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Antecedentes históricos de los departamentos y municipios de Honduras (página 6)




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Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN.

Fecha de creación: En la división
política
de 1889, aparece como aldea de Santa Rosa, con el nombre de Las
Piedras. En 1907 formó parte del Municipio de Dulce
Nombre, en 1918 se le da categoría de Municipio,
así:

Se resuelve de conformidad una
solicitud.

Tegucigalpa 12 de diciembre de 1918.

Con vista de la solicitud elevada al poder
Ejecutivo por Don Feliciano Lara, Alcalde Auxiliar de la
Aldea de Concepción de Piedras, Departamento de
Copán, contraída a pedir se autorice la
creación de un nuevo Municipio por tener en su concepto el
número de habitantes, recursos y
demás elementos necesarios para tal fin y CONSIDERANDO:
Que el Gobernador Político del Departamento de
Copán al emitir su informe,
manifiesta, que la segregación de las Aldeas de
Concepción de Piedras, San Juan, Piedras Coloradas y
Candelaria, en nada perjudica al Municipio de Dulce Nombre a que
actualmente pertenecen, que la Aldea de Concepción de
Piedras, propuesta para cabecera del Municipio reúne todas
las condiciones que requiere el Artículo 3. de la Ley Municipal,
Por tanto, el Presidente de la República, de conformidad
con los Artículos 2. 3. y 7 de la Ley Municipal, Acuerda,
1. Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho
merito, autorizando en consecuencia, la creación del nuevo
Municipio que se llamará Concepción de Copan,
formado por las Aldeas de: Concepción de Piedras, San
Juan, Piedras Coloradas y Candelaria, siendo la primera de ellas
la cabecera del Municipio.

2. Delegar en la Gobernación Política del
Departamento de Copán la facultad de fijar los límites
jurisdiccionales del nuevo Municipio y de hacer la
división correspondiente con el de Dulce Nombre, de
tierras, aguas, servidumbre, créditos, etc., y sobre todo lo relativo a
la alteración consiguiente de los términos
Municipales, debiendo someterse la resolución que se dicte
en tal sentido a la ratificación del Poder
Ejecutivo y 3. Disponer que en forma lega, se elijan en su
oportunidad las autoridades locales del nuevo Municipio, para que
se inaugure y tomen posesión el 1 de enero del año
entrante. Comuníquese. Bertrand.

El Secretario de Estado en el
Despacho de Gobernación y Justicia,
Francisco J. Mejia.

El 12 de noviembre de 1940 formo parte del Distrito
Departamental de Santa Rosa.

El 24 de abril de 1947 los vecinos del extinguido
Municipio de Concepción piden sea segregado del Distrito
Departamental de Santa Rosa. Acuerdo. No. 2139.

Tegucigalpa, D.C., 24 de abril de 1947.

Vista la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por
los Señores J. Inocente Madrid,
Feliciano Lara y José Arnulfo Madrid, en su calidad de
representantes legales de los principales vecinos del extinguido
Municipio de Concepción, Departamento de Copán,
contraída a pedir la segregación del que fue
Municipio de Concepción incluido en la Jurisdicción
del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, por
acuerdo No. 660 emitido por el Poder Ejecutivo el 12 de noviembre
de 1940, creando el Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, mencionado de acuerdo con las facultades que
señala el Artículo 179, reformado de la Constitución Política
Vigente.

CONSIDERANDO: Que son justas las razones en que se funda
la solicitud de referencia y que el Municipio de
Concepción puede subsistir independientemente, por llenar
los requisitos que exige la Ley para crear los
Municipios.

Por tanto: El Presidente de la República Acuerda:
1. Segregar del Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, al extinguido Municipio de Concepción, el
que por el hecho queda constituido en Municipio, con la
jurisdicción Municipal que tenia a la fecha de su
incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, perteneciéndole también las tierras,
aguas, servidumbre, derechos adquiridos y
necesarios vecinales que tenia en la misma fecha y los
créditos activos y pasivos
existentes en la actualidad.- 2. El Gobernador Político
del Departamento de Copán convocara a elecciones locales,
para elegir la Municipalidad el Municipio de Concepción,
que se practicarán en el Cabildo Municipal de este mismo
Municipio, por los electores residentes en la jurisdicción
que perteneció al mismo pueblo y que se hallen inscritos
en el censo electoral del Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, para cuyo efecto, en concejo respectivo
enviará a Concepción las copias del censo electoral
necesarias, para la practica de la elecciones. 3. Facultar al
Gobernador Político del Departamento de Copán, para
tomar la promesa Constitucional a los miembros de la
Municipalidad de Concepción que se elija para gobernar la
asociación. 4. El Concejo del Distrito Departamental de
Santa Rosa de Copán, entregará a la municipalidad
electa de concepción los inmuebles, muebles, enseres y
demás objetos que aun existen en su poder y
pertenecían a aquel municipio. Comuníquese. Carias
A. El Secretario de Estado encargado de los Derechos de
Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. C.
Colindres Zepeda.

Límites: Al Norte, Municipios de San
Jerónimo y Dolores, al Sur, Municipio de Santa Rosa, al
Este, Municipio de Dulce Nombre, al Oeste, Municipios de San
Agustín y Santa Rita.

Extensión Superficial: 73.3 Km2

Aldeas: 8

Caseríos: 23

MUNICIPIO DE COPAN RUINAS:

Fecha de creación: En el censo de 1887
figuraba como Aldea de Santa Rita, pero se cree existe desde
1576. El Municipio fue creado en 1893. Le dieron categoría
de ciudad por Decreto Ley No. 56 del 21 de febrero de 1942.
Según carta que el
oidor de la Real Audiencia de Guatemala
dirigida a Felipe II Rey de España,
que dice: Cerca de aquí en el camino para san Pedro Sula,
en el primer pueblo dentro de la provincia de Honduras, llamado
Copán, están ciertas ruinas y vestigios de una
población y soberbios edificios construidos
con tal habilidad que parece que nunca hubieran sido construidos
por gente tan ruda como los habitantes de esta
provincia.

Límites: Al norte, República de
Guatemala y Municipio de El Paraíso, al Sur,
República de Guatemala y Municipio de San Fernando, al
Este, Municipios de El Paraíso, Santa Rita y al Oeste,
República de Guatemala.

Extensión Superficial: 366.4
Km2

Aldeas: 48

Caseríos: 52

MUNICIPIO DE CORQUIN:

Fecha de creación: Los primeros pobladores
de Corquin fueron descendientes de los Nahoas o Toltecas que se
radicaron a la orilla de Río Jopopo, luego se
establecieron en las márgenes del Río Julalgua y
por último en los terrenos entre Río Julalgua y la
quebrada de San Francisco a finales del siglo XVII, en este
último sitio se encuentra el actual poblado, era una
pequeña aldea que en el recuento de población de
1791 formaba parte del curato de Sensenti, en sus archivos se
encuentran documentos que
indican que fue elevado a la categoría de Municipio en
1824 y ya en la División Política de 1889 era un
Municipio del Circulo Cucuyagua. Esta situado en el ángulo
que forma el Departamento de Ocotepeque con el de Gracias. El 11
de marzo de 1926, según Decreto No. 69: El Congreso
Nacional, "Decreta: Artículo Único.- Elevar a la
categoría de ciudad, la población de Corquín
del Departamento de Copán".

Origen de su nombre: En lengua Tolteca
significa "Entre Ríos"

Límites: Al norte, Municipios de San Pedro
Copán y La Unión, al Sur, Municipios de Sensenti y
Belén Gualcho, al este, Municipio de Gracias y al Oeste,
Municipio de Lucerna.

Extensión Superficial: 138.6
Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 75

MUNICIPIO DE CUCUYAGUA.

Fecha de creación: Se cree que fue en
1750. En el recuento de 1791 aparece como pueblo del Curato de
Sensenti y en la División de 1889 ya figuraba como
Distrito; Esta situado al oriente del Valle de su nombre y a la
margen del Río Alax o Cucuyagua.

Origen de su nombre: Cocollagua, convertido por
nosotros en Cucuyagua, es el gentilicio de Cocolhuacan "Lugar que
tiene negocios o
querellas".

Límites: Al norte, Municipio de Santa
Rosa, al Sur, Municipio de San Pedro copán, al Este,
Municipio de Las Flores y Talgua y al Oeste, Municipio La
Unión.

Extensión Superficial: 131.6
Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 70

MUNICIPIO DE DOLORES:

Fecha de creación: En el censo de
población de 1887 ya figuraba como lugar poblado del
Municipio de Santa Rosa; al crear el Municipio de Dulce Nombre en
1907 formó parte de este. En 1919 se le da
categoría de Municipio, así:

Tegucigalpa 11 de abril de 1919.

