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La dimensión deontológica de la relación médico-paciente y los comités de ética asistencial (página 2)



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Tenemos frente a nosotros una nueva práctica
médica que debe dejar atrás la tradicional
interrelación paternalista radical y vertical, para
sustituirse por una nueva visión mas plural y
deliberativa, que permita afrontar adecuadamente las situaciones
que diariamente se presentan en los hospitales.

Se entiende entonces que se está en una sociedad
plural, donde las decisiones se deben tomar bajo la idea
democrática de participación y de consenso. Esta
noción introducida a los servicios de
salud produce un
cambio de
paradigma en
la relación médico paciente que viene a transformar
al histórico paternalismo en un nuevo modelo
[6].

Los comités hospitalarios de
bioética[7], denominados en España
como Comités de ética
Asistencial (CEA), pueden ser considerados como un auxiliar en
esta nueva concepción de la relación
médico-paciente. El estar integrados por grupos
multidisciplinarios, con preparación especializada, los
legitima para deliberar sobre los diferentes problemas
éticos que surgen en la práctica médica.

Sus intervenciones pueden abarcar desde los grandes problemas
que se plantean en las instituciones
hospitalarias, en todos los niveles, hasta los problemas
particulares que puedan presentarse en pacientes o en sus
familiares. También, apoyan al médico,
presentándole un enfoque más allá de los
aspectos técnicos de un caso clínico. Incluso ante
la distribución de escasos recursos entre
gran número de pacientes, ante la necesidad de conciliar
el mejor tratamiento con las cuotas moderadoras de los servicios
de salud, los Comités de bioética
se constituyen en un recurso acertado[8].

Los comités de ética vinieron a introducir el
pluralismo moral en
medicina y en
los servicios de salud, a plantear que hay decisiones que ya no
son competencia del
médico solamente, sino también del paciente, de su
familia, de la
Institución y de la sociedad en su conjunto; así
como que en esas decisiones deben intervenir representantes del
derecho, la filosofía y otras áreas del conocimiento
que se ocupan de la conducta del
hombre, es
decir, una apertura a las ciencias
sociales y así, al humanismo
médico.

Los CEA son entonces espacios de dialogo y
reflexión en un ámbito interdisciplinario, que a
través de la argumentación aspiran a arribar a
consensos mínimos que mejoren la calidad de las
decisiones sanitarias, aproximándose racional y
razonablemente a decisiones prudenciales[9]. De
igual modo se incorporan otras áreas del conocimiento y
modelos de
razonamiento moral a la resolución
de conflictos éticos en el campo de la salud.

Como dice ABEL:

"Sin un auténtico diálogo
interdisciplinar entre interlocutores competentes en su propia
disciplina o
profesión, sin un esfuerzo de paciencia, tolerancia y
receptividad activa, no habríamos superado las
confrontaciones entre las diferentes racionalidades en conflicto: la
científico-técnica y la ético-religiosa. A
éstas se añadiría más tarde la
racionalidad jurídico-política. Tres
racionalidades a las que hay que hacer frente hoy en día
buscando el diálogo y no rehuyendo la confrontación
cuando se perciba necesaria"[10].

Pretenden ser reflejo de la pluralidad de ideas que se ponen
de manifiesto en la sociedad, en la búsqueda de consensos,
pero no se trata de consensos estratégicos, sino de un
verdadero proceso de
deliberación moral. Ello significa que la
deliberación moral se sostiene sobre algunos presupuestos,
como su fundamento en el respeto por la
dignidad y los
derechos
humanos y las condiciones de universalidad que deben subyacer
a todo proceso deliberativo[11].

La incorporación de valores a la
toma de decisión – porque, y es una característica
de la ética clínica[12], ha de haber
siempre una decisión: no es posible resolver las
cuestiones morales que pueden aparecer en la atención de un paciente particular si no se
toma una decisión, en un campo complejo e inestable,
puesto que los interrogantes éticos son inseparables de
los clínicos – es un verdadero avance en el campo de la
salud y una necesidad insoslayable en la adecuación a los
nuevos modelos de organización social, y a las que el
médico no puede sustraerse máxime en el periodo
histórico que estamos viviendo. Así, en tanto
los valores
históricos sociales son entendidos como fundamento de los
Derechos Humanos,
los comités se constituyen en defensores de los derechos
de las personas en aquellos ámbitos que se ocupan del
análisis de los conflictos
éticos que emanan de la vida y la salud
humanas[13].

