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Los derechos del consumidor , el comercio electrónico y el llamado contrato
de adhesión




Enviado por zuriel





    1.
    Introducción

    2. Una sociedad
    consumista

    3. Publicidad eficaz: necesidades
    implantadas

    4. Un ritmo vertiginoso, una sociedad
    estresada, un trabajador sin tiempo y un
    ordenador

    5. Problemas economicos clásicos:
    tiempo y espacio

    6. Contratos electrónicos :
    obstáculos a sortear

    7. Los vicios de la
    voluntad

    8. Conclusiones
    9. Bibliografía
    Utilizada

    1.
    Introducción

    Como lo diré en otra ponencia acerca de los
    conflictos a
    raiz de los nombres de dominio, la
    primera tentación del jurista es presentar los problemas de
    forma tal, que divide los problemas
    fácticos , y los problemas jurídicos. La segunda
    tentación alcanza al jurista también, pero
    más precisamente al investigador: la
    esquematización prolija en capítulos numerados, la
    separación artificial de problemas conexos, que es
    válida a los efectos del estudio científico, pero
    nos juega malas pasadas en el efecto final de nuestro discurso ante
    nuestros interlocutores.

    No debemos olvidar que la estética debe ceder frente a la
    comunicación. Si la presentación es bella pero
    nadie entendió el contenido o lo entendieron mal, esa
    presentación no existió. Quedará en el fuero
    interno del pensador, sin haber hallado comprensión en el
    exterior. Además, metodológicamente, y no desde la
    estructura
    sino desde la funcionalidad, es preferible desarrollar un proceo
    lógico-cronológico de la realidad, e ir analizando
    como ella va apareciendo, pues llevaremos a todo interlocutor en
    la dirección y sentido de nuestro razonamiento
    originario y no en el flash de nuestro
    diagrama
    complicado, a veces poco comunicativo. Lo principal es dirigir
    hacia una meta. La conclusión clara es la
    demostración de un buen trabajo.

    Por todo esto , veremos lo que acontece paso a paso en
    esta realidad nueva de la telemática y los negocios entre
    "ausentes", imposible de soslayar.

    Y por esto también, lo fáctico se
    entrecruzará con lo jurídico. ¿Por
    qué? Primero, porque lo jurídico no tiene
    razón de ser sin el hecho (como dice Michelle Virally en
    su obra "La pensée juridique" ) . Segundo, porque no
    estamos en un enfoque estático sino dinámico,
    socio-jurídico, evolutivo; de legge lata sí, pero
    también de legge ferenda. Si los juristas dejamos de crear
    , no seremos necesarios.

    Y tercero, porque ya es hora que el objeto determine el
    estudio de su ciencia y no
    que ésta lo determine, lo encasille y lo estanque. A esto
    nos dirigimos.

    2. Una sociedad
    consumista

    Me molestaría recurrir a frases hechas, caer en
    lugares comunes. De hecho, cuando esto ocurre en los libros que
    leo, paso directamente a la otra página. De modo que lo
    que menos quiero es aburrir al lector.

    Pero es insoslayable esta variante dentro del comercio
    internacional y electrónico, si bien abarca todo el
    fenómeno de producción de bienes (
    muchas veces determinado , otras determinante, muchas veces en
    luchas competitivas sangrientas, y otras queriendo hacerse
    accesible sin fronteras y a todo público, pero encontrando
    trabas fiscales en los estados nacionales), el fenómeno de
    los servicios
    (creando nuevas oportunidades, sobre todo para los innovadores),
    trayendo al protagonismo a todo un elenco de sujetos que median
    entre la producción y el consumo.
    Finalmente, y antes de llegar al consumidor,
    tenemos la publicidad, y es
    ésta la que queremos enfocar.

    El mundo polarizado ya pasó a la historia. Significa que no
    queremos responsabilizar a un solo sector en este proceso.
    Sería tosco. Sería poco serio. Es esa mentalidad la
    que ha hecho que el ser humano no cumpla su papel de
    encargado de la tierra de
    manera cabal, y es ésta la que instituyó al
    hombre enemigo
    de otro hombre, y
    así, de sí mismo.

    También debe dejarse en el pasado la idea liberal
    clásica, la fisiocracia y la guerra de
    todos contra todos. Supuestamente son teorías
    independientes, pero si lo pensamos dos veces, veremos que no
    tenemos una ley perfecta en
    el mercado, no hay
    igualdad de
    fuerzas (y esto no sólo perjudica a consumidores sino
    también al comercio en
    nacimiento o al pequeño productor); ya no sólo de
    la agricultura
    vive el hombre , si
    bien nunca debemos abandonarla, pues somos encargados de esta
    tierrra, sin tener a quien citar en garantía si nos juzgan
    por esto, y ser eficaz sin ser eficiente es ser un comerciante
    mediocre y atrofiado. Nunca nos olvidemos de devolver a la
    tierra lo que
    tomamos de ella.

