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La economía del Derecho: un análisis económico de los delitos de narcotráfico, contra la propiedad privada y contra las personas



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

    1. Introducción.
      Delimitación del problema
    2. Análisis
      económico del Derecho: una aplicación al
      ámbito penal
    3. Marco
      empírico

    4. El análisis económico del Derecho aplicado a la
      jurisprudencia penal ecuatoriana
    5. Delitos
      contra la propiedad privada

    6. Delitos contra las personas
    7. Resultados,
      conclusiones y recomendaciones
    8. Bibliografía
      citada

    Resulta no solamente novedoso el hablar de la posible
    racionalidad económica del delincuente, sino
    también podría sonar hasta extravagante el creer
    que un fenómeno social como es la delincuencia
    podría tener una explicación diferente a la dada
    por otras disciplinas como la criminología, la criminalística o la sociología, sin embargo la presente
    investigación analiza de una manera
    sistemática cómo la Economía,
    específicamente la Economía neoclásica,
    desde sus albores sí se ha preocupado por resolver estos
    fenómenos, mediante la implementación de medidas
    que analice la conducta del
    delincuente y en virtud de aquello establecer la forma más
    eficiente de tomar medidas de seguridad
    públicas.

    El trabajo que a
    continuación se expone versa sobre la manera con la cual
    la Economía hace una reflexión del Derecho,
    específicamente el método con
    el cual se analizaría a la ley penal y las
    instituciones
    penales, bajo la óptica
    económica, para ello la técnica utilizada es el
    denominado Análisis Económico del Derecho,
    entendiéndose a este como una metodología donde la Economía, que
    parte de la escasez y busca
    maximizar la riqueza social, tiene por objeto el Derecho,
    implementando el supuesto de la eficiencia.
    Aquello, es fuente y fundamento para establecer la posibilidad de
    analizar la teoría
    económica del crimen aplicado a la realidad criminal del
    Ecuador, en
    crímenes como el narcotráfico, delitos contra
    las personas y crímenes contra la propiedad
    privada.

    De lo expuesto en el presente trabajo, tanto en el
    marco
    teórico, como empírico, se deduce que existe
    racionalidad económica de los delincuentes, pues ellos
    maximizan beneficios mediante la búsqueda del
    ilícito "más rentable", aquel cuyo costo de
    oportunidad sea menor en comparación de un empleo
    lícito, pues la incertidumbre de una aprehensión y
    castigo, bebe ser compensada con mayores ganancias. Además
    busca maximizar sus ganancias asegurando el cometimiento del
    crimen, estableciendo la hora, lugar y época más
    apropiada para asegurar las "ganancias".

    CAPÍTULO I

    INTRODUCCIÓN

    1. EL ANÁLISIS ECONÓMICO DEL
    DERECHO

    Lo importante en Economía son las relaciones
    sociales, aquellas que se manifiestan en la búsqueda por
    satisfacer necesidades materiales, el
    Derecho, por otro lado, ha tenido dentro de sus fines garantizar
    aquello que busca la Economía, por ello se podría
    decir que el objeto de estudio de estas dos disciplinas es el
    comportamiento
    humano. Dicha concordancia, se acoge en el concepto de
    Ciencia
    Económica anotado por Robbins en 1932: "La ciencia que
    estudia la conducta humana
    como una relación entre fines y medios escasos
    susceptibles de usos alternativos".

    Desde los albores de la Economía como un conocimiento
    sistemático y con un objeto definido (el mercado), se ha
    tenido la intuición de que hay un vínculo entre
    ésta y el Derecho, ya los economistas clásicos
    buscaban descubrir leyes que
    propiciaran la eficiencia en la sociedad.
    Adán Smith en su obra "Investigación sobre la
    naturaleza y
    causas de la riqueza de las naciones", vio el papel crucial de
    los monopolistas y de los efectos de la intervención del
    gobierno en los
    sistemas de
    precios y de
    políticas proteccionistas. Pone como
    ejemplo a un grupo de
    comerciantes que establecen un nuevo mercado, y se concede un
    monopolio
    temporal, él observa que aquello se puede justificar, bajo
    los mismos principios sobre
    los cuales se concede a su inventor la patente por la
    creación de una máquina, o de un libro nuevo a
    su autor. La ley se constituye aquí en un incentivo para
    los protagonistas de la naciente revolución
    industrial. Es decir el análisis iniciándose
    desde lo económico se ha materializado en lo posterior en
    una ley.

    Los ejemplos anteriores, en los cuales las dos ciencias se
    relacionan, aún se mantienen en ámbitos como los
    tributarios, laborales, ley de competencia,
    sanción de decretos de gasto
    público, etc., y son expresiones prácticas que
    forman parte del estudio del Derecho Económico, el cual
    analiza, a decir de Posner, los mercados
    explícitos, es decir, la manera con la cual la
    normatividad regula de una manera directa a los mercados,
    mediante la implementación de impuestos o
    subsidios, con el control de la
    competencia
    desleal, control de precios, tasas de
    interés, regulación del mercado cambiario, de
    capitales, etc.

    Por otro lado, existe otro método de estudio de
    la relación existente entre el Derecho y la
    Economía denominado Análisis Económico del
    Derecho (en adelante AED), el cual toma como referencia diversas
    áreas del Derecho y las analiza con instrumentos y
    criterios de la Economía, para concluir si dicho aspecto
    jurídico cumple condiciones de eficiencia en la sociedad.
    Dentro de sus ámbitos de estudio está la
    Legislación de Menores, Legislación Civil, como en
    el caso de sucesiones,
    contratos,
    formas de adquirir el dominio,
    divorcios, Legislación Penal entre otros.

