- Administración
tributaria - Facultades, funciones, deberes
de la Administración tributaria - Conceptos
básicos - Exacciones
parafiscales - Principios del
sistema tributario - Principios no
constitucionales - Derecho
tributario - Características
del Derecho aduanero - Facilidades del
Derecho aduanero - Importancia de la
legislación aduanera en el ámbito del comercio
internacional - Obligación
de la administración tributaria - Procedimientos
aduaneros y tributarios - Providencia
administrativa - Funciones de
la gerencia jurídica tributaria - El sistema
tributario en Venezuela - Características
del sistema tributario en Venezuela - Conclusión
INTRODUCCIÓN
El Código
Orgánico Tributario dicta una serie de normas que buscan
llevar a cabo ciertas operaciones
aduaneras con bases legales, cada una de estas leyes se han
creado para el fin cumplimiento de las formalidades exigidas para
el desempeño de las Aduanas y sus
actividades.
Tanto el Poder
Nacional, Estadal y Municipal, ejecutan una competencia
territorial exclusiva en materia
aduanera, cada entidad posee la administración de su propia Hacienda
Pública, regida por los principios de la
Constitución Bolivariana de Venezuela.
Podemos decir entonces que el Poder Tributario es una
entidad jurídica del Estado que en
cualquiera de sus niveles territoriales (nacional, estadal o
municipal) puede ejercer y exigir contribuciones con respecto a
los bienes y
personas que se encuentren bajo su dominio,
así como la reglamentación, legislación,
cobro, recaudación, fiscalización y
verificación de las obligaciones
tributarias. Por ello la importancia de la
Administración Aduanera, que es aquella que nos
permite saber, indagar y conocer todo lo relacionada a esta
materia y de allí su importancia para cada uno de los
contribuyentes y para el Estado ya
que son ellos los que deben mantener la paz social y
armonía social colectiva.
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Es un Órgano competente del Ejecutivo Nacional
para ejercer, entre otras, las funciones
de:
1) Recaudar los tributos,
intereses, sanciones y otros accesorios;
2) Ejecutar los procedimientos de
verificación y de fiscalización y
determinación para constatar el cumplimiento de las leyes
y demás disposiciones de carácter tributario por parte de los
sujetos pasivos del tributo;
3) Liquidar los tributos, intereses, sanciones y otros
accesorios, cuando fuere procedente;
- Asegurar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias solicitando de los órganos judiciales, las
medidas
cautelares, coactivas o de acción ejecutiva; y, 5) Inscribir en los
registros,
de oficio o a solicitud de parte, a los sujetos que determinen
las normas tributarias y actualizar dichos registros de oficio
o a requerimiento del interesado. En Venezuela, la Administración Tributaria recae sobre el
Servicio
Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria, SENIAT.
FACULTADES, FUNCIONES, DEBERES DE LA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
La Administración Tributaria como ente del
Estado, tiene la facultad para recaudar los tributos, fondos,
intereses, sanciones y a accesorios según lo establezca la
Ley, es decir,
ejecutar todo lo referente a la fiscalización y el
cumplimiento de las Leyes tributarias para adoptar normas
administrativas conformes a lo establecido en el Código
Orgánico Tributario, así como establecer sistemas de
información, análisis estadístico,
económico y tributario, suscribir convenios
interinstitucionales con organismos nacionales e internacionales
para el intercambio de información, dictar normas, leyes y
procedimientos para la aplicación e interpretación de las mismas, las cuales
deben publicarse en Gaceta Oficial.
Reajustar la Unidad Tributaria previa opinión de
la Comisión Permanente de Finanzas de la
Asamblea Nacional, además de inspeccionar la
actuación de los funcionarios para establecer las
identidades de las personas que estén incurriendo en
ilícitos aduaneros para ser sancionados según lo
establezca esta Ley.
CONCEPTOS BÁSICOS:
- TRIBUTO
Es todo pago o erogación que deben cumplir los
sujetos pasivos de la relación tributaria, en virtud de
una ley formalmente sancionada como consecuencia de la
realización del hecho imponible, obligatorio y unilateral,
creado por el estado en uso de su potestad y soberanía, con el fin primordial de obtener
los ingresos
necesarios para el sostenimiento de los gastos
públicos. Se clasifican en impuestos, tasas,
precios
públicos, contribuciones especiales y exacciones
parafiscales.
TIPOS DE TRIBUTOS
- TASAS
Consiste en la utilización privativa o el
aprovechamiento especial del dominio público, la
prestación de servicios o la
realización de actividades en régimen de derecho
público.
- IMPUESTOS
Tributos exigidos cuyo hecho imponible está
constituido por negocios,
actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad
económica del contribuyente. Son los más
importantes por el porcentaje que suponen del total de la
recaudación pública.
- CONTRIBUCIONES ESPECIALES
Son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en
la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un
aumento de valor de sus
bienes, como consecuencia de la realización de obras
públicas o del establecimiento o ampliación de
servicios
públicos.
Características:
- El hecho imponible exige una actividad
administrativa - La actuación administrativa se encamina a la
satisfacción de intereses o necesidades generales. Al
mismo tiempo
genera un beneficio especial. - Se aplican tanto en el ámbito estatal como
autonómico y local, pero este último es su lugar
natural.
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