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Aspectos relevantes del nuevo modelo procesal penal (Perú) (página 2)




Enviado por Dr. F�lix Medina



Partes: 1, 2

(2) CACERES J. Roberto E. y IPARRAGUIRRE N. Ronald D.
"Código
Procesal Penal Comentado", 1ra Ed. Editorial JURISTAS, Lima
Perú, 2007, Pág. 24.

II.- ALCANCES Y
CONTENIDO DE LA REFORMA

Un paso inicial para comprender los alcances y contenido de la
reforma instaurada a través del Código Procesal
Penal de 2004, como lo sostiene el Dr. Luís M. Reyna
Alfaro, es identificando los ámbitos de competencia
objetiva y funcional
en el nuevo proceso penal.
Del mismo modo la estructura
procedimental
observa también notorios cambios.
Sin embargo, las aludidas modificaciones en la competencia
así como en la estructura procedimental no podrían
ser entendidas en su real dimensión sino se vincula con el
plan de implementación del Código
Procesal Penal de 2004, estos tres aspectos permiten comprender
los alcances y contenido de la reforma procesal penal
(3)

2.1.- La Competencia Objetiva y Funcional en el
NCPP

  • Se mantiene la presencia de los Jueces de Paz y de las
    Salas Penales Superiores y Supremas.

  • Introduce dos diversas clases de Jueces:

  • b) El Juez Penal (de Juzgamiento), que a su vez puede
    ser:

UNIPERSONAL O COLEGIADO.

a) EL JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA

  • Reemplaza en la estructura al Juez Penal en el C de PP,
    dedicado a la instrucción.

  • Sus funciones son radicalmente opuestas a las que
    éste último desempeña.

  • No tiene función de investigación que antes
    tenía.

  • La Función de Investigación es asumida en su
    totalidad por el MP

  • Realiza una labor de control de legalidad de la
    Investigación que efectúa el MP.

  • Direcciona la Fase Preparatoria del Juzgamiento.

  • Las demás funciones se encuentran en el Art.
    29° del NCPP

b) EL JUEZ PENAL (DE JUZGAMIENTO)

  • Se encarga de toda la fase del Juicio Oral.

  • Puede ser Unipersonal o Colegiado.

  • Ello depende de la gravedad del delito.

  • De escasa lesividad (PM – de 06 años =
    JU)

  • De mayor lesividad (PM + de 06 años = JPC,
    integrado por 3 jueces).

  • Las competencias específicas del Juez de
    Juzgamiento se encuentran en el Art. 28° del NCPP.

________________________

(3) REYNA ALFARO, Luís M., AROCENA, Gustavo A.,
CIENFUEGOS SALGADO David, "La Prueba, reforma del Proceso Penal y
Derechos
Fundamentales", 1ra. Ed., Editorial JURISTAS, Lima-Perú,
2007, Págs. 257, 258.

c) SALAS PENALES SUPERIORES

  • Conoce de los RA contra los autos y las sentencias en los
    casos previstos por la Ley, expedidos por los Jueces de la IP
    y los JP-Colegiados o Unipersonales.

  • Las demás señaladas en el Art. 27° del
    NCPP.

d) SALAS PENALES DE LA CORTE SUPREMA

  • Conocen del Recurso de Casación, interpuesto contra
    las sentencias y los autos expedidos en 2da. Inst. por las SP
    en los casos previstos por la ley.

  • Conocer del recurso de queja por denegatoria del Recurso
    de Casación.

  • Conocer de la Acción de Revisión.

  • Las demás previstas en el Art. 26° del NCPP

2.2– La Estructura del proceso en el NCPP

  • El Proceso Penal se rige en términos generales, por
    las Reglas establecidas para el denominado PROCESO PENAL
    COMÚN
    .

  • PROCESO INMEDIATO (ART. 446° DEL NCPP)

  • PROCESO POR RAZON DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

SE SUBDIVIDE EN:

  • Por Delito de Función contra Altos Funcionarios
    Públicos.

  • Por Delito Común contra Congresistas y otros altos
    funcionarios.

  • Por delito de función atribuidos a otros
    funcionarios públicos.

  • EL PROCESO DE SEGURIDAD

  • POR DELITO DE EJERCICIO PRIVADO DE LA ACCIÓN
    PENAL.

  • PROCESO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA.

  • PROCESO POR COLABORACIÓN EFICAZ.

  • EL PROCESO POR FALTAS.

2.3.- La implementación del Código Procesal
Penal

  • PROGRESIVA

  • GRADUAL

RAZONES:

Económico (Alto costo de la
Implementación).

