1. El
Euro: una moneda única para
Europa
3. ¿Por qué una moneda
única?
4. Los criterios de
convergencia
5. Las tres fases de la Unión
Económica y
Monetaria
6. La introducción del
Euro
7. ¿Cuándo entrará en
vigor?
8. Calendario de la introduccion del euro:
1996-1998-1999-2000-2001-2002
9. Billetes
Euro
1. El Euro: una moneda
única para Europa
La Unión Económica y Monetaria Europea
(UEM) que, a veces, se le llama Unión Monetaria Europea
(UME), significa una moneda única y un Banco Central
Europeo, totalmente independiente, que diseñará la
política
monetaria común. El
BCE empezará a funcionar el 1 de julio de
1998. Hoy hay un germen que se llama Instituto Monetario Europeo
(IME).
La Unión Económica y Monetaria (UEM) y su
evolución lógica,
la introducción de una moneda única,
constituye un compromiso fundamental del Tratado de Maastricht.
En Maastricht, los Estados miembros lograron ponerse de acuerdo
sobre los motivos por los cuales necesitamos una UEM así
como sobre los medios que
habrán de emplearse para llegar a ella.
La UEM es una vieja aspiración de la Unión
Europea. Desde finales de la década de los sesenta se
han sucedido las iniciativas para avanzar en esta dirección, si bien siempre se han visto
frustradas por la inexistencia de un compromiso político
firme y la falta de convergencia económica.
La propuesta que alcanzó mejores resultados, al
menos durante un cierto período de tiempo, fue la
del establecimiento de un Sistema Monetario
Europeo (SME) en marzo de 1979, en el que participaban todas las
monedas de los Estados miembros en aquella fecha, a
excepción de la libra esterlina.
El elemento central del SME era el ecu, definido como
una cesta o media ponderada de las monedas de los Estados
miembros Participantes en el SME.
El SME constituía un sistema de tipos
de cambio
estables pero ajustables. Cada moneda tenía un tipo de cambio
central en relación con el ecu y a partir de estos tipos
centrales se elaboraba una tabla de tipos de cambio
bilaterales (o parrilla de paridades) en la que cada moneda
tenía igualmente un tipo de cambio
central con respecto a cada una de las demás monedas
participantes, permitiéndosele fluctuar en una banda en
torno a este tipo
central. Los bancos centrales
estaban obligados a intervenir en apoyo de su moneda cuando se
preveía que su tipo de cambio pudiera sobrepasar los
márgenes de dicha banda.
Este sistema obtuvo excelentes resultados en sus
primeros años de funcionamiento, dando paso a una zona de
estabilidad monetaria en Europa, que ha
favorecido el crecimiento y la inversión. No obstante, el SME estuvo
sometido desde 1992 a importantes tensiones en los mercados de
cambio, lo que obligó en agosto de 1993 a ampliar los
márgenes de fluctuación de las monedas hasta el 15%
(al alza o a la baja), frente a los márgenes iniciales del
2,25% y 6% (según la moneda).
La UEM se justifica por la necesidad de culminar el
mercado
único, es decir, el programa adoptado
en 1985 para la supresión de los obstáculos a la
libre circulación de bienes,
servicios,
personas y capitales. La moneda única constituye pues el
complemento lógico y esencial del mercado
común y de la liberalización de los movimientos de
capitales.
Efectivamente, para aprovechar todas las ventajas que se
derivan del mercado único es necesario acabar con los
costes de las operaciones de
cambio de moneda así como con la incertidumbre que
introduce en las relaciones comerciales la inestabilidad de los
tipos de cambio.
Para hacernos una idea de los costes que supone el
cambio de moneda se suele repetir el ejemplo de la persona que sale
de su país con una determinada cantidad de dinero en el
bolsillo, en moneda de su país, y decide recorrer todos
los países de la Unión
Europea. Cada vez que cruza una frontera, cambia el dinero a la
moneda del país en el que entra pero, una vez en dicho
país, decide no comprar nada. Pasa por tanto al
país siguiente y realiza la misma operación. Cuando
acaba de recorrer todos los países y vuelve al suyo se
encuentran conque le queda tan sólo la mitad del dinero con el
que salió, y esto, sin haber realizado ninguna
compra.
