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La unión economica y monetaria




Enviado por ignaciosylvester




    1. El
    Euro: una moneda única para
    Europa


    3. ¿Por qué una moneda
    única?

    4. Los criterios de
    convergencia

    5. Las tres fases de la Unión
    Económica y
    Monetaria

    6. La introducción del
    Euro

    7. ¿Cuándo entrará en
    vigor?

    8. Calendario de la introduccion del euro:
    1996-1998-1999-2000-2001-2002


    9. Billetes
    Euro

    1. El Euro: una moneda
    única para Europa

    La Unión Económica y Monetaria Europea
    (UEM) que, a veces, se le llama Unión Monetaria Europea
    (UME), significa una moneda única y un Banco Central
    Europeo, totalmente independiente, que diseñará la
    política
    monetaria común. El
    BCE
    empezará a funcionar el 1 de julio de
    1998. Hoy hay un germen que se llama Instituto Monetario Europeo
    (IME).

    La Unión Económica y Monetaria (UEM) y su
    evolución lógica,
    la introducción de una moneda única,
    constituye un compromiso fundamental del Tratado de Maastricht.
    En Maastricht, los Estados miembros lograron ponerse de acuerdo
    sobre los motivos por los cuales necesitamos una UEM así
    como sobre los medios que
    habrán de emplearse para llegar a ella.

    2.
    Antecedentes

    La UEM es una vieja aspiración de la Unión
    Europea. Desde finales de la década de los sesenta se
    han sucedido las iniciativas para avanzar en esta dirección, si bien siempre se han visto
    frustradas por la inexistencia de un compromiso político
    firme y la falta de convergencia económica.

    La propuesta que alcanzó mejores resultados, al
    menos durante un cierto período de tiempo, fue la
    del establecimiento de un Sistema Monetario
    Europeo (SME) en marzo de 1979, en el que participaban todas las
    monedas de los Estados miembros en aquella fecha, a
    excepción de la libra esterlina.

    El elemento central del SME era el ecu, definido como
    una cesta o media ponderada de las monedas de los Estados
    miembros Participantes en el SME.

    El SME constituía un sistema de tipos
    de cambio
    estables pero ajustables. Cada moneda tenía un tipo de cambio
    central en relación con el ecu y a partir de estos tipos
    centrales se elaboraba una tabla de tipos de cambio
    bilaterales (o parrilla de paridades) en la que cada moneda
    tenía igualmente un tipo de cambio
    central con respecto a cada una de las demás monedas
    participantes, permitiéndosele fluctuar en una banda en
    torno a este tipo
    central. Los bancos centrales
    estaban obligados a intervenir en apoyo de su moneda cuando se
    preveía que su tipo de cambio pudiera sobrepasar los
    márgenes de dicha banda.

    Este sistema obtuvo excelentes resultados en sus
    primeros años de funcionamiento, dando paso a una zona de
    estabilidad monetaria en Europa, que ha
    favorecido el crecimiento y la inversión. No obstante, el SME estuvo
    sometido desde 1992 a importantes tensiones en los mercados de
    cambio, lo que obligó en agosto de 1993 a ampliar los
    márgenes de fluctuación de las monedas hasta el 15%
    (al alza o a la baja), frente a los márgenes iniciales del
    2,25% y 6% (según la moneda).

     3. ¿Por
    qué una moneda única?

    La UEM se justifica por la necesidad de culminar el
    mercado
    único, es decir, el programa adoptado
    en 1985 para la supresión de los obstáculos a la
    libre circulación de bienes,
    servicios,
    personas y capitales. La moneda única constituye pues el
    complemento lógico y esencial del mercado
    común y de la liberalización de los movimientos de
    capitales.

    Efectivamente, para aprovechar todas las ventajas que se
    derivan del mercado único es necesario acabar con los
    costes de las operaciones de
    cambio de moneda así como con la incertidumbre que
    introduce en las relaciones comerciales la inestabilidad de los
    tipos de cambio.

