El principio de legalidad: ¿Mecanismo de control de la democracia o estricto cumplimiento de la ley?
- Análisis
teórico del principio de legalidad - Análisis
histórico de la interrelación legalidad –
democracia - Conclusiones
- Bibliografía
Introducción
Desde el mismo título que encamina este tema de
investigación se abre una brecha en la
misma. La legalidad:
¿Es un mecanismo de control de la
democracia o
un estricto cumplimiento de la ley? Tal y como
es presentado supone que estos dos postulados son contradictorios
y excluyentes, por lo que la tarea de esta investigación
estaría encaminada a demostrar la pertenencia de uno y
exclusión del otro de la definición conceptual del
principio de legalidad. Sin embargo tras concluir la misma, uno
de sus primeros resultados fue la complementariedad de ambos en
su puesta en práctica.
Tras esta primera conclusión el principal
problema que salto a la vista fue si es posible la existencia
aislada del principio de legalidad y la democracia. El mismo
fue tomado como interés
esencial de la investigación.
Tras este problema la hipótesis planteada fue que las
categorías de legalidad y democracia están tan
interrelacionadas que dependen intrínsecamente la una de
la otra para su definición.
Para la demostración de esta hipótesis fue
trazado como objetivo
general: analizar desde un punto de vista teórico
– histórico al principio de legalidad a fin de
demostrar su interdependencia con la democracia.
La legalidad ha sido definida por muchos autores y desde
distintas posturas de formas diferentes, llegando a veces a ser
contradictorias, que se nutren de otros conceptos
jurídicos e incluso de postulados filosóficos e
históricos. De ellas podría sacarse como
denominador común un concepto muy
estricto y simple en el que la mayoría de los autores
concuerdan:
"El principio de legalidad es la adecuación de
los actos de la autoridad a
un conjunto de normas
jurídicas, las cuales deben estar expresadas en el
ordenamiento jurídico vigente".
Amén de que la mayoría de las posturas
concuerden con esa definición, para muchos
resultaría muy parca y delimitada, ya que en la misma no
se expresa el tipo de normas que conforman dicho ordenamiento o
el origen de las mismas.
Algo a notar en este concepto es lo explicito que se
presenta en el mismo el elemento del cumplimiento de la ley. El
principio de legalidad tiene como uno de sus principales
elementos la existencia de un cuerpo normativo, la existencia de
derecho, esto trae como consecuencia (si partimos del rasgo de
obligatoriedad implícito en el derecho) que en una
sociedad donde
prime el principio de legalidad tiene que existir un estricto
cumplimiento de la ley. Lo propio de este principio sería
que este cumplimiento estricto debe ser asumido tanto por
el estado como
por la sociedad civil, y
esta última se verá protegida frente a la
arbitrariedad del poder del
primero.
La mayoría de los juristas insisten en vincular
al concepto de legalidad los conceptos de Estado de
Derecho, imperio de la ley y democracia,
partiendo de la idea que la legalidad consiste en convivir dentro
de las leyes "que a
su vez se produzcan dentro de la Constitución, por la voluntad popular y con
la garantía plena de los derechos humanos
o fundamentales"
No obstante algunos filósofos del derecho como el hebreo Joseph
Raz, afirman que el concepto de legalidad debe estar despojado de
todos los elementos democráticos y éticos, no dice
nada de cómo debe ser creado el derecho (por tiranos,
mayorías democráticas o de cualquier otra forma) ni
implica los derechos fundamentales como
igualdad o
justicia. En
palabras de Raz: "el Estado de Derecho
es una virtud negativa en dos sentidos: la conformidad a
él no causa bien, salvo impidiendo el mal y el mal que se
evita es el mal que únicamente pudo haberse producido por
el propio derecho".
Como base de esta investigación tomo partido por
la postura mayoritaria que parte de vincular el principio de
legalidad con democracia. Partiendo de que en este trabajo cuando
se habla de democracia se toma por definición la de un
régimen estatal o político en el cual la
soberanía reside en la ciudadanía y en consecuencia está
participa en la toma de
decisiones políticas,
directamente o por medio de representantes electos.
Añadiendo a esta definición la dada por el profesor Julio
Fernández Bulté:
"Los métodos
de ejercicio del poder estatal pueden ser ajustados a moldes
constitucionales, respetuosos de los conceptos generales sobre
el estado de
derecho y, en consecuencia, atenido a los principios
funcionales que en la politología burguesa
contemporánea se identifican como correspondientes a los
regímenes democráticos. En ellos (…) se
produce al menos una formal subordinación de toda la
sociedad y del Estado y sus órganos al imperio de la Ley
y dichos órganos funcionan según
parámetros de respeto
general a las libertades individuales y los derechos
ciudadanos."
Desarrollo
Cuando hablamos de principio de legalidad, un elemento
que salta a la vista es su multidimencionalidad. El mismo, si se
define desde una perspectiva amplia, cobra tres dimensiones
principales: una dimensión política, una
dimensión jurídica y una dimensión ética.
En su dimensión política la legalidad
regula las relaciones que se establecen entre gobernantes y
gobernados. En esta dimensión adopta una relación
muy estrecha con el concepto de legitimidad y
democracia.
En su dimensión jurídica, regula como debe
estar conformado y establecido el ordenamiento jurídico y
al mismo tiempo fija
las características que deben presentar las
normas.
Finalmente en su dimensión ética, inserta
los valores de
justicia e igualdad en las dos dimensiones
anteriores.
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