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El director de seguridad



Partes: 1, 2

    1. Departamentos de
      seguridad
    2. El
      Director de seguridad al frente de un Departamento de
      seguridad
    3. Principios,
      deberes y obligaciones que rigen la prestación del
      servicio de vigilancia y seguridad privada

     

    Con 1298 Departamentos Constituidos
    ante la
    Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
    a 31- 05- 07

    Es la figura del máximo responsable de la
    seguridad de una Empresa u
    Organismo, tanto público como privado, en la que
    esté constituido un Departamento de Seguridad.

    La finalidad del Departamento de Seguridad será
    garantizar la protección de las personas, los bienes,
    valores,
    negocio de la empresa, y el
    normal funcionamiento de los servicios.

    En el Decreto Ley 356 de 1994
    en su capitulo II se establece la normatividad para los
    Departamentos de seguridad pero existe un vacío la no
    hacer una referencia sobre el perfil de la figura del Director de
    Seguridad.

    CAPÍTULO II

    DEPARTAMENTOS DE
    SEGURIDAD

    ARTÍCULO 17. DEFINICIÓN. Se
    entiende por departamento de seguridad, la dependencia que al
    interior de una empresa u
    organización empresarial o entidad de
    derecho
    público o privado, se establece para proveer el
    servicio de
    vigilancia y seguridad privada de bienes, instalaciones y
    personas vinculadas a la misma. 

    También deberán establecer departamentos
    de seguridad, las personas naturales que pretendan organizar
    servicios de vigilancia y seguridad privada con armas de fuego
    para su propia protección. 

    PARÁGRAFO. Los departamentos de seguridad
    no podrán prestar servicios de vigilancia y seguridad a
    ningún título a personas diferentes de las
    vinculadas a la empresa, grupo
    empresarial o persona natural a
    la cual se concede la licencia de
    funcionamiento. 

    ARTÍCULO 18. PÓLIZAS DE SEGURO. La
    empresa, organización empresarial o persona a la cual se
    le concede licencia de funcionamiento para un departamento de
    seguridad deberá tomar una póliza de seguro de
    responsabilidad
    civil extracontractual, contra los riesgos de uso
    indebido de armas de fuego u otros elementos de vigilancia y
    seguridad privada, no inferior a 400 salarios
    mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una
    compañía de seguros
    legalmente autorizada. 

    ARTÍCULO 19. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.
    La Superintendencia de Vigilancia y seguridad Privada,
    podrá expedir licencia de funcionamiento de carácter nacional, previo el lleno de los
    siguientes requisitos: 

    1. Solicitud dirigida a la Superintendencia de
    Vigilancia y seguridad Privada, en la cual se informe

    • Justificación de la solicitud en la que se
      demuestren los riesgos especiales que ameriten la constitución del
      departamento. 
    • El nombre y documento de identidad
      del representante legal, quien deberá suscribirla y en
      la cual se informe: 
    • Estructura del Departamento de
      Seguridad 
    • Nombre de la persona responsable de la
      organización de seguridad, adjuntando fotocopia de
      la cédula de ciudadanía y del certificado
      judicial. 
    • Modalidad de los servicios que
      desarrollará. 
    • Presupuesto
      asignado por la empresa para la operación del
      departamento de seguridad y desarrollo
      de los servicios. 

    Y el varias veces citado Director de Seguridad debe
    tener una amplia y especializada formación
    técnico-profesional.

    Partes: 1, 2

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