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Bioética: Razones para no abortar (página 2)



Partes: 1, 2

 El aborto es una
especie de guerra contra
el niño, la muerte
directa del niño inocente, asesinado por su propia madre.
Y si aceptamos que una madre asesine a su propio hijo,
¿qué podemos decir de las personas que se matan
entre sí?   

2- Decimos que la segunda razón  para decir "no"
al aborto provocado
es la religiosa, ya que la vida es sagrada para cualquiera de las
tres religiones
monoteístas. Cada persona ha sido
creada como un ser único e irrepetible, a imagen y
semejanza de Dios, Yavé o Alá, y para siempre.

"En realidad, desde el momento en que el óvulo es
fecundado, se inaugura una nueva vida que no es la del padre ni
la de la madre, sino la de un nuevo ser humano que se desarrolla
por sí mismo. Jamás llegará a ser humano si
no lo ha sido desde entonces…"
"Con la fecundación inicia la aventura de una vida
humana, cuyas principales capacidades requieren un tiempo para
desarrollarse y poder
actuar…"
3- Desde la óptica
filosófica, se dice que cada persona es una "novedad
radical" . Es verdad que una persona es incomunicable, que tiene
defectos, pero también es verdad ». que es
irrepetible y que tiene siempre, siempre, algo que aportar.
Incluso la persona aparentemente más indigente puede
servir para desarrollar el amor de su
madre.

Se relata que un profesor de
medicina les
planteó a sus estudiantes un pasado caso clínico
real para que dijeran si se recomendaba o no un aborto. El caso
clínico era el siguiente: "Si el padre tiene sífilis y
la madre tiene tuberculosis, el
primer hijo es ciego, el segundo hijo murió, el tercer
hijo es ciego y sordo, el cuarto hijo tiene tuberculosis, y la
madre está embarazada de su quinto hijo;
¿qué recomendarían?" Un estudiante dijo: "Yo
recomendaría el aborto del quinto hijo". El profesor
contestó: "Le felicito; usted hubiese abortado a
Beethoven". (18)

4- Los partidarios de la liberalización del aborto
enfocan a este desde el punto de vista llamado " ética de
las consecuencias", por lo tanto la pregunta que se realiza es…
" Si se hace legal el aborto: ¿Las consecuencias
serán mejores o peores que las que se obtienen con el
aborto ilegal?" … alegando así las beneficiosas
consecuencias en el orden de higiene, evitar
infecciones, hemorragias, muerte de la
paciente sometida a dicha práctica, evitar la
clandestinidad, decidir libremente sobre " el propio cuerpo",
etc.

Aunque ya sabemos que el bebé, ya sea en forma de
embrión o de feto, no forma
parte del cuerpo de la madre ya que posee su propio sistema
circulatorio, tejidos y porque
aún cuando este acaba de ser concebido, el cuerpo de la
madre lo reconoce como un ser extraño y su sistema
inmunológico lo ataca, pudiendo el niño
defenderse.

Si nos basamos en la ética de las consecuencias podemos
hacernos cuestionamientos como si acaso las consecuencias
serían mejores o peores si se eliminara a la mitad de la
población humana, a los judíos,
a los mogólicos, a los polimalformados.

¿No es acaso la misma base que se tenía en la
época de los nazis; no estamos haciendo lo mismo que se
hacía con los negros en la época de la esclavitud, al
decir que el bebé no-nacido no es humano?

Quienes se oponen, en cambio,
adoptan la perspectiva que puede denominarse "ética de los
principios"
donde se toma cómo punto de partida el principio del
respeto a la vida
humana y la pregunta que se realiza es si acaso el  fruto
inmediato de la concepción es un ser humano"…Y ante esta
pregunta las consecuencias, sean buenas o malas, poco
importan

5 – Otra de las paradojas a las que aludía es el
envejecimiento de la población y, a la par, cada vez
mayores técnicas
para evitar embarazos. Pero también mayores
técnicas para conseguir el embarazo
deseado.  En todo esto hay una grave reducción del
sentido de la persona, que se ha convertido, en realidad, en un
bien de consumo, en un
bien de consumo afectivo: ¿Tengo ganas de tener un hijo?
Lo tengo. ¿No tengo ganas de tenerlo? No lo tengo.

