Con motivo del desarrollo del
tema central que nos ocupa, trataremos de ubicarla en la
dimensión de acceso como ingrediente para optimizar el
servicio
judicial dentro de un proceso de
reforma judicial. Vale decir, es necesario que cuando se
toque un gran tema demasiado extenso y frondoso como lo es la
Reforma Judicial, se puedan identificar alguno de sus
ingredientes para desarrollarlo técnicamente y poder
incluirlo como un elemento más de la reforma;
término sobre el cual también es necesario
reflexionar sobre la conveniencia de su vigencia.
Cuestiones
preliminares. Ubicación del tema en el Derecho
Judicial
Es importante ubicarse dentro de los modelos
judiciales que imperan actualmente en el mundo globalizado que
conducen los distintos sistemas en los
Estados democráticos. Sabido es que el Poder Judicial,
solo puede desarrollarse en sociedades
democráticas que siguen un modelo
constitucional que permita el control
jurisdiccional del Derecho; ya que en las sociedades no
democráticas que carecen de órdenes
constitucionales, no existen sistemas judiciales y los que
parezcan como tales, solo estarán al servicio del poder
para su permanencia.
En tal sentido al introducir el tema en el ámbito
del Derecho Judicial, partiremos de la base que en los estados
democráticos existen 3 modelos de sistemas judiciales,
cuales son el europeo ó político; el americano
ó corporativo y el latinoamericano ó
institucional.
El modelo europeo consiste en que sus Poderes
Judiciales, salvo el español y
en alguna medida el italiano, no se preocupan por el manejo
administrativo y organizativo. Por el contrario, esta labor es
desarrollada con soporte de los otros poderes Ejecutivo y
Legislativo, con acciones de
función
pública y soporte normativo en el ámbito procesal.
Es decir, el desarrollo social
y político de estos países de Europa
continental, ha permitido conciliar los roles de los Poderes del
Estado, y los
Estados como entes, han entendido que su deber fundamental en las
sociedades, es garantizar un adecuado sistema judicial
en beneficio de los ciudadanos; por tanto, desligan al Juez de la
preocupación en temas ajenos a la impartición de
justicia.
Por su parte, el modelo norteamericano ó
corporativo, es el fiel ejemplo de la independencia
de poderes en una sociedad
sólida democrática y políticamente. La
fuerza y
autonomía de los Poderes del Estado norteamericano, es
evidente, y no es común ver acciones de interferencia de
unos en otros. Más aún, el ingrediente de la
fortaleza en su sistema económico, le permite garantizar a
su Poder Judicial, de altos índices presupuestales que
sirven para un autosostenimiento organizativo de primera calidad.
Finalmente, el modelo menos adecuado y con mayores
deficiencias, los poseemos los latinoamericanos. Este modelo, al
igual que los otros, dependen de la evolución de los procesos
políticos en las sociedades democráticas. Por tal
razón, siendo las repúblicas latinoamericanas
relativamente jóvenes frente a los otros modelos, es el
que presenta mayores dificultades. Países con incipiente
desarrollo socio – político, han significado que
quienes hayan detentado el poder de la fuerza, tengan una
intervención directa en todos los poderes del Estado,
ó al menos en dos de ellos, dejando así inerme al
restante; casi siempre, el Poder Judicial.
Este modelo indica que si bien la base de su sistema se
centra en la independencia de poderes, no obstante el desarrollo
del neo – constitucionalismo en los países
iberoamericanos han dejado igualmente nuevos modelos sociales. Al
estado de derecho
consolidado en el principio político de separación
de poderes, se ha sobre puesto el modelo del estado
constitucional, el cual reconoce además de los poderes
clásicos, nuevos órganos, autónomos,
independientes y con jerarquía constitucional. Así
en nuestros países, el Poder Judicial a pesar de ser un
Poder del Estado autónomo, sufre la influencia de estos
órganos, de manera que la antigua intervención
política
de los otros poderes, ha sido suplida por esta nueva forma de
apariencia más constitucional y por tanto, más
aceptable.
La influencia que por ejemplo ejercen los denominados
Consejos de la Judicatura ó Judiciales ó de la
Magistratura en todos los países latinoamericanos, implica
que tengan incidencia en el acceso a la carrera judicial, a su
desarrollo, a su control, a su capacitación y por ende, en su gobierno, como
sucede en España,
Ecuador,
Colombia,
Argentina, Chile y obviamente Perú, sin dejar de ver a los
países de Centro América. Por tanto, nuestros Poderes
Judiciales han asumido otro componente externo, con la
característica que tienen forma constitucional. Por tanto,
es el modelo con mayores intervenciones formales que
comúnmente se presentan y sin querer pueden retardar los
procesos de reforma; ó al menos, hacerlos más
complejos.
En este esquema, nos ubicaremos para poder desarrollar
el tema del Acceso a la Justicia como uno de los componentes de
un proceso de Reforma Judicial, de manera que no se pretenda
solucionar todo el problema de ella, sino identificar componentes
en cuanto al acceso exclusivamente.
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