    Para hacernos una idea de los costes que supone el
    cambio de moneda se suele repetir el ejemplo de la persona que sale
    de su país con una determinada cantidad de dinero en el
    bolsillo, en moneda de su país, y decide recorrer todos
    los países de la Unión
    Europea. Cada vez que cruza una frontera, cambia el dinero a la
    moneda del país en el que entra pero, una vez en dicho
    país, decide no comprar nada. Pasa por tanto al
    país siguiente y realiza la misma operación. Cuando
    acaba de recorrer todos los países y vuelve al suyo se
    encuentran conque le queda tan sólo la mitad del dinero con el
    que salió, y esto, sin haber realizado ninguna
    compra.

    La moneda única permitirá igualmente
    fomentar la inversión y el empleo y
    consolidar a la Unión Europea como la mayor potencia
    comercial del mundo.

     4.
    Los criterios de convergencia

    Para que la unión monetaria sea estable y
    creíble, sólo deben participar en ella aquellos
    países cuya gestión
    económica sea correcta. Para ello, los Estados miembros se
    han comprometido a mejorar sus resultados económicos
    aproximándolos a los obtenidos por los países
    más eficientes. Es lo que se conoce como
    convergencia.

    Con objeto de evaluar si el grado de convergencia es
    suficiente, el Tratado de Maastricht ha establecido los llamados
    criterios de convergencia o normas de
    gestión
    que han de seguir los diferentes Estados miembros para poder
    participar en la unión monetaria.

    Estos criterios de convergencia hacen referencia a los
    principales indicadores
    económicos: estabilidad de precios, tipos
    de interés
    a largo plazo, estabilidad de los tipos de cambio, déficit
    público y deuda
    pública. Todos los Estados miembros han de desarrollar
    su gestión económica de forma tal que estos
    indicadores no
    difieran en exceso de los alcanzados por los Estados miembros con
    mejores resultados. En concreto
    éstas son las referencias:

    • Estabilidad de precios: la
      tasa de inflación no podrá exceder en más
      de un 1,5% la tasa media de los tres Estados que tengan una
      inflación más baja.
    • Tipos de interés
      a largo plazo: no podrán superar el 2% de la media de
      los tipos de los tres Estados que los tengan más
      bajos.
    • Estabilidad de los tipos de cambio: la moneda
      nacional no podrá haber sido devaluada durante los dos
      años anteriores y deberá permanecer dentro del
      margen de fluctuación previsto en el SME.
    • Déficit público: el déficit
      presupuestario nacional deberá ser igual o inferior al
      3% del PNB.
    • Deuda pública: no podrá exceder del 60%
      del PNB.

     Calendario de la uem en el parlamento
    europeo

    1990

    1 de julio

    Inicio de la primera fase de la Unión
    Económica y Monetaria (UEM). Se liberalizan
    plenamente los movimientos de capital en los países de la
    Unión (salvo aquellos que disfrutan de un
    período transitorio).

    1993

    1 de enero

    Plena realización del mercado
    único.

    1 de noviembre

    Se completa la composición de la cesta
    del ecu.
    Entra en vigor al tratado de la Unión Europea,
    firmado en Maastricht.

    1994

    1 de enero

    Inicio de la segunda fase de la UEM.
    Creación del Instituto Monetario Europeo (IME) en
    Frankfurt.
    Refuerzo de la coordinación de políticas económicas a
    escala
    europea.
    Lucha contra los «déficit excesivos» y
    política de convergencia
    económica en los Estados miembros.

    1995

    31 de mayo

    La Comisión adopta el Libro
    Verde sobre la moneda única (modelo
    de referencia para el paso a la moneda
    única).

