DEBER N° 1
ANÁLISIS DE ARTÍCULOS DE LA
EDUCACIÓN SEGÚN LA NUEVA
CONSTITUCIÓN:
ART. 26.- La educación es un
derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber
ineludible e inexcusable del Estado.
Constituye un área prioritaria de la política
pública y de la inversión estatal, garantía de la
igualdad e
inclusión social y condición indispensable para el
buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad
tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso
educativo.
ANÁLISIS:
Todo ecuatoriano sin distinción de raza, sexo, edad,
condición social, política, económica tiene
el derecho de recibir una educación digna,
justa e igualitaria por parte del estado, la cual le
servirá para su desarrollo
personal y profesional dentro de la sociedad en que
vivimos. En este proceso debe existir la
colaboración y participación activa de los
familiares que lo rodean a fin de culminar el proceso con
éxito.
ART. 27.- La educación se centrará en el
ser humano y garantizará su desarrollo
holístico, en el marco del respeto a los
derechos
humanos, al medio ambiente
sustentable y a la democracia;
será participativa, obligatoria, intercultural,
democrática, incluyente y diversa, de calidad y
calidez; impulsará la equidad de
género,
la justicia, la
solidaridad y la
paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la
cultura
física, la
iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y
capacidades para crear y trabajar. La educación es
indispensable para el
conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y
constituye un eje estratégico para el desarrollo
nacional.
ANÁLISIS:
La educación debe abarcar el desarrollo de todas las
habilidades en el ser humano así como el afianzar y
aplicar los valores
morales. Además ser intercultural, de conocimiento
general del entorno en que se desarrolla el individuo lo
cual le permitirá estar preparado para afrontar cualquier
situación en las diferentes etapas de la vida. La
educación debe ser impartida de manera igualitaria,
dejando de lado cualquier interés de
lucro, su único fin debe ser el impartir conocimientos de
la mejor manera y hacia la mayoría de ciudadanos con el
objetivo que
puedan interrelacionarse entre sí y luchen por el
mejor servicio y
progreso a su patria dentro o fuera de ella y la manera
más eficaz y eficiente es través de la
educación.
ART. 28.- La educación responderá al
interés público y no estará al servicio de
intereses individuales y corporativos. Se garantizará el
acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad
en el nivel inicial, básico y bachillerato o su
equivalente. Es derecho de toda persona y
comunidad
interactuar entre culturas y participar en una sociedad que
aprende. El Estado
promoverá el diálogo
intercultural en sus múltiples dimensiones. El aprendizaje se
desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada. La
educación pública será universal y laica en
todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de educación
superior inclusive.
ANÁLISIS:
La educación pública será laica,
universal y gratuita incluyendo hasta el tercer nivel lo que
permitirá la preparación de más
profesionales, oportunidad que recibirán los bachilleres
que en su mayoría salen a trabajar y dejan de estudiar, ya
que por horarios de trabajo se
dificulta que continúen estudiando o que su
situación económica no les permite pagar sus
estudios superiores pero según esta nueva constitución ahora sí tendrán
esta oportunidad, la cual deberá ser aprovechada al
máximo por los estudiantes ya que dicha gratuidad
dependerá de su buen rendimiento académico, al que
mucho están en desacuerdo pero que su vez
obligará a estudiar y por ende a ser mejores profesionales
a futuro.
ART. 29.- EI Estado garantizará la libertad de
enseñanza, la libertad de cátedra en
la educación superior, y el derecho de las personas de
aprender en su propia lengua y
ámbito cultural. Las madres y padres o sus representantes
tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una
educación acorde con sus principios,
creencias y opciones pedagógicas.
ANÁLISIS:
El estado ofrece libertad de enseñanza y
cátedra a nivel superior por lo que el alumno y/o los
padres de familia
estará en libertad de escoger lo que le gusta y donde le
gusta estudiar, de acuerdo con su criterio con el
único requerimiento de estudiar y salir adelante porque de
lo contrario perdería la oportunidad de prepararse y su
cupo sería aplicado para otro ciudadano que sí
desee prepararse.
ART. 343.- El
sistema nacional
de educación tendrá como finalidad el desarrollo de
capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la
población, que posibiliten el aprendizaje, y la
generación y utilización de conocimientos, técnicas,
saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al
sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y
dinámica, incluyente, eficaz y eficiente.
El sistema nacional de educación integrará una
visión intercultural acorde con la diversidad
geográfica, cultural y lingüística del país, y el
respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y
nacionalidades.
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