Vista la solicitud de los vecinos de la aldea de Dolores
y de los caseríos de Venga Redonda, El Pinavetal, El
Rincón, Yaruconte, Camalote, El Vijao, El Bálsamo,
Agua Buena,
todos de la jurisdicción del Municipio de El Dulce Nombre,
Departamento de Copán, relativa a erigirse en un nuevo
Municipio y Considerando: Que los expresados vecinos han
aprobado: 1. Que la población de la Aldea de Dolores, que
servirá de cabecera Municipal, tiene mas de quinientos
habitantes y unidos a la de los demás caseríos
mencionados llega a un total de 1,378 habitantes, según el
censo que se acompaña. 2. Que los vecinos expresados
tienen un territorio proporcional a la población que
formaría el nuevo Municipio, consistente en los terrenos
ejidales llamados Vega Redonda y Yaruconte, (23.5)
veintitrés y media caballería el primero y de
diecinueve el segundo, según certificación del
registro de la
propiedad
raíz de aquel Departamento, que también se
acompaña. 3. Que los mismos vecinos tienen recursos
suficientes para el sostenimiento del Gobierno del
nuevo Municipio, lo que consta en el informe del Señor
Gobernador Departamental, que se pidió al efecto.
CONSIDERANDO: Que el cumplimiento de los tres requisitos
apuntados, da derecho a aquel vecindario para erigirse en un
nuevo Municipio. CONSIDERANDO: Que la protesta de la
Municipalidad de El Dulce Nombre, al cual pertenecen actualmente
la Aldea y Caseríos mencionados, no debe tomarse en
consideración, porque si bien es cierto, que aquel pueblo
disminuirá en importancia, por la disminución
consiguiente en su vecindario, siempre le quedaría el
suficiente para sus sostenimiento como Municipio, según
consta igualmente, del informe del Seor Gobernador Departamental,
por tanto: El Presidente de La Republica, de conformidad con los
artículos 2. , 3. , 6. y 8. de La Ley Municipal, ACUERDA:
1. Segregase de la jurisdicción del Municipio de El Dulce
Nombre, Departamento de Copán la aldea de Dolores y
Caseríos mencionados. 2. Erigense estos en un nuevo
municipio, con el nombre de Dolores de Copán, teniendo por
cabecera la aldea de Dolores y por término el territorio
de esta y caseríos mencionados, debiendo inaugurarse el
nuevo municipio el 1 de enero de 1920. 3. Comisionase al
Gobernador del Departamento de Copán, para que determine
los límites jurisdiccionales de los pueblos vecinos
sometiendo a la aprobación del Ejecutivo el acuerdo que se
dictare. 4. Procédase a la elección de las nuevas
autoridades en la forma y tiempo que
determine la Ley de la materia, con
los vecinos de la nueva jurisdicción incluidos en el Censo
Electoral del Municipio de El Dulce Nombre, formando distinto
directorio, bajo la presencia del Alcalde de este pueblo, quien
hará también la respectiva convocatoria, La
Municipalidad recibirá la protesta de Ley.
Comuníquese. Bertrand. El Secretario de Estado en el
Despacho de Gobernación y Justicia. S. Soriano.

El 12 de noviembre de 1940 forma parte del Distrito
Departamental de Santa Rosa.

El 10 de febrero de 1943, los mismos vecinos piden sea
segregado del Distrito Departamental de Santa Rosa.

Acuerdo No.1130

Tegucigalpa D.C., 10 de febrero 1943.

Vista la solicitud elevad al poder Ejecutivo por el
Abogado Don Alfredo Tábora Solares, en su calidad de
apoderado de los principales vecinos del extinguido Municipio de
Dolores, Departamento de Copán, contraída a pedir
la segregación del que fue Municipio de Dolores, incluido
en la jurisdicción del Distrito Departamental de Santa
Rosa de Copán por acuerdo No. 660, emitido por el Poder
Ejecutivo el 12 de noviembre de 1940, creando el Distrito
Departamental de Santa Rosa de Copán mencionado, de
acuerdo con las facultades que señala el Artículo
179, reformado de la constitución Política vigente.
CONSIDERANDO: Que son justas las razones en que se funda la
solicitud de referencia y que el Municipio de colores puede
subsistir independientemente, por llenar los requisitos que exige
la Ley para crear los municipios. Por Tanto: El Presidente de La
República ACUERDA: 1. Segregar del Distrito Departamental
de Santa Rosa de Copán, el extinguido Municipio de Dolores
el que por el mismo hecho queda constituido en Municipio, con la
jurisdicción Municipal que tenía a la fecha de su
incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copan, perteneciéndole también las tierras, aguas,
servidumbres, derechos adquiridos y necesidades vecinales que
tenía en la misma fecha y los créditos activos y
pasivos existentes en la actualidad. 2. El Gobernador
Político del Departamento de Copan, convocará a
elecciones locales, para elegir la Municipalidad del Municipio de
Dolores, que se practicarán en el Cabido Municipal, por
los electores residentes en la jurisdicción que
perteneció al mismo pueblo y que se hallen inscritas en el
censo Electoral del Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copan, para tomar la promesa constitucional a los miembros de la
Municipalidad de Dolores que se elija para gobernar la
asociación. 4. El Consejo del Distrito Departamental de
Santa Rosa de Copan entregará a la Municipalidad electa de
Dolores, los inmuebles, muebles, enseres y demás objetos
que aún existen en su poder y que pertenecían a
aquel Municipio. Comuníquese. Carias A. El Secretario de
Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad
y Beneficencia. Abrahán Willians.

Límites: Al norte, Municipio de San
Jerónimo, al sur, Municipio de Dulce Nombre, al Este,
Municipios de Veracruz y Trinidad, Al Oeste, Municipios de San
Jerónimo y Concepción.

Extensión Superficial: 46.5 Km2

Aldeas: 9

Caseríos: 13

MUNICIPIO DE DULCE NOMBRE.

Esta población tuvo su origen en la
instalación de una familia venida de
El Salvador, en el sitio denominado Las Cáscaras, al sur
del actual pueblo, después fue trasladado al lugar que hoy
ocupa.

Fecha de creación: En el censo de
población de 1887 aparece como Aldea de Santa Ros, en 1907
se constituye en Municipio: SE RESUELVE DE CONFORMIDAD UNA
SOLICITUD.

Tegucigalpa, 12 de diciembre de 1907.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por gran
numero de vecinos de la Aldea de El Dulce Nombre, del
término Municipal de Santa Rosa, Departamento de
Copán contraída a pedir que se autorice la
creación de un Municipio, por tener el numero de
habitantes requeridos por la Ley para tal fin y además los
recursos y elementos necesarios para el sostenimiento de
autoridades propias y para mejorar todos los ramos del servicio
administrativo, vista, asimismo el informe del Señor
Gobernador Político, e que es de parecer que se acceda a
la petición de los solicitantes, CONSIDERANDO: Que la
distancia que media entre Santa Rosa, cabecera del Departamento y
dicha Aldea, dificulta la buena marcha administrativa y que ese
inconveniente cesaría con la creación del nuevo
Municipio, para que las autoridades respectivas vigilen
más de cerca todos los diversos intereses de la comunidad y
establezcan buenas escuelas para la instrucción del
pueblo, procurando, a la vez, la mejora de todos los ramos del
servicio, Por Tanto: El Presidente Provisional, ACUERDA: 1.
Resolver de conformidad la expresada solicitud, autorizando, la
creación del nuevo Municipio, que tendrá por
cabecera la actual Aldea de El Dulce Nombre, comprendiendo,
además, las Aldeas de Vega Redonda, El Capucal,
concepción Piedra, Dolores, San Juan de Copán y los
Caseríos comprendidos en sus respectivas jurisdicciones.
2. Delegar en la Gobernación Política de
Copán y los Caseríos comprendidos en sus
respectivas jurisdicciones del nuevo Municipio, y 3. La
elección de autoridades locales se practicarán lo
más pronto posible, a efecto de que tomen posesión
de sus cargos y se inaugure el Municipio el 1 de enero del
año próximo, debiendo elegir el numero de vocales
de la Municipalidad, en proporción al de sus habitantes,
según lo prevenido por la Ley. Comuníquese.
Dávila. El Secretario de Estado en el Despacho de
Gobernación. Ignacio Castro.

1 de agosto de 1928 se convirtió en virtud de
Decreto Ley de 7 de febrero, en Cabecera de Distrito el 12 de
noviembre de 1940 formó parte del Distrito Departamental
de Santa Rosa de Copán, en que se pide la
segregación del Municipio, así:

ACUERDO No. 1111.

Tegucigalpa, D.C., 8 de febrero de 1943.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo, por el
Abogado Don Manuel Luna Mejía en representación de
un grupo de
personas vecinos del extinguido Municipio de Dulce Nombre
Departamento de Copán, contraída a pedir la
segregación del que fue Municipio de Dulce Nombre,
incluido en la jurisdicción del Distrito Departamental de
Santa Rosa de Copán, por acuerdo del Poder Ejecutivo No.
660, de 12 de noviembre de 1940 creando el Distrito Departamental
de Santa Rosa mencionado, de acuerdo con las facultadles que
señala el artículo 179, reformado, de la
Constitución Política. CONSIDERANDO: Que son justas
las razones en que se funda la solicitud de referencia y que el
Municipio de Dulce Nombre puede subsistir independientemente, por
llenar los requisitos que exige la Ley para crear los
municipios.