    En cuanto al juego de
    fuerzas, es vital considerar a la publicidad. Es
    hora de enfocar el problema. Y el problema son actitudes y no
    sujetos. El problema no es pasar destruyendo las estructuras y
    cambiarlas por otras de moda, sino
    preguntarnos hacia donde nos dirigimos, y sea como juristas o
    como comerciantes, considerar los riesgos y las
    consecuencias.

    No es la estructura el
    problema. Debemos conocer cual es la finalidad perseguida.
    Debemos medir costos, riesgos y
    consecuencias, pues en todo libre juego, en todo
    ecosistema
    libre –como se busca tener- siempre hay un pez más
    gordo, y conocer los límites de
    cada uno, y vivir dentro de normas
    éticas es fundamental. Como no parece alcanzar en una
    sociedad
    individualista, se necesitan años de enseñanza y de reenfoque de objetivos,y
    mientras esto transcurre se necesita una abogacía
    preventiva que respalde tratativas, preacuerdos, etc, de los
    comerciantes, así como traiga información al consumidor. En tanto se
    forma una mentalidad para unificar criterios a nivel
    internacional, es la educación, el buen
    enfoque de la publicidad, y sobre todas las cosas la autotutela
    la que salvará la seguridad del
    comercio sin
    detrimento de la libertad
    comercial.

    Volviendo al problema de la publicidad, que no es la
    única que debe modificarse, sino también la
    estrategia de
    las empresas que la
    contratan, debemos dejar de lado un poco la discusión
    estructural y de estrategias, pues
    éstas están al servicio de
    una finalidad, y si no sabemos cuál es o no escogimos la
    mejor, seremos eficaces pero no eficientes, y es muy probable que
    nos genere un costo
    desconocido.

    El concepto de
    calidad
    está perdiendo en dos áreas: primero, porque la
    masificación y la competencia
    desleal priorizan cantidad sobre calidad y a veces
    al consumidor no le queda elección; y segundo porque la
    falta de análisis de mercado que es
    directamente proporcional al aumento de publicidad creadora de
    necesidades, más allá de los dividendos que viene
    produciendo, generan una cifra negra , un valor
    desconocido: no todo mercado es alcanzable mediante la
    intimidación o alineación. Hay aun seres que
    piensan. Hay aún empresas que lo
    saben, y pronto darán vuelta los resultados, porque la
    competencia
    desleal ya no estará dada en la cantidad sino en la
    calidad. Deben conocerse las necesidades insatisfechas del
    consumidor, las particularidades de cada
    región…

    No es serio descansarse en abrir la cabeza del
    consumidor y meterle lo que tenemos. Libertad es
    poder elegir.
    El mercado lo hará cada vez más posible. En
    numerosos países el monopolio
    pasará a la historia y ya el consumidor
    no estará acorralado. Los que se confían de ser los
    distribuidores exclusivos, encontrarán un mercado sin
    fronteras espaciales ni temporales, y ya es una realidad a
    través del comercio
    electrónico.

    Esto no es solo un argumento ético. Es un
    pronóstico. O los actores cambian, o serán
    historia. El mundo no se detiene por nosotros. Nosotros debemos
    hacerlo, saber qué buscamos, y reenfocar nuestros
    esfuerzos.

    Hoy, vivimos en un mundo donde la publicidad en vez de
    comunicar una marca, suele
    adornar , mentir, hipnotizar. El consumidor es un eterno
    recipiente y hay un sector que se erigió suministrador.
    Esto no es solo culpa del publicista si bien a veces recomienda
    estas estrategias, sino
    también del empresario, y del mundo en que se mueven: no
    hay alter, solo ego. Y todos quieren tener fe que esto no se
    volverá en su contra.

    Un aumento de bienes y
    servicios
    disponibles:

    Es innegable que el valor confort
    está en los primeros lugares de las prioridades humanas de
    los países desarrollados, luego de la libertad y la
    seguridad. Ocurre
    otro tanto en los subdesarrollados, a veces en menor medida, y
    muchas veces, por las razones explicadas en el numeral anterior,
    o por mala formación educativa, en igual o más
    medida, se busca el confort. ( en los países
    subdesarrollados como el nuestro, encontramos sujetos que carecen
    de alimento pero no de televisión
    por cable, o que carecen de casa propia pero no de
    automóvil, o que carecen de muebles pero no de boletos de
    avión . es una triste realidad, ya aquí no es culpa
    de la publicidad sino de la educación, y
    más específicamente del Estado que a
    la hora de priorizar pone por último la formación
    del individuo para que realmente sea libre y no un
    monigote).

    Pero no todo es mala noticia. Las enfermedades retroceden (si
    bien se ve el surgimiento de otras nuevas) ; los equipos
    especializados de medicina,
    cirugía, hasta los de fotografía
    y telefonía….Esto ha sido un gran logro de
    la especie humana, y esto también agregó al elenco
    de necesidades del ser humano, otras que ahora se han vuelto
    básicas.

