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El derecho del público a saber es el derecho a vivir



Partes: 1, 2

    1. Lineamientos
      para garantizar el acceso a la información
      pública
    2. Los
      límites y obstáculos en el acceso a la
      información pública
    3. La
      acción de hábeas data
    4. Notas
    5. Bibliografía

    Un tema que comienza a discutirse en los países
    latinoamericanos en el marco de la demanda de los
    ciudadanos y la predisposición de los Estados en la
    búsqueda de su real democratización ("democratizar
    la democracia"),
    es el de facilitar y asegurar el derecho a la información y el recurso de
    hábeas data, como mecanismos que coadyuvan en la
    formación y ejercicio de la ciudadanía porque sirven de soporte y
    fortalecimiento al rol ciudadano. Éste implica un
    ejercicio responsable y conciente en la toma de
    decisiones frente a cualquier ámbito de acción
    en la vida pública.

    Tal como menciona María Rosa Maurizi (2001:
    1),

    En el sistema
    democrático representativo no sólo importa la
    participación electoral sino que también toma
    relevancia la búsqueda de mecanismos de
    participación directa y, sobre todo, la
    incorporación de los ciudadanos en las decisiones
    trascendentes de su comuna, ciudad y país.

    Para cumplir efectivamente este rol las personas
    requieren tener, en primera instancia, asegurado y reconocido
    formalmente "con fuerza de
    ley" el acceso
    a la información que produce y maneja el sector
    público, como instrumento que promueva la participación política, la lucha
    contra la corrupción y la interlocución con
    las diferentes instancias estatales, en relación a temas
    que los afectan inmediata y directamente en la construcción de su propio desarrollo. La
    labor del Estado es
    fundamental para brindar las condiciones apropiadas para que las
    personas puedan acceder libremente a la información que
    requieren en su vida cotidiana. Es así que,

    El tipo de información por la cual las personas
    mostrarán interés
    dependerá de la posición que asuman frente al
    accionar del Estado, de lo que podríamos entender
    también como el nivel de participación y
    ciudadanía que ejerzan (ibídem:
    4).

    En cumplimiento de los mandatos impartidos por los Jefes
    de Estado y de Gobierno en la
    Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en la ciudad de
    Québec, en abril de 2001, el Relator Especial de la
    Comisión Interamericana de Derechos Humanos
    (CIDH) para la Libertad de
    Expresión, de la
    Organización de Estados Americanos (OEA), se ha
    abocado a una tarea permanente por garantizar y ampliar el acceso
    a la información en los Estados miembros, en el entendido
    de que su implementación efectiva ofrece un marco para el
    establecimiento de políticas
    de transparencia necesarias para fortalecer las democracias.
    Incluso, el debate
    público sobre el acceso a la información puede
    fomentar el afianzamiento de las democracias
    americanas.

    El Plan de
    Acción de esta Cumbre estableció que la buena
    gestión
    y administración de la cosa pública
    requiere instituciones
    gubernamentales efectivas, representativas, transparentes y
    públicamente responsables, destinadas a facilitar la
    participación ciudadana en los procesos de
    toma de decisiones. Asimismo, plantea que para fortalecer una
    democracia más eficaz, crear la prosperidad y desarrollar
    el potencial humano, los Gobiernos de la región deben
    garantizar la protección, promoción y respeto de los
    derechos humanos,
    y el libre acceso a la información, con el objetivo de
    establecer prácticas óptimas para mejorar la
    administración de la información que tienen los
    gobiernos sobre las personas y facilitar el acceso de los
    ciudadanos a dicha información.

    El valor del
    acceso a la información comprende la promoción de
    los objetivos
    más importantes de las Américas, incluyendo
    democracias transparentes y efectivas, respeto por los derechos
    humanos, mercados
    económicos estables y justicia
    socioeconómica. (…) El Estado
    debe reconocer todos estos factores para garantizar en forma
    suficiente el derecho de acceso a la información.
    (Informe de la Relatoría para la Libertad de
    Expresión 2003
    ).

    En esta dirección, el Relator recomendó ya
    en su Informe del 2001
    la promulgación de leyes que
    permitan el acceso a la información en poder del
    Estado y contemplen el derecho de las personas a acceder a sus
    datos
    personales (hábeas data). Asimismo,
    recomendó el impulso de políticas que promuevan y
    divulguen la existencia de estos derechos como herramientas
    legales para alcanzar la transparencia de los actos del Estado y
    como medio de fiscalización y participación de la
    sociedad.

    Sin embargo, es un hecho que en América
    Latina, en general, los gobiernos no aseguran la publicidad de sus
    actos, impidiendo el acceso, la participación y el
    monitoreo efectivos de la ciudadanía. La mayoría de
    las dependencias gubernamentales no entrega la información
    que se les solicita. Las pocas que sí lo hacen, ni
    siquiera cumplen los plazos legales. En consecuencia, al igual
    que en la región andina, no existe un acceso efectivo a la
    información pública por parte de la
    ciudadanía.

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