Por tanto el Presidente de la República. ACUERDA:
1. Segregar del Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, el extinto Municipio de Dulce Nombre, el que por el
mismo hecho queda constituido en Municipio con la
jurisdicción Municipal que tenía a la fecha de su
incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa,
perteneciéndole también las tierras, aguas,
servidumbre, derechos adquiridos y necesidades vecinales que
tenía en la misma fecha y los créditos activos y
pasivos existentes en la actualidad.

2. El Gobernador Político del Departamento de
Copán, convocará a elecciones locales, para elegir
la Municipalidad del Municipio del Dulce Nombre, que se
practicarán en el Cabildo Municipal de este mismo
Municipio, por los electores residentes en la jurisdicción
que perteneció al mismo pueblo y que se hallen inscritos
en el censo electoral del Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, para cuyo efecto, el concejo respectivo
enviará a Dulce Nombre las copias del censo electoral de
conformidad con la Ley y se trasladará en cuerpo a aquel
Municipio para formar la mesa o mesas electorales necesarias para
la practica de las elecciones. 3. Facultar al Gobernador
Político del Departamento de Copán, para tomar la
promesa constitucional a los miembros de la Municipalidad de
Dulce Nombre que se elija para gobernar la Asociación. 4.
El Consejo del Distrito Departamental de Santa Rosa de
Copán, entregará a la Municipalidad electa de Dulce
Nombre los inmuebles, muebles, enseres y demás objetos que
aún existan en su poder y que pertenecían a aquel
Municipio. Comuníquese. Carias A. El Secretario de Estado
en los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y
Beneficencia. Abrahán Willians.

Límites: Al Norte, y al Este Municipio de
Dolores, al Sur, Municipio de Santa Rosa y al Oeste,
Concepción.

Extensión Superficial: 30.7 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 7

MUNICIPIO DE EL PARAÍSO.

Fecha de creación: La Gobernación
Política del Departamento, en representación del
Poder Ejecutivo, dio un acuerdo fechado el 29 de octubre de 1891
creando el Municipio de El Paraíso de Copán, el
cual estaría formado por las Aldeas de Tapesco, El Cisne,
Santa Cruz, El Chorro y la Novedad, pertenecientes al circulo de
Trinidad y tierras de Quezailica, en diciembre de ese mismo
año se reunieron los vecinos de las aldeas mencionadas, en
el lugar llamado El Paraíso, que era un caserío muy
poblado para elegir la primera Municipalidad y el 1. de enero de
1892 tomaron posesión de su cargos los miembros electos.
Esta situado en el ángulo que forma del Departamento de
Copán con la República de Guatemala.

Límites: Al Norte, República de
Guatemala, al Sur, Municipios de Santa Rita y San
Jerónimo, al Este, Municipios de San Antonio y
Florida y al Oeste, Municipio de Copán Ruinas.

Extensión Superficial: 249.5
Km2

Aldeas: 20

Caseríos: 47

MUNICIPIO DE FLORIDA.

Fecha de creación: Conocido en su
principio como "Aldea San José de los Yulpates" fue creado
en 1836, tomando en cuenta que en ese año se otorgó
titulo de los ejidos a los vecinos de esa Aldea, se dio
categoría de Municipio en 1884.

Límites: Al norte, Republica de Guatemala,
al Sur, Municipios de San Jerónimo y Trinidad, al Este,
Municipio La Jigua y al Oeste, Municipios de San Antonio y El
Paraíso.

Extensión Superficial: 141.1
Km2

Aldeas: 28

Caseríos: 8

MUNICIPIO DE LA JIGUA.

Fecha de creación: En el recuento de
población de 1791 ya figuraba como La Jigua, pueblo del
curato de Quezailica. Al crearse el Municipio de florida en 1836,
formaba parte de el hasta en 1965, que le dieron la
categoría de Municipio según Acuerdo
No.190.

Tegucigalpa, D.C., 13 de julio de 1965. El Presidente
Constitucional de la República. CONSIDERANDO: Que con
fecha 7 de mayo de 1964, el Seor Moisés López B,
mayor de edad, soltero, labrador y vecino del pueblo de Florida,
Departamento de Copán, con cédula de Identidad No.
21, Folio 164, Romo 1 y en su condición de Alcalde
Auxiliar de la Aldea La Jigua, en el Departamento de
Copán, con autorización de más de dos mil
vecinos residentes en dicha aldea, compareció a pedir, a
través de la Secretaria de Estado en los Despachos de
Gobernación y Justicia, que la expresada Aldea se eleve a
la categoría de Municipio. CONSIDERANDO: Que del informe
del Gobernador Político del Departamento de Santa Rosa de
Copán, aparece que la Aldea de Jigua, reúne los
requisitos que son indispensables para ser constituida en
Municipio, pues La Jigua que sería la cabe cera del nuevo
Municipio cuenta con mas de dos mil vecinos, o habitantes,
edificios públicos, terrenos ejidales y nacionales y
además con un campo de aviación y los recursos
naturales que exige la Ley. CONSIDERANDO: Que del informe
rendido por el expresado funcionario se deduce que la mencionada
Aldea tiene más de la población que requiere el
artículo 3. de la Ley de Municipalidades y del
Régimen Político, para su conversión en
Municipio que posee el terreno necesario, como los recursos
económicos indispensables para el sostenimiento del
Gobierno Municipal, que por otra parte, la creación del
nuevo Municipio no perjudica al de Florida, pues le queda un
numero suficiente de Aldeas y Caseríos, con los que puede
promover el desarrollo de
su población, agrícola, comercial e industrial y
CONSIDERANDO: Que el informe del Director General de Censos y
Estadísticas, es favorable la
petición, POR TANTO: De acuerdo con los informes del
Gobernador Político del Departamento de Copán, del
Alcalde Municipal de Florida, del Director General de Censos y
Estadísticas y el informe ocular del Ingeniero Alfredo
Martín h, delegado de la Secretaría de
Gobernación y Justicia para que recabara todos los
datos
pertinentes, los que han servido de base para este acuerdo y
contra la opinión del Señor Procurador General de
la República y de conformidad con los artículos 2.,
3. y 6 de la Ley de Municipalidades y del Régimen
Político. ACUERDA: 1. Resolver de conformidad la solicitud
de que se ha hecho mérito y en consecuencia, autoriza la
creación del Nuevo Municipio de La Jigua en el
Departamento de Copán, el cual estará formado por
las Aldeas de El Campanario, La Colmena, La Cuchilla, El
Aguacate, Chepe Lares, Magdalena, Torrecilla, Potrerillos,
Piedras, La Laguna y La Jigua, esta última cabecera
Municipal. 2. Los Límites del expresado Municipio
serán los siguientes: Partiendo del Mojón Cumbre de
la Estanzuela, la línea seguirá en una recta hasta
el paso de la Castaña, en el Río Chamelecon, aguas,
abajo, hasta donde le afluye el Río Chinamito, aguas
arriba del Chinamito, hasta donde le afluye la quebrada
denominada "Piedras Coloradas", aguas arriba de esta quebrada,
hasta su nacimiento al Sur de la Aldea Barrancas, desde
aquí la divisoria será una recta con rumbo este
franco hasta tocar la jurisdicción con el municipio de
Nueva Arcadía y 3. Disponer que la Gobernación
Política del Departamento de Copán, organice la
Corporación Municipal del nuevo Municipio la cual
tomará posesión el día primero de agosto
próximo. COMUNÍQUESE. O. López A.. El
Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y
Justicia. Urmeneta R.

Límites: Al Norte, y al Oeste, Municipio
de Florida, al Sur, Municipio de San Nicolás yal Este,
Municipio de Nueva Arcadia.

Extensión Superficial: 112.9
Km2

Aldeas: 10

Caseríos: 33

MUNICIPIO LA UNIÓN.

Fecha de creación: Este Municipio esta
situado en la parte sur del Departamento sobre la ribera
izquierda del Río Higuito, en el censo de población
de 1883 figuraba como Aldea de Cucuyagua, le dieron
categoría de Municipio en 1895, por acuerdo del Gobernador
Político de Santa Rosa Expedido el 14 de noviembre de
1894, apareciendo como tal en la División Política
de 1896 formando el Distrito de Cucuyagua.

Límites: Al Norte, Municipios Santa Rita y
San Agustín, al Sur, Municipios de Lucerna y Corquin, al
Este, Municipio de Cucuyagua y al Oeste, Municipios de La
Encarnación y Lucerna.

Extensión Superficial: 211.9
Km2

Aldeas: 8

Caseríos: 68

MUNICIPIO DE NUEVA ARCADIA.

