Indice
1.
Introducción
2. Origen y evolucion de las
aduanas
3. Aduanas
4. Servicio Aduanero
5. Características Del Derecho
Aduanero
6. Potestad Aduanera
7. Ambito de aplicacion de la potestad
aduanera
8. Autoridad Aduanera
9. Competencia
Territorial
10. Diferencias entre tasas e
impuestos
11. Transito
Aduanero
12. Almacenes y depositos
aduaneros
13. Regimenes aduaneros
suspensivos
14. Libre
Competencia
15. Documentación
requerida por los medios de transporte
internacional
16. Transporte
Multimodal
17. Trafico tramping
"vagabundo"
18.
Conclusion
En el trabajo a
continuación se va a hacer un estudio de las aduanas en
Venezuela
comentando sus tipos, procedimiento y
las principales funciones debido
a la estrecha relación que hay con el suministro de
materiales.
Esto es porque muchas empresas
necesitan adquirir materiales de otro país para la
producción y estas mercancías pasan
por un proceso de
desaduanamiento en el cual se realiza un control que se
lleva sobre las mismas evitando que no sean ilícitas y el
valor agregado
que obtienen por la imposición de un impuesto aduanero
que recae directamente en los costos propios de
las mercancías en cuestión.
2. Origen y evolucion de las
aduanas
El más antiguo antecedente de la aduana lo
constituye el portorio de los romanos. Los fenicios fueron los
que iniciaron el registro para el
comercio de
importación y exportación, quienes a su vez fueron
seguidos por los cartagineses, que fueron grandes comerciantes en
el mar Mediterráneo. También existieron las aduanas
de Grecia en la
época antigua y se cobraba un impuesto del 2% sobre
mercancía que se importaban y exportaban. Igualmente
existieron aduanas en aquellas ciudades que tenían un gran
auge comercial como: Génova, Pisa, Venecia entre
otros.
Fueron los Arabes quienes impulsaron el impuesto de
aduanas, dándole el carácter de contribución
general sobre todos los productos que
ingresaban por sus fronteras. Estos introdujeron las aduanas en
España
desde la dominación ocurrida en el siglo VII y llamaron
portazgo al derecho que pagaban las mercancías que se
transportaban de un lugar a otro.
Son oficinas públicas cuya finalidad primordial
es la de controlar el paso de mercancías nacionales o
extranjeras que, procedentes del exterior, van hacia otros
territorios aduaneros o circulan entre diversos puntos de un
mismo ámbito geográfico, también se encarga
de la liquidación de los impuestos
establecidos por las importaciones y
exportaciones de
mercancías.
Funciones
- La vigilancia y control de la entrada y salida de
mercancías y medios de
transporte
por las fronteras, aguas territoriales o espacio
aéreo. - Determinar y recaudar las obligaciones
tributarias causadas por el punto anterior. - La resolución de los reclamos, recursos,
peticiones y consultas de los importadores y
exportadores. - Impedir las importaciones y exportaciones
ilícitas. - La prevención, persecución y
sanción de las infracciones aduaneras.
Aduana principal:
Es la que tiene Jurisdicción en una
circunscripción determinada y centraliza las funciones
fiscales y administrativas de las aduanas Subalternas adscritas a
ella. Estas estarán habilitadas para las operaciones de
importación, exportación y transito. Igualmente
podrá prestar servicios de
transbordo, cabotaje y bultos postales.
Entre las aduanas principales están: La Guaira,
Aérea de Maiquetia, Postal de Caracas, Puerto Cabello, Los
llanos Centrales, Las piedras de Paraguaná, Maracaibo,
Puerto La Cruz, entre otras.
Aduanas subalternas:
Son las adscritas a una aduana principal habilitada para
realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la
respectiva circunscripción.
Entre las aduanas subalternas están: Higuerote,
área de la Carlota, área metropolitana de Caracas y
área del centro, Turiamo, área del palito, La Vela,
Tucacas, Punta Cardon, San Juan de los Callos, Adícora,
Puerto de Amuay entre otras.
