infraestructura.

    3

    Se organizó la comunidad.

    4

    El comité de protección e
    igualdad social.

    5

    Enfocado en la: mejora de la calidad de vida. En el marco del
    fortalecimiento del tejido social

    REFLEXIÓN

    En la Venezuela de hoy vivimos tiempos de revolución, un momento de
    transición en el que lo viejo no termina de morir y lo
    nuevo no termina de nacer, pero la Venezuela que esta
    naciendo lleva en sí momentos de esperanzas, de
    miedos, de oportunidades, de certidumbre, de
    confusión, entre otros. Vivimos momentos en que
    Venezuela ha renacido ha creado su lenguaje
    para expresar y comprender su historia,
    como han sido los personajes de la historia venezolana que ha
    servido de inspiración para esta República en
    construcción.

    Así mismo este proceso busca de pasar una
    democracia
    representativa a una democracia participativa y
    protagónica, La inclusión del pueblo venezolano
    en los asuntos públicos de una manera directa, a
    través de la participación ciudadana para
    intentar construir una sociedad
    de iguales a partir de la corresponsabilidad entre el Estado
    y los ciudadanos, donde cada quien debe cumplir un rol
    fortaleciendo a los ciudadanos a partir de su
    integración a la colectividad, entendemos que "el
    fortalecimiento de la participación ciudadana debe
    asegurar la capacidad de los ciudadanos de intervenir en "lo
    público"; el objetivo de la participación es
    hacer más fuerte, directo y cotidiano las relaciones
    entre ciudadano y estado con la finalidad de tomar decisiones
    de manera conjunta."(Espinoza 2.005, 38). Por otro lado
    también se define la participación ciudadana
    como "todas aquellas experiencias que remiten a la
    intervención de los individuos en actividades
    públicas para hacer valer intereses sociales" (Cunill
    1991, 49).

    A nuestro modo de ver, este manual de estudio a
    distancia para voceros y voceras y demás miembros del
    consejo comunal, busca contribuir a concienciar a las
    comunidades promoviendo principios de
    convivencia y solidaridad, aunado a esto le da cabida al
    pluralismo, la participación, el consenso y el
    conocimiento como instrumento para transformar las
    realidades sociales de nuestras comunidades.

     

    Figura Nro. 22

    INFORMACIÓN ADICIONAL

    Misión Barrio Adentro: articula
    las políticas sociales para dar respuestas a las
    necesidades de la población, especialmente a las
    excluidas; asumiendo estrategias promociónales de salud y
    calidad de vida, que garanticen el desarrollo
    humano sustentables en el contexto nacional y local. El
    Ministerio de Salud y Desarrollo Social es el garante de esta
    política
    social. El objetivo general de esta misión es
    garantizar el acceso a los servicios de salud de la
    población excluidas, mediante un modelo de
    gestión de salud integral orientado al logro de una
    mejor calidad de vida.

    Misión Milagro: es un
    gigantesco dispositivo médico asistencial gratuito
    desplegado por Cuba y
    Venezuela. Objetivo de esta misión en una primera
    etapa, sacar de las tinieblas y la oscuridad a miles de
    venezolanos que sufren de cataratas, mediante operaciones
    en Cuba.

    Misión Ribas: es un programa
    educativo alternativo que proporciona la oportunidad de
    continuar los estudios de bachillerato a jóvenes y
    adultos venezolanos mediante un régimen especialmente
    adecuado a la condición de adulto y a las exigencias
    de responsabilidad, autonomía, ritmo de
    desarrollo y necesidades personales de superación con
    visión social. El objetivo de la misma es graduar de
    bachiller a todo aquel ciudadano o ciudadana que no haya
    culminado el ciclo de educación secundaria que exige
    el Ministerio de Educación y Deportes para otorgar el
    Título de Bachiller.