Fecha de creación: Existía desde
1740 como hacienda Santa Efigemia, creció
rápidamente debido al flujo de los trabajadores que
llegaron a establecerse con sus familias para trabajar en ella,
en 1837 lograron que se formara el Municipio con el nombre de
Nueva Arcadia, pasando el caserío que formaba la hacienda
de Santa Efigemia como cabecera municipal. Según
Resolución No. 361, se traslada la cabecera municipal a La
Entrada. Tegucigalpa, Distrito Central, veintinueve de abril de
mil novecientos sesenta y uno. Vista con su antecedente la
solicitud presentada al Supremo Poder Ejecutivo por intermedio de
la Secretaría de Estado en los Despachos de
Gobernación, Justicia y Seguridad
Pública, por un fuerte numero de vecinos del Municipio de
Nueva Arcadia, Departamento de Copán, contraída a
pedir el traslado de la cabecera municipal del lugar de Nueva
Arcadia, Departamento de Copán, contraída a pedir
el traslado de la cabecera municipal del lugar de Nueva Arcadia,
a la Aldea de La Entrada, con fecha primero de octubre del
año de mil novecientos sesenta. RESULTA: Que se
dirigió comunicación al Seor Gobernador del
Departamento de Copán para que emitiera informe al
respecto, quien manifestó la conveniencia de acceder a lo
pedido por aquellos vecinos, CONSIDERANDO: Que se ha oído el
parecer favorable de la mayoría de los vecinos y
autoridades municipales y Departamentales. POR TANTO: El
presidente Constitucional de La República, en uso de las
facultades que le confiere la Ley y haciendo aplicación
del artículo segundo número 3 y 6 del Decreto Ley
No. 8 de veinticuatro de diciembre de mil novecientos cincuenta y
cuatro y del artículo número 2 de la Ley de
Municipalidades y del Régimen Político, RESUELVE:
Designar como nueva cabecera del Municipio de Nueva Arcadia, en
el Departamento de Copán la Aldea de La Entrada, lugar a
donde deberá ser trasladada la sede de las autoridades
civiles, a partir del día primero de julio del corriente
año, por ser el lugar del término municipal que
reúne mejores condiciones político,
económicas y geográficas para su administración, de conformidad con la
solicitud elevada al supremo Poder Ejecutivo para la
mayoría de los vecinos del Municipio de Nueva Arcadia.
Notifíquese.- Villeda Morales, Secretario de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Seguridad
Pública. Ramón
Valladares h .

Límites: Al Norte Municipio de Macuelizo y
Florida, al Sur, Municipio de San Nicolás, al Este,
Municipio de Protección y al Oeste, Municipio de La
Jigua.

Extensión Superficial: 149.5
Km2

Aldeas: 12

Caseríos: 44

MUNICIPIO DE SAN
AGUSTÍN
.

Fecha de creación: En la División
Política Territorial de 1896 figuraba como una Aldea de
Santa Rosa. Le dieron categoría de Municipio el 6 de mayo
de 1930, su inauguración se verificó el 1 de agosto
de 1930, el 12 de noviembre de 1940 formaba parte del Distrito de
Santa Rosa. En 1957 se devolvió la autonomía
Municipal.

Límites: Al norte, Municipio de
Concepción, al Sur, Municipio de La Unión y
Cucuyagua, al Este, Municipio de Santa Rosa y al Oeste, Municipio
de Santa Rita.

Extensión Superficial: 72.3 Km2

Aldeas: 4

Caseríos: 26

MUNICIPIO DE SAN ANTONIO.

Fecha de creación: Se cree que fue fundado
como San Antonio del Descanso en 1782.

En el Censo de Población de 1887 figuraba como
Municipio, San Antonio, formando parte del Distrito de Trinidad.
El 12 de abril de 1923, los vecinos de la Aldea Santa Elena de
San Antonio piden la segregación de dicha Aldea y la
anexión al Municipio de San Jerónimo.

Límites: Al Norte, y al Este, Municipio de
Florida, al Sur, Municipio de San Jerónimo y al Oeste,
Municipio de El Paraíso.

Extensión Superficial: 117.9
Km2

Aldeas: 11

Caseríos: 21

MUNICIPIO DE SAN
JERÓNIMO
.

Fecha de creación: En 1887 figuraba como
Aldea de San Antonio del Descanso. El acuerdo siguiente le da
categoría de Municipio.

Tegucigalpa, 28 de enero de 1919.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por los
Señores Macario García. Jesús Espinoza,
Valentín Q. Paredes y Roque López, Alcaldes
Auxiliares de las Aldeas de San Jerónimo, La Esperanza,
Agua Zarca y El Tránsito, respectivamente, de la
jurisdicción Municipal de San Antonio de Copán,
Departamento de Copán y J. Antonio Lemus, Rafael V.
Contreras, Jesús Hernández y Manuel M.
Martínez, por si y en nombre de los vecinos de dichas
Aldeas, contraídas a pedir la creación de un nuevo
Municipio compuesto por las Aldeas nominadas y que tendrá
por cabecera la de San Jerónimo. Fundan su solicitud en
que la cabecera del Municipio de San Antonio a que actualmente
pertenecen, queda a larga distancia, es de clima
mortífero y tiene muy mala agua, agregando que la Aldea de
San Jerónimo posee edificios para cabildo municipal,
escuela de
varones y escuela de niñas, lo mismo que un terreno ejidal
propio para la crianza de ganado y para la agricultura y
por último en que las Aldeas que representan tienen un
número de dos mil ciento ochenta y cinco habitantes,
contando con cuatrocientos ochenta vecinos
contribuyentes.

Visto asimismo, el informe favorable del Señor
Gobernador Político de aquel Departamento y CONSIDERANDO:
Que en virtud de las causas expresadas por los interesados, es
conveniente la creación del nuevo Municipio, para que
hayan autoridades más inmediatas y con mayores medios de
acción,
que se interesen por el mejoramiento material y moral de la
comisaría expresada, por tanto: El Presidente
Constitucional de La República, de conformidad con los
artículos 2., 3., y 7., de la Ley Municipal, ACUERDA: 1.
Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho
mérito, autorizando, en consecuencia, la creación
del nuevo municipio, que estará compuesto de las Aldeas de
San Jerónimo, La Esperanza, Agua Zarca y El
Tránsito, teniendo la primera de ellas como cabecera. 2.
Delegar en la Gobernación Política del Departamento
de Copán la facultad de fijar los límites
jurisdiccionales del nuevo Municipio y de hacer la
división correspondiente de San Antonio, de tierras, agua,
servidumbre, créditos, etc y todo lo relativo a la
alteración consiguiente de los términos
municipales, debiendo someterse la resolución que se dicte
en tal sentido a la ratificación del Poder Ejecutivo. 3.
Que el nuevo Municipio se inaugure el 20 de febrero del
año próximo entrante. Comuníquese. Bertrand.
El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y
Justicia, por Ley. Carlos Laínez E.

Anexión de la Aldea de Santa Elena al Municipio
de San Jerónimo. Tegucigalpa, 12 abril 1923, acuerda
Segregar la Aldea de Santa Elena, termino Municipal de San
Antonio de Copán, Departamento de Copán y anexarla
al Municipio de San Jerónimo. López G.. Decreto No.
20.- El Congreso Nacional Decreta Articulo 1. Créase en el
Departamento de Copán el Distrito de San Jerónimo,
compuesto por los Municipios de San Jerónimo, San Antonio,
Florida y El Paraíso, con cabecera en el Pueblo de San
Jerónimo, dado en el Salón de Sesiones a los
diecinueve días del mes de enero de mil novecientos
veintiséis.- V. Callejas.- Presidente G.A.
Castañeda.- Secretario J.M. Albir. Secretario.

Límites: Al Norte, Municipio de San
Antonio, Al Sur, Municipios de Concepción y Dolores, Al
Este, Municipio de Trinidad y al Oeste, Municipios de Santa Rita
y El Paraíso.

Extensión Superficial: 71.3 Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 8

MUNICIPIO DE SAN JOSÉ.

Fecha de creación: Fue creado el 7 de
marzo de 1890 por el acuerdo dado por el Señor Presidente
de la República, General Luís Bogran. Rango de
Villa, según Dec. No.35 de 19 de enero 1939.- DECRETO: No.
109.- El Congreso Nacional, Decreta Artículo Único,
conferir a la Villa de San José en el Departamento de
Copán, el título de Ciudad. Dando en Tegucigalpa,
D.C., el primer día del mes de marzo de mil novecientos
cincuenta y cuatro.- F. Salomón Fúnez, Presidente.-
Eliseo Pérez Cadalso, Secretario.

El 23 de julio de 1921 los vecinos de la Aldea de
Quesailica, piden se separe dicha Aldea del término
municipal de San José y se anexe al de Santa
Rosa.

Límites: Al Norte, Municipio de Trinidad,
al Sur, Municipio de Santa Rosa, al Este Municipios de Naranjito
y Lepaera y al Oeste, Municipios de Veracruz.

Extensión Superficial: 63.4 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 14.

MUNICIPIO DE SAN JUAN DE OPOA.