    No está mal que crezcan los bienes , los
    servicios y las necesidades, sino el procedimiento por
    el cual lo hacen. Volvemos a la raíz: debemos enfocar la
    finalidad perseguida y adelantarnos al cambio que
    viene, en lugar de seguirlo desde atrás.

    3. Publicidad eficaz:
    necesidades implantadas

    Hay una gran diferencia entre que me den lo que quiero y
    que me hagan querer lo único que pueden dar. La distancia
    es de aquí a Saturno.

    No existe libertad en el mercado: las fuerzas no son
    iguales y los actores entran en competencia desleal y otros
    sucumben ; consumidor y suministrador están en notoria
    desigualdad por lo dicho en el numeral uno.

    El papel del
    empresario es conocer su cliente y
    complacer sus expectativas. Eso al menos es el discurso de la
    calidad total.
    Si no es sólo la vara mágica para volver todo
    legítimo o para realizar seminarios, debemos ser
    coherentes.

    Se necesita estudio de
    mercado, se necesitan técnicos en marketing
    así como sociólogos y especialistas en estadística.

    El papel del publicista es transmitir de la manera
    más eficaz lo que el comerciante le presenta sin forma
    vendible, y no es dolo que se valgan de las mejores estrategias.
    El problema es que el eje sea la finalidad, y la finalidad
    incluya la satisfacción del público.

    La necesidad creada está facilitando el progreso
    del comercio electrónico, de la telemática, del acceso del común de
    los hombres a estos avances.

    Ya es una realidad. Incide a favor de un nuevo
    ámbito de acción.

    Ahora : no es la única manera de conseguirlo. Ya
    se consiguió. Pues bien, ahora debe enfocarse el
    funcionamiento de aquí en más de este mundo virtual
    y a la vez tan real.

    Un interesado "en algo":

    "No sé lo que quiero, pero lo quiero ya". Vivimos
    en la cultura que
    idolatra la novedad por sobre la realidad. Esto se da en el campo
    político, social y religioso, y ni que hablar del
    económico- que hoy nos ocupa-.

    Tenemos una sobre-educación del
    individuo. No hablamos sólo del poco instruído sino
    de personas con nivel terciario que han caído en el
    síndrome de "lo que sea".

    Esto favorece también el comercio, y
    específicamente el electrónico y transfronterizo.
    Me pregunto si no podemos valernos de esta apertura y cambiar esa
    triste realidad, y concretar nuestras teorías
    de la calidad total eh
    hechos.

    No se perderá consumidores y se aumentará
    la fluidez de las relaciones.

    En esta carrera perderán los que tienen que
    perder : no ya los productores de calidad sino los de cantidad,
    los competidores desleales.

    Creo que en todo lo que tiene que ver con informática, telemática y comercio
    internacional, deberíamos tomar la medida de "no
    innovar", mientras reflexionamos la dirección nueva que tomaremos, aprovechando
    lo ya hecho y perdonando el mal pasado o los medios viles
    empleados para tener lo que hoy se tiene.

    Me animo a decir algo más: que sea una medida de
    no innovar "in pejus". En tanto no se logren mejores salidas, no
    se puede obstaculizar las encontradas. A veces la supuesta
    defensa del consumidor no deja que llegue hasta él lo que
    él quiere sino que lo destruye como consumidor. El
    comercio necesita fortalecerse además de revisarse y no
    ser cercenado por teóricos que no presentan alternativas
    junto a sus críticas.

    Nos movemos en la dimensión de lo humano. Debe
    haber alteridad, progreso y también reconocimiento de las
    limitaciones, sin por eso ser estoicos. Debemos evitar polarizar
    ideas, enfrentar hombres, y buscar puntos medios. No nos
    olvidemos que toda la convivencia humana es un proceso de
    negociaciones, y tampoco pretendamos ser dioses, y ser lapidarios
    en las conclusiones.

    Monopolios y oligopolios:

    Este es un tema muy espinoso. Es una gran causa de la
    falta de verdadera autonomía de la voluntad, así
    como de lesión de la voluntad, así como de la
    polarización del mundo en hombres suministradores y
    hombres recipientes.

    Tanto se le ha criticado a la religión en el pasado
    de crear una dicotomía entre receptores y sagrados
    emisores, y sin embargo se quiere ignorar que el mismo problema
    se trasladó a la economía.

    Había una vez un muchacho llamado LIBRE JUEGO DE
    OFERTA
    DEMANDA, hijo
    de una mujer de nombre
    LEY DEL
    MERCADO. Al alcanzar su madurez, experimentó trastornos de
    conducta,
    pérdida de valores,
    esquizofrenia
    y grandes dolores de cabeza. Hasta que un día se
    tiró desde un barranco y murió. Sus amigos
    sabían que todo el pueblo se alarmaría, pues
    él era muy querido, y hasta hoy han querido , a veces con
    más , a veces con menos suerte, ocultar su
    fallecimiento.