Tendrá por finalidad intervenir y controlar el
paso de mercancías extranjeras y nacionales o
nacionalizadas, a través de las fronteras, aguas
territoriales o espacio aéreo, a objeto de determinar y
aplicar el régimen jurídico al cual dichas
mercancías están sometidas. (Art. 1 de la
L.O.A)
Division Administrativa, Politica, Militar, Electoral O
Eclesiastica De Un Territorio: Es el territorio aduanero
delimitado para cada aduana principal dentro el cual ésta
ejercerá la Potestad Aduanera.
Derecho Aduanero
Es la disciplina que
tiene por objeto regular los tributos
incidentes sobre las importaciones jurídicamente "
calificadas de impuestos (arancel de aduanas)", cualquiera que
sea su denominación, forma de recaudar o
destinación.
Se considera "tributo aduanero", todo impuesto que grava
el comercio
internacional, siempre que no constituya:
- Remuneración por servicios prestados a los
importadores. - Simple extensión a los productos importados,
tributos internos cobrados igualmente a los productos
nacionales.
El Derecho Aduanero es específico y forma parte
del derecho público y soporta su marco legal en Venezuela
en " la Ley
Orgánica de aduanas y su Reglamento", posee característica internacional.
5. Características
Del Derecho Aduanero
1.- Es Derecho Público:
- El Estado es
sujeto, esencial y dominante. - El Estado tiene prorrogativos.
2.- Es De Orden Público:
- No puede ser derogado por convenios
particulares. - Igualdad de impuestos.
3.- Es una Nueva Rama Del derecho.
- Autonomía
- Propia estructura
- Normas propias
- Ingreso público, desarrollo
social
4.- Impuestos Indirectos
- Monto del gravamen o parte de él es trasladado
al consumidor
final.
Finalidades Del Derecho Aduanero
- Garantizar la salud y las condiciones de
vida. - Lograr una actuación de carácter
ético y solidaridad
humana. - Fomentar el desarrollo
económico. - Proyectar y preservar el status político y
social. - Suministrar informaciones estadísticas.
- Percibir un tributo:
- Impuesto
- Tasa
Es la facultad de las autoridades competentes para
intervenir sobre los vehículos y medios de transporte que
realicen trafico internacional, así como las
mercancías que contengan, autorizar o impedir su
desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los
tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en
general, ejercer los controles previstos en la legislación
aduanera nacional.(art. 7 de la L.O.A.)
Privilegios Del Fisco Nacional
El Fisco Nacional tendrá privilegios, preferente
a cualquier otro, sobre los bienes a que
se refiere el art. 5º de la L.O.A., para exigir el pago de
los impuestos, tasas, intereses moratorios, penas pecuniarias y
otros derechos o
cantidades que se originan en virtud de lo establecido en ella.
Dichos bienes no podrán ser objeto de medidas judiciales
preventivas o ejecutivas mientras no hayan sido cumplidos los
requisitos y pagados o garantizado el crédito
fiscal
correspondiente.
Privilegios Generales
1.- Carácter Administrativo
- El Fisco no presta caución para una
actuación judicial. - No paga impuestos nacionales, ni
municipales. - Obligación de todas las autoridades de
colaborar con los funcionarios de hacienda.
2.- Carácter Procesal
- Los bienes de la nación no son embargables, ya
que no están sujetos a medida de
ejecución. - Toda sentencia definitiva debe consultarse al
tribunal superior. - Los apoderados del fisco nacional, tienen la
obligación de hacer valer en cualquier juicio, todos los
recursos sin necesidad de autorización
especial. - Los tribunales deben darle prioridad a los juicios en
donde está implicado el fisco nacional. - Tiene carácter de título ejecutivo
todas las liquidaciones de crédito a favor del
fisco.
3.- Carácter Civil
- No es admisible compensación en contra del
fisco.