Fecha de creación: En el recuento de
población de 1791 figuraba como pueblo de Opoa del Curato
de Quezailica. El 14 de diciembre de 1904. Los vecinos de la
Aldea de San Juan de Opoa de la jurisdicción de Santa
Rosa, piden la creación de un nuevo Municipio.

ACCEDESE A UNA SOLICITUD.

Tegucigalpa, 14 de diciembre de 1904.

Vista la solicitud presentada por el Señor Isidro
Torres, Alcalde Auxiliar de la Aldea de San Juan de Opoa, en el
Departamento de Copán, contraída a pedir la
creación de un nuevo Municipio, que deberá formarse
de la Aldea mencionada, como cabecera municipal y de las de Santa
Elena, El Pinal, Las Mesas, El Arrayán y Las Pilas y de los
caseríos Ocote Seco, El Portillo y El
Limón.

CONSIDERANDO: Que el informe de la Municipalidad de
Santa Rosa, a la que actualmente pertenecen esas aldeas y
caseríos, es favorable a dicha creación y que el
Gobernador Político de copán también opina
en el mismo sentido. CONSIDERANDO; Que las Aldeas y
Caseríos relacionados, tienen más de 200 habitantes
que poseen más de 100 caballerías de terreno, dos
cabildos municipales y una escuela de varones, por tanto, el
Presidente de conformidad con los artículos 2., 3.,
reformado, 6., 7., y 8. de la Ley Municipal y de las de Santa
Elena, El Pinal, Las Mesas, El Arrayán y Las Pilas y de
los caseríos Ocote Seco, El Portillo y El
Limón.

CONSIDERANDO: Que el informe de la Municipalidad de
Santa Rosa, a la que actualmente pertenecen esas Aldeas y
Caseríos, es favorable a dicha creación y que el
Gobernador Político de Copán también opina
en el mismo sentido. CONSIDERANDO: Que las Aldeas y
Caseríos relacionados, tienen más de 200 habitantes
que poseen más de 100 caballerías de terreno, dos
cabildos municipales y una escuela de varones, por tanto, el
Presidente de conformidad con los artículos 2., 3,
reformar 6. 7. y 8, de la Ley Municipal.

ACUERDA: 1. Acceder a la solicitud de que se ha hecho
merito, autorizándose, en consecuencia, la creación
del nuevo municipio, el cual tendrá por cabecera la actual
Aldea de San Juan de Opoa, en cuyo término municipal
deberán comprenderse las de Santa Elena, El Pinal, Las
Mesas, El Arrayán y Las Pilas y los Caseríos Ocote
Seco, El Portillo y El Limón.- 2.- Delegar en el
Gobernador Político del Departamento, la facultad de fijar
los límites del nuevo pueblo y hacer la división
correspondiente de terreno, servidumbre, etc., debiendo someter
su acuerdo a la rectificación del Poder Ejecutivo y 3.
Disponer que en el último domingo del mes de enero del
año entrante y en los dos días subsiguientes, se
practiquen las elecciones de autoridades municipales para el
nuevo pueblo, a efecto de que tomen posesión de sus cargos
y se inaugure el Municipio el 1 de marco del año
próximo.- Comuníquese. Bonilla. El Secretario de
Estado en el Despacho de Gobernación.- F.
Dávila.

Era uno de los pueblos mas ricos pero debido a su clima,
insalubre poco a poco fue disminuyendo su población,
quedando casi abandonado. Debido a eso en 1906 se trasladó
la cabecera municipal al lugar denominado Las Mesas una legua
más al occidente.

El 12 de noviembre de 1940 se extingue por formar parte
del Distrito Departamental de Santa Rosa de copán. El 13
de febrero de 1946 los vecinos del extinguido de San Juan de Opoa
piden la segregación del Distrito Departamental de Santa
Rosa, Acuerdo No. 1616. 1. Segregar del distrito Departamental de
Santa Rosa de Copán, el extinguido municipio de San Juan
de Opoa, el que por el mismo hecho queda constituido en
Municipio, con la jurisdicción municipal que tenia a la
fecha de incorporación al Distrito Departamental de Santa
Rosa de Copán, perteneciéndole también las
tierras, aguas, servidumbres, derechos adquiridos y necesidades
vecinales que tenia en la mismo fecha y los créditos
activos y pasivos existentes en la actualidad. 2. El Gobernador
Político del Departamento de Copán, para cuyo
efecto, el Consejo respectivo enviarán a San Juan de Opoa
las copias del Censo Electoral de conformidad con la Ley y se
trasladará en cuerpo a aquel Municipio para formar la mesa
o mesas electorales necesarias, para la practica de elecciones.-
3. Facultar al Gobernador Político del Departamento de
copán para tomar la promesa constitucional a los miembros
de la Municipalidad de San Juan de Opoa que se elija para
Gobernar la Asociación.- 4. El consejo del Distrito
Departamental de Santa Rosa de Copán entregará a la
Municipalidad electa de San Juan de Opoa, los inmuebles, muebles,
enseres y además objetos que aún existan en su
poder y pertenecían a aquel municipio.-
Comuníquese. Carias Andino. El Secretario de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y
Beneficencia. Abraham Willians.

Origen de su nombre: Opoa, significa "Junta de
Caminos"

Límites: Al Norte, y al Sur y al Oeste,
Municipio de Santa Rosa y al Este, Municipio de
Lepaera.

Extensión Superficial: 76.3 Km2

Aldeas: 15

Caseríos: 24

MUNICIPIO DE SAN
NICOLÁS
.

Fecha de creación: Se cree que fue fundado
en 1835. En el Censo de 1887 figuraba como Municipio del circulo
de Trinidad.

Límites: Al Norte, Municipio de Nueva
Arcadia, al Sur, Municipio de Trinidad, al Este, Municipios de
Protección y Naranjito y al Oeste, Municipio de La
Jigua.

Extensión Superficial: 73.3 Km2

Aldeas: 6

Caseríos: 40

MUNICIPIO DE SAN PEDRO.

Fecha de creación: En 1836 era aldea de
Cucuyagua y se llamaba Llano Grande.

La categoría de Municipio se le dio el 19 de mayo
de 1887, por la Gobernación Política como delgada
del Poder Central con terreno desmembrado del Municipio de
Cucuyagua, el 1 de enero de 1888, se inauguro celebrando
sesión la primera municipalidad que debería regir
sus destinos.

El 19 de enero de 1926 se traslada a San Pedro
Copán, la cabecera del Distrito de Cucuyagua según
decreto No. 20.

Límites: Al Norte, Municipio de Cucuyagua,
al Sur, Municipio de Corquin y al Este, Municipios de Las Flores
y Gracias y al Oeste, Municipio de La Unión.

Extensión Superficial: 65.4 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 40

MUNICIPIO DE SANTA RITA.

Fecha de creación: Se Cree que fue fundada
en 1700 como Aldea Cashapa. En 1875 le dieron categoría de
Municipio. El 7 de marzo de 1947, le dieron el título de
Villa. Las Aldeas de Buena Vista, Pueblo Viejo, Casitas y
Descombros, el 20 de octubre de 1903 se anexan a Santa Rita,
antes pertenecían a Cabañas.

Límites: Al Norte, Municipios de El
Paraíso y Copán Ruinas, al Sur, Municipios de
Cabañas y La Unión, al Este, Municipios de
Concepción y San Agustín y al Oeste, Municipios de
Cabañas y Copán Ruinas.

Extensión Superficial: 288.2
Km2

Aldeas: 31.

Caseríos: 74

MUNICIPIO DE TRINIDAD.

Fecha de creación: Se ha encontrado que en
el año de 1836 le fue conferido el título de sus
ejidos datando la vida del Municipio desde 1622. El Decreto No.
20 del 19 de enero de 1926, agrega al Distrito de Trinidad, el
Municipio de Veracruz.

Límites: Al Norte, Municipio de San
Nicolás, al Sur, Municipio de San José, al Este,
Municipio de Naranjito y al Oeste, Municipios de San
Jerónimo y Dolores.

Extensión Superficial: 73.3 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 26.

MUNICIPIO DE VERACRUZ.

Fecha de creación: En la División
Política de 1896 figuraba como Aldea del Municipio de San
José. Antiguamente era la Aldea de Quetuma. El 3 de junio
de 1902, los vecinos de dicha Aldea piden la creación de
un nuevo Municipio, Erigese en Municipio la Aldea de Veracruz,
comprendida en la jurisdicción de San José,
Departamento de Copán.

Tegucigalpa 3 de junio de 1902.

En vista de la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por
Don Gertrudis Turcios, Alcalde Auxiliar suplente de la Aldea de
Veracruz, comprendida en el término Municipal de San
José, Distrito de Trinidad en el Departamento de
Copán, relativa a pedir la creación de un nuevo
Municipio, que se formará con dicha Aldea y los
circunvecinos, denominados La Esperanza, El Pachopal, Agua
Caliente y Sompopero pertenecientes en la actualidad al Municipio
de santa Rosa.

