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Eutanasia en pacientes terminales sin capacidad de decisión (página 2)



Partes: 1, 2

4. MARCOS DE
REFERENCIA

4.1 MARCO CONCEPTUAL

4.1.1 Definición De Eutanasia:
El término eutanasia deriva del griego: "eu" -bien- y
"thánatos" –muerte. Es
todo acto u omisión cuya responsabilidad recae en personal
médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona
la muerte
inmediata de éste con el fin de evitarle sufrimientos
insoportables o la prolongación artificial e inhumana de
su vida. Actualmente, se distingue del término 'muerte
digna', que consiste en el otorgamiento de medidas médicas
paliativas (que disminuyen el sufrimiento o lo hacen tolerable),
de apoyo emocional y espiritual a los enfermos
terminales.

4.1.2 Clasificaciones De Eutanasia: Existe mucha
confusión en cuanto a la forma de calificar la eutanasia
actualmente. En el medio hispanohablante se han introducido
conceptos provenientes de la evaluación
ética
de la eutanasia y se la califica de directa o indirecta en cuanto
existe o no la intención de provocar primariamente la
muerte en las acciones que
se realizan sobre el enfermo terminal. En el contexto
anglosajón la división en cuanto la eutanasia se
lleva a cabo como una acción
o como una omisión (dejar morir). Su traducción equivalente sería
eutanasia activa y eutanasia pasiva respectivamente. Se ocupan en
forma casi sinónima las calificaciones de positiva y
negativa respectivamente.

Eutanasia directa: adelantar la hora de la muerte
en caso de una enfermedad incurable, esta a su vez posee 2
formas:

  • Activa: consiste en provocar una muerte
    indolora a petición del afectado cuando se es
    víctima de enfermedades incurables
    muy penosas o progresivas y gravemente invalidantes; el caso
    más frecuentemente mostrado es el
    cáncer. Se recurre, como se comprende, a substancias
    especiales mortíferas o a sobredosis de
    morfina
  • Pasiva: se deja de tratar una
    complicación, por ejemplo una bronconeumonía, o
    de alimentar por vía parenteral u otra al enfermo, con
    lo cual se precipita el término de la vida; es una
    muerte por omisión. De acuerdo con pérez varela
    "la eutanasia pasiva puede revestir dos formas: la
    abstención terapéutica y la suspensión
    terapéutica. En el primer caso no se inicia el
    tratamiento y en el segundo se suspende el ya iniciado ya que
    se considera que más que prolongar el vivir, prolonga el
    morir" debe resaltarse que en este tipo de eutanasia no se
    abandona en ningún momento al enfermo.

Eutanasia indirecta : consiste en efectuar
procedimientos
terapéuticos que tienen como efecto secundario la muerte,
por ejemplo la sobredosis de analgésicos, como es el caso
de la morfina para calmar los dolores, cuyo efecto agregado, como
se sabe, es la disminución de la conciencia y casi
siempre una abreviación de la vida. Aquí la
intención, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el
sufrimiento, y lo otro es una consecuencia no deseada.

4.1.3 Otros Conceptos Relacionados Son: Suicidio
asistido: significa proporcionar en forma intencional y con
conocimiento a
una persona los
medios o
procedimientos o ambos necesarios para suicidarse, incluidos el
asesoramiento sobre dosis letales de medicamentos, la
prescripción de dichos medicamentos letales o su
suministro. Se plantea como deseo de extinción de muerte
inminente, porque la vida ha perdido razón de ser o se ha
hecho dolorosamente desesperanzada.

  • Cacotanasia: es la eutanasia que se impone sin
    el consentimiento del afectado. La palabra apunta hacia una
    mala muerte (kakós: malo)
  • Ortotanasia: consiste en dejar morir a
    tiempo sin
    emplear medios desproporcionados y extraordinarios. Se ha
    sustituido en la terminología práctica por muerte
    digna, para centrar el concepto en la
    condición ("dignidad")
    del enfermo terminal y no en la voluntad de morir.
  • Distanasia: consiste en el "encarnizamiento o
    ensañamiento terapéutico", mediante el cual se
    procura posponer el momento de la muerte recurriendo a
    cualquier medio artificial, pese a que haya seguridad
    que no hay opción alguna de regreso a la vida, con el
    fin de prolongar su vida a toda costa, llegando a la muerte en
    condiciones inhumanas, aquí se buscan ventajas para los
    demás, ajenas al verdadero interés
    del paciente.

4.1.4 Historia: Hay pensadores
que justifican el término activo de la vida, condenado
durante la edad media. El
filósofo inglés
Francis Bacón, en 1623, es el primero en retomar, el
antiguo nombre de eutanasia, y diferencia dos tipos: la
"eutanasia exterior" como término directo de la vida y la
"eutanasia interior" como preparación espiritual para la
muerte. Con esto, Bacón se refiere, por una parte, a la
tradición del "arte de morir"
como parte del "arte de vivir", pero agrega a esta
tradición algo que para la edad media era una posibilidad
inimaginable: la muerte de un enfermo ayudado por el
médico. Tomás moro, quien también justifica
el suicidio, en
utopía (1516), defiende la eutanasia activa, sin usar este
nombre.