    Misión Robinsón: esta
    misión ha dado una altísima contribución
    y servicio
    en la lucha por la alfabetización y prosecución
    hasta el sexto grado en nuestro país, haciendo
    énfasis en los grupos
    más vulnerables y en aquellos con necesidades
    educativas especiales. Ha motivado una participación
    masiva del voluntariado, articulando la inclusión de
    los alfabetizados en programas dirigidos al desarrollo de sus
    potencialidades en el contexto de su localidad, para el
    desarrollo de las mismas (desarrollo
    endógeno).

    Misión Sucre: es un programa de
    inclusión del Ministerio de Educación Superior, su objeto es
    fortalecer la capacidad del Estado y la participación
    comunitaria para garantizar el acceso a la
    educación universitaria a todos los bachilleres
    sin cupo, y eliminar la condición de excluidos del
    subsistema de educación superior.

    Misión Vuelvan Caras: es la
    participación del, pueblo venezolano, junto al
    gobierno revolucionario, en la transformación social y
    económica del país, mediante la
    educación y el trabajo, hasta alcanzar una calidad
    digna de vida para todos y todas. El objetivo general es
    garantizar la participación de la fuerza creativa del
    pueblo en la producción de bienes y servicios,
    superando las condiciones de exclusión y pobreza
    generadas en las últimas décadas,
    también crear y mantener un modelo
    socioeconómico que permita una calidad de vida digna
    para todos, con la participación activa de las
    comunidades.

    GLOSARIO DE TÉRMINOS:

    1. Acción: "Es una categoría
      situacional. No tiene insignificado absoluto o igual para
      todos los actores…su significado es ambiguo sin la
      explicación del contexto de la situación y
      de las intenciones del actor…la acción es
      susceptible de varias interpretaciones situacionales por
      los distintos actores sociales que se relacionan con
      ellas". (Zambrano, Kilian. Planificación Estratégica
      Situacional. Diccionario, 2005)

      Persona o grupo
      de personas que asumen posiciones diferentes dependiendo
      de la circunstancia que le toque asumir frente a otros
      actores, las cuales pueden ser de apoyo, oposición
      o indiferencia.

    2. Actor / Actores: "…cualquier persona natural, o conjunto de personas
      naturales, que en situaciones asume la posición de
      un jugador (como aliado, oponente, aliado-oponente o
      indifrente) frente a otros actores". (Zambrano, Kilian.
      Planificación Estratégica Situacional.
      Diccionario, 2005)

      La distinción entre fuerzas sociales y
      centros de poder es ambigua. Un partido político
      es, al mismo tiempo, una fuerza social y un centro de
      poder. En cambio, un Municipio es un centro de
      poder, pero no es una fuerza social.

      Los actores sociales controlan los centros de
      poder…Pero, además, hay instituciones que
      en si mismas constituyen fuerzas sociales, como la
      iglesia y las fuerzas
      armadas…"