Vistos, asimismo, el informe de la Municipalidad de San
José, que es adverso a la solicitud, por creer que
será perjudicada en sus intereses con la formación
del nuevo pueblo, el de la Municipalidad de Santa Rosa, que opina
favorablemente y el Gobernador Político de Copán,
quien dice que, por el
conocimiento particular que tiene de las condiciones
favorables en que se encuentra la aldea de Veracruz para servir
de cabecera al término municipal que se solicita y por
reunirse todas las condiciones requeridas por la Ley para la
creación de un municipio, es de parecer que se resuelva de
conformidad la solicitud expresada. CONSIDERANDO: Que
según el último censo practicado, la Aldea de
Veracruz tiene actualmente más de 200 habitantes en el
casco de la población, los cuales, unidos, unidos a los
que hay en los caseríos mencionados, arrojan un total que
pasa de 800 habitantes, quedando a pesar de la
segregación, en el pueblo de San José, un
número de 1,600 vecinos y teniendo ese municipio los
recursos necesarios para sus sostenimiento. CONSIDERANDO: Que en
virtud de lo expuesto la solicitud esta debidamente fundada y a
esto se agrega que en la Aldea de Veracruz tienen constituidos
cabildos, cementerios, casas de escuelas y otras dependencias que
requiere el buen servicio publico, siendo además, sus
habitantes laboriosos y de índole pacifica. CONSIDERANDO:
Que en casos análogos se ha comprobado por la experiencia
que conviene la creación de municipios para que haya
más intereses en todos los ramos de la
administración y las autoridades se empeñen en
la moralidad
publica y en sostener las escuelas de ambos sexos.

Por tanto: El Presidente de conformidad con los
artículos 2. y 3. reformado, 6. y 8 de la Ley Municipal,
Acuerda: 1. Resolver de conformidad la mencionada solicitud,
autorizando, a consecuencia la creación de una nuevo
Municipio, que tendrá por cabecera la Aldea de Veracruz y
en cuyo término Municipal deberán comprenderse los
caseríos de La Esperanza, El Pachopal, Agua Caliente y
Sompopero.- 2. Delegar en la Gobernación Política
del Departamento de copán la facultad de fijar los
límites jurisdiccionales del nuevo Municipio y hacer la
correspondiente decisión de terrenos, servidumbres, etc.
Sometiendo su acuerdo a la ratificación del Poder
Ejecutivo y 3. Disponer que, en la fecha determinada por la Ley,
se practiquen las elecciones de autoridades locales para el
efecto de que tomen posesión y se inaugure el nuevo pueblo
el 1 de enero del año próximo.- Comuníquese.
Sierra. El Secretario de Estado en el Despacho de
Gobernación. César Bonilla.

Límites: Al Norte, Municipios de Trinidad
y San José, al Sur, Municipio de Santa Rosa, al Este,
Municipios de Santa Rosa y San José y al Oeste, Municipio
de Dolores.

Extensión Superficial: 31.7 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 16.

DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

Fecha de creación: 28 de mayo de
1869.

Antiguamente pertenecía al Departamento de
Comayagua, Decreto que ordena la creación de los
Departamentos de Copán, La Paz y El Paraíso. El
Capitán General y Presidente de la República a sus
habitantes, sabed: Que el Soberano Congreso de la
República ha decretado lo siguiente: El Soberano Congreso
de la República, teniendo en consideración, que el
extenso territorio que comprenden algunos de los Departamentos
existentes, hace difícil que se sienta en muchos pueblos
la pronta y benéfica acción de la autoridad
pública y que es de gran interés
remover este inconveniente, en uso de sus facultades y entre
tanto se expide una Ley general que divida definitivamente el
territorio de la República.

Decreta. Artículo 3. Forman el Departamento de La
Paz, los círculos gubernativos de la ciudad de este
nombre, Marcala, Laman, Aguanqueterique y Reitoca, que antes
correspondían al de Comayagua y sus límites con
este, Gracias, Tegucigalpa y Choluteca, se extienden hasta donde
alcanzan las jurisdicciones de los respectivos círculos
fronterizos. Es Capital la
ciudad del nombre de este nuevo Departamento. Dando en Comayagua,
en el Salón de sesiones del Congreso Nacional a 28 de mayo
de 1869. M. Cordón D.P. Carlos Madrid D.S. Jerónimo
Zelaya D.S. al S. P. E.,Por tanto Ejecútese. Comayagua
mayo 1869. José María Medina.

Acuerdo en que se anexan al Departamento de Comayagua,
los pueblos de Laman y San Sebastián, quedando el de
Yarumela en el Departamento de La Paz, así:

Secretaría General del Gobierno
Constitucional.

Comayagua, junio 18 de 1877.

En atención al buen servicio público y
en el propósito de fijar de una manera más exacta
los límites jurisdiccionales de los Departamentos de
Comayagua y La Paz el Presidente Constitucional de la
República acuerda: Que los pueblos de San Sebastián
y Laman con el radio que abrazan
sus respectivas jurisdicciones Municipales, formen parte del
Departamento de Comayagua, que el pueblo de Yarumela con su
comprensión Municipal corresponda al Departamento de La
Paz y que por ahora, quede por línea divisoria de los
referidos departamentos el Río de Cane o Chiquinguara,
desde donde comienza al Sur la jurisdicción municipal de
San Sebastián que se extiende hasta la confluencia del
río Tupanguara con el río Humuya.
Comuníquese y Registrese.

Rubricado por el Señor Presidente.
Rosa.

Acuerdo en que se anexa el circulo de Reitoca al
Departamento de Tegucigalpa.

Tegucigalpa, noviembre de 1878.

Consultando a la mayor expedición de la
acción administrativa de las autoridades superiores en el
circulo de Reitoca, El Presidente. Acuerda:

Anexar a dicho circulo, política administrativo y
judicialmente, al Departamento de Tegucigalpa, Comuníquese
y regístrese. Rubricado por el Señor Presidente
Rosa.

El 16 de abril de 1883 los pueblos de Jesús de
Otoro y Masaguara pasaron a formar parte de Intibuca.

Límites: Al Norte, Departamento de
Comayagua e Intibuca, al Sur, Departamento de Valle y parte de la
República de El Salvador, al Este, Departamento de
Comayagua y Francisco Morazán y al Oeste, Departamento de
Intibuca.

Cabecera Departamental: La Paz.

Extensión Superficial: 2,330.6
Km2

Municipios: 19

L A P A Z.

Aguanqueterique

Cabañas (antes Similaton, aldea de
Marcala)

Cane

Chinacla

Guajiquiro

Lauterique

Marcala (Antes Marcata)

Mercedes de Oriente

Opatoro

San Antonio del Norte( antes San Antonio de
Padua)

San José

San Juan

San Pedro Tutule ( Aldea Tutule de Santa
María)

Santa Ana (Antes Santa Ana de Cacauterique)

Santa Elena

Santa María

Santiago de Puringla (Antes Puringla)

Yarula

Distritos: Según División Política
Territorial 1889.

Distrito Municipios:

La Paz La Paz

Cane

Marcala Marcala

Santa María

Puringla

Yarula

Santa Elena

Marcala (Cont.) San José

Chinacla

Opatoro Opatoro

Guajiquiro

Santa Ana de Cacauterique

San Antonio del Norte San Antonio del Norte

Lauterique

Caridad

Aguanqueterique

Mercedes de oriente

San Juan

MUNICIPIO DE AGUANQUETERIQUE.

Fecha de creación: Se cree que su
fundación data de 1500, en 1684 ya figuraba en la nomina
de los pueblos de la Provincia de Comayagua. En 1791 obtuvo su
primer titulo con el nombre de San Pedro de Aguanqueterique. En
la División de 1825 formaba parte del partido de
Goascorán, que pertenecía a Comayagua. En la
División Política Territorial de 1889 era un
Municipio del Distrito de San Antonio del Norte.

Origen de su nombre: Significa Cerro de los
Aguacates.

Límites: Al Norte, Municipio de Laman, al
Sur, Municipios de San Antonio del Norte y Lauterique, al Este,
Municipios de Curarén y Lepaterique, al Oeste, Municipios
de Guajiquiro, San Juan y San Antonio del Norte.

Extensión Superficial: 181.2
Km2

Aldeas: 1

Caseríos: 63

MUNICIPIO DE CABAÑAS.

Fecha de creación: En el recuento de
población de 1791 figuraba como Similatón, pueblo
del Curato de Cururú.

Tegucigalpa 9 de marzo de 1897.

Con vista de la anterior solicitud presentada por el
Alcalde Auxiliar de la Aldea de Similaton, comprendida
actualmente en el Municipio de Marcala, en que por si y en
representación de la mayoría de los vecinos de la
misma Aldea pide se erija un pueblo, por tener más de
ochocientos habitantes, un territorio proporcionado a la
población y los recursos suficientes para sostener el
régimen municipal independiente.

Resulta que tramitada la solicitud en la forma
correspondiente, el Gobernador Político de La Paz informa
favorablemente a ella y la Municipalidad de Marcala no hace
ninguna oposición.