En resumen, un desprecio a la vida, por no comprender lo que
es la vida y su valor.
¿Por qué no se comprende la vida? Porque es
misteriosa. Cuando un matrimonio tiene
un hijo, saben que «es» de ellos, pero al mismo
tiempo, comprenden que «no es del todo» de ellos:
interviene algo misterioso que proviene de Dios. Al quitar ese
misterio, la nueva vida pasa a ser algo de tejas para abajo. Y
sin criterio, termina orientándose como un problema.

6 -  Muchas polémicas sobre la defensa de la vida
son estériles porque no se llega a la raíz del
problema, que supone las enormes dificultades –de presión
social, laboral,
económica, etc.– que una mujer debe
enfrentar hoy a la hora de tener un hijo. Para ello se toma como
excusa para la promoción del aborto, ya sea la juventud de la
madre, la falta de recursos
económicos para brindarle un futuro a ese hijo por nacer,
la falta de figura paterna, el abandono por parte del padre
biológico, el no querer "hacerse cargo".

También citamos como excusas el uso de drogas, el
embarazo como recurso para retener a la pareja, que finalmente se
vuelve como un objeto en contra, la inmadurez intelectual de
algunas mujeres, pobreza, marginalidad,
etcétera.

Todas estas razones influyen en el sector de la salud, ya que estos problemas
repercuten en el binomio madre-hijo por nacer y a su vez, en
forma marcadamente creciente en la morbi-mortalidad cuando
hablamos del aborto provocado. 

Mediante el aborto, la madre no aprende a amar, sino que
asesina a su propio hijo para resolver sus problemas. Mediante el
aborto el padre dice que no quiere asumir ninguna responsabilidad respecto al hijo que ha
engendrado. Es muy probable que el padre se halle en la misma
situación difícil de la madre

7- Se esgrime con frecuencia que existe un derecho de la mujer a
disponer de su propio cuerpo, pero se olvida el derecho del
más débil, el nasciturus, a la vida. Una vida de la
que la mujer embarazada es depositaria, pero en ningún
caso propietaria; que la naturaleza le
haya confiado su gestación no quiere decir que pueda
disponer de ella y destruirla. Contra el embrión, una vida
desamparada e inerme, podía atentarse impunemente. Nada
importaba su debilidad si su eliminación se efectuaba
mediante una violencia
indolora, científica y esterilizada»

8 – Desde el punto de vista médico legal,  el Dr.
Soler, jurista, expresa que "para la protección de la
vida, la ley ha creado dos
tipos de delitos: uno,
referido a la destrucción de la vida del hombre y otro,
representado por la destrucción de la vida de u feto". De
este modo, se diferencia penalmente homicidio de
aborto: el primero es la destrucción de la vida humana y
el segundo, en cambio, es la destrucción de la "vida
humana antes del nacimiento".

La diferencia reside en  que "persona humana" implica una
vida independiente y autónoma; en cambio, el feto, por no
tener vida independiente, ni vida autónoma, por ser un
apéndice de su madre y vivir en el claustro uterino, no es
propiamente "persona" y solo, "vida humana". Sin embargo este
criterio penal, de ninguna manera se contrapone al criterio
civil, en relación al feto, considerado  en este
fuero "persona por nacer" para poder proteger su vida y derechos.

Desde el marco legal, delito de aborto
es la muerte provocada, seguida o no de la expulsión del
producto de la
concepción fuera de las eximentes especificadas
contempladas en el Código
Penal.  Se habla de producto de la concepción y no de
huevo, embrión ni de feto, porque engloba la totalidad de
la vida prenatal.