    15 y 16 de diciembre

    Consejo Europeo de Madrid.
    Se acuerda el nombre de «euro» para la moneda
    única.
    Se fija el programa técnico de
    introducción del euro y el calendario para el paso
    a la moneda única en 1999 (conclusión del
    proceso prevista para el año
    2002).

    1997

    16 y 17 de junio

    Consejo Europeo de Amsterdam.
    Acuerdo definitivo sobre el marco jurídico para la
    utilización del euro, el Pacto de estabilidad y
    crecimiento y el régimen que sucederá al
    SME.
    Se da a conocer el diseño de las monedas en
    euros.

    1998

    17, 18 y 19 de
    marzo

    Comisión de Asuntos Económicos y
    Monetarios (ECON): Nuevo examen del
    informe VON WOGAU sobre convergencia, y
    audiencia de expertos sobre el informe económico anual
    (informe
    GASOLIBA I BÖHM
    ), el 17 de
    marzo por la tarde); aprobación del
    informe RANDZIO-PLATH (A4-0110/98)
    sobre control democrático en la tercera
    fase de la UEM el 18 de marzo;

    25 de marzo

    ECON: Presentación por parte del
    Presidente de la Comisión, Sr. Jacques SANTER, o
    del Miembro de la comisión Sr. Yves-Thibault DE
    SILGUY del informe sobre convergencia de
    la Comisión (11.00 horas);

    26 de marzo

    Subcomisión de Asuntos Monetarios:
    Presentación del informe del IME sobre convergencia por el
    Dr. Wim DUISENBEG (9.00 horas);

    31 de marzo
    (Estrasburgo)

    ECON: Presentación del
    informe VON WOGAU y del
    informe
    GASOLIBA I BÖHM
    sobre el
    informe económico anual;

    1 de abril
    (Estrasburgo)

    Sesión plenaria: Aprobación del
    informe
    GASOLIBA I BÖHM
    ;

    14 de abril

    ECON: Informe sobre la convergencia:
    reunión con los miembros de Parlamentos nacionales
    (por la tarde);

    15 de abril

    ECON: Votaciones de los informes VON WOGAU y GASOLIBA I
    BÖHM
    (a las 10.00 horas);

    21 de abril

    Consejo ECOFIN en Luxemburgo

    29 y 30 de abril

    Aprobación de los informes VON WOGAU y GASOLIBA I
    BÖHM
    en el Pleno (Bruselas);

    1 de mayo

    Consejo ECOFIN en Bruselas: recomendaciones
    sobre la lista de paises para la zona "Euro"

    2 de mayo

    ECON: Examen de las recomendaciones del Consejo
    ECOFIN sobre convergencia a las 8.00 horas –
    Sesión plenaria: votación de las
    recomendaciones del Consejo ECOFIN (10.00-12.30 horas,
    Bruselas);

    3 de mayo

    El Consejo Europeo reunido en Bruselas fija
    definitivamente los paises de la zona "Euro" y establece
    las orientaciones para la fijacion de la paridad entre
    monedas.

    7 y 8 de mayo

    Audiencia de la Comisión Económica
    y Monetaria del Parlamento Europeo con los candidatos
    para el Comité ejecutivo del BCE

    14 de mayo

    Voto en la sesión plenaria de los
    miembros del Comité ejecutivo del BCE..

    3 de junio

    La Comision Economica y Monetaria del P.E.
    adopta el informe sobre los actos de legislacion derivada para la puesta en
    marcha del BCE

    5 de junio

    Consejo ECOFIN en Bruselas

    15-16 de junio

    Consejo Europeo de Cardiff

    16-17 de junio

    El P.E. vota en sesión plenaria el
    informe sobre los actos de legislación derivada
    para la puesta en marcha del BCE

    Antes del
    1 de Enero de 1999

    Preparación final del BCE y el SEBC.
    El Consejo adoptará legislación relativa a
    la clave de reparto para la suscripción de
    capital, la recogida de datos
    estadísticos, las reservas mínimas, la
    consulta del BCE y las sanciones y multas que pueden
    imponerse a las entidades.
    El BCE y el SEBC se prepararán para la fase
    operacional: creación del BCE, adopción del marco regulador,
    puesta a prueba de la política monetaria, etc.