Privilegios Específicos
1.- Retención de mercancías por falta de
pago (art. 12 de la L.O.A.)
- Cuando exista demora en el pago de las cantidades
líquidas y exigibles causadas por motivo del pago de
mercancías a través de las aduanas, éstas
podrán retener las demás que hayan llegado a
nombre del mismo consignatario hasta que el pago se
efectúe.
2.- Prenda
- El Fisco no presta caución para una
actuación judicial.
3.- Aprehensión de mercancías (art. 11 de
la L.O.A.)
- Mercancías retiradas de la zona aduanera, sin
que hubiese cumplido los requisitos establecidos en la
ley.
7. Ambito de aplicacion de
la potestad aduanera
Las aduanas constituyen verdaderas barreras que protegen
al país en el intercambio comercial de los productos
procedentes del exterior, de tal manera que la política aduanera
nacional ejercida mediante la potestad aduanera es un excelente
mecanismo coadyuvante a la protección económica de
la nación, ya que estas políticas
bien concebidas y racionalmente bien planificadas protegen y
fortalecen a la industria y al
comercio nacional legalmente establecido.
Ambito de Aplicación:
1.- Zona De Libre Comercio:
Es el régimen jurídico, que otorga ventajas a los
asociados, entre las cuales permitirles la exportación de
su producción, les reconoce autonomía tarifaria
frente a terceros países. (Asociación Europea de
Libre comercio- EFTA).
2.- Union aduanera: En este régimen, se eliminan
los gravámenes y otros obstáculos o limitaciones al
comercio exterior
entre los países que forman la unión, y se aplica
una tarifa uniforme frente a los países que constituyen
parte integrante del sistema.
3.- Mercado Comun:
Constituye la forma más completa de integración. A la coordinación de la
unión aduanera, se agrega la coincidencia, tales como:
inversiones,
producción, salarios, moneda
común, que permiten la libre circulación de
mercancías, servicios y capitales. (Mercado Común
Europeo).
4.- Zona Franca: Es el área de terreno que
éste físicamente delimitada sujeta a un
régimen fiscal especial establecido, en la cual personas
jurídicas autorizadas podrán instalarse en dichos
terrenos, a efectos de dedicarse a la producción y
comercialización de bienes para la
exportación libres de gravámenes, así como
la prestación de servicios vinculados con el comercio
internacional. Existen tres tipos: Industriales, comerciales y
servicios. (Zona franca Internacional de
Paraguaná).
5.- Puertos Libres: Es el área determinada,
segregada del territorio aduanero nacional y separado de
éste por medio de barreras naturales o artificiales, en el
cual se permita que mercancías no excluídas
especialmente, puedan ser introducidas sin pago de derechos
aduaneros ni otros gravámenes internos, Las
mercancías no causarán el pago de impuestos de
importación pero sí la tasa aduanal.
6.- Mar Territorial: Es aquella zona marítima
contigua a la costa o a las aguas nacionales.
7.- Aguas Nacionales: Aquellas masas de aguas totalmente
comprendidas dentro de los límites de un estado, como lo
son: ríos, lagos, mares interiores, golfos, bahías
rodeadas por el territorio de un estado y cuya entrada no exceda
de 6 millas de amplitud, y los canales que se encuentren dentro
del territorio de un estado y cuya condición
jurídica, se asimila a la de los ríos.
8.- Espacio Aereo: Es aquel que cubre el territorio de
la República de Venezuela hasta el límite exterior
del mar territorial y está sometido a su soberanía.
9.- Territorio aduanero y territorio
politico:
El Territorio Aduanero (TA), es el territorio en el cual
las disposiciones de la legislación aduanera de un estado
son plenamente aplicables.
El Territorio Nacional (TP), (excluído de hecho
del territorio aduanero), supone que parte del TP no está
contemplado como ámbito nacional de validez del
régimen aduanero. Parte del TP del Estado forma parte del
TA de otro Estado, y el propio Estado ha decidido liberar a
determinado sector de su territorio, del régimen aduanero
(puertos libres y Zonas francas).
