I
Teoría y práctica
Como dijera don Miguel de Unamuno, el sistema
educativo, la universidad o
la
educación cooperativa en
nuestro caso, +
si no son útiles y beneficiosas a la sociedad, no
son nada.
La Educación Cooperativa
consiste básicamente en la adquisición del
hábito, de la pericia y la pertinacia de pensar, ver,
juzgar, actuar, proyectar y evaluar de acuerdo y conforme con los
principios
cooperativos y su marco axiológico.
La nueva Ley de
Educación 26.206 ha dispuesto en su artículo 90 que
el Estado
promoverá la incorporación de los valores y
principios del cooperativismo
en los programas de
enseñanza aprendizaje y la
capacitación docente correspondiente
promoviendo además el cooperativismo
escolar.
Es regla de oro y
principio básico de la cooperación y del movimiento
cooperativo, La Educación: la educación en general
y la educación cooperativa de modo
particular.
Cuando éstas, una y otra, se proponen y
debaten desde la Atalaya de eventos como el
presente Congreso, las mismas se multiplican
trascendentemente en sus efectos, hasta potenciar al
máximo aquello que ya fue, es y será principio
básico y regla de oro, la educación cooperativa,
para los 28 pioneros de Rochdale, en 1844.
Tratemos este Congreso como una Misión
mancomunada para estimular, promover, desarrollar y proyectar
duraderamente el ethos cultural del sector cooperativo argentino
y del Mercosur a partir
de su propia resiliencia e implementando todas las tensegridades
inclusivas posibles para aliviar y promover el desarrollo
humano de todo el tejido social con dignidad,
ética y
equidad
..!!!!
Este encuentro multiplica nuestras posibilidades,
despierta, amplía, renueva y dispara nuestros
conocimientos, alentando y reconfortando el espíritu y los
principios cooperativos, principios que sin dudas, en algunos de
sus rasgos deberán integrarse y adaptarse proactiva y
eficientemente en este contexto de globalización con sus nuevos escenarios,
con sus nuevas realidades y exigencias conservando la
institucionalidad cooperativa y su pensamiento
propio.
Por cierto, la tarea propuesta no parece
fácil. Es verdad y reconozco que abordarla responsable e
integralmente requiere de vuestros espíritus altruistas e
inquietudes cooperativas a
prueba de fracasos.
La educación nos revela
nuestras posibilidades y nuestros limites!!
Hace 123 años la Ley 1.420
estableció la educación cooperativa para todos los
institutos y establecimientos de enseñanza, docencia de
todos los niveles de la pirámide educativa
argentina.
Hace 81 años la única Ley
"democrática" para la regulación cooperativa que
tuvo y tiene Argentina -Ley Nº 11.388- implementó
obligatoria e imperativamente otro tato hacia el interior de cada
cooperativa argentina.
Hace 70 años la ACI establecía
la educación cooperativa como principio liminar,
regla de oro y puente de platino con las consecuentes
recomendaciones para todos los actores involucrados …en
miras a desarrollar, transformar y expandir la opción
cooperativa, singularmente, para la promoción e inclusión de los mas
necesitados de la tierra
…
Hace 40 años, la Ley 16. 583
…estableció como obligatoria la enseñanza
del cooperativismo y el mutualismo en todos los establecimientos
educativos argentinos.
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