    1999

    1 de Enero

    Inicio de la tercera fase de la UEM.
    El Consejo fijará irrevocablemente los tipos de
    conversión de las monedas de los países
    participantes, entre sí y con respecto al
    euro.
    El euro se convertirá en una moneda de pleno
    derecho y la cesta oficial del ecu dejará de
    existir.
    Entrará en vigor el reglamento del Consejo por el
    que se establece el marco jurídico para la
    introducción del euro.

    A partir del
    1 de Enero

    El SEBC definirá y aplicará la
    política monetaria única en
    euros y llevará a cabo en la misma moneda las
    operaciones de cambio.
    Los Estados miembros realizarán las nuevas
    emisiones de deuda pública en euros.

    1999 – 2002

    Del 1 de Enero de 1999
    al 1 de Enero de 2002

    El SEBC cambiará las monedas aplicando
    los tipos de cambio fijados irrevocablemente.
    El SEBC y las autoridades públicas de los Estados
    miembros supervisarán el paso a la moneda
    única en los sectores bancario y financiero y
    ayudarán a todos los sectores económicos a
    prepararse para el cambio.

    1 de Enero de 2002
    como máximo

    El SEBC pondrá gradualmente en
    circulación billetes en euros y retirará
    los billetes nacionales.
    Los Estados miembros pondrán gradualmente en
    circulación monedas en euros y retirarán
    las nacionales.
    — FIN DEL PROCESO —

    1 de Julio de 2002
    como máximo

    Fin de la transición al euro para todos
    los Estados miembros participantes.

    El cumplimiento de todos estos criterios es obligado
    para los Estados miembros que deseen acceder a la tercera fase de
    la UEM.

    La entrada en esta tercera fase, no obstante, no puede
    suponer una relajación en las normas de
    política
    económica seguidas por los miembros hasta ese momento
    y por ello se prevé la formalización de un
    compromiso entre los países participantes para seguir
    avanzando en esta dirección a través del llamado Pacto
    de Estabilidad, compromiso que prevé asimismo la
    posibilidad de aplicar sanciones a los países que se
    alejen de los objetivos
    perseguidos.

    5. Las tres fases de la
    Unión Económica y Monetaria

    En junio de 1988, el Consejo Europeo encargó a un
    comité de expertos, presidido por Jacques Delors, el
    estudio de las etapas que deberían seguirse hasta la
    UEM.

    El informe aprobado en este comité
    proponía un plan en tres
    etapas que, partiendo de una mayor coordinación en
    materia
    económica y monetaria, desembocaba en la adopción
    de una moneda única y la creación del Banco Central
    Europeo.

    La segunda fase de la UEM se inició el 1 de enero
    de 1994 con la creación del Instituto Monetario Europeo,
    cuyas funciones
    consisten en reforzar la coordinación de las políticas
    monetarias, promover el papel del ecu
    y preparar la creación del Banco Central Europeo para la
    tercera fase, cuyo inicio tendrá lugar el 1 de enero de
    1999.

    En virtud de unos protocolos anejos
    al Tratado, el Reino Unido y Dinamarca se reservan el derecho a
    no pasar a ]a tercera fase, incluso si cumplen con los criterios
    establecidos.

    Es el nombre que se ha dado a la futura moneda
    única participantes en la Unión Económica y
    Monetaria Europea. El 1 de julio del año 2002
    reemplazará totalmente a las monedas
    nacionales.

    6. La introducción
    del Euro

    Los Jefes de Estado o de
    Gobierno de los
    diferentes Estados miembros, reunidos en el Consejo Europeo de
    Madrid en diciembre de 1995, decidieron el nombre de la moneda
    única, así como el calendario para su
    introducción.