La moneda única permitirá igualmente
fomentar la inversión y el empleo y
consolidar a la Unión Europea como la mayor potencia
comercial del mundo.
4.
Los criterios de convergencia
Para que la unión monetaria sea estable y
creíble, sólo deben participar en ella aquellos
países cuya gestión
económica sea correcta. Para ello, los Estados miembros se
han comprometido a mejorar sus resultados económicos
aproximándolos a los obtenidos por los países
más eficientes. Es lo que se conoce como
convergencia.
Con objeto de evaluar si el grado de convergencia es
suficiente, el Tratado de Maastricht ha establecido los llamados
criterios de convergencia o normas de
gestión
que han de seguir los diferentes Estados miembros para poder
participar en la unión monetaria.
Estos criterios de convergencia hacen referencia a los
principales indicadores
económicos: estabilidad de precios, tipos
de interés
a largo plazo, estabilidad de los tipos de cambio, déficit
público y deuda
pública. Todos los Estados miembros han de desarrollar
su gestión económica de forma tal que estos
indicadores no
difieran en exceso de los alcanzados por los Estados miembros con
mejores resultados. En concreto
éstas son las referencias:
- Estabilidad de precios: la
tasa de inflación no podrá exceder en más
de un 1,5% la tasa media de los tres Estados que tengan una
inflación más baja. - Tipos de interés
a largo plazo: no podrán superar el 2% de la media de
los tipos de los tres Estados que los tengan más
bajos. - Estabilidad de los tipos de cambio: la moneda
nacional no podrá haber sido devaluada durante los dos
años anteriores y deberá permanecer dentro del
margen de fluctuación previsto en el SME. - Déficit público: el déficit
presupuestario nacional deberá ser igual o inferior al
3% del PNB. - Deuda pública: no podrá exceder del 60%
del PNB.
Calendario de la uem en el parlamento
europeo
1990 | |
1 de julio | Inicio de la primera fase de la Unión |
1993 | |
1 de enero | Plena realización del mercado |
1 de noviembre | Se completa la composición de la cesta |
1994 | |
1 de enero | Inicio de la segunda fase de la UEM. |
1995 | |
31 de mayo | La Comisión adopta el Libro |
15 y 16 de diciembre | Consejo Europeo de Madrid. |
1997 | |
16 y 17 de junio | Consejo Europeo de Amsterdam. |
1998 | |
17, 18 y 19 de | Comisión de Asuntos Económicos y |
25 de marzo | ECON: Presentación por parte del |
26 de marzo | Subcomisión de Asuntos Monetarios: |
31 de marzo | ECON: Presentación del |
1 de abril | Sesión plenaria: Aprobación del |
14 de abril | ECON: Informe sobre la convergencia: |
15 de abril | ECON: Votaciones de los informes VON WOGAU y GASOLIBA I |
21 de abril | Consejo ECOFIN en Luxemburgo |
29 y 30 de abril | Aprobación de los informes VON WOGAU y GASOLIBA I |
1 de mayo | Consejo ECOFIN en Bruselas: recomendaciones |
2 de mayo | ECON: Examen de las recomendaciones del Consejo |
3 de mayo | El Consejo Europeo reunido en Bruselas fija |
7 y 8 de mayo | Audiencia de la Comisión Económica |
14 de mayo | Voto en la sesión plenaria de los |
3 de junio | La Comision Economica y Monetaria del P.E. |
5 de junio | Consejo ECOFIN en Bruselas |
15-16 de junio | Consejo Europeo de Cardiff |
16-17 de junio | El P.E. vota en sesión plenaria el |
Antes del | Preparación final del BCE y el SEBC. |
1999 | |
1 de Enero | Inicio de la tercera fase de la UEM. |
A partir del | El SEBC definirá y aplicará la |
1999 – 2002 | |
Del 1 de Enero de 1999 | El SEBC cambiará las monedas aplicando |
1 de Enero de 2002 | El SEBC pondrá gradualmente en |
1 de Julio de 2002 | Fin de la transición al euro para todos |
El cumplimiento de todos estos criterios es obligado
para los Estados miembros que deseen acceder a la tercera fase de
la UEM.
