- El Aborto.
Definición - Clasificación
del Aborto - Regulación
Jurídica del Aborto Ilícito en
Cuba - Conducta
Médico Legal - Conclusiones
- Bibliografía
Necesidad de despenalización en
la Ley penal
cubana
En el presente trabajo
partimos de un estudio doctrinal, médico legal, del
delito de
Aborto
Ilícito, así como de los procesos
penales seguidos por este posible delito en la provincia de Ciego
de Ávila, Cuba, pudiendo
arribar a la conclusión que desde el año 1987 no
existen procesamientos por tal conducta
delictiva, verificando que de forma similar se comporta en el
resto del país, proponiendo la despenalización del
mismo, y con un tratamiento administrativo pudiera resultar
suficiente para impedir su ocurrencia.
INTRODUCCIÓN
Muchas sociedades
primitivas consideraban el aborto desde
varias perspectivas. Las condiciones aceptables para inducir al
aborto oscilaban desde el miedo al alumbramiento, hasta el
embarazo como
consecuencia del rapto o la maternidad impura. Evidentemente el
aborto fue sancionado en aras de mantener el equilibrio de
la sociedad. De
modo gradual las razones sociales abrieron camino a las
indicaciones médicas, que hicieron aceptable el aborto
cuando el feto produjese
una enfermedad en la madre o agravase ésta; la tecnología
médica introdujo nuevos problemas, y
las indicaciones médicas para el aborto se fueron
limitando a algunos casos graves de enfermedades, y al mismo
tiempo, el
aborto provocado se hizo un procedimiento
más seguro.
El aborto ha sido practicado desde que empezó a
organizarse la sociedad. Una revisión histórica
revela que las leyes sobre el
aborto han sido promulgadas con el propósito esencial de
preservar la estructura de
la sociedad. El feto fue considerado como algo que no
tenía derecho, y que podía amenazar algunos
valores
sociales definidos.
Los antiguos griegos creían que el feto no
tenía alma. Platón
menciona el incesto y la excesiva edad de los padres como
indicadores
del aborto. Se establecía que si el incesto había
sido consumado, debían prescribirse "órdenes
estrictas" para prevenir que el embrión saliera a la
luz. Aristóteles sugirió incluso que el
aborto debía practicarse cuando se tenía ya una
cantidad razonable de hijos.
El aborto provocado es un tema que cala en todos los
aspectos de las relaciones
humanas y llega al fondo de la estructura de la sociedad.
Como materia de
discusión es difícil comentar sobre él; sin
sentar las bases propias y personales, llega a ser un tema
político social, religioso, moral, legal,
médico, etcétera.
Con el presente artículo nos proponemos abordar
el tema del aborto desde el punto de vista legal y médico,
precisamente este tema está vinculado a la medicina
legal, y en un tema como el escogido ambos aspectos, el
médico y el legal, no pueden desligarse. No pretendemos
agotar dicha temática, solo incursionar en algunos
elementos de interés
que aún resultan controvertidos, y que pueden servir de
motivación
para investigaciones
más profundas. Se reflexiona con frecuencia sobre la
siguiente interrogante. ¿ Será el aborto
ilícito un problema jurídico para la sociedad
cubana? A esta y otras interrogantes daremos respuesta en el
desarrollo del
presente artículo, de modo que permita la reflexión
oportuna sobre la necesidad de despenalizar tal figura delictiva,
a partir de la legalización que el aborto tiene en nuestra
sociedad socialista.
DESARROLLO
El Aborto. Definición.
En términos médicos el aborto se define
como "la interrupción del embarazo antes de la viabilidad
del feto" o en otras palabras mas exactas, " la muerte del
producto de la
concepción antes de las 22 semanas de vida dentro del feto
materno". Efectivamente un feto es difícilmente viable,
fuera del feto antes de los 180 días de
gestación.
Otros lo sintetizan a la interrupción del
embarazo antes de que el feto pueda desarrollar vida
independiente. Se habla de parto
prematuro si la salida del feto desde el útero tiene lugar
cuando este ya es viable.
Generalidades.
En la antigüedad la realización
de abortos era un método
generalizado para el control de
natalidad. Después fue restringido o prohibido por la
mayoría de las religiones, pero no se
consideró una acción
ilegal hasta el siglo XIX. El aborto se prohibió para
proteger a las mujeres de intervenciones quirúrgicas que,
en aquella época, no estaban exentas de riesgo; la
única situación en la que estaba permitida su
práctica era cuando peligraba la vida de la madre. En
ocasiones también se permitía el aborto cuando
había riesgos para
la salud
materna.