Hablaremos de aborto doloso, también llamado criminal,
cuando se trate de la muerte intencional del producto de la
concepción, fuera de las eximentes legales, siendo
considerado el autor cualquier persona, personal
médico, farmacéutico u obstétrica, y la
propia mujer, y contemplado en los artículos 86, 87 y 88
del Código Penal, cabiendo penas de tres a diez
años, y elevándose hasta quince si se ocasionase la
muerte a la mujer, y habiéndosele practicado el aborto sin
su consentimiento y pena de reclusión o prisión de
1 a 4 años, elevándose a 6 si ocasiona la muerte de
la mujer que ha dado su consentimiento para tal
práctica.

La otra forma jurídica descripta es el aborto culposo,
también llamado no intencional, que se da como resultado
de imprudencia, impericia o negligencia y producido sin
intención de dañar, cabiéndole a quien lo
practicase penas de 6 meses a 2 anos, según indica el
artículo 87 del Código Penal.

El aborto terapéutico abarca el aborto médico,
científico, justificado por el estado de
necesidad, siendo efectuado con el fin de evitar un grave peligro
para la vida o la salud dela madre, y si este peligro no pudiera
ser evitado por otros medios. Dichos
peligros involucran las cardiopatías congénitas o adquiridas
descompensadas, tuberculosis evolutiva bilateral,
nefropatías gravídicas, vómitos
gravídicos incoercibles, hemopatías
gravídicas, carcinoma de mama con metástasis. En
estos casos el profesional actuante puede ser el médico.
La ley 17.132 del ejercicio del arte de curar,
prohibe a las obstétricas interrumpir la gestación,
por cualquier razón, practicando el aborto. El profesional
estará avalado en estos casos por el artículo 34,
inciso 3 del Código Penal, que expresa que "no son
punibles … el qque causare un mal, para evitar otro mayor
inminente al que ha sido extraño". Este es el llamado
estado de
necesidad.

Eugenesia proviene de dos palabras griegas: eu que significa
bueno y genesia derivado de genes, que han dado nacimiento al
verbo engendrar. Eugenesia es por lo tanto engendrar bien.

Hablamos de aborto eugénico en referencia a
aquél que es realizado en una mujer demente o con ciertas
discapacidades, con el fin de evitar el nacimiento de un
vástago con serias incapacidades físicas y/o
mentales.

O cuando nos referimos legalmente al aborto por causas
sociales, cuando el embarazo proviene de una violación. En
el caso de tratarse de una menor o una alienada, será
necesario el consentimiento previo de su representante legal, el
que por lo demás, deberá ser en todos los casos
específicos, quien inicie la acción
penal contra el  presunto o reconocido autor.

Será considerado desde el punto de vista legal el
aborto accidental a aquel que tenga lugar con independencia
de toda intención criminal (dolo), de imprudencia,
impericia o  negligencia (culpa), o indicación
terapéutica o eugénica. Por lo general, implica la
existencia de un factor traumático.

9 – El tiempo de gestación se incluirá como
criterio despenalizador para entender la postura de los
pro-abortistas. La vida del feto, desde el preciso momento de su
fecundación, se constituye -como cualquier biólogo
podrá confirmar- en vida autónoma, pues los
cromosomas del
cigoto presentan desde el principio una combinación
distinta a la de sus progenitores.

Un aborto practicado en las primeras doce semanas de embarazo
quizá resulte menos arduo y aparatoso que un aborto
practicado a los siete meses de gestación, del mismo modo
que asesinar a un anciano o a un paciente con parálisis
cerebral resulta menos arduo que asesinar a un joven en plenitud
física,
del mismo modo que una dosis de cianuro resulta menos aparatosa
que utilizar un arme blanca. Pero la facilidad quirúrgica
no puede erigirse en criterio de despenalización, salvo
que reconozcamos que con dicho «sistema de plazos»
pretendemos engañar a nuestra conciencia. A la
hipocresía, por lo que se ve, le importa el
tamaño.

Consideramos que el aborto sería un acto inmoral,
porque viola los derechos a la vida que posee todo ser humano,
desde el momento que es concebido. Asimismo estamos convencidas
que el aborto sería un asesinato, porque el único
que tiene el poder de quitar la vida es Dios.