    En la época de desarrollo del
    estado de
    bienestar y de políticas
    keynesianas se atenuó el gran margen de error de la
    teoría
    liberal clásica. Luego se persiguieron o regularon los
    monopolios, y luego….para nuestro asombro, se dejó de
    considerar nuevamente, y en numerosos países el monopolio
    existe y nadie hace nada.

    Volvemos al tema de que no son las estructuras
    sino la finalidad. Si esta es satisfacer al cliente, se
    necesita competencia, o monopolios estatales serios y no
    más voraces que los privados. El contrato digital
    no es el problema. Tampoco el formulario, considerado contrato de
    adhesión, sino el contexto previo de todo esto : una
    estructura dual entre ganadores y perdedores en el comercio, y no
    por calidad sino por cantidad de mala calidad , contrabando o
    trustificación. Tenemos sacerdotes de la economía cuya palabra
    es santa, y meros recipientes.

    Ha crecido el comercio, ha crecido la tecnología. El hecho
    de que paremos hoy a reflexionar nos dice que no debemos destruir
    lo alcanzado, sino encontrar el enfoque para hacer que sea
    útil a todos.

    4. Un ritmo vertiginoso, una
    sociedad estresada, un trabajador sin
    tiempo y un
    ordenador

    La O.I.T. nos advierte que ha crecido enormemente el
    doble empleo. Esto
    no solo se da en los países subdesarrollados con motivo de
    la insuficiencia de ingresos, sino
    también en los desarrollados pues inciden otros factores
    más que mencionaremos.

    La figura de la mujer ha
    cambiado. Hoy tenemos un ser increíble cuyos
    tentáculos controlan la cocina, la economía
    doméstica, los grupos de
    autoayuda o actividades socioculturales, paralelamente al trabajo
    técnico, profesional o aun fabril.

    Es una mujer que se ha
    hecho fuerte, pero es débil, y eso no es tenido en cuenta.
    Suele ser discriminada en vez de valorada y recibir menos paga
    por mejor o igual trabajo que el hombre. El
    mundo polarizado no fue idea suya, pero el mercado la enfrenta al
    hombre, dejando resultados desvastadores en la familia y
    en la sociedad. El hombre se siente amenazado por competencia
    desleal laboral, se
    siente inferior cuando no accede a empleos o queda en el hogar
    desempleado, y la sociedad toda no alcanza armonía porque
    tiene problemas pendientes.

    Por otro lado, el aumento de bienes y servicios crea
    nuevas necesidades que deben ser satisfechas, y el hombre ya no
    trabaja solo para comer sino para alcanzar el confort.

    Ya el trabajo no
    es visto como lo veía la aristocracia sino que se ve
    dignificante, importante, y se ve como una necesidad no solo
    economica sino moral y
    cultural.

    A consecuencia de estas cosas, como dijimos en el
    título de este numeral, tenemos un trabajador cansado,
    estresado , sin mucho tiempo, con
    necesidades nuevas.

    En esto el comercio hizo sus deberes o tareas y se
    acercó al consumidor, y es el gran factor de
    transformación actual.

    Ese individuo apurado por el ritmo de la sociedad,
    muchas veces se encuentra con un ordenador y realiza
    transacciones. No solo el individuo común, ya que el
    comerciante también es un hombre y un
    consumidor.

    Aún el trabajador a domicilio, el técnico
    que arrienda servicios u obras, en su casa, mientras realiza
    tareas de programación, diseño
    gráfico o contabilidad,
    llega aún a pedir la clásica pizza a través
    de internet a un
    supermercado virtual, o reservar sus pasajes, etc.

    El último factor no menos fuerte es que hay una
    cultura del
    personal
    computer, y aún sin necesidad nos hemos vuelto unos
    adictos a las relaciones telemáticas.

    5. Problemas economicos
    clásicos: tiempo y espacio

    La economía siempre experimentó los mismos
    problemas, con adaptaciones o con diferentes métodos
    para resolverlos.

    Éstos son :los problemas de espacio (la demanda no
    halla oferta en su
    país, sea por tener sistemas
    monoproductores o falta de tecnología o falta de
    calidad necesaria) y , los problemas de tiempo (se encontraron
    oferta y
    demanda pero se carece del dinero en ese
    momento específico).

    Estos problemas fueron resueltos a lo largo de la
    historia, a través del trueque, de la negociación triangular y por último
    –y es lo que nos interesa- por el crédito
    y la negociación internacional electrónica.

    Para el problema tiempo vino como anillo al dedo la
    tarjeta de crédito. El crédito seguirá
    su avance, llegando a códigos de individualización
    biométrica o informática y cuentas
    corrientes conocidas en todo el mundo. Esto nos recuerda el
    capítulo 13 de Apocalipsis (la marca de la
    bestia). Para el asombro de muchos, es de notar que en Bruselas ,
    Bélgica existe una imponente base de datos
    individuales y crediticios con vocación de ser mundial,
    llamada "la bestia", y es sabido que IBM está buscando un
    tatuaje invisible. Además, el código
    de barras ya es moneda corriente, y pronto se llegará " al
    cumplimiento de esa profecía".

