Diagnóstico de las condiciones de trabajo y perfil de salud de los trabajadores del Instituto Autónomo de Recaudación de tasas de aseo domiciliario, comercial, industrial e institucional del Municipio Girardot (IARAGIR)
Introducción
El presente trabajo de
grado tiene como propósito elaborar un diagnóstico de las condiciones de trabajo y
perfil de salud de los
trabajadores recolectores de desechos del Instituto
Autónomo de Recolección de la Alcaldía de
Girardot (IARAGIR).
El factor humano representa dentro de este Instituto un
elemento de suma importancia y por consiguiente para alcanzar un
excelente desarrollo de
las actividades laborales, debe procurársele a estos
trabajadores un medio ambiente
de trabajo adecuado, con la finalidad de preservar la salud de
sus trabajadores. En la legislación
laboral existen diferentes normas que
regulan la aplicación de medidas preventivas para abordar
los riesgos a que
están expuestos los trabajadores en sus lugares de
trabajo. Estas medidas buscan prevenir los riesgos en el trabajo y
promover la salud, mediante la identificación, evaluación
y control de los
riesgos y peligros asociados a la actividad productiva. Pero la
legislación por sí sola no basta para advertir y
evitar los daños; se requiere que la empresa asuma
desde el inicio de la actividad empresarial una conducta
preventiva, evaluando la naturaleza de
los riesgos de la actividad, así como las respectivas
medidas preventivas que necesita aplicar.
El principal factor de riesgo en salud
laboral es la
ignorancia o el desconocimiento del riesgo, la carencia de
información así como de
participación de los trabajadores. Los diferentes
mecanismos de capacitación, difusión e
información de los riesgos derivados del trabajo,
así como la forma de prevenirlos resulta algo fundamental
para el cumplimiento de la normativa y para el ejercicio de un
trabajo seguro y que
garantice condiciones favorables para trabajadores y
empleadores.
Las condiciones y el medio ambiente de
trabajo no están constituidos por fenómenos
aislados, desconectados entre sí y sin relación con
el resto de la vida del trabajador. Los peligros constituidos por
instalaciones en mal estado o por
el medio ambiente físico, malas condiciones de trabajo,
largas jornadas de trabajo o las jornadas mal organizadas, ritmos
de trabajo excesivos y remuneraciones
dependientes del rendimiento son factores de riesgo para la
ocurrencia de accidentes y
enfermedades del
trabajo. Estas condiciones repercuten de manera directa en la
calidad de
vida laboral y familiar de las personas.
Con la realización de este trabajo el objetivo
principal es la creación de un diagnostico de las
condiciones de trabajo y del perfil de salud de los trabajadores
de la Alcaldía que establezca criterios teóricos y
prácticos con respecto al manejo de la información
y la intervención y nos permita la detección y
atención oportuna de los accidentes
laborales, con la detección precoz y la prevención
de los factores de riesgo.
La Ley General de la
Seguridad
Social define el concepto de
accidente de trabajo de la siguiente manera: "toda lesión
corporal que el trabajador sufra con ocasión o a
consecuencia del trabajo que efectúe por cuenta
ajena.
La Ley de Prevención entiende que los
daños para la salud también comprenden "las
patologías causadas o potenciadas por los esfuerzos
repetidos o continuados, físicos o mentales, realizados en
el ejercicio del trabajo".Las manifestaciones de estos
daños pueden ser dolores de diversa índole,
restricciones de movilidad, etc. Las causas pueden tener que ver
con posturas inadecuadas, descansos insuficientes,
etc.
En salud
ocupacional, especialmente los responsables de evaluar los
riesgos principalmente son las empresas y los
trabajadores, han buscado priorizar las acciones
preventivas, mejorar el sistema de
información, identificar y fortalecer la
notificación de enfermedades relacionadas con el trabajo,
así como lograr compresión de las enfermedades de
origen ocupacional que afectan al trabajador.
La aprobación de la Reforma de la Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo (Lopcymat), el Instituto Nacional de
Prevención Salud y Seguridad
Laborales (Inpsasel), tiene la competencia de
elaborar el proyecto de
normas técnicas
que regularán la materia de
Seguridad y Salud en el Trabajo, tal como lo establece el
artículo 18, numeral 4 de la presente
Ley.
La Dirección de Higiene,
Seguridad y Ergonomía
del Inpsasel se planteó la elaboración de estas
normativas técnicas "que tienen como objeto llenar los
vacíos técnicos que dificultan la aplicación
práctica de la Lopcymat, es por ello que vamos a
partir de la revisión de las Normas COVENIN
(Comisión Venezolana de Normas Industriales) y otras de
origen nacional e internacional en materia de Seguridad y Salud
en el Trabajo para adaptarlas a nuestra realidad". Es
trascendental porque las normas que regían la seguridad y
salud en el trabajo se realizaban a través de Fondo norma,
las cuales eran aprobadas por el Servicio
Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología
y Reglamentos Técnicos (Sencamer). Ahora las normas
las van a realizar desde el Inpsasel con la intención de
que los trabajadores puedan hacer las consideraciones al
respecto, atendiendo el principio de participación
establecido en la constitución y desarrollado en la
Lopcymat", "Esta actividad constituye una demostración de
las líneas estratégicas que tiene el Inpsasel y el
Ministerio del Trabajo, de fortalecer el sistema
único inspección de trabajo, mediante la coordinación de jornadas como estas.
Esperamos a través de esta actividad tener un papel de
trabajo de las normas técnicas para poder sacarla
en resolución ministerial y hacer de ella un uso
obligatorio".
Página siguiente |