Casos Que Se Pueden Encontrar con relación a Los
Territorios Nacionales Y Aduaneros:
- Pluralidad de TP en un solo TA:
- Uniones aduaneras
- Varios países con reglas comunes.
Ej. Comunidad
Económica Europea.
- Territorio no nacional incluido en el TA:
- Se hace por convención
internacional. - Enclaves aduaneros.
Ej. Suiza.
- TP excluido por ficción jurídica del
TA:
- Problemas limítrofes.
- Varios TA en un mismo TP:
- Régimen aduanero distinto, se regula
análogamente al tráfico
internacional.
Podrá ingresar a almacenes,
patios, oficinas, vehículos, y demás lugares
privados o públicos sujetos a la potestad aduanera sin
necesidad de autorización especial. (Art. 8 de la
L.O.A.)
También podrá:
- Aplicar los procedimientos
en casos de infracciones o delitos
fiscales.(comercio internacional ilícito) - Verificación de las operaciones aduaneras en
conformidad a lo pautado en el ordenamiento legal.
Importancia
Su importancia recae en la
organización y desarrollo del país, debido a
que el control ejercido por ellas persigue el control de la
mercancía que entra y sale del mismo.
Su importancia es:
- Percibir un tributo manifestado bajo la forma de
impuesto o tasa. - Fomentar y proteger el desarrollo
económico. - Proyectar y preservar el status político y
social. - Garantizar la salud y las condiciones de vida de los
ciudadanos, plantas y
animales. - Suministrar información estadística.
- Lograr una actuación de carácter y
solidaridad humana. - Servir de punto de control para establecer las
disposiciones emanadas de cualquier Ministerio y que deban, a
la entrada o salida de mercancías.
Conceptos Aduaneros
Circunscripción, el territorio aduanero
delimitado para cada aduana principal dentro de la cual
ejercerá la potestad aduanera.
Habilitación, las operaciones aduaneras que
pueden realizarse en cada aduana principal o subalterna.
También significa el tiempo fuera de
las horas hábiles o en los días feriados durante el
cual se practiquen operaciones aduaneras.
Zona Aduanera, área de la circunscripción
aduanera integradas por las respectivas oficinas, patios,
almacenes, pistas de aterrizaje, y medios de transporte y todo lo
conexo con la carga y descarga y donde las mercancías que
no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas.
También se denominan Zona Primaria.
Zona Primaria, es la misma zona aduanera.
Zona de Almacenamiento,
área integrada por patios, depósitos y demás
lugares de almacenamientos de mercancías.
9. Competencia
Territorial
De las oficinas aduaneras:
- En el
conocimiento o derechos que las asiste en los
procedimientos a que haya lugar en caso de infracciones o
delitos fiscales, es decir en los casos de contrabando y otros
fraudes fiscales. - En cuanto a sus obligaciones, ósea, el deber
en que están las aduanas de tomar todas aquellas medidas
para impedir la introducción o comercio ilícito
de mercancías, y verificar las operaciones aduaneras que
se realicen en las oficinas adscritas a ellas para que se
ejecuten de manera legal.
Regiones Aduaneras;
- Aduanas de la Región Capital, de
los Llanos Centrales, Centro Occidental, Zuliana, de los Andes,
del Sur, Nor-Oriental, Insular y Central.
Impuestos
Es la prestación pecuniaria exigida por el estado en
virtud de su potestad de imperio y la forma y manera establecida
por la ley, de acuerdo con su capacidad tributaria, sin la
existencia de contraprestación alguna determinada y con la
finalidad de satisfacer los gastos
públicos, entendiendo como tal, que formarán parte
del ingreso público fijado por el Estado.
Características:
- Es una prestación pecuniaria.