    La moneda única se llamará euro y su
    introducción se realizará según el
    calendario siguiente:

    • A principios de
      1998, los Jefes de Estado o de
      Gobierno,
      reunidos en el Consejo Europeo, determinarán, de acuerdo
      con el procedimiento
      señalado en el Tratado de Maastricht, los países
      que participarán en la UEM, es decir, los Estados
      miembros que hayan conseguido alcanzar en esa fecha un alto
      grado de convergencia.
    • El 1 de enero de 1999 se constituirá de forma
      efectiva la UEM entre dichos países y se fijarán
      de forma irrevocable los tipos de cambio entre el euro y las
      monedas de los países participantes.

    Algunos meses antes se creará el Banco Central
    Europeo, que será independiente de los gobiernos y
    adoptará la política monetaria del conjunto de
    los Estados que participen en esta unión monetaria. Los
    Estados que en ese momento no hayan podido formar parte de ese
    bloque se unirán a ellos en cuanto sus resultados
    económicos se lo permitan.

    • Como muy tarde a partir del 1 de enero del 2002, y
      durante un corto periodo (no más de seis meses), se
      pondrán en circulación los nuevos billetes y
      monedas denominados en euros y se retirarán las antiguas
      monedas nacionales.

    7.
    ¿Cuándo entrará en vigor?
    La
    respuesta es compleja. A partir de 1999, el Banco Central
    Europeo, los bancos centrales
    de los Estados miembros, y el sistema
    financiero comenzarán a operar en euros; pero la
    moneda y los billetes no existirán todavía.
    Habrá que esperar hasta el año 2002 para que entre
    los ciudadanos circulen los billetes y monedas.

    Durante el periodo transitorio (desde 1 de enero de 1999
    hasta no más tarde del 1 de enero 2002), el euro no
    existirá en forma de billetes y monedas, pero sí lo
    hará como una moneda "virtual" para cualquier
    transacción financiera.

    8. Calendario de la introduccion
    del euro

    Año 1996
    El Consejo Europeo de Ministros de Economía y Finanzas
    adopta formalmente las decisiones de la Cumbre de Madrid de
    diciembre de 1995.

    Todos los Estados miembros comienzan campañas de
    información a continuación de la
    Mesa Redonda
    celebrada en enero y de la consiguiente puesta en marcha, en el
    ámbito nacional, de los acuerdos alcanzados en la misma.
    El Instituto Monetario Europeo (IME)
    tendrá que especificar antes de que acabe el año la
    regulación y estructura
    logística y organizativa necesarias para
    que el Banco Central Europeo y el Sistema de Bancos Centrales
    Europeos lleve a cabo su cometido en la tercera fase de la
    Unión Monetaria (especialmente los instrumentos de
    política monetaria). La Comisión Europea
    propondrá la legislación necesaria para el cambio
    de las monedas nacionales al euro (por ejemplo, reglas de
    redondeo, continuidad de las cláusulas contractuales,
    etc.). Los Estados miembros están tratando durante el
    crucial año de 1997. Año 1997 Fecha
    económica decisiva para que los Estados miembros alcancen
    los cinco criterios de convergencia (inflación, tipo de
    cambio, tipo de interés, déficit público y
    deuda pública). Año 1998 En el
    TUE
    se dice que "tan pronto como sea posible",
    pero no más tarde del 1 de julio, el Consejo Europeo
    decidirá los Estados miembros participantes. Hay un
    peligro de inestabilidad entre el momento que se deciden los
    países que entran y el de la fijación de las
    paridades. Para evitarlo, en la reunión informal de