Técnicas (Necesaria reingeniería).

Culturales (necesaria Capacitación y Aprendizaje).

PLAN DE INPLEMENTACIÓN DEL NCPP

D.S. N° 013-2005-JUS, Aprobó el "Plan de
Implementación y Calendario Oficial de la
Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal" a
propuesta de la Comisión Especial de Implementación
integrada por representantes del PJ, MP, MI, MEF, MJ y PNP.

VIGENCIA: Huaura y la Libertad.

PROCESO DE ADECUACIÓN NORMATIVA

1) Análisis de las L.O del PJ, MP y la PNP

2) Directivas al Interior del PJ, MP y PNP

LA COMISIÓN ESPECIAL VIENE TRABAJANDO

  • Reglamento General de Audiencias.

  • Reglamento de Notificaciones, citaciones y
    comunicaciones.

  • Reglamento de Expedientes Judiciales.

  • Reglamento sobre Registro de Actuaciones
    Judiciales.

  • Cuadro de Términos de la Distancia.

  • Reglamento de Costas Procesales.

  • Reglamentos de Protección de Testigos,
    otros.

A NIVEL DEL MINISTERIO PÚBLICO

  • Reglamento de Distribución de Funciones y
    Actuación Fiscal.

  • Reglamento del Expediente Fiscal.

  • Reglamento de Agente Encubierto y otros

  • Directiva sobre actuación fiscal en el control de
    identidad, video vigilancia, pesquisas y retenciones
    realizadas.

  • Otros.

MANUALES OPERATIVOS:

Considero de manera muy particular, que el Proceso de Reforma,
si bien es cierto; es progresivo y gradual, también es
verdad, que la Capacitación se vienen brindando
sólo a nivel del Poder Judicial y
el Ministerio Público, encontrándose en desventaja
los abogados litigantes, quienes son parte del Sistema de
Justicia y
serán finalmente parte del Modelo
Procesal que en nuestra distrito Judicial de Lambayeque
está ad portas de entrar en vigencia (Abril de 2009), lo
que desde ya atenta contra el Principio de Igualdad, sin
embargo haciendo grandes esfuerzos, para la realización
del presente artículo he tenido acceso a los Manuales
Operativos, que son específicamente dos:

  • Manual de Juzgamiento, Prueba y Litigación Oral
    en el Nuevo Modelo Procesal Penal, preparado por el Dr.
    José Antonio Neyra Flores y publicado por la Academia
    de la Magistratura

  • Manual de Impugnación y Recursos en el Nuevo
    Modelo Procesal Penal, preparado por el Dr. Fernando
    Ibérico Castañeda y publicado por la Academia
    de la Magistratura

"Un proceso entre las partes no debe admitir la
supremacía de una parte (MP) frente a las demás.
Cuando ambas partes se encuentran al mismo nivel, tienen las
mismas oportunidades, tienen las mismas noticias
respecto al proceso, pueden utilizar los mismos medios de
prueba, etc., nos encontramos en un sistema regido por el
principio de igualdad de armas" (GIMENO SENDRA)

III.-
BIBLIOGRAFIA

1) BAYTELMAN, Andrés y DUCE, Mauricio,
"Litigación Penal y Juicio Oral, Publicado por Fondo de
Justicia y Sociedad-Fundación Esquel-USAID.

2) CACERES J. Roberto E. y IPARRAGUIRRE N. Ronald D.
"Código Procesal Penal Comentado", 1ra Ed. Editorial
JURISTAS, Lima Perú, 2007, Pág. 24.

3) Manual de
Juzgamiento, Prueba y Litigación Oral en el Nuevo Modelo
Procesal Penal, preparado por el Dr. José Antonio Neyra
Flores y publicado por la Academia de la Magistratura.

4) Manual de Impugnación y Recursos en el
Nuevo Modelo Procesal Penal, preparado por el Dr. Fernando
Ibérico Castañeda y publicado por la Academia de la
Magistratura.

5) REYNA ALFARO, Luís M., AROCENA, Gustavo A.,
CIENFUEGOS SALGADO David, "La Prueba, reforma del Proceso Penal y
Derechos Fundamentales", 1ra. Ed., Editorial JURISTAS,
Lima-Perú, 2007, Págs. 257, 258.

 

 

Autor:

Dr. Félix Chero
Medina

Especialista en Temas de Derecho Penal,
Procesal Penal, Laboral y
Universitarios, Post Grado en Ciencias
Penales, abogado litigante, Asesor Externo de la UNPRG
–Estudio Jurídico San José Nº 1057 0f.
205-Chiclayo-Perú- www.blogger.com/home

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