La entrada en esta tercera fase, no obstante, no puede
suponer una relajación en las normas de
política
económica seguidas por los miembros hasta ese momento
y por ello se prevé la formalización de un
compromiso entre los países participantes para seguir
avanzando en esta dirección a través del llamado Pacto
de Estabilidad, compromiso que prevé asimismo la
posibilidad de aplicar sanciones a los países que se
alejen de los objetivos
perseguidos.
5. Las tres fases de la
Unión Económica y Monetaria
En junio de 1988, el Consejo Europeo encargó a un
comité de expertos, presidido por Jacques Delors, el
estudio de las etapas que deberían seguirse hasta la
UEM.
El informe aprobado en este comité
proponía un plan en tres
etapas que, partiendo de una mayor coordinación en
materia
económica y monetaria, desembocaba en la adopción
de una moneda única y la creación del Banco Central
Europeo.
La segunda fase de la UEM se inició el 1 de enero
de 1994 con la creación del Instituto Monetario Europeo,
cuyas funciones
consisten en reforzar la coordinación de las políticas
monetarias, promover el papel del ecu
y preparar la creación del Banco Central Europeo para la
tercera fase, cuyo inicio tendrá lugar el 1 de enero de
1999.
En virtud de unos protocolos anejos
al Tratado, el Reino Unido y Dinamarca se reservan el derecho a
no pasar a ]a tercera fase, incluso si cumplen con los criterios
establecidos.
Es el nombre que se ha dado a la futura moneda
única participantes en la Unión Económica y
Monetaria Europea. El 1 de julio del año 2002
reemplazará totalmente a las monedas
nacionales.
Los Jefes de Estado o de
Gobierno de los
diferentes Estados miembros, reunidos en el Consejo Europeo de
Madrid en diciembre de 1995, decidieron el nombre de la moneda
única, así como el calendario para su
introducción.
La moneda única se llamará euro y su
introducción se realizará según el
calendario siguiente:
- A principios de
1998, los Jefes de Estado o de
Gobierno,
reunidos en el Consejo Europeo, determinarán, de acuerdo
con el procedimiento
señalado en el Tratado de Maastricht, los países
que participarán en la UEM, es decir, los Estados
miembros que hayan conseguido alcanzar en esa fecha un alto
grado de convergencia. - El 1 de enero de 1999 se constituirá de forma
efectiva la UEM entre dichos países y se fijarán
de forma irrevocable los tipos de cambio entre el euro y las
monedas de los países participantes.
Algunos meses antes se creará el Banco Central
Europeo, que será independiente de los gobiernos y
adoptará la política monetaria del conjunto de
los Estados que participen en esta unión monetaria. Los
Estados que en ese momento no hayan podido formar parte de ese
bloque se unirán a ellos en cuanto sus resultados
económicos se lo permitan.
- Como muy tarde a partir del 1 de enero del 2002, y
durante un corto periodo (no más de seis meses), se
pondrán en circulación los nuevos billetes y
monedas denominados en euros y se retirarán las antiguas
monedas nacionales.
7.
¿Cuándo entrará en vigor?
La
respuesta es compleja. A partir de 1999, el Banco Central
Europeo, los bancos centrales
de los Estados miembros, y el sistema
financiero comenzarán a operar en euros; pero la
moneda y los billetes no existirán todavía.
Habrá que esperar hasta el año 2002 para que entre
los ciudadanos circulen los billetes y monedas.
Durante el periodo transitorio (desde 1 de enero de 1999
hasta no más tarde del 1 de enero 2002), el euro no
existirá en forma de billetes y monedas, pero sí lo
hará como una moneda "virtual" para cualquier
transacción financiera.
8. Calendario de la introduccion
del euro
Año 1996
El Consejo Europeo de Ministros de Economía y Finanzas
adopta formalmente las decisiones de la Cumbre de Madrid de
diciembre de 1995.
Todos los Estados miembros comienzan campañas de
información a continuación de la
Mesa Redonda
celebrada en enero y de la consiguiente puesta en marcha, en el
ámbito nacional, de los acuerdos alcanzados en la misma.
