El Estado constitucional de derecho y justicia (Derecho Constitucional Ecuatoriano)
- Breve resumen
- Desarrollo
- El
cuarto estadio constituyente: El nuevo constitucionalismo
latinoamericano - La
vía ecuatoriana hacia un nuevo
constitucionalismo - Grados
de constitucionalización de la actual Ley Suprema
ecuatoriana - Bibliografía
utilizada
Breve
resumen
Difícilmente alguien podrá enfocar, el paradigma de
Estado
Constitucional, sin previamente hacer referencia, al menos
brevemente, a los modelos que lo
preceden. Es probable que más de un estudioso del Derecho
pueda entrar directamente a tratar este tema sin necesidad de
detenerse en ninguna escala
andragógica. Más, en este caso, hemos
preferido optar por un ligero examen previo.
Desarrollo
Teorizar sobre Constitución sin hablar de Estado, es vano,
y bien conocido es que el primero en utilizar el término
(lo stato) fue Macchiavello, en su obra "El
Príncipe". Para el italiano, la razón de la
existencia del Estado era el orden y la seguridad.
El príncipe para conservar el orden del mismo
debería obrar contra su fe, contra su religión
y contra la humanidad. Para establecer un gobierno en
orden, el príncipe debería asegurarse que sus
súbditos sean enemigos del nuevo orden, cualquiera que
fuere.
En su obra cumbre, Macchiavello se preguntaba si valía
más ser amado que temido, llegando a la conclusión
de que es más seguro ser temido
antes que amado, porque los hombres temen menos ofender al que se
hace amar que al que se hace temer, sin embargo el
príncipe que se hace temer debe obrar de modo tal que si
no se hace amar al mismo tiempo,
evite el ser aborrecido. (1) Y si el Estado
nació como único depositario de la
dominación humana, esta arbitrariedad no sólo se
circunscribió a la esfera de la política, sino que
fue general, más, resulta evidente que el Estado, por
sí solo, nunca habría logrado acaparar tal
trascendencia sino hubiera contado con la colaboración de
su aliado natural: la ley.
No andaba Hobbes
equivocado, cuando sostuvo que antes del Estado y de la ley no se
conocía la diferencia entre lo justo y lo injusto. Hobbes,
el precursor del absolutismo
político, nos hablaba de un pacto social y por ende
político y con él, el paradigma de Estado, se
sitúa, como el debate por
excelencia, en todas las Facultades de Ciencias
Políticas, del mundo occidental, al
menos.
Ahora bien, pretender esbozar un estudio mínimamente
serio sobre constitucionalismo, resulta inoficioso si no se
maneja una noción, al menos básica del pensamiento y
de la influencia histórica de aquellos autores que
sentaron las bases de esta rama del conocimiento,
por ello, se hace ineludible citar a un hombre,
considerado el "darkman", de una época en la que
predominaban dos grupos: a) por un
lado, los que sostenían que la monarquía absoluta estaba investida de una
legalidad
suprema otorgada por Dios, y b) por otra parte, aquellos que
proponían una soberanía dividida entre el monarca y su
pueblo. Así, en un mundo caótico (no muy diverso al
actual), entre bandos de fanáticos monárquicos y
parlamentarios, Hobbes se atrevió a observar la realidad
desde otra perspectiva. (2)
Según Hobbes, cuando el ser humano advierte que en este
"estado de naturaleza"
acabará por no dejar piedra sobre piedra y se
autodestruirá, sólo en ese instante, transfiere su
poder
absoluto, mediante un "pacto" a una organización que le garantice un "estado de
paz". Después de Hobbes, aparece la teoría
defendida por Locke, quien conceptualiza a la ley natural como un decreto divino que impone
la armonía global a través de una
disposición mental (reverencia, temor de Dios, afecto
filial natural, amor al
prójimo), concretada en acciones
prohibidas (robar, matar y en definitiva toda violación de
libertad
ajena), que obligan en favor de la convivencia.
(1) Si a alguien le resta
alguna duda respecto de la connotación del término
"maquiavélico", leyendo "El Príncipe" podrá
disiparla
(2) Su obra cumbre, El
Leviatán, es una descripción apocalíptica, de una
sociedad en
ruinas, en las que el hombre es
lobo del hombre, unos contra otros se atacan ferozmente y la
barbarie es la cotidianidad.
Con Jean Jacques Rosseau, asistimos a una evolución conceptual de relevancia
incalculable. Su célebre frase "El hombre nace libre, pero
en todos lados está encadenado" genera una ola de
comentarios y convierte al "Contrato Social"
en una obra vetada. De allí se deriva su particular
visión sobre la soberanía, corpus básico de
la filosofía occidental de la modernidad.
Para el genio galo,
soberanía es sinónimo de voluntad general y
sólo la voluntad general del pueblo puede constituirse en
ley. Rosseau sostiene que la soberanía es una
categoría indivisible e inseparable del concepto de
Estado y que un Stato Moderno debería ser esencialmente
democrático en virtud que el poder soberano solo es tal,
cuando abarca la expresión de la voluntad global. Es
precisamente dicha voluntad general del pueblo, el denominador
común de todas las voluntades particulares.
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