Esta nueva concepción sobre la forma como deben tomarse
las decisiones en el campo de la salud no implica exclusivamente
a los CEA sino que se aspira a introducirlas en el ámbito
del hospital, para que el personal
sanitario en su conjunto las incorpore y las haga propias.
Pretenden, entonces, ser transformadores
de actitudes en
la práctica, tendientes a la "humanización" de los
servicios de salud.

Es una función
educativa, tal vez la más importante y la más
compleja de sus tareas, y se debe desarrollar en el seno del
hospital. La introducción de valores al proceso de toma
de decisión, la toma de conciencia sobre
los derechos humanos que se encuentran involucrados y, finalmente
la modificación de actitudes en la práctica, no son
tareas sencillas y seguramente no han de lograse solo a
través de acciones
educativas.

Los CEA no han llegado para prohibir, poner reglas, normas o límites,
ni para reglamentar o legalizar, sino más bien para
respetar la pluralidad y "que las decisiones no invadan las
libertades y los derechos de otros individuos y otras
sociedades
"[14].

Deben considerarse como la mediación entre los sujetos
que entran en relación y el acto médico, ofreciendo
algunos principios,
valores, consejos para una definición común en la
tarea de decidir aquí y ahora cuál es la
decisión médica y ética más
adecuada.

Pese a la importancia que los CEA deben tener en el
restablecimiento de la RMP, lo cierto es que cuando se solicita a
personas con años de dedicación a un comité
ético asistencial para que hagan una valoración
sobre la función y la utilidad de los
comités, es habitual experimentar cierta sensación
de vaguedad e indeterminación "quizás algún
grado de escepticismo" que se extiende no sólo a los
resultados de sus largas horas de dedicación, sino
también a los mismos objetivos o a
la propia estructura del
comité[15]. Es más "la necesidad de
los CEA no se percibe como tal en muchos ambientes sanitarios y
equipos clínicos"[16].

Igualmente existen otros dos peligros que pueden entorpecer el
buen funcionamiento del comité: la usurpación por
el CEA de la responsabilidad de la decisión
última, lo que puede ocurrir si se pierde de vista la
índole consultiva del mismo. Cabría incluso que se
hiciera desaparecer la responsabilidad al diluirla en el
comité, y esto es bastante sencillo: ante un dilema moral
qué mejor excusa ante la propia conciencia que asumir el
dictamen del CEA por muy consciente que se sea del carácter no vinculante del mismo, ya que
eso le permitiría centrarse en el aspecto técnico,
sin entrar en especulaciones morales;  y el olvido o
desconocimiento por parte del comité de sus propios
límites de actuación. Se trata de un peligro
aún mayor que el anterior: en una época de crisis de
valores como la que nos toca vivir, el CEA puede sentir la
tentación de dejarse contagiar por el relativismo reinante
y traspasar en sus decisiones los límites estrictos de sus
competencias.

Nadie duda que los comités éticos asistenciales
cumplen en las instituciones sanitarias una misión de
reflexión ética beneficiosa. La pregunta
sería, para algunos, si esta función
justificará en el futuro su existencia. "Si el CEA es
capaz de inspirar confianza y de irradiar eficacia y
prestigio, entonces terminará por integrarse adecuadamente
en el sistema, el cual
no dudará en admitirlo como a un cuerpo natural y como
parte de su compromiso al servicio del
paciente"[17], y del propio médico. Resulta
ineludible, por tanto, reforzar los CEA como órganos
necesarios para establecer las pautas de comportamiento, liderando la política
hospitalaria como valedores del respeto a los derechos humanos en
el ámbito clínico.

 

 

Autor:

Germán Méndez Sardina

Lcdo.
en Derecho, Abogado, Experto en Bioderecho.Las Palmas de Gran
Canaria

España

Septiembre de 2008

[1] Clavreul, J. "El orden médico"
Argot Compañía de Libros,
1983, y Cordoba-Leal-Martínez "Cabos sueltos de la
epistemología médica", México, UAM-X, División de
Ciencias Biológicas y de la Salud, 1991, citados por
Martínez, C.-Leal, G. "Sobre la calidad clínica
de la atención: el problema de la relación
médico paciente", Anales Médicos, Hospital ABC,
vol. 48, núm. 4, oct.-dic. 2003, pág. 245.