    Para el problema de espacio, ha llegado la
    telemática, la internet, la telaraña
    mundial, y es más eficaz y rápida que el pedido al
    proveedor, y no tiene tantas exigencias.

    De la combinación de ambas vemos más clara
    la razón de ser de los contratos
    electrónicos.

    6. Contratos
    electrónicos : obstáculos a sortear

    El primer obstáculo que se presenta es formal, y
    refiere a la fiabilidad, seguridad, integridad e intangibilidad
    de las negociaciones vía digital. El contrato entre
    "ausentes" –según nuestra doctrina jurídica
    clásica-, a distancia, mediante redes, une un comprador y un
    vendedor, o un ofertante y un aceptante, que tal vez sin esta
    tecnología nunca se hubieran encontrado, y tal vez nunca
    hubieran conocido ni la necesidad ni el producto.

    Debemos abandonar prejuicios y reconocer que los mismos
    requisitos formales clásicos y los elementos de los
    contratos se dan, pero con el matiz , con el tinte de la
    informática. Los argumentos por la autenticidad suelen ser
    más exigentes con el contrato digital que con los
    escritos, que también pueden ser alterados, o tener
    voluntad viciada. No se puede partir de la excepción. El
    jurista no puede comenzar hablando de la patología sino
    favorecer el desarrollo de
    la autonomía de la voluntad, dejando válvulas
    de escape para protegerla de vicios (pero esto lo continuaremos
    más adelante).

    Se han desarrollado técnicas
    de autentificación (códigos, encriptación,
    métodos
    biométricos,etc), así como garantías por
    terceros certificadores , e intangibilidad mediante el
    sellamiento.

    No quiero desarrollar temas ya explicitados en otras
    obras. Los remito al trabajo de mi compatriota , el Dr. Marcelo
    Bauza , Junto A Otros Destacados Juristas, Bajo El Título
    "Informatica Y Derecho , N° 2 : El Derecho De La Prueba Y La
    Informatica" (Editado por la Universidad
    Nacional de Educación a
    Distancia del Centro Regional de Extremadura).

    En cuanto a este punto, quiero sí tomar las
    palabras con que comienza dicha obra:

    "Érase una vez una maravillosa joven a quien la
    vida no le había deparado nada hasta el presente. Separada
    prematuramente de la presencia de sus padres, ella vivía
    con su madrastra y las dos jóvenes hijas de ésta.
    Estas últimas la criticaban sin cesar, y la obligaban a
    hacer las tareas más arduas, y para humillarla más
    aún la llamaron CENICIENTA. He aquí la historia de
    la prueba en Derecho Informático."

    En cuanto a la Formación De La Voluntad, se
    vuelve fácticamente necesaria la presencia de formularios.
    Éstos son otra cenicienta en el mundo de los contratos,
    pues , bajo el nombre "contratos de adhesión", se los mira
    con malos ojos, sospechando que la voluntad del firmante no ha
    sido tenida en cuenta, lo cual no está lejos de la
    realidad muchas veces, pero no debemos atacar a este contrato,
    práctico, muchas veces imprescindible en virtud de la
    modalidad empleada (como el caso de la contratación por
    computadora),
    sino que debemos analizar las circunstancias de hecho que
    anteceden y rodean esta contratación, para verificar si
    hubo o no libertad.

    En condiciones ideales, el formulario electrónico
    es necesario para tratar con un número grande de
    individuos a los que se les oferta un mismo bien o servicio, y
    mediante enlaces obtener fácilmente una aceptación,
    que sería alinearse a todo el contenido. Cuando los
    factores de hecho no ponen en lesión o violencia la
    voluntad del aceptante, o no surgen elementos para presumirla,
    debe dejarse vivir y ser a este tipo de contrato, viable y hasta
    necesario ontológica y fácticamente.

    Pero también es verdad que deben existir
    mecanismos de protección del consumidor, siempre que no
    lleguen a arruinar todo en vez de mejorarlo, como bien dijo el
    uruguayo JORGE PIRIZ en un trabajo sobre la reciente Ley uruguaya
    sobre Relaciones de Consumo, que
    brevemente pasaremos revista.

    En dicha obra publicada en una Revista del
    Centro de Estudiantes de Derecho de la Facultad en Uruguay, cita
    las palabras del Dr.PEIRANO FACIO, quien advertía que el
    fenómeno del contrato de adhesión suele vincularse
    a la desigualdad económica y es allí donde suele
    hallar razón de ser y donde debe buscarse el vicio de la
    voluntad. Lo primero no se da siempre en el contrato
    electrónico. La razón de ser del formulario en
    materia de
    comercio telemático va mucho más allá de
    diferencias económicas que no siempre se dan, si bien, al
    unirse al consumismo, las necesidades creadas, problemas de
    interpretación o aun lingüísticos , y la
    formación de monopolios, se da la más notoria
    ausencia de autonomía real de la voluntad.