    3. Actores Sociales: "…son fuerzas
      sociales y personalidades que controlan centros de poder.
      Estos centros de poder se formalizan muchas veces como
      instituciones.
    4. Actos de Regulación: Se constituyen
      en normas,
      leyes, decretos, ordenanzas, entre otras, que tienen como
      propósito regular las actuaciones y campos de
      acción de los distintos actores, organizaciones,
      comunidades.
    5. Áreas de Trabajo: "Las áreas
      de trabajo se constituyen en relación con las
      particularidades y los problemas más relevantes de
      la comunidad. El número y contenido de las
      áreas de trabajo depende de la realidad de cada
      comunidad, pudiendo ser: de economía popular y desarrollo
      endógeno; desarrollo social integral; vivienda,
      hábitat e infraestructura; y
      cualquier otra que defina la comunidad. Las áreas de
      trabajo agruparán varios comités de trabajo."
      (Artículo 4, numeral 7 de la Ley de los Consejos
      Comunales)
    6. Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: "Es
      la instancia primaria para el ejercicio del poder, la
      participación y el protagonismo popular, cuyas
      decisiones son de carácter vinculante para el
      consejo comunal respectivo." (Artículo 4, numeral 5
      de la Ley de los Consejos Comunales)
    7. Bienes: Constituyen aquellos elementos
      producto
      del trabajo humano, por ejemplo, bienes muebles, bienes de
      consumo,
      bienes de producción, bienes inmuebles o
      raíces que pueden ser transables por otros bienes o
      servicios (Insumo – Producto –
      Resultado).
    8. Banco Comunal: "El Banco Comunal es la
      forma de organización y gestión
      económica-financiera de los recursos de los Consejos
      Comunales; es una organización flexible, abierta,
      democrática, solidaria y participativa."
      (Artículo 4, numeral 10 de la Ley de los
      Consejos Comunales)
    9. Burocracia: Poder de los servicios
      administrativos dentro del sector público, que
      aumentan los costos y
      tiempo de respuesta a las solicitudes de los ciudadanos y
      ciudadanas.
    10. Calidad de Vida: "La calidad de vida es un
      concepto
      amplio y complejo, incluido con la satisfacción de
      necesidades psicológicas y emocionales y de las
      aspiraciones sociales, valores
      culturales y estéticos, vida familiar apropiadamente
      ajustada, provisión de varios beneficios, servicios
      y distracciones sociales, y satisfacción de las
      necesidades esenciales." (Identificación y
      Representación de Necesidades Sociales, Modulo II,
      MSDS, 2002).
    11. Ciudadanía:
    12. Comité de Trabajo del Consejo
      Comunal:
      "Colectivo o grupo de personas organizadas
      para ejercer funciones específicas, atender
      necesidades y desarrollar las potencialidades de cada
      comunidad. El comité de trabajo, articulara y
      promoverá la participación e
      integración de las organizaciones comunitarias,
      movimientos sociales y habitantes de la comunidad."
      (Artículo 4, numeral 6 de la Ley de los
      Consejos Comunales)
    13. Comunidad: "Es el conglomerado social de
      familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un
      área geográfica determinada, que comparten
      una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan
      entre si, usan los mismos servicios
      públicos y comparten necesidades y
      potencialidades similares: económicas, sociales,
      urbanísticas y de otra índole."
      (Artículo 4, numeral 1 de la Ley de los Consejos
      Comunales)
    14. Consejo Comunal: "Los Consejos Comunales
      en el marco constitucional de la democracia participativa y
      protagónica, son instancias de participación,
      articulación e integración entre las diversas
      organizaciones comunitarias, grupos
      sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al
      pueblo organizado ejercer directamente la gestión de
      las políticas públicas y proyectos orientados
      a responder a las necesidades y aspiraciones de las
      comunidades en la construcción de una sociedad de
      equidad
      y justicia social." (Artículo 2 de la Ley de
      los Consejos Comunales)
    15. Contraloría: "Oficina del Estado que controla las
      diversas cuentas del gobierno" (Diccionario
      Pequeño Larousse Ilustrado, 1994).

      La consolidación de un Estado Social de
      Derecho y Justicia depende de todos los ciudadanos y
      ciudadanas de la comunidad, por ello todos tenemos la
      facultad y el mandato constitucional y legal de ejercer
      el control social en nuestras respectivas comunidades,
      así como promoverla y facilitarla.