Tanto para moro como para Bacón es un requisito
decisivo de la eutanasia activa el deseo del enfermo; contra la
voluntad del enfermo o sin aclaración, la eutanasia no
puede tener lugar: "quien se ha convencido de esto, quien termina
su vida, ya sea voluntariamente a través de la
abstención de recibir alimentos o es
puesto a dormir y encuentra salvación sin darse cuenta de
la muerte. Contra su voluntad no se debe matar a nadie, se le
debe prestar cuidados igual que a cualquier otro" dice
Tomás moro en utopía.

Sin embargo, en la práctica, el comportamiento
general de los médicos no siguió las ideas de los
filósofos: rechazaron la eutanasia externa;
justificaron la eutanasia pasiva y preconizaron la eutanasia
interior.

Desde fines del siglo XIX, diversos enfoques, que
señalan una nueva orientación, comienzan a
exteriorizarse entre los médicos y pacientes, entre las
personas y la sociedad.

El darwinismo social y la eugenesia son temas que
también comienzan a debatirse. En numerosos países
europeos se fundan, a comienzos del siglo XX, sociedades
para la eutanasia y, se promulgan informes para
una legalización de la eutanasia activa. En las
discusiones toman parte médicos, abogados,
filósofos y teólogos.

La escasez
económica en tiempos de la primera guerra
mundial sustentan la matanza de lisiados y enfermos mentales.
El término eutanasia ha sido muchas veces separado de su
sentido real, por ejemplo, los nazis hablaban de eutanasia para
referirse a la eliminación de los minusválidos y
débiles (Aktion t-4). En los juicios de Nuremberg (1946
– 1947) se juzgó como ilegal e inmoral toda forma de
eutanasia activa sin aclaración y consentimiento o en
contra de la voluntad de los afectados.

En el presente, se sustentan diferentes opiniones sobre
la eutanasia y son variadas las prácticas médicas y
las legalidades en los distintos países del mundo. Muchas
prácticas como los hospicios u hogares, la medicina
paliativa y los grupos de
autoayuda, trabajan por la humanización en el trato con
los moribundos y quieren contribuir a superar la distancia ente
la vida y las prácticas médicas.

Estos son hitos históricos producidos en el
espacio público -poco investigadas y mucho menos
conocidas- son las diferentes prácticas reales de las
personas frente al acto de morir. Se sabe que hasta fines del
siglo XIX en América
del sur existía la persona del "despenador" o
"despenadora" encargada de hacer morir a los moribundos
desahuciados a petición de los parientes.

4.1.5 Argumentos en contra: Máquina
confiscada en Australia
(ver anexos), (enero de 2003) al abogado Philip Nitschke cuando
pretendía transportarla a los estados unidos,
el aparato causaba la muerte a través de fuertes dosis de
monóxido de carbono y fue
de uso legal en el territorio del norte entre 1995 y
1997.

Los argumentos en contra inciden en la inviolabilidad de
la vida humana, la defensa de su dignidad independientemente de
las condiciones de vida o la voluntad del individuo
implicado, y las repercusiones sociales de desconfianza que
podría conllevar la eutanasia.

La asociación médica mundial considera
contrarios a la ética tanto el suicidio con ayuda
médica como la eutanasia, por lo que deben ser condenados
por la profesión médica. En cambio
recomienda los cuidados paliativos.

La postura de las iglesias cristianas en tanto, a nivel
mundial, es mayoritariamente contraria a la eutanasia y al
suicidio asistido, es el caso de la iglesia
católica romana y de las iglesias evangélicas y
pentecostales. La postura del actual papa Benedicto XVI
quedó explícitamente recogida en una carta a varios
eclesiástico norteamericanos de 2004:

No todos los asuntos morales tienen el mismo peso
moral que
el aborto y la
eutanasia. Por ejemplo, si un católico discrepara con el
santo padre sobre la aplicación de la pena de muerte
o en la decisión de hacer la guerra,
éste no sería considerado por esta razón
indigno de presentarse a recibir la sagrada comunión.
Aunque la iglesia exhorta a las autoridades civiles a buscar la
paz, y no la guerra, y a ejercer discreción y misericordia
al castigar a criminales, aún sería lícito
tomar las armas para
repeler a un agresor o recurrir a la pena capital. Puede
haber una legítima diversidad de opinión entre
católicos respecto de ir a la guerra y aplicar la pena de
muerte, pero no, sin embargo, respecto del aborto y la
eutanasia.

Tercer punto de la carta de J.
Ratzinger, al cardenal Theodore Mccarrick, arzobispo de
Washington DC

Las iglesias luteranas y metodistas en cambio, como
asimismo la mayoría de las afiliadas a la comunión
anglicana se oponen en principio, pero dan espacio para la
decisión individual caso a caso. Por otro lado, varias
iglesias han optado por no pronunciarse a este respecto y
enfatizar el valor de la
conciencia individual en cuestiones éticas, es el caso de
las iglesias católicas afiliadas a la Unión De
Utrecht, y algunas iglesias presbiterianas, entre
otras

4.1.6 Algunas Consideraciones en Torno al Derecho
a la Vida y la Eutanasia:
Es indudable, a mi manera de ver,
que el primordial derecho que puede asistir hoy a todo ser humano
es el de la vida, pero cuando se ve afectado por unas condiciones
de salud
lamentables, que llevan a quien las padece a verse en una
situación en la cual se ve recluido en una unidad de
cuidados intensivos, de la cual no se sabe si saldrá,
donde su existencia está en la cuerda floja, donde puede
existir una salida irreversible, donde la existencia
dependerá en el futuro de medios extraordinarios,
conectado a máquinas
como el respirador artificial, cabe preguntarse si se está
cuidando la vida o prolongando la agonía que nos puede
llevar a la muerte.