    Todos estos factores extras se suman a los indicios de
    vicio de la voluntad, pero quiero recalcar que el principio debe
    ser la conservación del contrato y la excepción su
    nulidad, así como la excepción ha de ser el vicio
    de la voluntad y nunca erigirlo como regla sólo porque no
    nos gusta la cara del contrato de adhesión.

    Vinculado a esta materia
    está el tema del idioma empleado, los términos la
    falta de información específica, etc. Si lo
    que se va a emplear es un formulario, no olvidemos la
    abogacía preventiva que los consultores de las empresas
    deben brindar, evitando litigios, haciendo que el proceso sea la
    última alternativa. Se debe informar claramente al
    consumidor para evitar problemas ; se debe conocer la normativa
    de cada país y advertirse al empresario de las
    consecuencias, y por supuesto, enviar en lo posible textos en
    el lenguaje
    del destinatario. Tanto el empresario como el abogado de empresa, deben
    trabajar regidos por la primera ley de Murphy : SI ALGO PUEDE
    FALLAR , LO HARA, corroborada por la primera norma de la teoría
    de la información : debemos limitar la probabilidad de
    error.

    Por último, se deben medir las consecuencias, de
    hecho y de derecho : hay países que reconocen la
    lesión como vicio de la voluntad; otros son flexibles al
    interpretar la violencia;
    otros –com Argentina y
    Francia
    consagran normas sobre
    "cláusulas abusivas", y en el campo fáctico, no
    tener en cuenta las necesidades insatisfechas del consumidor es
    muy irresponsable.

    7. Los vicios de la
    voluntad

    Analizaremos los posibles vicios de la voluntad que se
    pueden esgrimir contra los contratos de adhesión. Estos
    son: error, violencia, dolo, lesión, cláusula
    abusiva, ausencia de voluntad, y en el orden penal , generalmente
    estafa.

    ERROR: En la mayoría de los países que
    acogen este vicio de la oluntad, y ocurre así en Uruguay, no es
    cualquier error, sino uno que recae en la calidad esencial. Es
    algo que se tuvo en cuenta al decidir contratar y que no
    está presente luego, por lo que , de haber sabido que
    faltaría no se hubiera contratado nunca.

    En el derecho común lo vemos cuando un vendedor
    muestra un
    producto o
    dice vender el de vidriera y luego no cumple esas características el entregado.

    En el ámbito de comercio electrónico se
    puede dar cuando se contrata en base a un formulario al que
    adherimos y nos llega una confirmación que cambió
    su contenido o donde se aplica la llamada cláusula de "las
    cuatro esquinas" por la cual, con un acto final que consigna
    propuesta , aceptación y contenido menor que el pactado,
    deja sin efecto todas las tratativas anteriores donde se fue
    formando la voluntad.

    VIOLENCIA: no nos referiremos a la física , pues
    será prácticamente inviable, sino a la moral,
    entendida como amenaza de un mal cierto o inminente.

    Esta solo encarada con un criterio laxo puede
    encuadrar.

    En el ámbito laboral se ha
    discutido en conferencias si es violencia o no la
    aceptación del trabajador de disminución de
    salario para
    no perder el empleo.

    En el area de comercio electrónico lo más
    cercano sería decir que la sociedad de consumo unida al
    monopolio, a la ausencia de información del consumidor, o
    a la falta de otros ofertantes, ante el temor fundado de no
    obtener el producto deseado por medios menos gravosos , le da el
    tinte de violencia.

    DOLO: el dolo es una artimaña con fin de
    dañar o perjudicar. Se lo vincula a la mala fe en los
    negocios, y
    suele vincularse con falta de información o
    información errónea o mentirosa sin la cual la
    persona
    destinataria de la oferta , no contrataría. Llevado al
    ámbito penal, suele encuadrar en la ESTAFA, que es el
    delito cometido a
    través de maquinaciones engañosas dirigidas a
    captar la aceptación de la víctima.

    Debemos aclarar que no entra en el concepto de vicio
    de la voluntad el llamado DOLO BUENO, que es el tolerado por el
    derecho, y que es propio de la práctica comercial, tal
    como puede ser cierta exageración de cualidades (no
    así , desde el punto de vista de protección al
    consumidor, el mentir sobre cualidades), y en general, diferentes
    modos de sensacionalismo, ya conocidos por el común de la
    gente.

    LESION: Este vicio de la voluntad no fue tenido en
    cuenta en Uruguay, y tampoco en muchos otros países.
    Sí lo tuvo en cuenta el legislador español.

    Lesión es el vicio que opera cuando se presenta
    un estado de necesidad de alguien y la propuesta gravosa y
    oportunista de solución con un valor sobredimensionado en
    ocasión de esa situación especial de
    necesidad.