    16. Contraloría Social: Es un conjunto
      de acciones de control, vigilancia y evaluación que
      realizan los ciudadanos y ciudadanas, con el
      propósito de contribuir a que la gestión
      gubernamental y el manejo de los recursos públicos
      se realice en términos de transparencia, eficiencia,
      eficacia y honradez. Así mismo es un instrumento
      contra la corrupción y el burocratismo.
    17. Control Social: Competencia constitucional
      y legal que poseen los ciudadanos y ciudadanas de las
      distintas comunidades, para supervisar, vigilar, evaluar
      los bienes y servicios ejecutados por parte de los
      gobiernos nacional, estadal y municipal, así como
      las obras comunitarias.
    18. Cooperación: Acción
      solidaria o de colaboración de una persona, grupo de
      personas o países respecto de otras personas,
      comunidades o países para lograr objetivos que
      beneficien a uno o ambos involucrados.
    19. Corresponsabilidad: Responsabilidad
      compartida para la ejecución de una actividad
      específica.
    20. Corrupción: Actos contrarios a los
      procedimientos establecidos como norma dentro de la
      administración pública, tales
      como falsificación de documento, distracción
      de recursos, apropiación indebida de cosa
      pública, entre otras.
    21. Efectividad: "Balance resultante entre los
      efectos deseados y los efectos indeseados de una
      operación. Mientras menos son los efectos
      indeseados, en comparación con los deseados, mayor
      es la efectividad." (Zambrano, Kilian. Planificación
      Estratégica Situacional. Diccionario,
      2005)
    22. Eficacia: "La eficacia es una
      relación producto – resultados… que
      apunta a la capacidad o potencia del producto de la
      operación para modificar en la cantidad y calidad
      deseada el vector de definición del problema
      (descriptor)*. La eficacia es de tipo
      direccional." (Zambrano, Kilian. Planificación
      Estratégica Situacional. Diccionario, 2005)

      Responde a la relación insumos –
      producto, donde se es más eficiente en la medida
      que con menor cantidad de insumos se pueden producir los
      mismos productos, o con la misma cantidad de
      insumos se pueden producir más productos, lo
      contrario revelaría una baja
      eficiencia.

    23. Eficiencia: "La eficiencia es una
      relación insumos – producto que satisface un
      criterio establecido de maximización o
      minimización. La eficiencia es interna y procesal".
      (Zambrano, Kilian. Planificación Estratégica
      Situacional. Diccionario, 2005)
    24. Evaluación: Comparación
      entre una situación inicial indeseada y otra
      situación intermedia o final deseada, a
      través de un patrón o referencia, posterior a
      la ejecución de un proyecto, acciones o actos de
      regulación.
    25. Fondos Públicos: Recursos
      financieros y presupuestarios asignados a los distintos
      niveles de gobierno, así como a sus respectivos
      entes u organismos.
    26. Gobierno: "Gobierno o conducción es
      el arte y
      la
      ciencia del actor para movilizar organizaciones y
      ciudadanos en el juego
      social, procesando problemas conflictivos que cruzan todos
      los compartimientos de las ciencias, a partir de variables imprecisas, inciertas y cambiantes
      (incertidumbre), con el propósito de construirle
      posibilidades a su proyecto político." (Zambrano,
      Kilian. Planificación Estratégica
      Situacional. Diccionario, 2005)
    27. Inequidad: "Desigualdades, entre grupos
      humanos, que son innecesarias, injustas y evitables."
      (Identificación y Representación de
      Necesidades Sociales, Modulo II, MSDS, 2002).
    28. Inversión Pública: Aporte
      financiero por parte de los organismos del sector
      pública para la ejecución de bienes,
      servicios y/o actos de regulación, con el
      propósito de mejorar la calidad de vida de los
      habitantes de un sector, región o
      país.
    29. Justicia Social: Aspiración a crear
      un régimen social de equidad y justicia para todos
      los ciudadanos, sin desigualdades, injusticias y
      privilegios. En su sentido restringido se refiere
      solamente a las disposiciones que tienen por objeto
      mejorar las condiciones del trabajador o reconocer sus
      reivindicaciones. La expresión mínima
      concreta de justicia social sería entre otras: la
      posibilidad de disponer de viviendas, indumentarias y
      alimentación adecuada; de satisfacer sin angustias
      sus necesidades y las de su familia, en forma que le permita trabajar
      sin presiones, descansar libre de preocupaciones y gozar
      mesuradamente de expansiones espirituales y materiales. La justicia social responde a
      la necesidad social de elevar el nivel de vida y de
      trabajo con los recursos directos e indirectos que
      permite el desarrollo económico."
      (Identificación y Representación de
      Necesidades Sociales, Modulo II, MSDS, 2002).