Para poder hablar
de derecho a la vida y la eutanasia, primero habría que
definirse por lo menos las dos nociones : eutanasia y derecho a
la vida, por la primera se encuentran definiciones como las que
veremos a continuación:

Algunos autores ven que el concepto o la noción
de eutanasia es demasiado ambigua, lo que puede llevarnos a
entender cosas muy diferentes y hasta contrarias. Vamos a
referirnos a ella:

Un uso normatizado: "muerte sin sufrimiento
físico" o "la que se provoca voluntariamente" "Otro uso es
el

fáctico "muerte sin dolor" o "muerte en estado de
gracia", como significado etimológico. O el de "lucha
contra el sufrimiento a cualquier precio".
Supresión de la vida en un enfermo incurable, sea a
petición propia o de su familia, el
médico o el estado ;
decisión de abstenerse de medios extraordinarios,
considerados desproporcionados en la fase terminal y vistos como
"encarnizamiento terapéutico"; en el mundo grecorromano,
era "morir bueno" derecho a la propia muerte, con el significado
de muerte apropiada , que otros llaman muerte digna.

Ante esta disparidad de significados, hay que ver la
historia del vocablo, mirando los significados que a lo largo del
tiempo ha tenido: en el mundo grecorromano es "morir bueno",
morir bien, el que ha muerto bien. Pero estos tres
términos han recibido diversos significados a lo largo de
la historia, miremos primero el hecho de tener un "morir bueno"
(sin dolor):

En el mundo grecorromano, ésto significa el morir
bien, sin dolor, no tiene en cuenta la ayuda al morir. ,
cicerón le da significado a la palabra como "muerte digna,
honesta y gloriosa".

En la historia Griega, Hipócrates (S. V A.C.) En
su juramento afirma que no dará medicamento mortal por
más que se lo soliciten. Platón,
(427-337 a.c.) Dice lo contrario en la república: "se
dejará morir a quienes no sean sanos de
cuerpo".

En los romanos, la práctica es múltiple:
muerte sin dolor por miedo a afrontar conscientemente el
sufrimiento y la propia destrucción (tácito en sus
anales)

Los Estoicos, (Séneca, Epícteto y Marco
Aurelio) ven la eutanasia así: séneca : "es
preferible quitarse la vida, a una vida sin sentido y con
sufrimiento". Epícteto predica la muerte como una
afirmación de la libre voluntad.

Para efectos prácticos tomaré como
definición de eutanasia la siguiente: un derecho del
paciente a decidir la forma y el momento de su muerte., esto
dentro de una definición corta, pero que busca como
único fin el librar a una persona de sus intensos
sufrimientos, de una agonía inmisericorde que padece como
resultado de una enfermedad grave e incurable (por ejemplo
algunos tipos de cáncer o un sida).

Dicha enfermedad o estado debe haber sido diagnosticado
suficientemente, de manera que su característica de
irreversibilidad, sea tal, que se determine la muerte como algo
inevitable. Dentro de la misma definición, el concepto de
paciente, como el del ser humano que padece algo, puede ser un
sufrimiento físico. Sin referirnos al sufrimiento moral o
psicológico exclusivamente, aunque por esto, no se
descarta que el sufrimiento físico le pueda provocar un
sufrimiento como los enunciados anteriormente. De esto, pienso
que la eutanasia si puede ser un derecho pero bajo ciertas
condiciones, aunque como veremos a lo largo de esta trabajo, tiene
sus puntos a favor y en contra, además de las
implicaciones morales y legales que trataremos de vislumbrar en
este ensayo.

Antes de entrar a profundizar en el tema que nos ocupa,
miremos las posiciones de diferentes corrientes del pensamiento al
respecto: para el Jusnaturalismo, la obligación por
cuestión divina de respetar la vida en toda circunstancia,
existe una prohibición estricta sustentada en leyes naturales
de disponer por cuenta propia de la vida. Juan pablo II, en su
encíclica "el evangelio de la vida" define la eutanasia
como: "adueñarse de la muerte, procurándola de modo
anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia
vida o a la de otro". Y se considera esto como una "cultura de la
muerte" que se ve en las sociedades del bienestar, caracterizadas
por una mentalidad eficientista, que va en contra de los ancianos
y los más débiles, caracterizadas como algo gravoso
e insoportable, aisladas por la familia y
la sociedad, según lo cual una vida inhábil no
tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la eutanasia como una
"acción o una omisión que por su naturaleza y
en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar
cualquier dolor "situada en la intención y los métodos
usados".

En términos de una teoría
utilitarista de los derechos, la eutanasia se
nos muestra como una
opción más práctica en el caso de que se nos
presente una existencia marcada por el dolor y sin posibilidades
de felicidad. Desde esta perspectiva, la eutanasia es buena dados
los dolores que se le quitan a quien los está sufriendo,
se disminuyen los daños a la sociedad y se termina con una
"carga" para la familia.