    Se dan como ejemplos, el ofrecimiento de rescate a un
    barco que se hunde por el "módico precio" de un
    millón de dólares.

    Desgraciadamente, en nuestras latitudes no se lo
    reconoce como vicio, y de hecho se presume la libertad de los
    contratantes, tomando las prestaciones
    "como equivalentes", criterio que en nuestros días es una
    ficción.

    CLAUSULAS ABUSIVAS: con el término
    "cláusulas abusivas", la doctrina entiende a aquellas que
    otorgan demasiadas prerrogativas o ventajas a una parte en
    perjuicio de la otra, y generalmente entran por la desigualdad
    preexistente de los contratantes, por la necesidad lesionada o
    por el modo de contratar, como lo es el contrato de de
    adhesión (instrumento sumamente propicio para
    ellas).

    Tales pueden ser las cláusulas limitativas de la
    responsabilidad, exonerativas de garantía,
    impositivas de plazos brevísimos de reclamo, etc,
    etc.

    En algunas legislaciones, como la argentina (dentro
    del tema de la validez de los contratos, y por inferencias
    lógicas) y la francesa,( estas clásulas se tienen
    por no puestas).

    AUSENCIA DE VOLUNTAD: Aquí no hablamos de un
    vicio, que supone la existencia de voluntad, sino la carencia de
    la misma. Se ha sostenido por parte de la doctrina civilista que
    en los contratos de adhesión puede llegar a considerarse
    que no hay voluntad, y por lo tanto no hay contrato, por falta de
    uno de sus elementos esenciales. Entonces, se pide la
    declaración de nulidad.

    Soluciones legislativas:

    Como adelantáramos recién, la
    República Argentina ha regulado en ocasión de las
    cláusulas abusivas, pero no de manera expresa, sino que se
    infiere de su Código
    Civil, en sus artículos 1198, 21, 953 y 1071, dejando
    sólidas válvulas de escape a través de la
    protección de la buena fe, la moral y las
    buenas costumbres y el no-abuso de derecho.

    En Francia la
    regulación es específica y se las tiene por "no
    puestas"-art.35 de la Ley del 10/01/978 sobre PROTECCIÓN
    DEL CONSUMIDOR. En este país se manejan las hipótesis que mencionáramos en el
    numeral anterior..

    LA LEY FRANCESA DICE:

    "En los contratos concluidos entre profesionales y no
    profesionales o consumidores, pueden ser prohibidas , limitadas o
    reglamentadas por decretos del Consejo de Estado, las
    cláusulas relativas al carácter
    determinado o determinable del precio,
    así como su pago a ala consistencia de la cosa o a su
    entrega, a la carga de los riesgos , a la extensión de
    responsabilidades y garantías, a las condiciones de
    ejecución, de rescisión , de resolución o de
    reconduccion de las convenciones, en tanto tales cláusulas
    aparezcan como impuestas a los no profesionales o consumidores
    por un abuso del poder
    económico de la otra parte y confiriendo a ésta
    última una ventaja excesiva…."

    "….tales cláusulas abusivas, estipuladas en
    contradicción con las disposiciones precedentes, se
    reputan no escritas…"

    "…Estas disposiciones son aplicables a los contratos ,
    cualesquiera sean su forma o tipo…"

    En Italia
    según el código de 1942 , se acoge la doctrina de
    la CONVERSIÓN DEL NEGOCIO JURÍDICO NULO, que
    implica que la voluntad sea sustituída por el juez,
    conforme a lo que éste entiende por finalidad del contrato
    o de las partes. Para muchos, esta es una lesión a la
    autonomía privada. Creo que no lesiona el principio de
    conservación de los contratos, pero sí el contenido
    de los mismos, muchas veces.

    Por último, una breve revisión de la
    reciente LEY DE LAS RELACIONES DE CONSUMO, adoptada por Uruguay
    con el Número 17.189.

    En ella se busca proteger al consumidor de los contratos
    de adhesión por mecanismos de nulidad total o
    parcial.

    La primer solución es la nulidad parcial , y bien
    la integración del contrato por el juez,
    llenando el vacío que dejaron las cláusulas
    abusivas anuladas, y da la posibilidad de declarar nulo todo el
    contrato si fuere imposible integrar o surgiere que sin esas
    cláusulas se vacía de contenido el
    contrato.

    Se ha esgrimido en su contra, primero la falta de buena
    técnica legislativa, introduciendo "parches" o enmiendas y
    no regulando de manera global, lo cual puede ser
    correcto.

    También se critica por reiterar soluciones ya
    que la nulidad ya estaba consagrada en el Código Civil, lo
    cual no es del todo exacto, ya que esta regulación es
    más específica.

    Por último restan dos críticas: la
    primera: altera los principios
    generales de derecho civil la
    norma sobre integración judicial de la voluntad, en
    contraposición del principio de conservación de los
    contratos. Me parece que no contradice el principio de
    conservación, sino que opta por la nulidad total como
    último recurso, ni contradice las reglas de
    interpretación de contratos. Sí creo que puede
    lesionar la autonomía de las partes, y por último,
    creo que el principio de especialidad de las normas hace ineficaz
    el argumento en contra de esta ley en cuanto a la
    contradicción de principios
    generales.