El Instituto Monetario Europeo (IME)
tendrá que especificar antes de que acabe el año la
regulación y estructura
logística y organizativa necesarias para
que el Banco Central Europeo y el Sistema de Bancos Centrales
Europeos lleve a cabo su cometido en la tercera fase de la
Unión Monetaria (especialmente los instrumentos de
política monetaria). La Comisión Europea
propondrá la legislación necesaria para el cambio
de las monedas nacionales al euro (por ejemplo, reglas de
redondeo, continuidad de las cláusulas contractuales,
etc.). Los Estados miembros están tratando durante el
crucial año de 1997. Año 1997 Fecha
económica decisiva para que los Estados miembros alcancen
los cinco criterios de convergencia (inflación, tipo de
cambio, tipo de interés, déficit público y
deuda pública). Año 1998 En el
TUE se dice que "tan pronto como sea posible",
pero no más tarde del 1 de julio, el Consejo Europeo
decidirá los Estados miembros participantes. Hay un
peligro de inestabilidad entre el momento que se deciden los
países que entran y el de la fijación de las
paridades. Para evitarlo, en la reunión informal de
ECOFIN que ha tenido lugar el pasado
sábado, día 5 de abril de 1997, el ministro belga
de finanzas,
Philip Maystadt, explicaba que, para evitar la
especulación en los mercados, se
está estudiando el siguiente calendario: Día 1 de
mayo: los ministros de Finanzas preparan el terreno. Día
2: los jefes de estado y de Gobierno decidirán qué
países cumplen los criterios de Maastricht y, por tanto,
formarán parte de la UEM desde el 1 de enero de 1999.
Día 3: Se nombran los directivos del Banco Central Europeo
y se fijan de manera irreversible los tipos de cambio. (Este
calendario se ha dado por definitivo, con la posible
excepción de lo referente al BCE). Una vez fijados los
tipos de cambio, la UME ha comenzado. De hecho (aunque hasta el
1.1.2002 no de derecho), ya habrá una sola moneda (el
euro) con fracciones no decimales (peseta, franco francés,
marco, etc.). Abundando sobre la idea de fracciones no decimales,
si se fija en euro en 163 pesetas, 1 peseta es 1/163 de euro.
1/1,63 = 0,61 cent. Una moneda de peseta es equivalente a que se
hubiera acuñado una moneda de 0,61 cent. Es a este tipo de
valores a los
que llamamos no decimales. En el sistema monetario decimal se
suele dividir en céntimos o décimos. El
Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo estará
formado por un mínimo de 4 miembros, máximo 6; se
eligen por ocho años no renovables. Asimismo,
fijarán el día para la introducción de los
billetes y monedas en euros. El Sistema Europeo de Bancos
Centrales comenzará la fabricación de billetes en
euros (5; 10; 20; 50; 100; 200 y 500 euros). El Consejo Europeo y
los Estados participantes comenzarán la fabricación
de monedas en euros (0,01; 0,02; 0,05; 0,1; 0,5; 1 y 2 euros). Se
creará el Banco Central Europeo será y
tendrá que definir su política monetaria. El
Consejo Europeo tiene que adoptar la legislación
secundaria (pautas para la suscripción de capital propio
del Banco Central Europeo, recogida de información estadística, reservas mínimas,
consultas del Banco Central Europeo). El 31 de diciembre
concluirá la segunda fase de la Unión
Económica y Monetaria. Años 1999-2001 El 1 de enero
de 1999 comenzará la tercera fase de la Unión
Económica y Monetaria Europea. Fijación irrevocable
de los tipos de conversión entre monedas participantes y
el euro. Un ECU se convertirá en un euro. Las monedas
nacionales de los miembros participantes continúan en
circulación como moneda de curso legal, como una
fracción o múltiplo del euro. Entrada en vigor de
un nuevo estatus (pendiente de definir) para las monedas de los
países de la Unión Europea no participantes. El
establecimiento por el Banco Central Europeo de la
política monetaria, operaciones de cambio exterior,
sistema de pago interbancario y para grandes empresas
(TARGET),
y medidas de nueva deuda pública negociable en Euros.
Últimos preparativos de las economías nacionales
con vistas al inicio de las operaciones del sector privado y la
administración. Año 2002 El 1 de
enero del 2002, los billetes y monedas en euros comenzarán
a circular. Comienza la retirada de los billetes y monedas
nacionales participantes. El conjunto de cuentas bancarias
será transformado en euros. Finaliza la
consideración como monedas de curso legal de las monedas
nacionales participantes (No más tarde del 1 de julio).