    ECOFIN
    que ha tenido lugar el pasado
    sábado, día 5 de abril de 1997, el ministro belga
    de finanzas,
    Philip Maystadt, explicaba que, para evitar la
    especulación en los mercados, se
    está estudiando el siguiente calendario: Día 1 de
    mayo: los ministros de Finanzas preparan el terreno. Día
    2: los jefes de estado y de Gobierno decidirán qué
    países cumplen los criterios de Maastricht y, por tanto,
    formarán parte de la UEM desde el 1 de enero de 1999.
    Día 3: Se nombran los directivos del Banco Central Europeo
    y se fijan de manera irreversible los tipos de cambio. (Este
    calendario se ha dado por definitivo, con la posible
    excepción de lo referente al BCE). Una vez fijados los
    tipos de cambio, la UME ha comenzado. De hecho (aunque hasta el
    1.1.2002 no de derecho), ya habrá una sola moneda (el
    euro) con fracciones no decimales (peseta, franco francés,
    marco, etc.). Abundando sobre la idea de fracciones no decimales,
    si se fija en euro en 163 pesetas, 1 peseta es 1/163 de euro.
    1/1,63 = 0,61 cent. Una moneda de peseta es equivalente a que se
    hubiera acuñado una moneda de 0,61 cent. Es a este tipo de
    valores a los
    que llamamos no decimales. En el sistema monetario decimal se
    suele dividir en céntimos o décimos. El
    Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo estará
    formado por un mínimo de 4 miembros, máximo 6; se
    eligen por ocho años no renovables. Asimismo,
    fijarán el día para la introducción de los
    billetes y monedas en euros. El Sistema Europeo de Bancos
    Centrales comenzará la fabricación de billetes en
    euros (5; 10; 20; 50; 100; 200 y 500 euros). El Consejo Europeo y
    los Estados participantes comenzarán la fabricación
    de monedas en euros (0,01; 0,02; 0,05; 0,1; 0,5; 1 y 2 euros). Se
    creará el Banco Central Europeo será y
    tendrá que definir su política monetaria. El
    Consejo Europeo tiene que adoptar la legislación
    secundaria (pautas para la suscripción de capital propio
    del Banco Central Europeo, recogida de información estadística, reservas mínimas,
    consultas del Banco Central Europeo). El 31 de diciembre
    concluirá la segunda fase de la Unión
    Económica y Monetaria. Años 1999-2001 El 1 de enero
    de 1999 comenzará la tercera fase de la Unión
    Económica y Monetaria Europea. Fijación irrevocable
    de los tipos de conversión entre monedas participantes y
    el euro. Un ECU se convertirá en un euro. Las monedas
    nacionales de los miembros participantes continúan en
    circulación como moneda de curso legal, como una
    fracción o múltiplo del euro. Entrada en vigor de
    un nuevo estatus (pendiente de definir) para las monedas de los
    países de la Unión Europea no participantes. El
    establecimiento por el Banco Central Europeo de la
    política monetaria, operaciones de cambio exterior,
    sistema de pago interbancario y para grandes empresas
    (TARGET),
    y medidas de nueva deuda pública negociable en Euros.
    Últimos preparativos de las economías nacionales
    con vistas al inicio de las operaciones del sector privado y la
    administración. Año 2002 El 1 de
    enero del 2002, los billetes y monedas en euros comenzarán
    a circular. Comienza la retirada de los billetes y monedas
    nacionales participantes. El conjunto de cuentas bancarias
    será transformado en euros. Finaliza la
    consideración como monedas de curso legal de las monedas
    nacionales participantes (No más tarde del 1 de julio).
    Cambio completo de la administración
    pública (No más tarde del 1 de
    julio).

    9. Billetes
    Euro

    Los principales elementos del diseño
    del euro se han modificado, con carácter
    previo a la elaboración de las planchas que
    permitirán imprimir los billetes reales, para corregir
    aquellos rasgos arquitectónicos que pudieran introducir
    referencias claras a estructuras
    reales y también para incluir a las islas Baleares y
    Canarias, ausentes del mapa de Europa
    inicialmente seleccionado.