    La última crítica presentada por mi
    compatriota JORGE PIRIZ es plausible, pues una consecuencia muy
    probable es que el juez declare nulos contratos, y en vez de
    proteger al consumidor, lo elimina del escenario.

    Soluciones coadyuvantes:

    Antes que nada, se necesita inexorablemente la
    harmonización de criterios a nivel de normas
    internacionales sobre contratación, derecho
    informático, documento electrónico, derechos del
    consumidor.

    Además, se requiere mayor información
    jurídica de los protagonistas, una abogacía
    preventiva, y una nueva manera de encarar el comercio y el
    mercado.

    En lo fáctico, sería conveniente la
    creación de asociaciones de consumidores, el análisis de mercado por parte de las
    empresas, los incentivos
    gubernamentales a la calidad, y mayor atención a la autotutela, que es vital
    mientras las regulaciones no llegan o son insuficientes para la
    buena protección de los intereses de cada
    parte.

    8.
    Conclusiones

    A-No Retroceder

    Los avances alcanzados deben aceptarse,
    independientemente de cómo llegamos a ellos. Se debe
    reconocer el status quo , pero mejorar cada
    día.

    El comercio electrónico debe continuar, pero irse
    mejorando, y no podemos aceptar críticas sin propuestas
    mejores : estamos construyendo.

    B-No Estancarse

    Debemos buscar normas que armonicen la seguridad del
    comercio con la legalidad, la protección del consumidor
    con la autonomía y la libre
    contratación.

    Se debe apuntar a empresas visionarias, que sepan captar
    más mercado a través del estudio de las verdaderas
    y nuevas necesidades del consumidor. Que sean innovadoras, y que
    no sólo impongan la necesidad, sino la busquen y
    satisfagan. Esto es excelencia y calidad.

    Se necesita una publicidad que comunique productos y no
    que forme las mentes (es tarea de la educación, que no
    está empañada de intereses privados), hacia
    necesidades creadas.

    Hay que luchar por una sociedad hecha por nosotros,
    compradores y vendedores y no una consumista que nos condiciona a
    unos a comprar cualquier cosa, y a otros a arrancarse la piel en una
    lucha a brazo partido, desleal.

    Por último, necesitamos juristas informados sobre
    los métodos de autenticación , seguridad, etc en el
    área del contrato digital.

    Debemos propender la admisión del documento
    electrónico como medio de prueba, y específicamente
    como documento.

    Necesitamos uniformizar las normas.

    Siempre los hechos llaman al derecho. Si la
    globalización comercial ya se está operando,
    necesita que el Derecho despierte de su sueño.

    El argumento nacionalista de las leyes de
    policía y el orden público internacional es un
    dinosaurio en Nueva York. Es
    una petición de principio.

    Se debe buscar la armonización internacional de
    normas y llegar al punto medio de protección de derechos
    fundamentales –tantas veces usados para no avanzar en los
    tratados y
    convenciones tanto comerciales como de telemática- y con
    eso evitaremos la clandestinidad, la evasión, la
    emboscada, la sorpresa ante normas aplicables desconocidas, la
    competencia desleal entre naciones y muchos delitos en
    ocasión de esta fragmentación mundial de normas y
    heterogeneidad de niveles de protección en los distintos
    ámbitos de la vida de los individuos de la especie
    humana.

    9. Bibliografía
    Utilizada

    1-INFORMATICA Y DERECHO (Carlos Delpiazzo,
    URUGUAY)

    2-DERECHO INFORMATICO (Correa y otros, Ed. Depalma,
    ARG)

    3-INFORMATICA Y DERECHO (Vittorio Frosini,
    Ed.Temis)

    4-INFORMATICA Y DERECHO N°2 :EL DERECHO DE LA PRUEBA
    Y LA INFORMATICA (Marcelo Bauza y otros- Univ.Nac.de Educación a
    Distancia-Extremadura)

    5-REVISTA DEL CENTRO DE ESTUDIANTES DE DERECHO, URUGUAY
    , titulada EXCEPCION, agosto 2000 , año 2, N°
    4)

    6-ENCICLOPEDIA MICROSOFT
    ENCARTA 2000.

    Advertencia: El presente trabajo constituye propiedad
    intelectual, y está protegido por leyes uruguayas (
    9.739 y sus modificativas) las que preven la protección
    del material registrado, y a nivel internacional, por numerosos
    tratados y
    convenios ratificados por el Uruguay. Su registro en
    Uruguay : ante el Registro de
    Derechos de
    Autor, Biblioteca
    Nacional de la R.O.U. GABRIEL BESSONART- 3696011

    Trabajo enviado y realizado por:
    Gabriel Bessonart

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