- Finalidad de cubrir necesidades públicas y los
gastos públicos. - Sin contraprestación específica e
inmediata con respecto al contribuyente. - Carácter de legalidad y
obligatoriedad.
Clasificación:
1.- Impuestos Generales Y Especiales
a- Desde el punto de vista de la afectación de
esos impuestos a un fin determinado:
- Impuestos Generales: Son aquellos cuya finalidad es
cubrir todos los gastos de Estado sin destinarlos a
algún fin especial. - Impuestos Especiales: Son aquellos cuyo producto se
destina a un fin determinado, se afecta a un servicio
determinado.
b- desde el punto de vista de aplicación del
gravamen:
- Impuestos Generales: Es aquel que grava todas las
rentas, todos los consumos o gastos, o todas las personas que
efectúan un gasto determinado. - Impuestos Especiales: Es el que grava sólo un
tipo de contribuyente.
2.- Impuestos Personales Y Reales
- Impuesto Personal: Son
los que se establecen tomando en cuenta fundamentalmente las
circunstancias personales del contribuyente, como su capacidad
tributaria total y su carga familiar. - Impuestos Reales: Es así, debido a que se
establece en función de la calidad y
cantidad de mercancía gravada sin consultar las
condiciones del contribuyente.
3.- impuestos directos e indirectos.
- Impuestos Directos: No permiten el traslado y en
ellos coinciden el sujeto de hecho y de derecho. - Impuestos Indirectos: Es aquel que paga el importador
y la relación jurídica se establece entre el
importador y el fisco, pero lo soporta, en definitiva el
consumidor.
4.- Impuestos proporcionales y progresivos.
- Impuestos proporcionales: es en el cual que se
establece una proporción para el pago. Ejemplo: 16,5 %
sobre el monto de la mercancía. - Impuestos progresivos: es la que se establece en la
medida que se obtenga más rentas , se paga mayor
impuesto, y así en forma escalonada, se va aumentando el
porcentaje. - 5.- Impuestos ordinarios y
extraordinarios. - Impuestos ordinarios: son los que se repiten en todos
los presupuestos. - Impuestos Extraordinarios: Son los que tienen
carácter de temporales y eventuales.
Tasas Aduaneras
Son contraprestaciones que los sujetos pagan al estado
como retribución especial por su servicio divisible y
ocasional que el Estado le presta, o por los gastos originados a
este en el ejercicio de la actividad administrativa en beneficio
del particular. (Están definidas en el art. 3º,
numeral 6 y 7 de la L.O.A. y los artículos del 36 al 39,
de la R. L.O.A. define la forma en que los usuarios
pagarán la tasa por el servicio de aduana.
10. Diferencias entre tasas
e impuestos
- Las tasas, tienen un carácter ocasional para
el pago de la misma en cambio el
impuesto tiene un carácter que cada vez que se causa es
permanente y obligatorio. - Las tasas se pagan como contraprestación de un
servicio específico recibido en cambio, los impuestos no
se otorga una contraprestación específica e
inmediata por su cancelación.
Impuesto Aduanero
El impuesto aduanero es aquella prestación
pecuniaria obligatoria, que el Estado impone a los particulares
por el paso de mercancías a través de las aduanas
habilitadas del país. Sin embargo, no todo paso de
mercancía a través de la misma constituye el
impuesto de la Aduana, por lo tanto se debe partir del siguiente
aforismo:
"Todo impuesto de aduana es causado por el paso de
mercancías a través de las aduanas nacionales
habilitadas, pero no todo el paso de mercancías a
través de dichas aduanas es causa del impuesto de
adunas."
La regla principal para nazca un impuesto aduanero es
que la mercancía debe venir de otro territorio aduanero o
ir al mismo cualquiera que sea; y hay que señalar que la
mercancía debe ser a titulo definitivo, es decir, que la
misma debe estar destinada al consumo, sea
en el territorio o fuera del.
