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Aspectos legales de la empresa en Uruguay



Partes: 1, 2

    1. Concepto de empresa
    2. Empresario y
      comerciante
    3. Empresa
      y casa de comercio o establecimiento comercial o
      industrial
    4. La
      Empresa en el Derecho Uruguayo 
       
    5. Procedimiento
      para la Enajenación de Establecimientos
      Comerciales
    6. Fuentes

    CONCEPTO DE EMPRESA

       La palabra "empresa" en cierto modo se ha
    incorporado al lenguaje común. Es un término
    cómodo, penetrante, siendo frecuente su uso en distintos
    ámbitos. Es preciso llegar a un concepto jurídico,
    si es que lo tiene, porque en el campo del Derecho no se puede
    hacer el mismo uso del término que en el lenguaje
    corriente. Debe dársele, si se puede, una dimensión
    jurídica o definirse como mera realidad económica;
    pero descartando su utilización ambigua. El concepto de
    "empresa" pertenece a la ciencia económica. En ese
    ámbito, "empresa" es el nombre que se da a la
    organización de los factores de producción. En la
    empresa hay combinación de capital, de trabajo humano y de
    organización.

      Empresario es la persona que organiza y explota
    la empresa. La empresa es un producto de la obra del empresario.
    Toda empresa supone un titular, persona física o
    jurídica, que la ha creado, que la ha dotado de
    organización, que la hace funcionar y que obtiene las
    utilidades que en su funcionamiento se obtiene o que se hace
    cargo de las pérdidas que produce. De acuerdo con lo que
    acabamos de expresar, preliminarmente, proponemos la
    definición siguiente: la empresa es la
    organización del trabajo ajeno y del capital, para
    producir bienes o servicios destinados a ser cambiados.

    En lo que respecta a la ciencia jurídica, nuestro
    Código de comercio menciona entre los actos de comercio a
    ciertas empresas. La fuente de esa norma fue el Código de
    comercio francés.En el Código francés la
    palabra empresa hace referencia a actividades comerciales. No se
    manejaba, entones, el concepto económico de empresa. La
    doctrina que comentó y estudió el Derecho comercial
    codificado le prestó poca atención a esta
    expresión.

    Fue recién a partir de la Primera Guerra Mundial que el
    concepto de empresa comenzó a valorizarse en el
    ámbito jurídico, en virtud de la importancia con
    que se destacó en el campo de la economía
    Cabe observar que la elaboración doctrinaria respecto de
    la empresa no sólo se hizo en el campo del Derecho
    comercial. Como en la empresa coinciden diversos elementos
    personales y materiales, que están sometidos a la vez a
    distintas disciplinas del Derecho, los estudiosos de cada una de
    ellas se han preocupado de este tema. La empresa interesa no
    sólo al Derecho comercial sino, también, al
    laboral, al tributario, al administrativo, etcétera. Por
    otra parte, en nuestro Derecho positivo existen, además,
    muchas normas que, de una manera u otra, se refieren a la empresa
    – especialmente en el campo del Derecho laboral, de la
    previsión social y del Derecho tributario y se refieren a
    ella no siempre con corrección jurídica.

    I. Concepto de empresa

    Los juristas se han esforzado por dar un concepto
    jurídico de la empresa, puesto que entienden que, en
    cuanto fenómeno económico, interesa al Derecho. Los
    intentos efectuados son múltiples y los resultados
    variados. Aumenta las dificultades para encontrar una
    noción unitaria, el hecho de que ser este concepto
    estudiado por juristas de distintas ramas del Derecho,
    según ya hemos señalado. A continuación,
    esquematizaremos las distintas concepciones jurídicas
    sobre la empresa, a los efectos de dar una visión general.
    No haremos un análisis de los detalles y fundamentos de
    cada concepción, pues entendemos que ello excedería
    los fines de esta exposición. No seguiremos un orden de
    aparición histórica de cada concepción sino
    que los expondremos de acuerdo a un sistema que permita
    comprenderlas, relacionarlas y compararlas. Algunas concepciones
    son descriptivas de la complejidad de este instituto. Otras
    definen a la empresa en función de algunos de sus aspectos
    o manifestaciones.

    B. Diferenciación de la
    empresa respecto de otros conceptos

    Antes de analizar las concepciones sobre la empresa,
    entendemos necesario hacer distinciones previas entre la empresa
    y otras figuras del Derecho comercial.

    1.
    Empresario y comerciante

    Debe distinguirse entre estas dos figuras, ya que no todo
    empresario es comerciante, ni todo comerciante es empresario.

    No todo empresario es comerciante. Puede haber actividad
    empresarial fuera del Derecho comercial. Puede organizarse una
    actividad empresarial para una explotación agropecuaria o
    para el desempeño de una profesión
    universitaria.

    No todo comerciante es empresario porque se puede ser
    comerciante sin tener una empresa. El vendedor ambulante es un
    comerciante y ni siquiera casa de comercio tiene, sólo
    tiene mercadería.

     SEGÚN EL
    CÓDIGO DE COMERCIO: los comerciantes

    Capítulo I:

    De los comerciantes en general y de los actos de
    comercio

    Artículo 1. La ley reputa comerciantes a todos
    los individuos que, teniendo capacidad legal para contratar, se
    han inscripto en la matrícula de comerciantes y ejercen de
    cuenta propia actos de comercio, haciendo de ello su
    profesión habitual.

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