En la utopía de tomas moro, aparece el concepto
médico y moral de la eutanasia : "…cuando a estos males
incurables se añaden sufrimientos atroces, los magistrados
y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle tratan de
hacerle ver que está ya privado de los bienes y
funciones
vitales…y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar
en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí
mismo o permitir que otros le liberen… Esto es, la muerte no le
apartará de las dulzuras de vida sino del suplicio y se
realiza una obra …piadosa y santa…este tipo de muerte se
considera algo honorable" aquí se ve : una atención esmerada a los enfermos, una
enfermedad intolerable, que legitima la muerte voluntaria y la
eutanasia en utopía , tiene en cuenta los derechos de la
persona : responsabilidad moral, libertad, los
sacerdotes son intérpretes de la divinidad.

Hume, critica la posición eminentemente moralista
del suicidio y de paso la eutanasia así: "nuestro horror a
la muerte es tan grande que cuando ésta se presenta bajo
cualquier otra forma distinta de la que un hombre se
había esforzado en reconciliar con su imaginación,
adquiere nuevos aspectos aterradores y resulta abrumadora para
sus pocas fuerzas. Y cuando las amenazas de la
superstición se añaden a esta natural timidez, no
es extraño que consigan privar a los hombres de todo poder
sobre sus vidas" y va en contra de un determinismo al decir que "
si el disponer de la vida humana fuera algo reservado
exclusivamente al todopoderoso, y fuese un infringimiento del
derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias
vidas, tan criminal sería el que un hombre actuara para
conservar la vida, como el que decidiese destruirla."

Finalmente justifica la eutanasia en términos
prácticos al decir que : " una vez que se admite que la
edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir la vida en
una carga y hacer de ella algo peor que la aniquilación.
Creo que ningún hombre ha renunciado a la vida si esta
mereciera conservarse." quien se retira de la vida no le produce
daño a
la sociedad , a lo sumo deja de producirle un bien.

En términos de Kant, a él
no le importa la singularidad, el suicidio es malo, al contrario
de Hume, por que viola deberes para conmigo mismo, el respeto por
nosotros mismos. Frente a la eutanasia tiene en cuenta es la
potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las
posibilidades de desarrollo de
sus capacidades. La vida no vale por sí misma, sino en
función
de un proyecto de vida
ligado con una libertad y una autonomía, ésta se
justifica si permite la base material para una vida
digna.

Sin embargo, creo que se debe reconocer algo al ser
humano, este derecho a que se le reconozca la posibilidad de
disponer de su propia vida en situaciones especiales simplemente
por la dignidad que éste puede tener, el reconocerle a un
ser humano la posibilidad de definir que hacer con su vida es
respetar la humanidad del otro (su humanidad), es el respeto de
la libertad y de la vida propia, y esto nos ayuda a definir lo
que es una vida digna, se puede argumentar desde este punto de
vista, de la dignidad humana, la exigencia de instaurar la
eutanasia (bajo ciertas condiciones) como una lucha por el
reconocimiento del derecho a la muerte digna, entendiendo por
muerte indigna aquella que prolonga inmisericordemente la vida
por medios artificiales, en la que la vida se escapa lentamente y
se da un apego puramente al cuerpo físico.

4.1.7 Mirando al paciente cerca de la muerte, se
puede ver la dignidad del mismo desde ciertos puntos de
vista:

1. El derecho a morir es más una exigencia
ética que un derecho en toda la extensión de la
palabra, y no se refiere al morir en sí, sino a la forma y
razones de y para morir

2. Los derechos del paciente, son reconocidos por la
ley colombiana
a través de la resolución 13437 de noviembre 1 de
1991, y se pueden tomar como criterio moral de la ética
del morir. Y el contenido que tiene esta resolución,
supone una serie de exigencias que han de ser realizadas por
parte de la sociedad : atención al moribundo para aliviar
el dolor y prolongarle la vida; estar verídicamente
informado sobre su enfermedad; conocer y recibir explicaciones
sobre costos de su
tratamiento; derecho a que su voluntad personal sea respetada,
todo a través de un comité de etica
hospitalaria.

El morir dignamente sería entonces el morir libre
de dolor, con los analgésicos y tranquilizantes necesarios
para el desasosiego y con el suministro de medicamentos que se
requieran contra las incomodidades que se puedan presentar,
eliminando en lo posible el sufrimiento de toda índole,
siendo respetado y tratado como ser humano, cumpliendo con las
condiciones planteadas en el punto anterior. Aunque no solamente
reduciendo el dolor, lo que vale es una vida con cierta
autonomía y libertad. El morir dignamente es que se
respete la dignidad del moribundo, existen procesos de
fallecimiento en que medidas de encarnización
médica entran en conflicto con
la dignidad de la persona, no se debe, entonces, anteponer el
tratamiento médico a la dignidad de la persona, hay casos
en que el paciente anhela de alguna manera la muerte, pero por
causa de la intromisión médica, escudada en un
deber moral, el paciente debe soportar una degradación tan
grande que no la iguala lo terrible que podría ser el
camino hacia la muerte, destruyéndose la dignidad de la
persona, por lo cual éstas medidas ya no conservan un ser
humano, sino lo que hemos llamado mejor: una piltrafa humana. Lo
que debe preservar el médico es al ser humano integral y
no solamente una mera existencia vegetativa.

