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Aspectos sociales y económicos del resguardo en Colombia: 1820 – 1890



Partes: 1, 2

    1. Aspectos sociales y
      económicos del resguardo en colombia: 1820 –
      1890
    2. Leyes
      sobre la disolución de los resguardos. Años 1821,
      1832 y 1834
    3. Ley
      89 de 1890
    4. Conclusiones
    5. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    El objetivo
    formulado para esta consulta es exponer de manera abreviada
    cómo se dio acatamiento a la ley sobre el
    proceso de
    disolución de los resguardos, además de
    señalar los razonamientos sociales y económicos
    utilizados por las autoridades para ceder tierras.

    Podemos decir que el objetivo planteado se logra, ya que
    la documentación estudiada muestra las
    leyes que
    tuvieron que ver con la disolución y posterior
    restitución de los resguardos.

    Según el desarrollo del
    trabajo
    advertiremos el proceso de la disolución de los resguardos
    y la situación socioeconómica de éstos; para
    cumplir con este propósito se consultaron y estudiaron los
    documentos
    relacionados con el tema, y se examinaron documentos
    microfilmados de la biblioteca Luis
    Ángel Arango y de la Biblioteca Nacional, documentos que
    muestran de forma específica la disolución de los
    resguardos.

    El trabajo está dividido en varios apartados.
    Así, en primer lugar se muestra el análisis hecho al documento que
    reconocía los resguardos según un decreto del 20 de
    mayo de 1820 en el que Simón Bolívar
    restaura el derechos de los
    indígenas sobre los Resguardos, en un segundo momento se
    detiene en las Leyes Sobre La Disolución De Los Resguardos
    de los Años 1821/1832/1834, y finalmente se muestra una
    ley que desarrolló una legislación especial para
    los indígenas y es la Ley 89 de 1890, y finalmente
    encontraremos unas conclusiones.

    En la parte inicial se utilizó bibliografía
    histórica para entender el procedimiento
    reglamentario que se llevó a cabo para verificar las
    leyes; en general, los documentos consultados nos resaltaron la
    idea fija de las autoridades de la época de destruir los
    resguardos indígenas y la forma en que se acataron estas
    leyes.

    ASPECTOS SOCIALES Y ECONÓMICOS DEL RESGUARDO
    EN COLOMBIA:
    1820 – 1890

    En un Decreto del 20 de mayo de 1820 Simón
    Bolívar restituye los Resguardos a los indígenas.
    Dicho decreto promulga que:

    "Los resguardos de tierras asignadas a los
    indígenas por las leyes españolas, y que hasta
    ahora han poseído en común, o en porciones
    destinadas a sus familias solo para su cultivo se les
    repartirán en pleno dominio y
    propiedad
    luego que lo permitan las circunstancias"

    Según lo antes dicho se podría deducir que
    estaba claro que desde un principio se quiso dividir los terrenos
    que tenían los indígenas, la Legislación
    exigía a la
    administración que examinara la extensión de
    los resguardos y buscara los medios
    necesarios para llevar a cabo el acatamiento de la ley; mientras
    se conseguía esto según lo expuesto por la ley los
    resguardos seguirían en manos de los indígenas,
    como sus normas y autoridad lo
    exigían.

    Infortunadamente la labor del congreso de Cúcuta
    en 1821 dispuso la disolución de los mismos y en leyes
    posteriores de 1832 y 1834 se busca la liquidación y
    reducción de los Resguardos.

    Partes: 1, 2

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