Resulta que además de los comprobantes aducidos
por los peticionarios, el Director General de Estadística informa, que en el
último censo practicado, según los cuadros
auténticos que obran en su oficina, La Aldea
de Similatón tenía en el casco de la
población cuatrocientos noventa y ocho habitantes, sin
comprenderse en ese numero el de los caseríos vecinos
y.

Considerando: Que por la proximidad a la frontera de El
Salvador de la Aldea expresada, por el ensanche que ha tenido en
estos últimos años, debido a la inmigración procedente de aquel Estado y
por la considerable distancia que media entre ella y la cabecera
municipal, se justifica la creación del nuevo
pueblo.

Por Tanto: El Presidente de conformidad con los
Artículos 2 y 3 de la Ley Municipal, Acuerda: 1. Acceder a
la solicitud referida en consecuencia, la Aldea de Cabañas
(antiguamente Similatón) con los caseríos anexos,
se erige en Municipio, con el nombre de Cabañas, que
tendrá los límites jurisdiccionales que se han
reconocido a dicha Aldea. 2. Delegase al Gobernador del
Departamento de La Paz la facultad de fijar los límites
del nuevo Municipio y resolver las cuestiones que sobre ellas
puedan suscitarse con los municipios colindantes de Marcala,
Yarula y Santa Ana, quedando sus actos sujetos a la
rectificación del Poder Ejecutivo. 3. Deberá
procederse a la elección de las autoridades del nuevo
pueblo para que a mas tardar queden instalados el 15 de
septiembre próximo. Comuníquese.- Bonilla. El
Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación.-
César Bonilla.

MUNICIPIO DE CANE.

Fecha de creación: Fundado en 1801. En el
recuento de población de 1801 formaba parte del Partido de
Comayagua.

En 1869 al crearse el Departamento de La Paz era un
Municipio del Circulo de La Paz.

Límites: Al Norte, y al Oeste, Municipio
de La Paz, al Sur, Municipios de Humuya y San Sebastián,
al Este, Municipio de La Villa de San Antonio.

Extensión Superficial: 44.8 Km2

Aldeas: 1

Caseríos: 10

MUNICIPIO DE CHINACLA.

Fecha de creación: En el recuento de
población de 1791 ya era cabecera de Curato, estaba un
kilómetro cerca de la Aldea de Marcata (Hoy Marcala) por
desacuerdos con la Aldea se trasladó al lugar de Yucasapa
y después a Choocapa donde se radicó hasta la
fecha. En 1869 era un Municipio del circulo de Marcala, llamaba
también Chinada, fue la madre de Marcala, San José
y Santa María.

Origen de su nombre: En la geografía de Velasco
esta escrito Xinacla, significa en Mexicano "Abundancia de
Almácigos".

Límites: Al Norte, Municipio de San
José y Santa María, al Sur y al Oeste, Municipio de
Marcala y al Este Municipio de Guajiquiro y Opatoro.

Extensión Superficial: 62.3 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 24.

MUNICIPIO DE GUAJIQUIRO.

Fecha de creación: Se asegura que su
fundación es anterior a la conquista y por consiguiente
sus habitantes pertenecen a la raza indígena en el
recuento de población de 1791 era un pueblo del curato de
Cururú, en la División Política Territorial
de 1889 era un Municipio del circulo de Opatoro.

Origen de su nombre: Significa "Río de los
Guajes"

Límites: Al Norte, Municipio de San Pedro
de Tutule, al Sur, Municipios de San Juan y Mercedes de Oriente,
al Este, Municipios de Aguanqueterique y Laman y al Oeste
Municipio de Opatoro.

Extensión Superficial: 274.6
Km2

Aldeas: 13

Caseríos: 111.

MUNICIPIO DE LAUTERIQUE.

Fecha de creación: En 1777, 10 familias
procedentes de Cacauterique (Hoy Santa Ana) fundaron este
Municipio llamándolo Zacualpita, después
Lauterique, nombre derivado de Cacauterique. En 1860 obtuvo el
título legal de sus tierras. En la División
Política Territorial de 1896 era un Municipio del Distrito
de San Antonio del Norte.

Límites: Al Norte, Municipio de
Aguanqueterique, al Sur, Municipio de Caridad, al Este, Municipio
de Curarén y al Oeste, Municipio de San Antonio del
Norte.

Extensión Superficial: 35.1 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 22

MUNICIPIO DE MARCALA.

Fecha de creación: Se cree que su
fundación haya sido en el siglo XVI, por haber encontrado
una piedra al demoler el viejo campanario que tenía 1635.
En 1869 al crearse del Departamento de La Paz era uno de los
círculos que formaban dicho Departamento.

Origen de su nombre: Significa en Mexicano "Lugar
de Cárceles".

Límites: Al Norte, Municipio de Intibuca,
al Sur, República de El Salvador, al Este, Municipios de
Cabañas, Santa Ana y Chinacla y al Oeste, Municipio de
Yarula.

Extensión Superficial: 225.0
Km2

Aldeas: 2

Caseríos: 55.

MUNICIPIO DE MERCEDES DE
ORIENTE
.

Fecha de creación: En la División
Política Territorial de 1889 era un Municipio del circulo
de San Antonio del Norte.

Límites: Al Norte, Municipio de
Guajiquiro, al Sur, Republica de El Salvador, al Este, Municipio
de San Antonio del Norte, y al Oeste, Municipio de
Opatoro.

Extensión Superficial: 38.0 Km2

Aldeas: 2

Caseríos: 23

MUNICIPIO DE OPATORO.

Fecha de creación: En el recuento de
población de 1791 figuraba como del Curato de
Cururú y en la División Política de 1889,
era un Distrito compuesto por los Municipios de Opatoro,
Guajiquiro y Santa Ana de Cacauterique.

Origen de su nombre: En Mexicano significa "Lugar
de Juegos".

Límites: Al Norte, Municipio de Chinacla,
al Sur, parte de la República de El Salvador, al Este,
Municipio de Mercedes de Oriente y Guajiquiro, al Oeste Santa
Ana.

Extensión Superficial: 240.6
Km2

Aldeas: 6

Caseríos: 64.

MUNICIPIO DE SAN ANTONIO DEL
NORTE
.

Fecha de creación: Solo se ha encontrado
el título del terreno de este Municipio que antes se
llamaba San Antonio de Padua y sin duda por el fuerte viento que
azota ese lugar le dieron el nombre de San Antonio del Norte. En
1739 el terreno fue vendido al convento de Nuestra Señora
de la Merced de la Provincia de Comayagua, en 1857 fue adquirido
por compra de la diócesis de Comayagua, después lo
vendieron a esa Municipalidad. En la División
Política Territorial de 1889 era cabecera de
Distrito.

Límites: Al Norte, Municipio de San Juan,
al Sur, Municipio de Caridad, al Este, Municipios de Lauterique y
Aguanqueterique y al Oeste, Municipios de Mercedes de Oriente y
República de El Salvador.

Extensión Superficial: 73.0 Km2

Aldeas: 4

Caseríos: 41.

MUNICIPIO DE SAN JOSÉ.

Fecha de creación: Al crear el
Departamento de La Paz San José era uno de los Municipios
que formaban el circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de Santa
María, al Sur, Municipio de Chinacla, al Este, Municipio
de Santa María y Tutule y al Oeste, Municipios de Intibuca
y Marcala.

Extensión Superficial: 64.3 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 40.

MUNICIPIO DE SAN JUAN.

Fecha de creación: En la División
Política Territorial de 1896 era uno de los Municipios que
formaban el Distrito de San Antonio del Norte.

Límites: Al Norte, Municipio de
Guajiquiro, al Sur, Municipio de San Antonio del Norte, al este,
Municipio de Aguanqueterique y al Oeste, Municipio de Mercedes de
Oriente.

Extensión Superficial: 47.7 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 24.

MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE
TUTULE.

Fecha de creación: A mediados del siglo
pasado esta localidad era montaña virgen perteneciente al
Municipio de Santa María y la empezaron a descombrar tres
familias, en esa época la llamaban El Zacatal, poco a poco
se fue poblando con vecinos de Santa María. El 9 de marzo
de 1926, vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo, por los
Señores León Orellana, Cándido Bu Castro y
otros vecinos de la Aldea de Tutule perteneciente al Municipio de
Santa María en el Departamento de La Paz, contraída
a pedir se autorice la creación del Municipio de San Pedro
de Tutule, por tener los recursos, numero de habitantes y
demás elementos necesarios para tal fin, visto asimismo el
informe favorable del Gobernador Político
Departamental.