En resumen, sino interviene ese otro territorio
aduanero, no nacerá un impuesto, pues ya se sabe que el
comercio de cabotaje no causa impuesto, debido a que es solo un
intercambio de mercancías nacionales o nacionalizadas
entre los distintos puertos de la República que posee un
territorio aduanero único.
Tampoco causa impuesto de aduana por la misma
razón, la introducción de efectos con
carácter temporal, donde la finalidad no es el consumo de
los efectos, sino otra distinta, y donde la mercancía,
después que dicha finalidad ha sido cumplida,
deberá retornar o reexportarse, según el caso.
Aunque a veces necesita un consumo para conocer esa naturaleza y
calidad, tampoco se causaría el impuesto, porque lo
esencial y determinante no es el consumo en si, sino dar a
conocer la mercancía, y porque el consumo esta limitado a
lo estrictamente necesario, sin que pueda haber excesos
injustificados.
En resumen, el impuesto de aduanas supone:
- Paso de mercancías (no de
personas). - A través de nuestras aduanas
habilitadas. - Desde o para otros territorios aduaneros.
- A título definitivo (consumo).
Elementos:
Subjetivos:
- Personales
- Animo de importar, exportar y
tránsito.
Objetivos:
- La mercancía
- El territorio
Clasificación:
- Extracción de mercancías: Impuesto de
exportación - Introducción de mercancías: Impuesto de
importación - Tránsito: Nacional e Internacional: Paso por
el territorio aduanero nacional de mercancías para
consumo en otro territorio aduanero y el paso por aduanas del
mismo territorio
Tipos:
- AD VALOREM: Viene dado por un porcentaje del valor de
la mercancía. - ESPECIFICO: Viene dado por un factor de ajuste en
unidades del sistema métrico decimal (Bs/Kg o
Bs/m3). - MIXTO: Tiene un componente ad valorem y
específico.
Causacion Del Impuesto Aduanero
Las mercancías causarán el impuesto
aduanero y estarán sometidas al régimen vigente
para la fecha de llegado o ingreso a la zona primaria de
cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva
operación. Para ser exigible el impuesto, se requiere la
determinación y su liquidación, el cual se logra
mediante el proceso de reconocimiento.
Base Imponible De Las Tasas Aduaneras
Es aquella parte de la riqueza del contribuyente de la
cual este toma para cancelar el gravamen. Esta fuente debe ser la
renta, porque es el producto del capital o del trabajo, que en
este caso es el resultado de la materialización del Hecho
imponible en aduanas.
El Hecho Imponible Y El Hecho Gravado
El hacho imponible en este gravamen es el paso de
mercancías en general en cualquiera de las tres
direcciones (importación, exportación y transito)
por las fronteras no políticas sino aduaneras. A los fines
de este impuesto, el territorio político de un país
no coincide siempre con el territorio aduanero,
constituyéndose las llamadas zonas francas y puertos
libres y celebrándose convenios internacionales que
fusionan dos o más territorios de países a los
fines del tributo.
El hecho gravable es la importación,
exportación o transito de mercancías, según
el Art. 82 donde consta que dichas operaciones están
sujetas al pago del impuesto.
El objeto de la relación aduanera (hecho
generador) esta ligado a dos cosas materiales: las cosas
importadas, exportadas o de transito y el territorio aduanero,
muy ligado al citado movimiento de
mercancía.
Se entiende por operación de tránsito
aduanero el transporte de mercancías desde una oficina aduanera
de destino partida a una de destino, bajo el régimen de
tránsito aduanero. A estos fines, se entiende por aduana
de partida, la oficina aduanera por donde comienza la
operación de tránsito; por aduana de paso, tosa
oficina aduanera por donde transiten las mercancías en el
curso de la operación de tránsito aduanero; y por
aduana de destino, la oficina aduanera donde termina la
operación de tránsito.
Las operaciones de tránsito aduanero comprenden
el territorio nacional e internacional. Cuando la
operación termine en el país, el importador
presentará la declaración de aduana en la oficina
aduanera de destino.
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