Tomando el esbozo histórico anterior y mis
opiniones personales al margen del mismo, vemos que para los
jusnaturalistas es urgente decir (y lo hacen de forma clara) no a
la eutanasia, desde el "no matarás" de los mandamientos o
tablas de la ley de dios, pero esto es solamente cierto para el
momento histórico que se vivía en aquella
época, ya que si no fuese así, probablemente
estaríamos exterminados, y pasar estos mismos preceptos a
ésta época, de manera ahistórica, donde los
horizontes de vida eran mínimos, es de cierta forma
ilusorio. En nuestra época actual, con intereses
diferentes, con ritmos de vida distintos, con horizontes de vida
mucho mayores, con una sociedad más evolucionada, con
mayores avances
tecnológicos ya podría pensarse en ir
reconociendo la eutanasia.

Si lo miramos en términos hegelianos, determinar
como derecho la eutanasia se podría hacer a través
del uso de la autoconciencia que va constituyendo lo humano del
hombre dentro del entorno natural, lo que conlleva a que la
determinación sobre la muerte sea una cuestión de
reconocimiento propio y de autoconciencia ; además,
solo mediante la satisfacción de necesidades como la
libertad y la dignidad, que van más allá de las que
pueden definirse como básicas, obtiene el reconocimiento
de otros individuos con los cuales interactúa
socialmente.

Sin embargo, la contradicción se da cuando ese
ser humano busca reconocimiento y lo tiene es en vida, si se
aplicase la eutanasia, perdería ese
reconocimiento.

Algunos aspectos a tener en cuenta para su posible
aprobación

Antes que puntos claros , o conclusiones, respecto al
tema, lo que tengo es una innumerable lista de aspectos sin
resolver que, creo, deben tenerse en cuenta, aunque de por
sí, de acuerdo con la definición dada más
atrás, se podría aprobar o reglamentar este
derecho. Aunque de por sí, en un país como el
nuestro, podría ser causa más de perjuicios que de
beneficios, dado que no están dadas las condiciones de
conciencia, de legislación, y de cubrimiento necesarias
para que se pueda tener de alguna manera en cuenta en éste
país.

4.1.8 Si Se Aprobara La Eutanasia Por Parte De Un
Estado, Se Deberían Tener En Cuenta Aspectos Como Los
Siguientes:
Los argumentos que podrían estar a favor
de ello pueden ser: el promedio de esperanza de vida ha aumentado
enormemente en los países más prósperos. (y
aún en países menos prósperos, como el
nuestro) ello nos beneficia mientras gozamos de un buen estado de
salud. Pero los avances médicos, que han supuesto una gran
mejora para la salud, pueden servir también para alargar
el proceso de la
muerte. En teoría, se necesita nuestro consentimiento para
que se nos administre un tratamiento, pero la mayoría de
la gente acepta automáticamente lo que el médico le
suministra. Hay quien pasa meses, incluso años, con una
calidad de
vida tan pobre que llega a desear vehementemente morir. Lo
que la mayoría de la gente desea en todos aquellos lugares
en que se han realizado encuestas, la
mayoría de la gente piensa que se debería permitir
que los médicos pudiesen ayudar a morir a un paciente
incurable si el paciente lo solicita ( en colombia, la ley
23 de 1981 dcto. 3380/81 dicta algunas normas en
materia de
ética
médica relacionadas con este aspecto) . En la
mayoría de los países en los que un médico
lleva a cabo esta ayuda puede acusársele de homicidio, en
colombia, se llama homicidio por piedad y tiene cárcel de
6 meses a tres años. (ley 2241 art. 3261. Cdgo. Penal
colombiano)

Se debería tener en cuenta el derecho a la
intimidad, como lo consagra el artículo 15 de la constitución de 1991. Y a la hora de
legislar sobre la eutanasia, habría de considerarse este
derecho relacionado.

Tener en cuenta, el derecho a la libre
disposición del cuerpo, como lo reconoce el derecho
consuetudinario y reconocerle, así mismo, la posibilidad
de la autonomía sobre su vida al ser humano.

Deben tenerse en cuenta o aplicarse los mismos principios a un
paciente mentalmente capacitado que a otro afectado de muerte
cerebral, en estado vegetativo persistente, o en estado grave e
irreversible de demencia? Esto por que podría caerse a
través de esto en una "eutanasia social" donde los
desechables pueden ser eliminados muy suavemente, sin condenas
morales y desconociéndoles de alguna manera sus más
elementales derechos.

Algunos puntos a favor y en contra de la
eutanasia:
Se encuentran, a través de toda la
argumentación presentada ciertos puntos a favor y en
contra de la eutanasia, se pueden mencionar entre los puntos en
contra de la eutanasia los siguientes:

  • La vida como un derecho inalienable, al optar por la
    eutanasia, estoy entregando mi libertad y al mismo tiempo
    acabando con ella, cuestión aún sin
    resolver.
  • Los límites
    de la eutanasia : bajo qué circunstancias se debe
    aplicar ? Cómo legislarla ? Aunque aquí
    se plantean ciertos límites, aún no es claro
    cómo aprobarla, bajo qué
    límites.
  • Existe una dificultad de toma de posición en
    el caso de los enfermos mentales.

Las expectativas: cómo sé si
aquella persona que hizo su testamento en vida autorizando
ésta práctica no se arrepintió en el
último momento?

"mientras hay vida hay esperanza" dice un adagio
popular, sin embargo, hay que analizar y desentrañar
aún más el verdadero significado de esta frase,
alguien podría decir, y si al otro día se encuentra
la cura contra ésta enfermedad?

Podrían aumentar el número de
eliminaciones a débiles y personas subnormales, así
mismo, aumentarían las presiones sobre el ejecutante
(medico?) Del acto por parte de la familia.

