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El Tribunal Constitucional de Bolivia y los recursos constitucionales



Partes: 1, 2

    1. ¿Qué es el
      tribunal constitucional?
    2. ¿Cuáles son los
      requisitos para ser elegido magistrado del tribunal
      Constitucional?
    3. De los recursos, demandas y
      consultas de constitucionalidad

    Todo lo que desea saber acerca del tribunal
    constitucional de bolivia y los
    recursos
    constitucionales

    ¿QUÉ ES EL
    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

    Es el órgano de control de la
    constitucionalidad, es autónomo e independiente, creado
    por Ley No.1836 
    del 1 de abril de 1998.

    ¿QUÉ SIGNIFICA QUE EL TRIBUNAL
    CONSTITUCIONAL SEA EL CONTROL DE LA
    CONSTITUCIONALIDAD?

    Significa que al Tribunal Constitucional se le ha
    confiado la defensa del principio de supremacía de la
    Constitución, contra las leyes, decretos,
    resoluciones no judiciales o actos de los órganos del
    Estado que
    pretendiesen vulnerar la Constitución Política del Estado.
    Interviene para restablecer el respeto a la
    Constitución en general y los derechos y garantías
    de las personas en particular

    ¿EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ES
    INDEPENDIENTE?

    Es totalmente autónomo e independiente y esta
    sometido solo a la Constitución.

    ¿DÓNDE TIENE SU SEDE EL TRIBUNAL
    CONSTITUCIONAL?

    Tiene su sede en  la ciudad de Sucre, capital de
    Bolivia.

    ¿QUIÉNES INTEGRAN EL TRIBUNAL
    CONSTITUCIONAL?

    Está integrado por 5 Magistrados.

    ¿QUIÉN DESIGNA A LOS MAGISTRADOS DEL
    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

    Son designados por el Congreso Nacional por dos tercios
    de los votos de sus miembros presentes.

    ¿EXISTE UN PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
    CONSTITUCIONAL?

    El presidente del Tribunal Constitucional es elegido por
    dos tercios de los votos de sus miembros.

    ¿CUÃLES SON LOS REQUISITOS
    PARA SER ELEGIDO MAGISTRADO DEL TRIBUNAL

    CONSTITUCIONAL?

    Los requisitos son idénticos a los de los
    Ministros de la Corte Suprema de Justicia. Como
    ser:

    -Ser boliviano de origen

    -Haber cumplido los deberes militares

    -Estar inscrito en el Registro
    Electoral

    -No haber sido condenado a pena corporal, salvo
    rehabilitación concedida por el Senado.

    -No tener pliego de cargo (deuda al Estado),  o
    auto de culpa ejecutoriados

    – Tener titulo de abogado  en Provisión
    Nacional  y haber ejercido con idoneidad la judicatura,
    profesión o la cátedra universitaria por lo menos
    durante diez años.

    ¿POR CUÃNTO TIEMPO SON
    ELEGIDOS LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL
    CONSTITUCIONAL?

    Son elegidos por 10 años para desempeñar
    el cargo en forma personal e
    improrrogable.

    ¿PUEDEN SER REELECTOS LOS MAGISTRADOS DEL
    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

    Pueden ser reelectos pasado un tiempo igual al que
    hubiesen ejercido su mandato.

    ¿PUEDEN SER ENJUICIADOS PENALMENTE LOS
    MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

    Evidentemente pueden ser enjuiciados penalmente por
    delitos
    cometidos en el ejercicio de sus funciones.

    ¿QUIÉNES PUEDEN ACUSAR PARA EL
    ENJUICIAMIENTO A LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL
    CONSTITUCIONAL?

    La Cámara de Diputados motivada por querella de
    los ofendidos o a denuncia de cualquier ciudadano, puede acusar
    para enjuiciamiento a los Magistrados.

    ¿QUIÉNES JUZGAN A LOS MAGISTRADOS DEL
    TRIBUNAL CONSTIUCIONAL?

    El Senado de la
    República es quien los juzga en única instancia
    imponiéndoles la sanción y responsabilidad correspondientes.

    DE LOS
    RECURSOS, DEMANDAS Y CONSULTAS DE
    CONSTITUCIONALIDAD

    ¿CUÃLES SON LOS RECURSOS Y CONSULTAS DE
    INCONSTITUCIONALIDAD?

    – El Recurso de Habeas Corpus

    – El Recurso de Amparo
    Constitucional 

    – El Recurso Directo o Abstracto de
    Inconstitucionalidad

    – El Recurso Indirecto o Incidental de
    Inconstitucionalidad

    – El Recurso Directo de Nulidad

    – El Recurso contra resoluciones Congresales o
    Camarales

    – El Recurso contra Tributos y
    otras cargas publicas

    – De los conflictos de
    competencias y
    controversias

    – De las impugnaciones del Poder
    Ejecutivo a las Resoluciones Camarales Prefecturales y
    Municipales

    – De las consultas sobre la constitucionalidad de
    proyectos de
    ley, decretos  ó  resoluciones

    – De las consultas sobre la constitucionalidad de leyes,
    decretos  ó  resoluciones aplicables a un caso
    concreto

    – De la constitucionalidad de tratados o
    convenios internacionales

    De las demandas respecto al procedimiento de
    reformas de la Constitución

    ¿EN QUÉ CONSISTE EL RECURSO DE HABEAS CORPUS
    ?

    Partes: 1, 2

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