    Por motivos de seguridad, las
    reproducciones que ahora ha difundido el Instituto Monetario
    Europeo (IME) no muestran todos los detalles que serán
    incorporados en última instancia, pero los nuevos bocetos
    serán la base del trabajo técnico adicional que
    permitirá al Sistema Europeo de Bancos Centrales poner en
    circulación los billetes del euro antes del 1 de enero del
    2002.

    Los billetes son siete, de 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500
    euros. Las denominaciones tienen colores
    diferentes y también tamaños y señales
    táctiles especiales, pensando en las personas invidentes o
    con facultades visuales mermadas.

    La elección efectuada por el IME se ha basado en
    una maqueta inspirada en el tema Épocas y estilos de
    Europa
    porque "reúne, de una forma armoniosa, la
    evolución de la técnica, el arte y los
    medios de
    comunicación en Europa a través de los siglos,
    y simboliza el nacimiento de la nueva Europa unificada,
    depositaria de una herencia cultural
    común, así como la visión de un futuro
    común para el siglo próximo, es decir, para el
    nuevo milenio
    " (Comunicado de prensa del IME,
    13/12/96).

    El grafismo seleccionado responde a las características siguientes:

    • están representadas las 7 épocas de la
      historia de la
      cultura
      europea: clásica (billete de 5 euro),
      románica (10 euro), gótica (20
      euro), renacimiento (50 euro), barroco y
      rococó
      (100 euro), arquitectura del hierro y del
      vidrio
      (200 euro), arquitectura moderna del siglo
      XX
      (500 euro);
    • estas 7 épocas están representadas por
      los estilos arquitectónicos respectivos: los
      tres grandes elementos arquitectónicos representados –
      las ventanas, los pórticos y los puentes – no
      son atribuibles a un monumento o a un país en
      particular, pero son representativos de los estilos
      arquitectónicos que se han dado en una gran parte de
      Europa;
    • el anverso de cada billete representa las ventanas y
      los pórticos – que simbolizan "el espíritu
      abierto y de cooperación que reina en el seno de la
      Unión Europea
      " – y las doce estrellas de la
      Unión Europea, que transmiten "el dinamismo y la
      armonía de la Europa de hoy
      " (Comunicado de
      prensa del
      IME, 13/12/96);
    • el reverso de cada billete representa un puente
      (sobre el perfil de un mapa de Europa desde el Atlántico
      a los Urales) que es característico del periodo de la historia de Europa evocado
      por el billete: "metafóricamente, el puente
      simboliza el lazo que une no solamente los pueblos europeos
      entre ellos, sino también a Europa con el resto del
      mundo
      ",

    Los diferentes billetes representan también los
    siguientes motivos:

    • el nombre de la moneda EURO, a la vez en caracteres
      latinos (EURO) y griegos (EURW);
    • la bandera de la Unión Europea, que
      podría ser remplazada por un signo distintivo de cada
      nación: esta decisión debía
      haber sido tomada en el Consejo Europeo de Amsterdam (16 y 17
      de junio de 1997) pero no se ha llegado a ninguna
      posición común por el momento;
    • las iniciales del Banco Central Europeo (autoridad
      emisora), en las cinco variantes posibles: BCE, ECB, EZB, EKT,
      EKP;
    • la firma del Presidente del BCE, ubicada al lado de
      estas iniciales

    Los billetes euro serán los más seguros y
    difíciles de falsificar entre los que se emiten
    actualmente. El papel contiene
    fibras fluorescentes y un dibujo de
    diversos tonos. La imitación de este último exige
    por parte del falsificador un trabajo adicional, porque no puede
    reproducirlo fácilmente a la vez que lo copia o
    imprime.

    (Para ver grafico faltante hace clic en menu superior
    "bajar trabajo")

     

     

    Autor:

    Ignacio Sylvester

    Lic. Adm. de Empresas 1er.
    Año

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