Los mismos ejecutantes podrían ser tomados como
verdugos, lo que puede implicar en una sociedad como la nuestra,
una pérdida de confianza en la persona tratante de mi
enfermedad

¿Es justo morir de un modo tan
doloroso?

Como vemos, el mar de preguntas que nos arrastra
aún es grande, sin embargo, ya existe una cierta
conciencia en nuestro tiempo para que ella sea aceptada de alguna
manera, los valores se
han ido transformando poco a poco y ya se está llegando, a
que algún día, no muy lejano, se apruebe el derecho
a una muerte justa, en los términos aquí
planteados. Los individuos están tomando más en
serio su papel dentro de este momento histórico y se
comienzan a preguntar sobre aspectos trascendentales en la
existencia del ser. Sin embargo, los riesgos de que
éste individuo sea absorbido y manipulado por el sistema
capitalista están latentes, ya que éste puede
manipularlo para volverlo desechable y hasta productivo en un
momento dado.

Aún existen muchos aspectos indeterminados en
torno a la eutanasia, cabe mencionar algunos como la dignidad
humana y la autonomía, el no tomar al ser humano desde un
punto de vista eminentemente biológico, la calidad de la
vida y la libertad de elección y no hay que olvidar la
ambigüedad a la que se puede llegar con su eventual
legalización.

Sin embargo, la discusión sigue
abierta…

4.2 MARCO LEGAL

TESTAMENTO VITAL

(Manifestación de voluntad sobre el final de mi
propia vida)

Yo……………………………………………………………….,
con d.n.i.no…………………………….., mayor de edad,
con domicilio en
………………………………………………………………………………………………………………………,
en plenitud de mis facultades mentales, libremente y tras
prolongada reflexión, declaro:

Que, si llego a encontrarme en una situación en
la que no pueda tomar decisiones sobre mi cuidado médico,
a consecuencia de mi deterioro físico y/o mental, por
encontrarme en uno de los estados clínicos enumerados en
el punto 4 de este documento, y si dos médicos
independientes coinciden en que mi estado es irreversible, mi
voluntad inequívoca es la siguiente:

1. Que no se prolongue mi vida por medios artificiales,
tales como técnicas
de soporte vital, fluidos intravenosos, fármacos o
alimentación artificial.

2. Que se me suministren los fármacos necesarios
para paliar al máximo mi malestar, sufrimiento
psíquico y dolor físico causados por la enfermedad
o por falta de fluidos o alimentación, aún en el
caso de que puedan acortar mi vida.

3. Que, si me hallo en un estado particularmente
deteriorado, se me administren los fármacos necesarios
para acabar definitivamente, y de forma rápida e indolora,
con los padecimientos expresados en el punto 2 de este
documento.

4. Los estados clínicos a las que hago
mención más arriba son: daño cerebral severo
e irreversible. Tumor maligno diseminado en fase avanzada.
Enfermedad degenerativa del sistema nervioso
y/o del sistema
muscular en fase avanzada, con importante limitación
de mi movilidad y falta de respuesta positiva al tratamiento
específico si lo hubiere. Demencias preseniles, seniles o
similares. Enfermedades o situaciones de gravedad comparable a
las anteriores.

Otras: (especificar si se desea)
……………………………………………………………………………………

5. Designo como mi representante para que vigile el
cumplimiento de las instrucciones sobre el final de mi vida
expresadas en este documento, y tome las decisiones necesarias
para tal fin, a:

Nombre del representante
………………………………………………………………….
D.n.i………………………..

6. Manifiesto, asimismo, que libero a los médicos
que me atiendan de toda responsabilidad
civil y penal que pueda derivarse por llevar a cabo los
términos de esta declaración.

7. Me reservo el derecho de revocar esta
declaración en cualquier momento, en forma oral o
escrita.

Fecha……………………
Lugar…………………….
Firma………………………………

Testigos:

1.
Nombre………………………………………….
Dni…………..
Firma……………………………

2.
Nombre………………………………………….
Dni…………..
Firma…………………………….

Representante:

Firma……………………………………………………….
Fecha……………………………

————————————————————————

• Situación legal del testamento vital. Los
documentos
tipo testamento vital no tienen un apoyo legal específico
en España.
Pero, como toda declaración personal de voluntad,
sí que tienen una validez. De hecho se ha demostrado, en
la práctica, que facilitan las decisiones de quienes le
rodean en las situaciones de enfermedad que en él se
expresan e inciden en las actuaciones médicas. Si se
tuviera que ir ante un tribunal para defender lo que vd. Expresa
en su testamento vital, éste sería una prueba de
inmenso valor.

• Firma. El testamento vital conviene firmarlo ante
un notario para que éste atestigüe su firma. De no
ser así, firme ante dos testigos que no sean familiares o
personas ligadas a vd. Por intereses
económicos.

• Representante. En el testamento vital de la dmd
se incluye la posibilidad de que vd. Nombre un representante para
cuando vd. No pueda expresarse por sí mismo. Conviene que
la persona elegida como representante sea alguien que comprenda
lo mejor posible sus deseos y los valores y
motivos personales en que sustentan sus decisiones sobre el final
de su vida. Además, ha de ser una persona que se declare
dispuesta a luchar por que se cumplan las instrucciones que vd.
Deja en su testamento vital, caso de incumplimiento por parte de
médicos o familiares.