Oído el parecer del Fiscal General
de Hacienda y considerando: que en virtud de las causas expuestas
por los peticionarios y confirmados por el Gobernador
Político del Departamento de La Paz, es conveniente la
creación del Municipio, por tanto: El Presidente de la
República, en uso de las facultades que le confieren los
artículos 2., 3., y 8., de la Ley Municipal, Acuerda: 1.
Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho
mérito, autorizando en consecuencia a la creación
del Nuevo Municipio, que se denominará San Pedro de
Tutule, cuya cabecera será la aldea de este nombre, con
las Aldeas siguientes. El Guayabo, San Francisco, Laguna Seca y
Lepaguare, teniendo los límites generales siguientes: Al
Norte, Terreno de Santiago de La Paz y de Santa María, al
Este, con terreno del doctor Don Mariano Vásquez y Don Max
Draguertt, al Sur, con terreno de San Sebastián,
Guajiquiro y del mismo Doctor Vásquez y al Oeste, con
terrenos de los Herederos del difunto Pascual Vásquez. 2.-
Delegar en el Gobernador Político la facultad de fijar
definitivamente la jurisdicción territorial del nuevo
Municipio. 3.- Disponer que la elección de las autoridades
locales se haga en el pueblo de Santa María, el
último dominio del
corriente mes, con citación de los electores residentes en
las cinco aldeas mencionadas, debiendo tomar posesión las
autoridades electas el día domingo 1 de mayo
próximo, con la presencia del Gobernador Político
Departamental y 4.- La elección se hará para un
alcalde, dos regidores y un sindico.- Comuníquese. Paz
Barahona.- El Secretario de Estado en el Despacho de
Gobernación, Justicia y Sanidad.- Juan Manuel
Gálvez.

Límites: Al Norte, Municipio de Santiago
de Puringla, al Sur, Municipio de Guajiquiro, al Este, Municipios
de La Paz y San Sebastián y al Oeste, Municipios de Santa
María y Chinacla.

Extensión Superficial: 44.8 Km2

Aldeas: 4

Caseríos: 30.

MUNICIPIO DE SANTA ANA.

Fecha de creación: Anteriormente se
llamó Cacauterique, en el primer recuento de
población en 1791 era un pueblo del curato de
cururú. En la División Política de 1889
aparece como Santa Ana de Cacauterique y era uno de los
Municipios que formaban el circulo de Opatoro.

Límites: Al Norte, Municipio de Marcala,
al Sur, República de El Salvador, al Este, Municipio de
Opatoro y al Oeste, Municipio de Cabañas.

Extensión Superficial: 197.7
Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 81

MUNICIPIO DE SANTA ELENA.

Fecha de creación: En el censo de
población de 1887 aparece como uno de los Municipios que
formaba el circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de San Marcos
de la Sierra, al Sur, República de El Salvador, al Este,
Municipio de Yarula y al Oeste, Municipios de San Marcos de la
Sierra y Colomoncagua.

Extensión Superficial: 163.6
Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 82.

MUNICIPIO DE SANTA MARIA.

Fecha de creación: En el censo de
población de 1887 era uno de los Municipios que formaban
el circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de Santiago
de Puringla, al Sur, Municipio de San José, al Este,
Municipio de San Pedro de Tutule, al Oeste, Municipio de
Masaguara.

Extensión Superficial: 97.4 Km2

Aldeas: 8

Caseríos: 40.

MUNICIPIO DE SANTIAGO DE
PURINGLA
.

Fecha de creación: Fue fundado en el
año 1691. Se le dio la categoría de Municipio en
1859. El 15 de septiembre 1921 la municipalidad queriendo
perpetuar la celebración del centenario de la independencia,
acordó ponerle el nombre de Santiago de Puringla, pues al
fundarse fue con el nombre de Puringla.

Origen de su nombre: Puringla significa en
Mexicano "Abundancia de Polines".

Límites: Al Norte, Municipios de Masaguara
y Comayagua, al Sur, Municipio de Tutule, al Este, Municipio de
La Paz y al Oeste, Municipios de Santa María y
Masaguara.

Extensión Superficial: 133.4
Km2

Aldeas: 9

Caseríos: 72.

MUNICIPIO DE YARULA.

Fecha de creación: En el recuento de
población de 1791 era un pueblo del curato de Chinacla. En
la División Política Territorial de 1896 figuraba
como Municipio del circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de La
Esperanza, al Sur, Republica de El Salvador, al Este, Municipio
de Marcala y al Oeste, Municipios de Santa Elena y San Marcos de
la Sierra.

Extensión Superficial: 93.5 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 31.

DEPARTAMENTO DE EL
PARAÍSO
.

Fecha de creación: 28 de mayo 1869. En la
primera División Política Territorial de 1825, El
Paraíso formaba parte del Departamento de Tegucigalpa,
(circulo Texiguat y Yuscarán) y de Olancho, (circulo de
Danlí) hasta 1869, El Soberano Congreso de la
República, Decreta: Artículo 1. Se crean los nuevos
Departamentos: El Paraíso, Artículo 4. Componen el
Departamento de El Paraíso toda la demarcación
jurisdiccional de los círculos Gubernativos de
Danlí, Yuscarán y Texiguat, inclusive el pueblo de
Guinope, que se anexa al segundo de los círculos
enumerados. Es capital de este Departamento, LA Ciudad de San
José de Yuscarán. Artículo 5. Los juzgados
de 1ra. Instancia de los Departamentos erigidos por este Decreto,
quedan bajo la jurisdicción seccional que establece el
articulo 1., 2. De la Ley reglamentaria de la administración de justicia y suprimido el
de Danlí, debiendo trasladarse el archivo de
juzgado de 1ra. Instancia de la cabecera del nuevo departamento.
Artículo 6. El Se hará el debido nombramiento de
los funcionarios y dictará las providencias necesarias a
la
organización de los departamentos creados por esta Ley
y cuando lo juzgue conveniente, fijará de un modo especial
los límites jurisdiccionales. Artículo 7. La
presente división en nada altera el orden de las
elecciones mandadas a practicar para la Constituyente.
Artículo 8. El Gobierno hará la provisión de
empleados en los nuevos departamentos y ordenará el
arreglo del servicio departamental, consultando en todo el estado de
la Hacienda. Dado en Comayagua en el Salón de sesiones del
Congreso Nacional, a 28 de mayo de 1869. M. Cordón D.P.
Carlos Madrid D.S. Jerónimo Zelaya D.S. por tanto
Ejecútese.- Comayagua mayo 29 de 1869. José
María Medina El Ministerio del Interior. Pedro Francisco
de la Rocha.

En 1878 se emite el siguiente:

"ACUERDO EN QUE SE ANEXA EL CIRCULO DE TEXIGUAT AL
DEPARTAMENTO DE TEGUCIGALPA".

Secretaria General del Gobierno
Constitucional.

Tegucigalpa, diciembre 28 de 1878.

Siendo conveniente para el mejor servicio público
anexar el circulo de Texiguat, del Departamento de El
Paraíso, al Departamento de Tegucigalpa, el Presidente
Acuerda: Anexar dicho circulo a este Departamento en lo Civil y
Militar.- Comuníquese y regístrese. Rubricado por
el Señor Presidente. Rosa.

El 28 de octubre de 1886 se agrega nuevamente el circulo
de texiguat al Departamento de El Paraíso.

Cabecera Departamental: Yuscarán.

Límites: Al Norte, Departamento de
Olancho, al Sur, Departamento de Choluteca, al Este,
República de Nicaragua y al Oeste, Departamento de
Francisco Morazán.

MUNICIPIOS: 18

Yuscaran (Antes San José de
Yuscarán)

Alauca

Danlí (Antes San Buenaventura)

El Paraíso

Guinope (Perteneció a San Antonio de
Oriente)

Jacaleapa ( Antes, Xacaliapa)

Liure

Morocelí

Oropolí

Potrerillo (Mineral de Potrerillos, siendo Aldea de
Jacaleapa)

San Antonio de Flores

San Lucas

San Matías (Aldea de Danlí)

Soledad

Teupasenti (Perteneció a Olancho)

Texiguat

Vado Ancho

Yauyupe

Distritos: Según División
Política Territorial 1889.

Distritos: Municipios:

Yuscaran Yuscaran

Guinope

Morocelí

Oropolí

Danlí Danlí

Jacaleapa

El Paraíso

Teupasenti

Alauca

Texiguat Texiguat

Soledad

Liure

Yauyupe

Vado Ancho

San Antonio de Flores

San Lucas.

ACUERDO No. 662.

Tegucigalpa 12 de noviembre de 1940.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
179 reformado de constitución Política, el Poder
Ejecutivo tiene facultades para la creación de Distritos
Departamentales, Seccionales y Locales, que se regirán por
consejos, como parte integrante de la administración
Departamental. POR TANTO: El Presidente de la República.
ACUERDA: 1. Crear en el Departamento de El Paraíso, el
Distrito Seccional de Danlí, compuesto del actual
Municipio de Danlí. 2.- El Distrito expresado asume los
derechos y obligaciones
del Municipio que se extingue por el presente acuerdo.-
Comuníquese. Carías A. El Secretario de Estado en
los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y
Beneficencia. Abrahán Willians.

Extensión Superficial: 7,218.1
Km2

Aldeas: 187

Caseríos: 1,807.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9
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