Durante el siglo XX la
legislación ha liberalizado la interrupción de
embarazos no deseados en diversas situaciones médicas,
sociales o particulares. Los abortos por voluntad expresa de la
madre fueron legalizados primero en la Rusia
posrevolucionaria de 1920; posteriormente se permitieron en
Japón y
en algunos países de la Europa del Este
después de la II Guerra Mundial. A
finales de la década de 1960 la despenalización del
aborto se extendió a muchos países. Las razones de
estos cambios legales fueron de tres tipos: 1) el infanticidio y
la mortalidad materna asociada a la práctica de abortos
ilegales; 2) la sobrepoblación mundial; 3) el auge del
movimiento
feminista. Hacia 1980, el 20% de la población mundial habitaba en países
donde la legislación sólo permitía el aborto
en situaciones de riesgo para la vida de la madre. Otro 40% de la
población mundial residía en países en los
que el aborto estaba permitido en ciertos supuestos —riesgo
para la salud materna, situaciones de violación o incesto,
presencia de alteraciones congénitas o genéticas en
el feto— o en situaciones sociales especiales (madres
solteras o con bajos ingresos). Otro
40% de la población mundial residía en
países donde el aborto estaba liberalizado con las
únicas condicionantes de los plazos legales para su
realización. El movimiento de despenalización para
ciertos supuestos, ha seguido creciendo desde entonces en todo el
mundo y ha sido defendido en las conferencias mundiales sobre
la mujer,
especialmente en la de Pekín de 1995, aunque
todavía hay países que sobre todo por razones
religiosas se ven presionados a mantener legislaciones
restrictivas y condenatorias con respecto al aborto.
La moral cristiana frente al aborto.
Podemos encontrar de forma muy clara la opinión
cristiana en el "Catecismo de la Iglesia
Católica" en los puntos 2270 a 2275 inclusive.
En dicho texto se
resaltan los siguientes puntos:
* "La vida humana debe ser respetada y protegida de
manera absoluta desde su concepción. Desde el primer
momento de su existencia, el ser humano deben ser reconocidos sus
derechos de
persona, entre
los cuales está el derecho inviolable de todo ser humano a
la vida."
*"Desde el siglo primero la Iglesia ha afirmado la
malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece
invariable. El aborto directo, es decir querido como un fin o
como un medio, es gravemente contrario a la ley
moral."
* "La cooperación formal a un aborto constituye
una falta grave. La Iglesia sanciona con una pena canónica
de excomunión este delito contra la vida humana. …Con
esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la
misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen
cometido, el daño
irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus
padres y a todo la sociedad."
* "Puesto que debe ser tratado como una persona desde la
concepción, el embrión deberá ser defendido
en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la
medida de lo posible, como todo otro ser humano."
* Se deben considerar lícitas las intervenciones
sobre el embrión humano siempre que respeten la vida y la
integridad del embrión, que no lo expongan a riesgos
desproporcionados que tengan como fin su curación, las
mejoras en sus condiciones de salud o su supervivencia
individual."
La moral cristiana moderna considera al aborto ante todo
desde la fe y le repugna, porque ese modo de morir es indigno del
hombre como lo
son también el suicidio y la
eutanasia. En
la vida y en la muerte – enseña la fe a la inteligencia –
el hombre
está en diálogo
con Dios; y en el fondo, solamente con El. De El las recibe y de
nadie más, ni de si mismo ni de los otros. Por eso el
hombre no puede disponer de su vida ni de su muerte; desde el
principio hasta el final está en manos de Dios, su
padre.
El Magisterio de la Iglesia, recordó de un modo
constante a sus fieles el deber de respetar la vida humana "desde
el momento mismo de la concepción hasta el de la muerte
determinado por Dios", a fin de prevenirlos de cualquier error o
contagio de error que pudiese alejarlos de esta doctrina
original. Esto no se debió al propósito de mantener
inflexible una tradición religiosa, a pesar de las
objeciones presentadas por el progreso de las ciencias, sino
a la convicción firme y plena, de que las ciencias, no
obstante todo su desarrollo jamás llegarán a
refutar los postulados de la Revelación sino, por el
contrario deberán confirmarlos.
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