• Puntos 1, 2 y 3 del testamento vital. Contemplan
distintas opciones para paliar su sufrimiento y evitar un
alargamiento indeseado de su vida cuando vd. Considera que la
calidad de ésta le resulta indeseable por la
degradación a la que le ha conducido la enfermedad. Si vd.
No está de acuerdo con lo que se solicita en alguno de
estos puntos, táchelo.

• Enfermedades enumeradas. Puede vd., asimismo,
tachar las enfermedades enumeradas en el punto 4 que no desea que
figuren en su testamento vital.

• Difusion. Es conveniente, para su propia
seguridad de que se cumplirá su voluntad, que reparta vd.
Entre personas de su confianza (incluido su médico de
cabecera, si lo ve posible) copias de su testamento vital. Es
importante que deje vd. Indicaciones sobre dónde
localizarlo, por si sufriera un accidente o enfermedad
súbitos que le impidieran expresarse. Puede vd.
También enviar una copia de su testamento vital al
registro de
testamento vitales que la asociación tiene abierto para
sus socios. En este caso, su representante podría
contactar con la asociación para recabar asesoría
sobre cómo utilizar el testamento vital que vd. Ha dejado
preparado. Es uno de los servicios que,
como socio, le ofrece la asociación dmd.

• Anulacion. Vd. Puede anular su testamento vital
en cualquier momento. Puede vd. Simplemente romperlo (¡no
se olvide de las copias que haya entregado!) O declarar su cambio
de opinión por escrito, u oralmente ante testigos, tal
como se indica en el propio documento.

"PROTOCOLO DE
GRONINGEN"

¿quién decide el valor de la vida de un
bebé minusválido?

Desde que se legalizó la eutanasia en holanda en
2000, se ha ido aplicando también a pacientes que no
pueden decidir por sí mismos. El nuevo paso ha sido
extenderla a recién nacidos que sufren por enfermedades
graves. El llamado "protocolo de groningen", propuesto por
pediatras de este hospital universitario, quiere establecer las
bases legales para estos casos. La asociación holandesa de
pediatría se ha pronunciado a favor de utilizar el
protocolo.

Cuando surgió la noticia, la mayor parte de
los medios de
comunicación extranjeros reaccionaron con
indignación ante esta práctica médica en
holanda. Eduard verhagen y pieter sauer, pediatras en la
clínica infantil beatrix de groningen, principales autores
del protocolo, achacan todas estas críticas a
"incomprensión" y falta de información. Para aclarar la
situación publicaron un artículo en la revista
médica "new england journal of medicine" (marzo 2005),
donde defienden que el protocolo es una guía que indica al
médico cómo actuar en los casos en los que el
recién nacido con una enfermedad grave experimenta un
sufrimiento insoportable que no puede aliviarse con los cuidados
médicos.

Garantía para los
médicos

En realidad, el protocolo, elaborado conjuntamente con
la fiscalía, regula el procedimiento a
seguir para aplicar la eutanasia a recién nacidos dentro
de los márgenes legales que la consideran aceptable. Una
especie de garantía que asegura a los médicos que
no se les perseguirá jurídicamente si se atienen a
él. Una comisión especial compuesta por un
médico, un jurista y un filósofo especializado en
ética y medicina,
juzga el caso a posteriori.

En este sentido, su objetivo es el
de servir para controlar jurídicamente una práctica
que se lleva a cabo desde hace años de un modo silencioso
y sin control en los
hospitales holandeses.

Los autores estudiaron 22 casos de eutanasia a
bebés, realizados en la sección de pediatría
de la clínica beatrix en los últimos siete
años, sin que hubiera repercusiones judiciales. En todos
los casos se trataba de pacientes nacidos con espina
bífida, como consecuencia de la cual no funcionaban varios
órganos, entre ellos los riñones y el intestino,
por lo que los bebés sufrían dolores insoportables
y ahogos. Después de la decisión de interrumpir el
tratamiento médico porque los bebés no daban
ninguna esperanza, estos no fallecían inmediatamente. En
todos los casos, los padres pidieron la eutanasia porque no
soportaban ver el sufrimiento de sus hijos. Sin embargo, existe
la certeza de que el número de recién nacidos a los
que se les ha aplicado la eutanasia es mayor, ya que no se
registran muchos casos porque tanto los médicos como los
padres prefieren evitar que se investiguen.

Los autores del protocolo quieren que se aplique a
escala nacional.
Sin embargo, el resto de los hospitales del país
aún no se ha pronunciado sobre el protocolo y por ahora se
encuentra en la fase de estudio por el "centro ético" de
cada hospital.

La asociación holandesa de pediatría se ha
pronunciado a favor de utilizar el protocolo y ha aconsejado
reelaborarlo para incluir con más detalle las medidas
jurídicas a seguir. Con el objetivo de apoyar a los
médicos y a los padres que se encuentran en la
difícil situación de decidir sobre la
aplicación de la eutanasia a recién nacidos con
graves anomalías, esta asociación ha creado la
fundación dilemma. Principal cometido de esta
fundación formada por expertos en distintas disciplinas
–pediatras, ginecólogos, médicos de familia,
enfermeros, éticos y juristas– es aconsejar sobre si
se cumplen las requisitos médicos y jurídicos que
justifican la aplicación de la eutanasia y, en el caso que
no sea así, proporcionar medidas alternativas.