Cambio completo de la administración
pública (No más tarde del 1 de
julio).
Los principales elementos del diseño
del euro se han modificado, con carácter
previo a la elaboración de las planchas que
permitirán imprimir los billetes reales, para corregir
aquellos rasgos arquitectónicos que pudieran introducir
referencias claras a estructuras
reales y también para incluir a las islas Baleares y
Canarias, ausentes del mapa de Europa
inicialmente seleccionado.
Por motivos de seguridad, las
reproducciones que ahora ha difundido el Instituto Monetario
Europeo (IME) no muestran todos los detalles que serán
incorporados en última instancia, pero los nuevos bocetos
serán la base del trabajo técnico adicional que
permitirá al Sistema Europeo de Bancos Centrales poner en
circulación los billetes del euro antes del 1 de enero del
2002.
Los billetes son siete, de 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500
euros. Las denominaciones tienen colores
diferentes y también tamaños y señales
táctiles especiales, pensando en las personas invidentes o
con facultades visuales mermadas.
La elección efectuada por el IME se ha basado en
una maqueta inspirada en el tema Épocas y estilos de
Europa porque "reúne, de una forma armoniosa, la
evolución de la técnica, el arte y los
medios de
comunicación en Europa a través de los siglos,
y simboliza el nacimiento de la nueva Europa unificada,
depositaria de una herencia cultural
común, así como la visión de un futuro
común para el siglo próximo, es decir, para el
nuevo milenio" (Comunicado de prensa del IME,
13/12/96).
El grafismo seleccionado responde a las características siguientes:
- están representadas las 7 épocas de la
historia de la
cultura
europea: clásica (billete de 5 euro),
románica (10 euro), gótica (20
euro), renacimiento (50 euro), barroco y
rococó (100 euro), arquitectura del hierro y del
vidrio (200 euro), arquitectura moderna del siglo
XX (500 euro); - estas 7 épocas están representadas por
los estilos arquitectónicos respectivos: los
tres grandes elementos arquitectónicos representados –
las ventanas, los pórticos y los puentes – no
son atribuibles a un monumento o a un país en
particular, pero son representativos de los estilos
arquitectónicos que se han dado en una gran parte de
Europa; - el anverso de cada billete representa las ventanas y
los pórticos – que simbolizan "el espíritu
abierto y de cooperación que reina en el seno de la
Unión Europea" – y las doce estrellas de la
Unión Europea, que transmiten "el dinamismo y la
armonía de la Europa de hoy" (Comunicado de
prensa del
IME, 13/12/96); - el reverso de cada billete representa un puente
(sobre el perfil de un mapa de Europa desde el Atlántico
a los Urales) que es característico del periodo de la historia de Europa evocado
por el billete: "metafóricamente, el puente
simboliza el lazo que une no solamente los pueblos europeos
entre ellos, sino también a Europa con el resto del
mundo",
Los diferentes billetes representan también los
siguientes motivos:
- el nombre de la moneda EURO, a la vez en caracteres
latinos (EURO) y griegos (EURW); - la bandera de la Unión Europea, que
podría ser remplazada por un signo distintivo de cada
nación: esta decisión debía
haber sido tomada en el Consejo Europeo de Amsterdam (16 y 17
de junio de 1997) pero no se ha llegado a ninguna
posición común por el momento; - las iniciales del Banco Central Europeo (autoridad
emisora), en las cinco variantes posibles: BCE, ECB, EZB, EKT,
EKP; - la firma del Presidente del BCE, ubicada al lado de
estas iniciales
Los billetes euro serán los más seguros y
difíciles de falsificar entre los que se emiten
actualmente. El papel contiene
fibras fluorescentes y un dibujo de
diversos tonos. La imitación de este último exige
por parte del falsificador un trabajo adicional, porque no puede
reproducirlo fácilmente a la vez que lo copia o
imprime.
(Para ver grafico faltante hace clic en menu superior
"bajar trabajo")
Autor:
Ignacio Sylvester
Lic. Adm. de Empresas 1er.
Año