[2] Broggi, M.A. Comentario Editorial en la
Revista
Humanitas, Humanidades Médicas, nº 15, mayo 2007,
pág.4

[3] Giménez, J. A. "La
profesión médica hoy: nueva llamada de la
tradición hipocrática", en Medifam v.12 n.9
Madrid,
oct.-nov. 2002, pág. 2.

[4] Arango, P. "La formación en
bioética: una alternativa para la calidad de la
relación médico-paciente", en Persona y
Bioética, vol. 2, nº 3 (1998), pág. 1.

[5]  Pollak, K. "Los discípulos
de Hipócrates. Una historia de
la medicina". Circulo de Lectores, Barcelona, 1970,
págs. 14-15; Vera, R. "Historia de la
Civilización", Tomo 1, Ed. Ramón Sopena, Barcelona 1964,
págs. 194-195; Laviosa Zambotti, P. "Origen y destino
de la cultura
occidental", Ed. Guadarrama, Madrid 1959, pág. 76;
Eliade, M. "Tratado de Historia de las Religiones", Circulo Universidad, Madrid 1990, págs. 60-64;
Childe, G. "La prehistoria
de la sociedad europea", Icaria, Barcelona 1979, págs.
108-111.

[6] Vidal, S."Introducción ala
Bioética Institucional: Los comités
hospitalarios de bioética" Red Latinoamericana y
del Caribe de Bioética de la UNESCO. Módulo
III, pág.14.

[7] La Declaración Universal de
Bioética y Derechos Humanos, en su artículo 19,
enumera una tipología de Comités de
ética necesaria para la aplicación de los
principios que la misma contiene. Se trata de los llamados
Comités de ética en Investigación Clínica,
Comités de ética Asistencial y Comités
Nacionales de Bioética. éstos últimos
vienen reforzados por el artículo 22.b
señalando que "los estados deben fomentar la
creación de comités de ética
independientes, pluridisciplinares y pluralistas". No es la
primera vez que en una declaración internacional se
menciona la necesidad de crear y promover comités de
ética, pero si es la primera en la que en un mismo
artículo se definen las funciones que
cada uno de debe desempeñar en distintos contextos. A
través de ellos se aplican los principios de la
Declaración cuyo objetivo
es tratar "las cuestiones éticas relacionadas con la
medicina, las ciencias de la vida y las tecnologías
conexas aplicadas a los seres humanos, teniendo en cuenta las
dimensiones sociales, jurídicas y ambientales" (art.
1). Lecuona, I. "La regulación española de los
Comités de ética y las novedades introducidas
por la nueva Ley de
Investigación Biomédica" Revista de
Bioética y Derecho, núm. 11, septiembre 2007,
págs. 17-21.

[8]  Arango, P., op. cit. pág.
4

[9]  Ibidem. pág. 14.

[10] Abel, F. "Comités de
ética asistencial", en Anales del Sistema Sanitario
Navarro, 2006, 29 (supl. 3), pág. 78.

[11] Vidal, S. op. cit. Pág. 15

[12]Clínica es palabra que procede
del griego klyne, término cuyo sentido queda
claro recordando algunos de los términos en que
interviene, como «inclinación»,
«triclinio», «clima »
o «climaterio». Su sentido más usual
fue el de «cama». De klyne procede
también «clínica». Clínica
es la actividad que se realiza ante la cama del enfermo. La
clínica es siempre una actividad concreta, individual.
Su misión consiste en diagnosticar y tratar a un
enfermo concreto,
determinado. Gracia, D.,  "La deliberación moral:
el método de la ética
clínica", Med Clin (Barc) 2001; 117, pág.
18.

[13] Vidal, S., op. cit. pág. 15

[14] Ibidem. pág. 16.

[15] Vidal, J.-Sarrias, X.-Ros, F.
"¿Están siendo útiles los comités
éticos asistenciales? Cuadernos de Bioética,
XVII, 2006/3º, págs. 398.

[16] Simó, R. "El centro de trabajo y
su dimensión ética. Los comités
éticos multidisciplinares" en Tomás, G. (ed.)
Manuel de Bioética, Ed. Ariel, 2ª edición, 2006, pág. 121.

[17] Ibidem. pág. 126.

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