- Garantías
Procesales - Derecho de
Defensa - Derecho
al Debido Proceso - Juicio
Previo - Principio de
Inocencia - Requisitos del
Proceso Legal, Debido y Justo - Derecho
a la Jurisdicción Efectiva - Otras
Garantías Constitucionales - Jurisprudencia:
Juez Natural - El
Caso Castillo Petruzzi y Otros - Pacto de San
José de Costa Rica - Art. 18 de
la Constitución Nacional - Conclusión
- Bibliografía
La presente monografía contiene las garantías
del proceso penal
argentino, contenidas en el articulo 18 de la constitución Nacional de la Republica
Argentina y en el Pacto de San José de Costa Rica, tales
como el debido proceso, el juez natural, el principio nom bis in
idem, duracion razonable del proceso entre otras.
Introducción
En el desarrollo de
un proceso penal pueden invocarse garantías procesales y
principios y
derechos para
la
administración de justicia,
aunque no se encuentren expresamente estipulados por ley ordinaria
alguna, pues basta su vigencia en la Constitución Política del
país, norma máxima que tiene primacía sobre
cualquier otra. Asimismo, pueden invocarse normas contenidas
en los Tratados
Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos por el
país (como por ejemplo: la Declaración Universal
de los Derechos Humanos
– 1948; Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre –
1948; la Convención Americana sobre Derechos Humanos
– 1969; la Convención contra la Tortura y otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes – 1984; la
Convención Americana para Prevenir y Sancionar la Tortura
– 1985, entre otros).
Conviene establecer algunos conceptos que serán
ampliados a lo largo de la presente.
Garantías: institución procedimental de
seguridad y
protección a favor del individuo, la
sociedad o
el Estado para
que disponga de medios que
hagan efectivos el goce de los derechos subjetivos frente al
peligro o riesgo de que
sean desconocidos.
Entonces, una garantía, puede proteger al
individuote la potestad de castigo del estado, o
puede también proteger a la sociedad o al Estado de las
actitudes del
individuo que pudieran desestabilizar el régimen
establecido.
Garantía constitucional del individuo en el
Proceso Penal: institución procedimental de seguridad y de
protección creada a favor de las personas que enfrentan un
proceso penal para que dispongan de medios que hacen efectivo el
goce de los derechos subjetivos frente al peligro o riesgo de que
sean desconocidos.
División de las garantías
– El debido proceso:
Juez natural establecido
Duración razonable del proceso
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Prohibición de juzgamiento múltiple ("Non
bis in idem")
Derecho a ser oído
– La legalidad del
proceso
– El estado de presunción de inocencia
– La garantía de la dignidad
humana
– La inviolabilidad del domicilio
– La defensa en juicio.
Garantía del debido proceso: conjunto de etapas
formales secuenciadas e imprescindibles realizados dentro de un
proceso penal por los sujetos procesales cumpliendo los
requisitos prescriptos en la constitución con el objeto de
que los derechos subjetivos de la persona no corran
el riesgo de que sean desconocidos.
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