    Para el ya citado Posner, y para los fines de esta
    investigación, AED es "el conjunto de estudios
    económicos que se fincan en un conocimiento detallado de
    alguna área del derecho".

    El presente trabajo hace referencia a la segunda manera
    de abordar la relación entre la ley y la Economía:
    el AED, en el cual se tomará como objeto de estudio el
    área penal, buscando establecer si existe una motivación
    económica para quebrantar la ley por parte de los
    delincuentes, además si las decisiones jurídicas
    expedidas en los tribunales superiores penales son eficientes. La
    base de este estudio son casos en los que existan decisiones
    judiciales a nivel de Corte Suprema (casación) y con
    características de cosa juzgada, concentrándose en
    delitos que van en contra de las personas, propiedad privada, fe
    pública y narcotráfico, no obstante en cada uno de
    los tipos de delitos se anotarán dos casos, para
    confrontarlos y establecer conclusiones en función de
    las teorías
    del AED.

    Al igual que el Derecho Económico, el AED es un
    estudio que viene desde antiguo, ya Jeremy Bentham en su obra "An
    Introduction to the Principles of Morals and Legislation"
    recomendaba que la normativa penal debía ser redactada de
    tal manera que no únicamente reivindicara al delincuente,
    sino que se hiciere un manejo óptimo de los recursos por
    parte del Estado para
    conseguir dicho propósito. A partir de esta idea él
    inventa el concepto de panopticum, un presidio que tiene por
    características una arquitectura por
    la cual se observaba desde un sitio estratégico los
    movimientos de todos los reclusos, a la vez que no eran
    necesarios muchos guardias para esta labor.

    En cambio, en la
    actualidad, el AED se manifiesta en un sin número de
    espacios jurídicos, esto gracias a que la Economía,
    específicamente la microeconomía, explica el comportamiento
    del individuo
    racional en la teoría del consumidor. En
    relación al AED aplicado al ámbito penal, dicho
    comportamiento criminal se vería manifestado en los
    mercados implícitos, es decir en donde confluye la
    demanda y la
    oferta
    "implícitas": Si el precio
    "implícito" sube, es decir la sanción, la demanda
    de crímenes, por parte de los delincuentes,
    disminuiría y como el Estado es a
    quien corresponde establecer esta normatividad y la seguridad
    pública, al no ser eficiente en esta labor se
    convertiría en un oferente de transgresiones.

    Los avances del AED en todas sus áreas ha sido
    permanente. El trabajo de
    Ronald Coase tuvo su reconocimiento en el año de 1991 al
    otorgarle el premio Nóbel de Economía, gracias a su
    descubrimiento de los costos de
    transacción y la importancia de las leyes, entre las
    cuales se incluyen las penales, en la eficiencia
    económica.

    También Gary Becker, premio Nóbel de
    Economía de 1962, es un referente contemporáneo del
    AED, él manifiesta: "Así mismo, al igual que existe
    un mercado de bienes
    materiales, existe un mercado de matrimonios, un mercado de
    votos, un mercado de delitos; y de la misma forma que se predicen
    los resultados económicos sobre la base de ley de la
    oferta y la demanda, pueden predecirse los resultados de una
    determinada política criminal, de
    una política demográfica, etc."

    En legislaciones más avanzadas este estudio a
    tomado énfasis, tanto así que se señalan
    como tradicionales los modelos que
    tratan acerca: sobre la racionalidad económica en el
    cometimiento de delitos, la prolongación en el tiempo del
    cometimiento de crímenes, usando variables
    macroeconómicas, estudios sobre corrupción, el modelo de la
    probabilidad
    de que un delincuente sea detenido, la responsabilidad criminal corporativa, la
    posibilidad de crear una normatividad en la cual las prisiones
    sean privadas, normativa eficiente en la lucha del crimen
    organizado, etc.

    En nuestro país no existen indagaciones sobre las
    aplicaciones del AED en el ámbito penal (ni a
    ningún otro espacio legal), pese a que este método
    de análisis podría contribuir a dar soluciones al
    problema de la criminalidad. No se puede subestimar que el
    control de la delincuencia siempre será motivo de
    preocupación a todo nivel, académico o estatal. Por
    poner un ejemplo, en Guayaquil en el primer semestre del 2006 se
    denunciaron ante la fiscalía 7.273 delitos contra las personas,
    lo cual denota un alto índice de inseguridad,
    causando falta de confianza en las instituciones, según
    una encuesta
    realizada a nivel nacional por el INEC en el año 2005, el
    72,6% de los encuestados respondieron tener poco y nada de
    confianza en la Policía Nacional y el 58,3%
    respondió que se ve poco comprometida a la policía
    como parte de la comunidad.

    Por otro lado, es importante la teoría
    económica del crimen porque puede dar mayores soluciones a
    la parte más sensible del Derecho
    Público, el penal. Aquí se decide la vida o
    reivindicación del reo si por el lado del denunciado se
    trata, y se decide también la indemnización del
    ofendido si por el lado del actor se mira. Por ende, necesita de
    un análisis más claro y preciso al momento de dar
    un veredicto el juez.

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