- Concepto de
administración aplicado a la
educación. - Orientaciones
legales (artículos mas relevante de la educación
inicial). - Características
del sistema de educativo bolivariano. - Características
del sub sistema educativo bolivariano, (orientaciones,
filosofía educativa). - Conclusión
Introducción
La Administración Escolar, es una disciplina que
en los últimos tiempos ante la "sociedad de
conocimiento"
está haciendo un llamado a los actores educativos para que
recuperen la capacidad de crear un nuevo futuro. Con mayor
imaginación y con base en las posibilidades que somos
capaces de visualizar como factibles.
Existe una nueva visión en donde las oportunidades y el
cambio, han
pasado de una visión mecanicista y causal de la naturaleza
hacia una visión muy diferente. Similar a la de un
escenario o un teatro
diseñado.
En este digesto nos interesamos en reconocer el valor del ser
humano como individuo, el
de la sociedad más humana y fraternal, igualitaria y
respetuosa del otro, lo cual explica el porqué
encontrarán diferentes propuestas teóricas,
interpretativas que se acercan más a la
Administración, la Planeación
y la
Organización Escolar.
De esta manera, el programa de
trabajo de la
materia
contempla en una primera unidad los conceptos fundamentales de la
Administración y los procesos que
la acompañan: La planeación, la organización y la gestión
como factores determinantes para explicar a la
Administración Escolar.
1.- Concepto de
administración aplicado a la
educación.
La Supervisión y Administración
Educativa es un elemento fundamental para el desempeño eficiente de las instituciones
educativas modernas. El administrador
educativo es responsable de la calidad del
servicio
brindado por la institución y debe ser capaz de llevar a
cabo todos los procesos gerenciales (planificación, administración,
supervisión y control) para
poder tener
éxito
en su gestión. El administrador debe ser además
líder,
ya sea adaptándose a la cultura
existente en el centro educativo o modificándola si lo
considera necesario.
Generalmente, cuando hablamos o escuchamos la frase
Administración escolar, nos remitimos a las actividades de
suministro de materiales, el
ejercicio de los ingresos, los
servicios de
intendencia, vigilancia, mantenimiento,
asistencia y trámites de prestaciones.
Sin embargo, la administración escolar implica la dirección de la organización misma,
el uso y ejercicio estratégico de los recursos,
humanos, intelectuales,
tecnológicos y presupuestales; la proyección de
necesidades humanas futuras; la previsión
estratégica de capacitación de los recursos humano y la
formación
docente; la vinculación con el entorno; la
generación de identidad del
personal con
la organización; la generación de una visión
colectiva de crecimiento organizacional en lo colectivo y
profesional en lo individual y el principio de
colaboración como premisa de desarrollo.
Justamente, quien logra una administración escolar
efectiva, de éxito, tiene amplias habilidades directivas
que incluso pueda desarrollar una gama de dinámicas e
implemente entre su población docente y no docente la del
juego como
rutina de aprendizaje.
2.- Orientaciones
legales (artículos mas relevante de la educación
inicial).
Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
Articulo 59. "El Estado
garantizará la libertad de
religión y
de culto. Toda persona tiene
derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus
creencias en privado o en público, mediante la enseñanza u otras prácticas, siempre
que no se opongan a la moral, a
las buenas costumbres y al orden público. Se garantiza,
así mismo, la independencia
y la autonomía de las iglesias y confesiones religiosas,
sin más limitaciones que las derivadas de esta
Constitución y de la ley. El padre y
la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación
religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones.
Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas
para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u
otra el ejercicio de sus derechos".
Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una
educación
integral, de calidad, permanente, en igualdad de
condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las
derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La
educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el
maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las
instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado
universitario. A tal fin, el Estado
realizará una inversión prioritaria, de conformidad con
las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas.
El Estado creará y sostendrá instituciones y
servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso,
permanencia y culminación en el sistema
educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades
especiales o con discapacidad y a
quienes se encuentren privados o privadas de su libertad o
carezcan de condiciones básicas para su
incorporación y permanencia en el sistema
educativo.
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