Por su parte, el ministro de justicia ha
anunciado la creación de una "comisión de
ética y derecho" que se encargará de estudiar los
casos de eutanasia declarados.

Para medir la calidad de vida: El protocolo
reconoce que la calidad de vida que se considera aceptable para
justificar la eutanasia es un criterio subjetivo que depende de
las distintas opiniones de padres y médicos. Para no caer
en apreciaciones personales, se han recogido los criterios
adoptados por el "grupo
profesional médico" para la valoración de
situaciones críticas en el informe "doen of
laten" ("hacer o dejar de hacer") de la asociación
holandesa de pediatría. Estos criterios son los
siguientes: el grado de dependencia de los cuidados
médicos que tendrá el paciente en el futuro, la
posibilidad de llevar una vida más o menos
autónoma, la capacidad de comunicación, el nivel de sufrimiento y la
esperanza media de vida.

En principio, son los padres del recién nacido
los que están legalmente autorizados para tomar la
decisión que crean más conveniente. Pero en la
práctica las decisiones de acabar con la vida del
bebé se llegan a realizar sin consentimiento de los padres
y muchas veces en contra de su opinión. En la unidad de
neonatología del hospital académico de la universidad libre
de amsterdam, por ejemplo, es práctica normal administrar
una cantidad letal de sedantes a bebés a los que se ha
decidido interrumpir el tratamiento intensivo cuando los padres
manifiestan su intención de mantener la vida del
bebé en el caso de que éste siga respirando por
cuenta propia. "es una decisión difícil, pero no
podemos dejar vivir a un niño en unas condiciones
inhumanas, aunque los padres lo deseen. En una situación
así, sólo el médico puede determinar
objetivamente sobre lo que es lo mejor para el paciente", afirma
el catedrático jefe del departamento de
neonatología de dicho hospital.

El protocolo no es una iniciativa aislada, sino que se
puede considerar como el producto final
de una serie de casos en la historia de la neonatología en
holanda. Ya en 1993 la justicia holandesa absolvió a los
doctores kadijk y prins, que provocaron la muerte de niños
de pocos días con malformaciones congénitas a
petición de sus padres, por "actuar responsablemente y de
acuerdo con la ética médica vigente". No es de
extrañar por lo tanto que se califique al protocolo como
el punto final de una pendiente resbaladiza. Sin embargo, los
expertos médicos holandeses prefieren hablar de "una
consecuencia racional lógica,
signo de evolución de la práctica
médica en su lucha por defender el derecho del paciente a
una calidad de vida mínima".

5.
LIMITACIONES

5.1 LIMITACIÓN ESPACIAL

  • La limitación espacial de este proyecto se
    centra en todo el espacio territorial de Colombia.

5.2 LIMITACIÓN TEMPORAL

  • La limitación temporal de este proyecto esta
    dada en dos meses y para que se ejecute esta en manos de los
    estudios que se realicen en la Rama Legislativa.

6. CRONOGRAMA DE
ACTIVIDADES

ACTIVIDAD

SEPTIEMBRE

OCTUBRE

I

II

III

IV

I

II

III

IV

Investigación exhaustiva de la
eutanasia

        

Marco teórico de la eutanasia

        

Búsqueda de solución.

        

Realización del proyecto su
culminación

        

7.
PRESUPUESTO

DESCRIPCIÓN

VALOR

Investigación

350.000

Realización del proyecto

105.000

Trascripción e impresión

90.000

Valores agregados de consumo

75.000

TOTAL

620.000

8.
CONCLUSIONES

La eutanasia descansa sobre un principio ético
básico para la democracia: el
derecho a la privacidad. Este tiene su raíz en la idea de
libertad personal. Adquiere mayor significado en las sociedades
abiertas, pluralistas y democráticas, donde coexisten
posturas, creencias religiosas y sistemas de
valores contrapuestos, y donde tenemos la obligación de
ser tolerantes con las diferentes convicciones
éticas.

Nosotros como familiares tenemos el deber de reducir el
sufrimiento innecesario, aplicándolo a los individuos
independientemente del derecho a la libre elección, o sea,
con aquellas personas que debido a su enfermedad Terminal no
poseen la facultad de decidir que quieren para si mismos, si
terminar con el sufrimiento que los agobia o si continuar hasta
llegar a lo inevitable.

Sin embargo, el derecho a la privacidad implica que una
persona debería tener potestad sobre su cuerpo, su
nutrición
y salud, y, en lo posible, que se le debería consultar
sobre el tratamiento de sus propias enfermedades. Ello supone un
principio de autodeterminación con respecto a los problemas que
surjan en el contexto del tratamiento médico. Este
principio se aplica a la eutanasia. Aquellos individuos que
están agonizando, gravemente enfermos, deberían
tener el derecho de negarse al tratamiento y pedir ayuda para
aliviar el sufrimiento y adelantar la muerte, y dado el caso que
este no pueda realizar esta decisión, lo haga el pariente
más cercano.

ANEXOS

Máquina confiscada en
Australia

(Inyecta Hidróxido de Carbono en
grandes cantidades, directamente a las venas, lo que produce una
muerte segura)

Estado Vegetativo

Estado De Coma

Derecho a la Eutanasia y no al
Sufrimiento

 

 

 

Autor:

Fernando Luis Duran Acosta

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA
LATINOAMERICANA

PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

BARRANQUILLA

2007

Partes: 1, 2
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