Conclusiones

En el más remoto confín de la china vive un
Mandarín inmensamente rico, al que nunca hemos visto y del
cual ni siquiera hemos oído
hablar. Si pudiéramos heredar su fortuna, y para hacerle
morir bastara con apretar un botón sin que nadie lo
supiese… ¿quién de nosotros no
apretaría ese botón?".  J. J. Rousseau

Sí, es eso. Se trata de niños
nunca vistos, de Mandarines lejanos como los de Rousseau, de
seres invisibles a los que nadie, ni sus propios padres ni los
que les dan muerte, han mirado a los ojos. Si lo hicieran, no
podrían continuar la matanza.

Provocar un aborto es matar apretando un botón, a
ciegas; ejecutar a un intruso con una firma. No hay olor a
sangre, ni
ataúdes, ni cementerios. Degollar en un acto
quirúrgico, con música de Mozart,
anestesiados el cuerpo y la conciencia, entre vuelos silenciosos
de batas verdes.

Las víctimas son etéreas, niños virtuales
exterminados sin saña, igual que se elimina un archivo de
ordenador. No hay verdugos. ¿Cómo llamar asesino a
ese doctor de mejillas sonrosadas y ademanes bondadosos?

Los niños invisibles, en realidad, no existen. Son
seres sin rostro, sin gestos, sin parecido con nadie. Don Quijote,
Hamlet o Mafalda
poseen mucha más realidad. El niño invisible no
tiene nombre de niño: lo llaman feto, que es nombre de
cosa, de apenas nada.

Hay asesinos que nunca olvidan la última mirada
aterrorizada de sus víctimas. Esas miradas permanecen
fijas en el cerebro del
criminal como un cuchillo, que, en ocasiones, les lleva a la
desesperación, al arrepentimiento o al suicidio. Pero
los niños invisibles no lloran, ni suplican, ni han
aprendido a mirar. Son sólo carne de carnicería,
deshecho de quirófano, tejido reciclable. Sus honorables
homicidas pueden acallar la conciencia con un güisqui a
media tarde.

Los niños invisibles, algunas veces tienen los ojos
negros como el azabache, azules como el mar, o verdes como la
esperanza. Pero hay que evitar que lo sepan sus madres.
¡Ah, si lo supieran!: aún sería posible la
salvación.

Sólo Dios los mira. Cuando los niños invisibles
abren los ojos ven los ojos de Dios empañados de
lágrimas.

Bibliografía

1 – Código Penal de la Nación
Argentina.

2 – Consecuencias legales, sociales y políticas
del Aborto – Christopher Smith – 26/2/1997 (diario)

3 – Declaración universal de los derechos humanos
– Resolución 217 – A – O.N.U.-

4 – El Aborto y la constitución – Ana María Amado
Revista
número 155, pág.1 y 2 . Internet.

5 – Enciclopedia Británica (diccionario)

6 – Madre Teresa de
Calcuta ante el Aborto – Osvaldo Velásquez –
Comité Panameño de derechos humanos.

7 – Medicina Legal
-Bonnet-

8 – Tomas, Gloria. "No hay vida humana inútil",
Cuadernos de Teología, Universidad
Católica de San Antonio, vol 7/01, pag. 233-245. Sep.
2001.
 9 – The Moral question
of Abortion -Dr. Stephen Schwarz Cap. 1 y 2. 

[1] GARCIA MAÑON ABORTO E INFANTICIDIO:
ASPECTOS JURÌDICOS Y MÈDICOS LEGALES.
PAG. 209

[2] CARRERA FRANCESCO PROGRAMA DE
DERECHO CRIMINAL PARTE ESPECIAL VI EDITORIAL PEDALMA PAG. 340

[3] FONTAN BALESTRA TRATADO DE DERECHO CRIMINAL PARTE ESPECIAL
TOMO VI EDITORIAL DE PALMA PAG. 340

[4] SOLER SEBASTIAN DERECHO PENAL
ARGENTINO PARTE ESPECIAL PAG. 110

Autora:

Divescui Maria Cristina

Partes: 1, 2
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