- Definición del
termino Discurso. - Lenguaje y
discurso jurídico. - Discurso
práctico y discurso jurídico. - Reglas
generales del discurso jurídico. - Rasgos de
la lógica jurídica. - Figuras
argumentales del discurso jurídico. - La
lógica factual en el análisis
argumental. - Ejemplo:
Un fallo jurídico.
Presentación.
En este trabajo
exponemos, de forma general, las características del
discurso
jurídico y, a partir de allí, algunos desarrollos
que permitan sostener que el discurso jurídico en tanto
actividad argumental es un razonamiento situado, como toda
práctica argumental.
Para tal objetivo,
introducimos primero algunos elementos que sitúan al
discurso jurídico como un tipo de lenguaje.
Luego, exponemos una relación posible entre discurso
práctico y discurso jurídico; por último,
ofrecemos un acercamiento a la actividad argumental, propia del
discurso jurídico, que permite, con mayor
precisión, observar todo lo que está contenido en
una práctica argumental, sea ésta jurídica o
no. Este acercamiento es la propuesta de la lógica
factual, que encuentra en el trabajo de
Toulmin (1958) los desarrollos centrales.
Definición
del termino Discurso.
Se puede definir el discurso como "toda sucesión de
palabras, extensas o cortas, que sirva para expresar lo que
discurrimos, debe ser adecuado, es decir, ordenado, acomodado y
proporcionado para lo que se quiere, perfecto para el caso".
Esta definición sugiere que el comunicador sabe lo que
quiere con su discurso, y lo organiza para lograr ese
objetivo.
Todo discurso posee tres partes fundamentales: la introducción, el desarrollo y
la conclusión. A su vez, la introducción tiene
cuatro funciones: captar
la atención del público, establecer una
relación positiva con el público, justificar el
tema y anunciar al público la información que recibirá
Concepto de Discurso jurídico.
El discurso jurídico es un tipo de
juego de
lenguaje, tiene determinadas reglas y procedimientos
que lo guían y que le son propias a su naturaleza
como discurso.
Lenguaje y
discurso jurídico.
Con el concepto
juegos del lenguaje, Wittgenstein (1988, 1997) se
refiere a una prodigiosa diversidad de actividades que
caracterizaría al uso del mismo; entre otras, según
Wittgenstein, se encontrarían:
"…Ordenar y actuar según órdenes
-Describir un objeto según el aspecto o según las
medidas -Crear un objeto según una descripción (dibujo)
-Relatar un suceso -Hacer suposiciones sobre un suceso -Plantear
una hipótesis y comprobarla -Representar los
resultados de un experimento mediante cuadros y diagramas
-Inventar una historia; y leerla…-Pedir,
agradecer, blasfemar, saludar, orar…" (Wittgenstein, 1988:
43).
A partir de este catastro de
actividades, Wittgenstein (1988, 1997, 1998) nos remite
también a la idea de que entre los juegos de
lenguajes sólo hay parecidos de familia respecto
de reglas y procedimientos, pues entre ellos hay una
complicada red de semejanzas que se
solapan y entrecruzan. Semejanzas en lo grande y en lo
pequeño (Wittgenstein, 1988: 73).
Como otros, el discurso jurídico es un tipo de juego de
lenguaje. Tiene determinadas reglas y procedimientos que lo
guían y que le son propias a su naturaleza como discurso.
Este es el punto de partida de algunos autores que describen el
discurso jurídico; así lo hacen, por ejemplo, Alexy
(1989) y Atienza (1993) que trabajan en argumentación
jurídica; también encontramos en Manson (1984) y
Barros (1994) trabajos específicos que señalan los
procedimientos de este lenguaje.
Como otros juegos, los del lenguaje se rigen por reglas.
Wittgenstein aquí (1988, 1997, 1998) nos recuerda
también que, para la existencia de una regla, es necesario
que varias personas la sigan en diversos
momentos: Al respecto Wittgenstein (1988) es preciso:
"…No puede ser que una regla sea seguida una sola vez
por una sola persona …
Seguir una regla, comunicar algo, dar una orden, jugar una
partida de ajedrez son
costumbres (usos, instituciones)."(Wittgenstein, 1988:
91).
Cada institución tiene costumbres, usos
específicos que definen el juego de lenguaje en el que
participan sus jugadores. En este sentido, la actividad
específica del discurso jurídico es una forma
de vida que, como tal, tiene una praxis vital
común caracterizada por determinadas convicciones
fundamentales. Sobre estas convicciones, todo tipo de juego se
erige como sistema.
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