      "Son todos aquellos ámbitos
      indispensables para alcanzar una plena calidad de vida, y
      que garantizados como derechos humanos y sociales
      universales, deben ser el principal objeto de respuesta
      por parte de los entes que tienen a su cargo la
      gestión pública…"
      (Identificación y Representación de
      Necesidades Sociales, Modulo II, MSDS, 2002).

    30. Necesidad Social: Es la expresión
      del déficit en la garantía de los derechos
      constitucionales.
    31. Organizaciones Comunitarias:
      "Organizaciones que existen o pueden existir en las
      comunidades y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y
      ciudadanas en base a objetivos e intereses comunes, tales
      como: comités de tierra,
      comités de salud, mesas técnicas de agua,
      grupos culturales, clubes deportivos, puntos de encuentros
      y organizaciones de mujeres, sindicatos y organizaciones de trabajadores
      y trabajadoras, organizaciones juveniles o estudiantiles,
      asociaciones civiles, cooperativas, entre otras."
      (Artículo 4, numeral 8 de la Ley de los Consejos
      Comunales)
    32. Participación Social:
      "Incorporación de la sociedad civil en la
      gestión colectiva en diferentes ámbitos de la
      vida social, garantizando a todos y cada uno de los
      integrantes de una comunidad la toma de
      decisiones, el protagonismo, la construcción de
      una voluntad colectiva de convivencia, el establecimiento
      de diferentes formas de realización individual y la
      generación de mecanismos para el desarrollo humano."
      (Identificación y Representación de
      Necesidades Sociales, Modulo II, MSDS, 2002).
    33. Planificación: "La
      planificación es:
    34. El cálculo que precede y preside la
      acción.

      "…La planificación es una
      herramienta de apoyo al proceso de dirección, ya
      que contribuye a mejorar la calidad de las decisiones."
      (Carucci, Flavio, Planificación Estratégica
      por Problemas: Un enfoque participativo, 1995)

    35. La mediación entre el conocimiento y la
      acción."
    36. Presupuesto: Es la estimación de
      ingresos y
      de egresos para un período presupuestario o
      período de tiempo determinado.
    37. Presupuesto público: Es el
      cálculo anticipado de los ingresos y egresos del
      sector
      público durante un ejercicio fiscal
      (01-01 al 31-12)
    38. Programas Sociales: "Los programas sociales
      deben ser vistos como una herramienta de la política social que permita lograr
      una mejor calidad de vida y una distribución de las oportunidades,
      permitiendo a la población participar en la
      construcción de su desarrollo…"
      (Guía para la Identificación,
      Preparación y Evaluación de Programas
      Sociales, ILPES-CEPAL, 1998)

      BIBLIOGRAFÍA

    39. Proyecto: "…los proyectos son la
      materialización de la inversión
      pública y privada." "…en el nivel micro, los
      proyectos son la materialización de la
      inversión pública y privada, y que hacer
      esfuerzos por encontrar las mejores alternativas de uso de
      esos recursos es fundamental para contribuir a obtener un
      crecimiento acelerado…" (Silva Lira, Iván.
      Preparación y Evaluación de Proyectos de Desarrollo
      Local, Chile, 1998).
    40. Rosa Amado, Flor Cristalino, Egyanis
      Hernández. "El diagnóstico participativo
      como herramienta para la elaboración de proyectos
      educativos".
      Universidad del Zulia. Facultad de
      Humanidades y Educación. División de Estudios
      para graduados Maracaibo, 2.002.
    41. Marta Harnecker. "Buscando el
      camino"(Método de trabajo comunitarios).

      Mepla, la Habana, Agosto 2.000.

      Sandoval Samuel, Manuel Ysidro

    42. Abilio López (Sistematización).
      "La consolidación del poder social de base".
      Publicaciones Incide. Cumana 2.005
  3. Las comunidades que tengan conformados parcialmente
    los Consejos Comunales, vale decir donde no se tengan electos
    los órganos contralores y financieros, se debe proceder
    vía asamblea de Ciudadanos y ciudadanas a la
    elección de los mismos y su formalización ante la
    Comisión Local Presidencial del Poder
    Popular.

Partes: 1, 2, 3, 4
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