La Amortización de Acciones con Utilidades Repartibles en la Sociedad Anónima Mexicana
- Resumen
- Naturaleza jurídica de la
amortización de acciones con utilidades
repartibles - Conceptos y
distinción con otras figuras afines - Teorías
doctrinarias - Requisitos para
decretar, adquirir y designar las acciones
amortizadas - Consecuencias de la
amortización - Conclusiones
- Bibliografía
Resumen:
En este análisis se alude al tema de la amortización de acciones con
utilidades repartibles, regulada por el artículo 136 de la
Ley General de
Sociedades
Mercantiles vigente en México. El
tópico de este tipo de amortización resulta
importante, porque la ley no regula con claridad determinados
supuestos, los que conllevan a ciertas problemáticas
derivadas de la
interpretación de la ley referida y de la
naturaleza
jurídica de esta amortización.
Lic. Horacio Guevara
Buendía
INTRODUCCIÓN
En este análisis se alude al tema de la
amortización de acciones con utilidades repartibles,
regulada por el artículo 136 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
El tópico de este tipo de amortización
resulta importante, porque la ley no regula con claridad
determinados supuestos, los que conllevan a ciertas
problemáticas derivadas de la interpretación de la
ley referida y de la naturaleza jurídica de esta
amortización, las cuales serán materia de
este análisis.
En la primera parte, hacemos referencia a los conceptos
fundamentales relacionados con la amortización de acciones
con utilidades repartibles, su distinción con otras
figuras afines, así como las principales teorías
que la doctrina ha emitido para desentrañar la naturaleza
jurídica sobre tal amortización.
Posteriormente, al dimensionarse los conceptos
fundamentales de este acto, se procede a entender las
definiciones de los términos: "amortización de
acciones" y "utilidades repartibles", porque los mismos ostentan
ciertas características y efectos propios que los
distinguen de otras figuras afines. Entre dichas figuras, se
puede encontrar, la amortización de capital o de
obligaciones,
así como la anulación de acciones.
En el último apartado de esta primera parte, se
explican los argumentos emitidos por la doctrina para sustentar
las dos teorías sobre la naturaleza jurídica de la
amortización de acciones con utilidades
repartibles.
En la segunda parte se procede al análisis del
procedimiento
de amortización de acciones con utilidades repartibles,
cuyo objetivo
consistirá en desentrañar las problemáticas
y particularidades de tal proceso.
Este procedimiento se divide en dos apartados, la
primera se refiere a los requisitos para decretar y adquirir las
acciones para amortizarlas, mientras que la segunda atañe
a las consecuencia de esta amortización.
Durante el desarrollo del
primer apartado, se tratan los requisitos que debe llevar a cabo
una sociedad que
pretenda amortizar acciones, como son la previsión en los
estatutos de dicha amortización, el acuerdo de la asamblea
de accionistas que debe tomarse y respecto de qué
acciones, así como a la forma en que tendrán que
adquirirse o designarse las acciones amortizables.
Por último, en el segundo apartado se hace
alusión a los efectos de la amortización, que
entrañan la anulación de títulos y
emisión de acciones de goce. Sin dejar de tomar en cuenta,
lo referente a la conservación del precio de las
acciones sorteadas y de las acciones de goce, haciendo
énfasis a sus posibles repercusiones entre los tenedores
de las acciones amortizadas y la sociedad.
Para este análisis acudimos a las fuentes
tradicionales de consulta, como lo son la doctrina. En el caso de
México, hay opiniones sustentadas sobre las posibles
problemáticas que evoca esta clase de
amortización. No obstante, en la doctrina extranjera
existe una interpretación detallada de este tipo de
amortización y de sus repercusiones en el ámbito
societario.
PRIMERA PARTE
NATURALEZA JURÍDICA DE LA AMORTIZACIÓN
DE
ACCIONES CON UTILIDADES
REPARTIBLES
Considero importante iniciar este
análisis, determinando la naturaleza jurídica del
acto que conlleva la amortización de acciones con
utilidades repartibles.
El objetivo consiste en conocer respecto de este tipo de
amortización, los conceptos fundamentales, su
distinción con otras figuras afines, así como las
principales teorías que la doctrina ha emitido para
desentrañar la naturaleza jurídica de la referida
amortización.
Para dimensionar los conceptos fundamentales de este
acto, es básico entender las definiciones de los
términos: "amortización de acciones" y "utilidades
repartibles", porque los mismos ostentan ciertas
características y efectos que los distinguen de otras
figuras afines. Entre tales figuras, se destacan, la
amortización de capital o de obligaciones, y la
anulación de acciones; cuyos actos revisten sus propias
particularidades.
Posteriormente se explican los argumentos emitidos por
la doctrina para sustentar las dos teorías sobre la
naturaleza jurídica de la amortización de acciones
con utilidades repartibles. Estas teorías analizan los
efectos de este tipo de amortización para encuadrarlos en
actos equiparables a un dividendo extraordinario o a un reembolso
societario.
Expuestas las teorías referidas, expresaré
mi opinión sobre el dilema de la naturaleza
jurídica de este tipo de
amortización.
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